Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Ecuador cierra acuerdo con la Unión Europea para atraer inversiones en sectores ‘con potencial’
La Unión Europea (UE) y Ecuador cerraron este viernes 23 de enero las negociaciones de un Acuerdo de Facilitación de la Inversión Sostenible (SIFA, por sus siglas en inglés), el primero que negocia el bloque comunitario con un país latinoamericano.
El acuerdo contribuirá a crear un entorno empresarial más transparente y eficiente en Ecuador, al abordar retos como la incertidumbre normativa y los obstáculos burocráticos, aseguró la Comisión Europea (CE) en un comunicado, en el que subrayó que el nuevo pacto será “fundamental para promover las inversiones de la UE en Ecuador”.
“Con este Acuerdo de Facilitación de la Inversión Sostenible, la UE y Ecuador amplían y profundizan su asociación, lo que abre nuevas oportunidades económicas al reforzar la confianza de los inversores y facilitar la inversión donde más importa, por ejemplo, en materias primas esenciales”, manifestó el comisario europeo de Comercio, Maros Sefcovic.
Se puso de relieve que el clima empresarial de Ecuador está mejorando. También se destacó que el acuerdo respeta los compromisos medioambientales y climáticos, así como los derechos laborales, garantizando que la facilitación de las inversiones contribuya a los objetivos de sostenibilidad y al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La Comisión enfatizó que un mejor clima de inversión contribuirá a desbloquear los movimientos en sectores con “un potencial sin explotar”, como las energías renovables.
Además de las disposiciones relativas a las inversiones en toda la economía, el SIFA incluye un anexo, el primero de este tipo, aseguró la Comisión, con disposiciones específicas para la inversión en energía sostenible y materias primas, sectores que aseguró despiertan “especial interés” para los inversores de la UE y Ecuador.
Anunció que la UE apoyará igualmente a Ecuador con un proyecto de 8 millones de euros centrado en mejorar del clima de inversión y la transición energética en Ecuador.
En concreto, el SIFA mejorará la transparencia y la previsibilidad con consultas con las partes interesadas y la publicación en línea de las medidas de inversión, la simplificación de los procedimientos de autorización o ayudas a las pymes.
Por lo que respecta a la sostenibilidad, el acuerdo enmarca el compromiso de no debilitar las leyes medioambientales o laborales con el fin de atraer inversiones, la promoción del desarrollo sostenible y de prácticas empresariales responsables, y la cooperación sobre cambio climático e igualdad de género en relación con las inversiones.
La Comisión y Ecuador seguirán ahora sus respectivos procedimientos para trabajar en la firma formal y la conclusión del acuerdo.
La UE es el mayor socio comercial y de inversión de Ecuador, con una inversión extranjera directa acumulada que alcanzará los 8.200 millones de euros en 2023.
Los sectores que reciben más inversión extranjera directa de la UE son la construcción, los servicios empresariales, el transporte, el almacenamiento y las comunicaciones, y la industria manufacturera, explicó la CE.
El SIFA se basa en el acuerdo comercial existente entre la UE y Ecuador, en vigor desde 2017, y lo complementa, al igual que la cooperación entre las dos partes en el marco de la iniciativa Global Gateway, con la que la Unión quiere impulsar inversiones en todo el mundo. Fuente: Vistazo
Nacionales
Guerra comercial | Ecuador acepta reunión con Colombia para tratar los aranceles
El Gobierno de Ecuador está dispuesto a mantener una reunión con Colombia para tratar la imposición de aranceles, que desató una guerra comercial entre los dos países.
Colombia había realizado una propuesta a Ecuador para mantener una reunión bilateral el 25 de enero. La canciller Gabriela Sommerfeld, quien se encuentra en Bélgica junto al presidente Daniel Noboa, indicó que ese día no es posible el encuentro porque hay otras actividades previstas.
Así se desgastó la relación entre Petro y Noboa, que deriva en una guerra comercial entre Ecuador y Colombia
«Ecuador ha hecho una contrapropuesta de fechas para la siguiente semana, para mantener diálogos», dijo la canciller a medios ecuatorianos, durante una actividad en el Parlamento Europeo, en Bruselas.
Pero Sommerfeld recalcó que en ese encuentro Ecuador insistirá en su postura sobre la seguridad fronteriza.
Ecuador y Colombia atraviesan una crisis comercial que inició cuando el presidente Daniel Noboa anaunció la imposición de una tasa de seguridad o arancel del 30% a las importaciones del país vecino.
Según el presidente Noboa, la medida se toma «ante la falta de reciprocidad y acciones firmes» de Colombia en la lucha contra el narcotráfico. Pero Colombia defiende que sí existe una cooperación entre los dos paíes y enlistó una serie de acciones que se han realizado en conjunto, incluyendo el operativo que permitió la captura de alias ‘Fede’, cabecilla de Los Águilas. Fuente: Vistazo
Nacionales
Colombia suspende la venta de energía eléctrica a Ecuador tras el anuncio de aranceles del 30%
En medio de la tensión por el arancel del 30% que impuso el Gobierno de Ecuador a Colombia, el país vecino anunció este 22 de enero de 2026 la suspensión indefinida de la venta de energía eléctrica.
El Ministerio de Minas y Energía de Colombia expidió una resolución para suspender las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE) con Ecuador «como una medida preventiva orientada a proteger la soberanía y la seguridad energética del país».
¿Cuánto depende Ecuador de la electricidad de Colombia y qué pasará tras el golpe arancelario?
La Cartera de Estado colombiana asegura que la medida se da «en un contexto marcado por la variabilidad climática y las alertas tempranas sobre una posible transición hacia un nuevo Fenómeno de El Niño».
“Cuando se restablezcan las condiciones de seguridad energética y se reconstruya un marco de confianza y buena fe entre ambos países, Colombia estará dispuesta a retomar los intercambios eléctricos», dijo el ministro de Energía de ese país, Edwin Palma.
Además, el funcionario reiteró su rechazo «a las medidas unilaterales impuestas por el gobierno del país vecino y confiamos en que las vías diplomáticas y el diálogo franco permitan superar rápidamente las diferencias entre dos pueblos hermanos».
Ecuador se expone a guerra comercial con Colombia y a una demanda en la CAN por nuevo arancel, dicen empresarios
Este 22 de enero, Colombia también anunció la imposición de un gravamen o arancel del 30% a un grupo de productos ecuatorianos, como «respuesta a la alteración de las condiciones del comercio bilateral», según un comunicado del Ministerio de Comercio de ese país.
La Cancillería de Colombia rechazó la tasa de seguridad anunciada por el presidente Daniel Noboa. Además, hizo «un contundente llamado al Gobierno del Ecuador a desistir de la referida medida».
Además, expresó «su plena disposición para abordar esta situación a través de un diálogo bilateral y constructivo que dé lugar a una resolución amistosa». Fuente: Vistazo
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