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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Cómo gastan el dinero los municipios y las prefecturas y qué cambiaría con la reforma que plantea Noboa

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Una nueva reforma legal pone la lupa sobre lo que están haciendo los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) con los recursos que reciben del Presupuesto General del Estado.

Según el Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad) los municipios, prefecturas y juntas parroquiales deben recibir:

21% de los ingresos permanentes  del Presupuesto General del Estado, que son los generados por recaudación de impuestos y tasas.
Y un 10% de los ingresos no permanentes del Estado, es decir, aquellos por venta de petróleo o venta de bienes del Estado o concesiones.
Pero esto podría cambiar con el Proyecto de Ley Reformatoria al Cootad para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los GAD, presentado el 28 de enero de 2026, con carácter económico urgente.

El proyecto plantea que los GAD destinen el 70% de sus presupuestos anuales a inversión y obra pública. Y da plazo para conseguir este objetivo: hasta 2029 para los municipios y prefecturas y hasta 2030 para las juntas parroquiales rurales.

El proyecto advierte que, si no cumplen ese porcentaje de inversión, las asignaciones bajarían a los mínimos que dispone la Constitución:

15% por ingresos permanentes.
5% de asignaciones no permanentes.
Según el Gobierno, las actas de la Asamblea Constituyente muestran que las asignaciones a los GAD buscaban evitar el gasto en actividades vitrina y priorizar servicios públicos urgentes.

De ahí que el Ejecutivo cuestione que buena parte del dinero que manejan los gobiernos seccionales se destina al pago de sueldos y salarios. Y, aún peor, para eventos artísticos, culturales, recreativos o de entretenimiento.

«Estos gastos no promueven la dinamización de la economía en contextos donde persisten brechas significativas en la provisión de servicios básicos e infraestructura esencial». Proyecto de ley para reformar el Cootad.

¿En qué gastan los gobiernos seccionales en Ecuador?
Resulta complejo conocer a detalle en qué gastan todos los GAD, pues en el país hay 221 municipios, 24 prefecturas y 797 juntas parroquiales. La mayoría no publica el detalle de sus presupuestos y su ejecución de forma actualizada y transparente.

El Banco Central de Ecuador (BCE) consolida información financiera de todos los GAD. Según esos datos, de los USD 5.497 millones que manejaron en 2024, el 24% se destinó a inversión, que incluye formación bruta de capital fijo, obra pública y la adquisición de bienes de larga duración.  En 2025, el porcentaje para inversión fue similar, del 25%.

Por ejemplo, en GAD como el Municipio de Guayaquil, de un presupuesto total de USD 1.608 millones en 2025, USD 439 millones o el 27% fue para inversión y obra pública, según los rubros que el Gobierno central plantea que se pueden considerar como tal.

En Quito, de un presupuesto de USD 1.744 millones, unos USD 398 millones, o el 23%, se dirigieron a ese mismo fin. Mientras que en la Prefectura de Pichincha, el 47% de su presupuesto de USD 275 millones se destinó a inversión y obra pública.

¿Cuánto reciben los GAD del Estado?
En el proyecto de ley, el Gobierno de Noboa menciona que la reforma es necesaria por el problema de desequilibrio fiscal del país; es decir, porque los ingresos son insuficientes para cubrir los gastos del Estado y, como resultado, Ecuador tiene que endeudarse cada vez más.

Y añade que las asignaciones que hace el Estado para los GAD son muy rígidas; es decir, es muy difícil hacer ajustes cuando los ingresos no alcanzan.

Si bien los municipios, las alcaldías y las juntas parroquiales tienen ingresos propios de las tasas y de los impuestos que cobran, una buena parte de su presupuesto se cubre con las asignaciones del Estado.

Y este no es un gasto menor. Por ejemplo, en 2025, el Presupuesto del Estado alcanzó los USD 34.949  millones y, de ese valor, unos USD 3.455 millones fueron transferencias estatales para los GAD; esto es, casi el 10%.

Esto es 17 veces más que lo que se destinó a obra pública en el Presupuesto General del Estado.

Por la fuerte presión, año a año se acumulan millonarios atrasos en las asignaciones a los gobiernos seccionales, como en 2025 cuando sumaron USD 875 millones.

El economista Daniel Lemus, director del centro de políticas públicas de la ESPOL, explica que las asignaciones del Presupuesto del Estado representan entre el 48% y 54% de los ingresos que tienen los GAD, aunque hay algunos que dependen más del Gobierno central.

Por ejemplo, estas transferencias estatales representan menos del 50% de los presupuestos de algunos municipios, mientras que en las prefecturas son del 70%, añade Lemus.

Para Lemus, la reforma es positiva, pero hace falta aclarar detalles sobre cómo se hará el cómputo de ese 70%.

«¿Se computará sobre lo que el GAD haya planificado en el presupuesto o lo que realmente se haya ejecutado? Porque hay obras que se contratan en un año, pero la ejecución ocurre en el siguiente. Y con los anticipos de las obras, ¿qué pasará?», añade.

Para Lemus es importante hacer estas aclaraciones para evitar que solo se asienten cifras en el papel y al final del año, la ejecución real esté lejos de la meta.

¿Qué cambia el proyecto de ley?
Hoy, el Cootad ya pone un candado, pues su artículo 198 dice que las transferencias que se hagan a los GAD podrán financiar hasta el 30% de gastos permanentes (como sueldos de funcionarios), y un mínimo del 70% de gastos de inversión y obra pública.

Además, especifica que las transferencias provenientes principalmente de la venta del petróleo deberán financiar solo inversión y obra pública.

Sin embargo, ahora el Gobierno propone que el 70% de todo el presupuesto de los GAD  —  no solo de la asignación estatal—  sea para inversión y obra pública.

«La reforma es positiva, para mejorar la calidad de gasto y aumentar la inversión, pero tampoco debe servir para ahogar a algunos GAD con porcentajes imposibles de cumplir». Daniel Lemus, economista

Lemus destaca que el proyecto ya define qué rubros son los que se pueden considerar inversión y obra pública, para evitar diferentes interpretaciones. Fuente: Primicias

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Cynthia Jacho: sacó una baja calificación, pero ahora es presidenta de la comisión que elegirá al nuevo fiscal

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Cynthia Alexandra Jacho Tipán fue designada como presidenta de la Comisión Ciudadana de Selección, que llevará a cabo el concurso para elegir al nuevo Fiscal General del Estado. La joven fungió como abogada junior de un bufete quiteño y sacó una de las calificaciones más bajas en la etapa de méritos.

Esta comisión fue creada por el Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) en medio de cuestionamientos sobre los requisitos de los postulantes y sus calificaciones.

En total son 10 personas las que tienen la misión de encontrar al nuevo líder del Ministerio Público. Entre los integrantes de la comisión hay representantes de la ciudadanía y de las funciones del Estado (Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y Transparencia y Control Social).

Jacho arrancó en su cargo solicitando al presidente del Cpccs, Andrés Fantoni, que remita hasta el 29 de enero la terna para elegir al secretario de la comisión. Además, solicitó un equipo técnico.

Tras completar esos requerimientos, los comisionados podrán convocar oficialmente al concurso para escoger al nuevo fiscal.

$!Comisión que designará al nuevo fiscal.

¿QUIÉN ES CYNTHIA JACHO?

Tiene 26 años, nació en Quito y se graduó como abogada en la Universidad Central del Ecuador en diciembre del 2023, pero su título quedó registrado en la Senescyt en febrero del 2024.

Según la hoja de vida presentada al Cpccs, posee cursos en dignidad humana desde la jurisprudencia constitucional, habeas corpus privación de la libertad legal, arbitraje e ilegítima, teoría del delito y la pena y la prueba en materia laboral.

Todas estas capacitaciones se dieron en julio del 2025, a excepción de la última que tiene como fecha a julio del 2024.

En cuanto a experiencia laboral, Jacho trabajó dos años y 11 meses en el bufete Martínez & Martínez como asistente legal y abogada junior.

Además, la joven destacó que posee experiencia específica en derecho institucional, erradicación para la violencia y relaciones comunitarias.

$!Cynthia Jacho fue designada como presidenta de la comisión que elegirá al nuevo fiscal.

CUESTIONAMIENTOS

Sin embargo, ha sido cuestionada por sacar 17,5 sobre 50 en el concurso de méritos. Esta fue una de las notas más bajas del grupo por varios motivos: su reciente titulación, su escasa experiencia laboral y la falta de publicaciones académicas.

Aunque justificó dos premios, logrados en junio del 2025, por su defensa en derechos de la mujer y causas sociales y comunitarias.

Por su parte, el asambleísta Luis Fernando Molina, de la Revolución Ciudadana (RC), recordó en la red social X que alrededor de la nota de Jacho hubo un curioso incidente.

El equipo técnico tuvo un ‘lapsus calami’ y la calificó con 37,5/50. Ante ello, el Cpccs pidió rectificar la votación para colocar la nota real. La corrección se hizo entre finales de noviembre e inicios de diciembre. ¿El resultado? Con una de las peores calificaciones, terminó dirigiendo la Comisión que decidirá quién será la o el nuevo Fiscal General del Estado”, apuntó el legislador.

$!Cuadro presentado por Luis Fernando Molina.

PRÓXIMOS PASOS

Una vez que tengan un secretario y un equipo técnico, los comisionados deben hacer un cronograma de trabajo y convocar a los abogados que deseen participar en el concurso. En total son cinco fases:

  • Convocatoria y postulación
  • Admisibilidad y reconsideración
  • Méritos y recalificación
  • Escrutinio público e impugnación
  • Oposición y recalificación.

Este proceso debe durar cuatro meses, aunque también hay la posibilidad de una prórroga de dos meses más para concluir el concurso que designe al nuevo fiscal. Fuente: vistazo 

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Ecuador consolida la cooperación con la CAF para los sectores energético, aéreo y bananero

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El Gobierno ecuatoriano informó este jueves de que suscribió un instrumento de cooperación técnica no reembolsable con el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF), orientado a fortalecer los sectores energético y aéreo.

Además, en el marco del Foro Económico Internacional, en Panamá, la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE) firmó una carta de intención con el multilateral para implementar un programa de mejoramiento genético del banano.

El instrumento forma parte de la relación estratégica que mantiene el Ecuador con CAF, organismo que ha acompañado al país mediante mecanismos financieros asistencia técnica en áreas prioritarias para el desarrollo nacional.

Su objetivo es fortalecer las capacidades de la Corporación Eléctrica del Ecuador (CELEC EP) para la planificación y ejecución de proyectos estratégicos, así como acelerar la expansión del Sistema Nacional de Transmisión, en favor de la seguridad energética y una transición sostenible.

La cooperación incluye la realización de análisis técnicos y socioambientales, así como la preparación de una cartera de proyectos estratégicos, con estudios de ingeniería y perfiles para financiamiento.

Además, prevé acciones de fortalecimiento institucional orientadas a optimizar procesos, gestión y herramientas tecnológicas, y a destrabar cuellos de botella en la ejecución de proyectos.

En el área aeronáutica, el instrumento, suscrito por el ministro de Infraestructura y Transporte, Roberto Luque, contempla la asistencia no reembolsable de dos millones de dólares, destinada a fortalecer integralmente la conectividad aérea y la seguridad operacional.

Para ello, se contemplan estudios de factibilidad, la rehabilitación de infraestructura aeronáutica, la adquisición de equipamiento, alianzas público-privadas y acciones de fortalecimiento institucional, con énfasis en el rol del Estado como planificador y regulador del sistema aéreo nacional.

La carta de intención suscrita entre la CAF y AEBE, apunta a financiar el mejoramiento fitogenético del banano productivo, de tal manera que sea resistente a las plagas que regularmente afectan a este cultivo.

La suscripción de estos instrumentos reafirmó el acceso del Ecuador a asistencia técnica especializada de alto nivel, orientada a fortalecer la planificación y la capacidad del Estado en sectores clave para el desarrollo sostenible. Fuente: Vistazo

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