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Cuenca: Dictan condena de 19 años de prisión por violación a mujer con discapacidad y síndrome de Down

Un Tribunal Penal de Azuay dictaminó una sentencia de diecinueve años de privación de libertad para Wiston Paúl R., tras demostrarse su culpabilidad en el caso de violación de una mujer con discapacidad intelectual del 55% y síndrome de Down

En la sentencia, emitida por escrito, los jueces también lo condenaron a cancelar 3.000 dólares como reparación integral a la víctima.

Durante la presentación de la teoría del caso, la representante de Fiscalía señaló que el hecho ocurrió la tarde del 7 de agosto de 2023, en un domicilio situado en Cuenca. Allí, la víctima vivía con familiares, quienes le habían brindado hospedaje a Wiston Paúl R. desde el día anterior a los hechos.

Una vecina ayudaba a la hermana de la víctima a vigilar que se encuentre bien. Por esta razón, ingresó a la vivienda, la llamó, pero ella no respondió. Entonces, se acercó hasta la habitación, de la cual salió la víctima arreglándose la ropa, mientras que el ahora sentenciado se encontraba sin sus prendas de vestir.

La vecina llamó a la hermana, a quien la agraviada le contó lo ocurrido y de inmediato denunciaron el hecho a la Policía, que aprehendió al agresor en delito flagrante.

En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima –que fue tomado con ayuda de un intérprete de lengua de señas–, los testimonios de la hermana y de la vecina, de los agentes aprehensores y de los que investigaron el caso, y de los peritos encargados de las valoraciones psicológica y médico–legal practicadas a la víctima.

Con el testimonio de la perito en biología forense, Fiscalía demostró que en las muestras tomadas de las prendas de vestir de la víctima se encontró proteína P30 y espermatozoides.

El perito en genética forense concluyó que en estas muestras y en otras tomadas de una toalla y del cuerpo de la víctima se encontró perfil genético y cromosoma, y de la línea paterna del sentenciado.

El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con privación de libertad de diecinueve a veintidós años.

Fuente: Vistazo.

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