Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Cómo el expolicía que filtró información del caso León de Troya asesoró al correísmo para frenar el caso Villavicencio
La investigación sobre los autores intelectuales del asesinato del candidato presidencial Fernando Villavicencio ha entrado en una fase judicial decisiva.
Finalmente, para este viernes 5 de junio de 2026 está convocada la audiencia evaluatoria y preparatoria de juicio, en la cual se revisarán las pruebas recogidas por la Fiscalía y se decidirá quiénes van a juicio por ordenar el asesinato de Villavicencio, el 9 agosto de 2023, en Quito.
José Serrano, exministro del Interior del correísmo; Ronny Aleaga, exasambleísta del movimiento Revolución Ciudadana; Xavier Jordán, y Daniel Salcedo, vinculado a casos de corrupción y crimen organizado, son los procesados por ese caso.
En medio de esta coyuntura, el miércoles 3 de junio de 2026, rindió su testimonio anticipado Rodney Rengel, el expolicía que se dio a conocer como investigador del caso León de Troya, el cual rastreaba supuestos nexos de personas cercanas al Gobierno de Guillermo Lasso con el crimen organizado. Aquella investigación había sido archivada inicialmente.
Sin embargo, el caso León de Troya volvió al centro del debate público tras la filtración del informe policial. La crisis política que desencadenó llevó a que, en mayo de 2023, el entonces presidente Lasso decretara la muerte cruzada, una decisión que puso fin a su mandato de forma anticipada y dio paso a elecciones extraordinarias (en ellas, Villavicencio participó como candidato hasta su asesinato).
El arresto de Rengel y las filtraciones
El 18 de diciembre de 2025, Rodney Rengel fue retenido y procesado penalmente por el delito de difusión de información de circulación restringida. No recibió prisión preventiva; salió libre.
Rengel fue procesado por la investigación que presume su responsabilidad en la filtración del expediente reservado del caso León de Troya.
Las autoridades policiales y judiciales investigan si Rengel extrajo y entregó de manera ilegal dicho informe reservado a Andersson Boscán de La Posta, a quien el expolicía tenía registrado en sus comunicaciones bajo el alias de ‘Amigo Bryan’.
Durante el operativo de retención de Rengel, los agentes incautaron tres dispositivos móviles, incluyendo equipos de marcas Infinix y Samsung, junto con un iPhone 16 que el propio expolicía entregó voluntariamente.
La explotación forense de estos terminales telefónicos reveló que el exoficial no solo filtraba documentos, sino que supuestamente formaba parte de una red dedicada a comercializar datos sensibles.
Nexos políticos y el caso Magnicidio FV
La extracción de datos de los teléfonos incautados evidenció un plan estructurado para supuestamente entorpecer y desvirtuar la investigación de la Fiscalía sobre el asesinato de Fernando Villavicencio.
Las pericias demostraron que Rengel utilizaba en WhatsApp el alias de ‘Julián’ y que se comunicaba a través de correo electrónico con la cuenta uctcirodney@gmail.com.
En su libreta de contactos mantenía una vía de comunicación directa con el exasambleísta prófugo Ronny Aleaga, uno de los procesados como presunto autor intelectual del asesinato de Villavicencio, a quien tenía guardado bajo la identidad falsa de ‘Roberto Arce’.
Asimismo, la información extraída ratificó que Rengel realizó un viaje hacia Venezuela con el propósito exclusivo de mantener reuniones presenciales con Aleaga.
El hallazgo más contundente fue la recuperación de grabaciones clandestinas identificadas como «Nueva grabación 39» y «40», en las que se registra una reunión del buró de la Revolución Ciudadana (RC).
En esa cita interactuaron el expresidente Rafael Correa, Ronny Aleaga, Freddy Carrión, Priscila Schettini, Suad Manssur, Patricio Pacheco, Juan Andrés González y el propio Rengel. Una pericia de cotejamiento de voces ratificó la participación de todos los personajes.
Además, en el expediente se agregaron fotografías de Rengel junto a Rafael Correa y junto a José Serrano, lo que llevó a los investigadores a concluir contactos presenciales con los dos políticos.
La transcripción detalla cómo los participantes planificaban la generación de una campaña en redes sociales como un mecanismo de defensa para deslegitimar el avance de las investigaciones del caso Magnicidio FV, que involucra a figuras como Aleaga y al exministro Serrano.
En los audios, los interlocutores decían que el caso de Villavicencio era un falso positivo armado por la exfiscal Diana Salazar y destacaban que Rengel, gracias a su experiencia policial, era la pieza perfecta para ayudarles a estructurar la defensa.
Como parte de esta estrategia, Rengel habría inventado una narrativa falsa relacionada con el informe policial del caso Acrópolis, que involucra a la célula de Los Lobos que fue sentenciada como parte de los autores materiales del asesinato de Villavicencio.
El expolicía entregó a miembros del correísmo un reporte afirmando que existían escuchas telefónicas que advertían sobre el atentado contra Villavicencio en el colegio Anderson, intentando culpar a la Policía de negligencia.
Sin embargo, el investigador original del caso Acrópolis, en una versión por el caso Magnicidio FV, desmintió la existencia de dichas escuchas.
En su último testimonio, Rengel habría confesado que la información del caso Acrópolis se la dieron solo verbalmente, que nunca verificó los datos y que mintió para ganar protagonismo (y ‘confianza’) con la gente de Revolución Ciudadana. Fuente: Primicias
Nacionales
Confirman que los ocho cuerpos hallados en la vía Jujan-Babahoyo corresponden a jóvenes desaparecidos de Daule
Los ocho cuerpos encontrados este 3 de junio en un sector de la vía Jujan-Babahoyo fueron identificados como los jóvenes que permanecían desaparecidos desde finales de mayo, según confirmaron sus familiares tras las diligencias realizadas por las autoridades.

La identificación se efectuó en el Laboratorio de Criminalística de Guayaquil, ciudad a la que fueron trasladados los cadáveres luego de su hallazgo en el sector Las Cañitas, ubicado entre las provincias de Guayas y Los Ríos.
Los jóvenes habían sido reportados como desaparecidos desde el 31 de mayo de 2026, fecha en la que salieron desde Daule con destino a Milagro.
Inicialmente, la Fiscalía General del Estado informó que investigaba si los cuerpos encontrados correspondían a los jóvenes desaparecidos y señaló que, junto con la Policía Nacional, se ejecutaron las labores de levantamiento de indicios y procesamiento de la escena.

Crisis de violencia
Antes de que se confirmara la identidad de las víctimas, familiares y allegados protagonizaron jornadas de protesta para exigir avances en la búsqueda y una respuesta de las autoridades sobre el paradero de los jóvenes.
Las manifestaciones se desarrollaron mientras continuaban las labores de rastreo e investigación para determinar qué ocurrió durante el trayecto entre Daule y Milagro.
El caso ocurre en medio de la crisis de seguridad que atraviesa Ecuador, país que se encuentra bajo una declaratoria de conflicto armado interno desde inicios de 2024, en cuyo marco el presidente Daniel Noboa calificó como organizaciones terroristas a una veintena de grupos de delincuencia organizada.

Pese a esas acciones, la violencia continúa siendo uno de los principales desafíos del país. Según cifras oficiales, Ecuador cerró 2025 con alrededor de 9.300 homicidios, el registro anual más alto reportado hasta ahora. Fuente: Vistazo
Nacionales
Estos son los otros siete detenidos en el caso que involucra al alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís
Ocho personas fueron detenidas este 3 de junio de 2026, dentro de una investigación por el presunto delito de lavado de activos, que se centra en el alcalde de Esmeraldas, Vicko Villacís. Los procesados fueron trasladados hasta Quito, en donde enfrentarán la audiencia de formulación de cargos en las próximas horas.
Según el ministro del Interior, John Reimberg, esta presunta estructura de corrupción habría operado atrás de una aparente fachada de legalidad, obteniendo entre USD 15 millones y USD 17 millones de origen presuntamente ilícito.
Aunque aún no se conocen los detalles de la investigación, la autoridad adelantó que hay informes de la Unidad de Análisis Económico y Financiero (UAFE) que respaldan la investigación y apuntan a relaciones del alcalde de Esmeraldas.

Los ocho hombres detenidos en los operativos de este miércoles han trabajado en distintas instituciones en la provincia de Esmeraldas. Ellos son:
- Vicko Villacis Tenorio, alcalde de Esmeraldas desde 2023 por Revolución Ciudadana.
- Luis Reyna Tenorio, hermano del alcalde de Esmeraldas y exadministrador de la Unidad de Negocio Esmeraldas de la empresa pública CNEL.
- Luis Lastre Castillo, funcionario del Ministerio de Vivienda en Esmeraldas, y exfuncionario de la Empresa de Transporte del cantón Esmeraldas.
- Carol Lemos Hurtado, funcionaria del Municipio de Esmeraldas.
- Diego Montaño Tenorio, exayudante en la Unidad Judicial de Atacames.
- Jonathan Monte Bagui, exfuncionario del Consejo de la Judicatura en Esmeraldas.
- Kleber Salcedo Tomalá, exjuez de la Unidad Judicial Multicompetente Civil de Atacames, suspendido temporalmente en 2025 por irregularidades dentro de una causa.
- Jorge Pinos Galindo, juez de Sucumbíos, que fue en 2022 juez temporal de la Unidad Judicial Multicompetente en Atacames
El vínculo empresarial
Según el ministro Reimberg, una parte de la investigación se concentra en la empresa Reypezpacific S.A., que según la Superintendencia de Compañías es una firma dedicada a la comercialización, distribución, compra venta exportación de toda clase de productos pescado, crustáceos y moluscos.
Esta empresa actualmente está en proceso de disolución desde 2025, por no haber presentado su información económica a la Superintendencia desde 2020. Sus accionistas son Vicko Villacís y el esposo de su madre, Luis R. G.; mientras que el gerente es Luis Reyna, hermano del alcalde y también detenido.
En declaraciones a los medios, el ministro Reimberg señaló que esta empresa tendría vínculos con Pezymar Export S.A., una empresa que es procesada por lavado de activos y que estaría «relacionada directamente» con Flavio Leonardo Briones Chiquito, alias ‘Mexicano’.
Este último hombre, alias ‘Mexicano’ fue asesinado en Manta en 2025 y ha sido identificado como presunto financista de la banda criminal Los Lobos.
Los hermanos Villacís y Reyna también son socios en la empresa Reygrouph, que se dedica a actividades relacionadas con la limpieza, y también está en disolución. Fuente: Primicias
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