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La Corte Constitucional ‘hala las orejas’ a las autoridades de seguridad y ahora supervisará sus tareas

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La Corte Constitucional (CC) dio un golpe sobre la mesa. Después de que el presidente Daniel Noboa mantuviera al país en estado de excepción los dos primeros meses del año, los magistrados ordenaron la creación de una «comisión interinstitucional» para ejecutar acciones contra la inseguridad.

En su último dictamen, la Corte exige al Ejecutivo que, si decide declarar nuevos estados de excepción, estará obligado a justificar que ya «ha implementado las medidas disponibles en el régimen ordinario y demostrar que aquellas que no están disponibles y son necesarias, no responden a su inacción o negligencia, sino que se encuentran en proceso ‘de ejecución'».

Con el documento, los magistrados declararon inconstitucional la recurrente excusa del conflicto armado interno para decretar el estado de excepción en siete provincias y tres cantones. Porque el decreto «devela que el Presidente de la República no ha justificado de manera adecuada la necesidad de la declaratoria del estado de excepción».

Pero permitieron que la medida se mantenga bajo el argumento de la conmoción interna provocada. De todas formas, los jueces enfatizan la ausencia de políticas de Estado y planes de seguridad que fijen directrices claras frente a las amenazas y daños a la convivencia pacífica de la ciudadanía.

Por eso, todas las instituciones a las que la Corte ya ha exhortado a actuar en sus dictámenes previos, deberán formar parte de esta nueva comisión interinstitucional obligatoria, con delegados propios:

Por la Función Ejecutiva: la Presidencia, los ministerios del Interior, de Defensa, de Inclusión Económica, de Economía, el Servicio Penintenciario (SNAI), las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
Por la Función Legislativa: un representante de cada bancada y un delegado de la Presidencia de la Asamblea Nacional.
Por la Función Judicial: Consejo de la Judicatura y Fiscalía General del Estado.
Por la Función de Transparencia: Defensoría del Pueblo.
Pero los jueces constitucionales no van a dejar la actuación de estas autoridades a su voluntad. Esta comisión sesionará en las instalaciones de la misma Corte, que actuará como facilitadora. Las sesiones serán obligatorias cada dos meses, sin contar las convocatorias extraordinarias que puedan existir.

En cada sesión, los delegados de estas instituciones deberán presentar sus avances y propuestas, así como obstáculos y problemas de implementación. Y discutirán los informes presentados, así como las medidas a ejecutar de forma coordinada, «siempre con información de sustento».

Y para que nadie se rezague, los magistrados determinaron que, en la primera sesión que convoque la Corte, la comisión «deberá elaborar un cronograma de trabajo con actividades claras y concretas que implementará cada institución para alcanzar el objetivo de desarrollar e implementar herramientas para afrontar el problema estructural desde el régimen constitucional ordinario».

Es decir, sin recurrir al régimen extraordinario que son los estados de excepción.

Pero, ¿por qué? La respuesta de la Corte es sencilla, porque «es claro que la Función Ejecutiva dispone de un amplio aparataje para llevar a cabo sus deberes constitucionales y legales para brindar seguridad a sus ciudadanos de manera ordinaria».

En este dictamen 1-25-EE/25, del 21 de febrero, los jueces también establecieron el «seguimiento y evaluación de los esfuerzos de las autoridades para transitar al régimen constitucional ordinario y contar con herramientas para responder al problema estructural de la violencia y crimen organizado».

Para esto la Corte abrió de manera inmediata la fase de seguimiento de su dictamen, durante el cual podrá modular, eliminar o dictaminar nuevas medidas o mecanismos de seguimiento.

La terquedad de los gobernantes
En este dictamen, la Corte Constitucional recuerda que, pese a todas sus advertencias, los gobernantes insisten en recurrir a los estados de excepción. Sucedió en 2021, 2022, 2023 y continuó en 2024, cuando Ecuador vivió en un estado de excepción permanente, con 10 decretos de Daniel Noboa.

Por eso, los jueces recalcan que en todos sus dictámenes previos, el organismo «ya le ha recordado al presidente, en múltiples ocasiones, que los problemas estructurales como el incremento de la criminalidad deben tratarse con medidas estructurales y que, para ello, no se debe abusar de los estados de excepción”.

«La  Corte Constitucional ha identificado que la recurrencia de los estados de excepción pone en evidencia la carencia de políticas de Estado y planes de seguridad».

¿Dónde queda el Consejo de Seguridad?
El Consejo de Seguridad Pública y del Estado (Cosepe) es la máxima entidad del país en la materia y tiene como función asesorar al Presidente de la República sobre las políticas, planes y estrategias de Estado, y sobre sus procedimientos.

Así mismo, debe recomendar la adopción de medidas de prevención e intervención en casos de acontecimientos graves o amenazas que afecten o puedan afectar la integridad de los habitantes y del Estado.

Este Consejo está conformado, en teoría, por 14 altos funcionarios del área, que incluyen a las máximas autoridades de cuatro funciones del Estado o sus delegados: el Primer Mandatario, los presidentes de la Asamblea, Judicatura, Corte Nacional de Justicia y Función de Transparencia.

A ellos se suman los titulares de Defensa, Interior, Relaciones Exteriores, Inteligencia Estratégica (CIES), y Atención a Privados de Libertad (SNAI). Y los comandantes del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

Es decir, casi las mismas autoridades a las que la Corte Constitucional acaba de reprender en su último dictamen. Sin embargo, como la CC no puede evaluar las actuaciones del Cosepe, tuvo que crear una comisión paralela, a la que pueda obligar a sesionar y presentar acciones, así como avances de gestión.

Por eso los magistrados explican que «ante la falta de capacidad, voluntad política y coordinación de estas instituciones, esta Corte se ve en la necesidad de adoptar, como medida para evitar la desnaturalización del estado de excepción, la creación de un “mecanismo técnico para superar los problemas estructurales de violencia y crimen organizado”. Fuente: Primicias

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Yaku Pérez presenta denuncia en Fiscalía contra Daniel Noboa, su esposa y una minera canadiense

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El excandidato presidencial, Yaku Pérez, acudió este martes 26 de agosto a las instalaciones de la Fiscalía General del Estado para presentar una denuncia contra el presidente de la República, Daniel Noboa.

A su arribo, Pérez señaló que denuncia el presunto cometimiento del delito de cohecho y tráfico de influencias por parte del Primer Mandatario, su esposa Lavinia Valbonesi y la empresa minera canadiense Dundee Precious Metals.

Según Pérez, el 23 de julio de 2025 se expidió una licencia ambiental por parte del Gobierno Nacional que se conoció públicamente un mes después a través de medios internacionales, según denuncia, se hizo «en secreto y en la clandestinidad».

Se firma entendimiento con minera Barrick International
También, sostuvo que antes de la fecha en que se expidió la licencia hubo sendas reuniones entre la minera Dundee Precious Metals y el presidente Noboa y su canciller, Gabriela Sommerfeld, en Toronto, Canadá. Estas reuniones coinciden con la fecha que el Primer Mandatario realizó una gira presidencial por la nación norteamericana.

Según, Yaku Pérez, la esposa del presidente, Lavinia Valbonesi habría recibido donaciones de la empresa canadiense mientras mostraba capturas de las redes sociales X e Instagran de la misma Primera Dama.

Pérez indicó que presentaría toda esta información a la Fiscalía General del Estado, porque «estas donaciones se hicieron de manera irregular». Pérez, señala que estas acciones están tipificadas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) como tráfico de influencias.

Desde el Gobierno Nacional aún no ha existido un pronunciamiento sobre la denuncia. Fuente: Teleamazonas 

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Ley de Transparencia Social: Asamblea aprueba cuarta económica urgente de Noboa contra el lavado de dinero

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Este martes 26 de agosto, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó en segundo debate el proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social, también conocida como ‘Ley de Fundaciones‘, calificada por el presidente Daniel Noboa como urgente en materia económica.

Con 78 votos afirmativos, la bancada oficialista ADN consiguió el respaldo mínimo para aprobar el texto íntegro de la normativa, la cuarta calificada como económica urgente por el presidente Daniel Noboa y aprobada en la Asamblea.

Según el Ejecutivo, la iniciativa busca reforzar los mecanismos de control y la cooperación interinstitucional para frenar la penetración del lavado de activos en el sistema financiero nacional.

Para su ejecución, se establece prevenir, detectar y controlar flujos irregulares de capitales en las Organizaciones Sociales Sin Fines de Lucro que operan en el país. El proyecto plantea crear un sistema unificado de información para las organizaciones en mención, clasificándolas por riesgo.

“Esta será una norma que permita detectar y desarticular las economías criminales que mueven cientos de miles de dólares en el país y que han permeado a las organizaciones sociales”, había argumentado Valentina Centeno (ADN), presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa.

Tras elaborar el informe, Centeno destacó la inclusión de la Disposición General Primera, que establece la prohibición de persecución política contra las organizaciones sociales sin fines de lucro. “Ese no es el objetivo, ni el propósito, ni el espíritu de la ley; lo que buscamos es transparencia y control de flujos irregulares de recursos”, explicó.

Según la mesa legislativa, esta disposición garantiza que ninguna medida de control, supervisión o intervención por parte de entidades públicas podrá ser utilizada como mecanismo de persecución política, restricción arbitraria a la libertad de asociación o interferencia ilegítima en las actividades lícitas de las organizaciones sociales.

No obstante, la bancada de la Revolución Ciudadana mostró su rechazo al proyecto de Ley Orgánica de Transparencia Social. En un comunicado, el bloque afirmó: “Denunciamos ante el país que la única intención del presidente ilegítimo y de su bloque es controlar a las organizaciones sociales que no han podido comprar. Esta propuesta es un nuevo intento de silenciar las voces críticas y restringir derechos”.

El correísmo también considera que el proyecto, calificado como económico urgente, es “innecesario y redundante”, ya que, según su perspectiva, existe normativa vigente para combatir el lavado de activos.

Asimismo, el bloque de la Revolución Ciudadana señaló que el proyecto de ley económico urgente es «innecesaria y redundante» porque ya existe normativa para combatir el lavado de activos.

Durante el debate, Alfredo Serrano, de la bancada del Partido Social Cristiano, expresó su oposición a la implementación de nuevos impuestos a través de esta ley. Serrano destacó que el 80% de las empresas en el país son familiares y que se debe promover la libertad económica y empresarial, así como el derecho de los socios a decidir sobre el uso de sus dividendos.

El legislador también señaló que el proyecto incluye reformas que no estuvieron presentes en el primer debate, entre ellas la propuesta de exonerar del pago de multas y recargos a empresas con deudas pendientes al IESS. Serrano enfatizó: “No le metan la mano al recurso de los afiliados y jubilados del país”.

El proyecto consta de 18 artículos; diez Disposiciones Generales; nueve Transitorias; seis Reformatorias a las Leyes Orgánica de Economía Popular y Solidaria; Orgánica de Participación Ciudadana; de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de otros Delitos; de Régimen Tributario Interno; de Minería; Código Tributario; y al Código de Planificación y Finanzas Públicas, además de tres Disposiciones Finales. Fuente: Vistazo

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Ministro arremete contra jueza que liberó a presunto sicario y exige depuración

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El ministro del Interior, John Reimberg, volvió a cuestionar públicamente a funcionarios judiciales que dejan en libertad a presuntos delincuentes peligrosos. Este lunes 25 de agosto criticó la decisión de la jueza Verónica Macas, de la Unidad Judicial Multicompetente Penal de Yantzaza (Zamora Chinchipe), quien rechazó la prisión preventiva para Rolando M., acusado de tentativa de homicidio y detenido el pasado 21 de agosto por la Policía Nacional.

El funcionario calificó la resolución como una “decisión inexplicable” y reprochó que al sospechoso se le impusieran medidas cautelares menores, como la presentación periódica ante Fiscalía y la prohibición de salida del país. “¿Hasta cuándo la Función Judicial tiene que tolerar este tipo de actos? ¿Cuándo van a estar del lado de los ecuatorianos y no de los grupos delincuenciales?”, cuestionó Reimberg en su cuenta de X.

El ministro confirmó que la denuncia ya fue recibida por el Consejo de la Judicatura (CJ) y pidió celeridad en el trámite. “Tenemos acusado recibo de la denuncia. Esperamos el procedimiento del caso”, afirmó.

90 funcionarios judiciales destituidos en 11 meses

El CJ ha intensificado los procesos disciplinarios en contra de servidores judiciales. Entre julio de 2024 y junio de 2025, un total de 90 funcionarios fueron destituidos, de los cuales 46 eran jueces de 13 provincias.

Estos son los jueces separados de la Función Judicial:

  • Cotopaxi: 1
  • El Oro: 7
  • Tungurahua: 1
  • Los Ríos: 8
  • Bolívar: 2
  • Manabí: 3
  • Guayas: 8
  • Esmeraldas: 3
  • Chimborazo: 4
  • Pastaza: 1
  • Santa Elena: 1
  • Loja: 1
  • Santo Domingo: 6

Además, fueron destituidos 11 fiscales, 10 secretarios, 5 ayudantes judiciales, 5 directores provinciales y otros servidores de apoyo, sumando un total de 90 funcionarios sancionados.

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