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En 8 días habrá texto final de ley que interrumpe embarazo por violación

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El Pleno de la Asamblea Nacional concluyó ayer el segundo debate del proyecto de Ley que Garantiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación, con el cual se viabiliza la sentencia de la Corte Constitucional que declara la inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

“En el Pleno de la Asamblea hemos cumplido con crear un espacio participativo, democrático y laico en el que todas y todos los asambleístas representaron de manera responsable, con voz y con su voto, a todos sus mandantes», señaló la presidenta del Legislativo, Guadalupe Llori Abarca.

Los asambleístas analizaron el informe de mayoría de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, que fue sustentado ante el Pleno por Johanna Moreira, quien subrayó que la mesa ha buscado defender los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violación, a quienes se las ha criminalizado y obligado a una maternidad forzada.

“Hemos formulado un proyecto con criterios y argumentos técnicos y científicos, con el fin de entregar una herramienta efectiva a la sociedad”, añadió.

Desde las distintas bancadas hubo diversas opiniones en torno a este cuerpo legal, indicaron que el tema del aborto es un asunto de respeto de los derechos humanos y el principal de ellos, que es el derecho a la vida, puesto que no se puede sentenciar a muerte al niño no nacido.

Así mismo, se esgrimieron argumentos orientados a la necesidad de reformar el artículo 45 de la Constitución, que garantiza el derecho a la vida desde la concepción. Quienes defendieron la necesidad de establecer una temporalidad acorde con el desarrollo de la gestación, subrayaron que existe evidencia científica por la cual se demuestra que mientras más tarde se practica un aborto, existe mayor riego para la salud de la madre.

También, consideraron que la norma no se refiere al agresor, a quien, si se debe aplicar una sanción mucho más fuerte, a fin de evitar la impunidad.

Expresaron como alternativa, el acompañamiento especializado para preparar a la madre hacia un proceso de adopción.

Otros demandan una decisión firme para garantizar el acceso de las niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violación a la interrupción del embarazo, sin que sean sometidas a una revictimización. Según este grupo no hay otra opción que aprobar la ley en los términos previstos en la sentencia de la Corte Constitucional, que es de obligatorio cumplimiento.

Tras más de 40 intervenciones, la ponente del informe, asambleísta Johanna Moreira, solicitó a la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, conceda el plazo de ocho días para que la Comisión de Justicia y Estructura del Estado recoja los planteamientos formulados en el segundo debate y se elabore el texto definitivo.

La Titular de la Legislatura cerró el segundo debate y, al tenor de lo dispuesto en el artículo 61, numeral 8 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, suspendió la sesión y concedió el plazo de ocho días para que la Comisión elabore el texto final que será sometido a votación en el Pleno.

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Asamblea da luz verde a reforma penitenciaria de Noboa: estos son los cambios en las cárceles de Ecuador

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La Asamblea Nacional, con 85 votos afirmativos, se allanó a la objeción parcial por inconveniencia presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa, al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario. Con esta decisión, la normativa será remitida al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

En la sesión del Pleno desarrollada este martes 28 de abril, el asambleísta ponente del informe, Mario Zambrano, argumentó que las cárceles han sido durante demasiado tiempo espacios en donde el crimen organizado ha desafiado al Estado.

El hacinamiento, la falta de control y las deficiencias normativas han tenido un costo muy alto para las familias, por lo que esta reforma es fundamental. Además, mediante la objeción parcial se proponen mejoras que no cambian el espíritu de la normativa ni su esencia, sí la hacen más sólida, técnica y eficiente”, enfatizó.

Principales ejes de la nueva ley

Entre los principales cambios incorporados constan las definiciones para el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, con el propósito de garantizar mayor claridad jurídica y uniformidad normativa.

Otra modificación amplía el derecho de impugnación de traslados, que inicialmente estaba limitado únicamente a personas sentenciadas. Con la reforma, este derecho se extiende a todas las personas privadas de libertad en casos de embarazo, lactancia, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, así como cuando se requiera tratamiento psiquiátrico.

De manera específica, se revisa la incorporación de un régimen especial para militares en servicio pasivo que se integren al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) o al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria.

La normativa fortalece al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria como una entidad especializada, civil, armada y jerarquizada. Además, permite la incorporación de policías y militares en servicio pasivo al sistema penitenciario.

También establece la clasificación de los centros penitenciarios y de las personas privadas de libertad según sus niveles de seguridad y riesgo, e implementa un régimen especial para internos de alta peligrosidad.

Entre otros aspectos, refuerza el sistema de inteligencia penitenciaria para prevenir hechos violentos y desarticular estructuras criminales dentro de las cárceles. Además, introduce reformas al régimen disciplinario para combatir la corrupción interna.

La ley incorpora políticas de trabajo penitenciario orientadas a la rehabilitación y reinserción social, con el objetivo de que las personas privadas de libertad trabajen para sustentar sus necesidades. Fuente: Vistazo

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Presunto perjuicio de USD 300 millones en CNEL en 11 años, una sola trabajadora habría manipulado planillas de luz sin sustento por USD 5,9 millones

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Una compleja red de corrupción en la que estarían inmersos alrededor de 50 trabajadores públicos de la empresa estatal de distribución Corporación Nacional Eléctrica (CNEL) habría manipulado los sistemas de facturación de las planillas de luz para favorecer a empresas, industrias, comercios y hogares en, al menos, cinco provincias de Ecuador, según explicó el Gobierno.

Lea: Oficinas de CNEL son allanadas en Ecuador este 28 de abril, por presunto caso de corrupción
Y de esa manera los clientes lograban que se les refacture las planillas para pagar menos por la energía eléctrica.

Las investigaciones preliminares, que nacieron de una auditoría solicitada por la ministra de Energía, Inés Manzano, señalan que esta red habría estado operando en las unidades de negocio de CNEL en Santa Elena, Guayas-Los Ríos, Manabí y Sucumbíos.

Solo en 2025 esas unidades habría facturado unos USD 48 millones, pero de esos 27,9 millones no tendrían suspento técnico.

La red, según la auditoría, operaba desde hace 11 años bajo este esquema, por lo que las autoridades del Gobierno creen que en total el perjuicio para el Estado en ese período sumaría unos USD 300 millones.

Con base en los resultados de la auditoría, la Ministra de Energía habría solicitado el cambio de autoridades el 14 de abril de 2026.

El ministro del Interior, John Reimberg, explicó que algunos de los funcionarios implicados en esta red de corrupción percibirían sueldos públicos mínimos, pero tendrían patrimonios de USD 3 millones.

Dentro del proceso, se detectó que una sola trabajadora en Santa Elena habría manipulado planillas de luz causando un perjuicio al Estado por USD 5,9 millones.

En desarrollo… Fuente: Primicias

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Alcalde de Riobamba, concejales y otros son llamados a juicio por asociación ilícita en ‘Caso Altares’

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La Fiscalía General del Estado acusó al alcalde de RiobambaJhon Vinueza, y otras ocho personas del presunto delito de asociación ilícita, en el marco de una investigación por posibles actos de corrupción en el Municipio riobambeño.

Tras la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la Jueza Presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo dictó auto de llamamiento a juicio contra Rafael Teodoro Q. P. y Carlos Octavio A. S. (concejales), René Javier L. G. (particular), Jhon Henry Vinueza (alcalde) y Lenin Stalin F. G. (exdirector departamental del Municipio). Además, ratificó las medidas cautelares de presentación periódica y prohibición de salida del país.

Para Edison Germán T. C. y Galo Esteban F. M. (concejales), Roberto Javier M. B. y Ramiro Alonso V. M. (exdirector de Movilidad), dictó auto de sobreseimiento. No obstante, la autoridad judicial dispuso iniciar investigaciones por presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho, relacionados con representantes de cooperativas de transporte.

La investigación se originó a partir de diligencias que incluyeron allanamientos a domicilios de funcionarios públicos y particulares, el 30 de enero de 2025.

Según la teoría del caso, los procesados habrían conformado una estructura para cometer delitos como tráfico de influencias —para intervenir en causas de tránsito—, cohecho —relacionado con la presunta habilitación irregular de 255 cupos de taxis rurales— y falsificación informática, mediante la eliminación de multas.

De acuerdo con los elementos recabados, existirían indicios de entrega de dinero para acceder a estos beneficios; no obstante, estos hechos continúan en investigación.

Para sustentar su acusación, Fiscalía presentó interceptaciones telefónicas, análisis de dispositivos móviles, documentación institucional relacionada con proyectos de ordenanza sobre transporte, versiones de involucrados en la recaudación de dinero e información proporcionada por un cooperador eficaz, entre otros elementos de convicción. Asimismo, hizo el anuncio de la prueba que será presentada en la audiencia de juicio.

Este no es el único inconveniente que ha enfrentado el alcalde John Vinueza. En enero de 2025, la mayoría del Concejo Municipal lo destituyó debido a modificaciones en la donación de un terreno para la construcción de una morgue, pero el Tribunal Contencioso Electoral anuló el proceso de remoción de Vinueza, ya que no se cumplieron las formalidades del Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad). Fuente: Vistazo

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