Nacionales
Asamblea Nacional pide la renuncia a Bella Jiménez, acusada de supuesta gestión de cargos públicos
Con 81 votos, este 20 de septiembre, la Asamblea Nacional pidió a la legisladora Bella Jiménez Torres, que renuncie al cargo de segunda vicepresidenta de la Función Legislativa, para que pueda defenderse en el ámbito judicial y en el Comité de Ética de las acusaciones por supuesta gestión de cargos públicos.
La moción la presentó su ex coideario de Pichincha, Marlon Cadena de la Izquierda Democrática. Obtuvo el respaldo de una parte de sus coidearios, de Pachakutik, PSC, CREO-BAN e independientes. Votaron por la abstención la bancada UNES, algunos de la ID, del PSC e independientes que sumaron 53 voluntades.
Cadena sostuvo que la Asamblea está siendo torpedeada por distintas fuerzas internas y externas, y sobre todo, una de las responsabilidades que tienen los 137 asambleístas es no hacer espíritu de cuerpo en las cuestiones negativas.
Consideró que la imagen de la Asamblea Nacional se ha visto lesionada y menoscabada por cuanto una de las autoridades más representativas que tiene la Asamblea Nacional ha sido cuestionada; en ese sentido, la segunda vicepresidenta de la Asamblea “ha tenido un desempeño que pone en duda la probidad con la que se debe manejar”.
Que la segunda vicepresidenta no ha hecho honor a esa tarea encomendada por parte de la bancada de la Izquierda Democrática y de los asambleístas; por lo tanto, añadió que asumen esa responsabilidad y que así como propusieron el nombre de Bella Jiménez, para que sea nominada como segunda vicepresidencia, hoy le exigen que presente la renuncia a ese puesto, porque no se sienten representados.
Cadena comentó que la presencia de Jiménez, lesiona la imagen y el buen nombre que debe tener el primer poder del Estado como es l Asamblea Nacional.
Aclaró que esta moción no constituye una persecución ni tampoco un entorpecimiento a los debidos procesos que el Comité de Ética estará elaborando, quien debe emitir un informe de manera pronta, para que se indique la responsabilidad de las acciones de la segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional.
La legisladora Bella Jiménez, representante del Guayas, intervino en la sesión para señalar que le sorprende que el legislador proponente no haya leído la Ley Orgánica de la Función Legislativa ni el reglamento del Comité de Ética. Calificó de impertinente y espuria la resolución, y afirmó que no tiene motivación alguna.
Manifestó que ya está siendo procesada por el Comité de Ética y que todas las acusaciones en su contra serán desvirtuadas en la etapa probatoria.
Preguntó al proponente de la moción si la Izquierda Democrática le dio el derecho a defenderse, y si el partido escuchó algún momento a Bella Jiménez, a quien propusieron para segunda vicepresidenta. Que en menos de 24 horas la hicieron “picadillo”, y preguntó por qué no hacen lo mismo con el “compañero Eckenner Recalde y con Rocío Guanoluisa; ustedes pretenden hablar de orejas largas, que tire la primera piedra el que no tenga pecado; soy inocente hasta que se demuestre lo contrario, pues mi caso está en investigación, no sé cuál es el apuro”, subrayó.
Advirtió que hoy será ella, mañana puede ser Guadalupe Llori, porque esta Asamblea se está convirtiendo en una cueva de guillotina, que el que menos se resbala le dan duro.
Reclamó a la Izquierda Democrática por la falta de solidaridad y llamó a respetar el debido proceso en el Comité de Ética y que faltan pocos días para conocer el resultado de la investigación. Que no se aferra a la segunda vicepresidencia, que respetará la decisión, pero que no es la manera de sacar a Bella Jiménez, sobre todo porque es mujer. Que no es la manera, y anotó como se convierten en enemigos y odiadores de las mujeres por ser la provincia del Guayas.
Manifestó que el mundo da vueltas y que el tiempo le dará la razón, pues ella no se aferra al cargo, y si tiene que renunciar a la vicepresidencia lo hará, en su debido momento.
La postulación de Bella Jiménez a segunda vicepresidenta la realizó el actual jefe de bancada de la Izquierda Democrática, Alejandro Jaramillo, quien luego de conocer la denuncia pública sobre gestión de cargos públicos, presentó un pedido de investigación a Jiménez Torres, ante el Comité de Ética. (I) Fuente: El Universo
Nacionales
Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares
La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de Machala, Darío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.
Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.
Presuntos movimientos millonarios del alcalde
Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.
Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.
Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.
La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo
Nacionales
La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador
En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.
María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.
“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.
En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.
La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.
En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.
“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.
Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.
Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.
La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.
Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.
El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.
La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.
Nacionales
Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito
La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.
Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.
Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado
De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.
Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.
Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.
Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.
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