Connect with us

Nacionales

Jorge Glas, exvicepresidente de la República, recupera su libertad con un ‘habeas corpus’

Publicado

on

El juez Javier Moscoso, de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en la parroquia Manglaralto del cantón Santa Elena, concedió el habeas corpus al exvicepresidente Jorge Glas Espinel, porque supuestamente existe un riesgo contra su integridad física y psicológica. Con lo cual queda en libertad luego de permanecer 1.645 días en un centro de privación de la libertad.

El exmandatario Jorge Glas recuperaría este 10 de abril su libertad tras obtener el habeas corpus. El juez dispuso que se debe emitir la providencia con la resolución al Centro de Rehabilitación de Cotopaxi para su cumplimiento. Pese a eso, tiene prohibido salir del país y deberá presentarse el primer lunes de cada mes en la Unidad Judicial de Guayas.

La Fiscalía General del Estado, en un comunicado emitido este 9 de abril, informó que sobre Jorge Glas pesan tres sentencias, dos de ellas ejecutoriadas, por los delitos de asociación ilícita y cohecho; además de un proceso por peculado, cuya apelación está pendiente de resolver.

En los procesos judiciales referidos, según la Fiscalía, se ha demostrado, más allá de toda duda razonable, la comisión de los delitos señalados y distintos jueces y tribunales nacionales determinaron su responsabilidad penal, por lo cual cumple una pena privativa de libertad de ocho años.

Sin embargo, las acciones constitucionales interpuestas por Glas escapan de la competencia de la Fiscalía, aclara el comunicado.

El habeas corpus fue solicitado por la militante del movimiento correísta Nicol Malavé Illescas, habitante del cantón Santa Elena.

La resolución fue dada a conocer este 9 de abril, a las 19:10, a pesar de que la audiencia comenzó a las 11:00, pero después fue suspendida hasta la tarde. Ni Nicol ni personas que la acompañaron se pronunciaron al salir de la audiencia. Se subieron a una camioneta doble cabina y no hablaron con la prensa.

Édison Loaiza, abogado de Jorge Glas, recordó que como es de conocimiento público se solicitó este recurso, pues cuando se reportaron los amotinamientos en la cárcel de Latacunga, el exvicepresidente, para precautelar su vida, fue sacado del sitio pero se desconocía a dónde lo llevaron ni cuándo lo regresaron.

“De estos amotinamientos lo sacaron del centro, no se sabía a dónde lo trasladaron (…). Eso no solo dijo la defensa técnica, también lo dijo el abogado representante del centro de Rehabilitación Social de Latacunga, consecuentemente, encaja y es procedente esta acción de habeas corpus”, afirmó Édison Loaiza, abogado de Glas, quien agregó que “los amotinamientos de la cárcel han sido el causal de su libertad”.

También afirmó que el juez Moscoso dio paso a esta acción por el quebranto de salud de Glas lo que ha sido demostrado por los médicos del Ministerio de Salud Pública y de organismos internacionales, agregó Loaiza.

La Secretaría General de Comunicación de la Presidencia de la República emitió un comunicado de un párrafo sobre la decisión judicial para señalar su rechazo y desacuerdo jurídico, así como expresar su preocupación por el abuso de las acciones constitucionales.

Los procesos judiciales
Jorge Glas se mantiene recluido en el Centro de Privación de la Libertad (CPL) de Cotopaxi desde 2018, pero inicialmente guardó prisión en la Cárcel 4, en el norte de Quito, adonde fue llevado luego que se entregó voluntariamente a la justicia en el caso por asociación ilícita, el 2 de octubre de 2017.

Glas en la causa por asociación ilícita relacionada con Odebrecht fue sentenciado a seis años de cárcel el 13 de diciembre de 2017. El fallo en esta causa está en firme desde diciembre de 2019 cuando se negó la casación planteada por el exvicepresidente al definirla como improcedente.

En cambio, desde septiembre de 2020 el exvicepresidente mantiene en firme y en fase de ejecución la sentencia de ocho años por cohecho que comparte con su excompañero de fórmula presidencial Rafael Correa.

Glas también mantiene una sentencia de primera instancia por el delito de peculado en el denominado caso Singue. En ese proceso el exvicepresidente fue sentenciado a ocho años de cárcel como coautor del delito. Para el 11 de mayo próximo se ha definido en la Corte Nacional la audiencia de apelación en este caso.

Con un voto de mayoría en el caso Singue a Glas; los exministros y exviceministro de Hidrocarburos Wilson Pástor, Carlos Pareja Yannuzzelli, respectivamente, y César Guerra, gerente del consorcio al que se le entregó la operación del campo Singue, se los sentenció como coautores a ocho años de cárcel. Para la Fiscalía, todos ellos, como máximas autoridades en el sector petrolero, dispusieron arbitrariamente de recursos del Estado.

En tanto que los exfuncionarios públicos de rango medio Aníbal Cazar, Gustavo Donoso y José Burgos recibieron una condena de cuatro años de prisión como cómplices. Según la acusación, las acciones de Cazar, Donoso y Burgos coadyuvaron a la comisión del delito de peculado que fue juzgado.

La Fiscalía demostró en este caso que el delito de peculado se cometió al adjudicar el contrato de exploración y explotación del campo marginal Singue al consorcio Dygoil Consultora y Servicios Petroleros Cía. Ltda. y a la firma Gente Oil Development LLC (DGC). En este caso también se dijo desde Fiscalía que se cometieron irregularidades, incumpliendo requisitos legales.

El perjuicio al Estado se habría producido al fijar un precio de $ 33,5 por barril, cifra que, afirma la Fiscalía, no tomó en cuenta el 100 % de las reservas probadas de hidrocarburo para este campo petrolero. (I) Fuente: El Universo

Nacionales

Asamblea da luz verde a reforma penitenciaria de Noboa: estos son los cambios en las cárceles de Ecuador

Publicado

on

La Asamblea Nacional, con 85 votos afirmativos, se allanó a la objeción parcial por inconveniencia presentada por el presidente de la República, Daniel Noboa, al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario. Con esta decisión, la normativa será remitida al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

En la sesión del Pleno desarrollada este martes 28 de abril, el asambleísta ponente del informe, Mario Zambrano, argumentó que las cárceles han sido durante demasiado tiempo espacios en donde el crimen organizado ha desafiado al Estado.

El hacinamiento, la falta de control y las deficiencias normativas han tenido un costo muy alto para las familias, por lo que esta reforma es fundamental. Además, mediante la objeción parcial se proponen mejoras que no cambian el espíritu de la normativa ni su esencia, sí la hacen más sólida, técnica y eficiente”, enfatizó.

Principales ejes de la nueva ley

Entre los principales cambios incorporados constan las definiciones para el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, con el propósito de garantizar mayor claridad jurídica y uniformidad normativa.

Otra modificación amplía el derecho de impugnación de traslados, que inicialmente estaba limitado únicamente a personas sentenciadas. Con la reforma, este derecho se extiende a todas las personas privadas de libertad en casos de embarazo, lactancia, enfermedades catastróficas, raras o huérfanas, así como cuando se requiera tratamiento psiquiátrico.

De manera específica, se revisa la incorporación de un régimen especial para militares en servicio pasivo que se integren al Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) o al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria.

La normativa fortalece al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria como una entidad especializada, civil, armada y jerarquizada. Además, permite la incorporación de policías y militares en servicio pasivo al sistema penitenciario.

También establece la clasificación de los centros penitenciarios y de las personas privadas de libertad según sus niveles de seguridad y riesgo, e implementa un régimen especial para internos de alta peligrosidad.

Entre otros aspectos, refuerza el sistema de inteligencia penitenciaria para prevenir hechos violentos y desarticular estructuras criminales dentro de las cárceles. Además, introduce reformas al régimen disciplinario para combatir la corrupción interna.

La ley incorpora políticas de trabajo penitenciario orientadas a la rehabilitación y reinserción social, con el objetivo de que las personas privadas de libertad trabajen para sustentar sus necesidades. Fuente: Vistazo

Continuar Leyendo

Nacionales

Presunto perjuicio de USD 300 millones en CNEL en 11 años, una sola trabajadora habría manipulado planillas de luz sin sustento por USD 5,9 millones

Publicado

on

Una compleja red de corrupción en la que estarían inmersos alrededor de 50 trabajadores públicos de la empresa estatal de distribución Corporación Nacional Eléctrica (CNEL) habría manipulado los sistemas de facturación de las planillas de luz para favorecer a empresas, industrias, comercios y hogares en, al menos, cinco provincias de Ecuador, según explicó el Gobierno.

Lea: Oficinas de CNEL son allanadas en Ecuador este 28 de abril, por presunto caso de corrupción
Y de esa manera los clientes lograban que se les refacture las planillas para pagar menos por la energía eléctrica.

Las investigaciones preliminares, que nacieron de una auditoría solicitada por la ministra de Energía, Inés Manzano, señalan que esta red habría estado operando en las unidades de negocio de CNEL en Santa Elena, Guayas-Los Ríos, Manabí y Sucumbíos.

Solo en 2025 esas unidades habría facturado unos USD 48 millones, pero de esos 27,9 millones no tendrían suspento técnico.

La red, según la auditoría, operaba desde hace 11 años bajo este esquema, por lo que las autoridades del Gobierno creen que en total el perjuicio para el Estado en ese período sumaría unos USD 300 millones.

Con base en los resultados de la auditoría, la Ministra de Energía habría solicitado el cambio de autoridades el 14 de abril de 2026.

El ministro del Interior, John Reimberg, explicó que algunos de los funcionarios implicados en esta red de corrupción percibirían sueldos públicos mínimos, pero tendrían patrimonios de USD 3 millones.

Dentro del proceso, se detectó que una sola trabajadora en Santa Elena habría manipulado planillas de luz causando un perjuicio al Estado por USD 5,9 millones.

En desarrollo… Fuente: Primicias

Continuar Leyendo

Nacionales

Alcalde de Riobamba, concejales y otros son llamados a juicio por asociación ilícita en ‘Caso Altares’

Publicado

on

La Fiscalía General del Estado acusó al alcalde de RiobambaJhon Vinueza, y otras ocho personas del presunto delito de asociación ilícita, en el marco de una investigación por posibles actos de corrupción en el Municipio riobambeño.

Tras la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio, la Jueza Presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Chimborazo dictó auto de llamamiento a juicio contra Rafael Teodoro Q. P. y Carlos Octavio A. S. (concejales), René Javier L. G. (particular), Jhon Henry Vinueza (alcalde) y Lenin Stalin F. G. (exdirector departamental del Municipio). Además, ratificó las medidas cautelares de presentación periódica y prohibición de salida del país.

Para Edison Germán T. C. y Galo Esteban F. M. (concejales), Roberto Javier M. B. y Ramiro Alonso V. M. (exdirector de Movilidad), dictó auto de sobreseimiento. No obstante, la autoridad judicial dispuso iniciar investigaciones por presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho, relacionados con representantes de cooperativas de transporte.

La investigación se originó a partir de diligencias que incluyeron allanamientos a domicilios de funcionarios públicos y particulares, el 30 de enero de 2025.

Según la teoría del caso, los procesados habrían conformado una estructura para cometer delitos como tráfico de influencias —para intervenir en causas de tránsito—, cohecho —relacionado con la presunta habilitación irregular de 255 cupos de taxis rurales— y falsificación informática, mediante la eliminación de multas.

De acuerdo con los elementos recabados, existirían indicios de entrega de dinero para acceder a estos beneficios; no obstante, estos hechos continúan en investigación.

Para sustentar su acusación, Fiscalía presentó interceptaciones telefónicas, análisis de dispositivos móviles, documentación institucional relacionada con proyectos de ordenanza sobre transporte, versiones de involucrados en la recaudación de dinero e información proporcionada por un cooperador eficaz, entre otros elementos de convicción. Asimismo, hizo el anuncio de la prueba que será presentada en la audiencia de juicio.

Este no es el único inconveniente que ha enfrentado el alcalde John Vinueza. En enero de 2025, la mayoría del Concejo Municipal lo destituyó debido a modificaciones en la donación de un terreno para la construcción de una morgue, pero el Tribunal Contencioso Electoral anuló el proceso de remoción de Vinueza, ya que no se cumplieron las formalidades del Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad). Fuente: Vistazo

Continuar Leyendo

Trending

Derechos reservados El Amazonico