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¿Quiénes aparecen en el informe revelador del asesinato de Fernando Villavicencio? Comisión apunta a móvil político

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La comisión especial de la Asamblea Nacional, encargada de investigar el crimen del candidato presidencial Fernando Villavicencio ocurrido en agosto del año pasado, ha concluido su labor presentando un informe revelador. Según el documento, aprobado este jueves con seis votos a favor y uno en contra, existen indicios claros de un móvil político detrás del crimen.

El informe final, que será entregado al pleno del Legislativo para su consideración, detalla que al momento del asesinato, el riesgo de un atentado contra la vida de Villavicencio era extremadamente alto, con una tasa del 93%. Este dato subraya la gravedad de las amenazas que enfrentaba el candidato y la posible negligencia en su protección.

Se mencionó que el trabajo de Villavicencio, quien había denunciado más de una quincena de casos de corrupción que salpicaron a varios gobiernos, le llevó a ser blanco de grupos ilegales.

La Asamblea indicó que aparentemente existían organizaciones criminales que buscaban acabar con la vida del político y que aparentemente contaban con el apoyo de funcionarios públicospolíticos y hasta periodistas.

En el informe «aparecen los nombres de Xavier Jordán (empresario), Ronny Aleaga, exasambleísta del correísmo, quienes tenían la misión de desprestigiar a Villavicencio», agregó la fuente.

Asimismo, el documento asevera que el periodista Andersson Boscán, del medio digital La Posta, había presuntamente acordado con el narcotraficante Leandro Norero, asesinado en la cárcel en 2022, «ocultar información a Fernando Villavicencio, información que consta en el proceso del caso Metástasis» que investiga la Fiscalía del Estado.

Un informe preliminar recomendaba investigar a mayor profundidad el crimen de Villavicencio, pero también «recordarse como un crimen político en el marco de la guerra que libra la sociedad ecuatoriana contra las mafias y las organizaciones criminales».

«El crimen de Fernando Villavicencio, sus autorescómplices, encubridores, financistas, responsables materiales e intelectuales deben ser identificados y sancionados en el marco de la ley. Ni el Estado ni la sociedad podemos permitir la impunidad en este caso», recoge el texto preliminar.

Asimismo, reprochó a entidades que no atendieron peticiones de información formuladas por la comisión, y la ausencia de varias personas que fueron convocadas a comparecer.

El pasado 28 de abril, una jueza resolvió abrir juicio contra cinco de los seis acusados por la Fiscalía en el caso del asesinato de Villavicencio, cuyas sospechas recaen en una facción de una banda criminal conocida como Los Lobos que tiene como cabecilla a Carlos Angulo (‘El Invisible’), al que la Policía señala como presunto autor intelectual.

Los cinco acusados y el absuelto por la jueza son los únicos supervivientes de los catorce involucrados presuntamente en el crimen, pues ocho de ellos, entre los que están los siete sicarios colombianos que participaron en la ejecución del atentado, aparecieron muertos cuando estaban en la cárcel.

Villavicencio murió el 9 de agosto de 2023 tras ser asesinado a tiros a la salida de un mitin electoral en Quito, cuando faltaban apenas once días para la celebración de la primera vuelta de las elecciones generales extraordinarias, a las que se presentó como candidato presidencial por el movimiento Construye. Fuente: Vistazo

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Ministerio de Educación aclara que uso de celulares siguen restringuidos en escuelas

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Según informó el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura con la normativa vigente, en niveles de Inicial y Educación General Básica la restricción es total, es decir, el 100% del uso de celulares no está permitido ni recomendado dentro de las aulas.

En el caso del bachillerato, la situación es distinta. Los estudiantes pueden utilizar estos dispositivos, pero únicamente con fines pedagógicos, bajo la autorización y supervisión directa de los docentes.

Además, las autoridades han sido enfáticas en que los celulares no pueden ser exigidos como parte de la lista de útiles escolares, lo que busca evitar desigualdades entre estudiantes.

Este enfoque se complementa con el nuevo Acuerdo de medidas socioeducativas y disciplinarias que prioriza la resolución de conflictos desde una perspectiva formativa, sin eliminar los mecanismos de control.

El objetivo, según lo planteado, es mejorar el ambiente escolar y promover una convivencia más saludable, en la que se equilibren la disciplina, el uso responsable de la tecnología y la protección integral de los estudiantes.

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¡Alerta por El Niño! Altas temperaturas predominarán entre mayo y julio

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La Organización de las Naciones Unidas (ONU) levantó una alerta por el fenómeno de El Niño. La información se difundió este viernes, 24 de abril de 2026.

Qué se espera de El Niño 

Entre los meses de mayo y julio de 2026 se espera que El Niño se presente en todo el mundo. Predominarán en casi todo el planeta las temperaturas superiores a la media normal, dijo Wilfran Moufouma Okia, jefe de predicción climática de la Organización Meteorológica Mundial (OMM).

«Tras un período de condiciones neutras a principios de año, ahora los modelos climáticos apuntan claramente en la misma dirección y pronostican, con un nivel de confianza alto, la instauración de un episodio de El Niño, que cobrará mayor fuerza en los meses siguientes», señaló.

Las autoridades de la OMM además explicaron que El Niño suele producirse cada dos a siete años y su duración oscila entre nueve y 12 meses. Uno de sus principales signos de su presencia es el aumento rápido de las temperaturas.

Expertos han señalado que El Niño podría convertirse en uno de los más fuertes de la historia. De hecho, han mencionado que se lo conocerá como el ‘Súper Niño’.

Lluvias intensas en Ecuador 

El Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada del Ecuador (Inocar) informó en marzo que las fuertes lluvias registradas no corresponden al fenómeno de El Niño sino a precipitaciones locales.

Las fuertes lluvias ya han dejado un impacto en Ecuador. En el último informe de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR), con fecha del 22 de abril de 2026, se detalla las afectaciones que se han registrado:

17 personas fallecidas

103.680 personas afectadas

18.839 personas damnificadas

30.973 viviendas afectadas

272 viviendas destruidas

58 puentes afectados

33 puentes destruidos

66,61 kilómetros de vías afectadas

Se han entregado kits humanitarios para las personas afectadas: 82.106 bienes de asistencia entregados.

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Bienes jurídicos protegidos y principio de lesividad en el COIP

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En el espacio de análisis de La Tertulia Jurídica, Luis Moriano Álvarez abordó un tema fundamental dentro del derecho penal: los bienes jurídicos protegidos y el principio de lesividad en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Al iniciar el programa, el jurista compartió parte de su formación académica, destacando que realizó sus estudios en la Universidad Católica, institución que considera su alma mater. Posteriormente, cursó un posgrado en la Universidad de Barcelona y en la Universidad Pompeu Fabra, donde profundizó en la dogmática penal. Actualmente, se encuentra cursando una segunda maestría en Derecho Constitucional y ejerce la profesión de manera libre.

Durante su intervención, explicó que los bienes jurídicos protegidos surgieron como concepto a finales del siglo XVIII, tras la caída de las monarquías y la separación entre la Iglesia y el Estado. A partir de ese momento, el derecho penal dejó de centrarse en la moral y comenzó a enfocarse en la protección de derechos y bienes esenciales.

En este contexto, señaló dos corrientes importantes: la postura de Jakobs, quien sostiene que el bien jurídico es la propia norma, y la de Roxin, que plantea que los bienes jurídicos derivan de derechos fundamentales y materiales, por lo que solo debe castigarse cuando existe una afectación real a estos.

El jurista explicó que existen bienes jurídicos individuales, como la vida o la integridad, y también bienes superindividuales, como la administración pública o la seguridad del Estado, los cuales protegen el funcionamiento de la sociedad en su conjunto.

En relación con el principio de lesividad, indicó que este establece que solo debe intervenir el derecho penal cuando exista un daño real y significativo al bien jurídico protegido. Este principio se vincula con la idea de que el derecho penal es de “última ratio”, es decir, el último recurso del Estado.

Asimismo, analizó varios casos dentro del contexto ecuatoriano. En el delito de drogas, mencionó que la Corte Constitucional ha determinado que la tenencia para consumo personal no vulnera el principio de lesividad, ya que no afecta directamente la salud pública. Sin embargo, el tráfico sí constituye una afectación al tratarse de un impacto social amplio.

Respecto al porte de armas, explicó que no puede criminalizarse automáticamente la mera tenencia, sino que debe evaluarse el riesgo real y concreto. Por ejemplo, no es lo mismo poseer un arma guardada en un lugar seguro que portarla en un espacio público.

En cuanto al delito de receptación, destacó que no se puede presumir la culpabilidad únicamente por la posesión de un bien ilícito, sino que el Estado debe probar que la persona conocía el origen ilegal del objeto.

También abordó el delito de lavado de activos, cuestionando la penalización de la mera tenencia de dinero ilícito sin que exista un proceso de ocultamiento o reinserción en la economía formal, lo cual, a su criterio, podría vulnerar el principio de lesividad.

El abogado advirtió sobre el riesgo del expansionismo penal en Ecuador, señalando que en los últimos años se ha incrementado el carácter punitivo del sistema sin que esto haya generado resultados efectivos en la reducción del delito. A su juicio, esto podría derivar en abusos de poder y en la criminalización de conductas sin una afectación real.

Asimismo, enfatizó la importancia de evitar el denominado “derecho penal de autor”, en el cual se sanciona a las personas por sus características y no por sus actos, lo que históricamente ha generado graves vulneraciones a los derechos humanos.

Finalmente, resaltó el valor del reconocimiento de los derechos de la naturaleza en Ecuador, considerando que permite proteger el entorno antes de que el daño sea irreversible, ampliando así la concepción tradicional de los bienes jurídicos.

En conclusión, el especialista sostuvo que el derecho penal debe aplicarse con criterios de proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales, evitando convertirse en una herramienta de castigo arbitrario. Subrayó que sin una verdadera afectación al bien jurídico protegido, no debería existir sanción penal en un Estado constitucional de derechos y justicia.

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