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Fiscalía tiene reparos a lo aprobado en la Asamblea sobre extinción de dominio

La Fiscalía General tiene reparos a lo aprobado en la Asamblea Nacional sobre la extinción de dominio. En un pronunciamiento, la entidad cuestionó los tiempos para la investigación y la dependencia de una sentencia ejecutoriada.

En el pronunciamiento se señala: “La Institución considera que la reducción del tiempo de tramitación, lejos de abonar a una efectiva recuperación de capitales ilícitos, limita su accionar al restringir el proceso a períodos que, por la misma naturaleza de esta acción, requieren ser más amplios”.

El 8 de febrero de 2024, la Asamblea aprobó por unanimidad la denominada Ley de Monetización de Activos Provenientes de Actividades Ilícitas. Este es el cuarto proyecto enviado por el Ejecutivo con carácter de económico-urgente.

Sobre el requisito de la sentencia ejecutoriada, la Fiscalía señaló que es un paso innecesario.

Sobre esto, el proyecto aprobado planteó tres excepciones para ese requisito. La primera es cuando los bienes, objeto de extinción de dominio, sean de propiedad de uno o varios miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, organizaciones terroristas y actores no estatales beligerantes.

La segunda tiene que ver con que se trate de bienes o activos injustificados. Finalmente, la tercera condición está relacionada con delitos flagrantes, “respecto de los bienes o activos cuya titularidad se encuentren en propiedad de uno o varios de los miembros de los grupos señalados.

Finalmente, la Fiscalía señaló: “Pese a estas limitaciones, reafirmamos el compromiso con la sociedad ecuatoriana de seguir luchando contra la corrupción y el crimen organizado, lo que incluye —-sin lugar a dudas la persecución de bienes de origen o fin ilícito”.

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