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Aclaración respecto a la gestión de depósitos de relaves en la Mina Mirador

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EcuaCorriente S.A. (ECSA), compañía ecuatoriana concesionaria de la mina de cobre Mirador ubicada en el cantón El Pangui, provincia de Zamora Chinchipe; en relación con las publicaciones, sin contrastar y sin investigar, realizadas por ciertos medios de comunicación y usuarios de redes sociales acerca de un supuesto riesgo de colapso de los depósitos de relaves de la Mina, aclaramos a la opinión pública lo siguiente:

  1. Los depósitos de relaves son infraestructuras de ingeniería que permiten almacenar los relaves provenientes de la fase de beneficio de toda actividad minera, contenidos en una obra estructurada en forma segura y de carácter permanente.
  2. Con la finalidad de garantizar la estabilidad, control y monitoreo de los depósitos de relaves de Mirador, ECSA ha invertido aproximadamente 15 millones de dólares exclusivamente en la preparación de más de 55 estudios técnicos que han sido desarrollados a través de 21 empresas consultoras nacionales y extranjeras especializadas en distintas ramas de la ingeniería; estudios que incluyen: investigaciones geotécnicas complementarias, estudios de peligro sísmico, análisis de riesgos, modelos hipotéticos de rotura, estudios de amenaza volcánica, estudios geofísicos, estudios hidrológicos e hidrogeológicos actualizados, monitoreo satelital, entre otros.
  3. ECSA ha actualizado su ingeniería cumpliendo con la normativa ecuatoriana sobre depósitos de relaves, y con las recomendaciones de buenas prácticas internacionales de la Asociación Canadiense de Presas (CDA). La ingeniería fue también realizada con la intervención de empresas consultoras internacionales y nacionales especializadas y sobre todo con experiencia demostrada en esta clase de obras.
  4. La norma ecuatoriana de la construcción (NEC-15) y la normativa vigente para depósitos de relaves, disponen la ejecución de estudios de peligro sísmico para obras importantes. ECSA ha realizado estudios de peligro sísmico y ha aplicado los criterios indicados en la normativa nacional e internacional (CDA); lo que ha permitido tener ingenierías conservadoras y estructuras robustas y seguras frente a eventos sísmicos.
  5. La normativa ecuatoriana obliga a realizar auditorías anuales internas y externas de seguridad a este tipo de depósitos. Las auditorías a los depósitos de relaves de Mirador han contado con la supervisión constante de las autoridades públicas de control del Ministerio de Energía y Minas, Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Coordinación Zonal Sur y del Instituto de Investigación Geológico Energético. El Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica, en el ámbito de sus competencias, también lleva a cabo controles y seguimientos continuos en los depósitos de relaves, para verificar que la gestión de los mismos cumpla con la normativa vigente.
  6. ECSA cuenta con un departamento interno especializado y dedicado exclusivamente a la operación, monitoreo y vigilancia de las estructuras que conforman los depósitos de relaves en la mina Mirador; integrado por un equipo multidisciplinario de alto nivel, los cuales utilizan tecnología de vanguardia, como monitoreo geotécnico en tiempo real, monitoreos con escáner láser, monitoreos satelitales, sistema de videovigilancia para supervisar de manera constante las condiciones de los depósitos de relaves, realizar inspecciones programadas, mantener registros detallados y datos de monitoreo, evaluar y gestionar los riesgos asociados a las presas, entre otros.
  7. A pesar de todas las medidas de seguridad tomadas por nuestra compañía, un grupo de personas que se oponen injustificadamente al desarrollo de la minería en el país, han auspiciado la exposición en algunos medios de comunicación de ciertos autodenominados científicos quienes han presentado un erróneo modelo hipotético de rotura de los depósitos de relaves, mismo que carece de información geológica-geotécnica de la zona donde se encuentran ubicados los depósitos de relaves de la mina Mirador; lo cual desvirtúa completamente la credibilidad científica de los resultados de dicho modelo, al emitir datos falsos de la geometría, metodología constructiva, materiales utilizados para la construcción de los depósitos de relaves de la mina Mirador y otras consideraciones técnicas. Estas personas inescrupulosas se fundamentan en apreciaciones y supuestos infundados; por lo que, como consecuencia, sus falsas aseveraciones son totalmente irresponsables.
  8. Los depósitos de relaves de la mina Mirador no pueden ser comparables con la presa de relaves Brumadinho de Brasil, la cual fue construida con el método “aguas arriba” con materiales de relaves y que colapsó en el año 2019. Dicho método de construcción ya no se utiliza a nivel internacional, y es así que incluso la normativa ecuatoriana prohíbe la construcción de presas de relave mediante dicho método “aguas arriba”; por lo que ECSA, responsable en sus procesos mineros, emplea los métodos constructivos permitidos por la ley: método “eje central” para la presa Quimi y método “aguas abajo” para la presa Tundayme, utilizando rocas y materiales granulares para la construcción de las mismas, garantizando así la estabilidad y seguridad de la infraestructura, y sin escatimar las inversiones que sean necesarias a fin de obtener presas sumamente seguras.

ECSA rechaza enérgicamente las falsas afirmaciones carentes de fundamento técnico expresadas por dichos autodenominados científicos, que lo único que buscan es detener el avance de la industria minera en el país; en detrimento de todos los beneficios económicos y sociales que esta industria genera a favor de la comunidad y del Estado ecuatoriano en general, como son la creación de empleo, encadenamientos productivos, dinamización de la economía local y nacional, generación de tributos, etc.

Hacemos un llamado a la opinión pública a no prestar atención a información falsa, así como a los medios de comunicación y usuarios de redes sociales para acudir a la fuente oficial y contrastar la información a fin de no replicar noticias infundadas.

Nos reservamos el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan.

Finalmente, ECSA reafirma su compromiso inquebrantable de llevar a cabo sus actividades en estricto cumplimiento de las leyes, priorizando la seguridad en todo momento y mostrando el máximo respeto hacia la comunidad y la naturaleza; contribuyendo al mismo tiempo al crecimiento económico de nuestro país.

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Exasambleísta advierte: “El país exige un giro urgente y profundo”

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En una entrevista concedida al noticiero Frente a Frente, el exasambleísta por la provincia de Pastaza, Raúl Tello, realizó un amplio análisis sobre los resultados de la reciente jornada electoral y las implicaciones políticas y económicas que enfrenta el país. Durante su intervención, el exasambleísta dirigió un saludo a los ciudadanos del sur del Ecuador, en especial a la provincia de Zamora Chinchipe, y señaló que la votación registrada refleja un «rechazo rotundo del pueblo ecuatoriano a la actual forma de gobernar».

Un mensaje claro desde las urnas
Tello afirmó que el resultado electoral constituye una reacción ciudadana frente al desgaste del Gobierno. Indicó que “la gente se cansó”, aludiendo a que la población puede tolerar ciertas inconsistencias, “pero no se le puede mentir toda la vida”. Según el exasambleísta, el país expresó de forma categórica su inconformidad con el manejo político, económico y social demostrado hasta el momento.

Señaló además que el Gobierno enfrenta dos caminos: persistir en la misma línea de gestión, arriesgando un escenario de mayor autoritarismo e inestabilidad, o asumir críticamente los resultados y ejecutar cambios profundos en su conducción.

Contradicciones entre el discurso oficial y la realidad ciudadana
El exasambleísta indicó que los errores no se limitan a la estrategia comunicacional, sino a la contradicción entre el discurso gubernamental y la realidad cotidiana de los ecuatorianos. Cuestionó afirmaciones oficiales sobre mejoras en el empleo, seguridad y economía, enfatizando que “no hay cosa más falsa que eso”, pues la población no percibe esos supuestos avances.

Tello destacó que la reacción electoral responde también al contexto post-paro, cuando muchos ciudadanos no participaron en las manifestaciones debido a la precariedad económica, pero sí expresaron su posición en las urnas de manera “contundente”.

Críticas a las políticas económicas, sociales y de seguridad
El exasambleísta cuestionó la narración oficial en torno al denominado Plan Fénix, indicando que “nunca existió tal plan”. Señaló que bajo ese argumento se incrementó el IVA y se aprobaron leyes que, a su criterio, “no han servido para nada”. Asimismo, criticó el gasto de aproximadamente USD 120 millones en dos consultas populares sin resultados tangibles.

Tello también advirtió sobre la falta de medicamentos en hospitales públicos, la inseguridad en crecimiento y la ausencia de políticas efectivas para reducir las muertes violentas. A su juicio, esta gestión ha puesto incluso en riesgo la dolarización, al disminuir la confianza de los organismos multilaterales.

Responsabilidades y caminos de acción
El exasambleísta sostuvo que, tras el “chuchaqui electoral”, el Gobierno deberá “acomodar las cuentas”, lo que implicaría revisar bonos y compromisos económicos asumidos con diversos sectores. Señaló que el despilfarro y el manejo fiscal ponen al país en una posición delicada.

Pidió al Ejecutivo asumir con seriedad este mensaje ciudadano, realizar un cambio integral en su gabinete y reemplazar a ministros que, según él, se han convertido en “un lastre en la conducción del Estado”, mencionando específicamente al Ministro de Defensa. Asimismo, llamó a revisar los nombramientos en niveles provinciales, donde, afirmó, algunos funcionarios solo buscan preservar sus cargos.

El triunfo pertenece al pueblo, no a fuerzas políticas
Al ser consultado sobre si este resultado electoral representa una victoria de una organización política específica, Tello fue enfático: “Lo más irresponsable sería apropiarse de un triunfo que no nos corresponde”. Sostuvo que la victoria es del pueblo ecuatoriano, especialmente de los jóvenes, artistas populares, organizaciones indígenas y ciudadanos que defendieron derechos como la educación gratuita y los derechos de la naturaleza.

El legislador resaltó el papel activo de la ciudadanía, que impulsó por iniciativa propia una campaña basada en argumentos y no en narrativas, logrando un impacto decisivo en la opinión pública.

Llamado final al diálogo y a las reformas efectivas
Raúl Tello afirmó que la Constitución no impide al Gobierno implementar políticas efectivas de seguridad, educación y desarrollo. Exhortó a convocar a todos los sectores del país para construir reformas desde el marco constitucional vigente, especialmente en temas como el sistema educativo, la seguridad y la protección de la niñez y juventud.

Concluyó indicando que el momento actual exige responsabilidad, humildad y decisiones de Estado: “El gobierno debe asumir este mensaje poderoso y contundente de los ecuatorianos”.

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La Tertulia Jurídica analizó el alcance constitucional y procesal del recurso de doble conforme

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El programa La Tertulia Jurídica desarrolló, el 5 de noviembre, una sesión académica dedicada al estudio del recurso de doble conforme, una institución procesal que ha generado amplio debate en el país tras su incorporación mediante resolución del Pleno de la Corte Nacional de Justicia. El espacio contó con la participación del Dr. Manuel Alexander Velepucha Ríos, reconocido penalista ecuatoriano, quien impartió un dialogo magistral sobre el tema.

Formación y trayectoria del conferencista
El Dr. Manuel Alexander Velepucha Ríos es abogado por los tribunales de la República del Ecuador titulado en la Universidad Nacional de Loja, especialista superior en Derecho Procesal por la Universidad Andina Simón Bolívar y magíster en Derecho Constitucional por la Universidad Técnica Particular de Loja.
En su experiencia profesional se ha desempeñado como:
• Procurador judicial del Ministerio de Gobierno
• Procurador judicial del Ministerio de Salud Pública
• Director de Patrocinio Judicial del Ministerio del Interior
• Director de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior
Contenido académico de la conferencia

Durante su intervención, el Dr. Velepucha explicó que el recurso de doble conforme no debe confundirse con el derecho genérico a recurrir, sino que constituye una garantía específica dentro del debido proceso. Señaló que esta figura surge a partir de dos fallos de la Corte Constitucional:
• Acción extraordinaria de protección No. 1965-18-EP/21
• Acción pública de inconstitucionalidad No. 8-19-IN acumulados/2021

En estas sentencias se determinó la existencia de un vacío legislativo respecto de la garantía del doble conforme, reconocido por instrumentos internacionales de derechos humanos, y se dispuso al Pleno de la Corte Nacional de Justicia emitir una resolución —con fuerza temporalmente normativa— hasta que la Asamblea Nacional incorpore este recurso en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La resolución fue finalmente publicada en el Registro Oficial el 18 de abril de 2022.

Aspectos esenciales del recurso
El jurista explicó que el doble conforme:
• Es un recurso ordinario, no extraordinario,
• Procede cuando una primera condena proviene de una sala de apelación o de casación,
• Debe interponerse por escrito dentro de los tres días siguientes a la notificación de la sentencia condenatoria,
• No requiere formalismos excesivos y se fundamenta oralmente en audiencia.

Asimismo, detalló que la competencia recae inicialmente en los conjueces de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia. Sin embargo, debido a la falta de suficientes jueces penales, la resolución prevé que, de agotarse esta especialidad, el sorteo recaiga en salas afines como Familia, Niñez y Adolescencia, lo cual —según el conferencista— genera debates sobre el derecho al juez natural.

Procedimiento y efectos
El Tribunal de Apelación debe calificar el recurso en un plazo de cinco días y, de concederlo, enviar el expediente a la Corte Nacional para sorteo. La audiencia debe convocarse dentro de los cinco días siguientes a la recepción del proceso, aunque en la práctica existen demoras por la carga laboral del sistema judicial.

En la audiencia, las partes pueden ejercer réplica y contrarréplica, y la decisión se anuncia de forma verbal, notificándose por escrito dentro de los tres días establecidos.

Si el recurso no se interpone, se habilita inmediatamente el término para la casación. En cambio, si se resuelve el doble conforme, la casación procede únicamente después de la notificación de dicha resolución.

El conferencista precisó que este recurso no solo aplica para delitos, sino también para contravenciones, constituyendo el pronunciamiento de la Corte Nacional de Justicia el cierre del proceso en materia contravencional, dado que estas causas no admiten casación.

Conclusiones de la ponencia
El Dr. Velepucha destacó que el recurso de doble conforme permite revisar aspectos jurídicos, fácticos, probatorios y valorativos, y constituye una garantía esencial para las personas condenadas. Sin embargo, enfatizó la necesidad urgente de que la Asamblea Nacional incorpore esta figura en el COIP, como ordenó la Corte Constitucional, para evitar incertidumbres sobre competencias y asegurar seguridad jurídica en el proceso penal ecuatoriano.

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¿Qué alternativas le quedan a Daniel Noboa para reformar la Constitución, tras el triunfo del ‘No’ en la consulta popular 2025?

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El triunfo del ‘No’ en la consulta popular para la instalación de una Asamblea Constituyente descartó la elaboración de una nueva Constitución. La propuesta del presidente Daniel Noboa logró el 38,35% de apoyo, con el 98% de actas escrutadas, mientras la opción del ‘No’ logró el 61,65% de respaldo.

Este resultado es un claro revés para el Mandatario y su movimiento político, que llevan meses señalando que es necesaria una nueva Constitución para enfrentar la crisis de inseguridad que atraviesa el país.

Según los resultados por provincias, solo Tungurahua y Galápagos apoyaron la propuesta presidencial. En las demás provincias, se impuso la opción del ‘No’.

En este escenario, si el presidente Noboa insiste en que el problema para la lucha contra la violencia está en la normativa, tendrá que apuntar a otras opciones: reformas legales en la Asamblea Nacional, o enmiendas y reformas constitucionales:

Dependiendo del tema, estos procesos podrían tomar incluso menos tiempo que el total de la Asamblea Constituyente, que podía llegar a tardar hasta un año entre las elecciones y el funcionamiento de la institución.

Las opciones de Noboa
La Constitución que quedó vigente tras los resultados de la consulta popular prevé dos maneras de reformarla, con las que el Gobierno podría impulsar sus iniciativas:

1 Reforma parcial
La primera opción que le queda a Noboa es la reforma parcial a la Constitución, que se puede aplicar cuando sean iniciativas que no supongan una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifiquen el procedimiento de reforma de la Constitución.

El proceso para la reforma podría comenzar por iniciativa del Presidente, pero se tramita por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate debe realizarse al menos 90 días después del primero.

Es decir que este proceso es más rápido que una Constituyente, y al que el Presidente puede acudir en caso de querer cambios a la Constitución.

2 Enmienda constitucional
La enmienda se puede aplicar en los casos en los que se requiera no alterar su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución.

El Presidente puede plantear la necesidad de una enmienda directamente a la Corte Constitucional, y si esta se aprueba pasa directamente a un referendo. Es lo que pasó, por ejemplo, con la pregunta para la reducción de la Asamblea.

Es decir, este proceso duraría menos que una Asamblea Constituyente, igual que la reforma constitucional. Fuente: Primicias

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