Nacionales
Así era el complejo modus operandi de lavado de activos liderado por un funcionario de la UAFE
En una compleja trama de corrupción, la Fiscalía General del Estado formuló cargos contra Édgar Francisco J. T., Roberto Carlos Z. C. y Diego Iván J. T. (funcionario de la Unidad de Análisis Financiero y Económico, UAFE), por su presunta participación en un sofisticado esquema de lavado de activos.
Utilizando empresas fachada para simular remesas de dinero, el grupo habría operado desde 2016, moviendo millones de dólares provenientes de Venezuela, Colombia y Perú.
Modus Operandi
En la audiencia de formulación de cargos, la fiscal de la Unidad Antilavado de Activos de la Fiscalía General del Estado relató que esta investigación inició hace seis meses, luego de recibir un Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII) con reportes de actividades inusuales e injustificadas. Dicho informe da cuenta de que existiría un grupo de personas y familiares de un funcionario de la UAFE, Diego Iván J. T., que estarían teniendo ingresos injustificados de dinero.
El funcionario habría ocupado altos cargos en esta entidad, incluso llegó a ser Director de la UAFE. Con base en este informe, la Fiscalía procedió a pedir autorizaciones para realizar vigilancias, seguimientos e interceptación de llamadas con la colaboración de la Unidad Policial UNDECOF.
Este grupo familiar habría operado desde 2016, a través de la simulación de empresas de remesas de dinero (empresas Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA.), de la cual el hoy procesado Edgar Francisco J. T. es accionista del 99 % de las acciones, y la empresa CAMBIOSCORP S.A., cuya creación se presume estaba destinada a disimular la procedencia de dinero ilícito.
Según la investigación, en las cuentas de estas empresas y en las de los hoy procesados se depositaban altas sumas de dinero, provenientes de Venezuela, Colombia y Perú, con montos que iban desde los 444.647,11 dólares hasta 2 millones de dólares. La empresa Edgar F. Jácome Representaciones y Servicios CIA. LTDA. llegó a tener ingresos totales de hasta 6.294.981,23 dólares.
Cada uno de los hoy procesados tenía actividades específicas, desde contadores y representantes legales hasta realizar actividades en el interior de la UAFE para evitar ser analizados. Las interceptaciones de llamadas revelan cómo habrían operado los hoy procesados. También se detalla que mantienen investigaciones por delitos de estafa, abuso de confianza, apropiación fraudulenta por medios electrónicos, captación ilegal de dinero, entre otros delitos.
La Fiscalía sustentó el inicio del proceso penal sobre la base de 52 elementos, entre ellos algunos recabados en los allanamientos ejecutados la tarde del 15 de julio del año en curso en coordinación con la Unidad de Lavado de Activos de la Policía Nacional y otros elementos recabados durante los seis meses de investigación previa, como:
-Reporte de operaciones inusuales ROI 202
-32 mil euros en efectivo
-Análisis de la documentación
-Parte policial
-Informe pormenorizado de las actividades de los procesados
-Informe de seguimientos y vigilancias
-Órdenes judiciales autorizando las diligencias
-Reportes de llamadas telefónicas de los hoy procesados para la interceptación de llamadas,
-Versiones,
-Más de 20 reportes telefónicos,
-Análisis de ingresos y egresos en SFN de los hoy procesados,
-Informes ejecutivos sobre los procesados,
-Certificación de manual de procesos de la UAFE y certificaciones de los cargos que sostuvo Diego Iván J. T.,
-Informe de varias alertas inusuales, entre otras.
Un Juez Anticorrupción acogió el pedido de Fiscalía y dictó prisión preventiva para los procesados Édgar Francisco J. T. y Diego Iván J. T., mientras que para Roberto Carlos Z. C. dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país.
El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diez a trece años.
Nacionales
ANT aprueba alza del 25% en los pasajes de buses interprovinciales: estas son las nuevas tarifas
La Agencia Nacional de Tránsito (ANT) aprobó un incremento del 25% en las tarifas del transporte público interprovincial e intraprovincial a escala nacional, mediante la Resolución N.º 020-DIR-2026-ANT, emitida el 25 de julio de 2026.
La medida establece un Factor de Ajuste Tarifario (FAT) del 25% sobre la estructura de costos operativos y reemplaza el cuadro tarifario que se mantenía vigente desde 2021.
Sin embargo, aunque la resolución ya entró en vigor, representantes del sector transportista señalaron que las nuevas tarifas todavía no se están cobrando, debido a que el incremento aún no ha sido socializado oficialmente con los usuarios.
Estas son las nuevas tarifas
De acuerdo con el cuadro tarifario publicado por la ANT, los nuevos valores para algunas de las principales rutas del país son:
- Quito – Guayaquil: USD 14,66 (tarifa preferencial: USD 7,33).
- Tulcán – Quito: USD 8,77 (preferencial: USD 4,38).
- Quito – Cuenca: USD 17,25 (preferencial: USD 8,63).
- Guayaquil – Cuenca: USD 11,50 (preferencial: USD 5,75).
- Santo Domingo – Guayaquil: USD 9,92 (preferencial: USD 4,96).
- Manta – Guayaquil: USD 7,19 (preferencial: USD 3,59).
- Esmeraldas – Quito: USD 11,07 (preferencial: USD 5,53).
- Esmeraldas – Guayaquil: USD 16,39 (preferencial: USD 8,19).
La ANT recordó que los adultos mayores, niños y personas con discapacidad seguirán pagando el 50% del valor del pasaje, tal como establece la normativa vigente.
¿Por qué suben los pasajes?
Según el informe técnico de la ANT, el incremento responde al Índice de Variación de Costos Operativos y al Factor de Equilibrio Económico y Social, parámetros utilizados para actualizar las tarifas.
Además, el ajuste coincide con el fin del esquema de compensación económica que el Gobierno entregaba a los transportistas tras la eliminación del subsidio al diésel.
Mediante el Decreto Ejecutivo 428, el presidente Daniel Noboa extendió por nueve meses las transferencias directas a los propietarios de buses interprovinciales e intraprovinciales, mecanismo que concluyó con el pago correspondiente a julio de 2026.
El objetivo de esa compensación era evitar un aumento inmediato en el precio de los pasajes tras el incremento del costo del combustible.
Un ajuste temporal
La ANT aclaró que este incremento no constituye la metodología tarifaria definitiva.
La entidad explicó que el ajuste del 25% funcionará como una medida transitoria mientras se desarrolla e implementa un nuevo sistema técnico para la fijación de tarifas del transporte interprovincial e intraprovincial.
Nuevas condiciones para las cooperativas
El aumento también estará condicionado al cumplimiento de una serie de requisitos por parte de las operadoras.
Entre ellos constan la instalación de botones de pánico y contadores de pasajeros en las unidades de transporte, medidas orientadas a fortalecer la seguridad de los usuarios y mejorar el control operativo del servicio.
Asimismo, la ANT anunció que realizará controles periódicos en las terminales terrestres para verificar que las cooperativas respeten las tarifas autorizadas y evitar cobros indebidos o especulativos. Las operadoras que incumplan la normativa podrán enfrentar sanciones conforme a la ley.
El Gobierno aclaró que no se trata de un incremento generalizado de los pasajes, sino de una regularización de las tarifas en cerca de 8.000 rutas interprovinciales e intraprovinciales, de las cuales alrededor de 2.000 ya fueron regularizadas. Según las autoridades, esta medida busca transparentar los valores del servicio y frenar los cobros irregulares que algunas operadoras venían aplicando.
Luque aseguró que la regularización no necesariamente implicará que los usuarios paguen más en todas las rutas, ya que muchas operadoras ya cobraban valores por encima de los autorizados. «En muchos de esos casos las empresas cobraban mucho más. El valor que pagaba el ciudadano se mantiene porque ya se estaban cobrando montos adicionales que no estaban siendo controlados», sostuvo.
Nacionales
Consejo de la Judicatura suspende por tres meses a la jueza y exministra Ivonne Núñez
El Consejo de la Judicatura resolvió suspender de forma preventiva, sin remuneración y por el plazo de tres meses, a la jueza y exministra de Trabajo Ivonne Núñez Figueroa y al magistrado Francisco Rafael Morales, integrantes de la Sala Laboral de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.
La decisión fue adoptada por el Pleno del organismo la tarde del 29 de julio de 2026, con cinco votos a favor, mientras continúa el sumario administrativo abierto en contra de ambos funcionarios judiciales.
La razón de la suspensión
La medida se sustenta en un pronunciamiento de la Corte Constitucional, que determinó que los jueces incurrieron en un error inexcusable al resolver mediante una acción de protección un conflicto de naturaleza contractual.
De acuerdo con el informe de la Subdirección de Control Disciplinario, los magistrados desnaturalizaron esta garantía constitucional al utilizarla para resolver un asunto que no correspondía a esa vía judicial.
Como consecuencia de esa decisión, se habría ordenado de manera indebida el pago de recursos públicos por parte de la empresa estatal Correos del Ecuador, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica y excediendo las atribuciones previstas en la Constitución.
Mientras dure el proceso disciplinario, ambos jueces permanecerán suspendidos de sus funciones y dejarán de percibir sus remuneraciones.
La trayectoria de Ivonne Núñez
En 2016 fue destituida de la Corte Provincial del Guayas durante la administración del entonces presidente del Consejo de la Judicatura, Gustavo Jalkh. Sin embargo, dos años después recuperó su cargo por disposición de la Corte Constitucional.
Posteriormente, fue designada por el presidente Daniel Noboa como ministra de Trabajo, función que desempeñó entre noviembre de 2023 y noviembre de 2025, antes de reincorporarse a la Función Judicial.
Se suma a otra sanción
La suspensión dispuesta por el Consejo de la Judicatura se suma a una sanción emitida en mayo de 2026 por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
En esa ocasión, el organismo electoral suspendió los derechos políticos de Núñez por tres meses, la inhabilitó temporalmente para ejercer funciones públicas y le impuso una multa económica.
El fallo se originó tras una denuncia por el presunto incumplimiento de una resolución relacionada con el prefecto de Chimborazo, Hermel Tayupanda, conducta que fue considerada un desacato a la autoridad electoral.
Con la apertura del sumario administrativo, el Consejo de la Judicatura continuará analizando el caso para determinar si corresponde imponer una sanción definitiva a los dos magistrados involucrados.
Nacionales
Reimberg advierte a jueces: “Se enderezan o van presos”, tras allanamientos a magistrados de la Corte Nacional
El ministro del Interior, John Reimberg, lanzó una dura advertencia a los operadores de justicia luego de que la Fiscalía General del Estado ejecutara allanamientos contra jueces de la Corte Nacional de Justicia investigados por presunto cohecho.
Las diligencias son el resultado de una investigación relacionada con un fallo judicial emitido en 2023 que favoreció a una empresa china con una indemnización millonaria.
Presunto cohecho en fallo a favor de empresa china
La Fiscalía General del Estado informó que, en coordinación con la Policía Nacional, ejecutó varios allanamientos en inmuebles ubicados en el norte de Quito, dentro de una investigación previa por el presunto delito de cohecho.
Los investigados son Milton Velasquez, Patricio Secaira e Iván Larco, jueces que habrían integrado el Tribunal que ordenó al Estado ecuatoriano pagar USD 59’334.103,17 a favor de una empresa china.
La compañía asiática China Railway había iniciado acciones legales contra el Ministerio de Educación por un contrato firmado en el 2015 para la construcción de escuelas provisionales, que al final no terminaron de realizarse y otras, en cambio, se destruyeron al poco tiempo.
Hernández recuperó su libertad en abril de 2025, tras cumplir diez meses de prisión por colaborar con la Fiscalía, y rindió su versión en calidad de testigo protegido.
Manifestó que, durante un evento efectuado en Guayaquil, mantuvo reuniones con varias personas y conoció que los mencionados jueces habrían gestionado la emisión del fallo, correspondiente a una causa que permanecía represada varios años.
Por último, Fiscalía informó que continuará practicando las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, «con respeto al debido proceso».
El delito de cohecho está tipificado en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Fuente: Vistazo
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