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Juicio contra la fiscal Diana Salazar es reactivado por el CAL

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El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional reanudó este miércoles el proceso de juicio político en contra de la Fiscal General del Estado, Diana Salazar, quien pidió el pasado 19 de agosto que el litigio se reactivara.

La titular del Ministerio Público había solicitado a mediados de mayo de este año que los trámites referentes a la solicitud, presentada por el asambleísta Héctor Valladares, fueran suspendidos para que pueda llevar su embarazo en paz.

“El Consejo de Administración Legislativa (CAL) dispuso que la Comisión de Fiscalización y Control Político retome la sustanciación de las solicitudes de enjuiciamiento político en contra de la Fiscal General del Estado, Diana Salazar, propuestos por los asambleístas Gissela Garzón y Héctor Valladarez”, anunció el Legislativo este miércoles, cerca de dos semanas después del pedido de la fiscal.

$!Fotografía de los legisladores del movimiento Revolución Ciudadana que propusieron el juicio político, Gissela Garzón y Héctor Valladarez.

Salazar ha calificado el proceso impulsado por el correísmo como un ‘narco juicio político’. La acusan de haber incurrido en un presunto incumplimiento de funciones, al, supuestamente, no haber actuado adecuadamente con relación con información proporcionada por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) sobre casos de blanqueo de dinero y lavado de activos.

El asambleísta señaló que, aunque la UAFE remitió a la Fiscalía General del Estado 97 procesos entre 2009 y 2022, solo se han llevado adelante doce causas, de las cuales apenas cinco han recibido sentencia judicial..

“Burdo intento de revancha”

«Una de las presuntas causa para la solicitud consiste en el encubrimiento de potenciales casos de lavado de activos. La Fiscalía aclara que dichas declaraciones no tienen ningún sustento, más allá de la falta de entendimiento por parte del legislador mencionado sobre el tema en cuestión», señaló la entidad al anunciarse la solicitud de juicio político contra su titular.

Recientemente, Salazar reiteró que las causales que han presentado los interpelantes no tienen sustento. “Se desvanecen solas y tratan de distorsionar lo que los procesados no pueden sostener en los tribunales. Sí, los miembros de las estructuras criminales, sentenciados y prófugos, que querrán ir a ser aplaudidos en ese espacio y también en las redes sociales por quienes de forma velada buscan salvaguardar sus intereses”, aseveró.

“Este ‘narco’ juicio, sí, a las cosas hay que llamarlas por su nombre. Esto es un burdo intento de revancha de los grupos delictivos a los que siempre les he resultado incómoda por el trabajo que con mi equipo hemos realizado con absoluto compromiso contra la corrupción, la impunidad y la delincuencia organizada”, acotó.

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Cambio de fecha de las elecciones seccionales es legal: TCE niega impugnación del PSC

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El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Patricio Maldonado, negó el recurso subjetivo contencioso electoral presentado por el Partido Social Cristiano (PSC) contra la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de adelantar las elecciones seccionales de 2027 por un supuesto riesgo climático. Según Maldonado, el órgano electoral actuó de forma técnica y motivada.

La decisión del CNE es legal y fundamentada

De acuerdo con la sentencia, el CNE goza de atribuciones organizativas que incluyen la facultad de planificación estratégica de las elecciones, por lo que la actualización del calendario de las seccionales no constituye una reforma a la normativa electoral vigente, como impugnó el asambleísta y presidente del PSC, Alfredo Serrano, en su recurso.

Asimismo, el magistrado Maldonado determinó que la resolución adoptada por el CNE, con base al informe de la Secretaría de Riesgos, contiene una exposición clara de los hechos, identifica el marco normativo aplicable y establece un nexo causal coherente.

Cambio de fecha no altera periodos ni funciones

El juez Maldonado señala en su sentencia que la modificación del calendario electoral tampoco altera los periodos de funciones ni las fechas de posesión de las autoridades locales. De hecho, hizo dos precisiones sobre los términos:

  • Sufragio es el momento de la expresión popular en las urnas.
  • Elección es el proceso integral, que abarca desde la convocatoria a elecciones hasta la investidura de las autoridades electas.

«Si bien la jornada de sufragio se ha trasladado para el 29 de noviembre de 2026, la planificación técnica determinó que la fase de proclamación de resultados y entrega de credenciales concluirá el 13 de febrero de 2027. Este diseño cronológico garantiza de forma efectiva que el hito de posesión establecido en el precitado artículo 91 se mantenga incólume para el 14 de mayo de 2027″, señala la sentencia del juez Maldonado.

Juez dice que el CNE es «garante» de la democracia

En ese sentido, el magistrado concluyó que «el Consejo Nacional Electoral actuó como garante de la democracia al priorizar la protección de los derechos de participación frente a una situación debidamente documentada en informes técnicos. La reprogramación del calendario electoral se configura como una medida dirigida a proteger y maximizar el ejercicio del derecho al voto, asegurando su efectividad en todo el territorio nacional».

El origen del conflicto y procesos pendientes

El 27 de marzo de 2026, el Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió adelantar las elecciones de 2027 por un supuesto riesgo de un fuerte Fenómeno de El Niño alertado por la Secretaría de Riesgos. Las votaciones de las seccionales pasaron del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026.

Además del recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), el Partido Social Cristiano (PSC) presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, que aún está pendiente de resolución.

Por otro lado, aunque el TCE inadmitió la impugnación presentada por el movimiento Revolución Ciudadana en contra del cambio de fecha de las seccionales, los asambleístas del correísmo anunciaron que también presentarán una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte. Fuente: Expreso.ec

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Mónica Palacios reacciona al pedido de levantamiento de su inmunidad para procesarla por calumnia

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La asambleísta de la Revolución Ciudadana (RC), Mónica Palacios, reaccionó al pedido de levantar su inmunidad parlamentaria por parte de un juez que tramita una querella interpuesta por la secretaria de la Administración Pública, Cynthia Gellibert.

Palacios había denunciado el intento de una joven, identificada como Jenny Ramírez, de comprar un terreno de 93 hectáreas en el cantón La Libertad por USD 2,7 millones. Tras el escándalo, el proceso fue revocado por las autoridades municipales de esa localidad.

Según la legisladora correísta, Ramírez sería hija de la empleada doméstica de Gellibert.

Por lo cual, Palacios presentó una notitia criminis ante la Fiscalía por presunto testaferrismo, tráfico de influencias y lavado de activos contra la funcionaria. Sin embargo, la legisladora dice que la respuesta del Ministerio Público “ha sido nula”.

Mientras tanto, Gellibert también interpuso una querella penal contra la asambleísta de la RC por calumnia, ya que la parlamentaria habría atribuido falsamente un delito.

“Es insólito que mientras la Fiscalía y la UAFE miran para otro lado, ahora la querellada sea yo. Una vez más, el gobierno de Daniel Noboa usa la justicia para tratar de amedrentarme. ¡No me van a callar!”, escribió Palacios en la red social X.

Agregó que mientras su notitia criminis no muestra avances, la querella de Gellibert “avanza con velocidad inusual”.

“Este es un claro intento de persecución contra quien se atreve a tocar los negocios del poder. Quiero recordarle, señora Gellibert, que mi deber constitucional es fiscalizar los recursos del pueblo ecuatoriano y que no me asustan sus intentos de usar la justicia para perseguirme”, apuntó la militante del correísmo.
$!El día en que Palacios denunció a Gellibert.

PEDIDO DE LEVANTAMIENTO DE LA INMUNIDAD

Al ser legisladora, Palacios goza de inmunidad parlamentaria. Por ello, no puede ser procesada penalmente sin la autorización previa del Pleno.

En este sentido, el juez Felipe Córdova de la Corte Nacional de Justicia solicitó a la Asamblea Nacional autorizar el levantamiento de la inmunidad para comenzar con el proceso penal por presunta calumnia.

Una vez que ingrese el pedido, el Legislativo deberá analizarlo y ponerlo a votación del Pleno.

Para levantar la inmunidad parlamentaria a un asambleísta se requiere el apoyo de la mayoría calificada, esto es, al menos, 101 votos. Fuente: Vistazo

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Tragedia en el centro de Guayaquil: mujer muere al caer del cuarto piso de un edificio

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La noche del centro de Guayaquil se vio interrumpida cerca de las 22:00 de este martes 7 de abril por un trágico suceso. Jennifer Mariuxi Garcés Chipre falleció de manera instantánea tras caer desde el cuarto piso de un edificio ubicado entre las calles Los Ríos y 9 de Octubre.

Según testimonios de moradores, el incidente fue precedido por una fuerte discusión en el balcón del departamento entre la víctima y su conviviente. «Escuchamos el grito de la chica y luego el impacto», relató a la prensa una residente del sector, quien junto a otros vecinos intentó auxiliar a la mujer sin éxito.

Procedimiento policial y detención

Agentes del distrito 9 de Octubre y personal de Criminalística acordonaron la zona para realizar el levantamiento del cadáver y recolectar indicios. La presencia de familiares de Garcés Chipre en el sitio generó momentos de tensión, ya que señalaron directamente a la pareja de la víctima como el presunto responsable del hecho.

El sospechoso fue trasladado en una unidad policial en medio de reclamos e intentos de agresión por parte de los allegados de la fallecida. Hasta el momento, las autoridades no han emitido una declaración oficial sobre la situación jurídica del uniformado ni sobre los resultados preliminares de la autopsia que determinen las circunstancias exactas de la caída. Fuente: Vistazo

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