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Zamora Chinchipe enfrenta emergencia vial sin precedentes: Prefecta Karla Reátegui exige declaratoria de emergencia nacional

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En una rueda de prensa realizada este miércoles, la prefecta de Zamora Chinchipe, Karla Reátegui, informó sobre la crítica situación vial que atraviesa la provincia debido a una creciente extraordinaria de los ríos Zamora, Yacuambi y Nangaritza, así como de numerosas quebradas. De acuerdo con datos técnicos proporcionados por el INAMHI, esta creciente es una de las más intensas de los últimos 25 años, superando registros históricos en la región.

«Nuestra solidaridad con toda la provincia. Lo que hemos vivido el día de ayer 1 de julio ha superado cualquier expectativa», manifestó Reátegui, quien vivió personalmente los efectos de la emergencia mientras cumplía una agenda en la comunidad de Zarentza, en el Alto Nangaritza. El retorno desde esa zona tomó más de ocho horas, con nueve transbordos, evidenciando la magnitud de las afectaciones.

Entre las principales pérdidas se encuentra el colapso del puente vehicular sobre el río Zamora, que conectaba San Miguel de La Hueca con Panguintza, con una inversión superior a los dos millones de dólares. También se han perdido varios puentes peatonales: en Zumbi, Kurintza, Chapintza, y nuevamente en San Miguel de La Hueca. Las pérdidas acumuladas en obra pública ascienden a más de cuatro millones de dólares, y se estima que la cifra podría alcanzar los cinco millones tras evaluaciones definitivas.

Reátegui indicó que este miércoles 2 de julio a las 10h00 se instaló el COE Provincial con el objetivo de solicitar formalmente al COE Nacional la declaratoria de emergencia para Zamora Chinchipe. Esta medida busca activar los recursos del Gobierno central y coordinar con ministerios como Finanzas, Agricultura, Producción, MIES y la Secretaría de Gestión de Riesgos para atender las afectaciones.

«La declaratoria de emergencia permitirá igualar asignaciones a la Prefectura, municipios y gobiernos parroquiales, para que puedan actuar ante la magnitud de los daños», declaró la prefecta.

Durante su intervención, también se refirió a la situación de Vialzachin EP y desmintió rumores sobre su quiebra. Reátegui confirmó que, pese a las dificultades presupuestarias heredadas (un déficit de 14 millones de dólares), la institución ha asfaltado 42 km de vía en dos años, superando todos los periodos anteriores.

Con respecto al convenio con el Ministerio de Transporte y Obras Públicas para la vía Muchime-Yacuambi, anunció que este será dado por terminado debido al desfinanciamiento heredado. A pesar de ello, aseguró que la obra continuará ejecutándose desde el presupuesto institucional.

Uno de los puntos críticos abordados fue el colapso del puente San Miguel de La Hueca. La Prefectura solicitó, el 15 de mayo de 2025, un examen especial a la Contraloría General del Estado para determinar posibles irregularidades en los estudios, diseños y contratación. Además, se denunció que actividades mineras cercanas al puente habrían debilitado los márgenes del río, elevando los niveles de sedimentos y contribuyendo al colapso de la estructura.

«No se puede seguir permitiendo que se alteren los márgenes de los ríos ni con minería ni con extracción de material pétreo. Esta es una lección que nos deja el invierno. Debemos volver a sembrar zamiques para proteger nuestras riberas», sostuvo enfáticamente.
Reátegui concluyó su comparecencia reiterando su compromiso con la reconstrucción y la seguridad de la provincia: «Hoy la prioridad es la vida y la integridad de la gente. Luego vendrá la reconstrucción, pero con unidad y gestión articulada podremos salir adelante.»

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Concejales aclaran proceso de remoción del alcalde de Zamora

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Mediante una rueda de prensa convocada el pasado 01 de julio, los concejales Wilmer Espinoza y Fran Regalado, miembros del órgano legislativo del cantón Zamora, informaron a la ciudadanía los detalles del tratamiento y desarrollo del proceso de remoción del alcalde Víctor Manuel González Salinas, abordado en la sesión extraordinaria del 20 de junio de 2025.

Durante su intervención, el concejal Wilmer Espinoza explicó el contexto del proceso, las disposiciones legales aplicadas y el desarrollo institucional que ha seguido el Concejo Cantonal como cuerpo colegiado ante la denuncia presentada por el ciudadano Diómenes Rodas. Señaló que la denuncia se fundamentaba en dos causales: el presunto incumplimiento de una sentencia constitucional sobre el uso de la figura de la «silla vacía», y la suscripción de un acta de colindancia sin autorización del concejo municipal.

El concejal aclaró que, conforme a lo dispuesto en los artículos 335 y 336 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), la vicealcaldesa fue quien legalmente convocó a la conformación de la Comisión de Mesa, ya que ni el alcalde —al ser el denunciado— ni la vicealcaldesa —por tener un interés directo— podían participar en su integración. En este contexto, se conformó una nueva Comisión de Mesa con los concejales Wilmer Espinoza, Fran Regalado y Jofre Íñiguez, designados por sus pares Santiago Cabrera y Ximena Montaño, conforme a lo estipulado por la ordenanza de funcionamiento del Concejo Municipal.

Espinoza enfatizó que el proceso fue inédito para la administración cantonal, lo que obligó al cuerpo edil a recurrir a asesoría jurídica externa para garantizar el cumplimiento del debido proceso. En una primera instancia, la denuncia fue inadmitida por no cumplir con requisitos formales —como la falta de reconocimiento de firmas ante notario—. Sin embargo, tras la subsanación de estos errores por parte del denunciante, se procedió a la calificación formal y análisis de fondo.

La Comisión de Mesa permitió la participación tanto del denunciante como del denunciado, recabando pruebas y argumentos. No obstante, la Comisión concluyó que las causales presentadas carecían de sustento legal suficiente para justificar la remoción. Por ejemplo, en relación con el caso de la «silla vacía», se presentó como prueba una sentencia de la Corte Constitucional del 17 de enero de 2024, que negó la acción de protección interpuesta por el denunciante, por lo que no existía violación alguna por parte del alcalde.

Asimismo, se indicó que la firma del acta de colindancia alegada por el denunciante carecía de motivación administrativa para configurar una causal de remoción. La Comisión de Mesa, tras cerrar la etapa de descargos, emitió su informe final dirigido a la vicealcaldesa, quien deberá convocar a una sesión extraordinaria del Concejo Municipal para su conocimiento y resolución, conforme al marco normativo vigente.

Por su parte, el concejal Fran Regalado subrayó la transparencia y rigurosidad del proceso, así como el compromiso de los miembros del órgano legislativo de garantizar los principios de legalidad, imparcialidad y participación ciudadana. Regalado detalló que la conformación de la Comisión se realizó en estricto apego al COOTAD y las ordenanzas internas, y que, más allá de afinidades políticas, primó el análisis técnico-jurídico y la responsabilidad institucional.

Durante su intervención, Regalado también expuso que la Corte Constitucional fue clara al señalar que el derecho a la participación mediante la figura de la silla vacía no puede ser ejercido de forma individual, sino mediante representación colectiva, como asociaciones, gremios o barrios legalmente constituidos. Esta aclaración invalidó una de las principales causales de la denuncia.

Ambos concejales reiteraron que su labor dentro de la Comisión de Mesa fue objetiva y apegada a derecho, y que, en adelante, el tratamiento del informe por parte del pleno del Concejo permitirá a la institución tomar una decisión definitiva y legítima frente a esta demanda ciudadana.

Finalmente, se reafirmó el compromiso del Concejo Cantonal con la legalidad, la ética pública y la transparencia en la gestión administrativa, asegurando que toda actuación se fundamenta en el marco normativo y en el interés superior de la ciudadanía zamorana.

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Eliminar derechos no es reformar, es retroceder

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Reformas a la LOSEP: ¿Avance hacia la integridad pública o retroceso en derechos laborales?

 Introducción

El 26 de junio de 2025 se publicó en el Registro Oficial la Ley Orgánica de Integridad Pública, una normativa que introdujo 26 reformas significativas a la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP). Bajo el argumento de fortalecer la ética, la eficiencia y la transparencia en el sector público, esta ley ha generado un intenso debate sobre su verdadero alcance. ¿Estamos ante una modernización del aparato estatal o frente a un proceso de regresión de derechos laborales consolidados?

Entre las reformas más controversiales destacan la obligatoriedad de pruebas de confianza, la evaluación semestral como base para la estabilidad laboral, la eliminación del artículo sobre acoso laboral, y la flexibilización de los contratos ocasionales, afectando directamente la seguridad jurídica del servidor público. Además, se trasladan aspectos claves, como las indemnizaciones, a una futura reglamentación, lo que introduce márgenes de discrecionalidad y vacíos legales.

Este artículo analiza las modificaciones más relevantes, sus implicaciones para el Estado, los servidores públicos y la ciudadanía, así como el debate constitucional que han provocado. En un contexto de tensión entre eficiencia institucional y derechos laborales, resulta fundamental evaluar si estas reformas constituyen un verdadero avance hacia la integridad pública o una precarización institucional del empleo público en Ecuador.

 

PRINCIPALES REFORMAS A LA LOSEP

 

  1. Pruebas de confianza (Art. 22)

Los servidores públicos deberán someterse, además de evaluaciones periódicas, a pruebas de confianza obligatorias (polígrafo, evaluaciones psicológicas, psicométricas, toxicológicas, entre otras).

  1. Derechos laborales condicionados (Art. 23)
  • Estabilidad laboral supeditada a calificaciones de “excelente” o “muy buena”.
  • Indemnizaciones sujetas a reglamentación futura.
  • Restitución laboral tras fallo judicial se amplía de 5 a 15 días, sin pago de intereses por el proceso.
  • Reingreso preferente solo para quienes tengan calificaciones excelentes y sin sanciones.
  1. Eliminación del artículo sobre acoso laboral (Art. 24.1)

Se elimina una disposición clave que protegía a los trabajadores frente al acoso, debilitando los mecanismos de defensa laboral.

  1. Restricciones a comisiones de servicio (Art. 31)

Solo se concederán comisiones de servicio si el servidor obtuvo calificación de excelente el año anterior.

  1. Nuevas causales de destitución (Art. 48)

Un servidor podrá ser destituido si obtiene dos calificaciones insuficientes o tres calificaciones de “satisfactorio”, eliminando el requisito de dos insuficientes consecutivas.

  1. Flexibilización de contratos ocasionales (Art. 58)
  • Se elimina la conversión automática a nombramiento tras un año de servicio.
  • Los contratos podrán terminarse discrecionalmente.
  • El porcentaje de personal con contratos ocasionales será definido en el reglamento, ya no limitado al 20%.
  1. Evaluación semestral obligatoria (Art. 80)
  • Todos los servidores serán evaluados dos veces al año con seis criterios (cumplimiento de metas, la calidad del trabajo, la conducta institucional, la eficiencia, la responsabilidad y los aportes al mejoramiento institucional), siendo estas evaluaciones vinculantes:
  • Dos calificaciones insuficientes o una reevaluación negativa derivarán en la destitución.
  1. Retiro y jubilación (Art. 81)

El retiro voluntario con compensación será aceptado solo desde los 65 años, con requisitos más restrictivos que los anteriormente vigentes.

  1. Indemnización por supresión de partidas (Disposición General Primera)

El monto ya no será fijo según el Art. 29 de la LOSEP, sino determinado por el reglamento.

  1. Derogación del artículo 89 de la LOSEP

Se elimina la disposición que garantizaba la estabilidad en el servicio público como principio general.

 

Impacto para los actores involucrados

PARA EL ESTADO

Ventajas:

  • Mayor capacidad de control institucional.
  • Eliminación de procesos largos para desvinculación.
  • Mejora potencial en eficiencia y atención al ciudadano.

Desventajas:

  • Posibles juicios por despidos sin indemnización.
  • Pérdida de personal calificado y conflictos sindicales.

PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Ventajas:

  • Incentivos para la profesionalización y mejora del desempeño.
  • Claridad en metas y procesos de evaluación.

Desventajas:

  • Reducción de la estabilidad laboral.
  • Evaluaciones frecuentes sin garantías sólidas de defensa.
  • Desvinculaciones discrecionales y sin indemnización.

PARA LA CIUDADANÍA

Ventajas:

  • Posible mejora en la calidad del servicio público.
  • Mayor rendición de cuentas.

Desventajas:

  • Inestabilidad en la atención por alta rotación de personal.
  • Riesgo de decisiones burocráticas guiadas por el temor y no por vocación.

 

Debate constitucional y propuestas para una implementación responsable

Organizaciones como la UNE, CEOSL y CONASEP han cuestionado la constitucionalidad de las reformas, al considerar que violan el principio de estabilidad laboral, el debido proceso y la unidad de materia legislativa. Ante la posibilidad de demandas ante la Corte Constitucional, surgen propuestas para una aplicación más justa:

  • Evaluaciones técnicas y auditables: basadas en indicadores objetivos y adaptados a cada función.
  • Garantías de debido proceso: derecho a apelar y a defensa adecuada.
  • Formación continua: inversión estatal previa a exigir altos rendimientos.
  • Desvinculaciones responsables: evitar despidos masivos e implementar de forma progresiva.
  • Participación ciudadana: incorporar encuestas de satisfacción en la evaluación institucional.

Conclusión

Las reformas introducidas a la LOSEP mediante la Ley Orgánica de Integridad Pública marcan un cambio profundo en la forma en que el Estado regula y controla a sus servidores. Aunque se promueve un discurso de eficiencia y lucha contra la corrupción, muchas de estas reformas se traducen en una disminución de las garantías laborales, una flexibilización institucional y una concentración del poder discrecional en las autoridades.

La eliminación del principio de estabilidad, la ambigüedad sobre las indemnizaciones y la eliminación de protecciones frente al acoso laboral plantean serias dudas sobre la constitucionalidad y legitimidad de esta nueva normativa.

Más que elegir entre integridad o derechos laborales, el verdadero reto consiste en construir un modelo de servicio público donde ambas dimensiones coexistan y se refuercen mutuamente. Solo así será posible garantizar un Estado eficaz, profesional y verdaderamente justo para sus trabajadores y para la ciudadanía a la que sirve.

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COE Provincial de Zamora Chinchipe aprueba resoluciones ante emergencia por intensas lluvias e inundaciones

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En respuesta a la compleja situación que enfrenta la provincia de Zamora Chinchipe a causa de las intensas precipitaciones, crecidas de ríos y deslizamientos de tierra, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Provincial, en sesión plenaria celebrada el miércoles 2 de julio de 2025, aprobó por unanimidad una serie de resoluciones orientadas a fortalecer la gestión del riesgo y atender de manera prioritaria las necesidades de la población afectada.

Las decisiones se enmarcan en lo dispuesto por la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, que faculta a los COE territoriales a adoptar medidas urgentes en situaciones de calamidad pública.


Resoluciones adoptadas

  1. Declaratoria de emergencia: Se exhorta al Gobierno Nacional del Ecuador a declarar en emergencia a la provincia de Zamora Chinchipe, ante la magnitud de los daños provocados por las lluvias. La infraestructura pública, propiedades privadas y, sobre todo, la vida e integridad de los habitantes se encuentran en inminente riesgo.

  2. Asignación urgente de recursos: Se solicita la entrega inmediata de recursos económicos para la atención humanitaria de las personas damnificadas, así como para la reconstrucción de la infraestructura pública afectada.

  3. Transferencia de fondos pendientes: El COE exige el pago de los recursos económicos adeudados a los GAD’s seccionales de la provincia correspondientes a los años 2024 y 2025, conforme a la Ley del Modelo de Equidad Territorial, fundamentales para ejecutar planes de emergencia y recuperación.

  4. Activación permanente de Mesas Técnicas: Se mantiene la activación de las MTT 1 a la 7, que abarcan áreas críticas como salud, agua segura, educación, alojamiento temporal, medios de vida e infraestructura. Estas mesas deberán presentar informes técnicos y planes de acción para responder eficazmente ante la emergencia.

  5. Cooperación internacional: Se solicita al COE Nacional la activación de la Mesa Técnica MTT-8, con el fin de gestionar apoyo logístico internacional, especialmente para fortalecer el accionar de la Policía Nacional y los Cuerpos de Bomberos de la provincia.

  6. Coordinación territorial: Se dispone a los COE cantonales mantener activas sus estructuras operativas y elaborar la Evaluación Inicial de Necesidades (EVIN Digital), remitiendo informes al COE Provincial y a la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR) para activar ayudas directas a los damnificados.

  7. Atención prioritaria a los afectados: Se demanda a todas las instituciones —GAD’s, MIES, SNGR, entre otras— brindar atención inmediata a la población afectada, asegurando la entrega oportuna de asistencia humanitaria y servicios esenciales.

  8. Apoyo del Gobierno Provincial: Se exhorta a la Prefectura de Zamora Chinchipe a dotar o donar 200 camas destinadas a los damnificados por las inundaciones.

  9. Banco de Suelos y reubicación: Se exhorta a los GAD’s cantonales a postular terrenos para su incorporación al Banco de Suelos, lo cual permitirá planificar la reubicación digna y segura de las familias afectadas.

El COE Provincial subraya que estas resoluciones buscan salvaguardar la vida, la dignidad y los derechos fundamentales de los zamoranos, priorizando una respuesta rápida, técnica y solidaria, y exhorta a todas las instancias del Estado a actuar con responsabilidad, eficiencia y sensibilidad ante una emergencia que no puede esperar.

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