Nacionales
Ministerio de Trabajo eliminará beneficio de sueldo variable para sindicalistas
La Ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, confirmó a PRIMICIAS que en 90 días; esto es, en octubre, está previsto que el Ejecutivo emita el reglamento para la Ley de Empresas Públicas.
Se trata de una ley promulgada en 2009, que durante 15 años no ha tenido un reglamento.
La prioridad para emitir este reglamento es eliminar las cuestionadas remuneraciones variables para los trabajadores de las empresas públicas amparados bajo contratos colectivos.
Las remuneraciones variables son bonos en efectivo que reciben los trabajadores amparados a contratos colectivos, como recompensa por hacer su trabajo con eficiencia.
Según Núñez, al año, el pago de remuneraciones variables a los empleados de cuatro empresas públicas representa un gasto de USD 40 millones.
La Ministra se refiere a los contratos colectivos de:
El holding estatal Corporación Eléctrica de Ecuador (Celec).
La empresa distribuidora Corporación Nacional de Electricidad (CNEL).
El contrato colectivo de la petrolera estatal Petroecuador. Y el de la empresa pública de telecomunicaciones Corporación Nacional de Electricidad (CNT).
Es difícil saber cuánto gana cada trabajador por este bono y cómo se calcula para definir si lo merecen o no.
Los cuatro contratos colectivos tienen cláusulas que mencionan que esta remuneración variable se pagará conforme a lo que establezcan los «instructivos», «normativa vigente» o «reglamentos» aprobados por la gerencia o directiva de la empresa, pero no dan más detalles.
El pasado 1 de julio, el Ministerio de Trabajo ya pidió a la Contraloría que revise los contratos colectivos de estas cuatro empresas públicas. Y ese organismo dijo que iniciará análisis preliminares a esos documentos.
Núñez dijo que espera que tras ese análisis del ente de control, los cuatro documentos queden anulados, «por no cumplir con las leyes pertinentes».
Así, los sindicatos de las cuatro empresas tendrían que volver a negociar los contratos colectivos con los directivos y ya no estará permitido que ganen remuneraciones variables, agregó.
¿Por qué eliminará este beneficio?
La Ministra dice que los sindicatos de las empresas públicas han «aprovechado el vacío legal» por la falta del reglamento, para calcular por su propia cuenta las remuneraciones variables.
Aunque la Ley de Empresas Públicas permite el pago de la remuneración variable, ella dice que es grave que se haya estado aplicando el beneficio si nunca hubo un reglamento a la ley.
«Es grave. La ley nunca tuvo reglamento y, al no tenerlo, ¿quién estableció el pago de la remuneración variable y cómo lo estableció?», dice Núñez.
El presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Richard Gómez, que agrupa a estos cuatro sindicatos, ha dicho que la remuneración variable es un beneficio que merecen los empleados públicos que trabajen con eficiencia y superen los indicadores establecidos.
Gómez añadió que es un pago similar a las utilidades que reciben los trabajadores del sector privado.
Pero Núñez lo contradice:» Esa aplicación de remuneración variable la hacen (los sindicatos ndr) para obtener utilidades, cuando en el Estado y con fondos públicos no existen utilidades», añade.
El exviceministro de Trabajo, Francisco Vacas coincide y dice:
«No es lo mismo que la utilidad en el sector privado, en donde hay una inversión y un riesgo. Si me va bien, comparto la ganancia con el resto, en el sector público es distinto, es plata de todos, son servicios que da el Estado», añade.
Vacas explica que si las empresas estaban pagando esa remuneración con base en reglamentos establecidos por los directorios, la ley por lo menos debió fijar techos o condiciones, para evitar abusos.
Además, dice que una remuneración variable debería estar atada a una evaluación de desempeño y de cumplimiento de objetivos específicos y extraordinarios.
«No puede haber un premio por hacer bien el trabajo para el que lo contrataron», añade.
¿Qué dice la ley sobre la remuneración variable?
El numeral 4 del artículo 20 de la Ley de Empresas Públicas, aprobada durante el Gobierno de Rafael Correa, estableció que estos empleados pueden tener acceso a una remuneración variable.
La ley detalla que el sistema de remuneración variable «debe orientarse a bonificar económicamente el cumplimiento individual, grupal y colectivo de índices de eficiencia y eficacia, establecidos en los reglamentos pertinentes».
Y añade que los incentivos económicos «se reconocerán proporcionalmente al cumplimiento de tales índices, mientras estos se conserven o mejoren, mantendrán su variabilidad de acuerdo al (sic) cumplimiento de las metas empresariales».
Pero la Ley también aclara que esta remuneración no constituirá un derecho adquirido.
«El pago de la remuneración variable se hará siempre y cuando las empresas generen ingresos propios a partir de la producción y comercialización de bienes y servicios», dice el artículo.
En CNEL recibieron USD 1.000 por trabajador
En el segundo contrato colectivo de CNEL, por ejemplo, solo se especifica que el monto anual de esa remuneración variable «no podrá ser menor al 100% de la remuneración de cada categoría o escala salarial».
Es decir, si un trabajador está en una escala salarial de USD 1.500 al mes, su remuneración variable al año debe ser mínimo de ese valor, independientemente de lo que arrojen los cálculos para establecer su eficiencia.
Gómez, que además es secretario del sindicato de CNEL y vocal de los afiliados en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), dijo que los trabajadores amparados al contrato colectivo de esta empresa pública no están recibiendo actualmente el pago de ese beneficio.
Lo anterior, porque la negociación de ese segundo contrato colectivo está paralizada. Sin embargo, los trabajadores del Comité de CNEL se beneficiaron de este pago adicional por eficiencia incluso antes de que entre en vigencia su primer contrato colectivo de 2021.
Los empleados recibieron el pago retroactivo de esta remuneración variable por el período 2015-2020, gracias una acción de protección presentada el 11 de noviembre de 2019.
Tras casi un año de litigio, en diciembre de 2020, el juez a cargo de la causa otorgó la acción de protección.
CNEL apeló esa sentencia, apenas conoció el fallo en su contra. Pero llama la atención que no esperó hasta el final de este proceso, que sigue en marcha, y pagó el sueldo variable a los sindicalistas.
Gómez dijo que con esto, cada trabajador recibió alrededor de USD 1.000.
Pero al exviceministro de Trabajo, Francisco Vacas, le llama la atención que se paguen montos fijos de remuneración variable. «Se supone que los rubros deberían cambiar, en función del desempeño de cada trabajador».
El trámite de apelación de CNEL ha sido lento. CNEL pidió tres veces solo en 2024 que la Corte Provincial de Justicia del Guayas fije una fecha para la audiencia de estrados.
Recién para el 14 de noviembre de 2024 está previsto que se lleve a cabo esa audiencia.
Nacionales
Caso Mario Godoy ya tiene fecha en la Comisión de Fiscalización: así ha reaccionado el correísmo
El proceso contra Mario Godoy, presidente del Consejo de la Judicatura, ya fue agendado en la Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional. Este martes 13 de enero, Ferdinand Álvarez, presidente de la mesa legislativa, confirmó que la sesión para conocer el caso se realizará el jueves a las 15:00.
Álvarez explicó que en esa jornada se procederá primero a avocar conocimiento del pedido y luego a calificarlo, una vez revisada la documentación presentada. “Primero avocamos conocimiento y, ya una vez que hemos revisado la información, se somete a votación la calificación”, señaló.
El Consejo de la Judicatura, presidido por Godoy, está bajo cuestionamientos tras denuncias por presuntas amenazas contra el juez anticorrupción Carlos Serrano, en un caso vinculado a un ciudadano serbio acusado de narcotráfico, quien habría sido cliente de la esposa de Godoy; y por el que habría intercedido el exdirector de la Judicatura en la provincia de Pichincha, Henry Gaibor.
El pedido de juicio político contra Mario Godoy fue presentado por cinco asambleístas de la bancada de la Revolución Ciudadana: Viviana Veloz, Xavier Lasso, Liliana Durán, Raúl Chávez y Franklin Samaniego. No consta ningún legislador del movimiento oficialista ADN entre los interpelantes.
No obstante, Ferdinand Álvarez indicó que su bancada participará activamente en el proceso. “Aportaremos con elementos que sumen a la investigación del juicio político”, aseguró.
Reacciones del correísmo
Desde la Revolución Ciudadana se cuestionó la forma en que la Comisión de Fiscalización ha manejado los tiempos del proceso. El asambleísta Xavier Lasso señaló que el oficialismo estaría dando tiempo a Godoy para maniobrar dentro de la Judicatura.
“El oficialismo dice estar a favor del juicio político, pero hace todo lo posible para dilatarlo. Con ese oxígeno, Godoy está pidiendo la renuncia de notarios y ya lo hizo con directores provinciales del Consejo de la Judicatura”, afirmó.
Lasso también cuestionó que, «el presidente de la Comisión de Fiscalización convoca a la sesión para conocer el proceso el último día del plazo que le otorga la ley, ignorando la urgencia del país para tener una justicia libre de las influencias del narcotráfico«.
De su lado, la legisladora Viviana Veloz enfatizó que así como renunció el Presidente encargado de la Corte Nacional de Justicia, José Suing, por la «indignación ciudadana», Mario Godoy debería dar un paso al costado.
«Eso es lo mínimo en una República que respeta la institucionalidad. Pero eso solo ocurre en democracias reales. Aquí, en cambio, se aferran al poder, al cargo y usan las instituciones como escudos personales», acotó.
Este lunes, Veloz también cuestionó que la Comisión de Fiscalización haya optado por usar los plazos máximos en lugar de los mínimos establecidos en la ley.
«Pudieron convocar hoy para calificar el proceso de enjuiciamiento contra Mario Godoy y no lo hicieron ( art.81 LOFL) ¿Le están dando oxígeno para que nombre jueces y mueva fichas en el CJ? ¿O recién convocarán el viernes porque ni siquiera han convocado a sesiones del Pleno y prefieren la comodidad?
Por último, Veloz dijo que «cada día de dilación pone en riesgo la seguridad y la independencia judicial. Queda claro: tienen una consigna, salvar a Mario Godoy». Fuente: Vistazo
Nacionales
Daniella Camacho, la jueza de mútiples sentencias a figuras del correísmo
En medio de una nueva sacudida institucional en la función judicial, Daniella Camacho Herold, la jueza más antigua de la Corte Nacional de Justicia, asumió desde este lunes 12 de enero la presidencia temporal del máximo tribunal.
Daniella Camacho es Doctora en jurisprudencia, graduada de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, es Magíster en derecho procesal con mención penal, se desempeñó como fiscal penal de Pichincha, fiscal de asuntos indígenas y exjefa nacional de protección y asistencia a víctimas de la Fiscalía General del Estado. De 2012 a 2018 trabajó como conjueza en la Sala de lo Contencioso Administrativo.
El 26 de enero de 2018 se integró como jueza penal de la Corte Nacional tras encabezar la lista de mujeres con el mejor puntaje del concurso de renovación parcial del Alto Tribunal, desde entonces llevó adelante varias causas de connotación social.
Fue parte del Tribunal que condenó al exministro de energía, Alecksey Mosquera; confirmó la sentencia de seis años de prisión al exvicepresidente, Jorge Glas, en el caso Odebrecht. Dispuso el arresto del expresidente, Rafael Correa, tras llamarlo a juicio por el secuestro del político, Fernando Balda. Intervino en el fallo judicial que derivó en la condena a la exvicepresidenta, María Alejandra Vicuña en el caso Diezmos.
Actuó como integrante del Tribunal que declaró la inocencia de Fernando Alvarado y tres personas más en el caso Secom. Y del que resolvió la nulidad procesal de todo lo actuado en el caso Singue.
Actualmente, está frente al caso Ligados, que investiga a exconsejeros de Participación Ciudadana por presunta asociación ilícita.
A lo largo de su trayectoria en la Corte Nacional, a Camacho se la ha relacionado en distintos momentos con el expresidente del Consejo de la Judicatura, sentenciado por casos de corrupción, Wilman Terán.
Camacho fue quien impulsó su nombre en el Pleno para que fuera incluido en la terna para presidir el Consejo de la Judicatura. Meses más tarde se excusó del caso Metástasis argumentando una amistad íntima con él.
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SRI amplía plazos para declarar declaraciones tributarias
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó este martes 13 de enero, que otorgó una prórroga extraordinaria para la presentación de declaraciones y anexos tributarios cuyo vencimiento estaba fijado para el 12 de enero.
La decisión que consta en la resolución NAC-DGERCGC26-000000002, se tomó luego de que la entidad registrara intermitencias en sus plataformas digitales, ocasionadas por el alto volumen de transacciones y de información procesada durante la jornada. Estas fallas impidieron que numerosos contribuyentes pudieran cumplir con sus obligaciones en las fechas señaladas.
La ampliación del plazo se aplicará de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) e incluye también a los contribuyentes especiales. Según el nuevo cronograma, quienes tengan RUC terminado en 1 y 2 podrán declarar hasta el 21 de enero, mientras que los contribuyentes especiales tendrán plazo hasta el 15 de enero.
El SRI precisó que las declaraciones realizadas dentro de estas nuevas fechas no generarán intereses ni sanciones, siempre que se respeten los plazos establecidos.
La entidad tributaria recomendó a los usuarios verificar con anticipación el calendario correspondiente a su RUC y realizar el trámite con tiempo para evitar nuevos inconvenientes derivados de la alta demanda en los sistemas.
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