Nacionales
Así era el complejo modus operandi de lavado de activos liderado por un funcionario de la UAFE
En una compleja trama de corrupción, la Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Édgar Francisco J. T., Roberto Carlos Z. C. y Diego Iván J. T. (funcionario de la Unidad de Análisis Financiero y Económico, UAFE), por su presunta participación en un sofisticado esquema de lavado de activos.
Utilizando empresas fachada para simular remesas de dinero, el grupo habría operado desde 2016, moviendo millones de dólares provenientes de Venezuela, Colombia y Perú.
Modus Operandi
En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General del Estado relató que esta investigación inició hace seis meses, luego de recibir un Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII) con reportes de actividades inusuales e injustificadas. Dicho informe da cuenta de que existiría un grupo de personas y familiares de un funcionario de la UAFE, Diego Iván J. T., que estarían teniendo ingresos injustificados de dinero.
El funcionario habría ocupado altos cargos en esta entidad, incluso llegó a ser Director de la UAFE. Con base en este informe, la Fiscalía procedió a pedir autorizaciones para realizar vigilancias, seguimientos e interceptación de llamadas con la colaboración de la Unidad Policial UNDECOF.
Este grupo familiar habría operado desde 2016, a través de la simulación de empresas de remesas de dinero (empresas Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA.), de la cual el hoy procesado Edgar Francisco J. T. es accionista del 99 % de las acciones, y la empresa CAMBIOSCORP S.A., cuya creación se presume estaba destinada a disimular la procedencia de dinero ilícito.
Según la investigación, en las cuentas de estas empresas y en las de los hoy procesados se depositaban altas sumas de dinero, provenientes de Venezuela, Colombia y Perú, con montos que iban desde los 444.647,11 dólares hasta 2 millones de dólares. La empresa Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA. llegó a tener ingresos totales de hasta 6.294.981,23 dólares.
Cada uno de los hoy procesados tenía actividades específicas, desde contadores y representantes legales hasta realizar actividades en el interior de la UAFE para evitar ser analizados. Las interceptaciones de llamadas revelan cómo habrían operado los hoy procesados. También se detalla que mantienen investigaciones por delitos de estafa, abuso de confianza, apropiación fraudulenta por medios electrónicos, captación ilegal de dinero, entre otros delitos.
La Fiscalía sustentó el inicio del proceso penal sobre la base de 52 elementos, entre ellos algunos recabados en los allanamientos ejecutados la tarde del 15 de julio del año en curso en coordinación con la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional y otros elementos recabados durante los seis meses de investigación previa, como:
-Reporte de operaciones inusuales ROI 202
-32 mil euros en efectivo
-Análisis de la documentación
-Parte policial
-Informe pormenorizado de las actividades de los procesados
-Informe de seguimientos y vigilancias
-Órdenes judiciales autorizando las diligencias
-Reportes de llamadas telefónicas de los hoy procesados para la interceptación de llamadas,
-Versiones,
-Más de 20 reportes telefónicos,
-Análisis de ingresos y egresos en SFN de los hoy procesados,
-Informes ejecutivos sobre los procesados,
-Certificación de manual de procesos de la UAFE y certificaciones de los cargos que sostuvo Diego Iván J. T.,
-Informe de varias alertas inusuales, entre otras.
Un Juez Anticorrupción acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los procesados Édgar Francisco J. T. y Diego Iván J. T., mientras que para Roberto Carlos Z. C. dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.
El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diez a trece años.
Nacionales
10 de Agosto de 1809: La semilla de la autonomía que encendió a Hispanoamérica
El 10 de Agosto de 1809 es una fecha grabada a fuego en la memoria de Ecuador. Sin embargo, su impacto trascendió las fronteras de lo que hoy conocemos como territorio nacional para convertirse en el prólogo de la emancipación de toda Hispanoamérica.
Lejos de ser una simple rencilla entre autoridades españolas, este hito marcó la primera ocasión en que una ciudad del imperio español proclamó su autonomía. Así lo explica el experto Gonzalo Ortiz Crespo, miembro de la Academia Nacional de Historia, quien aclara que, aunque en un principio la Junta juraba lealtad al rey Fernando VII, en la práctica se exigía el derecho a autogobernarse.
La unión de los barrios y la intelectualidad
Lo que distinguió al movimiento quiteño de otros alzamientos de la época fue su composición. Fue una manifestación clara donde las élites —encabezadas por la nobleza local— se unieron a los representantes de los barrios de Quito y a una clase media emergente de intelectuales y profesionales, como los abogados Juan de Dios Morales y Manuel Rodríguez de Quiroga.
No obstante, el estallido de agosto no surgió de la noche a la mañana. El verdadero génesis de la revuelta se remonta a la Navidad de 1808. En un encuentro secreto en la hacienda Chillo Compañía (en el Valle de los Chillos), propiedad de Juan Pío Montúfar (Marqués de Selva Alegre), se trazó el complot inicial.
Una traición temprana llevó a los conspiradores a prisión, pero al ser liberados por falta de pruebas concluyentes, decidieron adelantar el golpe antes de ser descubiertos definitivamente.
De la autonomía a la masacre
El éxito inicial del 10 de Agosto pronto chocó con una dura realidad: la falta de fuerza militar. Al no poder levantar un ejército sólido ni fortificaciones adecuadas, la Junta Soberana quedó vulnerable. La Corona respondió rápidamente enviando tropas desde Lima, Guayaquil y Bogotá para sofocar el intento de autonomía.
El movimiento se vio forzado a capitular bajo una promesa de no agresión. Sin embargo, los líderes revolucionarios terminaron apresados en los calabozos del Cuartel Real de Lima, en Quito. La tensión estalló casi un año después, el trágico 2 de agosto de 1810.
Un intento desesperado por liberar a los próceres derivó en una masacre indiscriminada. Los soldados realistas asesinaron a los prisioneros en sus celdas y salieron a reprimir violentamente las revueltas en las calles, cobrándose la vida de cerca de 200 personas.
Figuras clave como el capitán Juan Salinas, Morales y Quiroga fueron asesinados. Montúfar logró escapar de ese destino inmediato, pero más tarde sería apresado y desterrado a España, donde murió de tuberculosis en una antigua prisión en Alcalá de Guadaíra, cerca de Sevilla.
«Los muros sangrientos de Quito»
Aunque el levantamiento quiteño fue ahogado en sangre y fracasó militarmente a corto plazo, su onda expansiva fue imparable. Este acontecimiento inauguró un periodo de enfrentamientos con el imperio español que duraría más de 15 años.
La brutal represión dejó una cicatriz imborrable en la memoria del continente. Años más tarde, el libertador Simón Bolívar encontraría en este episodio la justificación histórica y moral para declarar la «Guerra a Muerte» contra España, argumentando que fue en «los muros sangrientos de Quito» donde el imperio pisoteó los derechos de quienes anhelaban la libertad.
Hoy, el 10 de Agosto no solo se recuerda como un intento de independencia local, sino como el hito fundacional que abrió el camino hacia la libertad definitiva de las naciones iberoamericanas. Fuente: Primicias
Nacionales
Consejo de la Judicatura aprobó el uso de avatares para proteger la identidad de los jueces
El Consejo de la Judicatura aprobó un nuevo protocolo de seguridad de jueces, fiscales y otros operadores de justicia frente a las amenazas del crimen organizado. En este marco, el Pleno de la institución aprobó el «Protocolo Técnico-Operativo para el Uso de Avatares Digitales en Audiencias Telemáticas».
Este nuevo protocolo forma parte del Plan de Seguridad Integral de la Función Judicial. El principal objetivo es proteger la seguridad de los jueces con transparencia total, indicó el Consejo de la Judicatura.
Esta nueva disposición implementa el uso voluntario de avatares digitales en audiencias telemáticas. Esta herramienta promueve el resguardo de la identidad biométrica de los jueces, el cumplimiento del debido proceso ya que el juez dirige la audiencia y las partes procesales conocen su identidad en todo momento.
Esta nueva disposición no se trata de un sistema de jueces sin rostro
«No se trata de un sistema de ‘jueces sin rostro'», enfatizó la institución.
El objetivo de esta decisión es resguardar, de manera exclusiva, la identidad biométrica de los administradores de justicia durante las diligencias virtuales relacionadas con casos de alta complejidad y riesgo.
El Consejo de la Judicatura indicó que este mecanismo garantiza la total transparencia procesal y difiere radicalmente de otros sistemas como los denominados «jueces sin rostro» donde se desconoce la identidad total de quienes administran justicia.
El contenido del protocolo aprobado asegurará que, desde el sorteo de las causas, las partes procesales conozcan en todo momento los nombres, apellidos, cargos y competencias de los jueces asignados.
«Lo único que se sustituirá tecnológicamente es la transmisión de los rasgos faciales de los magistrados, es decir, el avatar protegerá su imagen biométrica para evitar el perfilamiento criminal, el reconocimiento facial automatizado y la creación de contenidos de video, imagen o audio manipulados mediante tecnologías como la inteligencia artificial«, explicó el Consejo de la Judicatura a través de un comunicado.
Uso de avatar cumple con el COIP
El uso del avatar institucional no vulnera la exigencia de una comunicación real, directa y fidedigna establecida en el artículo 565 del COIP, puesto que no sustituye al juzgador.
Detrás de la representación gráfica, se encontrará el juez en tiempo real, previamente autenticado. Él mantendrá de forma exclusiva la dirección de la audiencia y sus facultades jurisdiccionales.
Jueces decidirán voluntariamente el uso del avatar
El protocolo establece claramente que el uso del avatar no será obligatorio ni generalizado. Será un mecanismo voluntario y excepcional que el juez podrá solicitar frente a riesgos objetivos, como procesos de delincuencia organizada, crimen transnacional o amenazas directas.
El uso del avatar no reemplazará a la toma decisiones jurisdiccionales ni delegará funciones que le corresponden al juez quien continuará dirigiendo personalmente la audiencia, valorará la prueba y garantizará los derechos de defensa, inmediación, contradicción y publicidad.
Amenazas a jueces en Ecuador
El Consejo de la Judicatura realizó un diagnóstico nacional, en el cual se registró que 127 servidores judiciales han recibido amenazas y 23 han sido víctimas de hechos de violencia. También se contabilizaron tres ataques contra la infraestructura judicial y 142 falsas alarmas de bombas.
Esto se complementa con los nuevos lineamientos para el teletrabajo para situaciones de riesgo y/o seguridad. También hay un protocolo de primeros auxilios en el área psicológica para los funcionarios judiciales y capacitaciones de autoprotección y prevención de riesgos. Fuente: Vistazo
Nacionales
Caso Villavicencio: Fiscalía pidió difusión roja de Interpol para José Serrano, Ronny Aleaga, Xavier Jordán y Wilmer Chavarría
La Fiscalía General del Estado solicitó en su dictamen acusatorio la ratificación de la prisión preventiva para los siete procesados por el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio, que se registró el pasado 9 de agosto de 2023 en Quito.
Además, pidió que Xavier Jordán; el exministro del correísmo, José Serrano; el exasambleísta del correísmo, Ronny Aleaga; Daniel Salcedo; y tres cabecillas de Los Lobos: Wilmer Chavarría, alias Pipo; Luis Arboleda, alias Gordo Luis; y Esteban Aguilar, alias Lobo Menor, sean procesados como autores mediatos por su presunta participación en el delito de asesinato.
En la audiencia preparatoria de juicio, la Fiscalía solicitó que se declaren como prófugos a Jordán, Serrano, quienes se encuentran en Estados Unidos; a Aleaga, en Venezuela; y, Chavarría, en España.
Fiscalía pidió la prohibición de enajenar sus bienes
En tanto que para los siete procesados, la Fiscalía pidió la prohibición de enajenar sus bienes y la retención de sus cuentas en el sistema financiero nacional.
En favor de las víctimas, la institución solicitó medidas de protección y la ratificación de las medidas dispuestas en la audiencia de formulación de cargos.
La audiencia se reinstalará el 9 de agosto con la intervención de las acusaciones particulares.
Al momento, cinco personas ya fueron sentenciadas en calidad de autores y cómplices por el acto material del asesinato de Fernando Villavicencio. Fuente: Vistazo
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