Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
Organizaciones políticas de Loja tienen plazo hasta el 12 de julio para formalizar aceptación de precandidaturas
Las organizaciones políticas de la provincia de Loja que realizaron sus procesos de democracia interna mediante la modalidad virtual deberán completar, hasta el próximo 12 de julio, la formalización de la aceptación de sus precandidaturas, como parte del cronograma electoral establecido para el proceso de inscripción de candidaturas.
Así lo informó Luis Cisneros Jaramillo, director de la Delegación Provincial Electoral de Loja, quien explicó que este procedimiento corresponde exclusivamente a las organizaciones políticas cuyos procesos de democracia interna se desarrollaron de manera virtual entre el 18 de junio y el 2 de julio.
El funcionario precisó que las personas seleccionadas como precandidatas deberán acudir de forma presencial a las instalaciones de la Delegación Provincial Electoral de Loja para suscribir el acta de aceptación de la precandidatura, requisito indispensable para continuar con el proceso de inscripción de candidaturas dentro de los plazos establecidos por el calendario electoral.
Cisneros señaló que este procedimiento constituye una etapa obligatoria para validar oficialmente la voluntad de quienes fueron designados durante las elecciones internas de sus respectivas organizaciones políticas.
Participación de organizaciones políticas
De acuerdo con la información proporcionada por la Delegación Provincial Electoral, en la provincia de Loja 22 organizaciones políticas cumplieron con sus procesos de democracia interna para la selección de precandidatos.
La distribución corresponde a:
• 11 organizaciones políticas de carácter nacional.
• 4 organizaciones políticas de ámbito provincial.
• 6 organizaciones políticas cantonales.
• 1 organización política parroquial.
Estas organizaciones desarrollaron sus procesos internos dentro del período comprendido entre el 18 de junio y el 2 de julio, conforme al cronograma aprobado por el órgano electoral.
Cumplimiento del calendario electoral
La Delegación Provincial Electoral de Loja recordó que el cumplimiento oportuno de esta fase permite garantizar la transparencia, legalidad y seguridad jurídica del proceso electoral, al asegurar que las personas designadas ratifiquen formalmente su participación antes de avanzar a las siguientes etapas previstas por el Consejo Nacional Electoral.
Nacionales
Juan Gonzaga: «La universidad para Zamora Chinchipe sigue en marcha»
El asambleísta por la provincia de Sucumbíos, Juan Gonzaga, expresó su solidaridad con las familias afectadas por el aluvión ocurrido en el sector de Kantzama, parroquia Guadalupe, cantón Zamora, provincia de Zamora Chinchipe, durante una entrevista concedida a Diario El Amazónico. En el diálogo también presentó una actualización sobre el estado del proyecto para la creación de una universidad pública en Zamora Chinchipe.
Al inicio de la entrevista, el legislador manifestó sus condolencias por la emergencia que enluta a la provincia amazónica y destacó el sacrificio de quienes perdieron la vida mientras participaban en labores de respuesta y auxilio.
“Quiero expresar mi solidaridad con esta desgracia natural que afecta a la hermana provincia de Zamora Chinchipe y mi sentido pesar a los familiares de quienes perdieron la vida, tanto ciudadanos del sector como funcionarios que cumplían actividades oficiales de atención y auxilio durante la emergencia”, señaló Gonzaga.
El asambleísta afirmó que el dolor provocado por esta tragedia es compartido por toda la Amazonía ecuatoriana y recordó que la región enfrenta permanentemente fenómenos naturales derivados de sus condiciones geográficas y climáticas.
Causas del aluvión: llama a una investigación técnica
Durante la entrevista, Gonzaga fue consultado sobre las versiones difundidas en algunos medios nacionales que relacionan el aluvión con presuntas actividades de minería. En respuesta, sostuvo que atribuir responsabilidades sin una investigación técnica sería apresurado.
Indicó que los factores que originan un desastre natural pueden responder a múltiples variables y que no necesariamente están vinculados con actividades extractivas.
«Puede ser que sí, puede ser que no», expresó al referirse a la hipótesis sobre la minería, insistiendo en que corresponde a los organismos competentes establecer las causas reales del deslizamiento.
El legislador enfatizó que la prioridad debe centrarse en fortalecer los sistemas de prevención y gestión de riesgos, especialmente en la Amazonía, donde las intensas lluvias y la variabilidad climática incrementan la vulnerabilidad de las comunidades.
En ese contexto, señaló que la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos debe reforzar sus mecanismos de monitoreo, alerta temprana y prevención para reducir el impacto de futuros eventos naturales.
Universidad para Zamora Chinchipe continúa en proceso
Uno de los temas centrales de la entrevista fue el avance del proyecto para la creación de una universidad pública destinada a las provincias de Zamora Chinchipe y Sucumbíos.
El legislador explicó que actualmente existe una comisión para dar seguimiento al proceso, presidida por la asambleísta Esperanza Rogel.
Recordó que la elaboración de los proyectos fue encargada a la Universidad Estatal Amazónica (UEA) como entidad promotora, mientras que en los casos de Morona Santiago y Orellana la responsabilidad recayó en la Escuela Superior Politécnica de Chimborazo (ESPOCH).
Gonzaga informó que los primeros proyectos para Zamora Chinchipe y Sucumbíos fueron archivados por incumplir los requisitos técnicos establecidos en el artículo 109 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), debido a observaciones relacionadas con la planificación institucional, la oferta académica, la infraestructura, la sostenibilidad financiera y otros componentes exigidos por la normativa.
Precisó que los nuevos proyectos fueron ingresados durante el mes de junio de 2026 y actualmente permanecen en análisis por parte del Consejo de Educación Superior (CES), organismo encargado de emitir las observaciones técnicas que posteriormente deberán ser incorporadas por la Universidad Estatal Amazónica.
Una universidad con identidad amazónica
Para Gonzaga, la creación de una universidad no debe limitarse a la construcción de infraestructura física o a la entrega de títulos profesionales. El asambleísta sostuvo que la nueva institución debe convertirse en un centro de investigación científica, innovación y desarrollo regional, con una oferta académica orientada a responder a las necesidades específicas de la Amazonía.
Asimismo, indicó que la futura universidad deberá fortalecer áreas relacionadas con el desarrollo agrícola, la protección ambiental, la biodiversidad, las actividades productivas y el estudio de las particularidades sociales y culturales de las provincias amazónicas. En su criterio, la institución deberá formar profesionales comprometidos con el territorio y generar conocimiento que contribuya al desarrollo sostenible de la región.
Ubicación de la universidad deberá definirse técnicamente
Respecto a la ubicación de la futura universidad en Zamora Chinchipe, Gonzaga manifestó que esta decisión no debe responder a intereses políticos ni generar divisiones entre cantones. Explicó que será el Consejo de Educación Superior (CES), mediante estudios técnicos especializados, el organismo encargado de determinar el lugar más adecuado considerando aspectos como seguridad geológica, cobertura estudiantil, acceso, disponibilidad de servicios básicos y viabilidad territorial.
Reconoció que anteriormente existieron diferencias entre autoridades y actores políticos sobre la ubicación del campus universitario, situación que, a su criterio, retrasó el avance del proyecto.
Financiamiento y sostenibilidad
En materia financiera, el legislador explicó que el proyecto actualizado contempla una inversión aproximada de 23 millones de dólares.
Sin embargo, señaló que, conforme al artículo 60 de la Ley Amazónica, la concurrencia económica prevista alcanza entre 11 y 12 millones de dólares, por lo que aún será necesario gestionar recursos adicionales por un monto similar mediante el Ministerio de Finanzas para garantizar su ejecución.
Participación ciudadana
Finalmente, Gonzaga invitó a profesionales, docentes, técnicos, estudiantes y ciudadanía de Zamora Chinchipe a participar activamente cuando el CES emita las observaciones al proyecto.
Consideró que la construcción de la universidad debe realizarse con participación social, incorporando criterios técnicos provenientes del territorio para consolidar una institución sólida, sostenible y alineada con las necesidades del desarrollo amazónico.
El asambleísta concluyó señalando que, pese a los retrasos y observaciones técnicas registradas en el proceso, existen expectativas favorables para que la provincia de Zamora Chinchipe logre concretar, en los próximos años, una universidad pública propia que fortalezca la educación superior y contribuya al desarrollo integral de la Amazonía ecuatoriana.
Nacionales
Gasolinas Extra y Ecopaís: Daniel Noboa reforma el mecanismo de precios y anuncia una reducción
El presidente de la República, Daniel Noboa, reformó el mecanismo para fijar los precios de las gasolinas Extra y Ecopaís con el objetivo de reducir el impacto por las alzas internacionales del petróleo.
De acuerdo con el Ejecutivo, la aplicación de este ajuste al sistema de estabilización de precios de las gasolinas Extra y Ecopaís permitirá que, durante la actualización correspondiente a este mes de julio, se registre una reducción en el precio de los combustibles.
De esta manera, cuando existan fluctuaciones temporales en los precios internacionales, se podrán amortiguar sus efectos sobre el precio final de los combustibles.
Los precios actuales de los combustibles entraron en vigencia desde el 12 de junio de 2026. El diésel pasó de USD 3,10 a USD 3,25 por galón, mientras que las gasolinas Extra y Ecopaís aumentaron de USD 3,16 a USD 3,31 por galón.
En el caso de la gasolina Súper, cuyo precio está liberalizado y depende de las condiciones del mercado internacional, el valor se incrementó de USD 4,81 a USD 5,60 por galón.
Estos precios estarán vigentes hasta el 11 de julio de 2026. A partir del 12 de julio entrará en vigor una nueva actualización mensual, que, de acuerdo con el Gobierno, reflejará una reducción en los precios como efecto de la reforma.
Por último, el Gobierno informó que a través del Ministerio de Ambiente y Energía se garantiza el normal abastecimiento de combustibles en todo el país.
Por su parte, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) continuará ejecutando controles para verificar el abastecimiento, el cumplimiento de los precios vigentes y la calidad de los combustibles en las estaciones de servicio del territorio nacional. Fuente: Vistazo
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