Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Inés Manzano sobre ATM y Progen: “Hemos hecho un pésimo negocio, que se hizo antes de que yo llegue”
La ministra de Energía Inés Manzano reconoció que el actual Gobierno Nacional hizo “un pésimo negocio” con las compañías Austral Technical Management (ATM) y Progen que fueron contratadas por el Estado para entregar generadores eléctricos para plantas termoeléctricas en el Salitral, Quevedo y Esmeraldas.
Los equipos fueron recibidos por el Estado durante la emergencia energética de 2024 pero nunca funcionaron, ya que los equipos presentaban fallas técnicas, eran viejos y usados o eran incompatibles con el sistema eléctrico nacional.
¿Cuáles fueron los contratos?
El contrato con ATM se firmó en agosto de 2024 para instalar generación en Esmeraldas III. Los generadores debían comenzar a operar entre finales de 2024 e inicios de 2025, según el plan del proyecto, sin embargo, su puesta en marcha se retrasó y solo en este 2026 se prevé su operación completa o parcial bajo pruebas técnicas del Estado. A esta compañía el Estado le entregó $71 millones, por avance de hitos del proyecto.
A Progen por otro lado, Ecuador también lo contrató en esa misma fecha, para la instalación de generación térmica en las centrales de El Salitral (Guayas) y Quevedo (Los Ríos). A esa compañía el Estado le habría entregado el 70 % de los $ 149,1 millones que establecía el contrato.
Durante la entrevista, la ministra aseguró que la relación comercial con ambas empresas “fue fraudulenta”. “Hemos hecho un pésimo negocio, que se hizo antes de que yo llegue, pero somos el mismo Gobierno y tenemos que solucionar”, indicó.
No obstante, la titular de Energía defendió que en la actualidad el Gobierno de Daniel Noboa sigue adelante con un arbitraje internacional con dichas compañías que se encuentra todavía en proceso activo y sin resolución definitiva.
En el caso de Progen, el Estado ecuatoriano ya dio por terminado el contrato y ha impulsado una demanda internacional. En cuanto a ATM, ha presentado denuncias por posibles irregularidades y ha logrado recuperar parcialmente capacidad operativa de algunos generadores. No obstante, las pérdidas económicas para el país han sido millonarias.
¿Habrá apagones después de abril?
El presidente Daniel Noboa, en una entrevista radial en Manabí, había asegurado que no habrá apagones en este mes de abril. La ministra Manzano lo ratificó e insistió en que para los próximos meses tampoco existe riesgo de racionamiento ya que, pese a que el país no le está comprando energía a Colombia, Ecuador “está bien” y que “no va a haber apagones”.
Nacionales
Colombia elevará del 30 % al 100 % los aranceles a las importaciones de Ecuador
Colombia elevará del 30 % al 100 % los aranceles a las importaciones de Ecuador en respuesta a la decisión del país vecino de subir del 50 % al 100 % la «tasa de seguridad» impuesta por el gobierno de Daniel Noboa, en una nueva escalada de la guerra comercial que los enfrenta.
La ministra de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) de Colombia, Diana Marcela Morales, aseguró que se tomó esa decisión porque el Ejecutivo ha «agotado todos los esfuerzos diplomáticos y mantenido abiertos los canales del diálogo con el Gobierno de Ecuador buscando una salida que beneficie a los dos países, a los empresarios, pero sobre todo a las comunidades de ambos lados de la frontera».
«Sin embargo, no hemos logrado respuesta positiva y por el contrario la administración del presidente Noboa anuncia un endurecimiento en el frente comercial», añadió Morales.
En la víspera, el gobierno de Daniel Noboa anunció que, desde el 1 de mayo, cobrará 100 % de aranceles a las importaciones colombianas argumentando que no hay voluntad del vecino país para cuidar la frontera de los grupos narcotraficantes.
“No se puede llegar a acuerdos con quien no tiene el mismo compromiso para luchar contra el narcoterrorismo”, expresó Daniel Noboa.
Nacionales
¡Postula ya! Policía Nacional del Ecuador abre 728 cupos para profesionales
La Policía Nacional del Ecuador inició una nueva convocatoria nacional para incorporar a 728 profesionales a sus filas, como parte de su proceso de fortalecimiento institucional en 2026.
Del total de vacantes, 220 están destinadas a aspirantes a oficiales, quienes se graduarán con el grado de subtenientes, mientras que 508 corresponden a personal de tropa que se formará como técnicos operativos. Así lo informó Jorge Cevallos, quien detalló que el periodo de formación será de seis meses.
Las inscripciones comenzarán el lunes 13 de abril y se realizarán de forma virtual a través del portal oficial de la institución, siguiendo un cronograma organizado por el último dígito de la cédula. El registro se distribuirá durante la semana y se habilitará para todos los números los fines de semana.
Perfil y requisitos
La convocatoria está dirigida a ciudadanos ecuatorianos con título de tercer o cuarto nivel —como licenciaturas, ingenierías, tecnologías o posgrados— y al menos dos años de experiencia profesional.
Entre los requisitos se incluyen no tener antecedentes penales, no pertenecer a organizaciones políticas, no portar tatuajes y cumplir con una estatura mínima de 1,60 metros para hombres y 1,55 metros para mujeres.
El límite de edad es de hasta 34 años, 11 meses y 30 días, con una excepción para el área de salud, donde se permite hasta 36 años.
Etapas del proceso
Los aspirantes deberán superar varias fases de evaluación, que incluyen pruebas académicas, físicas, médicas, psicológicas, entrevistas personales y exámenes de confianza.
Una vez aprobado el proceso, los seleccionados ingresarán a las escuelas de formación en septiembre de 2026, y su graduación está prevista para marzo de 2027.
Áreas de especialización
La institución busca incorporar talento en áreas clave como:
- Jurídica
- Técnica
- Salud
- Administrativa
Los aspirantes serán asignados según su formación académica y experiencia profesional.
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