Noticias Zamora
Un sí al Yasuní, es un sí a la vida
Por: Lic. Alonzo Cueva
DOCENTE
Consulta Popular, 20 de agosto de 2023
La pregunta es: ¿Está usted de acuerdo en que el gobierno ecuatoriano mantenga el crudo del ITT, conocido como bloque 43, indefinidamente en el subsuelo?
Razonamiento
El Yasuní, es el parque nacional más grande del Ecuador, con una extensión de 9823 Km2. La zona intangible y el adyacente territorio waorani, fueron declarados Reserva de Biósfera por la UNESCO en el año 1989; se encuentra entre los ríos Napo y Curaray; en su interior están las subcuencas, de los ríos Tiputini, Yasuní, Nashiño, Cononaco, entre otras. Considerado también como la “NUEVA ARCA DE NOÉ”; pues, varios estudios científicos dan cuenta de su inconmensurable biodiversidad. EL Yasuní, alberga a 271 especies de anfibios y reptiles, más de 600 de aves, más de 150 de mamíferos, más de 250 de peces y más de 2000 de árboles y arbustos; pero sobre todo, se constituye en el hogar para los Tagaeri y Taromenane, pueblos ecosistémicos que han optado por vivir en estricta relación con su entorno ecológico, y sin contacto con el resto dela población, cuya decisión, debe respetarse y garantizarse por parte del Estado, para no cometer el delito de etnocidio, como lo estipulan tratados y convenios internacionales de derechos humanos de los que el Ecuador es signatario.
Explotar el petróleo del bloque 43, conocido como ITT (Ishpingo, Tambococha, Tiputini) en el interior del Yasuní, resuelta por el gobierno el año 2012, aparte de ser una decisión tomada de espaldas al pueblo, al que el CNE le negó una consulta popular, constituye un atentado contra los derechos de la naturaleza y un mal negocio para el Estado por las siguientes razones:
Se dijo en ese entonces que se extraería 300 mil barriles diarios, y lo que realmente se extrae en la actualidad es en promedio, 50 mil barriles.
El crudo del ITT, es muy pesado; lo manifestó el mismo ministro de energía y minas, Fernando Santos Alvite, quien lo comparó con la brea; siendo así, no costaría más de 60 dólares el barril, y para ser transportado por el oleoducto, se debe mezclar con petróleo liviano, lo que ocasiona que éste último también sufra un castigo económico.
Los costos de producción del petróleo del ITT, (extracción, transporte, comercialización, otros), bordea los 40 dólares, por lo que a las arcas de Estado ingresan 20 dólares. Entonces, este rubro no alcanzaría ni 400 millones de dólares anuales.
¿Existen alternativas para sustituir estos ingresos?
¡Por supuesto que sí!
A continuación, constan tres de ellas:
- Los gobiernos tienen que ser menos “generosos” con los grupos económicos y cobrarles los impuestos. En los tres últimos períodos, (Rafael Correa, año 2015, Lenin Moreno, año 2018 y Guillermo Laso, año 2022), les concedieron subsidios, beneficiando en mayor medida a este sector de la oligarquía, por un monto promedio de 6638 millones de dólares cada año.
- La evasión tributaria, que es un tema distinto al anotado anteriormente, es de 4400 millones cada año. (El SRI es implacable con los pequeños negocios y permisivo con los grupos de poder).
- La corrupción en Ecuador, según la CEPAL, se lleva 7000 millones de dólares anualmente. (Es necesario que Contraloría, Fiscalía y Justicia actúen en serio en contra de este mal)
- La sumatoria de estos rubros, supera los 18 000 000 000 (dieciocho mil millones de dólares) anuales, que el Estado deja de percibir por las razones expuestas. Es decir, 45 veces más de lo que recibe por destruir el Yasuní. (O)
Noticias Loja
Loja | “Cuatro meses de silencio administrativo: expediente de PPL en Loja sigue sin respuesta del SNAI”
En un Estado constitucional de derechos y justicia como el ecuatoriano, todos los ciudadanos deberíamos gozar, en igualdad de condiciones, de las garantías previstas en la Constitución y en la Ley. Sin embargo, en la práctica, los procedimientos administrativos dentro del sistema penitenciario revelan profundas inconsistencias que afectan la aplicación de los denominados beneficios penitenciarios, mecanismos legales destinados a promover la reinserción social de las personas privadas de libertad (PPL) que cumplen condenas por delitos de menor gravedad.
El régimen semiabierto, por ejemplo, permite que una persona condenada por un delito culposo —como la muerte por accidente de tránsito—, y que cumple su sentencia en prisión, pueda acceder a un régimen de libertad parcial una vez cumplido el 60% de su condena. Esto implica que el 40% restante puede ejecutarse fuera del centro carcelario, bajo condiciones establecidas por la ley: residir en un lugar determinado, presentarse periódicamente ante la autoridad penitenciaria, mantener un trabajo u oficio y no salir del país, entre otras obligaciones.
Para acceder a este beneficio, el PPL debe solicitar formalmente al director del centro penitenciario el inicio del trámite. Una vez recopiladas las certificaciones y documentos pertinentes, el expediente se remite a la Comisión de Beneficios Penitenciarios, Cambios de Régimen, Indultos y Repatriaciones, con sede en Quito. Dicha comisión —integrada por tres funcionarios del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Privadas de Libertad (SNAI)— evalúa el cumplimiento de los requisitos y emite un informe de verificación, el cual posteriormente es remitido al juez de garantías penitenciarias, quien tiene la competencia exclusiva para aprobar o negar el beneficio.
No obstante, la realidad dista mucho de lo que establece la normativa. El caso de Bray, una persona privada de libertad en Loja, evidencia graves retrasos administrativos y posibles irregularidades en el tratamiento de los expedientes. Su solicitud para acceder al régimen semiabierto fue enviada a la Comisión de Beneficios Penitenciarios el 26 de mayo de 2025; sin embargo, después de más de cuatro meses, el expediente aún no ha sido revisado ni firmado.
A pesar de los reiterados oficios y requerimientos realizados por la jueza de garantías penitenciarias y por la defensa técnica del PPL, la respuesta del SNAI ha sido vaga y repetitiva: “El expediente aún se encuentra en análisis; estamos haciendo todo lo posible para despachar en el menor tiempo posible”. Una justificación que contrasta con lo dispuesto por el Código Orgánico Administrativo, el cual establece que las instituciones públicas deben responder a las solicitudes de los administrados en un plazo máximo de treinta días.
Lo más sorprendente se descubre al revisar el sistema público E-SATJE, donde otro expediente, el No. 11282-2025-02508, correspondiente a un caso similar, fue remitido a la Comisión tres meses después —el 25 de agosto de 2025—, y en tan solo dos meses (para el 27 de octubre de 2025) ya contaba con el informe favorable emitido por la Comisión. Este hecho plantea un grave cuestionamiento: ¿por qué algunos expedientes avanzan con rapidez, mientras otros permanecen estancados durante meses, sin respuesta?
¿Será que algunos PPL tienen “suerte”, influencias o contactos dentro del sistema? ¿O acaso existen incentivos ocultos que determinan la prioridad de ciertos trámites sobre otros? Son preguntas que el SNAI debería responder ante la opinión pública, pues la discrecionalidad en la administración penitenciaria no solo vulnera derechos, sino que debilita la confianza ciudadana en la justicia.
El principio de igualdad ante la ley exige que los procesos administrativos sigan un orden cronológico y objetivo. Si dos solicitudes cumplen con los mismos requisitos, ambas deben recibir el mismo trato y resolución en los plazos establecidos. Sin embargo, los hechos revelan una gestión arbitraria y opaca que requiere urgente fiscalización.
El Ecuador no puede seguir tolerando que la burocracia o los favoritismos administrativos se interpongan entre la ley y la justicia.
Noticias Zamora
Consejo de Planificación de la Amazonía y Banco de Desarrollo del Ecuador fortalecen cooperación para impulsar inversiones sostenibles en la región amazónica
En un encuentro importante, Oswaldo Valverde, presidente del Consejo de Planificación de la Amazonía, mantuvo una reunión con Damián Ochoa, subgerente general de Negocios del Banco de Desarrollo del Ecuador (BDE), con el propósito de fortalecer la cooperación interinstitucional y articular acciones orientadas al desarrollo sostenible de la Amazonía ecuatoriana.
Durante la reunión, ambas autoridades destacaron la importancia de establecer mecanismos de coordinación que permitan impulsar proyectos de inversión con enfoque territorial, ambiental y socialmente responsable, en beneficio de las provincias amazónicas.
El diálogo se centró en identificar líneas de acción conjunta para promover obras de infraestructura, servicios básicos, conectividad y apoyo técnico a los gobiernos autónomos descentralizados de la región. Asimismo, se resaltó la necesidad de potenciar el acceso a financiamiento para proyectos productivos sostenibles que fortalezcan las economías locales y contribuyan al bienestar de las comunidades amazónicas.
Con este encuentro, ambas instituciones ratifican su voluntad de trabajar conjuntamente en estrategias de inversión sostenible, garantizando una gestión eficiente de los recursos.
Noticias Zamora
SCTEA aprueba financiamiento para proyecto de agua potable en el cantón Palanda
En la reciente sesión celebrada por la Secretaría de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica (SCTEA) en la ciudad del Puyo, provincia de Pastaza, se aprobó la financiación de 25 proyectos destinados a fortalecer el desarrollo integral de los territorios amazónicos del país.
Entre las iniciativas seleccionadas, se destaca el Proyecto de Construcción de Sistemas de Agua Potable para los barrios de las parroquias San Francisco del Vergel y El Porvenir del Carmen, pertenecientes al cantón Palanda, provincia de Zamora Chinchipe. La inversión asignada asciende a $889.515,79, recursos que permitirán mejorar el acceso a agua segura y de calidad para las familias beneficiarias de estas comunidades rurales.
Este logro es el resultado de una gestión técnica y sostenida liderada por el alcalde Segundo Jaramillo Quezada, quien a lo largo del presente año ha participado activamente en mesas técnicas, sesiones de trabajo y espacios de diálogo permanente con la SCTEA, defendiendo la importancia de priorizar las necesidades básicas de la población palandense. La argumentación técnica presentada por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Palanda fue determinante para alcanzar la aprobación de este proyecto estratégico.
La decisión adoptada por la SCTEA representa un avance trascendental en materia de infraestructura básica y evidencia el compromiso institucional del municipio con el bienestar social y el desarrollo sostenible del territorio. Con esta inversión, se fortalece la planificación local orientada a garantizar servicios públicos dignos, mejorar la calidad de vida de los habitantes y promover la equidad territorial en el contexto amazónico.
El Gobierno Municipal de Palanda reafirma su compromiso de continuar gestionando proyectos que impulsen el progreso de sus comunidades, priorizando siempre las obras que aseguren un futuro más próspero, justo y saludable para todos.
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