Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Suspenden por tres años los derechos políticos de Priscila Schettini, asambleísta electa del correísmo

Con cuatro votos a favor y uno en contra, el Tribunal Contencioso Electoral resolvió este jueves suspender los derechos políticos de la asambleísta electa por el movimiento Revolución Ciudadana, Priscila Schettini, por un periodo de tres años.
La sentencia fue resuelta ante la denuncia por presunta violencia política de género con tintes racistas, que la Fiscal General del Estado, Diana Salazar, interpuso en contra de la aspirante al Legislativo del correísmo y la abogada Angélica Porras. En el 2023, ellas impulsaron una iniciativa para que la titular del Ministerio Público renunciara.
La magistrada Ivonne Coloma fue quien votó en contra de las sanción, pues consideró que a las sentenciadas no les fue garantizado el derecho a la defensa.


Fue el juez electoral Fernando Muñoz quien determinó el año pasado que Schettini y Porras cometieron actos de violencia política de género que afectaron la imagen personal y profesional de Salazar con miras a impulsarla a dejar su cargo.
De acuerdo a su sentencia, ambas hicieron publicaciones en redes sociales y medios de comunicación en la que se referían a la fiscal con calificativos como “inepta, incapaz, ignorante, corrupta, 10/20, mentirosa, fraude, ladrona, con problemas en el conocimiento del derecho penal”.
La suspensión de los derechos políticos de Schettini fue ratificada a las puertas de la posesión de la próxima Asamblea Nacional, cuya primera sesión está programada para el próximo 14 de mayo. Fuente: Vistazo
Nacionales
Caso Malvinas: nuevos videos muestran agresiones de militares implicados

Un día antes de que terminara la instrucción fiscal del caso Malvinas, el pasado 30 de abril, las defensas de las víctimas e implicados revisaron una serie de videos en los que se confirma que los cuatro menores recibieron golpes por parte de algunos militares, los cuales podrían configurar en tortura.
Entre el domingo 27 y el lunes 28 de abril se llevó a cabo la segunda reconstrucción de los hechos solicitada por cinco de los 17 militares implicados. Ellos se acogieron a la cooperación eficaz y narraron una serie de agresiones que habrían cometido sus compañeros contra las víctimas.
En un camino de tercer orden, ubicado en la parroquia Taura (Naranjal), uno de los cooperantes relató que un militar se grabó mientras golpeaba a dos adolescentes.
Con este indicio, la Fiscalía solicitó extraer información de un celular marca Redmi color azul.
La audiencia para revisar el dispositivo se desarrolló el 30 de abril de manera reservada entre los abogados del caso, pero ya se conoce detalles de aquella diligencia.

¿QUÉ HABÍA EN EL VIDEO?
Abraham Aguirre, abogado de las familias de las víctimas, comentó a Vistazo que en el video, grabado por uno de los uniformados, se observa a dos adolescentes “en posición fetal con las manos en la cara” mientras son golpeados.
Agregó que inclusive en el celular analizado hay un selfie en la que se observa al subteniente John Henrry Z. E.
Los abogados también observaron los videos de las cámaras de seguridad de la vía Durán-Tambo, la ruta que tomaron las dos patrullas para llegar a Taura. En el peaje de esa carretera “se ve claramente que los militares les pegan”, indica Aguirre.
En la audiencia también se revisó información contenida en un pendrive entregado por el teniente coronel Juan Francisco I. M.
“En el dispositivo había hojas de ruta, con las que la defensa del procesado daba a entender que el teniente coronel sí habría informado a los altos mandos sobre la captura de los tres adolescentes y el niño”, detalló el jurista perteneciente al Comité Permanente de Derechos Humanos (CDH).

PODRÍAN IR A JUICIO
La Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó este jueves, primero de mayo, la fecha y hora para la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio por presunta desaparición forzada contra 17 militares.
El anuncio llegó una vez terminada la instrucción fiscal, que debía culminar el 31 de marzo, pero se extendió por la vinculación del teniente coronel Juan Francisco I. M., quien habría levantado prendas de las víctimas tres días después de la desaparición sin la debida cadena de custodia.
Se espera que los cinco uniformados, que forman parte de la cooperación eficaz, brinden más detalles en las próximas etapas del proceso judicial, ya que tendrían que dar sus testimonios anticipados. Fuente: Vistazo
Nacionales
¿Cuánto costará el cacao, el oro y el petróleo en 2025? Esto proyecta el Banco Mundial para estos productos clave de Ecuador

El Banco Mundial prevé una caída en el precio del petróleo en 2025 y 2026, del cual dependen la economía y el presupuesto estatal de Ecuador, pero el país se beneficiaría con un alza de los precios del cacao y el oro, en medio de un escenario volátil por las tensiones comerciales globales.
Según su informe Perspectivas del Mercado de Materias Primas (descargue aquí el documento), publicado este 29 de abril de 2025, el Banco Mundial prevé que los precios de la energía caigan un 17% en 2025 y en un 6% en 2026.
De hecho, el multilateral calcula que el precio del petróleo tipo Brent (de referencia para Europa) promedie los USD 64 por barril en 2025.
Esto es una caída de USD 17 respecto al último año. Para 2026, el multilateral prevé que el precio esté en USD 60 por barril en 2026.
Lea: La incertidumbre ronda precios del cacao y el chocolate ¿Qué esperar en 2025?
Golpe al presupuesto de Ecuador
Y es que las tensiones comerciales por la política de aranceles de Donald Trump amenazan con disminuir el crecimiento global.
Esto tendrá un golpe en Ecuador, cuya economía y presupuesto general del Estado dependen de los ingresos petroleros. En 2024, el sector generó ingresos por USD 15.000 millones, que representaron un 12% de la actividad económica del país.
Lea: ¿Cuánto pesa el petróleo en la economía de Ecuador?
Para financiar su presupuesto estatal, Ecuador necesita un precio de USD 63,7 por barril, pero actualmente se vende en USD 56,49 por barril considerando que recibe un castigo o descuento por ser de menor calidad frente a su crudo referente, el WTI.
Aunque si se promedian los precios de los tres primeros meses, el crudo ecuatoriano se ha vendido a un promedio de USD 64,6 por barril, todavía por encima de la proyección de presupuesto del Estado.
Para el banco de inversión británico Barclays, si los precios del petróleo siguen en el rango de los USD 60 por barril o menos, hay riesgo de que los ingresos petroleros de Ecuador se reduzcan en, al menos, unos USD 1.000 millones en 2025.
El precio del cacao crecerá 9% en 2025
En contrataste, las materias primas agrícolas tendrán un buen desempeño, proyecta el Banco Mundial, y el cacao será uno de los ganadores, con un aumento sostenido en su precio.
El precio proyectado por el Banco Mundial es de USD 8.000 por tonelada en promedio durante 2025 frente a USD 7.330 la tonelada en 2024, esto es, un aumento del 9,1% anual.
Ayer, 28 de marzo de 2025, la tonelada del cacao se cotizó en casi USD 9.000 por tonelada.
Ecuador, el principal productor de América Latina, está aprovechando un entorno en el que los países africanos como Ghana y Costa de Marfil han visto disminuir su oferta por eventos climáticos severos y enfermedades en los cultivos.
El buen momento de precios permitió al cacao ecuatoriano trepar en el ranking de productos no petroleros de mayor exportación de Ecuador, pasó del quinto lugar en 2022 al tercer lugar en 2024.
Y entre enero y febrero de 2025, el cacao ya se convirtió en el segundo producto de mayor exportación, desplazando al banano que ahora está en tercer lugar.
¿Y el oro y el cobre?
En cambio, el Banco Mundial prevé que los precios de los metales y minerales bajen en un 10% anuales en 2025, pese al alza de precios de algunas materias primas como el oro.
De hecho, después de alcanzar un récord en 2024, el oro está listo para subir de nuevo este año antes de estabilizarse en 2026.
Se espera que los precios del oro se mantengan durante los años 2025 y 2026 un 150% por encima de su promedio alcanzado entre 2015- 2019. Todo esto, sostenido por una fuerte demanda del activo visto por los inversionistas como refugio seguro, en medio de la incertidumbre provocada por las políticas comerciales del presidente de Estados Unidos, Donald Trump.
En cambio, los precios del cobre tendrán una caída del 10% en 2025, según proyecciones del Banco Mundial. En caso de una recesión más marcada, la caída será del 19%.
Las exportaciones de metales (principalmente, oro y cobre) sumaron USD 3.075 millones en 2024, que se explica sobre todo por los envíos al exterior de la producción de las dos minas a gran escala que tiene el país en explotación:
Fruta del Norte, a cargo de Aurelian, subsidiaria de la canadiense Lundin Gold. La mina de oro está ubicada en Zamora Chinchipe.
Mirador, a cargo Ecuacorriente, empresa de capitales chinos. La mina es de cobre y también está en Zamora Chinchipe.
Un escenario volátil
A pesar de las diferencias entre grupos de productos, el Banco Mundial advierte que en el período pospandemia de Covid-19 las materias primas experimentaron una volatilidad récord, y los ciclos mostraron diferencias significativas en comparación con los anteriores, presentando períodos de auge cada vez más intensos.
En 2023-y 2024, los precios de los productos básicos han disminuido algo, pero siguen superando los niveles previos a la pandemia.
Según el multilateral, este cambio parece estar impulsado por una confluencia de eventos adversos, incluida la pandemia mundial, recesión, desastres naturales y conflictos geopolíticos, y tendencias a largo plazo como la transición energética y creciente fragmentación geoeconómica.
Más recientemente, en medio de una mayor incertidumbre global, políticas comerciales cambiantes y un crecimiento moderado, las perspectivas de los precios de las materias primas han experimentado renovadas fluctuaciones.
Finalmente, el Banco Mundial proyecta que la volatilidad en los mercados de materias primas seguirá siendo elevada.
Así, los precios de las materias primas caerá en un 12% en 2025 y en 5% para 2026, aunque en precios nominales siguen por encima de los valores del período 2015-2019, dice el Banco Mundial. Fuente: Primicias
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