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En 2026 se duplicará el pago de deuda externa que debe afrontar Ecuador, ¿cuál es el plan del Gobierno?

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El camino será cuesta arriba en 2026, pues comienzarán a subir las deudas por pagar a los prestamistas internacionales. Esto es lo que se conoce como deuda externa.

El próximo año, el Gobierno de Daniel Noboa tendrá que pagar USD 3.918 millones de deudas contraídas en años anteriores. Si cada ecuatoriano aportara para cubrir esa deuda, a cada uno le correspondería pagar unos USD 215,9.

Se trata de un monto importante que presionará al Ministerio de Finanzas en 2026, pues es más del doble de lo que se debía pagar de deuda externa en 2025: USD 1.719 millones.

¿Por qué aumenta tanto lo que se debe pagar en 2026?
El exviceministro de Finanzas, Daniel Lemus, explica que, una buena parte de ese incremento, se explica porque en 2026 el país debe comenzar a pagar las cuotas (conocidas como amortizaciones) de los bonos 2030.

Los bonos son instrumentos a través de los cuales un Estado consigue préstamos de inversionistas internacionales.

¿Cómo funcionan?

El Estado emite en el mercado internacional bonos y los inversionistas los compran.
A cambio, los inversionistas prestan dinero al país. El Estado debe pagar a los inversionistas un monto de tasa de interés.
El país tiene un plazo determinado para devolver el dinero, en cuotas o amortizaciones.

Ecuador tiene una deuda en bonos que asciende a USD 14.380 millones, lo que representa el 29% del total de la deuda externa contraída hasta julio de 2025.

La mayor parte corresponde a tres bonos que datan del gobierno de Lenín Moreno, que deben terminar de pagarse en 2030, 2035 y 2040 respectivamente.

En el caso del bono 2030, el país había estado pagando solo los cupones de interés, pero desde 2026 tendrá que comenzar a pagar las cuotas o amortizaciones del préstamo, explica Lemus.

El Gobierno de Noboa tendrá que pagar las dos primeras amortizaciones en enero y en julio de 2026. Cada pago será por USD 407 millones.

¿Podrá cubrir esos pagos el Gobierno de Noboa?
Esos dos pagos son clave para que el Gobierno envíe un mensaje positivo a los mercados internacionales, dice Lemus.

Esto, para que no se le cierren al país las puertas para obtener nuevo financiamiento, pues cada año se requieren nuevos préstamos, considerando que los ingresos públicos no alcanzan.

Cuando un país no paga su deuda externa cae en ‘default’ y se vuelve mucho más complicado y costoso acceder a préstamos futuros.

En 2008, por ejemplo, Ecuador cayó en ‘default’. El Gobierno de Rafael Correa optó por apalancarse en préstamos de bancos y del gobierno de China, que tuvieron tasas altas y, en algunos casos, estuvieron atados a operaciones de preventas petroleras con condiciones poco transparentes.

¿Podrá el Gobierno de Daniel Noboa pagar esos USD 813 millones en 2026 por los bonos 2030?

Por un lado, el Gobierno tendrá más recursos disponibles en 2026, porque para entonces el subsidio al diésel estará completamente eliminado, explica José Hidalgo, director de la Corporación de Estudios para el Desarrollo (Cordes).

Sin embargo, una parte de esos recursos todavía se destinaría a los bonos de compensación para los transportistas, agrega.

A esto se suma que las previsiones apuntan a que el Gobierno tendrá menos ingresos petroleros en 2026, por menos producción pero también por caída de precios, dice Hidalgo.

El director de Cordes añade que lo más probable es que, en 2026, los gastos del Estado superen a los ingresos en alrededor de USD 4.000 millones. A eso se le conoce como déficit y debe cubrirse con más deuda.

Por lo que es importante que el Gobierno siga ajustando sus cuentas para reducir ese déficit, añade.

Lemus dice que es probable que el pago de enero sea el que menos complique al Gobierno, pues apenas empieza el año y habría liquidez. El reto podría ser en julio, cuando ya empieza a crecer el gasto público.

«Si al Gobierno le hacen falta recursos para esos pagos, es probable que recurra a endeudamiento interno a través del IESS» Daniel Lemus, exviceministro de Finanzas.

Pagos a multilaterales también va en aumento
Hidalgo menciona que otro factor que pondrá presión en 2026 es que también aumentan los pagos que se deben hacer a los organismos multilaterales, que hoy son los principales prestamistas de Ecuador.

Se trata de deudas contraídas con entidades como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco Mundial y el Banco de Desarrollo de América Latina CAF.

El monto a pagar a los multilaterales en 2025 ascendía a USD 1.368 millones.

Pero para 2026, Ecuador deberá pagar USD 2.307 millones a estos organismos. Los pagos más fuertes son para el FMI y al BID, como muestra la gráfica:

El plan de Finanzas
Hidalgo explica que, para que el país pueda cubrir el déficit de 2026 y el mayor pago de deuda externa, es necesario volver a conseguir recursos en el exterior a través de la emisión de bonos.

El problema es que Ecuador tiene un indicador alto de riesgo país (lo que refleja desconfianza de los inversionistas internacionales) y si emitiera bonos hoy tendría que pagar una tasa de interés de entre 11% y 12% anual.

 

Se trata de una tasa alta si se toma en cuenta que el interés promedio que cobran los multilaterales a Ecuador, en julio, es de 4,5%.

De ahí que el riesgo país debería caer entre 300 y 400 puntos para que la tasa sea más baja.

El pasado 24 de octubre de 2025, la ministra de Finanzas, Sariha Moya, explicó que el Gobierno tiene un plan para conseguir esa meta.

Primero, Moya aseguró que el Gobierno cumplirá con los pagos de bonos que vencen en enero y julio de 2026. Aunque no dijo de dónde provendrán los recursos.

Y, luego de eso, está prevista una nueva operación conocida como «swap» de deuda externa; esto es, un canje de deuda que consiste en cambiar (o «canjear») un monto de deuda externa por deuda nueva, con mejores condiciones (menos tasa de interés, más plazo), para reducir las presiones de pago del Gobierno y liberar recursos públicos para otros fines.

En 2023 y 2024, Ecuador realizó canjes con garantías otorgadas por el BID, atados a programas de conservación de la naturaleza.

Con eso, Moya dijo que se espera que el riesgo país baje lo suficiente como para volver a emitir bonos máximo hasta septiembre de 2026.

Sin embargo, en 2026 Ecuador podría volver a las urnas para una Asamblea Constituyente lo que plantea, nuevamente, un escenario de incertidumbre que podría hacer que el riesgo país crezca, añade Lemus. Fuente: Primicias

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Acuerdo que flexibiliza la jornada laboral en Ecuador tendrá tres cambios, anuncia el Ministro de Trabajo

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El acuerdo ministerial con el que se flexibiliza la jornada laboral sigue en revisión por parte del Ministerio del Trabajo y hasta ahora lleva tres cambios, con relación al documento entregado inicialmente a los inspectores de trabajo y que se hizo público el 19 de febrero de 2026.

Así lo explicó el Ministro de Trabajo, Harold Burbano, a PRIMICIAS, en una entrevista realizada el 26 de febrero de 2026. Se espera la publicación del documento final en el Registro Oficial para los próximos días.

Burbano también aclaró que aún está prevista la publicación de los nuevos salarios mínimos sectoriales para 2026, con incrementos acorde al comportamiento de cada sector.

El acuerdo MDT-2026-046 fue firmado por usted el 18 de febrero y en su disposición final dice que «entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial». ¿Por qué dijo que no está vigente?
La Corte Constitucional y el artículo 5 del Código Civil establece que un acto normativo, como lo es un acuerdo ministerial, no entra en vigencia si no se sigue el procedimiento adecuado de publicación en el Registro Oficial, en cumplimiento del principio de publicidad. Esto lo ha dicho la Corte en muchas de sus sentencias.

Y esta muletilla que, no solo la pone el Ministerio de Trabajo sino toda la institucionalidad, en realidad no surte ningún efecto, hasta tenerlo publicado. Entonces, si la pregunta es si está en vigencia, la respuesta es no.

Entonces, ¿por qué hay un documento donde está su firma?
Porque el primer paso que acordamos para poder tener una discusión final sobre esta propuesta es que exista una borrador formal, que es el que yo procesé y puse a disposición de los miembros del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios.

«El pronunciamiento oficial de la autoridad es que no está en vigencia, no estamos haciendo ninguna actuación judicial ni administrativa con el documento».

Harold Burbano, ministro de Trabajo.
Entrará en vigencia cuando se lo publique en el Registro Oficial. Estamos teniendo las últimas reuniones de socialización. Además, hemos hecho adecuación al texto.

¿Qué tipo de adecuaciones han hecho a este documento? 
Hemos hecho tres adecuaciones en esta última semana. La primera, aclarar de manera puntual que cuando existan contratos colectivos en las empresa donde se quiera adecuar la jornada especial, tiene que evidenciarse el acuerdo entre las partes dentro de ese contrato colectivo; no puede hacerse de manera individual con los agremiados.

La segunda es poner de manera expresa cuál va a ser el horario tanto continuo como discontinuo que podrán acordar empleadores y trabajadores, para evitar que se confunda esto con las críticas constantes que se han hecho de que es un banco de horas.

No es que un empleador dispone de las 40 horas de su trabajador de manera arbitraria, el acuerdo tiene que estar de manera expresa en el contrato de trabajo o en la adenda al contrato.

El rango de horas puede establecerse durante todo el día con los recargos establecidos. Si un trabajador pacta, por ejemplo, un horario nocturno de 10 horas, va a trabajar cuatro días a la semana, con los recargos establecidos en la ley para el pago de hora nocturna.

No es que se están vulnerando derechos establecidos en el Código del Trabajo, básicamente es un mecanismo para poder redistribuir las horas de trabajo y adecuar la ley a la realidad actual.

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¿Cuál sería el tercer cambio que están estableciendo? 
El tercer cambio es especificar cuándo se pueden dar las 12 horas de trabajo, porque esa también ha sido una crítica. Las 12 horas son una excepción para un sector en particular, que es el del transporte, que además tiene su norma particular.

Esto se está haciendo junto con otras aclaraciones particulares de jornadas con rango de horario menor, por ejemplo, la de los radiólogos o personas que trabajan en subsuelos. Existe una norma legal que señala que no se puede aumentar este tiempo a más de 6 horas y una hora suplementaria extra.

Entonces, con respecto al artículo 4, ¿ya no se podrá incrementar las horas de trabajo a cambio de días de descanso para todos los trabajadores, únicamente para transportistas?
Así es, se va a dejar claro para qué sector aplica la extensión de las 12 horas, e igualmente las horas disminuidas.

«La regla general va a ser 40 horas semanales y hasta 10 horas diarias, con los recargos pertinentes». Harold Burbano, ministro de Trabajo

¿Y la extensión de la jornada para los transportistas, a cambio de días de descanso, incluirá también los recargos de ley por horas extras o nocturnas? 
No está cambiando nada, solo el procedimiento de registro. Por ejemplo, si es que quiere plantear tres o cuatro turnos de 12 horas para el tema del transporte, ya no va a trabajar 40 horas semanales, sino 48 horas.

Esas 8 horas extras, de las 40 horas, se pagan conforme a los recargos establecidos en la ley. Eso ya pasa con la aprobación del Ministerio de Trabajo, se llama jornada extraordinaria.

Entonces, vamos a seguir aprobando esas jornadas extraordinarias, pero ahora con una diferenciación, porque no había un tiempo perentorio para que se aprueben esas jornadas, y muchas veces ya rayaban en la ilegalidad, porque se implementaban sin tener la resolución del Ministerio de Trabajo.

Ahora, nos hemos dado 10 días para aprobar esa jornada; de no existir la aprobación, vamos a sancionar al funcionario que debía emitir la aprobación y se va a aprobar de manera tácita esta jornada especial. Además, se implementará un mecanismo de control a la empresa o al empleador que está pidiendo la aprobación de esta jornada.

En cuanto a la distribución de la jornada de 40 horas, ¿si una persona labora 10 horas, se le pagarán los recargos nocturnas, aunque al siguiente día trabaje 6 horas?
Si el trabajador tiene un horario de 2 de la tarde a 10 de la noche, ese tiempo que está dentro de la hora nocturna tiene que ser pagado con el recargo de la hora nocturna, aunque al día siguiente trabaje menos horas. El recargo se lo hace en la hora trabajada.

Al cierre del mes de febrero aún no se había publicado la tabla con los salarios mínimos sectoriales para 2026. ¿No habrá aumentos para este año? 
No se puede dar por entendido eso. Estamos actualizando los representantes de los comités sectoriales, tanto de empleadores como de trabajadores. No podíamos sentarnos a discutir con alguien que ya no tenga representatividad. Se están rearmando los consejos.

Pero lo que sí se planteó en el marco del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios es que el salario sectorial tiene que ser discutido dentro de los comités sectoriales. No lo voy a hacer de manera impositiva como se ha venido haciendo en los últimos años.

Entonces, ¿aún se puede esperar un incremento de esos salarios?
Así es, si es que el sector así lo requiere; el incremento puede ser porcentualmente mayor o menor al del salario básico unificado, porque hay sectores que han tenido mayor crecimiento económico que otros. Entonces, sería irresponsable de parte del Ministerio hacer una equiparación. En eso están de acuerdo tanto empleadores como trabajadores.

En el Consejo Nacional de Trabajo y Salarios acordamos no subir los salarios mínimos sectoriales hasta que no haya un análisis en cada uno de los comités sobre el crecimiento de cada sector, porque si no  puede haber distorsiones. Hay que hacerlo de manera técnica.

¿Y cuánto puede tomarles ese análisis? Hay mucha expectativa entre los trabajadores sobre este tema. 
Tomará una o dos reuniones por sector. Entonces, creería que en el primer trimestre del año ya estará resuelto.

Tampoco lo veo como algo contrario a los derechos de los trabajadores, hemos conversado con los sindicatos y están completamente de acuerdo en que es necesario hacer este análisis.

¿En qué consiste el Acuerdo por la Empleabilidad al que ha hecho mención el Presidente en los últimos días?, ¿en qué se diferencia de la Ruta de la Empleabilidad? 
Es un procedimiento de mejora de la anterior Ruta de la Empleabilidad, en donde estamos estableciendo una obligatoriedad a todas las instituciones del sector privado de canalizar sus ofertas laborales para personas de entre 18 y 29 años, a través de la plataforma Encuentra Empleo.

Paralelamente a eso, hemos invitado a la ciudadanía, especialmente a este rango etario, a que se pueda inscribir en esta plataforma y generar su hoja de vida. Vamos a hacer los’ match’ pertinentes.

Además, se van a generar diferentes beneficios, como aprobaciones mucho más expeditas de estas jornadas laborales (establecidas en el acuerdo 046), a aquellos que contraten mayor cantidad de jóvenes en sus empresas, pero deben cumplir con unos pasos específicos para que sea solo en ese rango.

Nosotros tenemos la expectativa de que con este Acuerdo por la Empleabilidad vamos a llegar a 160.000 empleos nuevos de jóvenes a diciembre de 2026. En este momento, hay 851 empresas, de un universo de casi 90.000. Esperamos que la mayor cantidad de empresas se junten a este acuerdo nacional. Fuente: Primicias

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Exministros de Ecuador y Colombia piden un diálogo urgente para evitar una guerra comercial

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Desde este 1 de marzo de 2026 rige el alza del 30 al 50% del arancel o tasa de seguridad impuesto por Ecuador a las importaciones colombianas, en medio de una guerra comercial entre ambos países vecinos.

Para evitar una escalada de esta tensión comercial, 13 exministros de Ecuador y Colombia emitieron un comunicado conjunto este domingo, con el fin de llamar al diálogo a los gobiernos, y así desmontar este arancel, cuya resolución ya fue publicada por el Senae.

«Hacemos un llamado a los gobiernos de ambos países a restablecer de manera urgente los canales de diálogo diplomático al más alto nivel», dice el comunicado, firmado por seis exministros ecuatorianos de Comercio de distintos gobiernos, como Daniel Legarda e Iván Ontaneda.

Según los firmantes del comunicado, a través de este diálogo diplomático se podrá no solo desmontar los aranceles recíprocos impuestos, sino también establecer acciones prioritarias de seguridad fronteriza y eliminar otras medidas como la prohibición del ingreso de mercancía vía terrestre hacia Colombia, o el aumento en la tarifa de transporte de crudo.

«Recomendamos a las autoridades de ambos países retomar y honrar los compromisos en el marco de la Comunidad Andina de Naciones», agregó el comunicado de los exministros, quienes destacan que el comercio bilateral de Ecuador y Colombia asciende a casi USD 3.000 millones e involucra a más de 200.000 empleos.

El nuevo porcentaje entró en vigor exactamente un mes después de que Ecuador aplicara el arancel del 30%, dispuesto por el presidente Daniel Noboa en respuesta a la falta de control de la frontera desde Colombia.

En respuesta, Colombia también impuso un arancel del 30% a 23 partidas arancelarias, agrupadas en 73 subpartidas correspondientes a bienes agrícolas, alimenticios e industriales, que entró en vigor el martes pasado, además de haber impedido el ingreso por vía terrestre a varios productos agrícolas. Fuente: Primicias

https://twitter.com/dlegarda/status/2028093259659001857

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Gobierno ratifica que no habrá minería en Galápagos

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La nueva ley minera encendió alertas en redes sociales y colectivos ambientales. ¿Habrá minería en Galápagos? La respuesta oficial es tajante: no.

El Ministerio de Ambiente y Energía informó que el Parque Nacional Galápagos (PNG) mantiene su condición de área protegida y no puede ser intervenido para actividades mineras.

Parque Nacional Galápagos mantiene prohibición total

La entidad aclaró que dentro del Parque Nacional Galápagos no se permite minería metálica ni no metálica, sin excepción.

La normativa vigente y la Constitución protegen el área. No existen autorizaciones para explotación industrial ni para proyectos comerciales dentro del parque.

Extracción limitada solo fuera del parque

La ley contempla una excepción técnica y delimitada: fuera del PNG y únicamente en zonas definidas como Zonas de Aprovechamiento Sustentable, se podrán autorizar permisos para extracción de áridos (arena, grava, piedra) destinados exclusivamente a obra pública local.

No se trata de minería comercial ni de exportación. La autorización requerirá informes ambientales y control administrativo.

También se permitirá, bajo regulación, aprovechamiento artesanal de áridos y pétreos en áreas específicas fuera del parque.

La ley no amplía derechos mineros en Galápagos

El Ministerio sostuvo que la norma no crea nuevas competencias ni abre la puerta a minería a gran escala en el archipiélago.

Según la explicación oficial, el objetivo es ordenar actividades existentes y establecer reglas claras para frenar la extracción ilegal, que es la que genera mayores daños ambientales.

Galápagos bajo protección constitucional

Galápagos es Patrimonio Natural de la Humanidad y una de las zonas de mayor biodiversidad del planeta. La Constitución ecuatoriana reconoce derechos de la naturaleza y establece protección reforzada para áreas protegidas.

La aclaración oficial busca frenar interpretaciones que vinculaban la nueva ley con una posible apertura minera en el archipiélago.

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