Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Daniella Camacho, la jueza de mútiples sentencias a figuras del correísmo
En medio de una nueva sacudida institucional en la función judicial, Daniella Camacho Herold, la jueza más antigua de la Corte Nacional de Justicia, asumió desde este lunes 12 de enero la presidencia temporal del máximo tribunal.
Daniella Camacho es Doctora en jurisprudencia, graduada de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, es Magíster en derecho procesal con mención penal, se desempeñó como fiscal penal de Pichincha, fiscal de asuntos indígenas y exjefa nacional de protección y asistencia a víctimas de la Fiscalía General del Estado. De 2012 a 2018 trabajó como conjueza en la Sala de lo Contencioso Administrativo.
El 26 de enero de 2018 se integró como jueza penal de la Corte Nacional tras encabezar la lista de mujeres con el mejor puntaje del concurso de renovación parcial del Alto Tribunal, desde entonces llevó adelante varias causas de connotación social.
Fue parte del Tribunal que condenó al exministro de energía, Alecksey Mosquera; confirmó la sentencia de seis años de prisión al exvicepresidente, Jorge Glas, en el caso Odebrecht. Dispuso el arresto del expresidente, Rafael Correa, tras llamarlo a juicio por el secuestro del político, Fernando Balda. Intervino en el fallo judicial que derivó en la condena a la exvicepresidenta, María Alejandra Vicuña en el caso Diezmos.
Actuó como integrante del Tribunal que declaró la inocencia de Fernando Alvarado y tres personas más en el caso Secom. Y del que resolvió la nulidad procesal de todo lo actuado en el caso Singue.
Actualmente, está frente al caso Ligados, que investiga a exconsejeros de Participación Ciudadana por presunta asociación ilícita.
A lo largo de su trayectoria en la Corte Nacional, a Camacho se la ha relacionado en distintos momentos con el expresidente del Consejo de la Judicatura, sentenciado por casos de corrupción, Wilman Terán.
Camacho fue quien impulsó su nombre en el Pleno para que fuera incluido en la terna para presidir el Consejo de la Judicatura. Meses más tarde se excusó del caso Metástasis argumentando una amistad íntima con él.
Nacionales
SRI amplía plazos para declarar declaraciones tributarias
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó este martes 13 de enero, que otorgó una prórroga extraordinaria para la presentación de declaraciones y anexos tributarios cuyo vencimiento estaba fijado para el 12 de enero.
La decisión que consta en la resolución NAC-DGERCGC26-000000002, se tomó luego de que la entidad registrara intermitencias en sus plataformas digitales, ocasionadas por el alto volumen de transacciones y de información procesada durante la jornada. Estas fallas impidieron que numerosos contribuyentes pudieran cumplir con sus obligaciones en las fechas señaladas.
La ampliación del plazo se aplicará de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incluye también a los contribuyentes especiales. Según el nuevo cronograma, quienes tengan RUC terminado en 1 y 2 podrán declarar hasta el 21 de enero, mientras que los contribuyentes especiales tendrán plazo hasta el 15 de enero.
El SRI precisó que las declaraciones realizadas dentro de estas nuevas fechas no generarán intereses ni sanciones, siempre que se respeten los plazos establecidos.
La entidad tributaria recomendó a los usuarios verificar con anticipación el calendario correspondiente a su RUC y realizar el trámite con tiempo para evitar nuevos inconvenientes derivados de la alta demanda en los sistemas.
Nacionales
Ministra de Ambiente y Energía confirmó que ya se envió el texto para modificar la Ley de Energía
Inés Manzano, ministra de Ambiente y Energía, explicó que se envió el texto para modificar la Ley de Energía a la Secretaría Jurídica de la Presidencia. La medida se tomó tras la decisión de la Corte Constitucional (CC) que declaró inconstitucional el artículo 25 de esta norma.
En entrevista al programa De Lunes a Lunes, de Teleamazonas, Manzano dijo que se busca reformular los mecanismos de delegación y contratación en el sector eléctrico; sin frenar los ya existentes, pero ajustándolos a las observaciones realizadas por la CC.
En ese marco, mencionó que la idea es dar seguridad jurídica tanto al Estado como a los inversionistas privados.
Críticas a la Corte Constitucional
Manzano también cuestionó a la Corte Constitucional, que trató el tema con rapidez. Para ella, el debate jurídico ha estado atravesado por interpretaciones técnicas deficientes.
“Este es un tema desde el año 2021. Y hay un resorteo y etcétera, entonces cambian y de repente, en menos de un mes, se vuelven expertos eléctricos, pero muy malos expertos eléctricos como otros que yo conozco. Pero en la Corte, realmente, lo que se ve es que no entendieron todo el artículo”, dijo en el medio mencionado.
La ministra adicionalmente aseguró que no se paralizan las delegaciones al sector privado, pero sí deberán replantear algunos procesos.
Hay proyectos en marcha como un ciclo combinado de 340 megavatios a cargo de Celec, que será ejecutado con la empresa italiana Ansaldo. Ese se aprobó el 31 de diciembre de 2025.
¿Habrá apagones?
Inés Manzano fue enfática en que no habrá apagones en el 2026, ya que se han realizado procesos para potenciar la matriz energética. Por ejemplo se ha comprado energía a Colombia y se han repotenciado algunas subestaciones.
Además se recuperaron cerca de 838 megavatios; de ellos, 264 son de la hidroeléctrica Yurimagua. A estos se suman la generación térmica flotante y rehabilitación de centrales.
“Hay que hacer todo lo que tengas en tus manos, porque a mí lo que me importa es que haya energía para todos”, manifestó la titular del ramo.
¿Por qué se pidió a los privados que prendieran sus generadores?
La ministra de Ambiente y Energía dijo que el pedido a las empresas privadas de que prendieran sus generadores es una estrategia para comprarles energía.
“No es obligatorio. Hay que ayudar a la inversión que tienen los privados. Tenemos 470 megavatios de privados que invirtieron en generadores eléctricos”, recalcó Manzano.
El pedido se enmarca en la disposición de Cenace que dice que es voluntario y el único requisito obligatorio es que te califiques para posteriormente recibir la remuneración. “Se les paga; no es gratis”, indicó.
Y aclaró que “No es un pedido de desconexión. Es pedido de que si tienes generador, conéctate. Véndeme energía; así como le compro a Colombia le puedo comprar a los privados y ayudo a quienes hicieron la inversión”.
Mencionó a empresas que ya lo han conectado sus sistemas como Pronaca, Santa Priscila y El Coral. También hay otras en Cuenca.
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