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‘Gato Farfán’ habría lavado USD 17 millones en camaroneras y construcción

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Menos de un mes falta para que Wilder Sánchez, alias ‘Gato Farfán’, comparezca ante la Corte del Distrito Sur de California en Estados Unidos para preparar su juicio por el presunto delito de narcotráfico. El 15 de abril de 2024, el narco ecuatoriano anunció que tenía un nuevo abogado.

Hace un año, todavía detenido en Colombia, Sánchez había contratado a Oscar Arroyave. Se trata de un abogado colombiano que se hizo famoso por contribuir en la liberación de Carlos Lehder, exsocio de Pablo Escobar en el cartel de Medellín.

Pero, ahora, el ecuatoriano sumó a su defensa a Matthew J. Lombard, un abogado estadounidense con oficinas en Los Ángeles, California. En los últimos años, Lombard ha tomado -al menos- dos casos relacionados con el narcotráfico mexicano.

Por ejemplo, en septiembre de 2022, la Revista Vice citó a Lombard como abogado de Dámaso López- Serrano, alias ‘Mini Lic’. Este sujeto es el hijo de quien fuera la mano derecha de Joaquín, ‘El Chapo’, Guzmán, cabecilla del Cartel de Sinaloa.

‘Mini Lic’ fue cercano a Los Chapitos, cómo se conocía a los hijos de Guzmán. En 2017, se entregó a Estados Unidos y empezó a colaborar con ese país a cambio de la reducción de su condena por narcotráfico.

Además, Los Angeles Times reportó que Lombard fue el abogado de Juan Francisco Sillas, alias ‘El Sillas’, un sicario y narcotraficante mexicano que trabajó para el Cartel de Tijuana, enemigo de Sinaloa.

Lavado en Ecuador

En junio de 2013, Wilder Sánchez fue detenido en un operativo en Guayas. Este sujeto intentaba enviar media tonelada de cocaína a México. Uno de sus socios era Telmo Castro, excapitán del Ejército, que era el enlace de ‘El Chapo’ Guzmán, en Ecuador.

Tras tres años en prisión y gracias a un sospechoso fallo judicial, en 2016, ‘Gato Farfán’ salió de la cárcel. Desde ese año, las autoridades locales le perdieron la pista. De manera clandestina, Sánchez se convirtió en uno de los narcos más importantes de la región.

El 10 de febrero de 2022, el Gobierno de Estados Unidos sancionó a Wilder Sánchez y a un miembro del Cartel de Sinaloa y los pidió en extradición. Un año después, en febrero 2023, fue capturado en Colombia. Hasta que en febrero de 2024, finalmente, fue enviado a Estados Unidos.

Pero, el 13 de octubre de 2022 -cuando todavía era buscado- las autoridades ecuatorianas recibieron una denuncia anónima en contra de Sánchez. Lo señalaban por comandar un grupo criminal que estaba lavando dinero utilizando varias empresas.

El caso se concretó en mayo de 2023. Si bien para esa fecha ‘Gato Farfán’ ya estaba preso en Colombia, en la lista de los primeros cinco procesados por lavado de activos no estaba el narcotraficante.

Sin embargo, en la formulación de cargos la Fiscalía ya nombró a Wilmer Sánchez y a su círculo familiar y los señaló por constituir empresas -como constructoras y camaroneras- para ocultar dinero producto del narcotráfico e ingresarlo al sistema financiero nacional.

En agosto de 2023, la Fiscalía vinculó a la investigación a seis personas más, entre los que estaban ‘Gato Farfán’ y sus familiares. Así como a cinco empresas relacionadas con la familia.

Entramado empresarial que movió USD 17 millones

La operación de lavado de activos, según la Fiscalía, se habría iniciado en abril de 2017. Wilder Sánchez constituyó Sanfarmar, una empresa camaronera radicada en Guayaquil y que sigue activa hasta 2024. Sus socios eran sus hermanos: Deice Farfán y Lenín Sánchez.

Entre 2017 y 2022, años en los que según las autoridades se lavaron cerca de USD 17 millones, Sanfarmar tuvo varios cambios societarias. ‘Gato Farfán’ vendió sus acciones. Apareció en la sociedad Gladis Solarte, otra de las procesadas. Hasta que, finalmente, la empresa quedó en manos de los hermanos del narcotraficante.

Además, Mónica Chávez, esposa de Sánchez Farfán, constituyó en 2017 la Constructora Crealto. Su socio era Ricardo A., pareja sentimental de Diana Montiel, otra de las procesadas por lavado de activos.

Según los registros públicos, los principales clientes de Crealto eran Sanfarmar, Constructora Mito, Montiel S.A. y Transportes Granvía, todas empresas vinculadas con los supuestos socios y testaferros de Wilder Sánchez.

«A través de estas compañías realizaban facturación entre ellas, dando una apariencia de legalidad e incremento de ingresos, lo que posterior es utilizado para la adquisición de bienes muebles e inmuebles, de esta manera incrementando notablemente su patrimonio», reportó la Fiscalía.

Desde el viernes 12 de abril de 2024, en el Complejo Norte de Quito, empezó el juicio por lavado de activos contra cuatro personas y las cinco empresas. La audiencia se reinstalará la tarde del 16 de abril.

Mientras que el juzgamiento de Wilder Sánchez, alias ‘Gato Farfán’, está suspenso porque está preso en Estados Unidos y el lavado de activos no se puede juzgar en ausencia. Lo mismo ocurre para la esposa, la suegra y los hermanos del narco, quienes están prófugo. Fuente: Primicias

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Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares

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La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de MachalaDarío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.

La audiencia de formulación de cargos se instaló la mañana de este martes 7 de julio, de forma telemática, ante un juez de la provincia de Pichincha.

Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.

Como medida cautelar de carácter real, la institución también solicitó la retención de los valores que ambos mantienen en entidades del sistema financiero.

Presuntos movimientos millonarios del alcalde

Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.

Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.

Asimismo, indicó que los investigadores detectaron movimientos financieros superiores a los USD 6 millones, además de cheques y retiros en efectivo por cerca de USD 750.000, que eran cobrados directamente en ventanilla.

Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.

La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo

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La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador

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En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.

María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.

“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.

En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.

La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.

En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.

“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.

Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.

Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.

La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.

Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.

El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.

La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.

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Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito

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La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo impuso la pérdida de los derechos políticos del exfuncionario, lo cual significa que no podrá postularse a cargos de elección popular, ejercer funciones públicas ni contratar con el Estado.

Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.

Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado

De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.

Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.

La Fiscalía expuso que, mientras ejercía el cargo, el exalcalde recibió depósitos que excedían los ingresos correspondientes a su remuneración, adquirió un vehículo y un inmueble, además de cancelar diversas obligaciones económicas.

Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.

Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.

Asimismo, incorporó 28 pruebas documentales, entre ellas el informe con indicios de responsabilidad penal elaborado por la Contraloría, pericias contables y financieras, reportes de la UAFE, roles de pago, declaraciones patrimoniales y certificaciones relacionadas con la propiedad de bienes muebles e inmuebles.
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