Nacionales
Nuevo choque entre Aquiles Álvarez y Lucía Jaramillo tras sentencia del TCE: alcalde de Guayaquil prefiere destitución antes que pedir disculpas
El alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, y la asambleísta oficialista Lucía Jaramillo protagonizaron un nuevo choque tras conocerse la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE).
El funcionario, sancionado por una infracción electoral grave relacionada con violencia política de género, deberá pagar una multa de 9.660 dólares y ofrecer disculpas. Sin embargo, Álvarez afirmó que preferiría ser destituido antes que disculparse con la legisladora..
La sanción se originó después de que Jaramillo denunciara al alcalde por utilizar términos “denigrantes e insultantes” hacia ella, luego de que la legisladora hiciera pública una denuncia sobre un supuesto acto de corrupción relacionado con el tráfico ilegal de combustible.
El alcalde la tachó de “niña vaga” y acusó a la parlamentaria y a su hermana de haber “pasado vagando” en el Municipio de Guayaquil mientras eran parte del Partido Social Cristiano (PSC).
Reacción del alcalde
Tras la imposición de la sanción, Álvarez respondió de manera tajante, afirmando que jamás pediría disculpas (a Jaramillo) por expresar lo que considera una verdad, «más aún si está sustentado con un informe de Contraloría».
«La vagancia no tiene que ver con género, y si está sustentado por un informe de la Contraloría que demuestra que (Lucía Jaramillo) nunca acudía a su lugar de trabajo, jamás marcaba, etc., el que es vago, es vago, sea hombre o mujer», declaró el alcalde.
Incluso, el burgomaestre expresó que preferiría ser destituido que pedir disculpas. «Vengan a hacerse cargo de un Guayaquil que quedó destrozado, con un gobierno que persigue con todas las instituciones del estado y cierra negocios del alcalde en gestión, solo por pelear causas justas para su ciudad. Vengan nomas, destitúyanme si quieren. Jamás voy a pedir disculpas ni a bajar la voz por decir la verdad», aseguró.
Álvarez también arremetió contra la administración actual del país, mencionando los problemas de inseguridad, la crisis energética y la falta de empleo, y lamentó que se dedicaran recursos a su caso en lugar de solucionar esos problemas.
«Guayaquil en esta administración lo único que ha hecho es trabajar, no persigue a nadie y se enfoca en salir adelante. Esas son las diferencias. Vengan nomas, atropellen la democracia y destituyan al alcalde», afirmó.
Respuesta de Lucía Jaramillo
No obstante, la asambleísta Lucía Jaramillo no tardó en responder. A través de redes sociales, rechazó las declaraciones de Álvarez, especialmente su referencia al supuesto informe de la Contraloría.
“Yo nunca fui sancionada por la Contraloría. Mi trabajo se midió por resultados, sin horarios y con un férreo compromiso con mi ciudad», indicó, criticando que el alcalde recurriera a estereotipos y violencia política por falta de argumentos.
Jaramillo insistió en que Álvarez debía respetar la sentencia del TCE y la democracia, y cuestionó su actitud ante la justicia. «¿Atacar sin pruebas es la nueva táctica?», se preguntó la asambleísta, quien cerró su mensaje pidiendo al alcalde que respetara la decisión judicial. Fuente: Vistazo
Nacionales
Derecho a la defensa en casos mediáticos: abogado Maxwell Camacho analiza los riesgos de la “condena pública”
El programa La Tertulia Jurídica contó con la participación del abogado Maxwell Andrés Camacho Balseca, quien abordó el tema “El derecho a la defensa del procesado en casos mediáticos”, durante su intervención, Camacho Balseca explicó que los procesos penales de alta exposición pública enfrentan un desafío adicional: la construcción de una percepción social de culpabilidad antes de que exista una decisión judicial definitiva. A su criterio, la expansión de las redes sociales y la difusión inmediata de información han provocado que una investigación penal pueda convertirse rápidamente en titulares, tendencias y debates públicos.
Una trayectoria vinculada al litigio penal
Maxwell Andrés Camacho señaló que es magíster en Derecho Penal y cuenta además con formación en Derecho Financiero y de Seguridad en España, así como estudios en la Universidad Andina Simón Bolívar.
En su trayectoria profesional mencionó su experiencia como abogado litigante y en libre ejercicio, además de su paso por la Fiscalía General del Estado, específicamente en FEDOTI 9. También indicó haber ejercido en unidades judiciales penales y de familia, así como durante más de 17 años en un estudio jurídico. Su experiencia incluye asesoría a instituciones públicas y privadas y participación en procesos relacionados con juzgamiento, seguridad, derecho bursátil, investigaciones previas y etapas preparatorias y de juzgamiento.
El proceso penal no debe convertirse en un espectáculo
Al referirse a la mediatización de los procesos judiciales, Camacho recordó una reflexión atribuida a Francesco Carnelutti, relacionada con la necesidad de no confundir un proceso penal con un espectáculo destinado a generar emociones.
El jurista sostuvo que esta reflexión mantiene vigencia en la actualidad, especialmente en un contexto marcado por las transmisiones en tiempo real, TikTok, Instagram, X y otras plataformas digitales. Según explicó, un proceso penal puede abandonar rápidamente el ámbito estrictamente judicial y transformarse en un fenómeno comunicacional incluso antes de que concluya la investigación o exista una sentencia.
Camacho enfatizó que esta situación puede generar una especie de “subproceso comunicacional”, en el que tanto la acusación como la defensa buscan posicionar sus respectivas versiones ante la opinión pública. Esto puede generar presión y afectar la percepción sobre la situación jurídica de una persona procesada.
Diferenciar investigación, acusación y condena
Uno de los puntos centrales de la exposición fue la necesidad de diferenciar conceptos que, según el abogado, suelen confundirse en el ámbito comunicacional: sospecha, aprehensión, procesamiento, acusación y condena.
Camacho recordó que la formulación de cargos constituye una imputación contra una persona, pero no equivale a una declaración de culpabilidad. Por ello, sostuvo que la cobertura periodística debe evitar presentar como hechos comprobados aquellas hipótesis que todavía se encuentran sometidas a investigación y valoración judicial.
En este contexto, señaló que el derecho a la defensa no implica desconocer los derechos de las víctimas ni impedir que los medios informen sobre asuntos de interés público. Por el contrario, implica exigir que la responsabilidad penal sea determinada mediante un proceso válido, con investigación objetiva, acusación sustentada, posibilidad efectiva de contradicción y una decisión judicial debidamente motivada.
“Un caso puede volverse mediático, pero sus garantías constitucionales no pueden volverse opcionales”, sostuvo durante la exposición. La “criminología mediática” y la construcción de una culpabilidad anticipada
Otro de los conceptos abordados fue el de criminología mediática, relacionado por el expositor con los planteamientos de Eugenio Raúl Zaffaroni.
Camacho explicó que la ciudadanía construye buena parte de su percepción sobre el delito y sus presuntos responsables a partir de las noticias, imágenes, palabras y explicaciones que recibe diariamente. El riesgo, señaló, aparece cuando la información deja de presentar un hecho que debe ser investigado y comienza a construir una identidad pública de culpabilidad mediante estereotipos, información incompleta o contenidos descontextualizados.
En este escenario, una persona puede llegar a ser percibida socialmente como culpable mucho antes de que un tribunal determine su responsabilidad, generándose una especie de “juicio de opinión” paralelo al proceso judicial.
Presunción de inocencia y límites al poder punitivo
El abogado también destacó la importancia de la presunción de inocencia como una garantía frente al poder punitivo del Estado. Según la exposición, esta garantía exige que una persona sea tratada como inocente mientras su responsabilidad no haya sido desvirtuada mediante prueba lícita y una sentencia.
En ese sentido, aclaró que la presunción de inocencia no significa que el Estado deba permanecer inactivo. La Fiscalía puede investigar, solicitar medidas y formular una acusación cuando existan fundamentos; sin embargo, no debería anticipar comunicacionalmente un resultado que todavía debe ser demostrado dentro del proceso penal.
La importancia de una defensa técnica de confianza
Durante la exposición también se abordó el derecho de una persona procesada a contar con una defensa técnica de su confianza. Camacho sostuvo que el vínculo entre abogado y defendido resulta fundamental para garantizar una adecuada estrategia de defensa.
Asimismo, señaló que una persona puede cambiar de abogado y que esta posibilidad debe ejercerse bajo parámetros de buena fe y lealtad procesal, sin que la defensa pueda ser descalificada simplemente por ejercer los derechos que corresponden al procesado. También destacó garantías como el derecho a guardar silencio y la prohibición de autoincriminación.
Información pública, libertad de expresión y derecho a la honra
El expositor también se refirió al papel de los medios de comunicación y a la necesidad de equilibrar el derecho ciudadano a conocer asuntos de interés público con la protección de derechos individuales.
En particular, mencionó la protección de la honra, imagen, intimidad y datos personales, señalando que existen circunstancias concretas en las que la publicidad de determinada información puede estar limitada por el ordenamiento jurídico.
Finalmente, Camacho insistió en que la publicidad de los procesos puede contribuir al control democrático y a la fiscalización del sistema de justicia, pero advirtió que el problema surge cuando informar se transforma en una atribución anticipada de culpabilidad, cuando hipótesis son presentadas como hechos comprobados o cuando fragmentos de un expediente son difundidos sin su debido contexto.
Un debate vigente para la justicia y el periodismo
La participación de Maxwell Andrés Camacho en La Tertulia Jurídica planteó así un debate de especial relevancia para el sistema de justicia y para los medios de comunicación: cómo garantizar el derecho de la ciudadanía a estar informada sin convertir la exposición mediática de un proceso penal en una sentencia anticipada.
El eje de su intervención fue la necesidad de preservar el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, aun cuando un caso alcance altos niveles de exposición pública. En su análisis, la responsabilidad penal debe determinarse dentro de los mecanismos establecidos por la justicia y con base en la prueba actuada en el proceso, no en la presión, percepción o narrativa construida en redes sociales y medios de comunicación.
Nacionales
Las ventas crecieron 16,7% en julio de este año
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que en julio pasado las ventas registradas mediante comprobantes electrónicos alcanzaron los USD 25.607,3 millones, lo que representa un crecimiento del 16,7% en comparación con el mismo período de 2025, cuando se reportaron USD 21.939,8 millones.
La entidad indicó que dichas cifras evidencian el dinamismo de la actividad productiva y el impacto de las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional para fortalecer la inversión, fomentar la generación de empleo y consolidar un entorno de mayor estabilidad.
El SRI señaló que el crecimiento de julio también se vio reflejado en sectores estratégicos de la economía, como la construcción, que lideró el desempeño con un incremento del 38,1%, seguida por las actividades de salud, que crecieron 33,8%, y el sector de transporte y almacenamiento, con un aumento del 26,9%.
A escala territorial, el comportamiento de las ventas también fue positivo en varias provincias. Orellana registró el mayor crecimiento, con un 42%, seguida de Zamora Chinchipe, con 27%; Santa Elena, con 25,6%; y Chimborazo, con 24,6%, consolidándose como las jurisdicciones con mayor dinamismo económico durante el mes.
En términos de volumen de ventas, Pichincha y Guayas concentraron el 72% del total registrado en julio, al alcanzar USD 9.516,2 millones y USD 8.933,3 millones, respectivamente, lo que refleja el peso de ambas provincias en la actividad económica nacional.
Nacionales
Hasta dos minutos de sismo que se sintieron eternos: cuánto duró el terremoto en Colombia
El número de personas muertas por el devastador terremoto de magnitud 7,4 que sacudió el lunes a Colombia aumentó a 169, mientras que hay 668 heridos, según un balance parcial divulgado este martes por la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales).
“El balance preliminar asciende a 169 personas fallecidas en Colombia, 165 de ellas se registran en ciudades capitales, que concentran el 97,6 % de las víctimas mortales reportadas hasta el momento”, explicó la institución.
¿Cuánto duró?
El Servicio Geológico Colombiano, explicó en su cuenta de X, que no hay una sola respuesta. “Cuando hablamos de la duración de un sismo podemos estar hablando de tres cosas diferentes: cuánto tiempo lo sentimos las personas, cuánto tiempo lo registran nuestros instrumentos o cuánto dura el movimiento de la falla que lo origina”, indica.
La institución señala que, para monitorear la actividad sísmica, se usan sismómetros que son capaces de registrar movimientos del suelo que nosotros no alcanzamos a percibir.
“Por eso, mientras una persona puede sentir un sismo durante algunos segundos, las estaciones pueden registrar sus ondas durante varios minutos. De hecho, en Colombia todos los días ocurren sismos que nuestros instrumentos detectan, pero que nosotros no sentimos”, asegura.
En el caso del ́ , ́ de movimiento significativo. Sin embargo, algunos ciudadanos contaron que lo sintieron durante mucho tiempo y otros, por menos tiempo. “Esto es posible porque nuestra percepción del movimiento depende de todas las condiciones que mencionamos anteriormente”, apunta. (I) El Universo
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