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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Ecuador pondrá fin al arbitraje por Coca Codo Sinclair y se encamina a entregar su administración a PowerChina

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Luego de que la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC) resolviera el pasado 31 de diciembre poner fin al arbitraje que mantenía con la empresa china Sinohydro por deficiencias en la construcción de la central hidroeléctrica Coca Codo Sinclair, el Estado ecuatoriano se encamina a ceder la administración del complejo a la filial de la compañía asiática.

A través de esa acción, Ecuador reclamaba una compensación de USD 580 millones, tras haberse identificado más de 13.000 fisuras en los distribuidores del complejo, ubicado entre las provincias amazónicas de Napo y Sucumbíos. Tras su entrega, la obra nunca alcanzó la capacidad de generación de 1.500 megavatios que había sido ofrecida en el contrato.

Según reportó el portal de noticias Ecuavisa este lunes, el Gobierno habría aceptado recibir un pago de USD 400 millones, la mitad en efectivo y la otra en crédito de proveedor. Aquello coincide con declaraciones emitidas en diciembre del año pasado por la ministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano, quien dijo que Ecuador recibiría una compensación por dicha cifra, resuelta por medio de un acuerdo global de conciliación.

El proceso continuará con la definición de un acuerdo conciliatorio por parte de la Procuraduría General del Estado y la Corporación Eléctrica del Ecuador, documento que establecerá las condiciones para cerrar oficialmente la disputa legal. Dichos términos deberán ser notificados al Centro de Arbitraje de Madrid, instancia que trata la disputa y que debe emitir la resolución que deje sin efecto el arbitraje.

Incertidumbre en torno a cómo será operada la central

Hasta ahora se ha confirmado que PowerChina asumirá la gestión de la infraestructura, aunque persisten interrogantes sobre el modelo de operación, las tareas de mantenimiento y las medidas que se adoptarán para enfrentar los riesgos técnicos existentes.

Además de los problemas ya identificados, la obra, cuya construcción costó USD 1.011 millones, se ve amenazada por la erosión regresiva del río Coca, que avanza a pocos kilómetros de distancia, así como por el deterioro de los desarenadores, cuya acumulación de sedimentos compromete el funcionamiento.

Estos factores ponen en jaque la estabilidad de una instalación que aporta cerca de un cuarto de la energía eléctrica que consume el país. Fuente: Vistazo

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Aparecen muertos en la cárcel del Inca dos hermanos detenidos por presunta extorsión

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Dos hombres fueron hallados sin vida el domingo en la noche en una prisión de Quito, a donde fueron trasladados luego de haber sido detenidos el pasado viernes en Tumbaco por el delito de extorsión y por estar presuntamente vinculados al grupo delictivo Los Lobos.

Según confirmaron a EFE fuentes policiales este lunes, las víctimas corresponden a los alias Klever y Kevin, de 43 y 27 años, quienes habían sido arrestados junto a otras dos personas por supuestamente extorsionar a los propietarios de un local comercial, a los que exigieron el pago de USD 5.000 para no atentar contra su integridad y la de sus trabajadores.

En ese operativo, ocurrido el pasado viernes, la Policía detuvo a cuatro personas implicadas, todas señaladas como presuntos integrantes de Los Lobos, una de las organizaciones delictivas más activas en el país.

Klever registraba antecedentes por asesinato y tenencia ilícita de armas, mientras que Kevin tenía procesos por porte no autorizado de armas y municiones.

Las causas de las muertes son desconocidas aún

El Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) confirmó que los decesos ocurrieron la noche del 18 de enero en la cárcel de El Inca, en el norte de la capital, a donde los detenidos habían sido trasladados.

Con base en las pericias de la Policía Nacional y de Medicina Legal, todavía se desconocen las causas de los fallecimientos.

Algunas prisiones están militarizadas y otras bajo control de la Policía Nacional en el marco del «conflicto armado interno» que el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, declaró en 2024 para luchar contra las bandas delictivas, a quienes se les atribuye la escalada de violencia que ha llevado al país a estar a la cabeza del índice de homicidios en Latinoamérica. Fuente: Vistazo

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Presidenta ‘reemplazante en ausencia temporal’: así fueron los días de María José Pinto al frente de Carondelet

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Visitas a centros de salud, entregas de equipamiento de seguridad, reuniones con sectores sociales, productivos, diplomáticos y la emisión de un solo decreto ejecutivo marcaron los dieciséis días en los que María José Pinto ejerció la Presidencia de la República por la ausencia temporal de Daniel Noboa.

La vicepresidenta asumió funciones bajo la denominación formal de “presidenta de la República, reemplazante en ausencia temporal”, un nombre extenso que se repitió de manera sistemática en comunicados oficiales, actos públicos y registros institucionales durante todo el periodo del encargo.

El reemplazo se dio tras la licencia solicitada por el presidente Daniel Noboa para atender asuntos de carácter personal, aprobada por la Asamblea Nacional el 19 de diciembre con 81 votos. Aunque la autorización legislativa contemplaba su ausencia hasta el 18 de enero, el mandatario retomó anticipadamente sus funciones el 16 de enero, dos días antes de lo anunciado.

Durante ese lapso, Pinto mantuvo una agenda concentrada principalmente en seguridad, salud, política social, educación y cooperación internacional, con actividades registradas entre el 6 y el 14 de enero.

Seguridad y control institucional

Los primeros días del encargo estuvieron marcados por actividades vinculadas a la seguridad. El 6 y 7 de enero, la presidenta de la República, reemplazante en ausencia temporal, participó en entregas de equipamiento estratégico a la Policía Nacional, orientadas a fortalecer capacidades operativas, investigativas y logísticas.

El 7 de enero, además, encabezó la entrega de un avión Boeing 737-500 a la Fuerza Aérea Ecuatoriana, con el objetivo de reforzar las capacidades estratégicas de las Fuerzas Armadas y mejorar la respuesta ante amenazas, emergencias y operativos a escala nacional.

Salud y agenda social

En el área de salud, Pinto realizó visitas sorpresivas a centros médicos públicos, entre ellos el Centro de Salud Tipo C de San Antonio de Pichincha, donde verificó procesos de entrega de medicamentos, agendamiento de citas, atención en farmacia y mecanismos de acceso a medicinas.

El 8 de enero, desarrolló una agenda de trabajo en Solca Guayaquil, donde recorrió instalaciones, revisó procesos y escuchó a pacientes y personal médico para identificar necesidades prioritarias. Ese mismo día lideró el Gabinete Sectorial de lo Social, en el que se evaluaron avances y desafíos de las políticas públicas dirigidas a grupos de atención prioritaria y se revisó la implementación de programas sociales en territorio.

En Quito, la presidenta de la República, reemplazante por ausencia temporal, María José Pinto, lideró el conversatorio “Construyendo innovación para la educación intercultural bilingüe en el Ecuador”, un espacio orientado a promover una educación de calidad que reconozca y valore la diversidad cultural y lingüística del país.

El encuentro se desarrolló con articulación interinstitucional y el apoyo de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Actividades en territorio

Entre el 12 y el 13 de enero, la presidenta reemplazante cumplió actividades en Riobamba. Participó en el encuentro “Manos que lideran”, que reunió a 100 emprendedoras de distintas provincias, donde se destacó la autonomía económica de las mujeres como eje de las políticas gubernamentales.

También visitó la Escuela Intercultural Bilingüe Monseñor Leonidas Proaño, donde se evaluaron aspectos como infraestructura, pertinencia cultural y lingüística, procesos de enseñanza-aprendizaje y fortalecimiento de la lengua quichua. En esa misma ciudad recorrió el Centro de Salud Tipo C Lizarzaburu, para verificar la prestación de servicios de medicina general y especialidades básicas.

El 13 de enero se desarrolló además la primera sesión extraordinaria del COPRUUNNA, en la que se conoció y aprobó el borrador de una reforma normativa para la prevención del reclutamiento, uso y utilización de niñas, niños y adolescentes, con el respaldo unánime de las trece instituciones que integran el comité.

Relaciones internacionales y único decreto

En el ámbito internacional, el 14 de enero, Pinto recibió a representantes de la Corporación Desafío del Milenio (MCC) y al chargé d’affaires a. i. de Estados Unidos, Lawrence Petroni, para tratar la elegibilidad de Ecuador para acceder a una subvención destinada a un programa compacto de inversión.

Ese mismo día se reunió con la ministra de Estado para la Cooperación Internacional de Emiratos Árabes Unidos, Reem Ebrahim Redha Alhashimy, con quien abordó temas relacionados con primera infancia, desnutrición infantil, embarazo adolescente y salud mental, así como compromisos de cooperación bilateral.

En materia normativa, durante todo el periodo en el que ejerció la Presidencia de la República bajo la figura de reemplazante en ausencia temporal, María José Pinto emitió un solo decreto ejecutivo. Se trata del Decreto Ejecutivo n.º 278, firmado el 10 de enero de 2024, que reforma el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos, específicamente el componente relacionado con la tasa de interés referencial, con vigencia desde el 12 de enero.

El presidente Daniel Noboa retomó sus funciones el 16 de enero, antes de lo previsto, para cumplir una agenda internacional desde este lunes 19, que incluye su participación en el Foro Económico Mundial de Davos y reuniones con la Unión Europea.

(I)

Fuente: El Universo

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