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Jan Topic pierde último recurso para ser candidato

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El empresario Jan Topic perdió el último recurso que tenía para ser aspirante presidencial. La noche del jueves 5 de diciembre de 2024 la Corte Constitucional del Ecuador (CC) rechazó una acción extraordinaria de protección que pretendía dejar sin efecto la inhabilitación de su candidatura.

En su resolución, los jueces constitucionales Carmen Corral, Enrique Herrería y Richard Ortiz determinaron que la solicitud contraviene la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y de Control Constitucional.

La candidatura de Topic había sido objetada por Pachakutik y el Partido Sociedad Patriótica, debido a un posible conflicto de intereses, por presuntas vinculaciones de empresas propiedad de Topic en contratos con el sector público, algo prohibido por la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas del Ecuador.

El 11 de noviembre de 2024, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) negó la inscripción de su candidatura por el movimiento SUMA, con el voto de cuatro de cinco jueces del organismo. En la resolución se estableció que el candidato es el «beneficiario final» de empresas que mantienen vínculos contractuales con el Estado ecuatoriano.

El juez ponente Ángel Torres basó su resolución en información que recibió de manera reservada del Servicio de Rentas Internas, el Servicio Nacional de Contratación Pública y la Superintendencia de Compañías.

Sobre la acción extraordinaria de protección solicitada por Topic, la Corte Constitucional señaló que el artículo 62, numeral 7 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, impide al organismo conocer acciones extraordinarias de protección que se planteen en contra del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) durante los procesos electorales.

Además, la CC declaró que el pedido no es procedente al encontrarse en la continuación y desarrollo de un proceso electoral. «La demanda se presentó a menos de dos meses de la fase de campaña electoral, la cual inicia el 5 de enero de 2025».

El organismo aclaró que si bien existen circunstancias excepcionales para proceder a una acción extraordinaria de protección en un período electoral,»este caso no se ajusta a los precedentes establecidos».

Con el recurso inadmitido, Topic no podrá ser aspirante presidencial, al haber agotado la última instancia judicial.

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Gasolinas Extra y Ecopaís: Daniel Noboa reforma el mecanismo de precios y anuncia una reducción

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El presidente de la República, Daniel Noboa, reformó el mecanismo para fijar los precios de las gasolinas Extra y Ecopaís con el objetivo de reducir el impacto por las alzas internacionales del petróleo.

La medida fue oficializada mediante el Decreto Ejecutivo No. 444, suscrito este miércoles 9 de julio de 2026, con el que el mandatario dispuso modificar el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos.
Esta reforma incorpora una herramienta de estabilización que permite «reducir el impacto de las variaciones extraordinarias del mercado internacional sobre el precio que pagan los consumidores«.

De acuerdo con el Ejecutivo, la aplicación de este ajuste al sistema de estabilización de precios de las gasolinas Extra y Ecopaís permitirá que, durante la actualización correspondiente a este mes de julio, se registre una reducción en el precio de los combustibles.

La reforma, de aplicación inmediata, mantiene vigente el sistema de bandas de estabilización de precios e incorpora un mecanismo excepcional para responder a escenarios de alta volatilidad internacional.

De esta manera, cuando existan fluctuaciones temporales en los precios internacionales, se podrán amortiguar sus efectos sobre el precio final de los combustibles.

Asimismo, cuando las condiciones del mercado internacional sean favorables, el mecanismo permitirá trasladar esa reducción al precio que pagan los usuarios, beneficiando a los hogares, al transporte y a los sectores productivos.
Extra y Ecopaís bajarán de precio tras la reforma

Los precios actuales de los combustibles entraron en vigencia desde el 12 de junio de 2026. El diésel pasó de USD 3,10 a USD 3,25 por galón, mientras que las gasolinas Extra y Ecopaís aumentaron de USD 3,16 a USD 3,31 por galón.

En el caso de la gasolina Súper, cuyo precio está liberalizado y depende de las condiciones del mercado internacional, el valor se incrementó de USD 4,81 a USD 5,60 por galón.

Estos precios estarán vigentes hasta el 11 de julio de 2026. A partir del 12 de julio entrará en vigor una nueva actualización mensual, que, de acuerdo con el Gobierno, reflejará una reducción en los precios como efecto de la reforma.

Por último, el Gobierno informó que a través del Ministerio de Ambiente y Energía se garantiza el normal abastecimiento de combustibles en todo el país.

Por su parte, la Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH) continuará ejecutando controles para verificar el abastecimiento, el cumplimiento de los precios vigentes y la calidad de los combustibles en las estaciones de servicio del territorio nacional. Fuente: Vistazo

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La planificación territorial es clave para reducir el impacto de los desastres socionaturales, afirma experto de la UTPL

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Tras el devastador aluvión registrado en la provincia de Zamora Chinchipe, el director de la Carrera de Ingeniería en Riesgos y Cambio Climático de la Universidad Técnica Particular de Loja (Universidad Técnica Particular de Loja), Wilman Merino, sostuvo que la planificación territorial constituye una de las principales herramientas para prevenir y reducir el impacto de los desastres socionaturales, siempre que esté acompañada de una adecuada gestión del riesgo y de decisiones sustentadas en información técnica.

Al iniciar la entrevista, Merino expresó sus condolencias a las familias afectadas por la tragedia ocurrida en Zamora Chinchipe y reconoció el trabajo desarrollado por los cuerpos de bomberos, voluntarios, organismos de respuesta y ciudadanía, quienes participaron en las labores de rescate y atención de la emergencia, incluso poniendo en riesgo su propia integridad.

El académico explicó que fenómenos como deslizamientos, inundaciones, aluviones o erupciones volcánicas forman parte de la dinámica natural del planeta; sin embargo, aclaró que estos eventos se convierten en desastres cuando afectan a personas, viviendas, infraestructura, actividades productivas y medios de vida.

En este contexto, señaló que la gestión del riesgo debe entenderse como un eje transversal del desarrollo territorial, ya que la vulnerabilidad es producto de decisiones humanas relacionadas con el uso inadecuado del suelo y la ocupación de zonas expuestas a amenazas naturales.

Planificar el territorio con visión de futuro

Merino indicó que la planificación territorial consiste en analizar las características físicas y ambientales de cada territorio para determinar qué actividades pueden desarrollarse de forma segura en cada espacio.

Explicó que las zonas inundables o cercanas a cauces de ríos no deberían destinarse a urbanizaciones o edificaciones permanentes, sino a áreas de protección ambiental, parques lineales o espacios recreativos compatibles con su condición natural.

De igual manera, sostuvo que otras áreas pueden destinarse a actividades agrícolas, pecuarias, industriales o urbanas, siempre que previamente se evalúen sus condiciones geológicas, hidrológicas y ambientales.

El especialista enfatizó que la planificación no debe responder únicamente a las necesidades actuales, sino proyectarse hacia escenarios futuros considerando el cambio climático, el incremento de precipitaciones extremas y la aparición de nuevos eventos adversos.

Las lecciones que deja el aluvión de Zamora Chinchipe

Respecto a la reciente tragedia registrada en Zamora Chinchipe, Merino afirmó que una de las principales enseñanzas es reconocer que Ecuador es un país expuesto a múltiples amenazas naturales.

Indicó que el mayor error después de un desastre consiste en reconstruir viviendas e infraestructura exactamente en los mismos lugares donde ocurrió la afectación, práctica que calificó como «reconstruir el riesgo».

Según explicó, los planes de desarrollo y ordenamiento territorial no deben quedarse únicamente como documentos administrativos o requisitos legales, sino convertirse en instrumentos efectivos de gestión que orienten las decisiones de los gobiernos locales y permitan ejecutar acciones concretas para disminuir la vulnerabilidad.

Tecnología para anticipar riesgos
El director de la carrera destacó que actualmente existen herramientas tecnológicas capaces de identificar zonas con amenazas antes de que ocurra una emergencia.

Entre ellas mencionó el uso de sistemas de información geográfica, teledetección, imágenes satelitales y análisis de datos climáticos.

Como ejemplo, señaló que imágenes satelitales correspondientes al año 2024 ya evidenciaban la presencia de macrodeslizamientos activos dentro de la microcuenca del río Kantzama, información que podía servir para identificar áreas con alta susceptibilidad a nuevos movimientos de masa.

Asimismo, subrayó la importancia de fortalecer las unidades de gestión de riesgos de los gobiernos autónomos descentralizados, muchas de las cuales funcionan con personal limitado y escasos recursos técnicos.

También destacó el valor de los sistemas de alerta temprana, alimentados por información meteorológica y climática, que permiten adoptar medidas preventivas antes de que una amenaza se convierta en desastre.

Responsabilidad de los gobiernos locales
Merino recordó que cada nivel de gobierno posee competencias específicas dentro de la gestión del territorio.

Indicó que los gobiernos parroquiales desempeñan un papel fundamental por su cercanía con las comunidades, promoviendo procesos de capacitación, simulacros, planes de respuesta y fortalecimiento de la cultura de prevención.

Por su parte, explicó que los municipios son responsables del uso y gestión del suelo mediante la elaboración de planes territoriales y ordenanzas que determinen dónde es posible construir, qué actividades pueden desarrollarse y cuáles son las zonas que deben permanecer protegidas por razones ambientales o de riesgo.

Cambio climático: un desafío permanente
El especialista manifestó que el cambio climático modifica las condiciones meteorológicas y aumenta la intensidad de las precipitaciones, así como la frecuencia de eventos extremos.

Recordó que durante 2024 Ecuador enfrentó una severa sequía que provocó déficit hídrico, afectaciones en la generación eléctrica, pérdidas económicas y consecuencias sociales, demostrando que los efectos climáticos trascienden el ámbito ambiental.

Por ello insistió en que la planificación territorial debe incorporar escenarios climáticos de mediano y largo plazo para diseñar medidas de adaptación, sistemas de riego, infraestructura resiliente y estrategias que permitan disminuir los impactos futuros.

El aporte de la UTPL
Finalmente, Merino explicó que la Universidad Técnica Particular de Loja desarrolla su aporte mediante tres ejes fundamentales: la formación académica, la investigación científica y la vinculación con la sociedad.

Destacó que la carrera de Ingeniería en Riesgos y Cambio Climático formas profesionales especializados en análisis geoespacial, gestión del riesgo y adaptación al cambio climático.

Además, señaló que la universidad genera investigaciones, monitoreo ambiental y análisis de variables climáticas cuyos resultados están disponibles para apoyar la planificación y la toma de decisiones de los gobiernos autónomos descentralizados.

Concluyó reiterando el compromiso de la institución con la formación de profesionales capaces de responder a los desafíos actuales y futuros relacionados con la gestión de riesgos, el cambio climático y la construcción de territorios más seguros y resilientes.

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Menos de un año tomaría la extradición de narcos y otros delincuentes tras reciente ley aprobada por la Asamblea

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La Corte Nacional de Justicia (CNJ) deberá constituir, en el plazo de un año, una unidad técnica especializada en temas de extradición a partir de la publicación de la Ley de Extradición, aprobada por unanimidad en la Asamblea el 7 de julio.

Esa es una de las disposiciones de la nueva normativa. Otra medida es que se negará la extradición de ecuatorianos, por hechos imputados anteriores al 9 de mayo de 2024, fecha en la que se publicaron los resultados de la consulta popular en la que se aprobó este mecanismo para connacionales.

Pero el aspecto más destacado por la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN), durante el debate de la ley de extradición, es el de los tiempos. Rosa Torres, presidenta de la Comisión de Justicia, que elaboró el proyecto, aseguró que se detectaron casos de pedidos de extradición que tomaron más de seis años en resolverse.

Por eso, la normativa, que contó con el apoyo de Revolución Ciudadana, Partido Social Cristiano (PSC) y los independientes, incluye una serie de plazos que no estaban especificados en la ley vigente desde el 2000.

Dos tipos de extradiciones
La normativa establece que cuando es Ecuador solicita a otros países la entrega de una persona procesada por la justicia ecuatoriana se denomina extradición activa.

El éxito de estas solicitudes ha sido más bien limitado. Entre 2019 y 2024, de los 207 pedidos de extradición que hizo el país a otras naciones, solo concluyeron 72.

La normativa aprobada también señala una serie de requisitos y parámetros para una mejor coordinación interinstitucional entre la Corte Nacional de Justicia (CNJ), la Cancillería y todas las instancias que deban intervenir para el efecto.

Los plazos y la propia aprobación de extradición no dependen de la justicia ecuatoriana, sino del país al que se solicita la devolución.

En caso de negativa de la extradición activa, la Asamblea dejó abierta la posibilidad de que la Corte pueda pedir al otro país el inicio de un juicio contra la persona requerida. Fiscalía deberá enviar todo el expediente del caso en el que se lo procesó.

Ecuatorianos pedidos por otros países

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Cuando es otro país el que pide a Ecuador la devolución de una persona procesada por la justicia se llama extradición pasiva. Entre 2019 y 2024, se recibieron 72 solicitudes de este tipo, de la cuales se concretaron apenas 14.

Antes de la consulta popular de abril de 2024, la Constitución permitía solo la extradición de extranjeros solicitados por su país de origen o por terceros. Ahora es posible entregar a ciudadanos ecuatorianos procesados en otras naciones.

En esta existen dos momentos. El primero es cuando la persona requerida acepta de forma libre y voluntaria la extradición, facilitando el procedimiento y acelerando los plazos de envío.

En ese caso, el presidente de la Corte Nacional de Justicia pedirá a la nación que solicita la extradición que, en no más de 30 días, entregue las garantías sobre derechos humanos previstos en los instrumentos internacionales.

Con la información en poder de la Corte Nacional de Justicia, en un plazo de tres días emitirá la sentencia de extradición.

¿Qué pasa si un ecuatoriano se opone a la extradición?
Ahí es donde realmente entra en acción una serie de plazos que incluyó la Asamblea en la reforma a la Ley de Extradición aprobada el 7 de julio por unanimidad.

Si la persona se opone el procedimiento se extiende y los plazos son los siguientes:

  • 48 horas para que el presidente de la Corte dicte el auto de procesamiento.
  • 30 días para que el Estado requirente entre garantías previstas en los instrumentos internacionales.
  • 30 días más para completar la información o para que la CNJ solicite más documentos.
  • El procesado podrá apelar el auto de inicio del procesamiento. Esto se resolverá hasta en 10 días.
  • Si se ratifica el procesamiento, hay un espacio de cinco días para que las partes presenten pruebas.
  • Una vez que concluya toda esta fase, la CNJ señalará día y hora para la audiencia oral (no hay plazo establecido).
  • Una vez celebrada la audiencia, el juez tiene cinco días para dictar sentencia.
  • Ante esta sentencia solo cabe un recurso de apelación que deberá quedar resuelto en no más de 30 días.
  • Una vez que sea notificado de la decisión el Estado requirente, tiene 30 días para ejecutar el traslado, con posibilidad de ampliar 15 días más. Si en ese plazo no se cumple con la movilización, la extradición será inejecutable.
    La última palabra es del presidente

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Todo el procedimiento, incluyendo la sentencia que emita la Corte Nacional de Justicia deberá ser notificada al presidente de la República; el informe que reciba el mandatario no es vinculante para su decisión.

El presidente podrá negar la extradición argumentando «ejercicio de la soberanía nacional, atendiendo al principio de reciprocidad o por razones de seguridad, orden público u otros intereses esenciales del Estado ecuatoriano», explica la normativa.

Contra la decisión del presidente de la República no procederá recurso ordinario alguno, sin perjuicio del control de la Corte Constitucional que corresponda. Negada la extradición, no se admitirá nueva solicitud por el mismo delito materia de la primera solicitud.

Además, si una persona solicitada en extradición no es localizada en dos años, el expediente será archivado y notificado al Estado solicitante, que podrá volver a solicitar si las condiciones cambian posteriormente.
Para hacer uso de este contenido cite la fuente y haga un enlace a la nota original en https://www.primicias.ec/politica/extradicion-narcotraficantes-delincuentes-ecuador-ley-aprobacion-asamblea-127432/

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