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90 días tiene Lasso para demostrar la obstrucción de la asamblea nacional en la gobernabilidad

A partir de la convocatoria que debe hacer el Consejo Nacional Electoral el 24 de mayo, posteriormente son 90 días en los que se debe elegir al nuevo presidente o presidente de la República y a los 137 asambleístas para completar el periodo 2021-2025, esto a raíz de la acción tomada por el presidente de la República, Guillermo Lasso, que generó la disolución de la legislatura.

Esta sería la oportunidad del primer mandatario para demostrar que la Asamblea Nacional, donde tuvo mayor cantidad de exlegisladores, la bancada de UNES, que tienen como líder al expresidente Rafael Correa, que obstruyeron su trabajo y causaron revés en la gobernabilidad y apostar a una reelección.

Si el CNE llama a elecciones, tal como lo estipula la Ley, en la segunda semana de agosto de 2023, los ecuatorianos se apostarían a las urnas y de esa forma determinar a las nuevas autoridades presidente como asambleístas. Y de efectuarse una segunda vuelta estaría prevista para el mes de octubre y noviembre se posesionarán.

Mientras que, la información preliminar del CNE mantiene en preocupación al exvicepresidente del Ecuador Otto Sonnenholzner porque: “si pretenden que las organizaciones políticas, inscriban sus candidaturas hasta el 25 de mayo, creo que están confundidos. Este es un proceso inédito con mucha responsabilidad. Pero se deben hacer las cosas bien y no ceder ante las presiones de ciertas organizaciones políticas” expuso en un medio de comunicación digital de cobertura nacional al destacar los procesos que conlleva un evento eleccionario de tal magnitud.

Por otra parte, ante este tema, llueven los análisis de distintos actores políticos y sociales donde denotan el contexto que llevó al presidente a tomar esta resolución. “Se han ido por el terreno contrario, disputándose las próximas elecciones. Es decir, los asambleístas buscaron la plataforma para fortalecer sus intereses personales, de partidos y movimiento, más no las soluciones que el país requiere en estos momentos difíciles”, expuso Roy Poma, presidente del Colegio de Abogados de Zamora Chinchipe durante una entrevista en un medio de comunicación radial de la localidad.

El jurista aseguró que en el Pleno de la Asamblea no se aceptaban y procedían los proyectos presentados por el primer mandatario y que los legisladores se dedicaron a entorpecer el camino que pudo haber sido una posible solución, e impedían la gobernabilidad.

Se basa en la aceptación del 4% a nivel del país. El 96% de ecuatorianos rechazaban la gestión de la Asamblea Nacional. Las reiteradas ocasiones en que los legisladores intentaron llamar a un juicio político, buscando otras estrategias. En esta oportunidad, relata que ese era el camino que buscaban los legisladores de UNES, PSC, PACHAKUTIK atrayendo el regreso de Correa.

Sin embargo, varios asambleístas de distintos movimientos políticos han presentado recursos para que se declare al Decreto 741 como inconstitucional, más no ilegal, porque esta sustentado. En tanto, el artículo 148 de la Constitución de la República estable tres causales que dan la posibilidad de que se genere la muerte cruzada. Es una facultad imprescindible, únicamente del ejecutivo:

  1. Cuando la Asamblea Nacional se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional;
  2. Si de forma reiterada e injustificada obstruya la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo.
  3. Por grave crisis política y conmoción interna.

En las dos últimas causales pueden se puede aplicar sin la necesidad de un dictamen de la Corte Constitucional. Con base a ello, el primer mandatario optó por ‘la grave crisis política y conmoción interna’.

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