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Opinión

Las razones económicas por las que no conviene una Asamblea Constituyente

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Varias razones sustentan la negativa a convocar, en este momento, a una Asamblea Constituyente. Entre las más importantes están las de naturaleza económica. Describo algunas.

En primer lugar, si se llega a proponer un proceso de esa envergadura, los agentes económicos tomarán recaudos antes de emprender en nuevas actividades. Dicho posicionamiento resulta plenamente comprensible pues, frente a posibles cambios en las reglas de juego básicas que orientan las relaciones entre Estado, mercado y sociedad, lo más prudente es ser cauto.

Así, hasta que no se conozcan las líneas matrices de la nueva estructura económica del país, el inmovilismo será la tónica entre oferentes y demandantes. La aversión al riesgo entrará a jugar un papel clave, más aún si se considera que estamos en un país en el que predecir el comportamiento de los actores políticos se ha vuelto cada vez más difícil. Literalmente, entraremos en un limbo económico por mucho tiempo.

Bajo un escenario de incertidumbre como el señalado, el desempleo, una de las principales problemáticas del país, difícilmente descenderá. Dado que los nuevos términos de la contratación serán desconocidos por un buen tiempo, la decisión que generará menores costes a los empleadores será esperar.

Esa espera, que implica también contratiempos de otro orden al sector productivo, será preferible a tomar una decisión que luego pueda comprometer las finanzas de la empresa, sobre todo de la más pequeña. Al fin y al cabo, quienes tienen mayor músculo económico siempre podrán capear de mejor forma los avatares de la vida política nacional.

De otro lado, para los que tienen recursos frescos, una Asamblea Constituyente también los colocará en una disyuntiva. Ahí, siguiendo la línea más conservadora del juego económico, muchos preferirán colocar sus harinas a buen recaudo. Algunos fondos, los más grandes, irán a distintos espacios financieros internacionales mientras que los que tienen menos ceros acudirán a depósitos a plazo dentro del país. Ganar algo de intereses mientras pasa el vendaval de la política siempre será una buena opción. Sin embargo, la mediana tranquilidad de unos irá a costa de quienes tienen la tarea de colocar esos recursos en la economía nacional. Ahí la banca nacional podría afrontar dificultades frente a una (mayor) contracción en la demanda de créditos.

Al ambiente anotado hay que agregar las secuelas en el orden internacional. Maximizadores de beneficios como son los organismos multilaterales de crédito, ante un evento de la trascendencia de una nueva carta constitucional, aguardarán antes de tomar decisiones que comprometan sus recursos. El historial del país en ese tipo de espacios no se ha caracterizado por el cumplimiento de la palabra ofrecida y eso seguramente será un aditamento para que las posibilidades de financiamiento externo entren en stand by por algunos meses. Meses que pueden convertirse en años si se considera que de cada arista del sistema económico que se vaya a discutir en la Asamblea Constituyente pueden derivarse largas y tediosas disquisiciones que, como ya se ha visto, en muchas ocasiones no llegan a ningún punto de acuerdo.

A todo lo dicho hay que agregar que no se avizora una agenda económica sostenida y sostenible que marque el modelo que se pretendería impregnar en la nueva Constitución. Hay reformas sueltas que han sido identificadas desde varios sectores, desde luego, pero no hay una elaboración orgánica del país económico que se quiere. Sin un libreto claramente establecido, una Asamblea Constituyente, en lo económico, puede terminar como una gran colección de demandas puntuales de diferentes actores y grupos de presión. Ya tenemos esa triste experiencia con el larguísimo articulado de Montecristi. No valdría la pena volver a caer en un error de ese tipo.

Los cambios en materia económica son necesarios, necesarísimos, pero quizás bajo las condiciones actuales del país, la opción más prudente está en reformas parciales a la Constitución, algo que se puede hacer con menores costes políticos y menor incertidumbre para los agentes productivos. Fuente: Primicias 

Noticias Zamora

La ilusión de la mano dura: el peligro de los escuadrones de la muerte en Ecuador

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Por: Alonzo Cueva Rojas

La desesperación colectiva frente a la crisis de inseguridad en Ecuador está empujando el debate público hacia terrenos sumamente peligrosos. Entre el miedo y la indignación, voces ruidosas en las redes sociales y las calles plantean una supuesta solución: la creación de “escuadrones de la muerte”. Quienes defienden esta idea argumentan que la justicia ordinaria ha fracasado y que el exterminio clandestino de los criminales devolverá la paz. Sin embargo, como educador y analista, considero indispensable advertir que esta propuesta no solo es ilegal, sino que ignora con ligereza las tragedias más oscuras de la historia latinoamericana. Quienes opinan sin bases olvidan que la violencia estatal o paraestatal fuera de la ley siempre degenera en barbarie generalizada.

El ejemplo de la guerra civil en Guatemala (1962-1996) es una advertencia dolorosa que todo ecuatoriano debería estudiar antes de pedir medidas extremas. En ese conflicto, la aparición de la policía paralela y los escuadrones de la muerte no trajo seguridad ni orden. Al contrario, las dictaduras utilizaron estas fuerzas clandestinas para cometer las más grandes atrocidades. Bajo la excusa de erradicar la delincuencia o la insurgencia, se arrasaron aldeas enteras y se asesinaron a decenas de miles de campesinos, indígenas, estudiantes, periodistas e intelectuales que nada tenían que ver con el conflicto armado.

La historia de la líder indígena Rigoberta Menchú, galardonada con el Premio Nobel de la Paz en 1992, personifica el impacto real de otorgar licencias para matar en la sombra. Los miembros de su familia sufrieron la peor parte de esta violencia desbocada: su madre fue torturada y asesinada por militares, y su padre, Vicente Menchú, fue quemado vivo junto a otras 36 personas por la Policía Nacional en la trágica masacre de la embajada española en 1980. Esta dolorosa experiencia demuestra que, una vez que se rompe el marco legal, los límites desaparecen. Los escuadrones de la muerte no seleccionan con precisión quirúrgica; se convierten en herramientas de venganza, control social y exterminio de inocentes.

Ecuador no puede pretender apagar el fuego con gasolina. No nos hacen falta más reformas legales; leyes e instrumentos jurídicos tenemos de sobra en el país. El verdadero camino para combatir el crimen organizado radica en asignar el presupuesto suficiente para la preparación rigurosa y el equipamiento técnico de nuestras fuerzas del orden, así como una activa participación de la ciudadanía en los planes de seguridad. El combate eficaz a la delincuencia debe exigir inteligencia estratégica, control territorial, depuración judicial y un sistema penal eficiente, pero siempre dentro del marco de la ley. Reclamar el regreso de los escuadrones de la muerte no es un acto de valentía, sino una muestra de profunda ignorancia histórica que solo pavimentaría el camino hacia la destrucción de nuestra propia sociedad.

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Noticias Zamora

Leer más, repetir menos: el camino hacia la autonomía intelectual

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Como padres, uno de los mayores regalos que podemos ofrecer a nuestros hijos no es una herencia material, sino la capacidad de pensar por sí mismos. Vivimos en una época en la que la información llega a cada instante: mensajes, videos, noticias, opiniones y contenidos que circulan sin descanso. Nuestros hijos crecen en medio de una avalancha de datos donde la verdad y la mentira muchas veces se presentan con el mismo rostro. Por eso, hoy más que nunca, necesitan desarrollar tanto el pensamiento crítico como el pensamiento creativo.

Pensar creativamente no significa simplemente tener muchas ideas. Significa atreverse a imaginar posibilidades, buscar soluciones diferentes, innovar y construir caminos donde otros solo ven obstáculos. Pero la creatividad, por sí sola, no basta. Una idea puede ser original y, aun así, equivocada. Por eso necesitamos también el pensamiento crítico: la capacidad de analizar, cuestionar, buscar evidencias, distinguir los hechos de las opiniones y reconocer cuándo una afirmación carece de fundamento.

Como padres, no debemos conformarnos con que nuestros hijos sepan responder preguntas. Debemos enseñarles a formularlas. No basta con preguntarles: “¿Qué se te ocurre?”. También debemos preguntar: “¿Por qué piensas eso?”, “¿En qué te basas?”, “¿Qué evidencia tienes?”, “¿Existe otra explicación?”, “¿Cómo podrías mejorar esa idea?”. Cada una de estas preguntas fortalece su autonomía intelectual y les ayuda a construir un criterio propio.

La historia nos enseña que los pueblos lucharon por su independencia política. Hoy, cada persona debe conquistar también su independencia mental. Una persona que aprende a pensar por sí mismo es menos vulnerable a la manipulación, a la desinformación, a los prejuicios y al fanatismo. Es una persona que no sigue ciegamente a la multitud, que no comparte cualquier información sin verificarla y que tiene el valor de cambiar de opinión cuando las evidencias lo exigen.

Bertrand Russell ilustró esta idea con una sencilla metáfora. Mostró una taza vacía y preguntó si alguien creería que estaba llena de agua. La respuesta fue evidente: no, porque se necesitan pruebas. Entonces explicó que esa es la esencia del pensamiento crítico: no aceptar afirmaciones sin evidencias suficientes. De lo contrario, terminamos llenando nuestra mente de “tazas vacías”: creencias sin fundamento, rumores, prejuicios y falsedades. En tiempos donde abundan las noticias falsas y las opiniones disfrazadas de hechos, esta enseñanza resulta más valiosa que nunca.

Sin embargo, pensar no es suficiente. Un pensamiento que no se transforma en acción es una semilla que nunca germina. El verdadero aprendizaje ocurre cuando una persona pone en práctica lo que sabe para resolver problemas, mejorar su entorno y contribuir al bienestar de los demás. Nuestros hijos necesitan comprender que las ideas tienen valor cuando se convierten en acciones que construyen, ayudan y transforman.

Como familias, tenemos una enorme responsabilidad. Cada conversación en casa puede ser una oportunidad para cultivar la curiosidad, la reflexión y el diálogo respetuoso. Cuando escuchamos a nuestros hijos, cuando aceptamos sus preguntas, cuando reconocemos que nosotros tampoco lo sabemos todo y buscamos juntos respuestas, les estamos enseñando una lección invaluable: pensar es un acto de libertad.

No permitamos que otros piensen por nuestros hijos. No dejemos que sus mentes se llenen de falsedades ni que sus corazones se contaminen con odios infundados. Enseñémosles a leer más y repetir menos; a investigar antes de creer; a escuchar antes de juzgar; a crear antes que copiar; a cuestionar sin miedo y a defender sus ideas con argumentos, fundamentos y respeto.

Porque educar no es enseñar qué pensar. Educar es enseñar a pensar. Y cuando un niño aprende a pensar con su propia cabeza, adquiere una libertad que nadie podrá arrebatarle. Esa libertad le permitirá distinguir la verdad de la mentira, la evidencia del rumor, la razón del engaño. Le permitirá tomar mejores decisiones, construir un proyecto de vida con sentido y convertirse en un ciudadano capaz de aportar a una sociedad más justa, ética y humana.

Formemos hijos creativos para imaginar un mundo mejor, y críticos para hacerlo posible. El futuro no pertenece a quienes repiten lo que escuchan, sino a quienes tienen el coraje de pensar, crear, cuestionar y actuar con sabiduría.

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Nacionales

Derecho a la defensa en casos mediáticos: abogado Maxwell Camacho analiza los riesgos de la “condena pública”

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El programa La Tertulia Jurídica contó con la participación del abogado Maxwell Andrés Camacho Balseca, quien abordó el tema “El derecho a la defensa del procesado en casos mediáticos”, durante su intervención, Camacho Balseca explicó que los procesos penales de alta exposición pública enfrentan un desafío adicional: la construcción de una percepción social de culpabilidad antes de que exista una decisión judicial definitiva. A su criterio, la expansión de las redes sociales y la difusión inmediata de información han provocado que una investigación penal pueda convertirse rápidamente en titulares, tendencias y debates públicos.

Una trayectoria vinculada al litigio penal
Maxwell Andrés Camacho señaló que es magíster en Derecho Penal y cuenta además con formación en Derecho Financiero y de Seguridad en España, así como estudios en la Universidad Andina Simón Bolívar.

En su trayectoria profesional mencionó su experiencia como abogado litigante y en libre ejercicio, además de su paso por la Fiscalía General del Estado, específicamente en FEDOTI 9. También indicó haber ejercido en unidades judiciales penales y de familia, así como durante más de 17 años en un estudio jurídico. Su experiencia incluye asesoría a instituciones públicas y privadas y participación en procesos relacionados con juzgamiento, seguridad, derecho bursátil, investigaciones previas y etapas preparatorias y de juzgamiento.

El proceso penal no debe convertirse en un espectáculo
Al referirse a la mediatización de los procesos judiciales, Camacho recordó una reflexión atribuida a Francesco Carnelutti, relacionada con la necesidad de no confundir un proceso penal con un espectáculo destinado a generar emociones.

El jurista sostuvo que esta reflexión mantiene vigencia en la actualidad, especialmente en un contexto marcado por las transmisiones en tiempo real, TikTok, Instagram, X y otras plataformas digitales. Según explicó, un proceso penal puede abandonar rápidamente el ámbito estrictamente judicial y transformarse en un fenómeno comunicacional incluso antes de que concluya la investigación o exista una sentencia.

Camacho enfatizó que esta situación puede generar una especie de “subproceso comunicacional”, en el que tanto la acusación como la defensa buscan posicionar sus respectivas versiones ante la opinión pública. Esto puede generar presión y afectar la percepción sobre la situación jurídica de una persona procesada.

Diferenciar investigación, acusación y condena
Uno de los puntos centrales de la exposición fue la necesidad de diferenciar conceptos que, según el abogado, suelen confundirse en el ámbito comunicacional: sospecha, aprehensión, procesamiento, acusación y condena.

Camacho recordó que la formulación de cargos constituye una imputación contra una persona, pero no equivale a una declaración de culpabilidad. Por ello, sostuvo que la cobertura periodística debe evitar presentar como hechos comprobados aquellas hipótesis que todavía se encuentran sometidas a investigación y valoración judicial.

En este contexto, señaló que el derecho a la defensa no implica desconocer los derechos de las víctimas ni impedir que los medios informen sobre asuntos de interés público. Por el contrario, implica exigir que la responsabilidad penal sea determinada mediante un proceso válido, con investigación objetiva, acusación sustentada, posibilidad efectiva de contradicción y una decisión judicial debidamente motivada.

“Un caso puede volverse mediático, pero sus garantías constitucionales no pueden volverse opcionales”, sostuvo durante la exposición. La “criminología mediática” y la construcción de una culpabilidad anticipada

Otro de los conceptos abordados fue el de criminología mediática, relacionado por el expositor con los planteamientos de Eugenio Raúl Zaffaroni.

Camacho explicó que la ciudadanía construye buena parte de su percepción sobre el delito y sus presuntos responsables a partir de las noticias, imágenes, palabras y explicaciones que recibe diariamente. El riesgo, señaló, aparece cuando la información deja de presentar un hecho que debe ser investigado y comienza a construir una identidad pública de culpabilidad mediante estereotipos, información incompleta o contenidos descontextualizados.

En este escenario, una persona puede llegar a ser percibida socialmente como culpable mucho antes de que un tribunal determine su responsabilidad, generándose una especie de “juicio de opinión” paralelo al proceso judicial.

Presunción de inocencia y límites al poder punitivo
El abogado también destacó la importancia de la presunción de inocencia como una garantía frente al poder punitivo del Estado. Según la exposición, esta garantía exige que una persona sea tratada como inocente mientras su responsabilidad no haya sido desvirtuada mediante prueba lícita y una sentencia.

En ese sentido, aclaró que la presunción de inocencia no significa que el Estado deba permanecer inactivo. La Fiscalía puede investigar, solicitar medidas y formular una acusación cuando existan fundamentos; sin embargo, no debería anticipar comunicacionalmente un resultado que todavía debe ser demostrado dentro del proceso penal.

La importancia de una defensa técnica de confianza
Durante la exposición también se abordó el derecho de una persona procesada a contar con una defensa técnica de su confianza. Camacho sostuvo que el vínculo entre abogado y defendido resulta fundamental para garantizar una adecuada estrategia de defensa.

Asimismo, señaló que una persona puede cambiar de abogado y que esta posibilidad debe ejercerse bajo parámetros de buena fe y lealtad procesal, sin que la defensa pueda ser descalificada simplemente por ejercer los derechos que corresponden al procesado. También destacó garantías como el derecho a guardar silencio y la prohibición de autoincriminación.

Información pública, libertad de expresión y derecho a la honra
El expositor también se refirió al papel de los medios de comunicación y a la necesidad de equilibrar el derecho ciudadano a conocer asuntos de interés público con la protección de derechos individuales.

En particular, mencionó la protección de la honra, imagen, intimidad y datos personales, señalando que existen circunstancias concretas en las que la publicidad de determinada información puede estar limitada por el ordenamiento jurídico.

Finalmente, Camacho insistió en que la publicidad de los procesos puede contribuir al control democrático y a la fiscalización del sistema de justicia, pero advirtió que el problema surge cuando informar se transforma en una atribución anticipada de culpabilidad, cuando hipótesis son presentadas como hechos comprobados o cuando fragmentos de un expediente son difundidos sin su debido contexto.

Un debate vigente para la justicia y el periodismo
La participación de Maxwell Andrés Camacho en La Tertulia Jurídica planteó así un debate de especial relevancia para el sistema de justicia y para los medios de comunicación: cómo garantizar el derecho de la ciudadanía a estar informada sin convertir la exposición mediática de un proceso penal en una sentencia anticipada.

El eje de su intervención fue la necesidad de preservar el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, aun cuando un caso alcance altos niveles de exposición pública. En su análisis, la responsabilidad penal debe determinarse dentro de los mecanismos establecidos por la justicia y con base en la prueba actuada en el proceso, no en la presión, percepción o narrativa construida en redes sociales y medios de comunicación.

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