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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Sudamericano Sub 17: Ecuador vence a Uruguay y clasifica a la fase final del torneo

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La selección de Ecuador logró una victoria clave frente a Uruguay, resultado que le permitió asegurar su clasificación a la fase final del Sudamericano Sub 17 2026 y consolidarse como líder invicto del grupo.

El combinado nacional suma siete puntos en tres partidos disputados, manteniendo un rendimiento sólido en lo que va del torneo.

La Mini Tri abrió el marcador temprano en el compromiso por medio de John Chica, quien anotó a los 12 minutos y le dio ventaja al equipo ecuatoriano en el inicio del encuentro.

Tras el gol inicial, Uruguay logró reaccionar y encontró el empate al minuto 28 del primer tiempo, creciendo en el desarrollo del partido y generando ocasiones de peligro, incluso con opciones para ponerse en ventaja.

Ante ese contexto, Ecuador realizó variantes que le permitieron recuperar el control del juego. El ingreso de Edwin Quintero fue determinante para darle mayor dinamismo al ataque y participar en la jugada del segundo gol.

Finalmente, John Guerrero aprovechó su oportunidad y marcó el 2-1 definitivo, asegurando la victoria ecuatoriana en suelo paraguayo.

Con este resultado, Ecuador se consolida como líder invicto del grupo A, dando un paso importante hacia su objetivo de clasificar al Mundial de la categoría que se disputará en Qatar.

La Mini Tri cerrará su participación en la fase de grupos el domingo 12 de abril, cuando enfrente a Chile en su último compromiso de esta etapa.

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Liga resiste en la altura y logra triunfo agónico en la Libertadores

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Liga Deportiva Universitaria logró un triunfo de alto valor de cara a la fase de grupos de la Copa Libertadores. El conjunto ecuatoriano venció 1-0 a Always Ready, en un partido marcado por la intensidad, la resistencia física y un desenlace dramático.

El encuentro se disputó en El Alto, a más de 4 000 metros sobre el nivel del mar, un factor desafiante para los jugadores. Desde el inicio, el equipo local impuso condiciones con mayor control del balón y presencia ofensiva, mientras Liga buscó imponer más presencia.

El conjunto dirigido por Tiago Nunes tuvo dificultades para asentarse en el campo. Sin embargo, durante la primera mitad, el equipo boliviano fue más insistente en ofensiva y registró mayor cantidad de remates. Sin embargo, el marcador no se movió, en gran parte gracias a la actuación del arquero Gonzalo Valle, que destacó en el cotejo.

Cuando el empate parecía el pronóstico, Liga encontró el premio a su resistencia. En tiempo de reposición, una acción ofensiva permitió asegurar una victoria que le da más oportunidades al equipo capitalino en la Copa Libertadores.

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Petro reacciona ante el mensaje de Noboa y dice que «Glas es un ciudadano colombiano»

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La querella digital entre Daniel Noboa y Gustavo Petro continúa: en un nuevo mensaje en X (antes Twitter), el presidente Petro insistió en calificar a Jorge Glas como un «ciudadano colombiano» y un «preso político» del gobierno de Ecuador.

Esta respuesta de Petro llega apenas horas después de que el mandatario de Ecuador, Daniel Noboa, cuestionó las palabras de su homólogo colombiano y señaló que son «un atentado contra la soberanía» del país.

«Solicito a los organismos internacionales de DDHH (derechos humanos) velar por sus derechos. Su estado de salud compromete ya su vida porque, al estar prisión, no le han dado el suficiente alimento», aseguró Petro sobre la salud de Glas, en su mensaje este 7 de abril de 2026.

Así se desgastó la relación entre Petro y Noboa, que deriva en una guerra comercial entre Ecuador y Colombia

Glas, en el centro de la confrontación
En su publicación de la mañana del martes, el presidente Noboa dijo que «este país ha esperado años para ver a los corruptos responder ante la justicia. Hoy, desde afuera, quieren vender el cuento de los ‘presos políticos’ para tapar lo evidente: en la cárcel hay un corrupto que debe responder al Ecuador».

El exvicepresidente Jorge Glas se encuentra recluido en esta cárcel del Encuentro, ubicada en Santa Elena, donde cumple una pena de ocho años de cárcel por cohecho y asociación ilícita, y otra de 13 años por peculado.

Jorge Glas come albóndigas en salsa napolitana y toma Ensure en la Cárcel del Encuentro, asegura el SNAI

Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador, trasladado a la nueva cárcel del Encuentro, en Santa Elena, el 10 de noviembre de 2025.Redes sociales
Pero la defensa de Glas ha pedido su liberación a través de un habeas corpus, alegando supuesta falta de atención médica y problemas de salud del exvicepresidente del gobierno de Rafael Correa.

Noboa publicó su mensaje un día después de que Petro escribió en X que «es indudable que Jorge Glas es un preso político» y apuntase que cuando estuvo en Galápagos con Noboa, en diciembre 2024, le pidió «liberar al ciudadano colombiano Jorge Glas o que nos lo entregaran».

Además, no es la primera vez que Petro menciona que Glas es presuntamente un ciudadano colombiano, puesto que en 16 de septiembre pasado, el mandatario de izquierda afirmó que Colombia otorgó la ciudadanía a Glas.

Por otra parte, el nuevo enfrentamiento entre Noboa y Petro tiene lugar en medio de la guerra comercial de ambos países, desatada cuando Ecuador anunció un arancel del 30 % a las importaciones colombianas desde el 1 de febrero, ante una supuesta falta de acciones del Gobierno vecino en la lucha contra el narcotráfico en la frontera.

Del 30% de aranceles entre ambos países se escaló desde marzo a tasas del 50%, a la vez que Colombia ha cerrado su frontera terrestre al ingreso de una serie de productos ecuatorianos, entre ellos el arroz y el banano, fruto estrella de las exportaciones de Ecuador.

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