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Estado no ha revertido regalías anticipadas de Mirador y Fruta del Norte a los GAD, asegura la Cámara de Minería

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El Proyecto de Ley para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía, presentado el 28 de enero a la Asamblea Nacional, es visto como positivo por la Cámara de Minería del Ecuador, al considerar que las reformas mineras planteadas otorgarán mayor certeza jurídica para el desarrollo de la actividad minera en el país.

Santiago Yépez, director del gremio, asegura que la propuesta legal no promueve una reducción de los estándares ambientales, en referencia al cambio de nombre de la licencia ambiental por una ‘autorización ambiental’ en el artículo 26 y otros de la ley actual.

Sin embargo, considera que esta reforma debe ir acompañada de otros cambios, como la eliminación de la tasa minera, que pagan las empresas desde 2025 y que, a su juicio, ha restado atractivo al país para la inversión minera.

¿Cómo recibe la Cámara de Minería este proyecto de ley? 
Este proyecto de ley lo tomamos como positivo. Creemos que introduce reformas importantes en la actividad minera y que propende a dar certeza jurídica a los concesionarios. Es importante apoyar este tipo de iniciativas, dentro de otras que deben tomarse para que finalmente el sector minero pueda crecer de una manera adecuada.

¿En qué sentido consideran que esto les da más certeza jurídica con relación a la ley existente?
Vemos con buenos ojos la intención del Gobierno de generar una industria minera responsable con grandes proyectos y aprovechar el potencial mineral que tiene el país.

En segundo lugar, genera ciertos cambios importantes que clarifican ciertos criterios respecto a la actividad. Además, extienden la fase de exploración a 15 años. Esa extensión es mucho más real, teniendo en cuenta la realidad de los dos proyectos industriales que tiene Ecuador: Fruta del Norte y Mirador, que en la práctica pasaron más de 15 años en su fase exploratoria.

¿Qué criterios clarifica el proyecto de ley respecto a la minería?
Es importante destacar que este proyecto de ley orgánica no genera de ninguna manera una reducción de los estándares ambientales ni un desmedro al cuidado del medio ambiente. Simplemente es una reforma semántica en la que se utiliza el término de autorización ambiental.

La autorización ambiental es uno de los pasos necesarios para llevar a cabo actividades mineras y este término incluye tanto a los registros ambientales, los cuales se utilizan para actividades de bajo impacto, como a las licencias ambientales, que se utilizan en proyectos de mediano y gran impacto.

Lo que se está haciendo es generar un término general que incluya ambas autorizaciones ambientales. Yo no entiendo por qué ha existido tanta confusión y, sobre todo, manipulación de este término, para decir que los estándares ambientales se van a reducir.

El proyecto de ley no explica qué es una autorización ambiental ni tampoco deja claro si seguirá exigiéndose la licencia ambiental para ciertas etapas. 
Primero, es un proyecto de ley que debe ser perfectible. Para eso la Cámara de Minería del Ecuador es un ente técnico con la experiencia necesaria para apoyar y aportar en que este proyecto de ley sea finalmente lo que se requiere.

En segundo lugar, creo que hay una confusión. De acuerdo al Código Orgánico del Ambiente y al Reglamento Ambiental Minero, las actividades de bajo impacto requieren solamente de registro ambiental, que es un proceso mucho más rápido. Mientras que para actividades de mediano y alto impacto, el Código Orgánico del Ambiente indica que se requiere una licencia ambiental.

Por lo tanto, poner en el artículo 26 de la Ley de Minería, como está ahora, que para el inicio de cualquier actividad, incluso prospección o exploración inicial, se requiere una licencia ambiental es equivocado.

Adicionalmente, los concesionarios mineros requieren mayor agilidad en el tratamiento y aprobación de sus permisos o autorizaciones ambientales, bien sean registros o licencias, debido a que efectivamente los tiempos son extremadamente largos, pero no por eso es mejor el control ambiental.

Defensores ambientales han señalado que el hecho de sustituir la licencia ambiental por una autorización va a traer más conflictividad social. ¿Creen que esto podría afectar el avance de los proyectos? 
La actividad minera de una manera lamentable es utilizada como una bandera política. El término usado en el proyecto de ley es claro. Una autorización ambiental pueden ser licencias o registros, de acuerdo al tipo de actividad que estemos realizando.

Hay que desmitificar los términos y no utilizar este proyecto como una bandera política.

Más bien, hay propender a trabajar en las mesas técnicas previa a la aprobación de la ley, de tal manera que se clarifiquen los términos.

¿Cómo ve el gremio que con este proyecto se eleve a ley la exigencia de que las mineras tengan sus propias plantas eléctricas? 
El sector minero siempre ha manifestado su intención de colaborar y aportar de una manera razonable con las políticas de gobierno.

La situación actual es totalmente distinta a la que vivían los proyectos hace varios años. No nos olvidemos que Ecuador se vendía como un país en el que habría exceso de energía limpia y energía barata. Esa hipótesis ha cambiado y, por lo tanto, tenemos que adecuarnos a las nuevas realidades, dejando abierta la puerta para que en un futuro, cuando la situación eléctrica del país cambie, podamos recibir también energía de parte del Estado, la cual se debería pagar a un precio razonable.

Esto elevará los costos, pero dudo que las empresas mineras vayan a construir sus propias hidroeléctricas o plantas fotovoltaicas. Las mineras tendrán que comprar energía a los proveedores de energía privados.

Eso genera que las empresas deban dedicar una parte de su operación a una actividad que no les es natural, como la generación eléctrica. Y por otra parte, salir a buscar energía en un mercado que lamentablemente no se ha desarrollado como quisiéramos.

Por lo tanto, la compra de energía al momento es una necesidad, hay que afrontarla, esperando que el país en el mediano plazo pueda tener mayor cantidad de provisión de energía y se abra la posibilidad de que las empresas mineras la puedan adquirir.

¿Qué otras reformas consideran que son necesarias en materia minera? 
La tasa de la Agencia de Regulación y Control Minero es una medida que ha venido afectando a la caja de los proyectos mineros, ha sido una medida inesperada que, lamentablemente, no ha generado la recaudación que se esperaba y ha generado que el Ecuador deje de ser una jurisdicción atractiva.

Por lo tanto, todas aquellas disposiciones o medidas que tome el gobierno para dar claridad y certeza en el tiempo serán importantes y y bien recibidas por el sector privado.

La eliminación de la tasa es sin duda un requerimiento razonable del sector para volver nuevamente a Ecuador un país atractivo.

Con esta tasa, Ecuador se tornó una jurisdicción altamente costosa, lo cual nos hace notar que no solamente el tener recursos naturales en abundancia hace de una jurisdicción atractiva para grandes inversiones.

Podemos buscar otras formas de apoyar a la necesidad de fondos del Estado, sin que con eso implique que la industria se vea afectada de manera inmediata y en el largo plazo.

¿Cómo ven la exigencia de un plan de inversiones a los GAD para la ejecución de los recursos que les correspondan por el desarrollo de la minería?
En la Ley de Minería actual ya existe la disposición de que el 60% de las regalías deba ir a los a los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados) y a los gobiernos locales. Pero, lamentablemente, eso hasta el momento no se ha dado, porque probablemente, el procedimiento para acceder a esos fondos ha sido bastante complejo.

Es importante que los GAD, donde se encuentren proyectos mineros o donde vaya a haber proyectos mineros en explotación en el corto plazo, tengan claridad para acceder a esos fondos, pero sobre todo que esos fondos sean utilizados de una manera adecuada.

Las empresas mineras pagamos los impuestos que nos corresponden, pero es el Estado el que debe distribuir esos fondos de acuerdo con la ley.

La regalía es un impuesto que se paga a la explotación de minerales. De hecho, ha sido usual que en los contratos de explotación se negocien regalías anticipadas para el Estado.

En el caso de Mirador pagaron alrededor de USD 100 millones de regalías anticipadas en la suscripción del contrato. Y en Fruta del Norte fueron unos USD 65 millones.

Entonces, ¿las regalías anticipadas de las minas Mirador y Fruta del Norte no se han repartido a los GAD?
Esas regalías pagadas no han sido revertidas a los GAD porque el proceso para acceder a esos fondos lamentablemente no ha sido claro.

Yo creo que con esta reforma habrá más certeza y hay un camino claro definido de cómo deben hacer los GAD para acceder a esos fondos.

Otros gremios mineros ha manifestado su preocupación sobre la posibilidad de que se otorguen incentivos para el acceso a explosivos dentro de los clústeres mineros. ¿A ustedes también les preocupa esto?
La trazabilidad en el uso de explosivos es un tema de control. No es un tema de que va a mejorar o va a empeorar si es que se encuentra dentro de un clúster.

Es importante y prudente determinar que un clúster sea una zona especial en la que incluso pueda haber, como en las zonas francas, ciertos incentivos de apoyo al desarrollo de los proyectos mineros.

No nos olvidemos que los proyectos mineros van a invertir aproximadamente USD 10.000 millones en los próximos cuatro o cinco años. Y son proyectos a gran escala, que requieren de gran cantidad de servicios.

Por lo tanto, en estas zonas llamadas clústeres mineros incluso debería haber una desaduanización paulatina de ciertos insumos, un parque eléctrico o un polvorín para explosivos. Debe haber ciertas  condiciones especiales de fomento a actividades industriales y provisión de bienes y servicios para los proyectos mineros.

Eventualmente, podríamos sugerir en las mesas técnicas que a estas zonas se les dé un tratamiento de zonas francas o zonas especiales de desarrollo.

Los explosivos se utilizan para la etapa de construcción de la mina, para ir sacando el material de una manera mucho más ágil. Creo que la demanda de explosivos en Ecuador, a través de los proyectos mineros, va a crecer exponencialmente. Y el Estado debe otorgar las garantías necesarias para que esta industria crezca, con apoyo del sector privado.  Pero, al mismo tiempo, debe haber un control importante, al ser un insumo muy utilizado en la minería ilegal.

El Gobierno suspendió desde el 2 de febrero la minería en Napo. ¿Cuentan con información sobre las concesiones mineras que hay en esta provincia?
Sí existen varias concesiones de pequeña minería, pero no están afiliadas a la Cámara. Como ha venido diciendo el Gobierno, en muchas ocasiones, estas concesiones legales sirven para disfrazar actividades mineras ilícitas. Y lamentablemente la depredación ambiental que ha venido generando la minería ilegal en Napo es un tema urgente que debe ser controlado.

El tema en Napo es complejo, no nos olvidemos que hay una demanda internacional por la contaminación del río Arenillas por minería ilegal, que finalmente lo pagaremos todos. Esa depredación ambiental genera delitos transnacionales.

La medida emitida el 2 de febrero obedece a un desmesurado crecimiento de minería ilegal. Esto no será permanente, la Agencia de Regulación y Control Minero, así como el Ministerio de Energía, deberán realizar las actividades necesarias para determinar quiénes son legales y reinstalar sus actividades, y a su vez, castigar a los ilegales. Fuente: Primicias

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Justicia restaurativa frente a la minería ilegal en Ecuador: El caso de Zamora Chinchipe

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Por: José Benavidez. Estudiante de derecho

La expansión incontrolada de la minería no autorizada en la provincia de Zamora Chinchipe constituye uno de los dilemas socioambientales y dogmáticos más críticos para el Estado ecuatoriano. Ante la evidente insuficiencia del modelo punitivo tradicional del Código Orgánico Integral Penal (COIP) cuyo enfoque retributivo no logra revertir el colapso ecológico ni tutelar de forma efectiva los derechos del ecosistema, la dogmática penal contemporánea exige una reorientación hacia paradigmas complementarios orientados a la reparación integral y la sostenibilidad.

Contexto socio ambiental en Zamora Chinchipe

Zamora Chinchipe alberga importantes cuencas hidrográficas como los ríos Zamora, Bombuscaro, Nangaritza y Yacuambi, y ecosistemas de alta biodiversidad. Sin embargo, la proliferación de minería no regularizada en sectores como Yantzaza, El Pangui y la cuenca del Nangaritza ha derivado en:

1.- Degradación sistémica del suelo: Destrucción de la capa vegetal, deforestación masiva y alteración del cauce de los ríos por el uso de maquinaria pesada

2.- Contaminación por metales pesados: Vertimiento irrestricto de mercurio y cianuro, afectando la calidad del agua y la fauna acuática.

3.- Impacto comunitario y social: Desplazamiento de economías tradicionales, conflictividad social e intromisión en territorios de comunidades indígenas y locales.

El modelo punitivo actual y sus limitaciones

El ordenamiento jurídico ecuatoriano tipifica los delitos contra los recursos naturales y la minería ilegal en el COIP. No obstante, la vía penal ordinaria presenta serias limitaciones operativas frente a los daños ambientales de Zamora Chinchipe:

1.- Insuficiencia de la pena privativa de libertad: La prisión del infractor de último eslabón no logra la remediación del ecosistema ni la compensación a las comunidades afectadas.

2.- Incapacidad de remediación técnica: Las sentencias penales tradicionales priorizan la sanción retributiva, dejando en segundo plano los planes de manejo ambiental y la restauración ecológica a largo plazo.

3.- Saturación del sistema de justicia: La persecución penal individualizada no desarticula las redes financieras detrás del extractivismo ilegal ni ofrece respuestas oportunas a las zonas impactadas.

  1. Marco conceptual de la justicia restaurativa ambiental

A diferencia de la justicia retributiva centrada en el castigo estatal al infractor, la justicia restaurativa en materia ambiental redefine el concepto de «víctima», incluyendo tanto a las comunidades locales como a la propia naturaleza o Pachamama, reconocida como sujeto de derechos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

En lugar de contraponer la sanción a la reparación mediante un esquema tabular, la tutela penal ambiental contemporánea exige integrar ambos enfoques: mientras la justicia retributiva tradicional focaliza su mecanismo en el juicio penal adversarial para sancionar al infractor con la privación de libertad y tutelar el cumplimiento abstracto de la norma estatal, la justicia restaurativa ambiental desplaza el centro de gravedad procesal hacia la Naturaleza y las comunidades afectadas como sujetos protegidos, priorizando acuerdos reparatorios y planes de remediación técnica cuyos resultados concretos trascienden el mero cumplimiento de una condena, garantizando la reforestación, la descontaminación y la efectiva restauración de los ecosistemas impactados.

Viabilidad de aplicación en Zamora Chinchipe

Para que la justicia restaurativa sea aplicable en casos de minería ilegal en Zamora Chinchipe, la doctrina y la praxis penal exigen diferenciar la tipología de los actores involucrados:

Minera artesanal / de pequeña escala no regularizada: Mecanismo: Acuerdos de mediación penal ambiental u homologación de planes de reparación.

Acciones: Obligación técnica de reforestación de riberas, descontaminación de pasivos ambientales, sustitución gradual de tecnologías, eliminación del mercurio y trabajo comunitario de restauración.

Minería a gran escala no autorizada:

Mecanismo: Vía penal estrictamente retributiva, con decomiso de bienes y activos para financiar fondos públicos de reparación ambiental en la provincia. Consideraciones finales y propuestas de reforma La aplicación rigurosa de la justicia restaurativa en Zamora Chinchipe no implica impunidad ante la minería ilegal ni una concesión de lenidad hacia el infractor; por el contrario, representa una reorientación estratégica y pragmática de la tutela judicial efectiva. El castigo punitivo tradicional y el encarcelamiento no sanan las cuencas hidrográficas contaminadas ni devuelven la cobertura vegetal destruida; por ello, el sistema procesal debe trascender la fijación dogmática con la pena y enfocarse en una retribución directa, tangible y obligatoria hacia la sociedad y la Naturaleza.

Para materializar este cambio de paradigma, se requiere una articulación técnica e interdisciplinaria entre el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), la fiscalía general del Estado, la judicatura y las comunidades locales afectadas. Convertir la remediación ecológica, el trabajo comunitario especializado y la restitución del tejido social en la máxima prioridad del proceso penal es el único camino jurídicamente viable para frenar el colapso ambiental en la Amazonía sur.

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Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo son sentenciados a 9 años y 4 meses de prisión por caso Pruebas COVID-19

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El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz y su hijo Jacobo Bucaram Pulley fueron sentenciados este miércoles 9 de septiembre a 9 años y 4 meses de prisión como colaboradores del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Pruebas COVID-19 Agentes AMT.

La decisión fue anunciada oralmente por el Tribunal luego de que, a las 17:47, se reinstalara la audiencia de juicio contra los Bucaram y otras dos personas procesadas dentro de esta causa.
La Fiscalía General del Estado informó que Leandro Berrones y Oren Sheinman también fueron declarados culpables, pero en calidad de autores directos del delito de delincuencia organizada. Para ambos, el Tribunal impuso una pena de 13 años y 4 meses de prisión.

El proceso investiga una estructura que habría operado durante la emergencia sanitaria de 2020 para lucrar de manera irregular con la comercialización de más de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico y otros insumos médicos, en momentos en que Ecuador atravesaba uno de los periodos más críticos de la pandemia de COVID-19.

Según la acusación, Bucaram habría mantenido almacenadas en su vivienda de Guayaquil miles de pruebas rápidas, mascarillas y lancetas relacionadas con la operación investigada.

Su hijo Jacobo, por su parte, fue señalado por presuntamente financiar la adquisición de la mercadería mediante un pago de USD 321.600 en efectivo.

Un proceso marcado por audiencias fallidas

El caso se ha extendido durante varios años y su avance estuvo marcado por reiteradas audiencias que no pudieron concretarse, entre ellas diligencias suspendidas por la ausencia del expresidente.

Una de las últimas audiencias fallidas ocurrió el 31 de agosto de 2026, Posteriormente, el Tribunal dispuso nuevas acciones para conseguir la comparecencia de Bucaram, quien permanecía hospitalizado, asegurando que sufría de afectaciones cardiacas.

Este miércoles, horas antes de su sentencia, Bucarám publicó una carta en la que dio a conocer que pidió el alta médica “a pesar de estar en peligro de muerte súbita”. Además, anticipó que sería sentenciado por el delito de delincuencia organizada.

A través de sus redes sociales, el exmandatario explicó que tomó esa decisión pese a tener “13K arritmias ventriculares». «Debemos entender que una sola puede originar mi muerte”, afirmó.

Dentro de la investigación también figuró Shy Dahan, ciudadano israelí señalado junto con Sheinman por la comercialización de los insumos médicos. Dahan fue asesinado en 2020 mientras permanecía recluido en la Penitenciaría del Litoral. Fuente: Vistazo
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Noboa dice que Dedalus trae a Ecuador el sistema de operación hospitalaria más avanzado del mundo

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El presidente Daniel Noboa anunció este miércoles 9 de septiembre que Ecuador incorporará el sistema de gestión hospitalaria Dedalus, una plataforma tecnológica con la que el Gobierno prevé interconectar 1.742 centros de salud y centralizar información sobre pacientes, citas, medicamentos, insumos y equipos médicos.

El mandatario dio a conocer la medida durante la tarde a través de sus redes sociales, donde señaló que la herramienta forma parte de las acciones destinadas a modernizar el funcionamiento del sistema público de salud.

La salud pública necesita soluciones. La gente lo pide, nosotros cumplimos”, manifestó Noboa al presentar la iniciativa.

Según el presidente, uno de los principales cambios será contar con un único historial clínico para los ecuatorianos, de manera que la información de un paciente pueda estar disponible dentro de la red de establecimientos conectados.

La plataforma también apunta a agilizar el agendamiento de citas médicas, mediante herramientas que automaticen la asignación de turnos y reduzcan la dependencia de intermediarios para acceder a una consulta.

Otro componente estará dirigido al inventario y control de medicamentos, insumos y equipos médicos disponibles en los establecimientos de salud.

Contrato de USD 240 millones

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), anunció la incorporación de la plataforma, utilizada en países como Irlanda, Alemania, Francia y Reino Unido

Para implementar este sistema, el MSP contratará a CNT, que se encargará de poner en marcha el servicio en la red pública de salud junto con la empresa italiana Dedalus.

Según consta en el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), la cartera de Estado resolvió adjudicar este martes el contrato a CNT por USD 240 millones, mediante un procedimiento de régimen especial.

Estamos hablando de transformar la gestión de 1.742 establecimientos de salud del país”, destacó el ministro de Salud, Juan Carlos Aveiga.

En ese contexto, el MSP inició un proceso de contratación por régimen especial con CNT, que funciona como ejecutor tecnológico del Estado y presentó una propuesta que comprende tres componentes: conectividad, infraestructura y una plataforma integrada de información en salud.

De su lado, el gerente de CNT, Ronald Spina, resaltó que se trabaja en una transformación tecnológica del sistema público de salud.

Aveiga y Spina explicaron, en un video publicado por la Secretaría de Comunicación, que el país tiene un “sistema de salud fragmentado”, con “información dispersa y procesos que no siempre están conectados” entre los hospitales y otros centros médicos públicos. Fuente: Vistazo
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