Noticias Zamora
Eliminar derechos no es reformar, es retroceder
Reformas a la LOSEP: ¿Avance hacia la integridad pública o retroceso en derechos laborales?
Introducción
El 26 de junio de 2025 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica de Integridad Pública, una normativa que introdujo 26 reformas significativas a la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP). Bajo el argumento de fortalecer la ética, la eficiencia y la transparencia en el sector público, esta ley ha generado un intenso debate sobre su verdadero alcance. ¿Estamos ante una modernización del aparato estatal o frente a un proceso de regresión de derechos laborales consolidados?
Entre las reformas más controversiales destacan la obligatoriedad de pruebas de confianza, la evaluación semestral como base para la estabilidad laboral, la eliminación del artículo sobre acoso laboral, y la flexibilización de los contratos ocasionales, afectando directamente la seguridad jurídica del servidor público. Además, se trasladan aspectos claves, como las indemnizaciones, a una futura reglamentación, lo que introduce márgenes de discrecionalidad y vacíos legales.
Este artículo analiza las modificaciones más relevantes, sus implicaciones para el Estado, los servidores públicos y la ciudadanía, así como el debate constitucional que han provocado. En un contexto de tensión entre eficiencia institucional y derechos laborales, resulta fundamental evaluar si estas reformas constituyen un verdadero avance hacia la integridad pública o una precarización institucional del empleo público en Ecuador.
PRINCIPALES REFORMAS A LA LOSEP
- Pruebas de confianza (Art. 22)
Los servidores públicos deberán someterse, además de evaluaciones periódicas, a pruebas de confianza obligatorias (polígrafo, evaluaciones psicológicas, psicométricas, toxicológicas, entre otras).
- Derechos laborales condicionados (Art. 23)
- Estabilidad laboral supeditada a calificaciones de “excelente” o “muy buena”.
- Indemnizaciones sujetas a reglamentación futura.
- Restitución laboral tras fallo judicial se amplía de 5 a 15 días, sin pago de intereses por el proceso.
- Reingreso preferente solo para quienes tengan calificaciones excelentes y sin sanciones.
- Eliminación del artículo sobre acoso laboral (Art. 24.1)
Se elimina una disposición clave que protegía a los trabajadores frente al acoso, debilitando los mecanismos de defensa laboral.
- Restricciones a comisiones de servicio (Art. 31)
Solo se concederán comisiones de servicio si el servidor obtuvo calificación de excelente el año anterior.
- Nuevas causales de destitución (Art. 48)
Un servidor podrá ser destituido si obtiene dos calificaciones insuficientes o tres calificaciones de “satisfactorio”, eliminando el requisito de dos insuficientes consecutivas.
- Flexibilización de contratos ocasionales (Art. 58)
- Se elimina la conversión automática a nombramiento tras un año de servicio.
- Los contratos podrán terminarse discrecionalmente.
- El porcentaje de personal con contratos ocasionales será definido en el reglamento, ya no limitado al 20%.
- Evaluación semestral obligatoria (Art. 80)
- Todos los servidores serán evaluados dos veces al año con seis criterios (cumplimiento de metas, la calidad del trabajo, la conducta institucional, la eficiencia, la responsabilidad y los aportes al mejoramiento institucional), siendo estas evaluaciones vinculantes:
- Dos calificaciones insuficientes o una reevaluación negativa derivarán en la destitución.
- Retiro y jubilación (Art. 81)
El retiro voluntario con compensación será aceptado solo desde los 65 años, con requisitos más restrictivos que los anteriormente vigentes.
- Indemnización por supresión de partidas (Disposición General Primera)
El monto ya no será fijo según el Art. 29 de la LOSEP, sino determinado por el reglamento.
- Derogación del artículo 89 de la LOSEP
Se elimina la disposición que garantizaba la estabilidad en el servicio público como principio general.
Impacto para los actores involucrados
PARA EL ESTADO
Ventajas:
- Mayor capacidad de control institucional.
- Eliminación de procesos largos para desvinculación.
- Mejora potencial en eficiencia y atención al ciudadano.
Desventajas:
- Posibles juicios por despidos sin indemnización.
- Pérdida de personal calificado y conflictos sindicales.
PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Ventajas:
- Incentivos para la profesionalización y mejora del desempeño.
- Claridad en metas y procesos de evaluación.
Desventajas:
- Reducción de la estabilidad laboral.
- Evaluaciones frecuentes sin garantías sólidas de defensa.
- Desvinculaciones discrecionales y sin indemnización.
PARA LA CIUDADANÍA
Ventajas:
- Posible mejora en la calidad del servicio público.
- Mayor rendición de cuentas.
Desventajas:
- Inestabilidad en la atención por alta rotación de personal.
- Riesgo de decisiones burocráticas guiadas por el temor y no por vocación.
Debate constitucional y propuestas para una implementación responsable
Organizaciones como la UNE, CEOSL y CONASEP han cuestionado la constitucionalidad de las reformas, al considerar que violan el principio de estabilidad laboral, el debido proceso y la unidad de materia legislativa. Ante la posibilidad de demandas ante la Corte Constitucional, surgen propuestas para una aplicación más justa:
- Evaluaciones técnicas y auditables: basadas en indicadores objetivos y adaptados a cada función.
- Garantías de debido proceso: derecho a apelar y a defensa adecuada.
- Formación continua: inversión estatal previa a exigir altos rendimientos.
- Desvinculaciones responsables: evitar despidos masivos e implementar de forma progresiva.
- Participación ciudadana: incorporar encuestas de satisfacción en la evaluación institucional.
Conclusión
Las reformas introducidas a la LOSEP mediante la Ley Orgánica de Integridad Pública marcan un cambio profundo en la forma en que el Estado regula y controla a sus servidores. Aunque se promueve un discurso de eficiencia y lucha contra la corrupción, muchas de estas reformas se traducen en una disminución de las garantías laborales, una flexibilización institucional y una concentración del poder discrecional en las autoridades.
La eliminación del principio de estabilidad, la ambigüedad sobre las indemnizaciones y la eliminación de protecciones frente al acoso laboral plantean serias dudas sobre la constitucionalidad y legitimidad de esta nueva normativa.
Más que elegir entre integridad o derechos laborales, el verdadero reto consiste en construir un modelo de servicio público donde ambas dimensiones coexistan y se refuercen mutuamente. Solo así será posible garantizar un Estado eficaz, profesional y verdaderamente justo para sus trabajadores y para la ciudadanía a la que sirve.
Noticias Zamora
Cámara de Minería de Zamora Chinchipe anuncia demanda de inconstitucionalidad contra la Ley Minera reformada
El día lunes 2 de marzo de 2026 se desarrolló una rueda de prensa convocada por la Cámara de Minería de Zamora Chinchipe, en la cual se anunció de manera oficial la presentación de una demanda de inconstitucionalidad en contra de la reciente reforma a la Ley de Minería, aprobada por la Asamblea Nacional y remitida con carácter urgente al Registro Oficial para su inmediata vigencia.
Durante su intervención, el presidente de la Cámara, Paúl Pineda, señaló que la normativa aprobada representa un retroceso en derechos y garantías constitucionales, especialmente para los mineros artesanales, pequeños y operadores mineros que históricamente han desarrollado su actividad en la provincia de Zamora Chinchipe y en otras zonas del país. Según explicó, se trata de una ley que no fue debidamente socializada ni construida de manera equitativa con los sectores directamente involucrados en la actividad minera.
Uno de los principales puntos de preocupación expuestos fue la eliminación de la posibilidad de celebrar contratos de operación entre concesionarios privados y operadores mineros. La reforma establece que dicha facultad recaiga exclusivamente en la Empresa Nacional Minera (ENAMI), la cual únicamente puede otorgar contratos dentro de sus propias áreas concesionadas, mas no en concesiones de terceros.
Esta disposición, de acuerdo con la Cámara, constituye una regresión de derechos, ya que históricamente el contrato de operación ha sido un mecanismo legítimo que permitía a concesionarios que no podían operar directamente, articularse con operadores mineros, dinamizando la economía local y formalizando la actividad.
El presidente Paul Pineda advirtió que esta reforma deja en estado de incertidumbre y suspensión a numerosos operadores mineros que se encontraban en procesos de regularización, dependiendo del régimen y tipo de minería, afectando directamente el derecho al trabajo y a la seguridad jurídica. Asimismo, enfatizó que la entrada en vigencia inmediata de la ley agrava el impacto, al no permitir periodos de transición razonables.
En el ámbito ambiental, la Cámara expresó una profunda preocupación por la eliminación de la licencia ambiental como requisito previo, reemplazándola por un simple certificado ambiental. Según se explicó, la licencia ambiental ha sido históricamente el principal instrumento que garantiza la participación ciudadana, la consulta previa, libre e informada y el derecho de las comunidades a pronunciarse sobre proyectos extractivos en sus territorios. La reforma, señalaron, abre la puerta a procesos extractivos sin el debido control social y ambiental.
En este contexto, se cuestionó también la participación de Condormining en la comisión legislativa que trató la reforma, considerando que esta empresa mantiene conflictos sociales históricos con mineros artesanales y comunidades del sector de Chinapintza. Para la Cámara, este hecho evidencia intereses claramente definidos en la configuración de la normativa.
La Cámara de Minería de Zamora Chinchipe informó que ha mantenido acercamientos y diálogos con el asambleísta Héctor Valladarez, con quien se ha acordado, de manera conjunta y unánime, impulsar la demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional del Ecuador.
La acción se enfocará específicamente en los artículos relacionados con el régimen minero y ambiental, y adicionalmente se solicitará la suspensión de los efectos de la norma, mientras la Corte resuelve el fondo del caso, con el fin de evitar afectaciones irreversibles.
Por su parte, el asambleísta Héctor Valladares manifestó que la demanda se sustenta en varios ejes de inconstitucionalidad: la asignación de funciones a las Fuerzas Armadas como custodios de empresas mineras, en contravención de su misión constitucional; la eliminación de la licencia ambiental y, con ello, de los mecanismos de consulta y participación ciudadana; y la exclusión progresiva de los mineros artesanales y pequeños de los yacimientos, mediante reformas al artículo 134 de la Ley Minera y disposiciones que restringen de forma definitiva los permisos excepcionales y los contratos de operación.
Valladarez enfatizó que estas reformas afectan directamente a más de 20.000 mineros artesanales y pequeños de la provincia de Zamora Chinchipe, poniendo en riesgo su fuente de trabajo y su derecho histórico a explotar los yacimientos que ellos mismos descubrieron. Reiteró que la seguridad, la democracia y el desarrollo no se construyen con militarización ni exclusión, sino con derechos, diálogo, equidad y justicia social.
Finalmente, la Cámara de Minería de Zamora Chinchipe reafirmó su autonomía organizativa y jurídica, aclarando que no pertenece ni responde a la Cámara de Minería del Ecuador, y que cuenta con personería jurídica y legitimidad para accionar ante la Corte Constitucional.
La institución hizo un llamado a la ciudadanía, a los mineros artesanales y pequeños, y a los sectores productivos de la provincia, a mantenerse unidos y vigilantes frente a una normativa que, a su criterio, favorece de manera desproporcionada a la gran minería y vulnera derechos constitucionales fundamentales.
La Cámara reiteró su compromiso de continuar defendiendo una minería responsable, inclusiva y socialmente justa, que permita el desarrollo económico de la provincia sin sacrificar los derechos laborales, ambientales y ciudadanos consagrados en la Constitución de la República del Ecuador.
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Juntos modernizan infraestructura para el Seguro Social Campesino en Pachicutza
El Seguro Social Campesino cumple un rol fundamental en la atención primaria de salud en las comunidades rurales, beneficiando principalmente a agricultores, ganaderos y sus familias. Bajo esta premisa y en un ambiente cargado de alegría, unidad y compromiso con la comunidad, Jairo Herrera, alcalde del cantón El Pangui, realizó el viernes último, el acto oficial de entrega del mejoramiento y adecuación de la infraestructura de la casa de salud del Seguro Social Campesino en la comunidad de Pachicutza, una obra que fortalece de manera significativa los servicios en el sector rural.
Este importante proyecto, se ejecutó mediante un convenio tripartito entre el GAD Municipal de El Pangui, el GAD Parroquial de Pachicutza y el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), con una inversión total de USD 34,995.32, demostrando que el trabajo interinstitucional permite alcanzar resultados concretos en beneficio de la ciudadanía.
La intervención contempló la construcción de una cubierta, adecuación de gradas y mantenimiento general de la infraestructura, mejorando de manera integral los espacios físicos del establecimiento. Estas acciones optimizan las condiciones para la atención médica y garantizan mayor comodidad, seguridad y funcionalidad tanto para el personal de salud como para los afiliados.
Durante el acto de entrega, las autoridades resaltaron la importancia de continuar impulsando proyectos que prioricen el acceso equitativo a servicios básicos, con mayor relevancia en zonas rurales. Asimismo, destacaron que este tipo de alianzas estratégicas, permiten optimizar recursos y trabajar de manera articulada para lograr un desarrollo sostenible y solidario.
“Cuando trabajamos de manera conjunta es posible ejecutar este tipo de obras que mejoran la calidad de vida de la gente. Lo hacemos con compromiso y cariño porque nacimos para servir nacimos para construir” aseveró el burgomaestre a la vez que indicó para este año tiene previsto entregar más de 100 obra en todo el cantón.
Con acciones como esta, la Alcaldía de El Pangui, reafirma su compromiso de gestionar y ejecutar obras que fortalecen los derechos de cada ciudadano, mirando hacia un futuro con mejores condiciones de vida para sus habitantes.
Noticias Zamora
Zamora Chinchipe destaca en la elección nacional de la Reina del Cacao Ecuador
El pasado 28 de febrero se llevó a efecto la elección nacional de la Reina del Cacao Ecuador, certamen que reunió a representantes de ocho provincias del país, en un espacio orientado a resaltar la importancia productiva, económica y cultural del cacao como uno de los principales productos agrícolas del Ecuador.
En representación de la provincia de Zamora Chinchipe participó Paola Susana Quiroga Unup, de 21 años de edad, actual Reina del Cacao de la provincia. La joven es auxiliar de enfermería y estudiante de la Academia de Formación Militar ACADEMIL, en la ciudad de Cuenca, formación que refleja disciplina, vocación de servicio y compromiso con su desarrollo profesional.
Tras una destacada participación, Paola Quiroga obtuvo el título de Primera Finalista – Virreina del Cacao Ecuador, reconocimiento que posiciona a Zamora Chinchipe dentro de los primeros lugares del certamen nacional y fortalece la proyección de la provincia en este tipo de espacios de integración y promoción productiva.
Durante el evento, el mensaje central estuvo enfocado en generar conciencia sobre el valor que se otorga al cacao como producto y materia prima estratégica para el desarrollo del sector agrícola. Se destacó la necesidad de reconocer el esfuerzo de los productores, impulsar la calidad del cultivo y promover una mayor valoración social y económica de este recurso emblemático.
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