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El lío judicial contra dos mineras que operan sin licencia ambiental en La Maná será observado por la Corte Constitucional

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Un enredo administrativo que ha permitido operar a dos mineras sin licencia en La Maná y con un posible impacto a la naturaleza, se convirtió un lío judicial que ha escalado hasta la Corte Constitucional. Esta instancia deberá determinar si el fallo de tres jueces de la Corte Superior a favor de reanudar las actividades mineras se dio en apego a la norma o cometieron una falta por error inexcusable, lo que les podría costar sus cargos.

Mientras tanto, las empresas siguen extrayendo oro. La defensa de Comiagne y La Mana Rome Gold asegura que las denuncias son una campaña premeditada en su contra, ya que cumplen con todas las reparaciones ambientales. Reconocen que operan sin licencia ambiental, pero culpan al Ministerio de Ambiente de no entregársela.

En la misma zona donde operan las mineras Comiagne y La Mana Rome Gold, también está asentada la embotelladora de agua Splendor, de la empresa Acquad’or que, ante lo que considera daños ambientales producidos por la actividad minera, presentó una acción de protección. Para ello argumentó los mismos informes de las entidades estatales que han determinado: “se hace de manera artesanal sin medidas de prevención y cuidado del recurso hídrico”; “existe una piscina presuntamente de sedimentación, sin ningún manejo ambiental”; “los parámetros de aluminio, sólidos suspendidos y hierro se encuentran sobre norma, por lo que se deberá solicitar a la DZ3 inicio de proceso administrativo”; “una vez realizada las inspecciones técnicas a las concesiones Ximena 1 se pudo verificar que los incumplimientos continúan y a pesar de que las mismas se encuentran suspendidas siguen realizando actividades mineras”.

En una primera instancia, en julio pasado, un tribunal anticorrupción, conformado por los jueces Carlos Serrano, Gabriela Lara y Christian Fierro, aceptó la acción de protección y ordenó el cese de actividades mineras, dispuso a los entes de control hacer una inspección y determinar la afectación ambiental. Además, pidió que se informe si hay investigaciones previas en Fiscalía por delitos ambientales, entre otras medidas. “En el caso que nos ocupa ha quedado probado el daño ambiental, la falta de licencia ambiental y la omisión de las entidades demandadas”, sentenció el tribunal.

El Ministerio de Ambiente, Ministerio de Energía y Minería, y la Agencia de Regulación Arcom, defendieron que han realizado un control efectivo y que, prueba de ello, haydocenas de informes y sanciones. La defensa de las mineras, por su parte, argumentó que acató todas las observaciones de pasivos ambientales, que no hay ningún daño al medio ambiente y opera legalmente. Tanto entidades estatales como mineras apelaron la sentencia. Y el caso fue a parar a un tribunal de la Corte Provincial de Pichincha, conformado por Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, quienes resolvieron el caso en un tiempo récord. Le dieron la razón a las entidades de control a las mineras y ordenaron la reapertura de las actividades extractivas en esta zona de La Maná.
$!En el sector Estero Hondo se observan las piscinas con aguas posiblemente contaminadas con químicos como desechos de la explotación minera. No obstante, las empresas mineras dicen que se han resuelto todos los pasivos ambientales.

Esto llevó a Acquad’or a interponer una acción extraordinaria de protección en la Corte Constitucional y una queja en el Consejo de la Judicatura contra los tres jueces de segunda instancia, para que se inicie un proceso disciplinario por posible error inexcusable. El motivo: Acquad’or denuncia que los jueces no dieron cuenta de la omisión cometida por los entes de control al no evidenciar los daños ambientales ya que se estaría contaminando el agua de los ríos y sin licencia ambiental. Además, argumenta que llama la atención que el tribunal avocó conocimiento de la causa el jueves 26 de septiembre y, el martes 1 de octubre, tras haber revisado más de 700 páginas del expediente, emitieron su decisión en favor de las mineras. En decir, “en dos días laborables”, cuando en estos casos los jueces suelen tardar semanas o meses en llegar a una resolución.

JUECES PODRÍAN IR A CONTROL DISCIPLINARIO

El pasado 10 de noviembre, la Dirección Provincial del Consejo de la Judicatura de Pichincha ofició al presidente de la Corte Constitucional, Alí Lozada, la solicitud de declaratoria jurisdiccional en este caso. Eso quiere decir que un juez constitucional deberá analizar la causa: si no encuentra inconsistencias, archivará el caso, pero si las encuentra, emitirá un informe que se denomina “declaratoria jurisdiccional previa”. Esa es la manera en la que se controlan las acciones puntuales de los jueces.

Luego, ese informe deberá llegar al Consejo de la Judicatura para iniciar un sumario administrativo y emitir la sanción correspondiente. Un juez incurre en error inexcusable si (en una sentencia) hace una interpretación jurídica grave, mañosa o grosera, que no admite disculpa. Por lo tanto, la sanción es la destitución, explica la vocal de la Judicatura Solanda Goyes. Sin embargo, si la Judicatura resuelve que la falla no es tan grave, puede aplicar una sanción de suspensión por un mes sin sueldo. Pero, si en el análisis identifican que la decisión causó daños irreparables a las partes involucradas, a terceros o daños a la credibilidad del sistema de justicia, la única salida es la destitución.

De todos modos, Goyes dice que en el proceso de sumario administrativo los jueces observados tienen derecho a contradecir y argumentar sus descargos. Esta alianza pidió una entrevista con los jueces Lady Ávila, Diana Fernández y Leonardo Barriga, que fallaron a favor de las mineras, para conocer su posición en el caso. Pero, a través del departamento de Comunicación de la Corte de Pichincha, respondieron que “no pueden pronunciarse sobre las resoluciones”.

LA DEFENSA DE LAS MINERAS

¿Cómo han podido operar Comiagne y La Mana Rome Gold por más de una década sin licencia ambiental en una zona de recarga hídrica? Tomás Alvear, abogado defensor de las empresas mineras, dice que todo esto es una campaña de desprestigio patrocinada por la empresa Acquad’or que solo responde a intereses económicos y no a una preocupación por el medio ambiente.

Alvear explica que en el proceso judicial se demostró que las empresas cumplieron con cada una de las sanciones emitidas por las diferentes entidades de control, dando cumplimiento a las reparaciones ambientales solicitadas. “Como todo proceso humano, la minería genera pasivos ambientales, que se han subsanado, sino no podríamos operar. No hay estudios que determinen la contaminación del agua”, dice Alvear.

Sobre la licencia ambiental que debe emitir el Ministerio de Ambiente afirma que cada dos años hacen la solicitud al Ministerio de Ambiente, pero que no han recibido respuesta al trámite en los seis meses que prevé la ley, lo que da cuenta de un “silencio administrativo”, que se interpreta como un visto bueno ya que no hay objeciones para la operación minera. “No es una omisión del titular minero, sino del Ministerio de Ambiente que no da trámite”, afirma el jurista, y añade que esto acarrea la destitución de los funcionarios que lo deben realizar.

$!Tomás Alvear es abogado de Comiagne y La Mana Rome Gold. Dice que no hay ninguna ilegalidad en la operación de las mineras y que las denuncias son una campaña de desprestigio.

Este medio también pidió una entrevista con un vocero de Ambiente, para conocer los motivos por los cuales no se ha emitido la licencia ambiental por más de una década, pero hasta el cierre de esta nota no hubo respuesta.

Santiago Yépez, expresidente de la Cámara de Minería, dice que sí hay la figura de silencio administrativo si el trámite no se resuelve en seis meses, pero eso simplemente aprobaría un estudio de impacto ambiental que es un requisito, pero no emitirá la licencia que es un proceso posterior. “Todos estamos conscientes de las demoras e ineficacias del Estado, pero la licencia ambiental es el permiso más importante. Hay empresas que esperan hasta 18 meses porque quieren hacer un trabajo legítimo”.

¿Y LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA?

La Corte Constitucional deberá resolver este caso por dos vías. El primero será dar trámite a una acción de protección extraordinaria que presentó Acquad’or para revisar la sentencia del tribunal de Corte Provincial de Pichincha y la segunda será el informe de error inexcusable contra los mismos jueces.

Según Miguel Molina, abogado constitucionalista y director de la Escuela de Derecho de Universidad Internacional (UIDE), el principal problema de la sentencia, más allá de que llama la atención que solo tomó dos días laborables en emitir su decisión, es que los jueces no tomaron en cuenta los derechos de la naturaleza, y consideraron suficientes los argumentos de los entes de control, cuando ha quedado demostrado que, pese a los informes y sanciones, el daño ambiental y los incumpliendo se siguen prolongando. Lo que considera una inobservancia a los derechos constitucionales.

“Es obligación del Estado velar por los derechos de la naturaleza y no puede lavarse las manos. Las instituciones del Estado deben ser las primeras interesadas en sancionar y no lo ha hecho. Sentimos que es trabajo de la academia involucrarse en esto”, dice Molina, quien el 9 de diciembre presentó un Amicus Curie dentro de esta causa. Este término que se traduce como amigo de la corte, para aportar datos e ideas que puedan ayudar a tomar la decisión a los jueces constitucionales.

$!El constitucinalista y director de la Escuela de Derecho de la UIDE, Miguel Molina, presentó un Amicus Curie en el proceso que se lleva en la Corte Constitucional. Afirma que los jueces de segunda instancia no observaron los derechos de la naturaleza, entre otras incostitucionalidades.

Con este criterio coincide Ramiro Ávila, expresidente de Corte Constitucional: “La Corte ha emitido amplia jurisprudencia respecto a los derechos de la naturaleza: está el caso de Los Cedros, que habla del principio de precaución frente los posibles daños que podría afectar una actividad minera, por ejemplo, y el caso Río Monjas que trata sobre el cuidado de los ríos”. Efectivamente, estos argumentos no fueron considerados por los jueces, aunque el caso Los Cedros sí fue considerado por el tribunal anticorrupción que falló a favor de cesar las actividades de Comiagne y La Mana Rome Gold en primera instancia.

Según los constitucionalistas, las sentencias de la Corte son de obligatorio cumplimiento, y se podría considerar una vulneración si los jueces no aplicaron esta jurisprudencia, por desconocimiento u otra razón.

No obstante, para el abogado de las mineras los tres jueces consideraron todos los derechos, incluidos los de naturaleza. Hace énfasis en que la justicia constitucional no debe resolver cuestiones que ya resolvieron los entes de control como el Ministerio de Ambiente, aunque todavía no emita la licencia ambiental. Además, dice que no hay nada raro en el tiempo que el tribunal dictaminó la ressolución, pues lo que se busca es la celeridad.

¿En qué terminará? La acción de protección la deberá resolver Karla Andrade, magistrada de la Corte Constitucional. Y lo más seguro, dice Miguel Molina, es que ella misma tendrá que pronunciarse sobre el error inexcusable, ya que se trata del mismo tema. El caso se resolverá en los próximos meses.

¿CONTROL DE POLÉMICAS SENTENCIAS?

Hay dos niveles en la evaluación del sistema judicial que no tiene un mecanismo para examinar la calidad de las sentencias de una manera sistemática. Por el momento puede actuar de oficio en casos puntuales porque un juez se demora mucho en emitir una sentencia, por ejemplo. Pero cuando hay casos para revisar la actuación sobre las decisiones de un juez hace falta una demanda o queja para proceder con el proceso disciplinario de error inexcusable u otras causales que, previamente debe ser declarado por los tribunales superiores.

La vocal de la Judicatura, Solanda Goyes, explica que el control disciplinario es un nivel. Y el otro nivel es la evaluación de jueces, que tiene que hacerse por ley cada tres años, pero que no se ha hecho y hacen falta reformas para una evaluación oportuna. En ese contexto, Goyes ha propuesto la evaluación de tres pilares. Primero, la productividad para analizar cuántas sentencias emite en determinado periodo. Segundo la calidad de las decisiones, para lo cual debe tomarse una muestra, pues los jueces dictan entre 300 y 500 sentencias cada año, y no se pueden analizar todas. Y tercero la probidad, que implica que la Contraloría y otras instituciones del Estado proporcionen información sobre el patrimonio y otras consideraciones de los servidores judiciales.

Pero para esto también hace falta la aprobación de una reforma que está en manos de la Asamblea. “Entonces nadie mide la calidad de los fallos ni si están sustentados, hasta que la Asamblea apruebe la reforma. Esto hace que evita la rendición de cuentas sobre los pronunciamientos o sentencias”, comenta un juez que prefiere que no aparezca su nombre. Esto impide tener una radiografía del sistema judicial y separar a los jueces que tengan un desempeño deficiente.

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Siete médicos del MSP, detenidos por fingir que un narco albanés fuera del país seguía en Ecuador

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Siete médicos y un funcionario del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) fueron detenidos durante la madrugada en Guayaquil, Quito y Macas. Según el ministro del Interior, John Reimberg, integraban una red que ayudó a Dritan Rexhepi, capo de la mafia albanesa, a aparentar que seguía en Ecuador, pese a que había salido del país en 2022.

La operación la ejecutaron la Policía Nacional y la Fiscalía General del Estado, con 11 allanamientos. Cuatro de las detenciones se registraron en Guayaquil, tres en Quito y una en Macas. Los detenidos son investigados por presunta delincuencia organizada y por delitos como fraude procesal, suplantación de identidad, falsificación y uso de documentos falsos, y perjurio.

«Cuello blanco o no, no hay impunidad. Todo siempre es cuestión de tiempo», afirmó Reimberg en rueda de prensa en el Cuartel Modelo de Guayaquil.

Un narco fuera del país que seguía «presentándose»

Rexhepi fue condenado en Ecuador a 13 años de prisión por narcotráfico. Sin embargo, no estaba en la cárcel, sino bajo la medida de presentaciones periódicas ante la justicia.

De acuerdo con el Ministro, el albanés salió del país por el puente internacional de Rumichaca el 7 de septiembre de 2022, con una identidad falsa. En noviembre de 2023 fue detenido en Turquía. A inicios de 2025, fue extraditado a su natal Albania.

Médicos del MSP y un servidor del SNAI, la red que encubrió con un guante a un narco albanés

Aun así, en Ecuador seguían registrándose presentaciones a su nombre ante el SNAI, además de certificados médicos. Para justificarlas, la estructura habría usado documentos fraudulentos, firmas falsas, certificados irregulares y registros falsos de asistencia.

El elemento más llamativo del caso es un guante de látex con la huella dactilar de Rexhepi. «Con la vinculación de una persona del SNAI, tenían dentro de un guante de látex la huella dactilar de la persona para también hacer la presentación y así poder justificar que se encontraba aquí, cuando él seguía en actividades de narcotráfico», explicó Reimberg.

El funcionario del SNAI detenido sería quien facilitaba el uso del guante en el momento de cada presentación.

Un caso que estaba «en el cajón del olvido»

La investigación duró más de ocho meses. El Ministro aseguró que el expediente estuvo estancado hasta que la Policía pidió un cambio de fiscal. «Esta investigación estaba en el cajón del olvido, donde pensaban guardarlo hasta que esto se cierre», dijo. El caso pasó luego a una unidad especializada.

Sobre si hay funcionarios de la Fiscalía bajo sospecha, Reimberg indicó que aún se investiga quiénes permitieron que esto ocurriera. Añadió que los allanamientos también dejaron evidencias sobre otros posibles casos de corrupción en el sistema de salud pública.

Tampoco se precisó cuántas veces se usó el guante desde 2022, ya que eso depende de la frecuencia de las presentaciones que había dispuesto el juez. Fuente: Vistazo

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Tras la detención de Xavier Jordán, ¿quiénes siguen prófugos en los casos Metástasis y Fernando Villavicencio?

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Tras la detención de Xavier Jordán en Estados Unidos por temas migratorios, los casos Metástasis y Fernando Villavicencio vuelven al centro del escenario.

En el caso Metástasis, Jordán fue señalado como uno de los supuestos administradores de los bienes del narcotraficante Leandro Norero (+). Tiene pendiente la audiencia de juicio por presunta delincuencia organizada desde 2024.

Las autoridades de Estados Unidos anunciaron que lo deportarán, aunque aún no hay una fecha para ello. Por su parte, el ministro del Interior, Jhon Reimberg, estimó que esto se daría en unos 15 días aproximadamente.

Ronny Aleaga

En el primer caso, Aleaga es acusado de actuar como el operador político de Leandro Norero y Xavier Jordán en la Asamblea Nacional. Según Fiscalía, él es alias El Ruso en las conversaciones que se encontraron en el celular del narcotraficante. Tras destaparse el caso Metástasis, salió del país a finales de diciembre 2023 rumbo a Colombia y el último paradero que se le conoció fue Venezuela.

En julio de 2026, el presidente subrogante encargado de la Corte Nacional de Justicia, Alejandro Arteaga, solicitó formalmente a Venezuela la extradición de Aleaga.

Mientras que en el caso Magnicidio FV, el exasambleísta habría fungido como un nexo para conectar la esfera política y financiera con la criminal.

Caso Metástasis

Además de Aleaga, en el caso Metástasis siguen prófugos seis personas más, uno de los cuales tenía un alto perfil mediático. Se trata del abogado Cristian Romero, quien defendía a Leandro Norero y sus familiares. Para lograr recursos favorables sobornaba a jueces.

Romero también lideraba una estructura criminal para liberar presos a cambio de dinero, pagando favores a funcionarios del sistema judicial. El caso se llama Plaga y tiene suspendido el juicio por presunta delincuencia organizada. Se desconoce su paradero. Fuente: Vistazo

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Apagón voluntario en Ecuador: 150 industrias dejarán de producir un día a la semana

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Hay preocupación en el Gobierno por la constante disminución de los embalses en complejos como Mazar. Por eso, busca ahorrar agua en las hidroeléctricas para extender la entrega de energía al menos hasta octubre.

De otro lado, se ha insistido que no habrá apagones. Hay medidas como el apagón voluntario que regirá un día en la semana que está por empezar.

En Pichincha, Cuenca y Tungurahua se reparte el otro 10 % de empresas que este fin de semana esperan ponerse de acuerdo en el día en que pararan su producción. Unos 35 MW día de ahorro significaría el apagón voluntario, de ahí que surgen las críticas a la medida.

“Si bien es lo políticamente dañino para el Gobierno, estructuralmente es lo peor que le puede pasar al país. El mensaje que damos es de una infraestructura sumamente vulnerable”, Pablo Landázuri, empresario industrial.

En otra medida, hay un plazo que de cierre hasta el 15 de diciembre, fecha final en la que las empresas AV1 y AV2, que son las que mas energía consumen en el país deberán tener listos sus propios planes y sistemas de generación porque es el día en que el Gobierno los desconectara.

A dos meses y medio, empresarios y el Gobierno esperan que quienes no tengan como generar energía contraten una de las barcazas que ya no tiene contratos con el Estado. Sería una de las pocas alternativas que les queda para no cerrar. Fuente: Vistazo

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