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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Elecciones 2025: en primera vuelta Luisa González ganó en 117 cantones, Daniel Noboa en 97 y Leonidas Iza en siete

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Ni el correísmo ni Daniel Noboa pudieron vencer en una sola vuelta, como ofrecieron en la campaña electoral. La diferencia entre ambos se redujo a tres décimas con el avance de los escrutinios (94%), es decir, unos 30.000 votos.

A diferencia de los resultados por provincias, que pintaron el Ecuador mayoritariamente del morado de Acción Democrática Nacional (ADN), los resultados cantonales brindan un mayor detalle de la inclinación del electorado.

¿De dónde saldrán los votos? Noboa y González tendrán que convencer a 1,1 millones de votantes para la segunda vuelta
La candidata de la Revolución Ciudadana, Luisa González, se quedó con 117 cantones, la mayoría en la Costa y el norte del país. Mientras que los respaldos del presidente Noboa se concentraron en la Sierra centro y dos terceras partes de la Amazonía, sumando 97 cantones.

Pero, además, el representante del Pachakutik, Leonidas Iza, que tuvo una votación marginal pese a ocupar el tercer lugar, venció en siete cantones de su natal Cotopaxi, de Chimborazo, Cañar y Zamora.

Los cantones con más electores
El presidente candidato Noboa logró quedarse con la mayoría de votos en los cinco cantones con más electores: Quito, Guayaquil, Cuenca, Santo Domingo y Ambato. En Quito, Cuenca y Ambato la diferencia fue de 13, 14 y 40 puntos, respectivamente.

Sin embargo, en Guayaquil y Santo Domingo, la diferencia es mínima. Noboa se lleva la victoria por 1,36% y 1,32% respectivamente.

Mientras que González logra llevarse la mayoría de respaldos en Portoviejo, Manta y Machala, con 24, 42 y 8 puntos, sobre Noboa.

Las victorias amplias
La Revolución Ciudadana logró quedarse con más del 60% de la votación en 46 cantones. Su mayor victoria está en Manabí, su eterno bastión, siendo la más alta en Jaramijó, donde consiguieron el 83% de respaldos.

Mientras tanto, la votación más alta de Daniel Noboa estuvo en el cantón Zamora, con el 70%. Y consiguió superar el 60% de respaldos en otros 23 cantones.

Mientras que en Babahoyo (Los Ríos), Isabela (Galápagos) y Antonio Ante (Imbabura) la pelea se definirá con los últimos votos, puesto que la diferencia entre la Revolución Ciudadana y Acción Democrática Nacional es menor a 1%. Fuente: Primicias.

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Estos serían los nombres de los nuevos integrantes de una Asamblea dividida entre ADN y Revolución Ciudadana

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Los resultados de las elecciones de 2025 confirman que la nueva Asamblea, que estará cuatro años en el poder, será casi bipartidista, con dos bloques grandes integrados por ADN y Revolución Ciudadana. Aunque ninguna de las dos fuerzas llegó a tener mayoría, que desde este periodo será de mínimo 76 legisladores.

Hasta las 07:00 de este 10 de febrero de 2025, el escrutinio para asambleístas nacionales y provinciales ha avanzado rápidamente y en todos los casos registra más del 70% de actas válidas. En el exterior, en cambio, solamente la circunscripción de Latinoamérica, El Caribe y África registra retrasos, por lo que no ha sido considerada para esta nota.

Con esos resultados, se confirma que la nueva Asamblea tendría dos bancadas grandes: ADN y Revolución Ciudadana. Aunque cuál de los dos movimientos tendrá la más numerosa se podrá confirmar sólo con el 100% de los resultados.

¿Cuándo será la segunda vuelta electoral en Ecuador?
Según los cálculos realizados por PRIMICIAS, el movimiento ADN, del presidente Daniel Noboa, que irá a segunda vuelta electoral, alcanza por el momento 66 curules en la nueva Asamblea. Mientras que Revolución Ciudadana hasta ahora ha asegurado 65 escaños.

Con estos resultados, se confirma además que Pachakutik obtendrá ocho curules en la nueva Asamblea Nacional. Mientras que el Partido Social Cristiano se queda casi sin participación en el Legislativo, con apenas cinco escaños (sólo uno nacional).

Construye consiguió hasta el momento apenas un asambleísta. Mientras que los movimientos locales obtuvieron dos, y otras alianzas minoritarias, también dos.

Estos datos de las bancadas, sin embargo, aún pueden ir cambiando mínimamente mientras avanza el escrutinio.

Las dos curules de Latinoamérica, El Caribe y África todavía no se pueden asignar, pues tienen un porcentaje de actas válidas menor al 70%.

Esta conformación de la Asamblea Nacional evidencia un claro cambio en comparación con la de 2023, en la que ADN obtuvo un bloque minoritario, que se fue nutriendo a lo largo de los meses con los «camisetazos» dentro del Legislativo.

Los nombres de los asambleístas
De acuerdo con estos resultados, estos serían los asambleístas electos en los comicios. Algunos de estos nombres, sin embargo, pueden ir cambiando conforme siga avanzando el escrutinio. Fuente: Primicias

view-source:https://www.primicias.ec/elecciones/ecuador2025/asamblea/resultados-candidatos-asambleistas-nacionales-provinciales-bancadas-cne-89388/?utm_source=twitter&utm_medium=social

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Embalse de Mazar alcanzó su cota máxima: 2.153 metros

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El embalse de la central hidroeléctrica Mazar, una de las más grandes de Ecuador, alcanzó su cota máxima de 2.153 metros sobre el nivel del mar este lunes, según informó la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC).

La ministra de Energía encargada, Inés Manzano, anunció que a las 07h59 se registró el valor álgido en el depósito. «Para evitar desborde de agua y aprovechar el agua en energía, vamos a usar Mazar», anunció a través de su cuenta en la red social X.

“Han pasado muchas semanas en las que priorizamos el embalse de Mazar. ¡Lo logramos! ¡Gran equipo! Cenace (Operador Nacional de Electricidad), Celec, Ministerio de Energía”, agregó la titular de la cartera de Estado referida.

El embalse de Mazar, ubicado en la provincia de Azuay, alimenta a un complejo de tres centrales en el río Paute con una potencia en conjunto de más de 1.700 megavatios.

La recuperación de la central se registra aproximadamente dos meses después de que acabara en Ecuador, un país cuya matriz nacional depende en gran medida de la energía hidroeléctrica, un periodo de racionamientos diarios de electricidad debido a una sequía.

El 10 de octubre del año pasado, el embalse se aproximó en demasía a su nivel mínimo y, desde entonces, había enfrentado problemas de funcionamiento por lodo y sedimentos, incluso llegando a ser apagado en varias ocasiones debido al bajo nivel de la cota.

Esto agravó la crisis energética que atravesó el país, atribuida también al inadecuado mantenimiento de complejos por parte de anteriores administraciones, pues la capacidad operativa de la central se redujo drásticamente, y lo sumió en un día a día de apagones duraban hasta 14 horas. Fuente: Vistazo

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