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Procuraduría pide a Tribunal de la Corte de Justicia que conceda las providencias para prohibir la enajenación de los bienes de Ricardo Rivera

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La Procuraduría General del Estado solicitó al Tribunal de la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que conceda las providencias preventivas de prohibición de “enajenar, retención y secuestro de los bienes” de Ricardo Rivera Arauz, sentenciado dentro del caso Odebrecht y que murió el pasado sábado como consecuencia del COVID-19.

El 23 de enero del 2018, Rivera Arauz —tío del exvicepresidente de la República Jorge Glas— fue sentenciado a seis años de prisión por el delito de asociación ilícita por la trama de corrupción en el caso Odebrecht, y junto con otros procesados se le ordenó pagar una reparación integral al Estado ecuatoriano en su calidad de víctima, que ascendió a los $ 33′396.116.

En diciembre pasado, Rivera fue beneficiario del régimen semiabierto para cumplir lo que le restaba de su pena (alrededor de un año y medio de prisión) en libertad, pero este 15 de enero se confirmó su muerte a causa del coronavirus.

¿Qué pasa con la condena de Ricardo Rivera que incluye una reparación integral al Estado ecuatoriano?

Por ello, la Procuraduría anunció este 18 de enero que solicitó el lunes último (17/1/2022) que se prohíba la enajenación, retención y secuestro de los bienes que estén a nombre del sentenciado, “toda vez que la obligación impuesta por la justicia ecuatoriana de reparar integralmente al Estado no se extingue por su muerte”.

Para ello, el organismo —abogado del Estado— solicitó al Tribunal que oficie al Registro Civil para que se informe el estado civil de Rivera, si se encuentran registradas disoluciones de la sociedad conyugal, capitulaciones matrimoniales o división de bienes y otros, para ejecutar la sentencia.

Se busca evitar que con su muerte los bienes puedan ser vendidos, donados o cedidos libremente por quienes sean sus sucesores, “quedándose el Estado sin la posibilidad de que se le pague la reparación integral con cargo, en parte, a los bienes del causante”.

Incumplimiento de la reparación económica de Jorge Glas y otros sentenciados en el caso Odebrecht generaría una declaratoria de insolvencia

De acuerdo con la Procuraduría, la muerte de Rivera no extingue la obligación de reparar integralmente al Estado.

“Señores jueces de ejecución, es claro que, desde una óptica jurídica, tal situación no se puede permitir y corresponde a ustedes proteger el derecho que tiene el Estado en su calidad de víctima para cobrar el valor por concepto de reparación integral que se le debe reconocer”, señala la petición de providencias dentro del proceso de ejecución, que remitió el delegado de la Procuraduría, Santiago Terán, al juez ponente del Tribunal, Byron Guillén.

Entre los argumentos que se exponen a los jueces de la Corte está que la reparación integral no es una pena, sino una compensación a la víctima del delito, en este caso el Estado, a quien se debe reparar en forma obligatoria para resarcir “en algo” el daño producido.

Que esta obligación no se extingue por la muerte; al contrario, permanece subsistente y vigente en el tiempo.

“Esta constituye una obligación de carácter patrimonial que debe ser cumplida, es decir, es una deuda para con el Estado”, se esgrimió, y que al ser un pasivo puede ser transmitido mediante la figura de la sucesión por causa de muerte a sus herederos; y, en caso de que no existan, el Estado puede solicitar las medidas de ejecución forzosa en contra de los bienes del sentenciado.

Se advierte que, si los sucesores de Rivera toman posesión de la herencia, deberán pagar al Estado los valores por la reparación integral; y si “repudian la herencia”, de igual forma el Estado tiene el derecho de exigir que se le pague con cargo a los bienes del causante, entre estas, también las acciones, participaciones o derechos en personas jurídicas en caso de existir.

Y si el fallecido no tiene herederos, “es también jurídicamente procedente que el Estado solicite la medida de embargo de bienes”. (I) Fuente: El Universo

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Fiscalización recomienda juicio político contra Mario Godoy por presunta ‘inoperancia’ al frente de la Judicatura

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Un informe preliminar de la Comisión de Fiscalización plantea recomendar al Pleno de la Asamblea Nacional el inicio de un juicio político contra el presidente del Consejo de la Judicatura, Mario Godoy, por presunta «manifiesta inoperancia».

El documento, que se filtró antes de su votación oficial, se sustenta en el numeral 3 del artículo 255 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) y deberá ser analizado y debatido por los integrantes de la mesa legislativa antes de ser remitido al Pleno para su resolución.

Godoy se encuentra en el centro de la polémica desde que el juez anticorrupción Carlos Serrano denunciara presuntas presiones dentro de la institución para favorecer al narcotraficante serbio Jezdimir Srdan, investigado por lavado de activos dentro del caso denominado ‘Euro 2024’.

El magistrado también alertó sobre la supuesta falta de garantías para proteger su vida tras las amenazas que habría recibido por su actuación en este proceso judicial.

El documento será conocido oficialmente la noche de este viernes 13 de febrero de 2026, cuando la comisión legislativa se reúna para debatir su contenido y someterlo a votación entre sus miembros. En caso de aprobarse la recomendación, el proceso avanzará al Pleno del Legislativo, donde se definirá si se enjuicia políticamente al presidente de la Judicatura.

Correísmo impulsa juicio político contra Mario Godoy

Los solicitantes del juicio político por presunto incumplimiento de funciones, que impulsan los correístas Viviana Veloz, Raúl Chávez, Liliana Durán, Franklin Samaniego y Xavier Lasso Mendoza, sostienen que Godoy incumplió los numerales 1 y 3 del art. 168 de la Constitución, relacionados con la independencia interna y externa de los órganos de la Función Judicial.

Argumentan que Godoy fue pasivo ante las presiones indebidas ejercidas por sus subordinados directos, como el director provincial de Pichincha, Henry Gaibor, quien habría intervenido coercitivamente sobre el juez Carlos Serrano para influir en el desarrollo del caso “Euro 2024”, sugiriendo argumentos favorables a la defensa del procesado Jezdimir Srdan.

Tras la filtración del informe, la legisladora Viviana Veloz reaccionó en redes sociales señalando que la recomendación respondería a la presión ciudadana y a la existencia de pruebas que, según afirmó, vincularían a Godoy con supuestos intentos de protección a narcotraficantes. En su pronunciamiento también cuestionó al oficialismo y aseguró que la independencia judicial continúa en riesgo.

La asambleísta agregó que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social estaría avanzando en mecanismos para designar un eventual reemplazo en la Judicatura, lo que —según sostuvo— permitiría mantener el control político del organismo, señalando directamente al presidente Daniel Noboa. Fuente: Vistazo

$!Tuit de Viviana Veloz tras la filtración del informe.
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La Tertulia Jurídica analizó el rol del derecho penal frente a los desafíos de la sociedad contemporánea

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En una nueva emisión del programa La Tertulia Jurídica, se contó con la destacada participación del doctor Ernesto Yerobi, abogado penalista ecuatoriano, quien desarrolló el tema “Derecho penal y sociedad: evolución dogmática frente a los desafíos de la modernidad”, un análisis profundo sobre la función del derecho penal en el contexto social actual.

Durante su intervención, Yerobi se presentó ante la audiencia como abogado riobambeño, especializado en derecho penal general y derecho penal económico y de la empresa, con amplia experiencia tanto en el libre ejercicio profesional como en el ámbito académico, participando activamente en la cátedra universitaria, programas de formación continua, espacios de difusión jurídica y medios de radiodifusión y plataformas digitales.

El jurista destacó que el derecho penal es una de las ramas más sensibles del ordenamiento jurídico, cuya correcta aplicación resulta fundamental para garantizar la convivencia social y el respeto de los derechos ciudadanos. En ese marco, enfatizó que no toda conducta socialmente reprochable constituye un delito, aclarando que, desde la dogmática penal, el delito debe configurarse como una conducta típica, antijurídica, culpable y punible.

Como parte de su exposición académica, Yerobi explicó de manera didáctica las categorías dogmáticas del delito, abordando la conducta —tanto en su modalidad de acción como de omisión—, la tipicidad objetiva y subjetiva, la antijuridicidad y la culpabilidad, resaltando la importancia de comprender estos elementos para evitar interpretaciones erróneas que generen alarma social y una percepción distorsionada de inseguridad.

Asimismo, analizó conceptos clave como el juicio de tipicidad, el rol del verbo rector dentro de los tipos penales, y la necesidad de que toda conducta sancionada se encuentre expresamente prevista en la norma penal, en respeto al principio de legalidad. En este contexto, subrayó que la ausencia de tipificación impide la atribución de responsabilidad penal.

Yerobi también abordó las causas de justificación, como la legítima defensa, el estado de necesidad y el cumplimiento de órdenes de autoridad competente, destacando que estas figuras se rigen por criterios estrictos de proporcionalidad, racionalidad y ausencia de provocación, elementos esenciales dentro de un Estado constitucional de derechos.

En un análisis histórico-dogmático, el expositor recorrió las principales corrientes del pensamiento penal: el causalismo, el finalismo, el funcionalismo y el garantismo penal, explicando su evolución y aplicación práctica. Señaló que el funcionalismo normativista, especialmente en el ámbito del derecho penal económico, responde de mejor manera a las complejas dinámicas sociales actuales, al centrarse en los roles, el riesgo permitido y la imputación objetiva, más allá de la mera ejecución material del delito.

Finalmente, Yerobi reflexionó sobre la crisis del sistema judicial ecuatoriano, la fragilidad de la independencia judicial y el impacto de estas problemáticas en la confianza ciudadana, enfatizando la responsabilidad ética de los abogados y la necesidad de una aplicación técnica, razonada y humana del derecho penal.

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Confirman la venta de diario El Universo

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El diario El Universo, uno de los medios de comunicación impresos de Ecuador, cambia de manos. La mañana del jueves 12 de febrero de 2026, la familia Pérez anunció la venta de su participación accionaria en el rotativo.

En un comunicado difundido en redes sociales, la familia fundadora se despidió de su audiencia y confirmó que Carlos y César Pérez Barriga y Nicolás Pérez Lapentti vendieron sus acciones a un grupo de inversionistas encabezado por Yves Maia Pardini, empresario radicado en Florida, Estados Unidos.

¿Quiénes son los nuevos dueños de El Universo?

El grupo inversionista que adquirió las acciones está liderado por Yves Maia Pardini, emprendedor con trayectoria en servicios corporativos y financieros. También forma parte del consorcio Integra Capital, vinculada al empresario argentino José Luis Manzano.

Según el comunicado oficial, el objetivo de esta adquisición es fortalecer el liderazgo periodístico del medio y abrir una nueva etapa estratégica. El grupo empresarial cuenta en su portafolio con medios de comunicación en Argentina como América TVEl Cronista y Telefé, entre otros.

Nueva administración y enfoque empresarial

Como parte de la transición, se informó que Ignacio Giménez, exgerente de Diario El Comercio de Perú, asumirá la conducción de la nueva operación de El Universo. Su designación apunta a consolidar la modernización y expansión del medio en un entorno digital cada vez más competitivo.

La transacción se produce en un contexto de transformación global de la industria de medios, marcada por la digitalización, la migración de audiencias a plataformas digitales y la necesidad de nuevos modelos de sostenibilidad financiera.

Un cambio que impacta al ecosistema mediático ecuatoriano

Con este cambio de propiedad, el medio inicia una nueva etapa bajo capital internacional, mientras el sector observa cómo se redefine el mapa de los medios tradicionales en Ecuador.

La transición abre interrogantes sobre la línea editorial, la independencia periodística y la estrategia digital del rotativo.

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