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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Esposo de Mónica Luzuriaga, hallada sin vida, denuncia sobrecarga laboral

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La búsqueda de Mónica Paulina Luzuriaga Velasco terminó con un desenlace trágico.

La funcionaria del Ministerio de Educación, Deporte y Cultura, reportada -por su esposo Carlos Molina- como desaparecida desde la noche del 27 de julio, fue encontrada sin vida al día siguiente en el norte de Quito.

El caso, que inicialmente movilizó una intensa búsqueda de familiares y amigos, ahora suma un nuevo elemento: las denuncias de su esposo sobre una presunta 2sobrecarga y mal ambiente laboral» que, según sostiene, afectó gravemente la salud emocional de la trabajadora.

Las investigaciones continúan y la Policía aún no ha determinado oficialmente qué provocó su muerte.

¿Quién era Mónica Luzuriaga?

Mónica Luzuriaga tenía 38 años y trabajaba en el área de Compras Públicas del Ministerio de Educación.

Según relataron sus familiares, el lunes salió de las oficinas de la cartera de Estado, ubicadas en Iñaquito, con destino a su vivienda en El Ponciano, un trayecto que realizaba con frecuencia. Sin embargo, nunca llegó a su casa.

Su desaparición fue denunciada durante la madrugada del martes y comenzó una búsqueda que concluyó horas después con el hallazgo de su cuerpo.

Una llamada fue el último contacto con su familia

Carlos Molina dijo que habló por última vez con su esposa a las 19:25 del 27 de julio.

Durante esa conversación, ella le comentó que había salido del trabajo y que regresaba a casa. Cinco minutos después dejó de contestar llamadas y su teléfono permaneció apagado.

Compañeros de trabajo señalaron que Mónica acostumbraba movilizarse en bicicleta y que normalmente utilizaba las avenidas Amazonas o 10 de Agosto para regresar a su domicilio.

El esposo denuncia acoso laboral

Tras confirmarse el fallecimiento, Carlos Molina aseguró a El Telégrafo que su esposa enfrentaba una carga laboral que excedía la jornada normal de trabajo.

Mi esposa estaba demasiado saturada de trabajo».

Según relató, incluso el domingo por la noche, cuando ya debía descansar, seguía recibiendo mensajes relacionados con su trabajo.

Imagínese usted que el domingo, a las 21:30, seguía recibiendo mensajes cuando ya era hora de dormir».

El esposo también afirmó que Mónica debía atender asuntos laborales aun cuando oficialmente había iniciado su período de vacaciones.

No entiendo cómo es posible que mi esposa, estando en vacaciones desde el lunes, terminara en la oficina y todavía trabajando fuera del horario normal. Es acoso».

Pide explicaciones al Ministerio de Educación, Deporte y Cultura

Carlos Molina reveló que, la tarde del 28 de julio, mantuvo una reunión con funcionarios de la cartera de Estado en la que trabajó su esposa. Según dijo, la institución le informó que abrirá una investigación interna.

Sin embargo, anunció que solicitará explicaciones formales a las autoridades

Voy a escribir a la ministra para que me dé una explicación técnica y jurídica de por qué llevaron a una persona a un estrés crónico».

Hasta el momento de esta publicación, el Ministerio de Educación no se ha pronunciado públicamente sobre estas declaraciones.

Un duelo familiar que aún no terminaba

El esposo también relató que Mónica atravesaba un proceso emocional complejo por la muerte reciente de su hermano. Explicó que ella fue quien encontró el cuerpo cuando ocurrió ese hecho y que esa experiencia la afectó profundamente.

Según Molina, en las últimas semanas ella hablaba constantemente de su hermano y manifestaba sentimientos de culpa.

Últimamente comenzó a publicar muchas fotos de su hermano. Me decía que se sentía culpable».

También recordó que insistía para que descansara.

Yo le decía que así como tenemos deberes, también tenemos derechos, y uno de ellos es el descanso, pero ella temía ser despedida. Nosotros tenemos un préstamo por la casa que compramos».

¿Dónde fue encontrada?

Carlos Molina explicó que fue convocado por la Policía hasta un hotel en el norte de Quito y que nunca vio directamente el cuerpo de su esposa.

Los agentes únicamente le informaron que el personal del hotel la encontró cuando ingresó a la habitación al no obtener respuesta durante la hora de salida.

El esposo indicó que, de acuerdo con la información preliminar que recibió de los investigadores, no se observaron signos evidentes de violencia.

La investigación sigue abierta

La Policía Nacional continúa con las diligencias para establecer qué ocurrió.

Carlos Molina señaló que preguntó a los investigadores si existían indicios de consumo de alcohol u otras sustancias, pero le respondieron que esa información dependerá de los resultados de Medicina Legal.

Respecto a la posibilidad de que se trate de un suicidio, el esposo aclaró que se trata únicamente de una hipótesis personal basada en el estado emocional de Mónica y en los antecedentes familiares.

Las investigaciones dirán eso al final».

Hasta ahora, ninguna autoridad ha confirmado oficialmente la causa de la muerte. Fuente: El Telégrafo

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Cañar: Hallan siete cuerpos calcinados en hacienda que presuntamente pertenecería a cabecilla de Los Águilas

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Siete cuerpos calcinados fueron hallados en una hacienda de la provincia de Cañar que, de acuerdo a reportes preliminares, pertenecería a Carlos Alberto Suástegui Villanueva, alias ‘Cachetón’, presunto cabecilla de la organización delictiva Los Águilas, asesinado el pasado 17 de junio en Guayaquil.

El crimen fue descubierto en la madrugada de este martes, cuando la Policía Nacional acudió a una hacienda ubicada en la comunidad Dos Bocas, tras una alerta por un incendio estructural.

En la escena, los agentes encontraron siete cuerpos con graves quemaduras. Al menos dos de las víctimas estaban maniatadas con alambre. Todas corresponden, de forma preliminar, a hombres de entre 21 y 30 años. Debido al estado de los cadáveres, ninguno ha podido ser identificado.

Durante el procesamiento de la escena, Criminalística levantó ocho vainas percutidas, dos proyectiles, una camioneta SUV completamente incinerada y cinco motocicletas, elementos que pasarán a formar parte de las pericias para reconstruir lo ocurrido.

Los cuerpos fueron trasladados al Hospital Darío Machuca, donde se practicarán las autopsias e iniciará el proceso de identificación de las víctimas.

Asesinato de Suástegui

Suástegui Villanueva, alias ‘Cachetón’, fue asesinado la tarde del 17 de junio de 2026 en los exteriores del área de arribos internacionales del Aeropuerto Internacional José Joaquín de Olmedo, en Guayaquil.

En ese entonces, el Ministerio del Interior identificó a Suástegui como un objetivo de alto riesgo y lo señaló como presunto cabecilla de la organización criminal Los Águilas en el cantón El Triunfo.

Las autoridades continúan con las diligencias para determinar la identidad de las víctimas, establecer el móvil del crimen y descubrir quiénes habrían participado en el hecho. Fuente: Vistazo
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Ministerio de Salud amplía el plazo de postulación para el Año de Salud Rural y Servicio Social 2026-2027

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) anunció la ampliación por una semana del plazo de postulación para el proceso correspondiente al Año de Salud Rural y Servicio Social, período septiembre de 2026 – agosto de 2027, con el objetivo de brindar a los profesionales de la salud un mayor margen para completar su registro y participar en la convocatoria.

De acuerdo con el cronograma actualizado, el proceso de inscripción iniciará el 8 de agosto de 2026 y está dirigido a médicos, enfermeros, odontólogos, obstetras y obstetrices que deben cumplir con este requisito como parte de su ejercicio profesional.

Para participar, los aspirantes deberán presentar la documentación establecida por la normativa vigente, entre la que consta la cédula de identidad, el registro del título profesional emitido por el Ministerio de Educación (MINEDUC), el certificado de aprobación del Examen de Habilitación para el Ejercicio Profesional (EHEP) otorgado por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CACES), además de la firma electrónica vigente y el certificado de no tener impedimento para ejercer un cargo público emitido por el Ministerio del Trabajo (MDT).

En el caso de los postulantes extranjeros, también será obligatorio presentar el certificado de dominio del idioma español y la visa habilitante correspondiente.

El registro deberá efectuarse de manera virtual a través del Sistema de Gestión de Rurales (SGR), respetando el cronograma establecido según el último dígito de la cédula de ciudadanía o documento de identidad:

• Sábado 8 de agosto de 2026: dígitos 0 y 1 (08:00 a 17:00).
• Domingo 9 de agosto de 2026: dígitos 2 y 3 (08:00 a 17:00).
• Lunes 10 de agosto de 2026: dígitos 4 y 5 (08:00 a 17:00).
• Martes 11 de agosto de 2026: dígitos 6 y 7 (08:00 a 17:00).
• Miércoles 12 de agosto de 2026: dígitos 8 y 9 (08:00 a 17:00).
• Jueves 13 de agosto de 2026: atención para todos los dígitos (08:00 a 17:00).
• Viernes 14 de agosto de 2026: atención para todos los dígitos (08:00 a 17:00).

Como parte del proceso, el 15 de agosto de 2026 el Ministerio de Salud Pública publicará el listado oficial de postulantes en su página institucional. Posteriormente, el 16 de agosto de 2026, se dará a conocer la oferta de plazas disponibles, especificando el establecimiento de salud, la unidad operativa, la provincia, el nivel de atención y demás características necesarias para la selección de las vacantes, conforme a la planificación institucional.

El Año de Salud Rural y Servicio Social iniciará oficialmente el 1 de septiembre de 2026, constituyéndose en un requisito indispensable para el ejercicio profesional de las carreras de salud contempladas en la convocatoria.

Finalmente, el Ministerio de Salud Pública exhortó a los profesionales interesados a revisar detenidamente el cronograma y los requisitos de postulación, así como a mantenerse informados únicamente a través de los canales oficiales de la institución, donde se publicarán oportunamente los lineamientos, novedades y comunicados relacionados con este proceso.

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