Nacionales
Con 74 votos, Asamblea resuelve que Gobierno incumplió plazo en proforma 2021 y que seguirá en vigencia la anterior
Con 74 votos a favor, 16 en contra y 39 abstenciones, el pleno de la Asamblea Nacional decidió que el Gobierno incumplió el plazo en el que debía contestar las once observaciones que hizo el Legislativo a la proforma 2021 y que, por tanto, la proforma presupuestaria que estará en vigencia hasta finales de año será la prorrogada del 2020, es decir, con la que se venía trabajando en el gobierno de Lenín Moreno.
Esto tras la aprobación de una moción presentada por la asambleísta Mireya Pazmiño, presidenta de la Comisión de Régimen Económico. En el artículo 2 del proyecto de resolución presentado por Pazmiño, y que fue votado positivamente por la Asamblea, se indica que “al no haberse aprobado la propuesta de Proforma Presupuestaria Anual 2021 y Programación Presupuestaria Cuatrianual 2021-2024″ se estará a lo dispuesto en el artículo 295 de la Carta Magna y el artículo 107 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. En los artículos mencionados se indica que de no aprobarse regirá el presupuesto del año anterior. En este caso, el presupuesto anterior es el codificado del 2020.
Al ser consultado sobre el tema, el Ministerio de Economía y Finanzas respondió de manera escueta: “Analizaremos la decisión de la Asamblea y tomaremos una decisión en los próximos días”.
Una serie de discrepancias sobre los plazos en los procesos legislativos llevó a que el país tenga presuntamente que seguirse manejando con la misma proforma cuando la ley dice que el Gobierno entrante debe presentar una nueva en los siguientes 90 días a su posesión.
Hoy se realizó el debate sobre una comunicación entregada el 4 de octubre por parte del presidente de la República, Guillermo Lasso, a la Asamblea. Esta contenía la ratificación del Gobierno en la propuesta de proforma presentada ante la Asamblea, pero que había sido observada por el pleno del Legislativo. El problema se dio porque esa contestación, a decir de la Asamblea, no fue presentada hasta el 1 de octubre, sino el 4 del mismo mes.
La diferencia entre uno y otro cálculo es que en el primero se toman los días de corrido, y en el segundo, los días laborables.
Según la Constitución, en caso de observación de la proforma, el Ejecutivo podrá responder en el plazo de diez días. La Asamblea ha indicado que según el Memorando n.º AN-AG-CJ-2021-0514-M de 8 de octubre de 2021, remitido por la Coordinación General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional, “se ha generado un incumplimiento del plazo de diez días, establecido en el artículo 295 de la Constitución de la República del Ecuador y 103 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, iniciado a partir del 22 de septiembre de 2021 y vencido a fecha 1 de octubre de 2021, por parte de la Función Ejecutiva para la aceptación de las observaciones y el envío de una nueva propuesta de Proforma Presupuestaria Anual 2021 y Programación Presupuestaria Cuatrianual 2021-2024 a la Asamblea Nacional, o la ratificación en su propuesta original”.
También decidió notificar con la resolución a la Función Ejecutiva, representada por el presidente constitucional de la República del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza, así como al Registro Oficial para su publicación.
Previamente se había leído el informe del coordinador general de asesoría jurídica, Santiago Salazar Armijos, el cual aseguraba que los plazos debían cumplirse y que en el caso de la respuesta a las observaciones de la proforma 2021, había sido presentada de manera extemporánea y destacaba la necesidad de observar el principio de la preclusión.
Sobre el tema, Diego Ordóñez, asambleísta de CREO, dijo que desde el punto de vista jurídico no era apropiado utilizar el argumento de la preclusión que se refiere al debido derecho procesal y el derecho a la defensa. Además comentó que no era obligatorio para el presidente Lasso haber contestado las observaciones. Para Ordóñez, la normativa que debía ser aplicada es la del Código Orgánico Administrativo (COA). En el artículo 158 se indica que cuando los plazos están en días se entiende que son días laborables, y si es en meses, se entiende por días de corrido.
El artículo 158 dice literalmente: “Los términos solo pueden fijarse en días y los plazos en meses o en años. Se prohíbe la fijación de términos o plazos en horas”. (I)
Nacionales
Aduana reduce el ingreso de licor sin impuestos: viajeros solo podrán traer hasta 3 litros desde el 4 de mayo
A partir del 4 de mayo de 2026, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) aplicará un nuevo límite para el ingreso de bebidas alcohólicas al país dentro del equipaje de viajeros. Desde esa fecha, solo se permitirá el ingreso de hasta 3 litros de licor sin pago de tributos, en lugar de los 5 litros que estaban autorizados hasta ahora.
La entidad gubernamental informó, este domingo 3 de mayo, que esta modificación busca evitar el uso indebido de este beneficio, que fue creado exclusivamente para consumo personal.
Según el SENAE, en varios casos esta exención habría sido utilizada para abastecer negocios informales, afectando a productores nacionales, importadores formales y miles de empleos vinculados al sector.
Con la nueva normativa, quienes ingresen al Ecuador podrán traer un máximo de 3 litros de bebidas alcohólicas en su equipaje sin pagar impuestos. Cualquier cantidad que exceda ese límite estará sujeta al pago de los tributos correspondientes, de acuerdo con la legislación aduanera vigente.
El SENAE aclaró que este es el único cambio dentro del régimen de efectos personales de viajeros.
La Aduana también explicó que el incremento del límite de 3 a 5 litros, implementado en la administración anterior, no contó con un informe de impacto económico ni cumplió con todos los procedimientos establecidos en la normativa vigente.
Según la institución, las cifras evidencian un aumento significativo en el uso de este mecanismo. Solo en 2024 ingresaron al país cerca de 694.000 litros de licor bajo esta modalidad, lo que, según la entidad, ha generado distorsiones en el mercado y una competencia desleal para el comercio formal.
Impacto en el comercio y la industria
El Gobierno sostiene que la medida busca proteger el empleo, fortalecer la industria nacional y promover condiciones de competencia justa para productores e importadores que operan dentro del marco legal.
Asimismo, el proceso mediante el cual se amplió anteriormente el límite fue puesto en conocimiento de la Contraloría General del Estado para que se determinen las responsabilidades correspondientes.
Con este ajuste, el SENAE asegura que mantiene el beneficio para los viajeros, pero en un nivel que considera «razonable, técnico y alineado con su propósito original: el uso personal».
Por último, la institución reafirmó su compromiso de «tomar decisiones responsables, con sustento técnico y legal», que protejan el empleo, promuevan el comercio formal y fortalezcan la industria nacional. Fuente: Vistazo.
Nacionales
Contrato fallido de Elecaustro | Primer revés al plan eléctrico del Gobierno en medio del riesgo de déficit
El plan del Gobierno de incorporar más de 1.600 megavatios (MW) para cubrir el déficit eléctrico, de cara a un posible estiaje en los últimos meses de 2026, sufrió su primer golpe. El proceso de contratación para la construcción de la central termoeléctrica El Descanso III, en Cañar, terminó declarándose desierto el 27 de abril de 2026.
El proceso fue lanzado el 13 de febrero pasado, a cargo de Elecaustro, que también lleva adelante la contratación de las barcazas de Karpowership. Con este contrato, se buscaba construir una nueva central termoeléctrica que aportaría 20 megavatios (MW) adicionales. Según los planes del Gobierno, esta planta iba a comenzar a operar en diciembre de 2026. El presupuesto era de USD 32,6 millones.
Según los documentos que constan en el Portal de Compras Públicas, Elecaustro recibió dos ofertas, de dos consorcios: Sino Andean Energy y GD Energía y Obras. Pero ambos fueron descalificados porque no cumplieron con los requisitos, de acuerdo con el informe de resultados del proceso.
Además, el proceso enfrentó otro problema: una irregularidad detectada por el mismo Sercop. Según un oficio que también consta en el Portal de Compras Públicas, Elecaustro no respondió todas las preguntas que recibió sobre el proceso de contratación.
Además, en los documentos del proceso no se determina «el instrumento que deben presentar los oferentes para acreditar los requisitos exigidos», en lo relacionado a equipo mínimo y personal mínimo, según el oficio del Sercop.
En total son nueve observaciones, entre las que también consta que las especificaciones técnicas no cuentan con las secciones básicas, que debe contener dicho documento, y que el estudio de mercado no cuenta con firma de responsabilidad.
En la respuesta que Elecaustro envió al Sercop, todos los cuestionamientos fueron rebatidos. Pero igualmente el proceso terminó siendo declarado desierto por los problemas con las ofertas.
Los demás procesos de contratación
Celec lanzó desde inicios de abril cinco procesos de contratación para el arrendamiento de plantas de generación eléctrica a diésel. Todos son para generación durante 24 meses, y la mayoría están previstos para comenzar a operar en agosto de 2026.
Los cinco procesos aún están en proceso de contratación, y las adjudicaciones se darían en las próximas semanas. En total, estos arrendamientos aportarían 145 MW.
Un proceso adicional, para 60 MW en la central Salitral, aún no ha sido presentado oficialmente para contratación. Este proceso está aún en recepción de proformas para la elaboración del estudio de mercado.
Todo esto en medio de un incremento de la demanda eléctrica. De acuerdo con un informe de Cenace de enero de 2026, el país enfrentará un déficit de electricidad cercano a los 1.500 megavatios en el estiaje de octubre de 2026 a marzo de 2027. Fuente: Primicias
Nacionales
Ministerio de Educación ajusta los horarios de clases por el toque de queda, vigente desde el 3 de mayo
El Ministerio de Educación, Deporte y Cultura informó este sábado 2 de mayo de 2026 cómo se ajustará el horario de clases ante la entrada en vigencia del toque de queda que regirá desde el domingo 3 de mayo en varias provincias y cantones del país.
La medida se adopta en cumplimiento del Decreto Ejecutivo Nro. 370, emitido por el presidente Daniel Noboa, que establece una restricción de movilidad por motivos de seguridad entre las 23:00 y las 05:00, del 3 al 18 de mayo de 2026.
El toque de queda se aplicará en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar), y La Troncal (Cañar).
Con el objetivo de resguardar la seguridad de la comunidad educativa en las jurisdicciones afectadas por el toque de queda, las jornadas escolares nocturnas deberán finalizar a las 21:30.
Por su parte, las instituciones de educación superior adoptarán las medidas que consideren necesarias en el marco de su autonomía universitaria, según precisó el Ministerio de Educación.
Estas disposiciones estarán vigentes del 3 al 18 de mayo de 2026 en las nueve provincias y cuatro cantones incluidos en el Decreto Ejecutivo Nro. 370. Fuente: Vistazo
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