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Fiscalización tendrá un plazo de 30 días para elaborar el informe sobre el juicio a Lasso

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La bancada de CREO esperaba que se admitiera el juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso y por eso había afirmado que acatarían el dictamen de la Corte Constitucional les gustara o no, manifestó la asambleísta Ana Belén Cordero.

Como vicepresidente de la Comisión de Fiscalización, explicó que el informe deberá ser elaborado y aprobado en un plazo de 30 días, luego de que se reciban las pruebas de cargo y descargo en 10 días.

Agregó que los interpelantes deberán probar el delito de peculado por el que se le acusa al mandatario nacional, no en base a «audios cortados ni informes filtrados».

Nacionales

Boom de precios: Los ingresos de Ecuador por venta de petróleo en lo que va de 2026 casi igualan a lo recibido en todo 2025

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El precio del petróleo vuelve a subir en medio de la guerra en Medio Oriente. Con esto, el Presupuesto estatal ecuatoriano podría seguir teniendo un alza de ingresos petroleros que, en lo que va de 2026, ya marcan un récord.

El Gobierno ha recibido USD 1.561 millones en ingresos por exportaciones de su petróleo hasta el 23 de julio de 2026, según el Ministerio de Finanzas. Se trata de una cifra que casi iguala a los USD 1.585 millones que recibió Ecuador por el mismo concepto, pero en todo 2025.

Y es que pese a que desde mediados de junio de 2026 el precio del petróleo comenzó a bajar por las expectativas de una tregua entre Irán y Estados Unidos, en la última semana los temores de que la guerra se alargue vuelven a crecer.

El jueves 23 de julio de 2026, el petróleo WTI, que es de referencia para el de Ecuador, tuvo un incremento de 6% y se cotizó en USD 92 por barril. Esto, después de que milicianos de Yemen respaldados por Irán reivindicaran ataques contra dos petroleros saudíes en el mar Rojo.

Ecuador esperaba un precio del petróleo de USD 53
Así las cosas, el petróleo se ha vendido por encima del promedio que el Gobierno de Daniel Noboa había previsto para este año, que era de USD 53,5 por barril. Y el alza ha sido sobre todo en mayo de 2026, como muestra la gráfica:

Aunque el precio del petróleo WTI fue de USD 82,5 en promedio entre enero y junio de 2026, el barril de Ecuador se ha vendido en USD 70,78 en promedio en ese período. Y esto ocurre porque se vende con un castigo, por su calidad.

Para el 21 de julio de 2026 se vendió en USD 81,38 por barril, según Petroecuador.

¿Qué efectos ha tenido el aumento de ingresos petroleros?
Con más ingresos petroleros, el Gobierno cuenta con más liquidez este 2026; es decir, con más dólares en el bolsillo para hacer pagos fluidos, por ejemplo, a los proveedores del Estado, y así reducir las cuentas atrasadas, explica el exviceministro de Finanzas, Fabián Carrillo.

Además con más liquidez se puede pagar con más rapidez los anticipos de obras públicas para que comiencen a ejecutarse, añade Carrillo.

De hecho, se han reducido los atrasos en las cuentas del Gobierno Central, como muestra la gráfica:

Carrillo destaca que otro factor positivo es que con más ingresos petroleros los gobiernos locales también tendrán más recursos, puesto que el Modelo de Equidad Territorial del Código de Organización Territorial (Cootad) establece que se les reparta el 10% de los ingresos petroleros.

El desafío es que se pague esos recursos a tiempo a los gobiernos locales, añade. Y es que ha sido normal que en los últimos años se acumulen millonarios atrasos en estos rubros.

Mathias Haas, director de investigaciones de la Consultora Inteligencia Empresarial, añade que este aumento de ingresos es clave en momento en el que Ecuador todavía enfrenta fuertes necesidades de préstamos.

Y añade que la caída que el indicador de riesgo país ha tenido en este 2026 se debe, en parte, al aumento del precio del petróleo. Un riesgo país bajo es clave para que una nación acceda a préstamos con condiciones menos costosas.

El 22 de julio el riesgo país fue de 400 puntos; esto es una cifra baja tomando en cuenta que el 10 de abril de 2025, por ejemplo,  el indicador llegó al récord de 1.908 puntos.

«Un Estado que recibe más dólares por petróleo tiene mayor capacidad para cubrir obligaciones, reduce el riesgo de problemas de liquidez y mejora su percepción de pago ante los acreedores» Mathias Haas, economista.

Pero añade que pese al boom de precios de esta materia prima, el país sigue enfrentando dificultades en sus cuentas, ya que el gasto público sigue estando abultado.

«El riesgo sería asumir que este ingreso es permanente y convertirlo en nuevos compromisos de gasto. La oportunidad está en utilizarlo para pagar atrasos, reducir deuda cara y fortalecer la posición fiscal; de lo contrario, cuando el precio del petróleo se normalice, reaparecerán los mismos desequilibrios», agrega.

Los desafíos de la producción y refinación
Carrillo explica que pese al boom de precios también hay puntos flacos para Ecuador. Uno de ellos es que los precios de gasolinas y diésel también se han incrementado este primer semestre de 2026.

A esto se suma que el país tuvo una menor capacidad para refinar combustibles por el incendio en la refinería Esmeraldas de marzo pasado.

Con esto, la estatal Petroecuador ha tenido que destinar más dólares para importar combustibles.

Y, pese a que existe un sistema de bandas de fluctuación de precios para las gasolinas de bajo octanaje y el diésel, este mecanismo todavía permite un subsidio estatal parcial en los precios.

De hecho, por los altos precios en el mercado internacional, en julio de 2026 el Gobierno cambió la fórmula de cálculo de los precios de las gasolinas y el diésel en Ecuador, y esto también ha significado un mayor sacrificio de recursos públicos. Fuente: Primicias

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Futuros candidatos para las elecciones seccionales no deben tener contratos con el Estado ni usar apodos, entre otras prohibiciones

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La confusión ciudadana por los cambios de precandidatos que siendo elegidos por un partido y luego aparecen en otro, como el caso de Cynthia Viteri, o de aquellos que, sin participar en elecciones primarias, ahora aparecen como aspirantes como David Norero, se irá clarificando desde el 2 de agosto de 2026.

Ese domingo, según el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), empezará la inscripción oficial de candidaturas y con ello la revisión de los requisitos de forma y fondo para estar en la papeleta de las elecciones seccionales del 29 de noviembre en Ecuador.

El 23 de julio en la Delegación Electoral de Pichincha se celebró el primero consejo consultivo con las organizaciones políticas, que llegaron a este encuentro con varias dudas en torno al mecanismo de inscripción.

La plataforma de registro estará abierta hasta el 17 de agosto. Los encargados de subir los expedientes serán los representantes legales de los partidos políticos o procuradores comunes de las alianzas electorales que queden legalmente registradas.

Primeros requisitos y revisión 
El primer filtro luego de la inscripción serán la Juntas Provinciales Electorales que tienen la competencia de conocer y resolver respecto a las candidaturas inscritas.

De acuerdo al reglamento vigente los primeros requerimientos para iniciar el registro son: tener 18 años cumplidos y demostrar pertenencia con el lugar por el que buscan ser elegidos.

Además, la presentación de un formulario que incluye copia de cédula; una fotografía sin accesorios, salvo que sea parte de un atuendo tradicional; hoja de vida; el plan de trabajo; y una declaración juramentada.

Los candidatos deberán especificar su nombre y apellido en no más de 30 caracteres y está prohibido usar apodos, sobrenombres o iniciales para identificarse.

Paridad de género y de edad en las listas

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La Junta Electoral también deberá revisar que exista paridad de género y que se cumpla el 50% de encabezamiento de mujeres de las listas inscritas de alcaldías, prefecturas, concejalías y juntas parroquiales.

Para esta elección, también se deberá cumplir con la cuota del 25% de inclusión generacional. Es decir, por ley deberá haber candidatos hombres y mujeres de entre 18 y 29 años en los listados de las seccionales.

A las organizaciones políticas les preocupan ciertas restricciones que tendría actualmente el sistema de inscripción del CNE. Por ejemplo, que si el primer inscrito es un hombre la siguiente obligatoriamente deba ser mujer, caso contrario no permite continuar con el proceso.

Juan Fernando Flores, del movimiento Creando Oportunidades (CREO) dijo que se debería permitir indistintamente registrar a hombres o mujeres, dentro del plazo determinado para las inscripciones y que al final se valide que cumplan los porcentajes.

Además, cuestionaron que el sistema permita inscribir a los candidatos de una misma jurisdicción en un solo día. El CNE explicó que las disposiciones están encaminadas a facilitar el control del cumplimiento de la paridad en las listas.

Las 16 prohibiciones de los candidatos 
Pero estos no son los únicos filtros que deberán superar quienes aspiran a ser candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre.

El reglamento para la inscripción de candidaturas determina 16 prohibiciones e inhabilidades que harían que una persona registrada quede afuera de la contienda electoral. Estas son:

  • Quienes tengan contratos vigentes con el Estado. La inhabilidad cesa si el contrato fue resciliado, rescindido, resuelto o revocado legalmente antes de la inscripción.
  • Quienes tienen sentencia ejecutoriada por una decena de delitos como: peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada.
  • Por adeudar pensiones alimenticias.
  • Jueces de la Función Judicial, del TCE, miembros de la Corte Constitucional y del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
  • Miembros del servicio exterior en funciones fuera del país, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
  • Servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de período fijo, salvo renuncia hasta un día antes de la inscripción.
  • Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
  • Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.
  • Quienes tengan bienes o capitales en paraísos fiscales.
  • Por no presentar la declaración juramentada ante Notario Público en el formato del CNE.
  • Quienes tengan sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad vigente.
  • Los que tengan interdicción judicial vigente, salvo insolvencia o quiebra no declarada fraudulenta.
  • Los afiliados o adherentes permanentes de movimientos políticos distintos al que auspicia su candidatura, a menos que hayan renunciado con 90 días de anticipación al cierre de inscripciones.
  • Autoridades de elección popular titulares que se postulen a un cargo diferente, salvo que renuncien antes de presentar su inscripción.
  • Quienes hayan sido reelegidos por una vez consecutiva (o no) para el mismo cargo desde la vigencia de la Constitución de 2008.
  • Quienes no hayan sido electos mediante procesos electorales internos y no hayan aceptado su postulación ante la autoridad electoral competente. Fuente: Primicias
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«Violencia sexual: una grave violación a los derechos humanos»

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En una nueva emisión del programa La Tertulia Jurídica, transmitido por Diario El Amazónico, participó la jurista, docente y conferencista Ginna Pasquel Andrade, quien realizó un análisis jurídico y académico sobre el tema «Violencia sexual como acto constitutivo de tortura: un análisis desde los derechos humanos y la perspectiva de género», abordando los desafíos que enfrenta el sistema de justicia para garantizar la protección efectiva de las víctimas.

Durante la entrevista, la especialista destacó su formación profesional como abogada por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, con una maestría en Investigación en Ciencias Sociales por la Universidad Sorbona de París IV (Francia), así como estudios especializados en derechos humanos, derecho penal y derecho constitucional. Asimismo, señaló que su trayectoria profesional en instituciones del sector justicia y organizaciones de la sociedad civil la llevó a profundizar en la investigación sobre violencia basada en género desde un enfoque de derechos humanos.

Pasquel explicó que la violencia basada en género constituye una grave vulneración de los derechos humanos y recordó que la principal obligación del Estado es garantizar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de toda la población. En ese contexto, sostuvo que cuando el Estado falla en prevenir, investigar o sancionar estas violaciones, se generan escenarios de impunidad que agravan el sufrimiento de las víctimas.

La jurista afirmó que la violencia sexual no debe limitarse a una afectación contra la integridad sexual, sino que representa una agresión que impacta profundamente la dignidad, la integridad psicológica, el proyecto de vida y el entorno familiar de la víctima. Según explicó, las secuelas pueden ser permanentes y presentan similitudes con los efectos que experimentan las personas sometidas a tortura.

La especialista recordó cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) correspondientes a 2023, según las cuales una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física o sexual por parte de su pareja o violencia sexual ejercida por terceros a lo largo de su vida, una realidad que evidencia la dimensión estructural del problema y la necesidad de incorporar el enfoque de género en la administración de justicia.

En su exposición también explicó que la violencia sexual constituye una expresión de relaciones de poder y discriminación históricamente construidas, donde los estereotipos de género influyen tanto en la comisión de estos delitos como en la respuesta institucional. Señaló que estos prejuicios provocan, en muchos casos, la revictimización de quienes denuncian y fortalecen la percepción de impunidad dentro de la sociedad.

Uno de los aspectos centrales de la entrevista fue el análisis jurídico de la violencia sexual como posible acto de tortura. La conferencista explicó que, conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y diversos instrumentos internacionales, la tortura comprende sufrimientos físicos o psicológicos extremadamente graves, y puede configurarse cuando existe participación directa del Estado o cuando este permite, por acción u omisión, que dichas violaciones ocurran sin brindar una protección adecuada.

La especialista aclaró que no toda violación constituye automáticamente un acto de tortura; sin embargo, sostuvo que, dependiendo de las circunstancias y del nivel de sufrimiento ocasionado, sí puede alcanzar esa categoría desde el derecho internacional de los derechos humanos.

Añadió que reconocer esta dimensión contribuye a garantizar verdad, justicia, reparación integral y memoria para las víctimas y sus familias.

Entre las propuestas planteadas durante el diálogo, Pasquel consideró necesario ampliar el tratamiento jurídico de los delitos de violencia sexual, superar una visión exclusivamente penal, fortalecer las medidas de reparación integral y avanzar hacia la imprescriptibilidad de estos delitos, especialmente considerando que muchas víctimas denuncian años después debido a las secuelas psicológicas, la dependencia emocional o los ciclos de violencia que enfrentan.

Finalmente, la jurista enfatizó que combatir la violencia sexual requiere un trabajo interdisciplinario entre el derecho, la psicología, las ciencias sociales y las instituciones del Estado, con el propósito de garantizar investigaciones libres de estereotipos, fortalecer los mecanismos de protección y asegurar el acceso efectivo a la justicia para las víctimas.

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