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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Esta es la lista de embarcaciones vinculadas al narcotráfico en Ecuador señaladas por EE.UU.: esto dijo Reimberg

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El ministro del Interior, John Reimberg, se refirió este viernes 21 de agosto al reciente listado de barcos pesqueros con base en Ecuador señaladas por Estados Unidos por su presunta vinculación con operaciones de narcotráfico en aguas internacionales.

El pronunciamiento se conoció después de que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionara a 15 personas y entidades con base en Ecuador e identificara como bienes bloqueados a 10 pesqueros.

Según el Gobierno estadounidense, estas naves eran utilizadas para brindar apoyo logístico a embarcaciones rápidas que transportaban cocaína desde Sudamérica hacia México, con destino final a Estados Unidos.

Reimberg sobre bombardeos de EE.UU. a barcos

Reimberg explicó que se trata de lanchas tipo go-fast utilizadas para transportar la droga hasta México, desde donde posteriormente es trasladada hacia Estados Unidos.

En ese contexto, el ministro dijo que se busca afectar las economías, infraestructura y empresas utilizadas por las organizaciones delictivas.

Sobre los bombardeos de EE.UU. contra barcos, Reimberg reiteró que se trata de naves utilizadas para transportar droga y que salen desde distintos puntos previamente identificados por las autoridades.

“Hoy sí tienen miedo de que se arriesguen a salir en estas embarcaciones y de repente del cielo aparezca algo que les caiga encima y hasta aquí llegaron”, afirmó.

Reimberg aseguró que el mensaje del Gobierno es “sumamente claro”: combatir las economías criminales y a los grupos de delincuencia organizada, para lo cual, dijo, se utilizarán “todos los métodos necesarios” para atacarlos.

La red de narcotráfico identificada por EE.UU. en Manta.

Según el Departamento del Tesoro, una flota pesquera ubicada cerca de Manta transfería cocaína a pequeñas lanchas rápidas.

Estas lanchas rápidas navegaban hacia el norte por el Pacífico Oriental, en dirección a México. Durante el trayecto, las naves pesqueras proporcionaban servicios de abastecimiento y apoyo para facilitar el recorrido.

La cocaína posteriormente era introducida a través de México por organizaciones como el Cartel de Sinaloa y el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG), según la información estadounidense.

El Departamento del Tesoro también señaló que integrantes de la red sancionada están vinculados con Los Choneros Los Lobos, organizaciones criminales ecuatorianas que mantienen conexiones con grupos criminales mexicanos.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros sancionó a seis empresas pesqueras familiares y una de transporte de materiales de construcción:

  • Arcasdenoe,
  • Alho Fish,
  • JAH-HMH,
  • Negocios Jimar,
  • Proyectos Neyzoa
  • Soisamar
  • Global Industrial.

Entre los principales señalados por EE.UU. están:

  • Alfonso Mero Mero y sus hijos Roberth y Edwar Mero Arcentales
  • Julio Javier Mero Franco,
  • Milton Edixon Martínez Mendoza,
  • Jhonny Francisco Vera Laz,
  • Byron Aldino Mero Bermello y
  • Jimmy Leonidas Alarcón Holguín.

La red también estaría vinculada con 10 embarcaciones pesqueras ecuatorianas:

  • Todos Vuelven,
  • Arca De Noe III,
  • Arca De Noe III Jr,
  • Arca De Noe IV,
  • Arca De Noe V,
  • Conquista,
  • Siempre Mi Arca,
  • Rey De Arca,
  • Costa Marlin y
  • Solo Es Mejor.
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Daniel Noboa llega a Chengdú: estas son las oportunidades de negocio que Ecuador busca impulsar en China

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El presidente de la República, Daniel Noboa, llegó a Chengdú, China, junto con la primera dama, Lavinia Valbonesi, para continuar su agenda oficial en el marco de su gira por Asia.

El mandatario fue recibido con honores oficiales en esta ciudad, donde mantuvo reuniones con autoridades de Sichuan para impulsar nuevas oportunidades comerciales para Ecuador.

Según informó la Presidencia, Noboa se reunió con Wang Xiaohui y Shi Xiaolin, líderes de Sichuan, con el objetivo de fortalecer la relación con una región que representa un mercado de alrededor de 380 millones de personas.

«Desde Chengdú, Ecuador abre puertas al mundo para que nuestros productos lleguen más lejos», resaltó el Ejecutivo.

Durante el encuentro, el Gobierno ecuatoriano destacó las oportunidades de negocio para varios de los principales productos de exportación del país. Entre ellos están el banano, camarón, cacao y café.

Además, las conversaciones incluyeron posibilidades de cooperación en energías limpias y tecnología, así como la atracción de inversiones para fortalecer la producción nacional y generar empleo.

Noboa ya se reunió con Xi Jinping

La agenda oficial arrancó en la República Popular China con un encuentro con su homólogo, Xi Jinping, en el que abordaron temas orientados a fortalecer y ampliar la cooperación bilateral en energía y comercio.

Durante el encuentro, Noboa expresó su interés en incrementar las exportaciones ecuatorianas al mercado chino y atraer mayores inversiones del país asiático.

Por su parte, Xi planteó reforzar la coordinación de las estrategias de desarrollo y desarrollar proyectos conjuntos en energía, minerales, infraestructuras y finanzas.

El mandatario chino también propuso ampliar la cooperación en sectores como la economía digital, el desarrollo verde, las nuevas energías y la inteligencia artificial.

El mandatario ecuatoriano cumple una agenda oficial en China como parte de su gira por Asia, en el marco de la cual desarrolla actividades diplomáticas y reuniones de alto nivel con autoridades del país asiático. Fuente: Vistazo

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Andrés Ríos Ludeña analizó el uso de la Inteligencia Artificial aplicada al Derecho

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El jueves 20 de agosto, en el espacio La Tertulia Jurídica contó con la participación del ponente Andrés Ríos Ludeña, quien abordó el tema “El uso, abuso e impacto de la Inteligencia Artificial aplicada al Derecho”.

Durante su intervención, Ríos Ludeña realizó un análisis normativo, jurisprudencial y de la realidad de la justicia ecuatoriana, además de abordar el derecho comparado, los desafíos y limitaciones de la IA en el ámbito jurídico. Explicó la diferencia entre herramientas de búsqueda y de creación, destacando aplicaciones como ChatGPT, Gemini Pro, Perplexity y Notebook, así como plataformas de consulta jurídica utilizadas en Ecuador.

El ponente enfatizó que la IA puede facilitar la investigación jurídica, elaboración de documentos, resumen de expedientes, análisis de contratos, traducción jurídica y acceso a la justicia. Sin embargo, advirtió sobre riesgos como las alucinaciones jurídicas, sesgos algorítmicos, dependencia tecnológica y errores en información normativa o jurisprudencial, por lo que recomendó verificar siempre las fuentes.

Como ejemplo, presentó el caso Mata vs. Avianca, ocurrido en Estados Unidos en 2023, donde abogados utilizaron ChatGPT y presentaron seis referencias jurisprudenciales inexistentes, situación que derivó en sanciones y evidenció la responsabilidad profesional frente al uso de herramientas de inteligencia artificial.

Asimismo, Ríos Ludeña relacionó el uso de IA con el artículo 76 de la Constitución del Ecuador, referente al debido proceso y la motivación, señalando que la tecnología no sustituye la responsabilidad del profesional del Derecho.

Finalmente, sostuvo que la inteligencia artificial ya forma parte del presente del ejercicio profesional, pero su utilización debe estar acompañada de criterio jurídico, ética y verificación permanente, bajo el principio de que la responsabilidad sobre un documento o actuación jurídica continúa siendo del profesional que lo suscribe.

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