Nacionales
Juicio político: la sustentación de pruebas en la Comisión de Fiscalización se tambalea
El proceso de juicio político al presidente Guillermo Lasso avanza en la Asamblea Nacional, pero la sustentación de pruebas en la Comisión de Fiscalización parece tambalearse. Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, explicó en Ecuador TV que las pruebas de oficio presentadas por los legisladores no responden al dictamen de la Corte Constitucional.
La institución dio paso al juicio político por peculado; es decir que los proponentes no pueden agregar hechos a otra causal que no sea esta. Además, según el constitucionalista, es necesario singularizar las pruebas. «Si los proponentes no singularizan, cómo sabe el Presidente cuáles de ellas va a contestar», comentó respecto al accionar de la Comisión de Fiscalización que entró a calificar casi un centenar de pedidos de pruebas.
Muñoz aclaró que la Corte Constitucional puede sancionar a los legisladores por no acatar su dictamen. Recordó lo ocurrido con los consejeros de Participación Ciudadana, quienes incluso fueron destituidos. Aunque en este caso, la primera acción podría ser un llamado de atención.
Las pruebas que se deberán entregar desde la Comisión de Fiscalización deben respaldar el delito de peculado, presuntamente cometido por el presidente Lasso con respecto a un contrato de la Flota Petrolera Ecuatoriana, Flopec. No obstante, para Muñoz estos respaldos serán inconsistentes: “Es una narrativa falsa. No tiene ni pies, ni cabeza”, declaró.
Esto debido a que el contrato con Flopec data del 2018, cuando Guillermo Lasso aún no asumía la Presidencia. El constitucionalista explicó que el informe de Contraloría, al que hacen referencia los proponentes, no recomendó la terminación unilateral del contrato, sino que recomendó adecuaciones y mejorías que sí se habrían aplicado. Además, el documento tiene una cláusula de renovación automática que se aplicó en 2022; lo que libera de responsabilidad al actual primer mandatario.
Para Muñoz, los legisladores deben tomar una posición responsable. “Es una acusación sin sentido y sería un precedente nefasto que esto prosperara”, concluyó.
Una vez que el presidente Lasso fue notificado por la Comisión, el pasado 6 de abril, tiene 10 días para presentar alegatos y descargos. Fuente: El Telégrafo
#Noticias7 Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, en @EcuadorTV sobre el Juicio Político: “La Corte Constitucional establece que todos los hechos pruebas, alegaciones, respecto a las dos acusaciones que no fueron admitidas no pueden ser parte del juicio político” pic.twitter.com/pisJxGESNO
— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) April 10, 2023
#Noticias7 Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, en @EcuadorTV.
“No existe no solamente un conexión lógica, no existe un nexo causal”, señala Muñoz en referencia a las acusaciones que motivan el proceso de juicio Político contra el Presidente. pic.twitter.com/uxaa9S1LrS— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) April 10, 2023
Nacionales
Lucio Gutiérrez marca distancia del correísmo: “No auspiciamos candidatos delincuentes”
A través de un video en su cuenta de X, Lucio Gutiérrez salió a poner distancia entre Sociedad Patriótica (PSP) y la Revolución Ciudadana (RC5).
El expresidente reaccionó a versiones que presentan a su organización como parte de los acuerdos electorales del correísmo y lanzó una frase con munición política: “No auspiciamos candidatos delincuentes”.
Contexto electoral
La reacción se produce luego de que RC5 presentara sus cartas para varias alcaldías de Guayas. Entre los nombres divulgados aparece Cristian Moreta para Naranjal, cuya candidatura fue reportada bajo una alianza entre Sociedad Patriótica y el Partido Socialista Ecuatoriano.
“Podría compararles con ‘buitres’ o ‘hienas’ que están esperando que su presa cometa el mínimo error para lanzarse y despedazarlo, pero no lo voy a hacer”, expresó.
Luego dirigió el reclamo hacia quienes difundieron esas versiones: “Solo voy a decirles que antes de publicar mentiras, consulten con la fuente”, enfatizó.
Alianzas «sin resultados»
El correísmo llega a estas elecciones con «limitaciones». La Revolución Ciudadana permanece suspendida por nueve meses, por lo que varias de sus figuras han tenido que buscar espacio electoral a través de otras organizaciones.
En Manabí, Luisa González intentó competir mediante una alianza con Pachakutik y Jaime Estrada buscó llegar a la papeleta por Sí Podemos, pero ninguna de las dos candidaturas fue aceptada.
Ese escenario ha obligado a RC a explorar respaldos externos y alianzas puntuales, lo que ha generado fricciones con otras fuerzas políticas.
Nacionales
Tribunal ratifica condena de tres años de prisión a Aquiles por ‘Caso Grillete’
La Sala Penal de la Corte Provincial del Guayas desechó de forma unánime el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez. Con esta decisión, los magistrados dejaron en firme la condena de tres años de pena privativa de libertad dictada en primera instancia el pasado 3 de agosto de 2026.
El tribunal ratificó que Alvarez es autor directo del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente. La Fiscalía General del Estado demostró que el funcionario violó la disposición judicial que lo obligaba a portar de manera permanente un dispositivo de vigilancia electrónica.
El origen de la infracción
El proceso penal independiente se desprendió de una diligencia ejecutada el 10 de febrero de 2026. Durante un allanamiento en su domicilio vinculado al caso ‘Goleada’, agentes policiales y fiscales descubrieron que el burgomaestre no tenía puesto el grillete electrónico, el cual le había sido impuesto previamente como medida cautelar dentro del caso ‘Triple A’. De acuerdo con las pruebas testimoniales presentadas por la Fiscalía, el dispositivo fue encontrado cargándose cerca de su cama, confirmando el retiro del mismo sin autorización de un juez.
Multa y reparación integral
Además del tiempo en prisión, la resolución ratificada obliga al sentenciado a cumplir con las siguientes disposiciones de primera instancia:
- Sanción económica: Pago de una multa de 10 salarios básicos unificados, equivalente a USD 4.820.
- Reparación simbólica: Obligación de ofrecer disculpas públicas.
- Difusión del fallo: Publicación de la parte resolutiva de la sentencia en un diario de circulación nacional.
Complejo panorama jurídico
El abogado defensor de Alvarez, Julio César Cueva, cuestionó activamente la validez de la carga probatoria de la Fiscalía durante la audiencia virtual, argumentando que no se demostró una intención deliberada de incumplimiento. Sin embargo, la Sala validó los argumentos de la acusación pública.
Actualmente, Aquiles Alvarez permanece recluido en la cárcel del Encuentro, situada en la provincia de Santa Elena. Este dictamen complica significativamente el frente legal del funcionario, quien además acumula una condena en primera instancia de seis años y ocho meses de cárcel por comercialización ilegal de hidrocarburos en el caso ‘Triple A’, sumado al trámite vigente del caso ‘Goleada’ por presunto lavado de activos.
Tras este revés en la apelación, la defensa del alcalde tiene como última instancia legal la interposición de un recurso de casación ante la Corte Nacional de Justicia para intentar revertir el fallo. (I)
Nacionales
EXTRACTO
CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA UBICADA EN CAP-VZ4, PARROQUIA NUEVO QUITO, CANTÓN PAQUISHA, PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO MINERÍA.
ACTOR(ES): AURELIANMENOR S.A.
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 10.
Proceso Administrativo Nro DZ10-DZ10-2026-00031-AA. Fecha 15-07-2026 A las 10:20.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.
En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua, presentada por AURELIANMENOR S.A. de 2026-07-15 10:20:05.198, en el mismo que solicita la Autorización de aprovechamiento de agua de MINERÍA, provenientes de la fuente, CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA ubicada en CAP-VZ4,
parroquia NUEVO QUITO, cantón PAQUISHA, provincia de ZAMORA CHINCHIPE. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se DISPONE:
1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua MINERÍA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.
2.-Notifíquese a los señores MARIA AGUSTINA KITIAR TSASAM,JOSE DOMINGO GUALAN ABRIGO,PEDRO FRANCISCO CANGO,ENRIQUE GUALAN
GUALAN,GUILMER MEDARDO ESPINOSA GONZALEZ, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos CAP-VZ4 – NUEVO QUITO – PAQUISHA– ZAMORA CHINCHIPE, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia NUEVO QUITO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.
3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar
adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).
4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo. 5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.
6.- Téngase en cuenta Casillero Judicial 0 , correo electrónico daniela.alvear@lundingold.com señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso AURELIANMENOR S.A. NOTIFIQUESE.-
DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 10
BYRON STALIN MEDINA PACHECO
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