Noticias Zamora
¿Sabías que hay un centro de mediación para solucionar tus conflictos legales, sin la necesidad de acudir a un juzgado?
En Zamora existe un centro de mediación, creado en junio del 2022 por el Consejo de la Judicatura, aprobó el primer centro para la provincia de Zamora Chinchipe. Está destinado para que las personas puedan resolver sus causas penales sin la necesidad de acudir a la justicia ordinaria.
Es por ejemplo que, si una persona desea adquirir un juicio de alimentos, se acerca al centro de mediación, abre un expediente, invita al alimentante y resuelven ese acto, siempre y cuando velando el bienestar del menor y de acuerdo a lo establecido en la tabla de valores del sueldo del padre, si vulnerar los derechos de los niños y niñas.
De la misma manera, el art. 18 de la Ley Notarial, expresa que dos personas se pueden separar en sede notarial por mutuo consentimiento, siempre y cuando tengan establecidos alimentos, régimen y visita mediante un acta de mediación para que se proceda la separación y otros actos.
“De acuerdo al art. 47 de la Ley de Arbitraje y Mediación, expresa que: el acta de mediación donde consta el acuerdo tiene el efecto de sentencia ejecutoriada y cosa juzgada y se ejecutará del mismo modo que las sentencias de última instancia”, estos son los efectos positivos dijo José Cajilima, representante de Vigia, Centro de Mediación de Zamora y que además posee un costo bastante bajo en relación al proceso judicial y lo más importante puede resolverlo hasta en una hora lo que normalmente conllevaría hasta tres años.
El jurista asegura que es un ahorro de tiempo, dinero y sobre todo la tranquilidad y estabilidad emocional de los sujetos en disputa. La Constitución de la República reconoce este tipo de mediación. Lo que sí está prohibido es la resolución de asuntos en contra de las mujeres como violencia, abuso sexual o de lesiones permanentes. Pero si robos de montos pocos y las victimas renuncian a la investigación; accidentes de tránsito, donde el policía después de las partes afectar firmar el acta de mediación, devuelve los vehículos y se plasma como se va a solucionar y ya no se remite a la fiscalía.
En el Ecuador actualmente existen 186 centros de mediación, distribuidos entre cantones y provincias que se encargan de llevar a cabo esta situación de mediar pleitos judiciales, a través del acta de mediación donde las partes pueden solucionar sus conflictos.
El centro de mediación está ubicado en el cantón Zamora, pero el centro de mediación tiene cobertura y jurisdicción en toda la provincia de Zamora Chinchipe, e incluso se están celebrando audiencias de forma telemática, pero para ello se debe contar con firma electrónica. La dirección es calle José Luis Tamayo y Jorge Mosquera junto a la cooperativa Educadores con atención de lunes a viernes y en casos emergente los fines de semana.
Están trabajando en el juicio de inventario a través del acta de inventario para que las personas puedan acudir hasta el municipio.
Contacto: 0989898362
Noticias Zamora
Consejo de la Judicatura designó a Luis Gordillo como director provincial de Loja
En la sesión extraordinaria No. 110-2026, realizada el miércoles 5 de agosto, el Pleno del Consejo de la Judicatura designó a Luis Guillermo Gordillo Córdova como nuevo director provincial de Loja, autoridad que asumirá la gestión administrativa de la Función Judicial en la provincia una vez que cumpla con los requisitos y formalidades establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y la normativa vigente.
La designación fue aprobada mediante resolución del máximo órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial, como parte del proceso de fortalecimiento institucional orientado a garantizar la adecuada prestación de los servicios judiciales en la provincia.
Luis Guillermo Gordillo Córdova es abogado, doctor en Jurisprudencia y licenciado en Ciencias Sociales, Políticas y Económicas por la Universidad Nacional de Loja. Además, obtuvo el título de magíster en Ciencias Penales en la misma institución de educación superior y cuenta con una especialización en Derecho Procesal Penal por la Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL).
Su trayectoria profesional se ha desarrollado principalmente en la Fiscalía General del Estado. Inició sus funciones como secretario de fiscales en la Fiscalía Provincial de Zamora Chinchipe y posteriormente ejerció el cargo de agente fiscal durante 18 años, experiencia que consolidó sus conocimientos en Derecho Penal, investigación fiscal y administración de justicia.
Como director provincial del Consejo de la Judicatura en Loja, tendrá la responsabilidad de liderar la gestión administrativa de la institución, coordinar las actividades de las dependencias jurisdiccionales y administrativas, garantizar el funcionamiento eficiente de los servicios judiciales y ejecutar las políticas institucionales definidas por el Pleno del Consejo de la Judicatura.
La posesión del cargo se efectuará una vez que el funcionario designado cumpla con los requisitos legales y administrativos previstos en la legislación ecuatoriana para el ejercicio de la función pública.
En la misma resolución, el Pleno del Consejo de la Judicatura dio por concluido el encargo del doctor Adriano Loján Zumba, quien venía desempeñándose como director provincial encargado de Loja.
Noticias Zamora
Policía decomisó un subfusil, municiones y equipo táctico durante operativo en Paquisha
En el marco de las acciones orientadas a combatir la tenencia ilegal de armas y fortalecer la seguridad ciudadana, la Policía Nacional del Ecuador ejecutó un operativo en el cantón Paquisha, provincia de Zamora Chinchipe, que permitió el decomiso de un arma de fuego, municiones y material táctico.
Como resultado de la intervención policial, los uniformados incautaron un subfusil calibre 9 milímetros, 100 municiones calibre 9 milímetros, cuatro forros de chaleco balístico, cuatro cascos balísticos y un terminal móvil, elementos que fueron levantados como indicios para las investigaciones correspondientes.
De acuerdo con la información proporcionada por la institución policial, el operativo forma parte de las estrategias permanentes para prevenir y combatir actividades ilícitas relacionadas con la posesión y circulación ilegal de armas de fuego, así como para reducir los factores de riesgo que afectan la seguridad pública en la provincia.
Los indicios fueron puestos bajo cadena de custodia conforme a los protocolos establecidos, con el propósito de que las autoridades competentes desarrollen las diligencias investigativas y determinen su procedencia, posible utilización y eventuales responsabilidades penales.
Nacionales
EXTRACTO | Notifíquese a los señores:
CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) CAP-2V-QUEBRADA, CAP-1V-QUEBRADA, CAP-4-QUEBRADA, CAP-3-QUEBRADA, CAP-2-QUEBRADA, CAP-1-QUEBRADA UBICADA EN QUEBRADA SIN NOMBRE, PARROQUIA BOMBOÍZA, CANTÓN GUALAQUIZA, PROVINCIA DE MORONA SANTIAGO, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO MINERÍA.
ACTOR(ES): SURNORTE S.A
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 10.
Proceso Administrativo Nro DZ10-DZ10-2026-00003-AA.
Fecha: 09-03-2026 a las 17:33.
VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.
En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua, presentada por SURNORTE S.A, de fecha 2026-03-09 17:33:17.916, en el mismo que solicita la Autorización de MINERÍA, provenientes de la fuente CAP-2V-QUEBRADA, CAP-1V-QUEBRADA, CAP-4-QUEBRADA, CAP-3-QUEBRADA, CAP-2-QUEBRADA, CAP-1-QUEBRADA, ubicada en QUEBRADA SIN NOMBRE, parroquia BOMBOÍZA, cantón GUALAQUIZA, provincia de MORONA SANTIAGO.
Con estos antecedentes, en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado, se:
DISPONE:
1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de Uso y/o Aprovechamiento de Agua para MINERÍA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua (CDA), en cumplimiento con el artículo 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, y en concordancia con el artículo 107 del Reglamento General de Aplicación a la Ley. Por lo expuesto, se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.
2.- Notifíquese a los señores:
- MARIA ROSARIO SANCHEZ BUCLE
- JAIME ELICIO PILLACELA MALLA
- ANGEL BENITO CABRERA TORRES
- ADRIANO MARIA ROMERO ALEMAN
- LUIS CRISTOBAL UNUP NARANKAS
- JORGE OSWALDO YANKUR TSOKANKA
en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y esta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos de QUEBRADA SIN NOMBRE – BOMBOÍZA – GUALAQUIZA – MORONA SANTIAGO, mediante comisión que se imparte al señor Teniente Político de la parroquia BOMBOÍZA, además de anunciar por la prensa mediante tres publicaciones consecutivas.
3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del artículo 107 (procedimiento general).
4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo con lo estipulado en el artículo 212 del Código Orgánico Administrativo.
5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.
6.- Téngase en cuenta el Casillero Judicial 0, el correo electrónico daniela.alvear@lundingold.com señalado para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor, de ser el caso, por SURNORTE S.A.
NOTIFÍQUESE.
DIRECTOR/A ZONAL
DIRECCIÓN ZONAL 10


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