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Procuraduría pide a Tribunal de la Corte de Justicia que conceda las providencias para prohibir la enajenación de los bienes de Ricardo Rivera

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La Procuraduría General del Estado solicitó al Tribunal de la Sala de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que conceda las providencias preventivas de prohibición de “enajenar, retención y secuestro de los bienes” de Ricardo Rivera Arauz, sentenciado dentro del caso Odebrecht y que murió el pasado sábado como consecuencia del COVID-19.

El 23 de enero del 2018, Rivera Arauz —tío del exvicepresidente de la República Jorge Glas— fue sentenciado a seis años de prisión por el delito de asociación ilícita por la trama de corrupción en el caso Odebrecht, y junto con otros procesados se le ordenó pagar una reparación integral al Estado ecuatoriano en su calidad de víctima, que ascendió a los $ 33′396.116.

En diciembre pasado, Rivera fue beneficiario del régimen semiabierto para cumplir lo que le restaba de su pena (alrededor de un año y medio de prisión) en libertad, pero este 15 de enero se confirmó su muerte a causa del coronavirus.

¿Qué pasa con la condena de Ricardo Rivera que incluye una reparación integral al Estado ecuatoriano?

Por ello, la Procuraduría anunció este 18 de enero que solicitó el lunes último (17/1/2022) que se prohíba la enajenación, retención y secuestro de los bienes que estén a nombre del sentenciado, “toda vez que la obligación impuesta por la justicia ecuatoriana de reparar integralmente al Estado no se extingue por su muerte”.

Para ello, el organismo —abogado del Estado— solicitó al Tribunal que oficie al Registro Civil para que se informe el estado civil de Rivera, si se encuentran registradas disoluciones de la sociedad conyugal, capitulaciones matrimoniales o división de bienes y otros, para ejecutar la sentencia.

Se busca evitar que con su muerte los bienes puedan ser vendidos, donados o cedidos libremente por quienes sean sus sucesores, “quedándose el Estado sin la posibilidad de que se le pague la reparación integral con cargo, en parte, a los bienes del causante”.

Incumplimiento de la reparación económica de Jorge Glas y otros sentenciados en el caso Odebrecht generaría una declaratoria de insolvencia

De acuerdo con la Procuraduría, la muerte de Rivera no extingue la obligación de reparar integralmente al Estado.

“Señores jueces de ejecución, es claro que, desde una óptica jurídica, tal situación no se puede permitir y corresponde a ustedes proteger el derecho que tiene el Estado en su calidad de víctima para cobrar el valor por concepto de reparación integral que se le debe reconocer”, señala la petición de providencias dentro del proceso de ejecución, que remitió el delegado de la Procuraduría, Santiago Terán, al juez ponente del Tribunal, Byron Guillén.

Entre los argumentos que se exponen a los jueces de la Corte está que la reparación integral no es una pena, sino una compensación a la víctima del delito, en este caso el Estado, a quien se debe reparar en forma obligatoria para resarcir “en algo” el daño producido.

Que esta obligación no se extingue por la muerte; al contrario, permanece subsistente y vigente en el tiempo.

“Esta constituye una obligación de carácter patrimonial que debe ser cumplida, es decir, es una deuda para con el Estado”, se esgrimió, y que al ser un pasivo puede ser transmitido mediante la figura de la sucesión por causa de muerte a sus herederos; y, en caso de que no existan, el Estado puede solicitar las medidas de ejecución forzosa en contra de los bienes del sentenciado.

Se advierte que, si los sucesores de Rivera toman posesión de la herencia, deberán pagar al Estado los valores por la reparación integral; y si “repudian la herencia”, de igual forma el Estado tiene el derecho de exigir que se le pague con cargo a los bienes del causante, entre estas, también las acciones, participaciones o derechos en personas jurídicas en caso de existir.

Y si el fallecido no tiene herederos, “es también jurídicamente procedente que el Estado solicite la medida de embargo de bienes”. (I) Fuente: El Universo

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Juez convoca a audiencia de habeas corpus a favor de Jorge Glas para este 26 de diciembre

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Un juez penal de La Libertad convocó a una audiencia de habeas corpus a favor del exvicepresidente Jorge Glas, que se realizará este viernes 26 de diciembre, a las 11:00, en modalidad mixta y de carácter público, según informó su defensa.

Revise | La Revolución Ciudadana asegura »que Glas ‘se va a morir en manos del Estado’ si no recibe medicinas

La diligencia fue convocada luego de que el magistrado avocara conocimiento y admitiera a trámite la acción constitucional presentada el 22 de diciembre, después de que la Corte Provincial de Santa Elena se declarara incompetente y remitiera el proceso.
$!El exvicepresidente Glas en la cárcel de El Encuentro.

Defensa denuncia vulneración al derecho a la defensa

La defensa de Glas informó que el 24 de diciembre recibió dos notificaciones judiciales importantes. La primera corresponde a la convocatoria a la audiencia de habeas corpus y la segunda a la sentencia escrita del caso Reconstrucción de Manabí, cuya condena fue dictada de forma oral el pasado 30 de junio.

$!Declaraciones de la Defensa de Jorge Glas.

Audiencia será pública y con obligación de presentar a Glas

En su providencia, el juez dispuso la comparecencia obligatoria del Ministerio del Interior, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), la Dirección del Centro de Privación de Libertad N.º 1 de Santa Elena y la Procuraduría General del Estado. También se ordenó notificar al centro de máxima seguridad La Roca.

El magistrado estableció el principio de “cuerpo presente”, por lo que el Estado ecuatoriano tiene la obligación de presentar a Jorge Glas en la audiencia, ya sea de forma física o telemática, bajo advertencia de las sanciones previstas en la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional.

La audiencia se desarrollará a través de Zoom y desde el despacho judicial, con acceso presencial limitado para la ciudadanía por razones de seguridad.

Medidas cautelares y atención médica

De forma previa, el juez dictó medidas cautelares constitucionales inmediatas para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud del exvicepresidente, en su condición de persona privada de la libertad.

En ese marco, se ordenó al Ministerio de Salud Pública, al SNAI y a las autoridades del CPL de Santa Elena coordinar todas las medidas necesarias para garantizar su atención.

La providencia establece que, si existe una necesidad médica debidamente justificada, Glas deberá ser trasladado a un hospital o centro de salud público, conforme a la recomendación del personal médico penitenciario.

Glas permanece en la cárcel del Encuentro. A inicios de noviembre, el ministro del Interior, John Reimberg, recalcó que el exvicepresidente ha recibido más de cuatro visitas médicas y que cuenta con medicamentos. Fuente: Vistazo

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Aplazan para enero la imputación a líderes de Los Lobos por el asesinato de Fernando Villavicencio

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La audiencia en la que la Fiscalía General del Estado tenía previsto formular cargos contra líderes del grupo criminal Los Lobos por la presunta autoría intelectual del asesinato de Fernando Villavicencio fue aplazada nuevamente y se realizará el 28 de enero.

La diligencia estaba prevista para este viernes y debía incluir al líder máximo de Los Lobos, Wilmer Chavarría, alias “Pipo”, detenido en noviembre en España, así como a otros dos cabecillas de la organización criminal.

El juez Giovanny Freire, recientemente asignado al proceso, tomó la decisión al señalar que se trata de un caso de “elevada complejidad fáctica y jurídica”, con múltiples procesados, que requiere una preparación jurisdiccional reforzada y disponibilidad plena del despacho.

Cambio de juez y antecedentes del proceso

Freire reemplaza temporalmente a la jueza titular María Ayala, quien fue suspendida por el Consejo de la Judicatura. Según el organismo, durante una audiencia previa, el 3 de septiembre, Ayala habría emitido comentarios que afectaron a la fiscal del caso, incurriendo en actos de intimidación.

No obstante, la sanción concluiría antes de la fecha fijada para la nueva audiencia, por lo que el proceso podría volver a manos de la jueza titular para finales de enero.

$!Fernando Villavicencio fue asesinado en agosto de 2023.

Esta es la segunda vez que se difiere la imputación de PipoLuis Arboleda (alias Gordo Luis) y Ángel Aguilar (alias Lobo Menor), considerados cabecillas con alto poder dentro de la estructura criminal.

El primer aplazamiento ocurrió el 12 de diciembre, a pedido de Gordo Luis, quien se encuentra recluido en la nueva cárcel de máxima seguridad impulsada por el presidente Daniel Noboa. El procesado se negó a que se le asignara un abogado público y solicitó la presencia de un defensor privado.

Investigación por autoría intelectual del crimen

La fiscal Ana Hidalgo solicitó incluir a los líderes de Los Lobos tras recabar elementos que hacen presumir su participación en el asesinato de Villavicencio, ocurrido a la salida de un mitin político, pocos días antes de las elecciones extraordinarias de 2023.

Una vez formulados los cargos, los tres cabecillas se sumarían a los otros cuatro procesados en la causa: el exministro correísta José Serrano, los empresarios Xavier Jordán y Daniel Salcedo, y el exasambleísta Ronny Aleaga. Fuente: Vistazo

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Dos sentenciados por asesinato de influencers fueron enviados a la Cárcel del Encuentro: ‘Aquí está su nuevo hogar’

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El ministro del Interior, John Reimberg, informó que los dos hombres sentenciados por el asesinato de los hermanos e influencers de TikTok, Digner y Mayling Kutaitong Mendoza, de 28 y 26 años, respectivamente, fueron trasladados a la Cárcel del Encuentro, ubicada en la provincia de Santa Elena.

Luis Fernando Torres Matamoros y Oliver Jacinto Guerrero Torres, condenados a 26 años de prisión por su participación en el crimen, fueron recluidos este miércoles en el centro de máxima seguridad.

Reimberg publicó imágenes en las que ambos aparecen rapados y vistiendo un conjunto de ropa naranja, de rodillas junto a miembros de la Policía Nacional, y dentro de sus respectivas celdas.

El hecho violento ocurrió a mediados de junio del 2022. Según se reveló en la fase investigativa, ambas víctimas, oriundas de la ciudad de Quevedo, iban en un vehículo y fueron perseguidas por al seis sujetos armados, incluidos los sentenciados, quienes, al interceptarlos, les dispararon a quemarropa.

$!Fotografía de uno de los sentenciados dentro de su celda.
«Secuestraron, mataron. Aquí está su nuevo hogar en la cárcel del Encuentro por los siguientes 26 años. Feliz Navidad», publicó Reimberg, al dar a conocer que Torres y Guerrero habían sido trasladados a la Cárcel del Encuentro.

La Cárcel del Encuentro

El anuncio del traslado de ambos condenados fue emitido una semana después de que la Armada del Ecuador movilizó a 173 Personas Privadas de Libertad (PPL) del Centro de Privación de Libertad Regional Guayas hasta la Cárcel del Encuentro, construida durante el Gobierno de Daniel Noboa e inspirada en el modelo penitenciario del mandatario salvadoreño Nayib Bukele.

“Con estas acciones, las Fuerzas Armadas del Ecuador reafirman su compromiso permanente con la seguridad ciudadana, el mantenimiento del orden interno y el apoyo al sistema de rehabilitación social del país”, declaró la institución.

La Cárcel del Encuentro empezó a operar el 10 de noviembre de este año con el traslado de 300 privados de la libertad, entre ellos figuras de alto perfil como el exvicepresidente Jorge Glas, el exlegislador Pablo Muentes condenado en el caso Purga o alias ‘Invisible’, involucrado en el asesinato de Fernando Villavicencio. Fuente: Vistazo

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