Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Horror en Loja: capturan a una madre por prostituir a su hija de 13 años
Una madre, identificada como Libia O., fue detenida en el sector de Turunuma, en Loja, por prostituir a su hija de 13 años. La mujer tenía otros tres hijos, que también estaban en condición de vulnerabilidad.
El Ministerio del Interior comunicó que, a través de la Unidad Nacional de Investigación contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes de la Policía Nacional, se realizó el operativo ‘Esperanza 2’ tras la alerta de que un grupo de pequeños vivían en condiciones precarias.
Es así como se logró rescatar a cuatro menores de edad, entre ellos, a una recién nacida de nueve meses de edad.
El operativo se desarrolló en coordinación de la Fiscalía General del Estado y OUR RESCUE, una organización que lucha contra la trata de personas y la explotación sexual.

CONDICIONES DE VULNERABILIDAD
En imágenes expuestas por la cadena TC Televisión se observa que las víctimas vivían en condiciones inhumanas: un solo cuarto sin servicios básicos. Además, el pequeño inmueble estaba lleno de ropa y desperdicios.
También, se conoció que la madre obligaba a su hija de 13 años a prostituirse e incluso ella cobraba los montos de dinero por estos actos.
Mientras que otro menor habría sido captado por un grupo criminal para ejecutar delitos.
La mujer se encuentra a órdenes de la justicia para responder por sus actos. Mientras que los menores fueron llevados a casas de acogida. Fuente: Vistazo
Nacionales
Violencia imparable en Manabí: al menos 12 personas fueron asesinadas en un solo día
Violencia imparable en la provincia de Manabí. Al menos 12 personas fueron asesinadas en un solo día en Manta, Montecristi y El Carmen.
Los crímenes ocurrieron el pasado sábado 10 de enero del 2026 en distintas zonas y circunstancias.
El primer hecho sucedió alrededor de las 10:00 en el sector de Tierra Santa, del cantón Montecristi, cuando un grupo de amigos fue atacado a disparos por sujetos desconocidos. Como resultado de la balacera, dos jóvenes de 27 y 15 años fallecieron al intentar huir.
Más tarde, a eso de las 16:00, otro muchacho de 21 años fue acribillado en el barrio Los Artesanos, en ese mismo cantón.
Por otro lado, en la parroquia Tarqui de Manta, alrededor de las 18:00, un sujeto de 31 años estaba observando un partido de fútbol en la cancha de arena de Playita Mía, cuando individuos armados llegaron en camionetas y abrieron fuego contra la víctima. Una persona resultó herida de manera colateral.
A las 19:00, en cambio, se reportó el asesinato de un hombre conocido como ‘Gato’, de 26 años, quien estaba movilizándose en una moto en la parroquia Eloy Alfaro de Manta. Sin embargo, los delincuentes aprovecharon el semáforo rojo para dispararle.
Finalmente, en el barrio Ursa, de la parroquia Tarqui de Manta, dos hombres fueron asesinados dentro de un auto. Los sujetos habrían estado ingiriendo bebidas alcohólicas, pero criminales que se movilizaban en moto les dispararon en múltiples ocasiones.
En total, hasta las 20:00 del sábado, hubo siete asesinados en Manta y Montecristi.

MASACRE EN PROSTÍBULO
Pero la violencia de ese día en la provincia de Manabí no acabó ahí porque en horas de la noche se reportó una masacre en un prostíbulo del cantón El Carmen.
Sujetos arribaron en una camioneta al centro de tolerancia, ubicado en el sector de Santa Teresa, y dispararon indiscriminadamente en contra de los asistentes.
Como resultado, cinco personas murieron y quedaron tendidas en charcos de sangre.
Otras dos personas resultaron heridas y fueron llevadas a una casa de salud, donde se activó el Código Plata para salvaguardar la vida de los pacientes y personal médico. Fuente: Vistazo
Nacionales
Puerto López, Manabí: ¿Quiénes eran los cinco hombres decapitados?
Hay conmoción en Puerto López, provincia de Manabí, por el hallazgo de cinco cabezas humanas en una playa. Las víctimas ya fueron identificadas. Se trata de jóvenes de entre 20 y 34 años.
La mañana de este domingo 11 de enero del 2026, la Policía encontró los restos colgados de unos palos de caña junto a un letrero con un mensaje intimidante dirigido a personas que estarían robando y extorsionando a pescadores.
Hasta el sitio se trasladaron unidades especiales para recabar los primeros indicios que permitan esclarecer este hecho, detalló la institución en un breve comunicado.
La Policía continúa ejecutando operativos para encontrar las otras partes de los cuerpos.

¿QUIÉNES ERAN LAS VÍCTIMAS?
Mientras tanto, las víctimas ya fueron identificadas. Se trata de cinco jóvenes de entre 20 y 34 años.
- Pedro Ángel Mero Muñoz, de 34 años.
- Jorge Luis Quijije Quijije, de 22 años
- Anthony Bartolo Anchundia Figueroa, de 20 años.
- Bernardo Ramón Medranda Mendoza, de 24 años.
- Daniel Xavier Reyes Zambrano.
Por el momento, se conoce que solo Medranda Mendoza tenía antecedentes por tenencia y porte de armas.
OLA DE VIOLENCIA
La provincia de Manabí vive una ola de violencia desde finales del año pasado. El 28 de diciembre de 2025, seis personas fueron asesinadas en un ataque armado registrado en Puerto López, entre ellas una niña de dos años. De forma preliminar, la masacre se atribuyó a la disputa entre grupos criminales que operan en la zona.
Manabí es una de las nueve provincias que están bajo un estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa el pasado 31 de diciembre por el aumento de la violencia.
Solo el sábado se reportaron al menos doce asesinatos en diversos ataques armados registrados en los municipios de Manta, Montecristi y El Carmen.
Ecuador vive desde 2024 bajo un estado de “conflicto armado interno” que declaró Noboa para intensificar la lucha contra el crimen organizado. Sin embargo, el 2025 cerró con un récord de homicidios, al contabilizar en torno a los 9.300, de acuerdo a cifras del Ministerio del Interior. Fuente: Vistazo
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