Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
El presidente Noboa cierra 29 viajes internacionales, ¿cuánto le asignaron en viáticos y cuántos informes de gestión presentó?
Los gastos del presidente Daniel Noboa en sus viajes internacionales no son públicos hasta ahora. Con su última gira por España, Emiratos Árabes y Noruega, el Mandatario cierra el año con 29 desplazamientos desde que llegó al poder por primera vez.
Pero, desde el 23 de noviembre de 2023, el Jefe de Estado ha presentado solo una declaración de viáticos por esos traslados: cuando viajó a Madrid para la Feria de Turismo, en enero de 2024. El documento fue publicado en abril de ese año, pese a que la fecha del informe data del 31 de enero y el plazo para que este sea verificado y aprobado en el sistema de la Presidencia es de 30 días.
Esa comisión de servicios se efectuó entre el 23 y 27 de enero y el Mandatario viajó en el avión presidencial. Pero el único gasto declarado es una factura de 6.253 euros por hospedaje. Y el informe de actividades refleja una ajustada agenda con un promedio de 13 horas diarias.
En esa comitiva oficial se enumeró en el Decreto Ejecutivo No. 133 a: Cynthia Gellibert, secretaria de la Administración Pública, la entonces asesora Diana Jácome y el Jefe de seguridad presidencial. Según sus propias declaraciones, las funcionarias viajaron con Noboa.
Otros tres servidores presidenciales tomaron vuelos comerciales un día antes: la Subsecretaria de Protocolo, un fotógrafo y un camarógrafo. Los viáticos de los ministros que estuvieron en la Feria Internacional de Turismo y sus comitivas, no se toman en cuenta porque son cubiertos por cada entidad.
Antes y después de ese viaje, no hay ningún informe de actividades ni resultados sobre los otros 28 viajes del presidente Noboa. Por lo tanto, más allá de los boletines de la Secretaría de Comunicación, nada se sabe de los objetivos, justificaciones y logros de cada desplazamiento.
El Reglamento de Viajes al Exterior de la Presidencia establece como obligatorio el registro de esa información en cada traslado, y la Ley de Transparencia, en su artículo 19, obliga a todos los funcionarios públicos a transparentar sus viáticos, informes de trabajo y justificaciones de movilización.
Aunque la Ley no prohíbe que el presidente Noboa o cualquier otro funcionario público cubra sus propios gastos, lo que también debería ser informado en cada traslado, esto no exime la responsabilidad de cumplir con los informes legales.
A esto se suma el creciente hermetismo sobre los desplazamientos internacionales. Viajes oficiales que después se transforman en personales, comitivas que no se mencionan en los decretos, y solamente se señala los países a los que va el Mandatario, pero nada sobre las ciudades y citas en las que participará.
Incluso, el Gobierno dijo que había clasificado uno de los últimos viajes del Mandatario a Estados Unidos, para supuestamente tratar temas comerciales y de seguridad. Ninguna entidad ha presentado la respectiva declaración de confidencialidad que existe la Ley de Transparencia.
En los datos de Carondelet sí aparecen otros 213 informes de viáticos internacionales, de 58 funcionarios presidenciales. La mayoría de ellos han formado parte de las comitivas que acompañan al Mandatario. Los que más lo han hecho son el director de Fotografía, el secretario de Integridad Pública, José Julio Neira, y los subsecretarios de Protocolo.
PRIMICIAS consultó directamente a la Presidencia de la República sobre la información de viáticos del Mandatario, pero hasta la fecha no ha habido respuesta. Fuente: Primicias
Nacionales
EEUU ofrece recompensa de hasta USD 5 millones por información sobre alias ‘El Churrón’
La Oficina de Asuntos Internacionales de Narcóticos y Aplicación de la Ley del Departamento de Estado de los Estados Unidos anunció este jueves una recompensa de hasta USD 5 millones por información que conduzca a la detención de Francisco Manuel Bermúdez Cagua, alias ‘El Churrón’, líder de Los Choneros en el Ecuador.
‘El Churrón’ es acusado de participar en la toma de decisiones sobre el tráfico de drogas y armas para Los Choneros. Además, es conocido como un lugarteniente de alias ‘Fito’, máximo cabecilla de aquella banda delictiva.
Previamente, el sujeto junto a ‘Fito’ y Darío Javier Peñafiel Nieto, alias ‘Topo’, fueron acusados en el Distrito Este de Nueva York de conspirar para importar y distribuir cocaína y poseer armas de fuego para facilitar el tráfico de drogas.
Tanto ‘Topo’ como ‘Fito’ están bajo custodia, pero Bermúdez Cagua permanece prófugo de la justicia.
La oferta del Gobierno de Estados Unidos se enmarca en el Programa de Recompensas contra el Narcotráfico (NRP), que busca desarticular organizaciones internacionales de tráfico de drogas en todo el mundo y llevar a los prófugos ante la justicia.
Si tiene información sobre alias ‘El Churrón’, puede contáctese con la DEA al +593 988292235 (texto/WhatsApp/Signal), al Plan de Recompensas al 131 (en Ecuador), o por correo electrónico a ecuadortips@dea.gov o informa@recompensas131.org.
LOS CHONEROS EN LA MIRA
Los Choneros, una de las organizaciones criminales más violentas del Ecuador, está vinculada al Cártel de Sinaloa y controla rutas clave del tráfico de cocaína, según el Gobierno de Estados Unidos.
El 5 de septiembre de 2025, el Secretario de Estado Rubio designó a Los Choneros como Organización Terrorista Extranjera (FTO) y como Terroristas Globales Especialmente Designados (SDGT).
En enero de 2024, el Gobierno del Ecuador también había designado a Los Choneros como una organización terrorista. Fuente: Vistazo
Nacionales
Cruce de acusaciones en la Asamblea por el caso Chevron y la explosión en la Bahía de Guayaquil
Fuertes intercambios se registraron este miércoles en la Asamblea Nacional entre la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y la Revolución Ciudadana (RC), con respecto al reciente fallo del caso Chevron y la explosión de un artefacto en la Bahía de Guayaquil, el pasado 3 de junio.
El asambleísta Xavier Ordóñez (ADN) afirmó que la Revolución Ciudadana es la principal responsable del reciente laudo arbitral que obliga al Estado ecuatoriano a pagar USD 220 millones a Chevron.
Según el legislador, las actuaciones del correísmo en el proceso judicial vinculado al caso habrían derivado en que el tribunal internacional sancione económicamente al país.
Ordóñez aseguró que entre la década de los 70 y los 90 existió contaminación ambiental en la Amazonía por operaciones conjuntas entre Texaco y el Estado, pero que posteriormente se certificó que la petrolera había cumplido los procesos de remediación.
Según su versión, cuando el correísmo llegó al poder “vio la oportunidad de un juicio millonario” basado en una “narrativa populista”, y habría impulsado un proceso judicial plagado de irregularidades, entre ellas sentencias “fabricadas” y peritajes “amañados”.
El legislador sostuvo que, inicialmente, Ecuador pudo haber enfrentado una condena superior a los USD 3.000 millones, y que solo tras años de defensa se logró reducir la sanción al valor actual.
Afirmó que, aunque el monto es menor, continúa siendo “una carga que todos los ecuatorianos deberán pagar”.
Revolución Ciudadana vuelve a pedir respuesta en el «Caso Porsche»
Poro otro lado, el jefe de bancada de la Revolución Ciudadana, Juan Andrés González, volvió a elevar cuestionamientos —antes difundidos por su organización política— sobre la explosión en junio del 2025 de un artefacto en las calles Eloy Alfaro y Ayacucho, en la Bahía de Guayaquil,, calificando el hecho como un “autoatentado”.

El legislador mencionó nuevamente el denominado “Caso Porsche”, asegurando que el vehículo involucrado estaría vinculado a la familia del mandatario, reiterando que fue observado a las afueras de la vivienda de uno de los sospechosos, en el sur de la ciudad portuaria.
“Fiscalía, una institución secuestrada por la función ejecutiva, no ha iniciado la investigación presentada el 15 de octubre de 2025”, afirmó. “Ese Porsche llegó a la casa de un terrorista. Ese Porsche pertenece a Industrial Molinera, es decir, a la familia del presidente”, dijo González. Fuente: Vistazo
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