Nacionales
Fiscalía se pronunció ante informe de la Judicatura sobre Diana Salazar
La Fiscalía General del Estado se refirió al informe elaborado por el Consejo de la Judicatura. En el documento -dice la entidad- “el subdirector de Control Jurídico pretende que la Judicatura se arrogue funciones y suspenda a la máxima autoridad”.
La información se difundió este lunes, 29 de mayo de 2023, a través de su cuenta de Twitter. En ese espacio también se explica que el informe es elaborado de forma “maliciosa” y “sin sustento legal”.
Diana Salazar, fiscal general, también se pronunció sobre el tema. Recordó que “la Fiscal General está sujeta al control político de la Asamblea Nacional, no al régimen disciplinario del Consejo de la Judicatura”.
Y señaló que “este tipo de maniobras dan cuenta de una desesperada intención por tomarse la Fiscalía. Ya expliqué para qué. Actuaré con toda contundencia”.
La Fiscal General está sujeta al control político de la Asamblea Nacional, no al régimen disciplinario del Consejo de la Judicatura. Este tipo de maniobras dan cuenta de una desesperada intención por tomarse la Fiscalía. Ya expliqué para qué. Actuaré con toda contundencia. https://t.co/gfGl3CQ8sx
— Diana Salazar M. (@DianaSalazarM2) May 30, 2023
Según el medio Ecuavisa, en el informe de la Subcomisión de Control Disciplinario de la Judicatura se recomienda emitir la medida preventiva de suspensión en contra de Salazar con tres meses sin sueldo y un sumario administrativo que pueda concluir en su destitución. La sesión del Consejo estaba programada para este lunes, a las 19:40.
El Colectivo Acción Jurídica Popular alega que supuestamente la fiscal habría plagiado su tesis de grado.
¿Qué dice la norma?
En la Constitución de la República, en el artículo 194, se aclara que la Fiscalía es un órgano autónomo de la Función Judicial, único e indivisible, funcionará de forma desconcentrada y tendrá autonomía administrativa, económica y financiera.
En el mismo cuerpo legal, en su artículo 131, se habla sobre si se prevé un enjuiciamiento a la Fiscal. «La Asamblea Nacional podrá proceder con el enjuiciamiento, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras y ministros de Estado» y máximas autoridades de la Procuraduría General del Estado, Contraloría, Fiscalía, etc.
¿Qué dicen los abogados sobre este tema?
Gonzalo Muñoz, abogado constitucionalista, explicó que el Consejo de la Judicatura no tiene competencia para suspender temporalmente ni destituir a la Fiscal General del Estado. Sólo la Asamblea Nacional tiene la facultad de enjuiciarla políticamente, a través del artículo 131, en donde se habla sobre las funciones del Legislativo. De hecho, para la censura y destitución se requiere la mayoría absoluta.
Muñoz, incluso, señaló que «el informe (elaborado por la Judicatura) es ilegal e inconstitucional«, porque se están arrogando funciones que no les corresponden. Sí pueden sancionar a otros funcionarios de menor rango, incluidos, notarios, fiscales y demás.
Rubén Aguirre, abogado y especialista en derecho civil, confirma en que sólo la Asamblea podría ejercer alguna sanción contra la Fiscal General. «En las leyes se dice claramente que la Fiscal no puede ser sancionada por el Consejo de la Judicatura. Es un hecho forzado el que están realizando. La Fiscal sólo podría ser sancionada por la Asamblea y, mediante juicio político, ser destituida. Sin embargo -recordó- este momento estamos sin Legislativo».
Iván Saquicela, presidente de la Corte Nacional de Justicia, también se pronunció sobre el tema. Dijo que «Llamo a respetar institucionalidad de la Función Judicial por la que siempre lucho.El @CJudicaturaEc no puede suspender ni sumariar a la Fiscal General @FiscaliaEcuador Hace un año hubo otro atropello, mi suspensión de funciones.El respeto al poder judicial no se cede ni negocia!».
Llamo a respetar institucionalidad de la Función Judicial por la que siempre lucho.El @CJudicaturaEc no puede suspender ni sumariar a la Fiscal General @FiscaliaEcuador Hace un año hubo otro atropello, mi suspensión de funciones.El respeto al poder judicial no se cede ni negocia!
— Iván Saquicela Rodas :. (@ivansaquicela) May 30, 2023
Nacionales
Al menos 80 muertos, edificios colapsados y aeropuertos cerrados por terremoto en Colombia
La cifra de fallecidos se elevó a 80, según un reporte de CNN, mientras continúan los trabajos de emergencia ante el colapso de decenas de edificaciones, principalmente en la región del Eje Cafetero.
Muertos y destrucción en varias ciudades
En Pereira, capital de Risaralda, numerosos edificios se derrumbaron y los equipos de rescate buscan personas atrapadas bajo los escombros, y no se descarta que sube el número de víctimas en esa región.
La mayor cantidad de fallecidos se registra en el departamento de Risaralda, donde hay 40 muertos, seguido por 27 fallecidos en el Valle del Cauca y cuatro en el Chocó, epicentro del terremoto, señaló la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales) tras participar en un comité extraordinario de desastres liderado por el presidente colombiano, Abelardo de la Espriella.
Al menos siete aeropertos colombianos sufrieron daños por el terremoto, informó la Aeronáutica Civil (Aerocivil).
«En el departamento del Valle del Cauca (…) tenemos más o menos 27 personas fallecidas», expresó la gobernadora regional, Dilian Francisca Toro, a periodistas.
«Tenemos destrucción de casas, de edificios en todos los municipios del Valle del Cauca», aseguró Toro, quien calificó de «seria» la situación en el departamento y señaló que cerca del 80 % de las edificaciones del municipio de El Cairo resultaron destruidas.
El terremoto ocurrió a las 7:34 de este lunes y tuvo como epicentro la localidad de San José del Palmar, en el departamento del Chocó, en la región del Pacífico, y a una profundidad de 82 kilómetros, según el Servicio Geológico Colombiano (SGC). Fuente: Vistazo
Nacionales
10 de Agosto de 1809: La semilla de la autonomía que encendió a Hispanoamérica
El 10 de Agosto de 1809 es una fecha grabada a fuego en la memoria de Ecuador. Sin embargo, su impacto trascendió las fronteras de lo que hoy conocemos como territorio nacional para convertirse en el prólogo de la emancipación de toda Hispanoamérica.
Lejos de ser una simple rencilla entre autoridades españolas, este hito marcó la primera ocasión en que una ciudad del imperio español proclamó su autonomía. Así lo explica el experto Gonzalo Ortiz Crespo, miembro de la Academia Nacional de Historia, quien aclara que, aunque en un principio la Junta juraba lealtad al rey Fernando VII, en la práctica se exigía el derecho a autogobernarse.
La unión de los barrios y la intelectualidad
Lo que distinguió al movimiento quiteño de otros alzamientos de la época fue su composición. Fue una manifestación clara donde las élites —encabezadas por la nobleza local— se unieron a los representantes de los barrios de Quito y a una clase media emergente de intelectuales y profesionales, como los abogados Juan de Dios Morales y Manuel Rodríguez de Quiroga.
No obstante, el estallido de agosto no surgió de la noche a la mañana. El verdadero génesis de la revuelta se remonta a la Navidad de 1808. En un encuentro secreto en la hacienda Chillo Compañía (en el Valle de los Chillos), propiedad de Juan Pío Montúfar (Marqués de Selva Alegre), se trazó el complot inicial.
Una traición temprana llevó a los conspiradores a prisión, pero al ser liberados por falta de pruebas concluyentes, decidieron adelantar el golpe antes de ser descubiertos definitivamente.
De la autonomía a la masacre
El éxito inicial del 10 de Agosto pronto chocó con una dura realidad: la falta de fuerza militar. Al no poder levantar un ejército sólido ni fortificaciones adecuadas, la Junta Soberana quedó vulnerable. La Corona respondió rápidamente enviando tropas desde Lima, Guayaquil y Bogotá para sofocar el intento de autonomía.
El movimiento se vio forzado a capitular bajo una promesa de no agresión. Sin embargo, los líderes revolucionarios terminaron apresados en los calabozos del Cuartel Real de Lima, en Quito. La tensión estalló casi un año después, el trágico 2 de agosto de 1810.
Un intento desesperado por liberar a los próceres derivó en una masacre indiscriminada. Los soldados realistas asesinaron a los prisioneros en sus celdas y salieron a reprimir violentamente las revueltas en las calles, cobrándose la vida de cerca de 200 personas.
Figuras clave como el capitán Juan Salinas, Morales y Quiroga fueron asesinados. Montúfar logró escapar de ese destino inmediato, pero más tarde sería apresado y desterrado a España, donde murió de tuberculosis en una antigua prisión en Alcalá de Guadaíra, cerca de Sevilla.
«Los muros sangrientos de Quito»
Aunque el levantamiento quiteño fue ahogado en sangre y fracasó militarmente a corto plazo, su onda expansiva fue imparable. Este acontecimiento inauguró un periodo de enfrentamientos con el imperio español que duraría más de 15 años.
La brutal represión dejó una cicatriz imborrable en la memoria del continente. Años más tarde, el libertador Simón Bolívar encontraría en este episodio la justificación histórica y moral para declarar la «Guerra a Muerte» contra España, argumentando que fue en «los muros sangrientos de Quito» donde el imperio pisoteó los derechos de quienes anhelaban la libertad.
Hoy, el 10 de Agosto no solo se recuerda como un intento de independencia local, sino como el hito fundacional que abrió el camino hacia la libertad definitiva de las naciones iberoamericanas. Fuente: Primicias
Nacionales
Consejo de la Judicatura aprobó el uso de avatares para proteger la identidad de los jueces
El Consejo de la Judicatura aprobó un nuevo protocolo de seguridad de jueces, fiscales y otros operadores de justicia frente a las amenazas del crimen organizado. En este marco, el Pleno de la institución aprobó el «Protocolo Técnico-Operativo para el Uso de Avatares Digitales en Audiencias Telemáticas».
Este nuevo protocolo forma parte del Plan de Seguridad Integral de la Función Judicial. El principal objetivo es proteger la seguridad de los jueces con transparencia total, indicó el Consejo de la Judicatura.
Esta nueva disposición implementa el uso voluntario de avatares digitales en audiencias telemáticas. Esta herramienta promueve el resguardo de la identidad biométrica de los jueces, el cumplimiento del debido proceso ya que el juez dirige la audiencia y las partes procesales conocen su identidad en todo momento.
Esta nueva disposición no se trata de un sistema de jueces sin rostro
«No se trata de un sistema de ‘jueces sin rostro'», enfatizó la institución.
El objetivo de esta decisión es resguardar, de manera exclusiva, la identidad biométrica de los administradores de justicia durante las diligencias virtuales relacionadas con casos de alta complejidad y riesgo.
El Consejo de la Judicatura indicó que este mecanismo garantiza la total transparencia procesal y difiere radicalmente de otros sistemas como los denominados «jueces sin rostro» donde se desconoce la identidad total de quienes administran justicia.
El contenido del protocolo aprobado asegurará que, desde el sorteo de las causas, las partes procesales conozcan en todo momento los nombres, apellidos, cargos y competencias de los jueces asignados.
«Lo único que se sustituirá tecnológicamente es la transmisión de los rasgos faciales de los magistrados, es decir, el avatar protegerá su imagen biométrica para evitar el perfilamiento criminal, el reconocimiento facial automatizado y la creación de contenidos de video, imagen o audio manipulados mediante tecnologías como la inteligencia artificial«, explicó el Consejo de la Judicatura a través de un comunicado.
Uso de avatar cumple con el COIP
El uso del avatar institucional no vulnera la exigencia de una comunicación real, directa y fidedigna establecida en el artículo 565 del COIP, puesto que no sustituye al juzgador.
Detrás de la representación gráfica, se encontrará el juez en tiempo real, previamente autenticado. Él mantendrá de forma exclusiva la dirección de la audiencia y sus facultades jurisdiccionales.
Jueces decidirán voluntariamente el uso del avatar
El protocolo establece claramente que el uso del avatar no será obligatorio ni generalizado. Será un mecanismo voluntario y excepcional que el juez podrá solicitar frente a riesgos objetivos, como procesos de delincuencia organizada, crimen transnacional o amenazas directas.
El uso del avatar no reemplazará a la toma decisiones jurisdiccionales ni delegará funciones que le corresponden al juez quien continuará dirigiendo personalmente la audiencia, valorará la prueba y garantizará los derechos de defensa, inmediación, contradicción y publicidad.
Amenazas a jueces en Ecuador
El Consejo de la Judicatura realizó un diagnóstico nacional, en el cual se registró que 127 servidores judiciales han recibido amenazas y 23 han sido víctimas de hechos de violencia. También se contabilizaron tres ataques contra la infraestructura judicial y 142 falsas alarmas de bombas.
Esto se complementa con los nuevos lineamientos para el teletrabajo para situaciones de riesgo y/o seguridad. También hay un protocolo de primeros auxilios en el área psicológica para los funcionarios judiciales y capacitaciones de autoprotección y prevención de riesgos. Fuente: Vistazo
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