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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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La Tertulia Jurídica analizó la Acción de Incumplimiento y la Acción por Incumplimiento con la participación del Dr. Amílcar Alexander Barahona Néjer

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En una nueva edición del programa Tertulia Jurídica, se desarrolló un análisis académico de alto nivel sobre la Acción de Incumplimiento y la Acción por Incumplimiento, figuras constitucionales claves para el control del poder público y la vigencia de los derechos fundamentales en el Ecuador. El espacio contó con la participación del Dr. Amílcar Alexander Barahona Néjer, destacado jurista, docente universitario y especialista en Derecho Constitucional y Derechos Humanos.

Trayectoria académica y profesional del ponente
El Dr. Barahona Néjer es abogado de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Posee una maestría en Derecho Constitucional y una especialización en Derechos Humanos, ambos obtenidos en la Universidad Andina Simón Bolívar, institución en la que actualmente se desempeña como docente de Derechos Humanos.

Además, cuenta con una maestría en Derecho de Familia e Infancia por la Universidad de Barcelona (España), y es PhD en Derecho por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona.

Su experiencia profesional incluye un importante periodo de trabajo en la Corte Constitucional del Ecuador entre 2014 y 2022, donde participó en varias etapas de renovación institucional. Posteriormente, prestó servicios en el Consejo de la Judicatura, ocupando distintos cargos administrativos y técnicos.

Como docente universitario, ha impartido cátedras en instituciones como la Universidad de Otavalo, Universidad Indoamérica, Universidad de Especialidades Espíritu Santo, Universidad Católica de Cuenca, Universidad Católica de Ambato, Universidad CEG, Universidad de la SUAE y otras. Actualmente mantiene actividad académica en varias de estas casas de estudio.

Paralelamente, sostiene una práctica activa como abogado litigante, enfocada en la defensa de personas naturales en casos relacionados con derechos constitucionales y garantías jurisdiccionales.

Contenido central de la ponencia
Durante su intervención, el jurista expuso una reflexión amplia sobre los fundamentos del constitucionalismo, el rol de la Corte Constitucional y la necesidad de fortalecer la aplicación efectiva de la Constitución vigente.

Destacó que la Carta Magna ecuatoriana es un instrumento concebido para reconocer derechos, limitar el poder y garantizar el acceso a la justicia, especialmente para grupos históricamente excluidos: trabajadores, comunidades indígenas, diversidades, campesinos y sectores vulnerables.

El Dr. Barahona explicó que la Acción de Incumplimiento y la Acción por Incumplimiento constituyen herramientas esenciales para asegurar que las instituciones del Estado cumplan con las disposiciones constitucionales y con los compromisos establecidos en sentencias, políticas públicas o instrumentos internacionales. “La Constitución está escrita para proteger a la ciudadanía frente a los abusos del poder, y por eso su cumplimiento es un deber primario de las instituciones gubernamentales”, señaló.

Asimismo, enfatizó que los derechos deben constar en la Constitución porque las leyes ordinarias —donde se establecen los deberes ciudadanos— pueden modificarse más fácilmente por mayorías circunstanciales, mientras que la Constitución actúa como un límite al poder estatal.

Análisis histórico-comparado
El ponente incorporó ejemplos del constitucionalismo estadounidense, como los casos “La Amistad”, Plessy vs. Ferguson y Brown vs. Board of Education, para ilustrar el papel contramayoritario de las cortes constitucionales y su responsabilidad en frenar abusos, garantizar la igualdad y ampliar libertades fundamentales.

Estos ejemplos permitieron comprender cómo la independencia judicial es esencial para evitar que las mayorías políticas vulneren derechos, y para asegurar que las cortes actúen como contrapesos efectivos frente al poder ejecutivo y legislativo.

La Constitución como ruta de soluciones
El Dr. Barahona argumentó que los principales desafíos del país —como el acceso al trabajo digno, educación de calidad, salud adecuada y reducción de desigualdades— no requieren una nueva Constitución, sino acciones concretas que permitan aplicar plenamente la ya existente.
“El incumplimiento de derechos no es culpa de la Constitución, sino de quienes deben ejecutarla”, afirmó al referirse a la responsabilidad directa del Estado en garantizar servicios básicos y políticas públicas eficientes.

Conclusiones
La jornada dejó claro que la Acción de Incumplimiento y la Acción por Incumplimiento son mecanismos indispensables para exigir la vigencia de derechos y el respeto a los límites constitucionales del poder público. El análisis del Dr. Barahona reafirmó la importancia de fortalecer el constitucionalismo, la independencia judicial y el acceso de la ciudadanía a defensas jurídicas de calidad.

La Tertulia Jurídica continúa consolidándose como un espacio de formación y debate que promueve el conocimiento jurídico especializado y la reflexión crítica sobre el sistema constitucional ecuatoriano.

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Agenda de viaje del presidente Noboa a Estados Unidos fue «confidencial» y se enfocó en dos temas, sostuvo el Secretario General de Integridad Pública

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El último viaje del presidente Daniel Noboa a Estados Unidos, tras la victoria del ‘No’ en la consulta popular y referéndum del 16 de noviembre, se realizó bajo un completo hermetismo.

El Gobierno de Ecuador no compartió la agenda del primer mandatario ni los resultados de la visita oficial, como usualmente lo hace.

José Julio Neira, secretario general de Integridad Pública, quien acompañó al presidente Noboa a Estados Unidos, se refirió brevemente a los objetivos de ese viaje, durante una entrevista con el programa De Lunes a Lunes, de Teleamazonas.

La noche del 24 de noviembre, Neira fue uno de los invitados al programa y explicó que Estados Unidos «es un socio estratégico para Ecuador», en lo comercial y en seguridad.

«El presidente tenía que realizar ese viaje para tener reuniones y su agenda fue categorizada confidencial, pero son viajes para estrechar esas relaciones comerciales y de seguridad», explicó Neira.

El decreto ejecutivo donde el mandatario anunciaba que estaría de viaje en Estados Unidos entre el 18 y 20 de noviembre no detallaba el propósito del viaje, y desde la Presidencia tampoco hubo respuesta a los pedidos de periodistas de información sobre la agenda que cumpliría el jefe de Estado.

Pero José Julio Neira aseguró que el primer mandatario estuvo en Nueva York. Se conoció que el primer mandatario viajó a bordo del avión presidencial de Ecuador, desde Quito al aeropuerto de Teterboro, ubicado a 20 kilómetros de Manhattan, el mismo desde donde retornó en la noche del jueves 20 de noviembre. Fuente: Primicias

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Solo la mitad del presupuesto de Salud y Educación se ha usado a un mes de que termine 2025

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Falta un poco más de un mes para que termine 2025 y aunque el Gobierno de Daniel Noboa ha destacado que ya se ha usado el 73% del Presupuesto del Estado, algunos de los sectores prioritarios no llegan ni al 55%.

Y sí, de los USD 41.338 millones previstos para sostener el Presupuesto del Estado 2025, hasta el 23 de noviembre ya se han usado el 73%: USD 30.287 millones.

Sin embargo en salud y educación, el porcentaje de ejecución es más bajo.

En el caso del Ministerio de Salud, hasta el 23 de noviembre se ha usado el 45% del presupuesto total asignado.

Y en el Ministerio de Educación se ha ejecutado el 53% de lo asignado para todo el año.

Otros ministerios clave, por su peso en el Presupuesto, como el de Infraestructura (antes MTOP) y el de Energía también tienen una ejecución menor al 60%, cuando ya está por terminar el año.

No obstante, los presupuestos para el sector de seguridad y para el Ministerio de Desarrollo Humano sí tienen una ejecución superior al 70%.

Este último, sobre todo, debido a que el gobierno de Noboa hizo una fuerte inyección de gasto público en bonos sociales y compensaciones por la eliminación del subsidio al diésel y en momentos de campaña electoral.

¿Qué pasa con los presupuestos de salud y educación?
Fausto Ortiz, exministro de Finanzas, explica el porqué de la baja ejecución en salud y educación

Se debe a que los gobiernos de turno ponen en el presupuesto inicial el monto de aumento anual que manda la Constitución para los dos sectores, pero en la práctica a lo largo del año, el dinero no se usa por completo y el aumento queda en el papel, dice el exministro.

«No debería ser así, la Constitución dice que se debe aumentar, pero lo que ocurre cada año es que no se usa todo el dinero y al final no hay tal aumento» Fausto Ortiz, exministro de Finanzas.

Ortiz explica que en los últimos años, el Ministerio de Finanzas ha incluido el monto de aumento que dispone la Constitución en la cuenta: «Bienes de larga duración».

Y es precisamente esa la cuenta que hasta ahora muestra la más baja ejecución en los dos ministerios.

En el caso del Ministerio de Salud, en su presupuesto se asignaron USD 2.112 millones a la cuenta de bienes de larga duración. Solo se han usado USD 25 millones de ese dinero hasta el 23 de noviembre.

Y en el Ministerio de Educación, dentro de su presupuesto se asignaron USD 1.854 millones, pero solo se han usado USD 7 millones hasta el 23 de noviembre.

Mathias Haas, consultor senior de la empresa Inteligencia Empresarial, explica que la baja ejecución de presupuesto en estos dos sectores tiene efectos directos en la economía.

«Más ejecución en el Ministerio de Salud significa menos desabastecimiento y menor presión sobre emergencias. Un país saludable es un país productivo». Mathias Haas, economista.

Y añade que en el caso de la educación, «los recursos bien ejecutados en mantenimiento, escuelas e insumos elevan la asistencia, crean entornos seguros y fortalecen el aprendizaje. Esto sostiene el crecimiento económico a largo plazo».

¿En qué se ha usado el dinero del Estado hasta ahora?
Haas añade que un problema es que la estructura del presupuesto ecuatoriano es muy rígida, pues la mayor parte del dinero público ya está comprometido.

«Deja muy poco margen operativo para inversión en obra y para la ejecución de programas nuevos o ampliados», añade.

De hecho, casi la mitad de esos recursos se ha destinado a sueldos de los funcionarios públicos y al pago de deuda interna y externa.

El pago de salarios a los funcionarios públicos representa el 28% de lo que se ha usado hasta el 23 de noviembre del Presupuesto del Estado 2025.

Por eso, entidades cuyo presupuesto está principalmente compuesto por el rubro de salarios son los que tienen mejor ejecución, como en el caso de la Policía Nacional, que ha ejecutado el 84% de lo asignado.

Le sigue lo destinado a deuda púbica. Los pagos de las cuotas de préstamos (amortizaciones) representan el 21% de lo que se ha usado del  Presupuesto del Estado.

Tanto el pago de sueldos como de la deuda pública son rubros que los gobiernos normalmente tratan de pagar a tiempo, mientras otros rubros suelen tener menos ejecución por la falta de ingresos, entre ellos, la inversión en obra pública, explica Ortiz.

Incurrir en altos atrasos en salarios provocaría dificultades en el funcionamiento del Estado, pero también tendría un alto costo político y social para el Gobierno, pues se arriesgaría a protestas y paralizaciones de servicios.

La última vez que el Estado tuvo problemas para pagar a tiempo sueldos de funcionarios públicos fue en noviembre de 2023, en medio de la transición del gobierno de Guillermo Lasso al de Daniel Noboa, por la severa crisis de liquidez que vivía el país.

Noboa tuvo que hacer un préstamo de emergencia al banco público CFN y se anunciaron cronogramas de pago.

Y en el caso de la deuda pública, si el Estado cae en mora incurriría en lo que se conoce como ‘default’.

En ese escenario, al país le resultaría mucho más costoso y difícil conseguir nuevos préstamos para financiar los gastos del Estado que no alcanzan a cubrirse cada año con ingresos regulares como venta de petróleo o cobro de impuestos.

Para 2026, por ejemplo, Ecuador necesita contratar préstamos por USD 12.999 millones.

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