Nacionales
¿Cuáles son los artículos de las leyes de Inteligencia, Integridad y Solidaridad suspendidos provisionalmente?
El plazo para la transformación de cooperativas en bancos, requerimiento a telefónicas para que entreguen información de usuarios, indulto presidencial diferido, entre otros, son los textos suspendidos provisionalmente de las leyes de Inteligencia, Integridad y Solidaridad Nacional, por la Corte Constitucional.
En el caso de la Ley de Integridad Pública, la Corte suspendió el plazo de 90 días que daba la norma a la Junta Monetaria para transformar cooperativas en bancos, tras una demanda del gremio. Eso consta en la disposición transitoria número 11.
Respecto a la Ley de Inteligencia, señalada por varias organizaciones por contener mecanismos de «espionaje y censura» son 12 artículos suspendidos. Entre esos, figura todo el capítulo que obligaba a personas naturales y empresas a entregar información al Gobierno sobre comunicaciones telefónicas.
Artículo 5: Definiciones de la Ley, como amenazas, anticipación, ciberespacio, ciberinteligencia, contrainteligencia.
Art. 13: Fondo permanente de gastos especiales, que no estará sujeto a las normas de la Ley que rige el Sistema Nacional de Contratación Pública ni a la legislación tributaria.
Art. 22: De la protección de los especialistas de inteligencia, donde señala que el personal operativo y técnico de la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia puede usar técnicas de cobertura, mimetización u otras pertinentes para llevar a cabo sus actividades operativas y proteger su seguridad, dentro del ámbito de sus competencias.
Art. 41: Protección de la identidad. Para proteger la vida y la integridad de los servidores públicos que realizan operaciones de inteligencia y contrainteligencia, el Gobierno, a través de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, les proporcionará documentos con una nueva identidad que deben usarse exclusivamente en el ejercicio de sus funciones y actividades.
Art. 42: Fachada de los medios logísticos del Sistema Nacional de Inteligencia. Las unidades operativas de la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia y de los subsistemas militar y policial pueden, sin necesidad de autorización judicial o administrativa, hacer que su personal adapte sus medios logísticos con fachadas que permitan la mimetización en el lugar donde se desarrolle la actividad de inteligencia.
Art. 43: Para el cumplimiento de las operaciones de inteligencia. La entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia, junto con los subsistemas militar y policial, pueden usar técnicas y elementos tecnológicos (software y hardware) en el espectro electromagnético y ciberespacio para recopilar, analizar y utilizar información. El objetivo es generar inteligencia y contrainteligencia para tomar decisiones oportunas y efectivas en relación con la seguridad integral del Estado.
Art. 47: Requerimientos de información específica. La máxima autoridad de la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia o su delegado puede solicitar a sus subsistemas, organismos de apoyo y entidades públicas información específica o datos por cualquier medio (físico o digital).
Art. 48: Requerimientos de bases de datos e información de la cual dispone cada entidad. La entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia, por razones de seguridad integral del Estado, puede solicitar a las entidades públicas la entrega y actualización permanente de sus bases de datos e información.
Art. 50: Obligación de entregar información. Las instituciones públicas y organismos de apoyo están obligados a proporcionar, de manera oportuna y completa, cualquier información solicitada por el órgano rector del Sistema Nacional de Inteligencia.
Art. 51: Requerimiento de información a las operadoras de servicios de telecomunicaciones. Para cumplir con los objetivos del Sistema Nacional de Inteligencia, los operadores de servicios de telecomunicaciones están obligados a proporcionar a la entidad rectora, al subsistema de inteligencia militar y al subsistema de inteligencia policial, la información requerida para el desarrollo de actividades y operaciones de inteligencia y contrainteligencia.
Art. 52: Coordinación para obtener documentos o comunicaciones. La máxima autoridad de la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia puede solicitar la retención, apertura, interceptación o examinación de documentos o comunicaciones por razones de seguridad integral del Estado.
Art. 55. Información Clasificada. La máxima autoridad del órgano rector y las máximas autoridades de los subsistemas del Sistema Nacional de Inteligencia tienen la competencia de clasificar la información que resulte de sus actividades mediante una resolución motivada.
Igualmente, fueron suspendidos provisionalmente los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35, 36 y la disposición general primera del Reglamento a la Ley Orgánica de Inteligencia.
En el caso de la Ley de Solidaridad Nacional, quedan suspendidas las definiciones de conflicto armado interno, grupos armados organizados, bienes que se presumen como objetivos militares y el indulto presidencial diferido.
Art. 6: Del Conflicto Armado Interno. El conflicto armado interno existe desde el inicio de las hostilidades y, para la aplicación de esta ley, necesita el reconocimiento oficial del Presidente de la República a través de un Decreto Ejecutivo.
Art. 9: Definición de Grupos Armados Organizados. Se entenderá por grupo armado organizado a toda agrupación estructurada de tres o más personas con una estructura de poder organizada que ejerce violencia prolongada contra el Estado, la población y los bienes civiles.
Art. 13: Bienes que se presumen como objetivos militares. Para efectos del planeamiento y ejecución de operaciones de las fuerzas del orden, se presumirán como objetivos militares los siguientes bienes o zonas, lo que autoriza a las fuerzas del orden a aplicar la fuerza de manera directa y legítima, siempre en sujeción a los principios del Derecho Internacional Humanitario y de esta Ley.
Art. 14: Indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno. En el contexto de un conflicto armado interno reconocido por Decreto Ejecutivo, el Presidente de la República puede conceder un indulto con efecto diferido por razones humanitarias o de interés público excepcional a personas procesadas penalmente por hechos relacionados con dicho conflicto.
«Estas decisiones se enmarcan en el proceso de admisibilidad de las acciones públicas de inconstitucionalidad y de suspensión de normas que, a primera vista, podrían afectar derechos fundamentales», señaló el organismo en un comunicado, al defender la medida adoptada por dos tribunales de admisión.
El organismo puntualizó que «continuará con el procesamiento y análisis de las demandas restantes conforme su ingreso en orden cronológico y en estricto cumplimiento de los procedimientos constitucionales». Fuente: Primicias
Nacionales
Daniel Noboa expone fotos con precandidatos de ADN: «Como un buen encebollado, completos»
El presidente de la República, Daniel Noboa, difundió este viernes 24 de julio una serie de fotos con sus precandidatos para las elecciones seccionales en la provincia del Guayas.
A través de Instagram, el mandatario publicó unas imágenes en las que se lo observa compartiendo una comida junto a Cynthia Viteri, Niels Olsen, Francisco Andrés Cevallos y Andrés Guschmer.
Ellos correrán por las alcaldías de Guayaquil, Samborondón, Milagro, así como por la prefectura del Guayas, respectivamente.
En las imágenes se ve que todos comieron en un restaurante en compañía de un trío musical.
Esta reunión habría ocurrido previo a la sesión solemne por la Fundación de Guayaquil.

¿Por qué Noboa incorporó a Viteri a ADN?
Inicialmente, Cynthia Viteri iba a participar por la Alcaldía de Guayaquil junto al movimiento Centro Democrático, pero luego Acción Democrática Nacional (ADN), la organización del presidente, informó que la exfuncionaria se incorporá a sus filas.
Esto sucedió pese a que Viteri no participó en las elecciones primarias de ADN. De hecho, el Gobierno contemplaba poner a Niels Olsen, ahora el expresidente de la Asamblea participará para la Alcaldía de Samborondón.
“Creo que es una buena candidata, está en contacto con las necesidades de la gente y está lejos de la discusión de los políticos; está cerca de la discusión de la gente”, manifestó.
Agregó que, según las encuestas que maneja su organización política, Viteri es la aspirante con mayores opciones en Guayaquil. Fuente: Vistazo
Nacionales
Fiscalización aprobó el informe que recomienda el archivo del juicio político contra Inés Manzano
La Comisión de Fiscalización de la Asamblea aprobó este viernes, 24 de julio de 2026, el informe que recomienda el archivo del juicio político contra la exministra Inés Manzano.
La mesa legislativa sesionó en Guayaquil para debatir el documento realizado tras las comparecencias y presentación de pruebas.
La bancada de la Revolución Ciudadana (RC) acusa a la exfuncionaria por presunto incumplimiento de funciones alrededor del fallido contrato con Austral Technical Management (ATM).
“Existiendo una manifiesta e insubsanable falta de mérito en el expediente e insuficiencia probatoria de cargo que permita identificar imputabilidad de responsabilidad política”, dice el documento.
Esta conclusión tuvo el apoyo de seis legisladores, mientras que otros cuatro votaron en contra. Ahora el informe pasará al Pleno de la Asamblea Nacional.
La bancada de la RC había advertido un día antes que la mayoría de la Comisión de Fiscalización pretendía archivar el juicio.
“No les bastaron las pruebas presentadas, ni las inconsistencias de la exministra, ni el millonario perjuicio para el país”, manifestaron los correístas en contra de ADN.
Mientras tanto, Mónica Palacios, una de las proponentes, anunció que su grupo político “irá hasta las últimas consecuencias” para que Manzano y otros ministros del Gobierno “le den la cara a todos los ecuatorianos”.
Mientras tanto, el informe aprobado dice que el contrato con ATM y el pago mencionado ocurrieron antes de que Manzano asuma su puesto como ministra de Energía. Fuente: Vistazo
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Partidos y movimientos calculan sus alianzas e inscripción de candidaturas para esquivar el riesgo de otra suspensión
La sorpresiva suspensión del movimiento Amigo, que había decidido acoger a múltiples candidatos de la también suspendida Revolución Ciudadana, sacudió el tablero electoral. Y ahora las organizaciones políticas temen que haya nuevas acciones contra los partidos y movimientos o sus futuros candidatos.
Ese fue el principal tema que atravesó el extenso primer consejo consultivo, organizado por el Consejo Nacional Electoral (CNE), en Quito, este 23 de julio de 2026. En la cita participaron representantes de Unidad Popular (UP), Sociedad Patriótica (PSP), Pueblo Igualdad y Democracia (PID), Partido Social Cristiano (PSC), Avanza, Izquierda Democrática (ID) Partido Socialista (PSE), Pachakutik (PK), Futuro y Creo.
El gran ausente fue Acción Democrática Nacional (ADN), dirigido por la ministra de Trabajo, Cynthia Gellibert. Pero tampoco acudieron SUMA, Renovación Total (RETO), ni Centro Democrático. Mientras que RC y Amigo no fueron invitados, ya que después de la intervención de la Fiscalía General no pueden participar en las elecciones seccionales 2027, adelantadas para el 29 de septiembre de 2026.
El tema oficial de análisis iba a ser la inscripción de candidaturas y alianzas, a través del sistema del CNE. Sin embargo, la tónica la marcó el temor de las organizaciones políticas a que se repita la suspensión de un participante activo en el periodo electoral.
Eso se evidenció cuando Juan Fernando Flores, representante de Creo, se abstuvo de nombrar posibles aliados, candidatos y hasta jurisdicciones en sus ejemplos, porque «no voy a mencionar ninguna aquí, porque cuidado terminamos todos fuera».
El exasambleísta por la lista 21 advirtió, además, que el sistema del CNE impone un orden y continuidad en la inscripción de sus candidatos. Y explicó que esto es «sumamente delicado» porque eso implica que las delegaciones provinciales del Consejo y «otros interesados» conozcan de antemano a los postulantes y esto abra la puerta a que «los empiecen a bajar».
El punto de Flores fue que el movimiento Creo prefiere «jugar a carta tapada», para no exponer a sus candidatos. Rechazó que el sistema del CNE les impida a las organizaciones políticas mantener una estrategia de mantener en secreto los perfiles de sus candidatos definitivos. Y afirmó que esas listas deberían conocerse solo a partir del 17 de agosto, cuando termina el plazo de inscripción.
Este temor de quedar fuera de las seccionales a última hora, sea como organizaciones políticas o candidatos, también tuvo eco en los cuestionamientos y dudas de Pachakutik, Sociedad Patriótica, Futuro, Unidad Popular y el Partido Socialista.
«No puede utilizarse la Fiscalía ni la Función Electoral para eliminar adversarios políticos, eso no es democracia». Giovanni Atarihuana, presidente de Unidad Popular
Este último debido a sus negociaciones con el correísmo para ser el nuevo auspiciante de sus candidatos y a los comentarios del presidente Daniel Noboa de que la RC «se lancen con el partido que quieran, que haya cumplido con la legalidad», pero bajo la advertencia de que otros movimientos no habrían cumplido con sus primarias, presentación de cuentas y reportes a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
Al final todos los presentes concordaron en la petición de que el CNE elimine los limitantes para la libre inscripción de candidatos, sin obligaciones de continuidad, género, edad, lista, ni fechas. Así como la garantía de que el sistema de inscripción no colapsará el último día del plazo, ya que eso pondría en riesgo el derecho de participación de aquellos que guardarán la confidencialidad de sus listas hasta último momento.
¿Qué dice el CNE?
Dentro del CNE, las visiones son divididas. Los técnicos se encargaron de recordar a las organizaciones los artículos del Código de la Democracia que validaron la suspensión de la Revolución Ciudadana y, posteriormente, de Amigo. Reiteraron que se trata de decisiones del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y afirmaron que, «de momento», el Consejo «no está realizando ningún examen relacionado con las causales de cancelación» de agrupaciones.
La consejera Elena Nájera cuestionó el papel del TCE y comentó la posibilidad de que el pleno del Consejo debata «si tenemos que cumplir a rajatabla las decisiones del Tribunal Contencioso Electoral», porque violentan el principio universal de la presunción de inocencia. Y lamentó que no haya habido una votación dentro del CNE para decidir el futuro de la suspensión de Amigo.
Mientras tanto, el consejero Enrique Pita compartió su inquietud por la «ligereza» de quienes afirman que el CNE podría estar por encima del TCE y no hacer caso a sus decisiones, menos aún con una simple votación del pleno del Consejo. «No es posible», afirmó. Fuente: Primicias
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