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Uso de la fuerza: Daniel Noboa pide cumplir ley que está vigente desde hace dos años

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Una vez más, el presidente Daniel Noboa decidió utilizar un decreto ejecutivo para pedir a los funcionarios públicos que hagan su trabajo y que cumplan con las leyes vigentes. Esta vez le tocó el turno a los policías y los militares.

Con el Decreto Ejecutivo No. 371, del 25 de agosto de 2024, el Mandatario ordenó a las fuerzas públicas que actualicen sus manuales operativos para la aplicación de la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza y su Reglamento.

Pero se trató de una orden innecesaria, de un procedimiento que ya sucede o debe suceder sin necesidad de las órdenes presidenciales. Y sus mismos ministros lo confirmaron durante un evento en Manta.

El ministro de Defensa, Gian Carlo Loffredo, contó lo evidente: las Fuerzas Armadas siempre tienen actualizados sus manuales operativos y lineamientos. El funcionario dijo que es una práctica usual, que con cada decreto que los involucra realizan los cambios o ajustes internos necesarios.

Mientras que la ministra del Interior, Mónica Palencia, explicó que el decreto no es más que «una ratificación política clara del señor Presidente». Y agregó que, con ese documento, el Mandatario les está diciendo a los uniformados que «pueden hacer uso de la fuerza letal», dentro del marco legal.

Es lo que sucede, o debería suceder en un Estado de derecho, cada vez que se aprueba una nueva ley o reforma legal, todo el ordenamiento jurídico de menor rango debe adecuarse a las nuevas disposiciones. Por lo tanto, también deben hacerlo las instituciones y funcionarios públicos.

Precisamente, la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza está en vigencia desde hace dos años. Fue publicada en el Registro Oficial en agosto de 2022. Mientras que su Reglamento fue expedido por el expresidente Guillermo Lasso en junio de 2023. Y, desde entonces, no ha habido reformas.

Además, el decreto 371 tampoco establece nuevos lineamientos para las fuerzas del orden. El documento firmado por el presidente Noboa se limita a copiar dos veces las excepciones para el uso letal de la fuerza, que establece la Ley en la materia.

Bajo la visión de Carondelet, los ministerios del Interior y de Defensa tienen cinco días de plazo para que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas actualicen sus procedimientos internos para cumplir con una Ley que está en vigencia desde hace 736 días.

De todas formas, Palencia dijo que revisarán «cuál es la situación actual, a nivel de delincuencia criminal(…) y vamos a tener indicadores claros sobre el cumplimiento del uso progresivo de la fuerza». Y, pese al tiempo de vigencia de las normas al respecto, insistió que el manual serviría para que «todo policía sepa cuáles son las reglas claras».

Un decreto que aterriza en tiempos de campaña
Aunque oficialmente la campaña presidencial empezará el 5 de enero de 2025, los 17 aspirantes a Carondelet ya buscan ir sumando simpatizantes y posibles votos. Entre ellos está el presidente Daniel Noboa y su gabinete lo respalda.

Por eso, pese a que el decreto 371 no implica ningún cambio en la lucha contra el crimen organizado, ni en el trabajo de las fuerzas del orden, el ministro Loffredo llamó a los ciudadanos a no premiar con su voto a quienes obstaculizan el trabajo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.

Y habló directamente de las próximas elecciones y dijo que «tenemos la oportunidad de dar nuestro voto a quienes sean representantes de esa voluntad popular», refiriéndose al aumento de penas planteado por el Primer Mandatario en la consulta popular de abril.

¿Qué dicen la Ley y el Reglamento?
Tanto policías como militares pueden utilizar armas de fuego con munición letal o de impacto cinético (balas de goma) en cuatro escenarios, pero solo en caso de que exista una amenaza o peligro inminente de muerte o lesiones graves:

En defensa propia o de otras personas, en cumplimiento del deber legal.

Con el propósito de evitar la comisión de un delito o una situación que entrañe amenaza o peligro.

Con el objeto de detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad.

Para impedir la evasión o fuga de una persona y solo en caso de que resulten insuficientes las otras medidas menos extremas.

La Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza y su Reglamento establece además que  los uniformados, ante una amenaza, deben en primer lugar y «en la medida de lo posible», usar medios no violentos como la negociación y verbalización antes del empleo de la fuerza física, armas no letales o armas letales.

También plantea que de manera «excepcional y diferenciada», pueden hacer uso de la fuerza o de instrumentos de coerción. Además, entre otros temas, delimita el control dentro de las cárceles y el uso de animales en las fuerzas públicas.

Uno de los conceptos que clarificó el Reglamento es la materialización del acto ilícito. Es decir, cuándo un uniformado puede empezar a hacer el uso legítimo de la fuerza.

También establece un principio de precaución en las operaciones. Esto significa que cuando un uniformado, antes de iniciar algún procedimiento, detecte amenazas que prevean un riesgo alto, puede replegarse, sin que esto se considere una omisión de funciones.

Antes de usar armas de fuego en un operativo, los uniformados deben identificarse y advertir que van a disparar. Salvo cuando esta advertencia suponga un riesgo de muerte o lesiones graves a terceras personas, ponga en riesgo a los agentes o sea inútil por las circunstancias.

El Reglamento faculta a policías y militares a portar y usar sus armas de fuego y municiones de dotación, fuera del horario de trabajo. Fuente: Primicias

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Denuncian supuesta compra de insulina con sobreprecio en Municipio de Guayaquil

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La adquisición para dotar de insulina a las casas de salud manejadas por el Municipio de Guayaquil generó un nuevo roce con el Gobierno Nacional, luego de que el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) denunciara sobre presuntas irregularidades en el contrato.

Según el Sercop, la Alcaldía pretendería importar un millón de dosis de insulina a un precio mayor de lo que se vende en Ecuador. El costo que habría establecido por la compra el Municipio era de $12 por unidad, cuando en adquisiciones de otros procesos se pagaron precios por el medicamento entre USD 7,12 y 7,49.

Además, la entidad añadió que el Municipio tiene un incumplimiento normativo, al no contar con permiso previo emitido por la Agencia de Regulación y Control Sanitario (Arcsa), para la importación de fármacos.

El Sercop apuntó que la verificación se realizó en cumplimiento de sus funciones, para cuidar la adquisición de bienes y servicios en beneficio de la ciudadanía.

De hecho, la institución recomendó al Municipio guayaquileño realizar el proceso de adquisición con farmacéuticas locales que cuentan con el producto, a un precio inferior al ofertado en el contrato establecido.

Julio José Neira, secretario de Integridad Pública y director encargado del Sercop, aclaró que un 2,66% de los procesos contratados por la Alcaldía, que equivalen a 47 contratos, fueron suspendidos por detectarse alguna irregularidad, incluido el de la adquisición de incluido. El valor todos estos procesos era de USD 9,7 millones.

«Se les acabó el relato de la compra de insulina por el sobreprecio…», apuntó Neira, este viernes 28 de noviembre.

Cruce de declaraciones entre Alvarez y Neira

La suspensión de los procesos generó una serie de insultos en redes sociales proferidos por el alcalde Aquiles Alvarez hacia Neira, quien a su vez le recordó que se encuentra procesado y llamado a juicio por presunta comercialización irregular de combustible.

«El proceso de insulina se suspendió porque el alcalde procesado pretendía importar insulina evadiendo la norma: ni siquiera pidieron registro sanitario, básico para asegurar calidad y proteger a los pacientes», recalcó Neira.

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Extienden la declaratoria de emergencia en el IESS por desabastecimiento de medicinas

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El director general del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Francisco Abad, dispuso la ampliación «de forma excepcional» por un mes más de la declaratoria de emergencia de la entidad.

Según informó la entidad en un comunicado difundido este jueves, la decisión se adoptó por criterios técnicos que, a su juicio, justifican la ampliación de la medida para garantizar que procesos contractuales puedan concretarse.

Al declarar el estado de emergencia el pasado 26 de septiembre, frente a una crisis de desabasteicmiento de medicinas e insumos médicos en centros de salud a escala nacional, el IESS asignó un presupuesto de USD 96 millones para compras públicas.

Medicamentos no entregados

En ese marco, un informe técnico presentado este lunes advirtió también que, pese a que el IESS ha suscrito varios contratos para adquirir medicamentos y bienes estratégicos, una parte de estos productos aún no ha sido entregada.

El documento señala que diversas circunstancias de índole técnica y operativa han impedido que la institución cuente con el abastecimiento completo previsto.

El mismo informe sostiene que, de no concretarse las entregas pendientes, el IESS enfrentaría un desabastecimiento inmediato de medicamentos de alta especialidad, lo que pondría en riesgo la continuidad terapéutica de miles de pacientes y acentuaría aún más la crisis actual.

También advierte que podrían incrementarse las complicaciones severas, las hospitalizaciones y los índices de mortalidad.

Ante ello, Abad emitió una resolución en la que ordena a los administradores de los contratos suscritos durante la emergencia mantener un seguimiento permanente de cada proceso.

La disposición incluye verificar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los proveedores y completar todas las gestiones necesarias hasta el cierre definitivo de los contratos.

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Más de un millón de ecuatorianos tienen una mala calificación crediticia, según análisis de red financiera

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En Ecuador, 1 060 000 personas, en promedio, tienen un score crediticio (calificación crediticia) menor a 300 puntos, 247 mil más de las que había en el 2019, según un informe de la Red de Instituciones Financieras para el Desarrollo.

Se trata de usuarios que registran pagos pendientes, atrasos frecuentes y moras prolongadas para cancelar sus deudas, es decir, que son perfiles con poca probabilidad de pago.

En términos prácticos, las instituciones financieras o centrales de crédito pueden negarles solicitudes de préstamos, pedir más documentos, garantías u otorgar financiamiento en condiciones menos favorables como intereses más altos.

Con este escenario, las compras pequeñas, como celulares, electrodomésticos e incluso ropa a plazos, inciden en la construcción del historial crediticio.

David Castellanos, analista de Equifax, que es una agencia de informes crediticios, relata que si una persona hace pagos que se difieren a plazos, eso permite ir construyendo un tema de un hábitos.

«Si se cumple igual el pago, obviamente, la persona va a tener una propensión de mejor hábito de pago como tal, pero también si hay retrasos, esto va a incidir ensu calificación o en su salud financiera», comentó.

Al mejorar el puntaje del score crediticio con compras pequeñas a crédito, los usuarios en general y específicamente aquellos que están excluidos del sistema financiero, podrían acceder nuevamente a él.

«Tendríamos que esperar por lo menos unos tres o seis meses hasta que esta persona vaya cumpliendo estos temas de pago. Ese comportamiento se toma dentro del historial crediticio. Mientras los otros pagos se van cumpliendo, va generando que esta persona paulatinamente vaya alcanzando un mejor score«, señaló Castellanos.

El score crediticio se puede revisar en las aplicaciones de bancos.Ees un servicio gratuito, que permite al cliente conocer su nivel de endeudamiento, si tiene un balance entre lo que gana y lo que gasta; y si tiene pagos pendientes en instituciones financieras, en locales comerciales o entidades de servicios.

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