Nacionales
Exjuez relató supuestas presiones del Gobierno de Lasso para restituir a vocales del CPCCS
En noviembre de 2022, en Ecuador se vivió una pugna política en la que intervino la justicia. La Asamblea Nacional había destituido a cuatro vocales del Consejo de Participación Ciudadana (CPCCS) con los votos de las bancadas de la Revolución Ciudadana (RC) y del Partido Social Cristiano (PSC).
Sin embargo, días después, Ángel Lindao, entonces juez multicompetente de La Concordia, dictó una medida cautelar y ordenó la restitución de los entonces vocales Ibeth Estupiñán, María Fernanda Rivadeneira, Hernán Ulloa y Francisco Bravo.
El 3 de septiembre de 2024, Lindao se presentó en la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y rindió un testimonio anticipado por el caso Plaga, en el que se investiga una estructura de corrupción judicial. En ese proceso es testigo protegido de la Fiscalía.
En su relato, Lindao ratificó lo que ya había dicho en su versión libre y voluntaria en el caso Metástasis, en el que recibió una sentencia reducida por aceptar su culpa. El exjuez fue quien devolvió al narcotraficante Leandro Norero una mansión en Samborondón.
Según Lindao, lo hizo porque Cristian Romero, quien fue abogado de Norero, Jorge Glas, Daniel Salcedo y los Bucaram, lo presionó y amenazó para fallar a favor de la medida cautelar solicitada por una empresa panameña controlada por Norero y su esposa: Lina Romero
Presión y extorsión
A raíz de la resolución a favor de Norero, en junio de 2022, la Judicatura suspendió a Lindao. El exjuez dice que creyó que sería destituido. Pero días antes de que terminará su sanción, recibió la notificación de que debía reintegrarse a su despacho.
Entonces, recibió un mensaje de Romero, quien le dijo que se quedara tranquilo porque ya tenía la forma de archivar definitivamente el caso disciplinario en su contra. Romero le habría dicho que Víctor Hugo M., quien era su primo, era el nuevo director de la Judicatura en Santo Domingo.
Lindao dijo que se reunió con Romero y Víctor Hugo M. quienes le pidieron USD 100.000 para archivar el sumario. Él habría respondido que no tenía ese dinero y Víctor Hugo M. le habría dicho que no se preocupara, que si ayudaba a Romero con otras medidas cautelares irían descontando la deuda.
Romero le habría pedido ayuda para que fallara a favor de alias ‘Anchundia’, cabecilla de los R7, para que sea trasladado de Guayaquil a Santo Domingo. El otro favor fue para cambiar de cárcel a Julio Sánchez, implicado en el crimen del General Jorge Gabela, quien fue asesinado en condiciones extrañas durante el gobierno de Rafael Correa.
Por estos dos traslados, Romero habría pagado USD 6.000 a Lindao. Sin embargo, ese dinero pasó directo a Víctor Hugo M. Así Lindao siguió colaborando con Romero en varios casos. Dijo que cobró USD 30.000 en total por esos favores.
La supuesta gestión de Gruber Zambrano
En diciembre de 2022, según Ángel Lindado, Víctor Hugo M. le pidió que se reuniera con Galo Z., quien se habría identificado como el chofer personal de Gruber Zambrano, entonces asambleísta por la provincia de Santo Domingo y miembro de la bancada que apoyaba al expresidente Guillermo Lasso. Incluso, luego su gobernador en la provincia Tsáchila.
Supuestamente, por pedido de Gruber Zambrano, Víctor Hugo. y Galo Z. habrían pedido a Lindao que fallara a favor de los vocales del CPCCS y permitiera su reintegro en sus cargos.
Explicó que luego de haber dictado esa medida cautelar, acudió a una reunión en la casa de Gruber Zambrano y ahí le habría dicho que por esa decisión el entonces presidente de la Repúbica estaba agradecido, ya que le había permitido ganar tiempo para reestructurar una nueva mayoría en la Asamblea Nacional y evitar que se concreten los planes de la mayoría de la RC y el PSC.
Según le habría dicho Zambrano a Lindao, esa mayoría quería destituir a la fiscal General, Diana Salazar, a través de los nuevos vocales del CPCCS, y nombrar como su reemplazante a Fabiola Gallardo, entonces presidenta de la Corte del Guayas y ahora procesada por el caso Purga.
También, según se habrúa enterado Lindao en esa reunión, la mayoría legislativa quería cesar al presidente Guillermo Lasso en un proceso de juicio político y que la sucesión presidencial recayera en Virgilio Saquicela, quien presidía la Asamblea Nacional.
PRIMICIAS contactó al expresidente Guillermo Lasso, a través de su abogado Pablo Encalada. «Falso de falsedad absoluta», fue la respuesta del exmandatario sobre las aseveraciones de Lindao.
En cuanto a Gruber Zambrano, esta no es la primera vez que su nombre aparece relacionado con la corrupción judicial. Cuando se inició el caso Metástasis, con base en los chats encontrados en los teléfonos de Leandro Norero, también fue mencionado.
Durante una conversación entre los abogados de Norero, Cristian Romero propuso que para evitar sanciones a los jueces que los estaban ayudando debían poner a alguien de su confianza en la dirección de la Judicatura en Santo Domingo.
Según Romero, ese puesto en la Judicatura estaba asignado -como una especie de cuota política- a Gruber Zambrano y agregó que «sí hay llegada a ese asambleísta».
Tras la revelación de esos chats, PRIMICIAS conversó con Zambrano. El exlegislador dijo no conocer a Norero o sus abogados. Además, negó que cómo parte de su ejercicio político haya recibido algún espacio en el Consejo de la Judicatura. Cree que estas personas se han tomado su nombre.
Sin embargo, en su testimonio, Ángel Lindao ratificó que esto ocurrió. Agregó que Romero había pagado USD 30.000 para ubicar a su primo, Víctor Hugo M., en la dirección de la Judicatura de Santo Domingo.
Más presiones políticas
Luego del fallo para restituir a los vocales del CPCCS, Lindao dijo que empezó a recibir presiones políticas de diferentes sectores. Por ejemplo, que un hombre -identificado como asesor de la asambleísta correísta Viviana Veloz- le pidió que revocara esa medida.
Esta persona le habría dicho que si no retiraba esa medida, recibirá 50 denuncias en su contra en la Judicatura. Lo que al final sí ocurrió.
Según contó en su testimonio, Lindao decidió no revocar la medida, ya que considero que estaba haciendo lo correcto. Por lo que luego no extendió cuando, el entonces presidente Lasso lo expuso públicamente -en una cadena nacional- como un juez corrupto, lo que terminó en su procesamiento por asociación ilícita y su destitución, a finales de diciembre de 2023.
Nacionales
Operativo militar en Zamora deja al descubierto USD 28.000 de presunta procedencia no justificada
En el marco de las operaciones permanentes de control territorial y de combate a las economías ilícitas, las Fuerzas Armadas del Ecuador interceptaron una camioneta que transportaba 28.000 dólares en efectivo, cuya procedencia no pudo ser justificada por la persona que lo movilizaba.
El procedimiento se desarrolló en el sector La Chacra, cantón Zamora, durante una operación de Control de Armas, Municiones y Explosivos (CAMEX) realizada por personal militar. Como parte de los protocolos de seguridad, los uniformados detuvieron la marcha del vehículo y realizaron una inspección, en la que encontraron la considerable suma de dinero.
De acuerdo con la información oficial, el portador del efectivo no presentó documentación que acreditara el origen lícito de los recursos, por lo que tanto el dinero como las demás evidencias fueron puestos a disposición de las autoridades competentes para el inicio de las investigaciones y la aplicación de los procedimientos legales correspondientes.
Este tipo de intervenciones forman parte de la estrategia institucional orientada a fortalecer el control territorial y reducir las actividades vinculadas a economías ilícitas, especialmente en provincias fronterizas como Zamora Chinchipe, donde la ubicación geográfica demanda una vigilancia permanente para prevenir delitos relacionados con el crimen organizado, el tráfico ilegal y otras actividades que afectan la seguridad pública.
Las Fuerzas Armadas reiteraron que continuarán ejecutando operaciones militares en diferentes sectores del país con el propósito de reforzar la seguridad ciudadana, apoyar a las instituciones del Estado en el cumplimiento de la ley y contribuir a la protección del orden público mediante acciones coordinadas de control y prevención.
Nacionales
Jurista destaca la importancia de los flujos de información para prevenir delitos dentro de las empresas
Durante una nueva edición del programa La Tertulia, el abogado y jurista Ricardo Molina desarrolló una amplia exposición sobre la responsabilidad penal del subordinado dentro de la empresa y la importancia de los flujos de información, destacando la necesidad de replantear los criterios tradicionales con los que se atribuye responsabilidad penal en las estructuras empresariales modernas.
Al inicio de su intervención, Molina explicó que su interés académico se centra en el estudio permanente del derecho y en la generación de espacios de debate jurídico que permitan fortalecer la formación profesional de las nuevas generaciones de abogados. En ese contexto, abordó uno de los temas más complejos del derecho penal empresarial: la determinación de la responsabilidad penal dentro de organizaciones con estructuras corporativas complejas.
El jurista señaló que uno de los errores más frecuentes consiste en atribuir automáticamente la responsabilidad penal al gerente general o representante legal cuando se conoce de un hecho ilícito dentro de una empresa. Según explicó, este criterio desconoce la realidad organizacional de las compañías actuales, caracterizadas por la existencia de múltiples niveles jerárquicos, delegación de funciones y especialización técnica.
Molina sostuvo que la responsabilidad penal debe individualizarse conforme al hecho propio de cada persona y no únicamente por el cargo que ocupa dentro de la organización. En ese sentido, enfatizó que la imputación debe fundamentarse en criterios de imputación objetiva y subjetiva, considerando la posición de garante, la creación o incremento del riesgo jurídicamente desaprobado, las competencias específicas de cada trabajador y la estructura organizativa de la empresa.
Durante su análisis, explicó que el artículo 49, numeral 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) reconoce la denominada posición de garante, principio mediante el cual cada integrante de la empresa responde por las actuaciones que le corresponden dentro de sus funciones. Bajo esta perspectiva, afirmó que el representante legal no asume automáticamente el cien por ciento de la responsabilidad, ya que esta también recae sobre quienes ejercen funciones técnicas, administrativas o especializadas mediante procesos de delegación.
Asimismo, destacó que la delegación de funciones constituye una necesidad propia de las empresas modernas, debido a la imposibilidad material de que un solo directivo supervise todas las actividades operativas. No obstante, aclaró que quien delega mantiene un deber residual de supervisión, mientras que el delegado conserva la obligación de rechazar o denunciar cualquier instrucción manifiestamente ilícita.
Uno de los aspectos centrales de la conferencia fue la importancia de los flujos de información dentro de las organizaciones. Molina afirmó que una empresa solo puede prevenir riesgos penales cuando cuenta con canales de comunicación ágiles, efectivos y oportunos entre los distintos niveles jerárquicos. A su criterio, las estructuras excesivamente rígidas favorecen la pérdida de información relevante, dificultan la prevención de delitos y aumentan la exposición de la organización a responsabilidades penales.
El especialista también abordó los llamados sesgos organizacionales, particularmente los sesgos de conformidad y obediencia. Explicó que estos fenómenos provocan que los trabajadores normalicen prácticas irregulares o atribuyan toda responsabilidad a los superiores jerárquicos, debilitando la cultura de cumplimiento y dificultando la identificación del verdadero responsable de una conducta ilícita.
Como ejemplo práctico, hizo referencia a los delitos ambientales, indicando que, en casos de vertidos ilegales de sustancias químicas, la responsabilidad no necesariamente corresponde al gerente general, sino al profesional técnico que tenía el conocimiento especializado, la capacidad de control y la obligación funcional de prevenir el riesgo.
En la parte final de su exposición, Ricardo Molina comparó dos modelos de organización empresarial: el modelo Top-Down, que concentra la responsabilidad en los niveles superiores, y el modelo Bottom-Up, que propone analizar las conductas desde los niveles operativos hacia la alta dirección. Según manifestó, este último permite una individualización más precisa de la responsabilidad penal y fortalece los sistemas de prevención dentro de las organizaciones.
Finalmente, el jurista concluyó que el derecho penal empresarial moderno exige comprender la complejidad de las estructuras corporativas, privilegiando el análisis de las funciones, competencias, conocimientos técnicos y deberes específicos de cada integrante de la empresa, antes de atribuir responsabilidades penales únicamente por razones jerárquicas.
Nacionales
Elecciones seccionales: el escabroso camino de los precandidatos para llegar a la papeleta en Ecuador
¿Son precandidatos o candidatos? ¿Cuándo dejan de ser lo uno y se convierten en aspirantes oficiales? Son algunas preguntas que surgen a casi cuatro meses de las elecciones seccionales del 29 de noviembre, y ya suenan varios nombres que buscan convertirse en alcaldes o prefectos en Ecuador.
Hasta el domingo 12 de julio, quienes fueron elegidos por los partidos y movimientos políticos en las primarias deben cumplir el requisito de aceptar sus precandidaturas ante los delegados provinciales del Consejo Nacional Electoral (CNE).
No hacerlo se convierte en una de las 16 prohibiciones e inhabilidades para inscribir ante el CNE las precandidaturas, proceso que, de acuerdo con el calendario aprobado por el organismo electoral, irá del 2 al 17 de agosto.
Sortear varios filtros
La inscripción ante el CNE tampoco garantiza que una persona que fue elegida en democracia interna de los partidos y movimientos políticos estará 100% seguro en la papeleta electoral de 29 de noviembre.
Una vez que las Juntas Electorales Provinciales tengan los listados de inscritos deberán notificar a los actores políticos, quienes podrán objetar las precandidaturas registradas ante esa instancia.
El proceso incluye la notificación al sujeto político objetado, su contestación y la resolución de la Junta Provincial que, de no satisfacer a alguna de las partes, puede ser elevada para que sea el pleno del Consejo Nacional Electoral el que falle.
Este primer filtro irá ente el 3 y 30 de agosto. Para entonces, aún se deberá seguir considerando a los aspirantes como precandidatos.
Intervención de la justicia electoral

El Pleno del CNE no tiene la última palabra. Si la inconformidad se mantiene, los actores políticos pueden presentar recursos subjetivos contenciosos ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
La justicia electoral tendrá hasta el 22 de septiembre para resolver y ejecutar las sentencias de los reclamos electorales. Si se demuestra que un precandidato incurrió en una falta, su inscripción será desestimada.
Esto abre la posibilidad de que las organizaciones políticas puedan reemplazarlos hasta el 24 de septiembre. Los nuevos precandidatos se someterán al mismo proceso de impugnación y objeción ante las instancias electorales.
Candidaturas irrenunciables
De acuerdo al reglamento aprobado por el CNE sobre la inscripción de candidaturas, estas se consideran inscritas oficialmente, solo luego de que la autoridad electoral competente emita una resolución al respecto.
Para que esto suceda, el organismo electoral deberá constatar que estén resueltos y en firme los reclamos presentados, tanto en instancias administrativas como en las contenciosas electorales.

El listado definitivo de candidatos para la impresión de papeletas estará listo el 9 de noviembre de 2026.Cuenta x de José Cabrera.
Si una candidatura no recibe ningún tipo de reclamo, dentro de los plazos previstos por la Ley de Elecciones, tiene la posibilidad de quedar en firme antes que aquellas que sean cuestionadas en diferentes instancias.
Lo que no va a cambiar es la fecha en la que el CNE debe contar con el listado definitivo de candidaturas para enviarlas a la impresión de las papeletas electorales: 9 de noviembre de 2026.
La normativa electoral y el reglamento señalan que una vez calificada la inscripción, la candidatura se convierte en irrenunciable. Fuente: Primicias
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