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Alias Fito y su futuro en EE. UU.: ¿hablar a cambio de beneficios judiciales?

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La primera audiencia de alias Fito en Nueva York, se celebró en la sala 2A Sur del Tribunal Federal de Brooklyn. La operación es parte del plan “Take back America” (Recupere América), una estrategia del Departamento de Justicia de EE.UU. para desarticular redes criminales que, como la de José Adolfo Macías Villamar, no conocen fronteras.

Por más temido que sea en su país, cuando un capo cruza la frontera judicial hacia Estados Unidos, se enfrenta a un sistema que no improvisa. Allá no hay espacio para que prospere el caos procesal, los “errores de forma” u otras leguleyadas criollas.

Hay reglas claras, tiempos marcados y, sobre todo, una estructura pensada para conseguir un solo resultado: que el acusado colabore. El caso de alias Fito, el primero tras una reforma constitucional aprobada en referéndum, es una oportunidad para entender cómo funciona el aparato judicial federal estadounidense y por qué colaborar con la justicia suele ser, más que una opción, una necesidad.

Sin fianza y bajo presión

Todo comenzó con la lectura de cargos, al día siguiente de su aterrizaje en Long Island. Inicialmente se declaró no culpable, como casi todos lo hacen en esa fase previa. A continuación y a pedido del abogado defensor, que solicitó la fijación de una fianza para que se defienda en libertad, la jueza decidió mantenerlo bajo custodia.

La regla tácita es simple: si es extranjero y ha huido antes, no hay fianza. Así “Fito” fue declarado “riesgo extraordinario” y peligroso para la sociedad estadounidense.

Lo que continúa es la fase de descubrimiento de pruebas (discovery), en la que la Fiscalía entrega al abogado defensor todo el material probatorio que tenga: audios, videos, documentos, chats, testimonios de informantes, y mucho más.

Es una etapa que puede tomar varios meses. En paralelo, la defensa presenta mociones preliminares para tratar de anular pruebas o debilitar la acusación. De hecho, Alexei Schacht, el abogado de Macías, adelantó que no pueden acusar a su cliente de traficar armas en Estados Unidos cuando esta es la primera vez que él pisa territorio norteamericano.

Schacht es conocido por haber defendido a varios narcotraficantes colombianos y por su experiencia en crimen transnacional. Sin embargo, los expertos dicen que, cuando se trata de mafias internacionales, esos “cantos de sirena”, rara vez prosperan.

La única salida es hablar

Si no hay acuerdo entre las partes, se nombra un jurado y se inicia el juicio propiamente dicho. Pero eso ocurre en uno de cada 10 de estos casos. En el 90 por ciento restante, los acusados terminan aceptando algún tipo de acuerdo de culpabilidad.

Mientras en el Ecuador un juez puede sentenciar con un amplio margen de discrecionalidad, en Estados Unidos, las leyes federales imponen penas mínimas que ni el juez puede reducir… a menos que el acusado realmente coopere.

En el caso de “Fito”, los cargos lo llevarían a una sentencia mínima obligatoria de 20 años y una máxima de cadena perpetua. Lo que sí deberá considerar el juez, o la jueza que lleve la causa, es que para que Ecuador aprobara la extradición, el gobierno de Estados Unidos prometió por vía diplomática que no se le aplicará ni la pena de muerte ni una sentencia de por vida. Eso se solicitó porque aquí no existe ese tipo de condenas.

Y aunque esa cláusula humanitaria no obliga formalmente al juez, dicen los entendidos que es casi siempre respetada. Si las cosas van así, “Fito” esperaría una condena de entre 30 y 50 años… a menos que coopere sustancialmente.

En el sistema estadounidense, “cooperación sustancial” no es sinónimo de solo aceptar los cargos. “Es dar información que permita enjuiciar o capturar a otros delincuentes”. Y no a cualquiera: los fiscales quieren peces más gordos.

En el caso de “Fito”, eso significa ofrecer nombres, rutas, contactos y estructuras que vinculen a Los Choneros con el Cártel de Sinaloa, con mafias colombianas y/o con redes de narcotráfico internacional.

Y, mejor aún si poseyera información relevante de otras organizaciones criminales que estén en el radar de los Estados Unidos.

Solo si esa colaboración es valiosa, el Fiscal puede apelar a una norma que se aplica antes de la sentencia o, a otra que se aplica incluso después, para reducir años -o décadas- tras las rejas. De esto último sí hay precedentes como el de Carlos Lehder, fundador del Cártel de Medellín.

Visto todo esto, “Fito” tiene una gran ficha para jugar en la negociación: Aportar con “inteligencia criminal de alto nivel”. La verdadera sentencia no se dicta en el estrado… sino en la sala donde se negocia. Si lo hace quizás pueda volver a Manta, a recoger sus pasos, cuando ya haya entrado de lleno a la tercera edad.

La clave está en el grado de colaboración

  • El Chapo: castigo máximo

Joaquín Archivaldo Guzmán Loera, alias “El Chapo”, fue el líder más célebre del Cártel de Sinaloa y un maestro del escape: se fugó dos veces de prisiones mexicanas, una de ellas a través de un túnel de 1,5 kilómetros. Su última captura ocurrió tras un operativo que incluyó intervenciones telefónicas y seguimiento a su círculo cercano. Fue extraditado a Estados Unidos en enero de 2017.

Allí, lejos de buscar un acuerdo, optó por ir a juicio. Fue declarado culpable de 10 cargos, incluyendo narcotráfico, lavado de dinero y crimen organizado, y condenado a cadena perpetua más 30 años sin posibilidad de libertad condicional. Su caso es símbolo de castigo implacable.

  • Rodríguez Orejuela: capitulación financiera

Gilberto y Miguel Rodríguez Orejuela, fundadores del Cártel de Cali, fueron detenidos en Colombia en 1995 y extraditados años después a EE.UU.

Enfrentaban múltiples cargos por tráfico de cocaína y lavado de activos. Optaron por negociar: se declararon culpables, entregaron 29 propiedades en varios países, aceptaron una condena de 30 años y se comprometieron con reparaciones económicas a sus víctimas.

Su estrategia priorizó la protección de sus familias. A diferencia de otros capos, su caso demuestra que se puede negociar sin delatar. Gilberto, el mayor de los hermanos, murió de COVID-19 a los 83 años, en una prisión de Carolina del Norte.

  • “Otoniel”: acuerdo pragmático

Dairo Antonio Úsuga David, alias “Otoniel”, fue líder del Clan del Golfo, una de las mafias más violentas y estructuradas de Colombia. Tras su captura en 2021 y extradición en 2022, se declaró culpable de liderar una organización criminal dedicada al narcotráfico, extorsión y asesinatos.

Fue sentenciado en EE.UU. a 45 años de prisión, una pena dura pero menor a la cadena perpetua que habría enfrentado en un juicio. Aunque no se conocen mayores detalles sobre su nivel de colaboración, se presume que hubo un acuerdo tácito que incluyó información operativa.

Su condena buscó marcar un precedente disuasivo para otras mafias regionales.

  • Lehder: cooperación total

Carlos Lehder, cofundador del Cártel de Medellín y aliado de Pablo Escobar, fue capturado en 1987 y extraditado a Estados Unidos. Recibió inicialmente cadena perpetua más 135 años por tráfico de cocaína y crimen organizado.

Sin embargo, se convirtió en testigo clave del gobierno estadounidense, colaborando en casos contra el cártel y testificando incluso en el juicio contra el dictador panameño Manuel Noriega. Su sentencia fue reducida drásticamente y, tras más de tres décadas preso, fue liberado en 2020.

Vivió en Alemania y, en marzo de 2025, regresó a Colombia a los 75 años. Su historia ejemplifica la fuerza del canje judicial.

Una jueza experta en capos

Alias Fito fue escuchado, el 21 de julio, por una jueza que no necesita presentación enlos pasillos del Poder Judicial de Estados Unidos. Se trata de Vera M. Scanlon, magistrada del Tribunal del Distrito Este de Nueva York, especializada -y curtida- en procesos de alto perfil vinculados al crimen or- ganizado internacional.

En esa misma corte y ante esa misma jueza se sentaron antes Dairo Antonio Úsuga, alias “Otoniel”, líder del Clan del Golfo, y Martín Leonel Pérez Castro, alias “Richard”, excomandante de las FARC. Ambos fueron extraditados desde Colombia y procesados por dirigir redes transnacionales de narcotráfico que, además, financiaban es- tructuras armadas ilegales.

Scanlon también estampó su firma en la orden de captura contra Salvador Cienfuegos, exsecretario de Defensa de México, por sus pre- suntos vínculos con el cártel H-2. En otro caso, juzgó a Yamil Abreu Navarro, acusado de im- portar muchos kilos de heroína a Nueva York con apoyo del Cártel de Sinaloa. También ha presidido procesos contra una mafia neoyorquina, como el de 11 miembros de la familia Colombo, detenidos por extorsión, amaño de partidos deportivos y violencia organizada.

Aunque aún no se ha confirmado si Scanlon seguirá al frente del pro- ceso de alias “Fito” o solo participará en las audiencias iniciales, su historial anticipa que no le tiembla el pulso ante acusados con expedientes tan densos como violentos.

Nacida en Brooklyn, Scalon estudió Historia en Columbia College, donde también fue voluntaria en un comedor comunitario. Como abo- gada se graduó en la Universidad de Yale, alma mater que cuenta con una de las mejores facultades de Derecho del mundo.

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Ministro de salud confirma 12 muertes neonatales en Guayaquil y descarta cifra de 18 casos

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El ministro de Salud, Jimmy Martin, informó que en julio se registraron 12 muertes de recién nacidos en el Hospital Universitario de Guayaquil, y no 18 como circuló en redes sociales. Señaló que las causas fueron diversas, en su mayoría asociadas a bajo peso al nacer, prematuridad o inmaturidad extrema, y precisó que solo dos casos estuvieron vinculados a la bacteria KPC.

Según el funcionario,  esta información es “alarmista y falsa” y los decesos respondieron a causas multifactoriales y no a un único origen. Explicó que los bebés presentaban complicaciones graves, como bajo peso al nacer, prematuridad o inmadurez extrema, condiciones que comprometen de forma significativa su estabilidad clínica desde los primeros días de vida.

En dos de los casos, señaló Martin, se detectó la presencia de la bacteria KPC. Ante esta situación, en julio se emitió una alerta epidemiológica y se activaron de inmediato los protocolos de bioseguridad para evitar la propagación de la bacteria en la unidad hospitalaria.

El secretario de Estado también rechazó categóricamente las versiones que señalaban la reutilización de cánulas en la atención de los neonatos. Aclaró que los bebés con inmadurez extrema o muy bajo peso al nacer requieren dispositivos específicos de soporte ventilatorio, distintos a las cánulas señaladas en los rumores, y que estos equipos fueron provistos de forma adecuada por el hospital.

Respecto a los dos casos asociados con la bacteria, Martin aseguró que ya se han tomado decisiones firmes para enfrentar la situación y fortalecer las medidas de control.

“Estamos decididos a enfrentar la realidad de nuestro sistema de salud con firmeza y decisión. No vamos a permitir que intereses ajenos a la ciudadanía interfieran en el objetivo de tener un servicio digno y confiable”, enfatizó el ministro.

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Doce vidas truncadas: el costo del desmantelamiento de la salud pública

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Por Annabell Guerrero Pita

La muerte de doce neonatos en el Hospital Universitario de Guayaquil, ubicado en la vía Perimetral, ha despertado indignación nacional. Son doce vidas truncadas no solo por la falta de ejecución presupuestaria en el sector salud, sino también por una política estatal que desprecia lo público y se encuentra desconectada de las necesidades más elementales de la ciudadanía.

Este hecho no es fortuito: es consecuencia directa del desmantelamiento progresivo del sistema público de salud, evidenciado en la reducción de 1.249 millones de dólares de su presupuesto. Las secuelas son visibles: ausencia de insumos esenciales y medicamentos, deterioro de infraestructura, déficit de personal especializado y aumento de infecciones intrahospitalarias.

Quienes padecen enfermedades catastróficas, raras o huérfanas viven un calvario semanal para acceder a diálisis o tratamientos indispensables. Muchos han muerto esperando. La crisis es tal que algunos hospitales carecen de alimentación para sus pacientes, recurriendo a la asistencia del Banco de Alimentos. Pedir caridad para sostener un derecho humano básico: esa es la dimensión del abandono.

En lugar de enfrentar esta emergencia, el régimen ha optado por desviar la atención hacia supuestos “enemigos internos” y hacia la Corte Constitucional, responsabilizándola por la crisis de seguridad. Además, impulsa una nueva consulta popular, tan ineficaz como ajena a las urgencias reales del país.

La respuesta oficial ante la tragedia de los neonatos ha sido la desvinculación de autoridades del Hospital Universitario, trasladando la culpa a mandos medios. No obstante, la responsabilidad recae en el Ministerio de Salud, que a la fecha ha ejecutado apenas el 11,06% de su presupuesto y mantiene procesos de despido de personal sanitario, pese a la promesa gubernamental de no afectar al sector salud en el llamado “achicamiento del Estado”.

El artículo 32 de la Constitución del Ecuador establece que la salud es un derecho garantizado por el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos como el agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo y la seguridad social. A su vez, el artículo 3 numeral 1 señala como deber primordial del Estado “garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales”. Entre estos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su artículo 12 y la Convención sobre los Derechos del Niño que obligan a los Estados a adoptar medidas para reducir la mortalidad infantil y garantizar servicios de salud de calidad.

La muerte de doce recién nacidos en un hospital público es una violación grave de derechos humanos, un incumplimiento de obligaciones internacionales y una expresión del abandono institucional. En Ecuador, hoy, nacer en un hospital estatal puede convertirse en una sentencia de muerte, y la omisión del Estado en cumplir sus deberes es tan letal como cualquier arma.

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Federación Nacional de Abogados anuncia nueva acción legal contra la Ley de Integridad Pública

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La Federación Nacional de Abogados (FNAE) ha anunciado su intención de presentar una nueva demanda de inconstitucionalidad contra la Ley de Integridad Pública, recientemente aprobada por la Asamblea Nacional. La organización sostiene que esta legislación vulnera principios fundamentales establecidos en la Constitución del país. Según la FNAE, la ley otorga al Ejecutivo facultades que podrían comprometer la independencia judicial y el derecho a la defensa, al permitir la destitución de jueces y fiscales sin el debido proceso.

La FNAE ha expresado su preocupación por lo que considera una concentración de poder en el Ejecutivo, lo que podría afectar el equilibrio de poderes y la autonomía del sistema judicial. La organización también señala que la ley podría ser utilizada para presionar a jueces y fiscales, comprometiendo la imparcialidad en la administración de justicia.

Esta nueva acción legal se suma a otras iniciativas previas de la FNAE contra reformas legales que, según la organización, atentan contra los derechos fundamentales y el Estado de derecho. La FNAE ha reiterado su compromiso con la defensa de la Constitución y la protección de las garantías constitucionales para todos los ciudadanos.

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