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Aclaración respecto a la gestión de depósitos de relaves en la Mina Mirador

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EcuaCorriente S.A. (ECSA), compañía ecuatoriana concesionaria de la mina de cobre Mirador ubicada en el cantón El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe; en relación con las publicaciones, sin contrastar y sin investigar, realizadas por ciertos medios de comunicación y usuarios de redes sociales acerca de un supuesto riesgo de colapso de los depósitos de relaves de la Mina, aclaramos a la opinión pública lo siguiente:

  1. Los depósitos de relaves son infraestructuras de ingeniería que permiten almacenar los relaves provenientes de la fase de beneficio de toda actividad minera, contenidos en una obra estructurada en forma segura y de carácter permanente.
  2. Con la finalidad de garantizar la estabilidad, control y monitoreo de los depósitos de relaves de Mirador, ECSA ha invertido aproximadamente 15 millones de dólares exclusivamente en la preparación de más de 55 estudios técnicos que han sido desarrollados a través de 21 empresas consultoras nacionales y extranjeras especializadas en distintas ramas de la ingeniería; estudios que incluyen: investigaciones geotécnicas complementarias, estudios de peligro sísmico, análisis de riesgos, modelos hipotéticos de rotura, estudios de amenaza volcánica, estudios geofísicos, estudios hidrológicos e hidrogeológicos actualizados, monitoreo satelital, entre otros.
  3. ECSA ha actualizado su ingeniería cumpliendo con la normativa ecuatoriana sobre depósitos de relaves, y con las recomendaciones de buenas prácticas internacionales de la Asociación Canadiense de Presas (CDA). La ingeniería fue también realizada con la intervención de empresas consultoras internacionales y nacionales especializadas y sobre todo con experiencia demostrada en esta clase de obras.
  4. La norma ecuatoriana de la construcción (NEC-15) y la normativa vigente para depósitos de relaves, disponen la ejecución de estudios de peligro sísmico para obras importantes. ECSA ha realizado estudios de peligro sísmico y ha aplicado los criterios indicados en la normativa nacional e internacional (CDA); lo que ha permitido tener ingenierías conservadoras y estructuras robustas y seguras frente a eventos sísmicos.
  5. La normativa ecuatoriana obliga a realizar auditorías anuales internas y externas de seguridad a este tipo de depósitos. Las auditorías a los depósitos de relaves de Mirador han contado con la supervisión constante de las autoridades públicas de control del Ministerio de Energía y Minas, Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Coordinación Zonal Sur y del Instituto de Investigación Geológico Energético. El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en el ámbito de sus competencias, también lleva a cabo controles y seguimientos continuos en los depósitos de relaves, para verificar que la gestión de los mismos cumpla con la normativa vigente.
  6. ECSA cuenta con un departamento interno especializado y dedicado exclusivamente a la operación, monitoreo y vigilancia de las estructuras que conforman los depósitos de relaves en la mina Mirador; integrado por un equipo multidisciplinario de alto nivel, los cuales utilizan tecnología de vanguardia, como monitoreo geotécnico en tiempo real, monitoreos con escáner láser, monitoreos satelitales, sistema de videovigilancia para supervisar de manera constante las condiciones de los depósitos de relaves, realizar inspecciones programadas, mantener registros detallados y datos de monitoreo, evaluar y gestionar los riesgos asociados a las presas, entre otros.
  7. A pesar de todas las medidas de seguridad tomadas por nuestra compañía, un grupo de personas que se oponen injustificadamente al desarrollo de la minería en el país, han auspiciado la exposición en algunos medios de comunicación de ciertos autodenominados científicos quienes han presentado un erróneo modelo hipotético de rotura de los depósitos de relaves, mismo que carece de información geológica-geotécnica de la zona donde se encuentran ubicados los depósitos de relaves de la mina Mirador; lo cual desvirtúa completamente la credibilidad científica de los resultados de dicho modelo, al emitir datos falsos de la geometría, metodología constructiva, materiales utilizados para la construcción de los depósitos de relaves de la mina Mirador y otras consideraciones técnicas. Estas personas inescrupulosas se fundamentan en apreciaciones y supuestos infundados; por lo que, como consecuencia, sus falsas aseveraciones son totalmente irresponsables.
  8. Los depósitos de relaves de la mina Mirador no pueden ser comparables con la presa de relaves Brumadinho de Brasil, la cual fue construida con el método “aguas arriba” con materiales de relaves y que colapsó en el año 2019. Dicho método de construcción ya no se utiliza a nivel internacional, y es así que incluso la normativa ecuatoriana prohíbe la construcción de presas de relave mediante dicho método “aguas arriba”; por lo que ECSA, responsable en sus procesos mineros, emplea los métodos constructivos permitidos por la ley: método “eje central” para la presa Quimi y método “aguas abajo” para la presa Tundayme, utilizando rocas y materiales granulares para la construcción de las mismas, garantizando así la estabilidad y seguridad de la infraestructura, y sin escatimar las inversiones que sean necesarias a fin de obtener presas sumamente seguras.

ECSA rechaza enérgicamente las falsas afirmaciones carentes de fundamento técnico expresadas por dichos autodenominados científicos, que lo único que buscan es detener el avance de la industria minera en el país; en detrimento de todos los beneficios económicos y sociales que esta industria genera a favor de la comunidad y del Estado ecuatoriano en general, como son la creación de empleo, encadenamientos productivos, dinamización de la economía local y nacional, generación de tributos, etc.

Hacemos un llamado a la opinión pública a no prestar atención a información falsa, así como a los medios de comunicación y usuarios de redes sociales para acudir a la fuente oficial y contrastar la información a fin de no replicar noticias infundadas.

Nos reservamos el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan.

Finalmente, ECSA reafirma su compromiso inquebrantable de llevar a cabo sus actividades en estricto cumplimiento de las leyes, priorizando la seguridad en todo momento y mostrando el máximo respeto hacia la comunidad y la naturaleza; contribuyendo al mismo tiempo al crecimiento económico de nuestro país.

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¿Qué implica para Ecuador ir a una Asamblea Constituyente y cuáles son los pasos y plazos para este proceso?

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En Ecuador solamente existen tres caminos para modificar la Constitución: las enmiendas, las reformas parciales y la Asamblea Constituyente. Cada una sirve para un propósito y, legalmente, no pueden utilizarse al azar o por gusto. El presidente Daniel Noboa ha optado, finalmente, por una Asamblea Constituyente.

No es una idea nueva de su parte, pues durante la campaña electoral para las elecciones de 2025 habló de una nueva Asamblea Constituyente para «refundar» un país que «necesita cambio». Su propuesta apuntaba a un proceso de redacción de una nueva Constitución, aunque no entregó más detalles de cuándo se podría comenzar este proceso, ni de a qué puntos especiales apuntaría la nueva Carta Magna.

Una Constituyente es un proceso complejo, largo y costoso. Según la Constitución, el proceso de una Constituyente incluye obligatoriamente tres procesos de votación, una primera consulta popular, luego la elección de los asambleístas constituyentes y, finalmente, el referendo para decidir si la nueva Constitución se aprueba o no.

El primer paso: la Corte Constitucional
La primera puerta que deberá tocar es la de la Corte Constitucional. Esta institución deberá hacer, primero, un análisis de la vía para la reforma constitucional, y luego una revisión de la pregunta y la propuesta que haga Noboa para llamar a la Constituyente.

El Presidente deberá presentar a la Corte una propuesta de llamado a Asamblea Constituyente, que justifique su iniciativa y los considerandos, señale cuáles son las modificaciones que busca hacer y proponga un estatuto que establezca cuál sería la forma de elección de los asambleístas constituyentes.

En la primera revisión de la Corte, ésta deberá verificar que los cambios constitucionales propuestos se puedan hacer mediante Asamblea Constituyente, y no sean realizables por la vía de la enmienda o una reforma.

Si la propuesta del Presidente de la República recibe un dictamen favorable de la Corte Constitucional en este primer paso, esa misma institución debe hacer una segunda revisión, de constitucionalidad de la convocatoria a la Asamblea Constituyente.

Aquí se deberá revisar la pregunta que se plantearía a los ecuatorianos: que esta no induzca a la respuesta y que los considerandos permitan que el votante elija libremente. La Corte deberá analizar a fondo si la propuesta de Noboa permite una integración democrática de la Asamblea Constituyente.

Si Noboa presenta su iniciativa, el tiempo que dure este proceso en la Corte Constitucional puede llegar a durar entre uno y dos meses, de acuerdo con lo que esa institución ha tomado para otras iniciativas similares.

La convocatoria
Si la iniciativa supera el control de la Corte Constitucional, el Presidente puede convocar, mediante decreto ejecutivo, a una consulta popular para preguntar a los ecuatorianos si desean o no que se instale la Constituyente. En el decreto se debe incluir la forma de elección de las representantes y los representantes y las reglas del proceso electoral, según lo ya revisado por la Corte

El Código de la Democracia establece plazos para este proceso. Según estos, tras el decreto presidencial, el Consejo Nacional Electoral (CNE) debe convocar a la consulta en 15 días, y ésta se debe llevar a cabo en los 60 días siguientes (dos meses).

El Código de la Democracia no determina un plazo para el escrutinio y proclamación de resultados. Sin embargo esto puede durar hasta un mes. Pero podría aumentar si hay objeciones al conteo de votos o incluso procesos ante el Tribunal Contencioso Electoral.

Asambleístas constituyentes
Si el «Sí» obtiene el triunfo en la consulta popular sobre la convocatoria a una Constituyente, se debe llamar a nuevas elecciones para escoger a los asambleístas constituyentes. Y cuando ellos terminen su trabajo y tengan una propuesta de nueva Constitución, debe haber una tercera votación: un referendo para que la ciudadanía decida si entra en vigencia o no este texto.

Pero los plazos de todo este proceso dependerán del estatuto, redactado por la Presidencia y revisado por la Corte Constitucional.

En 2007, cuando el entonces presidente Rafael Correa llamó a la consulta popular para convocar a la Constituyente de Montecristi, el Decreto Ejecutivo No. 148 estableció un estatuto que decía que la Constituyente tendría una duración máxima de 180 días, es decir seis meses. Aunque realmente esa Constituyente funcionó por poco menos de ocho meses.

Después del tiempo determinado en el estatuto, la Constituyente debe presentar un nuevo texto de Constitución y el CNE debe convocar a un referendo. Nuevamente, no hay plazos, y estos deberán estar incluidos en el estatuto, pero difícilmente serán menores a dos meses, sobre todo porque deberá emprenderse una campaña de difusión de la propuesta.

Es decir que este proceso podría durar entre ocho meses y más de un año, pues incluye dos elecciones con sus respectivas campañas electorales. Fuente: Primicias 

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Daniel Noboa propone nueva Asamblea Constituyente para ‘liberar’ al Ecuador

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El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, anunció este miércoles su decisión de convocar a una Asamblea Constituyente, alegando que el país se encuentra “secuestrado por instituciones” que han olvidado servir al pueblo.

El comunicado presidencial, difundido bajo el título “Valientes ecuatorianos”, denuncia una parálisis institucional que, según el mandatario, ha impedido consolidar el cambio por el cual votaron los ecuatorianos en las urnas.

“No podemos seguir atrapados en el pasado”, señala Noboa, haciendo referencia a estructuras políticas que —según él— han protegido al crimen organizado y obstaculizado reformas clave.

El Ejecutivo había propuesto previamente una serie de preguntas para una consulta popular y referéndum, previstos para finales de noviembre de este año. Sin embargo, la Corte Constitucional (CC) rechazó el trámite de una amplia mayoría de estas.

$!Fotografía del edifico de la Corte Constitucional, en Quito.

El alto tribunal también suspendió de foma preliminar el pasado mes varios artículos de polémicas leyes impulsada por Noboa, las cuales acumulan decenas de demandas de inconstitucionalidad que advierten sobre la vulneración derechos fundamentales.

“Esta vez serán los ecuatorianos quienes decidan el marco normativo de un nuevo Ecuador”, afirmó el mandatario.

¿Qué propuestas rechazó la Corte?

La CC negó a inicios de este mes tres de las siete preguntas enviadas inicialmente por el Gobierno que buscaban permitir el enjuiciamiento político de los magistrados de ese tribunal, eliminar el CPCCS y reabrir los casinos y salas de juego en hoteles de cinco estrellas, con la condición de que destinen un 25 % de sus ingresos a programas contra la desnutrición crónica infantil.

Ante ello, el mandatario envió el pasado 8 de septiembre un segundo bloque de preguntas que abordaba aspectos como el registro de personas con sentencias condenatorias ejecutoriadas por violación a menores, los requisitos para que el máximo tribunal declare la inconstitucionalidad de leyes impulsadas por la Presidencia, y la eliminación de la facultad del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) para designar autoridades.

El alto tribunal volvió a pronunciarse con respecto a las preguntas enviadas por el mandatario este lunes, cuando rechazó la pregunta referida a reducir el número de legisladores de la Asamblea Nacional, que actualmente cuenta con 151 integrantes, por no cumplir con los requisitos constitucionales de claridad y lealtad hacia el electorado.

La Corte determinó que esta cuestión omitía datos fundamentales, como que la cámara nacional pasaría a tener solo 73 integrantes, y tampoco especificaba los criterios de redistribución de escaños por provincia. Fuente: Vistazo 

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Noboa dice que las protestas son de mineros ilegales

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En entrevista con Radio Gaviota, en Machala, el presidente Daniel Noboa aseguró que los principales contradictores de la medida son traficantes de combustibles y mineros ilegales, quienes se benefician del subsidio e incluso cuentan con respaldo de políticos.

«Traficantes de combustibles y mineros ilegales están queriendo agitar y usan a actores políticos para que hagan relajo, porque son ellos quienes financian sus campañas«, afirmó Noboa.

El mandatario también no tardó en mencionar el correísmo y lo que el llamó «doble discurso». Noboa se refirió concretamente al reciente intento de la RC de impulsar en la Asamblea Nacional una moción de rechazo a la eliminación del subsidio.

“La bancada de la Revolución Ciudadana estaba rasgándose las vestiduras, haciendo relajo. Pero si Correa pasó diciendo en su gobierno que el subsidio era una medida perversa. Su propia gente está yéndose en contra de lo que dice su líder”, cuestionó Noboa.

El presidente así mismo se refirió a Leonidas Iza y dijo:

“Algunos se fueron hasta Azuay a la marcha, pero ahí (en Latacunga) no estaban. Nosotros teníamos a la gente alrededor de la Gobernación cantando el Himno Nacional. Eso no fue pagado”, señaló. (I)

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