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Las Fuerzas Armadas tendrán amparo legal en caso de usar armas letales

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Entre los cambios que plantea la Ley del Uso Legítimo de la Fuerza, están incluir a las Fuerzas Armadas en las entidades que tendrán amparo legal cuando usen armas letales, es decir:

«… ante amenaza inminente de muerte o lesiones graves de terceras personas o de la servidora o servidor…»

En el caso de que alguien pudiera acusarlos de uso indebido de la Fuerza, la ley les garantiza:

«… patrocinio institucional por parte de profesionales del derecho de su respectiva entidad…»

La Fiscalía deberá contar con una Unidad Especializada para la investigación de casos donde se hayan producido lesiones o muerte causadas por la Policía o Fuerzas Armadas, y en el caso de los jueces la ley les pide que procuren que en:

«…en las investigaciones por uso indebido de la fuerza, la servidora o servidor pueda defenderse en libertad utilizando medidas alternativas a la prisión».

Esta norma se conecta con otra aprobada recientemente sobre la seguridad integral que confirma la facultad de los militares de en cualquier momento y lugar del país realizar controles de armas explosivos como parte de las labores de seguridad.

A lo que la Ley de Uso Legítimo de la Fuerza incorpora que con ese mismo fin de control pueden ingresar al interior de los Centros de Rehabilitación, esto sin necesidad de un estado de excepción.

Además, las dos normas ratifican la coordinación que en temas de seguridad deberán tener Policía y Fuerzas Armadas bajos sus respectivas competencias constitucionales.

El reglamento para el uso legítimo de la fuerza respalda el accionar de las fuerzas del orden

El Reglamento a la Ley del Uso Legítimo de la Fuerza, según indicó el presidente Guillermo Lasso, es para respaldar el accionar de las fuerzas del orden y precautelar la seguridad ciudadana.

La suscripción del instrumento se suma a otras acciones que ya implementa el Gobierno para la seguridad del país. El pasado 27 de abril, el COSEPE resolvió declarar al terrorismo como una amenaza que atenta contra el Estado y su seguridad integral.

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10 de Agosto de 1809: La semilla de la autonomía que encendió a Hispanoamérica

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El 10 de Agosto de 1809 es una fecha grabada a fuego en la memoria de Ecuador. Sin embargo, su impacto trascendió las fronteras de lo que hoy conocemos como territorio nacional para convertirse en el prólogo de la emancipación de toda Hispanoamérica.

Lejos de ser una simple rencilla entre autoridades españolas, este hito marcó la primera ocasión en que una ciudad del imperio español proclamó su autonomía. Así lo explica el experto Gonzalo Ortiz Crespo, miembro de la Academia Nacional de Historia, quien aclara que, aunque en un principio la Junta juraba lealtad al rey Fernando VII, en la práctica se exigía el derecho a autogobernarse.

La unión de los barrios y la intelectualidad
Lo que distinguió al movimiento quiteño de otros alzamientos de la época fue su composición. Fue una manifestación clara donde las élites —encabezadas por la nobleza local— se unieron a los representantes de los barrios de Quito y a una clase media emergente de intelectuales y profesionales, como los abogados Juan de Dios Morales y Manuel Rodríguez de Quiroga.

No obstante, el estallido de agosto no surgió de la noche a la mañana. El verdadero génesis de la revuelta se remonta a la Navidad de 1808. En un encuentro secreto en la hacienda Chillo Compañía (en el Valle de los Chillos), propiedad de Juan Pío Montúfar (Marqués de Selva Alegre), se trazó el complot inicial.

Una traición temprana llevó a los conspiradores a prisión, pero al ser liberados por falta de pruebas concluyentes, decidieron adelantar el golpe antes de ser descubiertos definitivamente.

De la autonomía a la masacre
El éxito inicial del 10 de Agosto pronto chocó con una dura realidad: la falta de fuerza militar. Al no poder levantar un ejército sólido ni fortificaciones adecuadas, la Junta Soberana quedó vulnerable. La Corona respondió rápidamente enviando tropas desde Lima, Guayaquil y Bogotá para sofocar el intento de autonomía.

El movimiento se vio forzado a capitular bajo una promesa de no agresión. Sin embargo, los líderes revolucionarios terminaron apresados en los calabozos del Cuartel Real de Lima, en Quito. La tensión estalló casi un año después, el trágico 2 de agosto de 1810.

Un intento desesperado por liberar a los próceres derivó en una masacre indiscriminada. Los soldados realistas asesinaron a los prisioneros en sus celdas y salieron a reprimir violentamente las revueltas en las calles, cobrándose la vida de cerca de 200 personas.

Figuras clave como el capitán Juan Salinas, Morales y Quiroga fueron asesinados. Montúfar logró escapar de ese destino inmediato, pero más tarde sería apresado y desterrado a España, donde murió de tuberculosis en una antigua prisión en Alcalá de Guadaíra, cerca de Sevilla.

«Los muros sangrientos de Quito»
Aunque el levantamiento quiteño fue ahogado en sangre y fracasó militarmente a corto plazo, su onda expansiva fue imparable. Este acontecimiento inauguró un periodo de enfrentamientos con el imperio español que duraría más de 15 años.

La brutal represión dejó una cicatriz imborrable en la memoria del continente. Años más tarde, el libertador Simón Bolívar encontraría en este episodio la justificación histórica y moral para declarar la «Guerra a Muerte» contra España, argumentando que fue en «los muros sangrientos de Quito» donde el imperio pisoteó los derechos de quienes anhelaban la libertad.

Hoy, el 10 de Agosto no solo se recuerda como un intento de independencia local, sino como el hito fundacional que abrió el camino hacia la libertad definitiva de las naciones iberoamericanas. Fuente: Primicias

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Consejo de la Judicatura aprobó el uso de avatares para proteger la identidad de los jueces

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El Consejo de la Judicatura aprobó un nuevo protocolo de seguridad de juecesfiscales y otros operadores de justicia frente a las amenazas del crimen organizado. En este marco, el Pleno de la institución aprobó el «Protocolo Técnico-Operativo para el Uso de Avatares Digitales en Audiencias Telemáticas».

Este nuevo protocolo forma parte del Plan de Seguridad Integral de la Función Judicial. El principal objetivo es proteger la seguridad de los jueces con transparencia total, indicó el Consejo de la Judicatura.

Esta nueva disposición implementa el uso voluntario de avatares digitales en audiencias telemáticas. Esta herramienta promueve el resguardo de la identidad biométrica de los jueces, el cumplimiento del debido proceso ya que el juez dirige la audiencia y las partes procesales conocen su identidad en todo momento.

Esta nueva disposición no se trata de un sistema de jueces sin rostro

«No se trata de un sistema de ‘jueces sin rostro'», enfatizó la institución.

El objetivo de esta decisión es resguardar, de manera exclusiva, la identidad biométrica de los administradores de justicia durante las diligencias virtuales relacionadas con casos de alta complejidad y riesgo.

El Consejo de la Judicatura indicó que este mecanismo garantiza la total transparencia procesal y difiere radicalmente de otros sistemas como los denominados «jueces sin rostro» donde se desconoce la identidad total de quienes administran justicia.

El contenido del protocolo aprobado asegurará que, desde el sorteo de las causas, las partes procesales conozcan en todo momento los nombres, apellidos, cargos y competencias de los jueces asignados.

«Lo único que se sustituirá tecnológicamente es la transmisión de los rasgos faciales de los magistrados, es decir, el avatar protegerá su imagen biométrica para evitar el perfilamiento criminal, el reconocimiento facial automatizado y la creación de contenidos de video, imagen o audio manipulados mediante tecnologías como la inteligencia artificial«, explicó el Consejo de la Judicatura a través de un comunicado.

Uso de avatar cumple con el COIP

El uso del avatar institucional no vulnera la exigencia de una comunicación real, directa y fidedigna establecida en el artículo 565 del COIP, puesto que no sustituye al juzgador.

Detrás de la representación gráfica, se encontrará el juez en tiempo real, previamente autenticado. Él mantendrá de forma exclusiva la dirección de la audiencia y sus facultades jurisdiccionales.

«De esta manera, se preserva la validez y autenticidad de la diligencia al tiempo que se armoniza las garantías del debido proceso con la protección a la seguridad e independencia de los operadores de justicia», señaló la institución.

Jueces decidirán voluntariamente el uso del avatar

El protocolo establece claramente que el uso del avatar no será obligatorio ni generalizado. Será un mecanismo voluntario y excepcional que el juez podrá solicitar frente a riesgos objetivos, como procesos de delincuencia organizada, crimen transnacional o amenazas directas.

El uso del avatar no reemplazará a la toma decisiones jurisdiccionales ni delegará funciones que le corresponden al juez quien continuará dirigiendo personalmente la audiencia, valorará la prueba y garantizará los derechos de defensa, inmediación, contradicción y publicidad.

Esta medida fue aprobada el pasado 6 de agosto con los votos de la presidenta del CJ, Mercedes Caicedo, y los vocales Alfredo Cuadros y Fabián Fabara. Según el Consejo de la Judicatura, esta disposición busca proteger la integridad física y psicológica de los operadores de justicia y sus familias, sin comprometer el debido proceso ni las garantías constitucionales de los ciudadanos.

Amenazas a jueces en Ecuador

El Consejo de la Judicatura realizó un diagnóstico nacional, en el cual se registró que 127 servidores judiciales han recibido amenazas y 23 han sido víctimas de hechos de violencia. También se contabilizaron tres ataques contra la infraestructura judicial y 142 falsas alarmas de bombas.

Para reforzar la seguridad de los servidores judiciales, la institución tiene previsto suscribir un convenio de cooperación con el ECU911 para implementar un botón de emergencia.

Esto se complementa con los nuevos lineamientos para el teletrabajo para situaciones de riesgo y/o seguridad. También hay un protocolo de primeros auxilios en el área psicológica para los funcionarios judiciales y capacitaciones de autoprotección y prevención de riesgos. Fuente: Vistazo

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Caso Villavicencio: Fiscalía pidió difusión roja de Interpol para José Serrano, Ronny Aleaga, Xavier Jordán y Wilmer Chavarría

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La Fiscalía General del Estado solicitó en su dictamen acusatorio la ratificación de la prisión preventiva para los siete procesados por el asesinato del excandidato presidencial Fernando Villavicencio, que se registró el pasado 9 de agosto de 2023 en Quito.

Además, pidió que Xavier Jordán; el exministro del correísmo, José Serrano; el exasambleísta del correísmo, Ronny AleagaDaniel Salcedo; y tres cabecillas de Los Lobos: Wilmer Chavarría, alias Pipo; Luis Arboleda, alias Gordo Luis; y Esteban Aguilar, alias Lobo Menor, sean procesados como autores mediatos por su presunta participación en el delito de asesinato.

En la audiencia preparatoria de juicio, la Fiscalía solicitó que se declaren como prófugos a Jordán, Serrano, quienes se encuentran en Estados Unidos; a Aleaga, en Venezuela; y, Chavarría, en España.

Fiscalía pidió la prohibición de enajenar sus bienes

En tanto que para los siete procesados, la Fiscalía pidió la prohibición de enajenar sus bienes y la retención de sus cuentas en el sistema financiero nacional.

En favor de las víctimas, la institución solicitó medidas de protección y la ratificación de las medidas dispuestas en la audiencia de formulación de cargos.

La Fiscalía pidió al juez de la causa que emita el auto de llamamiento a juicio contra los siete procesados.

La audiencia se reinstalará el 9 de agosto con la intervención de las acusaciones particulares.

Al momento, cinco personas ya fueron sentenciadas en calidad de autores y cómplices por el acto material del asesinato de Fernando Villavicencio. Fuente: Vistazo

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