Nacionales
Juicio político: la sustentación de pruebas en la Comisión de Fiscalización se tambalea
El proceso de juicio político al presidente Guillermo Lasso avanza en la Asamblea Nacional, pero la sustentación de pruebas en la Comisión de Fiscalización parece tambalearse. Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, explicó en Ecuador TV que las pruebas de oficio presentadas por los legisladores no responden al dictamen de la Corte Constitucional.
La institución dio paso al juicio político por peculado; es decir que los proponentes no pueden agregar hechos a otra causal que no sea esta. Además, según el constitucionalista, es necesario singularizar las pruebas. «Si los proponentes no singularizan, cómo sabe el Presidente cuáles de ellas va a contestar», comentó respecto al accionar de la Comisión de Fiscalización que entró a calificar casi un centenar de pedidos de pruebas.
Muñoz aclaró que la Corte Constitucional puede sancionar a los legisladores por no acatar su dictamen. Recordó lo ocurrido con los consejeros de Participación Ciudadana, quienes incluso fueron destituidos. Aunque en este caso, la primera acción podría ser un llamado de atención.
Las pruebas que se deberán entregar desde la Comisión de Fiscalización deben respaldar el delito de peculado, presuntamente cometido por el presidente Lasso con respecto a un contrato de la Flota Petrolera Ecuatoriana, Flopec. No obstante, para Muñoz estos respaldos serán inconsistentes: “Es una narrativa falsa. No tiene ni pies, ni cabeza”, declaró.
Esto debido a que el contrato con Flopec data del 2018, cuando Guillermo Lasso aún no asumía la Presidencia. El constitucionalista explicó que el informe de Contraloría, al que hacen referencia los proponentes, no recomendó la terminación unilateral del contrato, sino que recomendó adecuaciones y mejorías que sí se habrían aplicado. Además, el documento tiene una cláusula de renovación automática que se aplicó en 2022; lo que libera de responsabilidad al actual primer mandatario.
Para Muñoz, los legisladores deben tomar una posición responsable. “Es una acusación sin sentido y sería un precedente nefasto que esto prosperara”, concluyó.
Una vez que el presidente Lasso fue notificado por la Comisión, el pasado 6 de abril, tiene 10 días para presentar alegatos y descargos. Fuente: El Telégrafo
#Noticias7 Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, en @EcuadorTV sobre el Juicio Político: “La Corte Constitucional establece que todos los hechos pruebas, alegaciones, respecto a las dos acusaciones que no fueron admitidas no pueden ser parte del juicio político” pic.twitter.com/pisJxGESNO
— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) April 10, 2023
#Noticias7 Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, en @EcuadorTV.
“No existe no solamente un conexión lógica, no existe un nexo causal”, señala Muñoz en referencia a las acusaciones que motivan el proceso de juicio Político contra el Presidente. pic.twitter.com/uxaa9S1LrS— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) April 10, 2023
Nacionales
Justicia restaurativa frente a la minería ilegal en Ecuador: El caso de Zamora Chinchipe
Por: José Benavidez. Estudiante de derecho
La expansión incontrolada de la minería no autorizada en la provincia de Zamora Chinchipe constituye uno de los dilemas socioambientales y dogmáticos más críticos para el Estado ecuatoriano. Ante la evidente insuficiencia del modelo punitivo tradicional del Código Orgánico Integral Penal (COIP) cuyo enfoque retributivo no logra revertir el colapso ecológico ni tutelar de forma efectiva los derechos del ecosistema, la dogmática penal contemporánea exige una reorientación hacia paradigmas complementarios orientados a la reparación integral y la sostenibilidad.
Contexto socio ambiental en Zamora Chinchipe
Zamora Chinchipe alberga importantes cuencas hidrográficas como los ríos Zamora, Bombuscaro, Nangaritza y Yacuambi, y ecosistemas de alta biodiversidad. Sin embargo, la proliferación de minería no regularizada en sectores como Yantzaza, El Pangui y la cuenca del Nangaritza ha derivado en:
1.- Degradación sistémica del suelo: Destrucción de la capa vegetal, deforestación masiva y alteración del cauce de los ríos por el uso de maquinaria pesada
2.- Contaminación por metales pesados: Vertimiento irrestricto de mercurio y cianuro, afectando la calidad del agua y la fauna acuática.
3.- Impacto comunitario y social: Desplazamiento de economías tradicionales, conflictividad social e intromisión en territorios de comunidades indígenas y locales.
El modelo punitivo actual y sus limitaciones
El ordenamiento jurídico ecuatoriano tipifica los delitos contra los recursos naturales y la minería ilegal en el COIP. No obstante, la vía penal ordinaria presenta serias limitaciones operativas frente a los daños ambientales de Zamora Chinchipe:
1.- Insuficiencia de la pena privativa de libertad: La prisión del infractor de último eslabón no logra la remediación del ecosistema ni la compensación a las comunidades afectadas.
2.- Incapacidad de remediación técnica: Las sentencias penales tradicionales priorizan la sanción retributiva, dejando en segundo plano los planes de manejo ambiental y la restauración ecológica a largo plazo.
3.- Saturación del sistema de justicia: La persecución penal individualizada no desarticula las redes financieras detrás del extractivismo ilegal ni ofrece respuestas oportunas a las zonas impactadas.
- Marco conceptual de la justicia restaurativa ambiental
A diferencia de la justicia retributiva centrada en el castigo estatal al infractor, la justicia restaurativa en materia ambiental redefine el concepto de «víctima», incluyendo tanto a las comunidades locales como a la propia naturaleza o Pachamama, reconocida como sujeto de derechos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.
En lugar de contraponer la sanción a la reparación mediante un esquema tabular, la tutela penal ambiental contemporánea exige integrar ambos enfoques: mientras la justicia retributiva tradicional focaliza su mecanismo en el juicio penal adversarial para sancionar al infractor con la privación de libertad y tutelar el cumplimiento abstracto de la norma estatal, la justicia restaurativa ambiental desplaza el centro de gravedad procesal hacia la Naturaleza y las comunidades afectadas como sujetos protegidos, priorizando acuerdos reparatorios y planes de remediación técnica cuyos resultados concretos trascienden el mero cumplimiento de una condena, garantizando la reforestación, la descontaminación y la efectiva restauración de los ecosistemas impactados.
Viabilidad de aplicación en Zamora Chinchipe
Para que la justicia restaurativa sea aplicable en casos de minería ilegal en Zamora Chinchipe, la doctrina y la praxis penal exigen diferenciar la tipología de los actores involucrados:
Minera artesanal / de pequeña escala no regularizada: Mecanismo: Acuerdos de mediación penal ambiental u homologación de planes de reparación.
Acciones: Obligación técnica de reforestación de riberas, descontaminación de pasivos ambientales, sustitución gradual de tecnologías, eliminación del mercurio y trabajo comunitario de restauración.
Minería a gran escala no autorizada:
Mecanismo: Vía penal estrictamente retributiva, con decomiso de bienes y activos para financiar fondos públicos de reparación ambiental en la provincia. Consideraciones finales y propuestas de reforma La aplicación rigurosa de la justicia restaurativa en Zamora Chinchipe no implica impunidad ante la minería ilegal ni una concesión de lenidad hacia el infractor; por el contrario, representa una reorientación estratégica y pragmática de la tutela judicial efectiva. El castigo punitivo tradicional y el encarcelamiento no sanan las cuencas hidrográficas contaminadas ni devuelven la cobertura vegetal destruida; por ello, el sistema procesal debe trascender la fijación dogmática con la pena y enfocarse en una retribución directa, tangible y obligatoria hacia la sociedad y la Naturaleza.
Para materializar este cambio de paradigma, se requiere una articulación técnica e interdisciplinaria entre el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), la fiscalía general del Estado, la judicatura y las comunidades locales afectadas. Convertir la remediación ecológica, el trabajo comunitario especializado y la restitución del tejido social en la máxima prioridad del proceso penal es el único camino jurídicamente viable para frenar el colapso ambiental en la Amazonía sur.
Nacionales
Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo son sentenciados a 9 años y 4 meses de prisión por caso Pruebas COVID-19
El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz y su hijo Jacobo Bucaram Pulley fueron sentenciados este miércoles 9 de septiembre a 9 años y 4 meses de prisión como colaboradores del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Pruebas COVID-19 Agentes AMT.
El proceso investiga una estructura que habría operado durante la emergencia sanitaria de 2020 para lucrar de manera irregular con la comercialización de más de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico y otros insumos médicos, en momentos en que Ecuador atravesaba uno de los periodos más críticos de la pandemia de COVID-19.
Según la acusación, Bucaram habría mantenido almacenadas en su vivienda de Guayaquil miles de pruebas rápidas, mascarillas y lancetas relacionadas con la operación investigada.
Un proceso marcado por audiencias fallidas
El caso se ha extendido durante varios años y su avance estuvo marcado por reiteradas audiencias que no pudieron concretarse, entre ellas diligencias suspendidas por la ausencia del expresidente.
Una de las últimas audiencias fallidas ocurrió el 31 de agosto de 2026, Posteriormente, el Tribunal dispuso nuevas acciones para conseguir la comparecencia de Bucaram, quien permanecía hospitalizado, asegurando que sufría de afectaciones cardiacas.
Este miércoles, horas antes de su sentencia, Bucarám publicó una carta en la que dio a conocer que pidió el alta médica “a pesar de estar en peligro de muerte súbita”. Además, anticipó que sería sentenciado por el delito de delincuencia organizada.
A través de sus redes sociales, el exmandatario explicó que tomó esa decisión pese a tener “13K arritmias ventriculares». «Debemos entender que una sola puede originar mi muerte”, afirmó.
Nacionales
Noboa dice que Dedalus trae a Ecuador el sistema de operación hospitalaria más avanzado del mundo
El presidente Daniel Noboa anunció este miércoles 9 de septiembre que Ecuador incorporará el sistema de gestión hospitalaria Dedalus, una plataforma tecnológica con la que el Gobierno prevé interconectar 1.742 centros de salud y centralizar información sobre pacientes, citas, medicamentos, insumos y equipos médicos.
Según el presidente, uno de los principales cambios será contar con un único historial clínico para los ecuatorianos, de manera que la información de un paciente pueda estar disponible dentro de la red de establecimientos conectados.
La plataforma también apunta a agilizar el agendamiento de citas médicas, mediante herramientas que automaticen la asignación de turnos y reduzcan la dependencia de intermediarios para acceder a una consulta.
Otro componente estará dirigido al inventario y control de medicamentos, insumos y equipos médicos disponibles en los establecimientos de salud.
Contrato de USD 240 millones
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), anunció la incorporación de la plataforma, utilizada en países como Irlanda, Alemania, Francia y Reino Unido
Según consta en el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), la cartera de Estado resolvió adjudicar este martes el contrato a CNT por USD 240 millones, mediante un procedimiento de régimen especial.
En ese contexto, el MSP inició un proceso de contratación por régimen especial con CNT, que funciona como ejecutor tecnológico del Estado y presentó una propuesta que comprende tres componentes: conectividad, infraestructura y una plataforma integrada de información en salud.
De su lado, el gerente de CNT, Ronald Spina, resaltó que se trabaja en una transformación tecnológica del sistema público de salud.
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