Nacionales
El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional
Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.
Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.
En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.
En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.
JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO
El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.
Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.
De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.
LA DEFENSA DE LAS MINERAS
¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.
Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.
Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.
Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.
¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?
La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.
Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.
“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.
Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.
No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.
¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.
¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?
Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.
La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.
Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.
Nacionales
UTPL impulsa el futuro del país con cinco nuevas carreras en línea
La universidad presenta una oferta académica alineada a las megatendencias globales y conmemora 50 años de liderazgo en educación a distancia en Latinoamérica.
La Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) presentó en Quito cinco carreras innovadoras en modalidad en línea, durante el encuentro “UTPL Conecta Futuro”. En este espacio, además se presentó oficialmente de la imagen conmemorativa por los 50 años de educación a distancia de la universidad, trayectoria que la posiciona como pionera en modelos educativos flexibles y de alto impacto en Latinoamérica.
Durante la jornada, el rector Santiago Acosta Aide destacó que la educación es un pilar fundamental para el desarrollo del país y resaltó la importancia del trabajo articulado entre la academia, el sector público y la empresa privada para impulsar la formación de talento especializado. Asimismo, subrayó que la UTPL ha respondido a los cambios tecnológicos mediante el fortalecimiento de modelos educativos innovadores, especialmente en educación en línea e híbrida.
Por su parte, la vicerrectora académica, Cristina Díaz de la Cruz, señaló que esta nueva oferta académica responde a una visión orientada a generar soluciones a problemáticas reales del país, mediante una formación pertinente y conectada con las necesidades actuales y futuras del entorno.
La nueva oferta académica, que incluye las carreras de GovTech y Administración Pública, Negocios Turísticos y Gastronómicos, Ingeniería en Energía, Ingeniería en Riesgos y Cambio Climático, e Ingeniería en Recursos Naturales y Sostenibilidad, está orientada a responder a desafíos clave del país como la transición energética, la gestión de riesgos, la sostenibilidad, el turismo sostenible y la transformación digital del sector público. A través de experiencias prácticas, el evento evidenció cómo estas carreras conectan el aprendizaje con soluciones reales, fortaleciendo la empleabilidad y el impacto profesional.
El evento reunió a autoridades académicas, representantes de instituciones públicas, empresas privadas, cámaras de producción y líderes de opinión, en un espacio que permitió conocer de manera práctica el enfoque de las carreras y generar oportunidades de colaboración interinstitucional para la formación de talento especializado.
Con esta nueva propuesta, la UTPL fortalece su liderazgo en educación en línea, consolida una visión de futuro basada en la innovación, la colaboración y la pertinencia académica para la formación de profesionales capaces de responder a los desafíos del país y generar un impacto real en el desarrollo social, económico y ambiental del Ecuador.
Nacionales
Asamblea debe aprobar tratado de inversiones con Emiratos para que entre en vigencia
La Corte Constitucional de Ecuador informó este lunes que el tratado para la promoción y protección recíproca de las inversiones suscrito entre el país andino y Emiratos Árabes Unidos en diciembre pasado requiere de aprobación por parte de la Asamblea Nacional, controlada por el oficialismo, antes de su ratificación.
En un dictamen, la alta corte señala que el acuerdo encaja preliminarmente en uno de los casos previstos en la Constitución que exigen aprobación legislativa cuando un tratado podría atribuir competencias propias del orden jurídico a un organismo internacional o supranacional, al prever mecanismos de solución de controversias entre inversionistas y el Estado mediante arbitraje internacional.
El tratado fue suscrito el pasado 6 de diciembre, en una visita que hizo el presidente Daniel Noboa a Emiratos Árabes Unidos y permitirá «que las inversiones gestionadas entre ambas naciones abonen al dinamismo económico de Ecuador y a la creación de plazas de empleo«, según dijo en ese entonces la ministra de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, Gabriela Sommerfeld.
Así ha sido el paso del tratado por la Corte
La Corte aclaró este lunes que este pronunciamiento corresponde al primer momento de control constitucional de los tratados internacionales previstos en la legislación ecuatoriana, es decir, que aún no ha tomado una decisión sobre la constitucionalidad del contenido del acuerdo.
Por eso también dispuso que se publique el texto del acuerdo en el Registro Oficial y en el portal electrónico de la Corte Constitucional para que, dentro de diez días contados a partir de su publicación, cualquier ciudadano defienda o impugne su constitucionalidad parcial o total.
Nacionales
Noboa revela que EE.UU. aportó con armamento en operativo de Ecuador contra Comandos de la Frontera
El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, afirmó que las Fuerzas Armadas del país han ejecutado bombardeos contra campamentos de grupos narcoterroristas en la frontera norte con apoyo de inteligencia y equipamiento de Estados Unidos, como parte de la ofensiva del Gobierno contra organizaciones criminales.
En una entrevista concedida este lunes a la cadena Univisión, el mandatario señaló que el ingreso de organizaciones criminales desde Colombia ha generado altos costos para el Estado ecuatoriano.
El jefe de Estado dio más detalles sobre el bombardeo registrado el pasado viernes en la provincia de Sucumbíos, en el que fue destruida una base de la disidencia de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), denominada como Comandos de la Frontera, dedicada principalmente al narcotráfico y a la minería ilegal.
“Trabajamos con inteligencia conjunta, pero también en armamento de bombardeo. Usamos nuestros equipos, así como los equipos americanos, en bombardeos aéreos y también equipamiento o municiones que necesitamos”, precisó el mandatario este lunes.
Operaciones dentro de territorio ecuatoriano
Consultado sobre si llegaría al extremo de ejecutar operaciones militares en territorio colombiano —como ocurrió en 2008 cuando el entonces presidente colombiano Álvaro Uribe ordenó un bombardeo contra el líder guerrillero Raúl Reyes en Ecuador—, Noboa descartó esa posibilidad.
Al referirse a la organización Comandos de la Frontera, considerada terrorista por el Ejecutivo ecuatoriano desde el año pasado, Noboa explicó que «opera desde la zona del Putumayo (sur de Colombia) y se cruzan hasta Sucumbíos (en Ecuador)», y refirió a quienes la conforman como «guerrilleros o exguerrilleros».
En esa línea, el mandatario ecuatoriano responsabilizó a su homólogo del vecino país, Gustavo Petro, por,según él, no haber actuado con suficiente contundencia frente a estos grupos armados en los últimos años.
El presidente ecuatoriano reiterío que «la gran mayoría de la droga que entra al Ecuador (…) más del 70%» proviene de territorio de Colombia, el mayor productor de cocaína a nivel mundial.
Cooperación con Estados Unidos
En coordinación con el Comando Sur de los EE.UU., desde el 3 de marzo de este año se pusieron en marcha operaciones militares conjuntas contra organizaciones narcoterroristas que operan en el territorio ecuatoriano.
Estas operaciones forman parte de una nueva fase de cooperación en seguridad, tras la reunión en el Palacio de Carondelet, en Quito, entre Noboa, el comandante del Comando Sur de los Estados Unidos, general Francis L. Donovan, y el comandante del Comando de Operaciones Especiales Sur, contralmirante Mark A. Schafer.
La colaboración binacional ocurre en un contexto de intensificación de los hechos violentos en Ecuador, país que desde 2024 se encuentra bajo una declaratoria de “conflicto armado interno” y sucesivos estados de excepción impulsados por el Gobierno para enfrentar a más de una veintena de grupos de delincuencia organizada, dedicados principalmente al narcotráfico.
A pesar de estas medidas, 2025 cerró como el año más violento registrado en el país, con 9.235 homicidios, según cifras del Ministerio del Interior, mientras que en operativos antidrogas se incautaron 214 toneladas de estupefacientes. Fuente: Vistazo
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