Nacionales
La quimioterapia no siempre se utiliza en todos los tipos de cáncer
El cáncer trata de un sinnúmero de enfermedades en las que se desarrollan células anormales, que crecer y se extienden por el cuerpo, generando daños irreversibles. Hay tumores benignos y tumores que poseen células malignas.
Vicente Rodríguez Malla, cirujano oncólogo del Hospital Clínica San Agustín, en su afán por educar a la población acerca de la prevención de esta enfermedad dio a conocer información relevante para que la ciudadanía la ponga en práctica.
Tratamientos preventivos:
La idea de prevención es adquirir una cultura de salud que disminuya la posibilidad de poder adquirir enfermedades como el cáncer, pero el galeno recalca que hay factores que no se podrán controlar, tal es el caso de la parte genética, al momento que una persona herede, es algo que se sale del control en los médicos y del paciente.
‘El hecho de ir envejeciendo es imposible evitarlo’, es un ejemplo que se asocia a determinados ciclos del cáncer; es algo que tampoco se puede controlar. Sin embargo, las costumbres sanas, un buen estilo de vida, sí se pueden modificar. Son las cosas en las que se puede trabajar para disminuir las posibilidades de tener cáncer.
Factores que conllevan a adquirir cáncer:
- Habito del cigarrillo.
- Consumo de alcohol.
- Falta de ejercicio, obesidad, mala alimentación, etc.
Eliminando este tipo de malos hábitos puede ayudar a disminuir los niveles de cáncer que se convierten en algunos de los factores que se pueden controlar.
Tumor: hay tumores benignos.
Cáncer: es un tumor que posee células malignas.
¿Todos los tipos de cáncer son letales?
Existen canceres que pueden tener un comportamiento benévolo y otros son letales:
- El cáncer de piel por lo general es de crecimiento lento y en buen porcentaje no va a terminar con la vida de los pacientes.
- El 90% del cáncer de tiroides se trata de carcinomas de la estirpe papilar. Son tumores que tiene buen comportamiento. Las posibilidades de poderse curar van entre el 90 y 95%.
- El cáncer de mama y cuello uterino que puede tener un comportamiento intermedio porque ya tienen mayores índices de mortalidad.
- El cáncer de páncreas o esófago suele ser letal o alta mortalidad.
El cirujano indica que cuando se habla de cáncer, no siempre suele ser de la misma letalidad, ni de la misma agresividad. Sin embargo, cualquier tipo de cáncer entre más temprano se lo detecte o descubre, son mejores las posibilidades de que la persona va a tener una curación más alta.
La quimioterapia, no siempre es necesaria porque “hay tumores que pueden responder a la quimioterapia y hay otros en los cuales este procedimiento no tiene ningún tipo e efecto”, expuso Rodríguez, haciendo comparación con el cáncer de tiroides, donde su utilización puede ser eventual. Po otra parte, el cáncer de mama, si avance efectúa mayores daños de tipo histológico, donde la quimioterapia será necesaria en la mayoría de las veces. En otro tipo de tumores, como la leucemia en la sangre o en los linfomas, la quimioterapia siempre va a ser necesaria.
¿Cáncer hereditario?
Este tipo de cáncer, según el especialista lo han notado en el 15% de los casos. A veces el temor de que una persona que ya tuvo cáncer, es que lo vayan a obtener las futuras generaciones, pero no siempre suele ser así, pues existen ciertas alteraciones genéticas. Pero el 85% se va generando por las acciones y hábitos que realiza.
¿Se puede transmitir el cáncer?
Se puede transmitir de una persona a otras desde el punto de vista sexual, tal es el caso del cáncer de cuello uterino por el Virus del Papiloma Humano y de la Hepatitis B por la misma; esos serían los únicos tipos de cáncer transmisores. Con el resto no existiría esa posibilidad si se tiene algún tipo de contacto o roce.
¿Qué produce el cáncer?
Las ondas electromagnéticas al momento de tener cerca un dispositivo móvil o celular, ha habido estudios sobre su ocasión de tumores, especialmente en el sistema nervioso central, pero no lo han llegado a demostrar.
¿Síntomas y tipos de cáncer?
Hombres: cáncer de próstata, estómago y tiroides.
Mujeres: cáncer de glándula mamaria, tiroides, cuello uterino.
Explica que cuando un cáncer presenta síntomas, quiere decir que ya tiene un nivel avanzado y cuando se encuentra en etapa temprana, no existe ningún tipo de sintomatología. Lo conveniente es realizarse chequeos médicos de manera regular, con la finalidad de que los médicos puedan tratar de identificarlo antes que se presenten los síntomas.
Nacionales
Futuros candidatos para las elecciones seccionales no deben tener contratos con el Estado ni usar apodos, entre otras prohibiciones
La confusión ciudadana por los cambios de precandidatos que siendo elegidos por un partido y luego aparecen en otro, como el caso de Cynthia Viteri, o de aquellos que, sin participar en elecciones primarias, ahora aparecen como aspirantes como David Norero, se irá clarificando desde el 2 de agosto de 2026.
Ese domingo, según el calendario aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), empezará la inscripción oficial de candidaturas y con ello la revisión de los requisitos de forma y fondo para estar en la papeleta de las elecciones seccionales del 29 de noviembre en Ecuador.
El 23 de julio en la Delegación Electoral de Pichincha se celebró el primero consejo consultivo con las organizaciones políticas, que llegaron a este encuentro con varias dudas en torno al mecanismo de inscripción.
La plataforma de registro estará abierta hasta el 17 de agosto. Los encargados de subir los expedientes serán los representantes legales de los partidos políticos o procuradores comunes de las alianzas electorales que queden legalmente registradas.
Primeros requisitos y revisión
El primer filtro luego de la inscripción serán la Juntas Provinciales Electorales que tienen la competencia de conocer y resolver respecto a las candidaturas inscritas.
De acuerdo al reglamento vigente los primeros requerimientos para iniciar el registro son: tener 18 años cumplidos y demostrar pertenencia con el lugar por el que buscan ser elegidos.
Además, la presentación de un formulario que incluye copia de cédula; una fotografía sin accesorios, salvo que sea parte de un atuendo tradicional; hoja de vida; el plan de trabajo; y una declaración juramentada.
Los candidatos deberán especificar su nombre y apellido en no más de 30 caracteres y está prohibido usar apodos, sobrenombres o iniciales para identificarse.
Paridad de género y de edad en las listas

La Junta Electoral también deberá revisar que exista paridad de género y que se cumpla el 50% de encabezamiento de mujeres de las listas inscritas de alcaldías, prefecturas, concejalías y juntas parroquiales.
Para esta elección, también se deberá cumplir con la cuota del 25% de inclusión generacional. Es decir, por ley deberá haber candidatos hombres y mujeres de entre 18 y 29 años en los listados de las seccionales.
A las organizaciones políticas les preocupan ciertas restricciones que tendría actualmente el sistema de inscripción del CNE. Por ejemplo, que si el primer inscrito es un hombre la siguiente obligatoriamente deba ser mujer, caso contrario no permite continuar con el proceso.
Juan Fernando Flores, del movimiento Creando Oportunidades (CREO) dijo que se debería permitir indistintamente registrar a hombres o mujeres, dentro del plazo determinado para las inscripciones y que al final se valide que cumplan los porcentajes.
Además, cuestionaron que el sistema permita inscribir a los candidatos de una misma jurisdicción en un solo día. El CNE explicó que las disposiciones están encaminadas a facilitar el control del cumplimiento de la paridad en las listas.
Las 16 prohibiciones de los candidatos
Pero estos no son los únicos filtros que deberán superar quienes aspiran a ser candidatos para las elecciones seccionales del 29 de noviembre.
El reglamento para la inscripción de candidaturas determina 16 prohibiciones e inhabilidades que harían que una persona registrada quede afuera de la contienda electoral. Estas son:
- Quienes tengan contratos vigentes con el Estado. La inhabilidad cesa si el contrato fue resciliado, rescindido, resuelto o revocado legalmente antes de la inscripción.
- Quienes tienen sentencia ejecutoriada por una decena de delitos como: peculado, enriquecimiento ilícito, concusión, cohecho, lavado de activos, asociación ilícita y delincuencia organizada.
- Por adeudar pensiones alimenticias.
- Jueces de la Función Judicial, del TCE, miembros de la Corte Constitucional y del CNE, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
- Miembros del servicio exterior en funciones fuera del país, salvo que hayan renunciado seis meses antes de la elección.
- Servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de período fijo, salvo renuncia hasta un día antes de la inscripción.
- Quienes hayan ejercido autoridad ejecutiva en gobiernos de facto.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo.
- Quienes tengan bienes o capitales en paraísos fiscales.
- Por no presentar la declaración juramentada ante Notario Público en el formato del CNE.
- Quienes tengan sentencia ejecutoriada con pena privativa de libertad vigente.
- Los que tengan interdicción judicial vigente, salvo insolvencia o quiebra no declarada fraudulenta.
- Los afiliados o adherentes permanentes de movimientos políticos distintos al que auspicia su candidatura, a menos que hayan renunciado con 90 días de anticipación al cierre de inscripciones.
- Autoridades de elección popular titulares que se postulen a un cargo diferente, salvo que renuncien antes de presentar su inscripción.
- Quienes hayan sido reelegidos por una vez consecutiva (o no) para el mismo cargo desde la vigencia de la Constitución de 2008.
- Quienes no hayan sido electos mediante procesos electorales internos y no hayan aceptado su postulación ante la autoridad electoral competente. Fuente: Primicias
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«Violencia sexual: una grave violación a los derechos humanos»
En una nueva emisión del programa La Tertulia Jurídica, transmitido por Diario El Amazónico, participó la jurista, docente y conferencista Ginna Pasquel Andrade, quien realizó un análisis jurídico y académico sobre el tema «Violencia sexual como acto constitutivo de tortura: un análisis desde los derechos humanos y la perspectiva de género», abordando los desafíos que enfrenta el sistema de justicia para garantizar la protección efectiva de las víctimas.
Durante la entrevista, la especialista destacó su formación profesional como abogada por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, con una maestría en Investigación en Ciencias Sociales por la Universidad Sorbona de París IV (Francia), así como estudios especializados en derechos humanos, derecho penal y derecho constitucional. Asimismo, señaló que su trayectoria profesional en instituciones del sector justicia y organizaciones de la sociedad civil la llevó a profundizar en la investigación sobre violencia basada en género desde un enfoque de derechos humanos.
Pasquel explicó que la violencia basada en género constituye una grave vulneración de los derechos humanos y recordó que la principal obligación del Estado es garantizar el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales de toda la población. En ese contexto, sostuvo que cuando el Estado falla en prevenir, investigar o sancionar estas violaciones, se generan escenarios de impunidad que agravan el sufrimiento de las víctimas.
La jurista afirmó que la violencia sexual no debe limitarse a una afectación contra la integridad sexual, sino que representa una agresión que impacta profundamente la dignidad, la integridad psicológica, el proyecto de vida y el entorno familiar de la víctima. Según explicó, las secuelas pueden ser permanentes y presentan similitudes con los efectos que experimentan las personas sometidas a tortura.
La especialista recordó cifras de la Organización Mundial de la Salud (OMS) correspondientes a 2023, según las cuales una de cada tres mujeres en el mundo ha sufrido violencia física o sexual por parte de su pareja o violencia sexual ejercida por terceros a lo largo de su vida, una realidad que evidencia la dimensión estructural del problema y la necesidad de incorporar el enfoque de género en la administración de justicia.
En su exposición también explicó que la violencia sexual constituye una expresión de relaciones de poder y discriminación históricamente construidas, donde los estereotipos de género influyen tanto en la comisión de estos delitos como en la respuesta institucional. Señaló que estos prejuicios provocan, en muchos casos, la revictimización de quienes denuncian y fortalecen la percepción de impunidad dentro de la sociedad.
Uno de los aspectos centrales de la entrevista fue el análisis jurídico de la violencia sexual como posible acto de tortura. La conferencista explicó que, conforme a la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y diversos instrumentos internacionales, la tortura comprende sufrimientos físicos o psicológicos extremadamente graves, y puede configurarse cuando existe participación directa del Estado o cuando este permite, por acción u omisión, que dichas violaciones ocurran sin brindar una protección adecuada.
La especialista aclaró que no toda violación constituye automáticamente un acto de tortura; sin embargo, sostuvo que, dependiendo de las circunstancias y del nivel de sufrimiento ocasionado, sí puede alcanzar esa categoría desde el derecho internacional de los derechos humanos.
Añadió que reconocer esta dimensión contribuye a garantizar verdad, justicia, reparación integral y memoria para las víctimas y sus familias.
Entre las propuestas planteadas durante el diálogo, Pasquel consideró necesario ampliar el tratamiento jurídico de los delitos de violencia sexual, superar una visión exclusivamente penal, fortalecer las medidas de reparación integral y avanzar hacia la imprescriptibilidad de estos delitos, especialmente considerando que muchas víctimas denuncian años después debido a las secuelas psicológicas, la dependencia emocional o los ciclos de violencia que enfrentan.
Finalmente, la jurista enfatizó que combatir la violencia sexual requiere un trabajo interdisciplinario entre el derecho, la psicología, las ciencias sociales y las instituciones del Estado, con el propósito de garantizar investigaciones libres de estereotipos, fortalecer los mecanismos de protección y asegurar el acceso efectivo a la justicia para las víctimas.
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