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Fiscalía se pronunció ante informe de la Judicatura sobre Diana Salazar

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La Fiscalía General del Estado se refirió al informe elaborado por el Consejo de la Judicatura. En el documento -dice la entidad- “el subdirector de Control Jurídico pretende que la Judicatura se arrogue funciones y suspenda a la máxima autoridad”.

La información se difundió este lunes, 29 de mayo de 2023, a través de su cuenta de Twitter. En ese espacio también se explica que el informe es elaborado de forma “maliciosa” y “sin sustento legal”. 

Diana Salazar, fiscal general, también se pronunció sobre el tema. Recordó que “la Fiscal General está sujeta al control político de la Asamblea Nacional, no al régimen disciplinario del Consejo de la Judicatura”.

Y señaló que “este tipo de maniobras dan cuenta de una desesperada intención por tomarse la Fiscalía. Ya expliqué para qué. Actuaré con toda contundencia”.

Según el medio Ecuavisa, en el informe de la Subcomisión de Control Disciplinario de la Judicatura se recomienda emitir la medida preventiva de suspensión en contra de Salazar con tres meses sin sueldo y un sumario administrativo que pueda concluir en su destitución. La sesión del Consejo estaba programada para este lunes, a las 19:40.

El Colectivo Acción Jurídica Popular alega que supuestamente la fiscal habría plagiado su tesis de grado.

¿Qué dice la norma?

En la Constitución de la República, en el artículo 194, se aclara que la Fiscalía es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera.

En el mismo cuerpo legal, en su artículo 131, se habla sobre si se prevé un enjuiciamiento a la Fiscal. «La Asamblea Nacional podrá proceder con el enjuiciamiento, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras y ministros de Estado» y máximas autoridades de la Procuraduría General del Estado, Contraloría, Fiscalía, etc.

¿Qué dicen los abogados sobre este tema?

Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, explicó que el Consejo de la Judicatura no tiene competencia para suspender temporalmente ni destituir a la Fiscal General del Estado. Sólo la Asamblea Nacional tiene la facultad de enjuiciarla políticamente, a través del artículo 131, en donde se habla sobre las funciones del Legislativo. De hecho, para la censura y destitución se requiere la mayoría absoluta.

Muñoz, incluso, señaló que «el informe (elaborado por la Judicatura) es ilegal e inconstitucional«, porque se están arrogando funciones que no les corresponden. Sí pueden sancionar a otros funcionarios de menor rango, incluidos, notarios, fiscales y demás.

Rubén Aguirre, abogado y especialista en derecho civil, confirma en que sólo la Asamblea podría ejercer alguna sanción contra la Fiscal General. «En las leyes se dice claramente que la Fiscal no puede ser sancionada por el Consejo de la Judicatura. Es un hecho forzado el que están realizando. La Fiscal sólo podría ser sancionada por la Asamblea y, mediante juicio político, ser destituida. Sin embargo -recordó- este momento estamos sin Legislativo».

Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional de Justicia, también se pronunció sobre el tema. Dijo que «Llamo a respetar institucionalidad de la Función Judicial por la que siempre lucho.El @CJudicaturaEc no puede suspender ni sumariar a la Fiscal General @FiscaliaEcuador Hace un año hubo otro atropello, mi suspensión de funciones.El respeto al poder judicial no se cede ni negocia!».

 

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Enrique Pita reconoce que la Corte Constitucional podría revisar el calendario de elecciones aprobado por el CNE

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El cambio de fecha de las elecciones seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) ha generado contradicciones dentro del propio Consejo Nacional Electoral (CNE). Mientras su presidenta, Diana Atamaint, defendió que el CNE «es la máxima autoridad en época electoral», el vicepresidente, Enrique Pita, reconoció que un eventual fallo de la Corte Constitucional podría obligar a revisar el calendario que fue ajustado.

Pita admitió que, aunque el CNE ya tomó la decisión de programar los comicios para el 29 de noviembre de 2026 y se encuentra trabajando con la logística a escala nacional, existe un factor que podría cambiar el escenario.

“Como CNE ya hemos tomado la decisión y estamos trabajando en todas las provincias con toda la logística”, señaló, al ser consultado sobre posibles demandas ante la Corte Constitucional.

Sin embargo, el vicepresidente manifestó que en caso de un dictamen, “(La Corte Constitucional) es una autoridad superior que a nosotros nos correspondería (acatar)”, indicó, dejando abierta la posibilidad de que el calendario electoral sea modificado.

Además, Pita marcó distancia con las declaraciones de Atamaint, quien aseguró que el CNE es la máxima autoridad durante el periodo electoral, por encima de la Corte Constitucional.

“Discrepo respecto a que en algún momento dado la Corte Constitucional pudiera establecer que una decisión no sea constitucional; eso es una alerta importante que deberíamos tener”, enfatizó.

Diana Atamaint defiende autoridad del CNE

En relación con posibles acciones ante la Corte Constitucional, la titular del CNE recordó precedentes institucionales. «La Corte Constitucional debe tener presente que hay antecedentes que señalan que, en época electoral, la máxima autoridad es el CNE«, sostuvo.

«Yo estoy recordando los pronunciamiento de ellos (Corte Constitucional) en esta línea», acotó Atamaint.

El CNE resolvió anticipar los comicios seccionales y la elección de consejeros del CPCCS, inicialmente previstos para el 14 de febrero de 2027. Con la nueva disposición, las elecciones se realizarán el domingo 29 de noviembre de 2026.

Según el CNE, la decisión responde a una acción preventiva frente a las fuertes lluvias previstas por el fenómeno de El Niño. Fuente: Vistazo

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Noboa sobre la inclusión de Ecuador en la ‘Gran América del Norte’: «Eso no quiere decir que nos vamos a entregar completamente a Estados Unidos»

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El presidente Daniel Noboa habló sobre el proyecto anunciado por el Gobierno de Estados Unidos, al que denomina la ‘Gran Norteamérica’ y en el que incluyó a Ecuador.

En una entrevista con radio Gaviota, de Machala, el primer mandatario expresó que se trata de una estrategia de trabajo de Estados Unidos en la región, pero aseguró que Ecuador no se va a «entregar completamente» al país norteamericano.

«Ellos lo llaman así. Lo que dicen es que en el hemisferio norte va a haber mayor trabajo en conjunto para la protección de la región. Eso no quiere decir que nosotros nos vamos a entregar completamente a Estados Unidos ni mucho menos» Daniel Noboa, presidente de Ecuador

Añadió que Ecuador mantiene buenas relaciones comerciales con otros países, como Rusia o China, que no son aliados de Estados Unidos.

*Noticia en desarrollo…

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¿Menos tiempo de campaña, menos candidatos y menos votantes? Qué pasa con el cambio de fecha de las elecciones seccionales en Ecuador

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La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de adelantar la fecha de las votaciones, del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026, y comprimir el calendario electoral, sorprendió al país entero la tarde del viernes y levantó una serie de cuestionamientos contra los consejeros del organismo, debido al impacto de la medida.

Durante el lunes siguiente, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, y el vicepresidente, Enrique Pita, desplegaron una campaña de justificación, a través de entrevistas en medios, en la que han repetido, de forma atropellada, los argumentos técnicos y legales que utilizaron para la dramática reducción de todos los plazos y procesos de las elecciones seccionales en Ecuador.

El adelanto de los comicios pondrá presión no solo sobre las organizaciones políticas, los aspirantes a candidatos, sino también sobre las propias autoridades. La decisión tendrá un impacto directo en el tiempo para que la ciudadanía conozca sus opciones, la cantidad de votantes que ingresarán al padrón y hasta los días para que se impriman los millones de papeletas necesarias.

Por todo esto, el discurso del adelanto de las elecciones seccionales como medida de prevención frente a un supuesto fenómeno de El Niño que causaría estragos en febrero de 2027 genera más dudas que certezas. La principal es la imposibilidad de vaticinar un evento climático de esa magnitud con tanta anticipación.

A continuación PRIMICIAS recoge las inquietudes que ha generado la polémica decisión del CNE:

1 Una excusa sin precedente
Desde el cambio de Constitución, y después del periodo inicial de transición, se han llevado a cabo tres elecciones presidenciales y tres seccionales en febrero, sin importar la intensidad de los inviernos y sin que los pronósticos climáticos interfirieran.

La alarma por el fenómeno de El Niño ya se instaló en Ecuador en 2023: se esperaba que llegue entre noviembre y diciembre y que se intensifique hasta marzo. Por lo que el gobierno de Guillermo Lasso tomó extensas previsiones para asegurar la respuesta estatal ya que se esperaban USD 4.000 millones en pérdidas.

En ese entonces la probabilidad técnica de ocurrencia fue del 100%, ahora es del 62%. Sin embargo, al final, la intensidad fue moderada y, en realidad, hubo una sequía intensa que afectó a la generación eléctrica del país. En ese febrero de 2024, el registro de la Secretaría de Riesgos ascendía a 2.875 personas afectadas. La cifra es baja en comparación con las casi 20.000 registradas entre enero y febrero de este 2026.

Pero ese lejano pronóstico no fue suficiente para que las autoridades electorales pasen del tradicional plan de contingencia (para los recintos electorales que durante los últimos 12 años han tenido riesgos de afectación por las frecuentes lluvias de febrero) a una abrupta reducción del calendario electoral.

Por ejemplo, para la segunda vuelta electoral del 13 de abril de 2025, el Consejo Nacional Electoral reubicó 24 recintos electorales, que estaban afectados por las lluvias o habían sido usados como albergues. Lo mismo que ha sucedido en cada votación.

2 Plazos legales reducidos
La reducción de todos los plazos para las etapas del calendario electoral pone presión sobre todos los actores del sistema; incluso, sobre las mismas autoridades electorales.

El mismo Tribunal Contencioso Electoral (TCE) se ha visto en el problema de resolver todos los recursos que llegan a sus oficinas durante un periodo electoral ordinario, mucho más aún durante uno que ha sido modificado para ser más corto.

Los jueces del TCE han tenido desacuerdos en varias ocasiones con el CNE, puesto a que la carga procesal y los plazos fijos legales imponen ritmos imposibles para el Tribunal y su capacidad operativa.

Ya pasó en las seccionales de 2019, la demora en la resolución de los recursos electorales hizo que no se tenga autoridades definidas para el 14 de mayo, fecha de posesión de las dignidades locales. Los problemas se reportaron principalmente en Los Ríos.

Ni siquiera en momentos como la crisis sanitaria por la pandemia de Covid-19, el TCE y el mismo CNE estuvieron de acuerdo con que se modifique el calendario electoral establecido para 2021, justamente por la afectación que implicaría para todos los eslabones del proceso.

No existe un artículo en la Constitución ni en el Código de la Democracia que faculte al CNE a adelantar la fecha de las votaciones, una vez establecida. Aunque los consejeros del organismo sostienen que mientras cumplan el plazo de convocar a elecciones, con al menos 120 días de anticipación, no hay problema.

 3 Obstáculos para la participación
Aunque la presidenta del CNE, Diana Atamaint, insiste en que el tablero electoral está marcado de igual manera para todas las organizaciones políticas, no todas tienen los mismos recursos, ni las mismas capacidades. Tampoco todas están en la misma situación legal.

Por ejemplo, pese a que las autoridades electorales lo nieguen, su decisión de acortar el calendario pone en serios aprietos a partidos y movimientos nacionales, que enfrentan procesos electorales administrativos y contenciosos; al igual que a movimientos locales.

El impedimento de la participación del movimiento Revolución Ciudadana era una certeza no confirmada con el calendario original. Entonces, quedaba una remota posibilidad de sortear sus impedimentos legales, para ejecutar sus procesos de democracia interna hasta el 14 de agosto, incluyendo la participación del alcalde Aquiles Alvarez. Ahora les quedaría como única opción su inmediata desafiliación hasta el 19 de mayo, para poder así terciar por otras listas.

Algo similar ocurre con Unidad Popular y Construye, que están en proceso de eliminación por parte del CNE. Los dos tenían cuatro meses por delante para allanar su camino a las papeletas. Ahora tienen uno.

A esa lista se suman los movimientos nacionales y locales que buscan ser calificados por el Consejo para inscribirse y participar. Ahora tienen hasta el 3 de mayo, lo que no solo depende de que completen o subsanen los requisitos, sino de que el CNE tenga la capacidad operativa para procesar los registros.

4 Menos tiempo de campaña
Algo particularmente difícil en todas las elecciones seccionales es que la ciudadanía conozca a los candidatos a todas las dignidades que debe escoger. No sucede. La mayoría de votantes no reconocen los nombres en las papeletas, menos aún sus perfiles y propuestas de trabajo.

Esa es una realidad incluso cuando el CNE otorga largos periodos de campaña, permitidos por el Código de la Democracia, con un máximo de 45 días. Ahora, los candidatos pasaron de tener 30 días a apenas dos semanas para poder darse a conocer y convencer al electorado.

Esto solamente influirá en la cantidad de campaña anticipada (sancionada por la Ley) y el abuso de la pauta en redes, un agujero negro que el CNE no logra controlar.

5 Efectos en el registro electoral
Al mover el calendario electoral, también habrá un impacto directo en la población que podrá participar. Por ejemplo, ya no podrán votar aquellas personas que cumplan 16 años entre el 30 de noviembre y el 14 de febrero.

Tampoco podrán hacerlo aquellas que preveían concretar un cambio de domicilio electoral hasta mediados de mayo, porque esa posibilidad se reduce hasta mediados de abril.

6 Incertidumbre legal
La polémica decisión del CNE también genera un escenario de inseguridad jurídica, como lo han manifestado varias organizaciones políticas. Ya que la planificación de su participación en las elecciones seccionales se hizo con la meta de llegar a febrero de 2027.

Sin embargo, los consejeros aprobaron una reducción de 77 días que afecta todas las etapas del proceso. Esto pese a que, como lo establece la Constitución, la posesión de las autoridades tendrá que esperar de todas formas hasta el 14 de mayo de 2027.

Además, no hay certezas de cómo esto afectará el trámite de las apelaciones y medidas interpuestas ante el TCE. Sin contar que el Tribunal podría echar abajo la decisión del CNE o que la Corte Constitucional podría pronunciarse frente a una eventual demanda de inconstitucionalidad o pedido de medidas cautelares. Aunque la presidenta Atamaint advirtió que los magistrados no podrían interferir en sus decisiones. Fuente: Primicias

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