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Nacionales

Fiscalía apunta a 11 militares como autores directos de la desaparición de cuatro menores de edad

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La jornada número 14 del juicio por la presunta desaparición forzada de cuatro menores de edad en el caso Malvinas inició la mañana de este martes 9 de diciembre de 2025 con la Fiscalía retomando la individualización de las responsabilidades penales de los 17 procesados.

Se prevé que el fiscal del caso, Christian Fárez, señale a seis militares más como presuntos autores directos, con lo que sumarán 11 uniformados en esa categoría desde este lunes 8 de diciembre, cuando el juicio entró en la etapa de conclusiones y alegatos finales.

Durante la sesión previa, Fiscalía pidió 34 años y ocho meses de prisión para cinco de los procesados como presuntos autores directos, así como el pago de multas a favor del Consejo de la Judicatura y una indemnización para las familias de las víctimas.

También está pendiente aún individualizar la acusación contra cinco militares que accedieron a un mecanismo de cooperación eficaz con la Fiscalía, a cambio de beneficios en la pena, y un teniente coronel procesado como presunto cómplice.

La audiencia se reanudó a las 10:20 en Guayaquil, luego de que el Tribunal de Garantías Penales suspendiera la diligencia la tarde del lunes, tras casi nueve horas de alegatos en las que Fiscalía presentó conclusiones y fundamentó la participación de cinco de los militares en la «privación ilegal de libertad», abandono y presunto ocultamiento de información sobre las víctimas.

Los presuntos autores directos
Josué e Ismael Arroyo, Nehemías Arboleda y Steven Medina, de entre 11 y 15 años, desaparecieron tras ser aprehendidos en el sur de Guayaquil por una patrulla de 16 militares de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE).

La mayoría de los militares sostienen que liberaron a los cuatro niños en un camino de segundo orden a las afueras de Taura (Naranjal, Guayas) tras hacerles mover un árbol caído, dejándolos «sanos y salvos».

Pero pruebas y declaraciones expuestas en el juicio apuntan a que los menores fueron abandonados de noche, heridos y sin ropa, en un lugar de alta peligrosidad. Los menores nunca regresaron a casa y, semanas después, se hallaron en un lugar agreste de Taura los restos calcinados de las víctimas.

En la jornada previa el fiscal señaló como presuntos autores directos al suboficial Wilson Alfredo W. A., al sargento Wilmer Danny L.C. y al cabo primero Rodrigo Paúl N. P..

También se señala como supuestos autores directos al cabo primero Jonathan Raúl G. P. -quién boxeó con el mayor de las víctimas y le habría aplicado una llave de lucha tumbándolo al suelo, según los testigos cooperadores-; y al cabo primero Ronald Stalin P. T. -el menor de las víctimas se habría golpeado con la trompetilla de su fusil cuando lo tiraron al balde de una de las camionetas-.

09/12/2025 – 12:26

Fiscalía individualiza acusación por cada uno de los implicados
La Fiscalía continúa con la individualización de responsabilidades y presentó los elementos de materialidad con los que acusa como presuntos autores directos de la desaparición forzada a los siguiente militares:

1.-  El cabo segundo Sergio Francisco V. B., es señalado como parte de patrulla. La Fiscalía señalan que las víctimas eran sujetos de especial protección y que la patrulla incumplió la obligación estatal de salvaguardar la integridad de personas bajo custodia.

2.- El cabo Jhon Eduardo T. M., como parte activa de la patrulla de 16 militares.

El fiscal Christian Fárez expuso ante el Tribunal que la participación de los militares está acreditada a partir de testimonios, pericias, videos, registros de Inteligencia y evidencia levantada por la propia FAE.

La Fiscalía menciona entre las pruebas pericias de extracción de audio, video y mensajes realizada en ocho teléfonos celulares incautados a los 16 procesados, el 22 de diciembre en la base aérea de Taura. En los dispositivos aparecieron conversaciones en las que un integrante de la patrulla afirmaba: “Le dimos durísimo”, en referencia a las víctimas.

Para la Fiscalía, este lenguaje coincide con el testimonio de los cinco militares que actúan como cooperadores eficaces en el caso, quienes describieron golpes, insultos, amenazas, un disparo cercano al menor de los hermanos Arroyo, además de la desnudez forzada.

La Fiscalía solicitó al Tribunal una pena agravada de 34 años y ocho meses de prisión, al considerar aplicables los agravantes del artículo 47 del Código Orgánico Integral Penal COIP: actuar en grupo, con ensañamiento y contra menores de edad.

Como parte de la reparación integral, Fárez pidió que los procesados paguen 800 salarios básicos unificados como multa a favor del Consejo de la Judicatura, y que se otorgue a la familia de las víctimas una compensación de USD 10.000 .

También planteó que se disponga capacitación obligatoria en derechos humanos para los miembros de las Fuerzas Armadas, y propuso que el puente ubicado en la avenida 25 de Julio y Ernesto Albán, el sitio de la aprehensión de las víctimas, sea nombrado como Puente de los Niños de Las Malvinas, como una medida de reparación simbólica.

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¿Qué dicen los abogados de los militares?

Henry Moreta, abogado del cabo segundo Sergio Francisco V. B., señaló que su defendido no tenía mando ni decisión en la patrulla. «No agredió, no golpeó, no insultó a nadie», dijo el abogado, señalando que los cooperadores eficaces no mencionaron el papel del cabo.

Según Moreta, la Fiscalía no ha logrado demostrar el cometimiento del delito en casos como el de su cliente, que tampoco se encontraba en el chat grupal de los militares, dijo.

En ese mismo sentido, Anahí Quimbita, abogada del cabo Jhon Eduardo T. M., también a una presunta falta se sostenimiento de la prueba, pues su defendido solo brindaba seguridad a la patrulla. «La obedecía debida en el régimen militar solo es inadmisible cuando las ordenes trasgreden la ley, pero ni siquiera hubo una orden expresa», adujo.

Fiscalía señala que los militares fueron parte activa en la desaparición y no presentaron en ningún momento oposición a un procedimiento irregular que expuso a las víctimas a desnudez forzada y al presunto abandono en un sector de alta peligrosidad.

Tampoco informaron por «cuenta propia» de lo sucedido, sino que lo hicieron dos días después, cuando fue requerida su versión por escrito por parte de sus superiores. El desenlace fatal se hubiera podido evitar si avisaban a tiempo, señala el fiscal. Fuente: Primicias

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Nacionales

Ecuador: 38 086 personas han muerto por siniestros de tránsito en los últimos 18 años

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La Organización de Naciones Unidas (ONU) califica a los siniestros de tránsito como una pandemia silenciosa que afecta a la humanidad. En Ecuador, los casos se reportan cada semana con muertos, heridos y múltiples pérdidas económicas. Solo ayer, 23 de abril de 2026, se reportaron ocho incidentes:

  • Tres muertos y 23 heridos: Choque de bus contra un tanquero en la Vía a la Costa, en Guayaquil, sector El Cristal, cerca de Chivería.
  • Motociclista falleció: Chocó contra un automóvil en la av. Simón Bolívar en Quito.
  • Impacto de tres carros, dos automóviles y una furgoneta, en la Panamericana Sur (cantón Mejía-Pichincha). Ocurrió en el Camino al Corazón siete heridos.
  • Vehículo chocado en la avenida Velasco Ibarra, oriente de Quito, en horas de la madrugada. Conductor huyó del sitio del siniestro.
  • Un bus cayó por una quebrada en Manabí y dejó 14 heridos: Un bus de la cooperativa Reina del Camino cayó por una quebrada en el cantón Flavio Alfaro.
  • En Cuenca (Azuay), se detectó un siniestro en la intersección de la av. Gil Ramírez y Elia Liut, sector Aeropuerto; siendo las 07:25. Un bus urbano y una motocicleta estuvieron involucradas. Una persona resultó herida y recibió atención prehospitalaria en el lugar.
  • Un atropellamiento en la intersección de las avenidas Galo Plaza Lasso y 6 de Diciembre, al norte de la capital. Esta emergencia dejó como resultado una persona fallecida, y la circulación vehicular se encuentra cerrada en sentido sur-norte sobre la Galo Plaza Lasso.
  • A las 00:24 del 23 de abril, desde el sector de Sillagoto, cantón Pallatanga, provincia de Chimborazo, se recibió una alerta de siniestro. De acuerdo con información de Policía Nacional, se trató de un choque lateral entre un automóvil y una volqueta, que dejó una persona fallecida.
  • La semana pasada hubo otro muy grave en la carretera Cuenca-Molleturo en la provincia del Azuay, sur del Ecuador. Se registró en la vía Cuenca–Molleturo, a la altura del kilómetro 92, en el sector de Tamarindo. Se reportaron 14 fallecidos. Analistas consultados por Ecuavisa.com refieren que esta es una realidad que no ha cambiado en los últimos 18 años, pues se han dado miles de siniestros de tránsito

Según datos de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), 449 777 se han registrado de 2008 a 2025. También 344 253 lesionados y 38 086 fallecidos. Si se hace una comparación, con esa cantidad de víctimas mortales se podría llenar el estadio Capwell de Guayaquil.

Las provincias con una alta cantidad de incidentes son Guayas y Pichincha. Los años con mayor número de siniestros son 2014, 2015 y 2016, mientras que en 2024 y 2025 se dieron 21 220 y 20 346, respectivamente (ver tabla de abajo).

2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025 TOTAL
Siniestros 19664 21528 25588 24626 23854 28169 38658 35706 30269 28967 25530 24595 16972 21352 21739 20994 21220 20346 449777
Lesionados 11284 15034 20168 19113 18282 22651 27668 25234 21458 22018 19858 19999 13099 17532 16006 18605 18312 17932 344253
Fallecidos 1343 1998 2313 2049 2242 2277 2322 2138 1967 2153 2151 2180 1591 2131 2202 2373 2302 2354 38086

De otro lado, de enero a febrero de 2026, la ANT ha reportado 3 105 siniestros, 2 590 lesionados y 402 fallecidos.

Motociclista muere en choque en el Puente de la Unidad Nacional

¿Cuál es la causa de la problemática en Ecuador?

Para Doris Silva Betancourt, abogada penalista con experiencia en temas de tránsito, los incidentes viales se dan de forma recurrente, en zonas urbanas, por la conducción desatenta. También influye el irrespeto de las normas de tránsito y el consumo de licor o sustancias. “Es muy frecuente que utilicen el celular al volante”.

Luis Miguel Espinosa, perito de tránsito y exjefe de Accidentología del SIAT de la Policía Nacional, manifestó que los siniestros se dan por tres factores: humano, vehículo y vía. El error de los conductores es la principal causa porque ha perdido la cultura de la previsión y la evitabilidad. Se vuelve emocional, quiere correr riesgos, busca la velocidad y adrenalina.

Esa velocidad, sumada a la distracción y los efectos del alcohol o el cansancio, produce que se irrespeten las leyes y señales de tránsito. ¿Qué pasa con los buses y otros automotores pesados? “Esa clase de vehículos tienen características técnicas que deben ser consideradas por los conductores. A veces, fuerzan a los carros y no solo es el peso del carro, pues hay que tomar en cuenta el de las personas, maletas y todo tipo de carga”.

“Si exceden la velocidad, pierde pista, cae al barranco y se incendia, quiere decir que el vehículo ingresó presumiblemente a un exceso de velocidad”, indicó el analista a Ecuavisa.com. Por lo general, eso pasa porque el bus viaja lleno y con peso excesivo. A su juicio, los choferes no toman en cuenta esto y se producen los volcamientos con graves consecuencias. Los conductores deben tomar en cuenta que el peso es muy importante al momento de conducir para evitar tragedias como el caso que ocurrió en la carretera Cuenca-Molleturo.

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Marcela Aguiñaga niega presiones y atribuye su renuncia a motivos familiares

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La prefecta del Guayas, Marcela Aguiñaga, negó haber recibido presiones del Gobierno para dejar su cargo y aseguró que su renuncia responde exclusivamente a motivos personales y familiares.

Las declaraciones fueron realizadas este 24 de abril de 2026, tras su participación en un evento en el sur de Guayaquil, donde insistió en que su decisión ya fue tomada en el ámbito privado. “Yo tomé una decisión de índole familiar, fue discutida al interno de mi familia”, afirmó.

Aguiñaga reiteró que su salida, prevista para el próximo 14 de mayo, no está vinculada a factores políticos ni a presiones externas. “No ha existido ningún tipo de presión, son decisiones particulares”, enfatizó, en respuesta a versiones que sugerían una supuesta intervención del Gobierno.

Sus declaraciones se producen luego de que Gabriela Rivadeneira señalara públicamente que la prefecta habría sido “chantajeada” para abandonar el cargo, en medio de la crisis interna que atraviesa la Revolución Ciudadana.

Sin embargo, Aguiñaga evitó profundizar en la polémica con su exorganización política y defendió su gestión al frente de la provincia. “Trabajé desde el día uno con puesta la camiseta de mi provincia. Hicimos obras para todos, más allá de cuál era su bandera”, sostuvo.

El escenario se da en paralelo a la elección de Carlos Encalada como nuevo viceprefecto, quien asumirá la Prefectura una vez que se concrete la salida de Aguiñaga.

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Presidente Noboa expide nuevo reglamento para reorganizar el sistema penitenciario

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El presidente de la República, Daniel Noboa, firmó el Decreto Ejecutivo No. 366, mediante el cual se expide el nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social, una normativa que reorganiza la estructura institucional penitenciaria, refuerza los mecanismos de seguridad y control en los centros de privación de libertad y redefine criterios para la clasificación de internos.

El reglamento establece que el Sistema Nacional de Rehabilitación Social tendrá como finalidad garantizar los derechos de las personas privadas de libertad, asegurar su rehabilitación integral durante el cumplimiento de la pena y promover su reinserción social y económica. La norma será de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional para las entidades vinculadas a la rehabilitación y reinserción social.

Uno de los principales cambios es la reorganización institucional del sistema, que funcionará bajo una estructura de gobierno, dirección y ejecución. El Directorio del Organismo Técnico será el órgano de gobierno encargado de coordinar políticas de atención integral, mientras que el Organismo Técnico ejercerá la dirección, rectoría y regulación del sistema penitenciario.

La norma también define atribuciones para el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores, que estará a cargo de la administración, operación, control y funcionamiento de los centros de privación de libertad. Entre sus competencias constan la ejecución de políticas penitenciarias, la organización del régimen de visitas, la seguridad de las personas privadas de libertad y la coordinación de funciones de inteligencia penitenciaria para detectar riesgos, amenazas o posibles actos de violencia.

En materia de seguridad, el decreto fortalece el rol del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, definido como una entidad civil, armada, uniformada y especializada, responsable de la seguridad, custodia y vigilancia en los centros penitenciarios. Además, el reglamento contempla la conformación de grupos especializados y la implementación de niveles de seguridad según el riesgo de la población penitenciaria.

El nuevo reglamento también clasifica los centros de privación de libertad en máxima, media y mínima seguridad. Para esta clasificación se deberán considerar criterios como la infraestructura física, el nivel de custodia requerido, el régimen interno, la intensidad de vigilancia, el riesgo de la población privada de libertad, la ubicación geográfica, la tecnología disponible y la oferta de programas. Como regla general, las personas privadas de libertad serán ubicadas en centros cuyo nivel de seguridad corresponda a su nivel de riesgo.

Respecto a la ubicación de los internos, el decreto dispone que las personas privadas de libertad deberán ser alojadas en etapas y pabellones diferenciados según su condición jurídica, antecedentes penales, conducta penitenciaria, motivos de detención, régimen aplicable, tipo de infracción, nivel de riesgo, sexo o identidad de género y edad. También se prevén espacios diferenciados para mujeres embarazadas, madres con hijos de hasta 36 meses, adultos mayores y personas con condiciones de doble vulnerabilidad por razones de salud.

El reglamento incorpora además nuevas reglas para el control de comunicaciones y visitas. Las visitas podrán ser presenciales o telemáticas, pero estarán sujetas al nivel de seguridad del centro y al nivel de riesgo de la persona privada de libertad. La norma permite restricciones, supervisión, monitoreo o grabación cuando sean necesarias para la seguridad penitenciaria, la prevención de delitos o investigaciones en curso, garantizando la confidencialidad en las comunicaciones con defensores técnicos.

Según el decreto, los centros deberán contar con un sistema informático de gestión penitenciaria, destinado a almacenar y actualizar información de cada persona privada de libertad, incluyendo procesos judiciales, clasificación inicial, nivel de seguridad, ubicación física, salud, beneficios penitenciarios, traslados, medidas no privativas de libertad y reportes disciplinarios.

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