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Así era el complejo modus operandi de lavado de activos liderado por un funcionario de la UAFE

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En una compleja trama de corrupción, la Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Édgar Francisco J. T., Roberto Carlos Z. C. y Diego Iván J. T. (funcionario de la Unidad de Análisis Financiero y Económico, UAFE), por su presunta participación en un sofisticado esquema de lavado de activos.

Utilizando empresas fachada para simular remesas de dinero, el grupo habría operado desde 2016, moviendo millones de dólares provenientes de Venezuela, Colombia y Perú.

Modus Operandi

En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General del Estado relató que esta investigación inició hace seis meses, luego de recibir un Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII) con reportes de actividades inusuales e injustificadas. Dicho informe da cuenta de que existiría un grupo de personas y familiares de un funcionario de la UAFE, Diego Iván J. T., que estarían teniendo ingresos injustificados de dinero.

El funcionario habría ocupado altos cargos en esta entidad, incluso llegó a ser Director de la UAFE. Con base en este informe, la Fiscalía procedió a pedir autorizaciones para realizar vigilancias, seguimientos e interceptación de llamadas con la colaboración de la Unidad Policial UNDECOF.

Este grupo familiar habría operado desde 2016, a través de la simulación de empresas de remesas de dinero (empresas Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA.), de la cual el hoy procesado Edgar Francisco J. T. es accionista del 99 % de las acciones, y la empresa CAMBIOSCORP S.A., cuya creación se presume estaba destinada a disimular la procedencia de dinero ilícito.

Según la investigación, en las cuentas de estas empresas y en las de los hoy procesados se depositaban altas sumas de dinero, provenientes de Venezuela, Colombia y Perú, con montos que iban desde los 444.647,11 dólares hasta 2 millones de dólares. La empresa Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA. llegó a tener ingresos totales de hasta 6.294.981,23 dólares.

Cada uno de los hoy procesados tenía actividades específicas, desde contadores y representantes legales hasta realizar actividades en el interior de la UAFE para evitar ser analizados. Las interceptaciones de llamadas revelan cómo habrían operado los hoy procesados. También se detalla que mantienen investigaciones por delitos de estafa, abuso de confianza, apropiación fraudulenta por medios electrónicos, captación ilegal de dinero, entre otros delitos.

La Fiscalía sustentó el inicio del proceso penal sobre la base de 52 elementos, entre ellos algunos recabados en los allanamientos ejecutados la tarde del 15 de julio del año en curso en coordinación con la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional y otros elementos recabados durante los seis meses de investigación previa, como:

-Reporte de operaciones inusuales ROI 202

-32 mil euros en efectivo

-Análisis de la documentación

-Parte policial

-Informe pormenorizado de las actividades de los procesados

-Informe de seguimientos y vigilancias

-Órdenes judiciales autorizando las diligencias

-Reportes de llamadas telefónicas de los hoy procesados para la interceptación de llamadas,

-Versiones,

-Más de 20 reportes telefónicos,

-Análisis de ingresos y egresos en SFN de los hoy procesados,

-Informes ejecutivos sobre los procesados,

-Certificación de manual de procesos de la UAFE y certificaciones de los cargos que sostuvo Diego Iván J. T.,

-Informe de varias alertas inusuales, entre otras.

Un Juez Anticorrupción acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los procesados Édgar Francisco J. T. y Diego Iván J. T., mientras que para Roberto Carlos Z. C. dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.

El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diez a trece años.

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Hallan en Colimes la camioneta implicada en el atropello mortal de Mónica Martinich

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Una camioneta RAM presuntamente implicada en el atropello que causó la muerte de Mónica Martinich fue localizada en el cantón Colimes, provincia del Guayas.

El vehículo quedó bajo custodia y fue entregado por la Policía Nacional a los agentes de la Oficina de Investigación de Accidentes de Tránsito (OIAT), encargados de las indagaciones del caso.

Según información preliminar, el conductor no se encontraba en el lugar y todavía no ha sido localizado

Mónica entrenaba para la Maratón de Chicago

El hecho ocurrió durante la madrugada del viernes 4 de septiembre de 2026, en la vía a Samborondón. Mónica Martinich, de 38 años, entrenaba junto con otros corredores cuando fue impactada por una camioneta que circulaba a alta velocidad.

Tras el atropello, el conductor continuó su recorrido y huyó, mientras que los demás integrantes del grupo resultaron ilesos.

Martinich pertenecía a un grupo de runners de Guayaquil y se preparaba para participar en su primera Maratón de Chicago.

El alcalde de Samborondón, Juan José Yúnez, expresó su indignación por lo ocurrido y dispuso que la Agencia de Tránsito y Vigilancia del cantón entregue a las autoridades todas las grabaciones captadas por las cámaras de seguridad para contribuir a la identificación del responsable.

Este domingo 6 de septiembre, familiares, amigos y deportistas realizaron una caminata en homenaje a Mónica Martinich. Durante la concentración también exigieron justicia y mayores medidas de seguridad vial para quienes practican actividades deportivas en la zona. Fuente: Vistazo
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Delincuencia organizada: desafíos para juzgar el crimen y combatir la corrupción

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El miércoles 2 de septiembre en el programa de la “Tertulia Jurídica”, se analizó el tema “Delincuencia organizada: los desafíos de juzgar el crimen y combatir la corrupción”, con la participación del jurista y conferencista Carlos Serrano Lucero, doctor en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y exjuez de un tribunal especializado en casos de corrupción y crimen organizado entre 2022 y 2026. Actualmente se desempeña como experto independiente en estas materias.

Durante el programa, Serrano explicó las diferencias entre delincuencia común, codelincuencia y delincuencia organizada, esta última entendida como una estructura criminal con roles definidos y capacidad para desarrollar actividades como sicariato, tráfico de drogas, extorsión, minería ilegal y lavado de activos.

El jurista señaló que el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) exige acreditar elementos como la existencia de un grupo estructurado de dos o más personas, acuerdo o concertación, permanencia o reiteración, finalidad de cometer delitos con penas superiores a cinco años y un objetivo de beneficio económico.

También destacó que las investigaciones pueden extenderse entre ocho meses y un año, debido a la necesidad de identificar estructuras, roles y evidencias mediante herramientas como interceptaciones de comunicaciones, vigilancias, seguimientos y análisis de dispositivos, siempre bajo autorización judicial.

Serrano advirtió, además, sobre la importancia de equilibrar la lucha contra el crimen organizado con la protección de derechos fundamentales, particularmente la intimidad, privacidad y debido proceso. Finalmente, recordó que se trata de un fenómeno transnacional y destacó la importancia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, adoptada en el año 2000.

El análisis planteó la necesidad de fortalecer la investigación especializada y la cooperación internacional, sin debilitar las garantías que sustentan el Estado de derecho.

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¿Por qué Avianca canceló una reserva de Gustavo Petro para viajar de Colombia a México? El pasaje fue comprado en efectivo en Ecuador

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Días antes de que el expresidente colombiano Gustavo Petro viaje a México, en donde se reunió con el exmandatario Rafael Correa, la aerolínea Avianca había cancelado sus tiquetes para viajar entre Bogotá y Ciudad de México.

Los pasajes fueron comprados a través de una agencia de viajes de Ecuador. El vuelo de ida estaba previsto para el 30 de agosto de 2026 y el de regreso a Colombia para el 2 de septiembre. Pero el 24 de agosto, Petro recibió una carta de la aerolínea en la que la informaba sobre la cancelación de los pasajes.

La reserva realizada por la agencia de viajes ecuatoriana era para tres personas, pero la cancelación únicamente fue para Petro, según consta en la carta de Avianca.

¿Cuál fue la razón de la cancelación de los tiquetes de Petro? El origen del problema está en una sanción que aplicó la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) al expresidente colombiano el año pasado.

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La aerolínea colombiana justificó que, al tener operaciones comerciales en Estados Unidos, está sujeta a las regulaciones de sanciones económicas de la OFAC, que pertenece al Departamento del Tesoro.

«Dichas regulaciones prohíben a las personas y entidades que, como Avianca, tienen vínculos económicos y financieros con los Estados Unidos de América, realizar transacciones, incluida la prestación de servicios a favor de cualquier persona cuyos bienes e intereses se encuentren bloqueados por figurar en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas», como es el caso de Petro, argumentó Avianca en su carta.

La aerolínea colombiana añade que la cancelación de los pasajes se dio «con el único fin de dar cumplimiento a esta regulación».

Los ticketes de avión fueron comprados en efectivo, por lo que la aerolínea solicita a Gustavo Petro los datos de la cuenta bancaria de la persona que realizó la compra a través de la agencia de viajes de Ecuador para realizar el reembolso del dinero.

Petro no había hecho público el indicente, hasta cuando los medios colombianos difundieron la noticia esta semana. El 4 de septiembe, en su cuenta de X, el exmandatario colombiano responde a Avianca que «la ley OFAC es una sanción administrativa que se coloca sólo sobre personas de los EE.UU.»

Añade que Avianca no es una empresa de los Estados Unidos , por lo que, «al negar el tiquete, cometió una arbitrariedad bajo las leyes colombianas. Y afirma que «se trata de una exclusión por razones politicas».

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La aerolínea Avianca hizo posteriormente un pronunciamiento público.  “Nuestra relación con el país y sus gobernantes trasciende cualquier coyuntura y la presente medida es de carácter puramente legal, ajena a cualquier consideración o criterio de Avianca”, según cita El Tiempo de Bogotá. Fuente: Primicias

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