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Asamblea: Estas son 13 las reformas penales que ADN coló en la nueva Ley de Integridad Pública

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Las leyes que salen de la nueva Asamblea Nacional contienen cada vez un popurrí más grande de temáticas, que pretenden reformar más y más normativas sin relación entre sí. El último caso es la Ley de Integridad Pública, aprobada de forma polémica el 24 de junio.

El proyecto original del presidente Daniel Noboa, como reforma urgente a la Ley de Contratación Pública, tenía apenas 17 páginas. El oficialismo en el Legislativo le devolvió un documento de 157 páginas, que incluye reformas judiciales, de servicio público, monetarias y financieras, de niñez y adolescencia y varias más.

Pese a que el texto original apuntaba a una temática específica, los legisladores de Acción Democrática Nacional (ADN) en la Comisión de Desarrollo Económico y en el pleno incluyeron una nueva serie de reformas penales en la versión final.

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Esto, pese a que el último proyecto económico urgente del Ejecutivo, la Ley de Solidaridad Nacional, trató ya el tema e incluyó una veintena de reformas penales, sobre el conflicto armado interno, drogas y hasta hidrocarburos, apenas hace dos semanas.

En esta ocasión los cambios propuestos son igual de variopintos y también incluyen temáticas que se les olvidaron a los asambleístas en proyectos anteriores, como la misma Ley de Solidaridad, vigente apenas desde el 10 de junio, y la Ley de Inteligencia, vigente desde el 11 de junio.

A continuación PRIMICIAS presenta los 13 cambios penales planteados en la Ley de Integridad Pública:

Adolescentes infractores. La propuesta es que su colaboración eficaz cuente como un atenuante para que la pena de los menores se reduzca a la mitad, si es que permite procesar a los adultos que le incitaron o enseñaron a cometer el delito.

Expulsión de extranjeros. Plantea que todos los extranjeros sentenciados con privación de libertad sean expulsados del país, con una prohibición de regresar durante 10 años. Esta sanción debe constar en la sentencia judicial.

Si sucede durante un conflicto armado interno, el Ministerio del Interior podrá solicitar a un juez la expulsión de los extranjeros ya condenados, sin importar cuánto tiempo de prisión hayan cumplido ya. Esto sucederá solo si la petición está relacionada directamente con el conflicto o con la prevención del hacinamiento.

En ese mismo escenario no se aplicará la excepción para los extranjeros casados o con unión de hecho con ecuatorianos o que tengan hijos ecuatorianos.
Deportación en conflicto armado. Para ampliar la reforma anterior, los legisladores crean un artículo específico en la materia, para poder expulsar a todos los privados de libertad extranjeros, hayan cometido sus delitos antes o durante el conflicto armado.

Esta acción se realizará en los casos que determine el Ministerio del Interior, sin necesidad de sentencia ejecutoriada (puede ser solo una orden de prisión preventiva) y sin importar el tiempo de prisión.

En este escenario, los expulsados tendrán prohibido regresar a Ecuador en un periodo de 40 años. Si incumple la disposición y el país continúa en conflicto interno, el extranjero será considerado un objetivo militar.

Corrección de un error previo. La Comisión de Desarrollo Económico se dio cuenta de que cometió un error en la anterior Ley de Solidaridad Nacional, que creó el indulto presidencial diferido, pero no lo mantuvo bajo otro nombre en la lista de formas de extinción de las penas.
Es decir, en la anterior reforma penal, se habla del “indulto anticipado» y no diferido. Es decir, mientras no se corrija, habrá una discordancia entre la nueva Ley y la última reforma al COIP.

Prevaricato de jueces, fiscales y árbitros. Los funcionarios judiciales que resuelvan, dictaminen, fallen, procedan en contra de ley expresa o conozcan causas en las que patrocinaron previamente como abogados a una de las partes, serán sancionados con pena de cárcel de siete años.

Aquellos que beneficien a integrantes de grupos de delincuencia organizada serán sancionados con cárcel de 10 a 13 años.

En ambos casos quedarán además impedidos de ejercer como abogados o funcionarios públicos por el doble de la pena impuesta.

Fraude procesal. Inducir fundamentalmente a un error a un funcionario público implicará una pena de tres a cinco años de prisión, más la inhabilitación para el ejercicio de oficio, derechos y funciones públicas de cinco a ocho años.

Si el fraude se pretende en caso de femicidio (para hacerlo pasar por accidente o suicidio), será sancionado con la pena máxima, sin perjuicio de ser procesado como autor del primer crimen.

El artículo incluye a quienes proporcionen alojamiento, escondite u otros tipos de ayuda, incluyendo la ocultación o alteración de evidencias, para evitar la represión de personas que hayan cometido delitos. Esto conllevará una pena de cinco a ocho años.

Omisión de denuncia. La Asamblea planteó que la pena para el delito de omisión pase de 15 a 30 días a una de seis meses a dos años, para los funcionarios públicos que no alerten el cometimiento de infracciones penales. Y una inhabilitación profesional posterior por el mismo lapso.

Tenencia y porte no autorizado de armas. En esta área, los legisladores proponen un aumento radical de penas para quienes tengan o posean armas de uso civil sin autorización estatal. Pasaría de seis meses a un año a una de tres a cinco años.
La pena para el porte sin autorización sube a entre cinco y 10 años de prisión.

Lo que faltó en la Ley de Inteligencia. Esta reforma penal trata sobre los allanamientos y agrega a la lista de casos para la ejecución de la medida, en medio de un conflicto armado interno, un informe de inteligencia emitido por el Centro de Inteligencia Estratégica (CIES), ya no solo uno de las fuerzas del orden, como se estableció en la Ley de Solidaridad.

Calificación a fiscales. Durante las audiencias orales de flagrancia, los jueces tendrán la obligación de calificar la acutación de los fiscales.

Suspensión por deportación. Esta Ley de Integridad Pública crea la figura de la suspensión de las penas por deportación en medio de un conflicto armado, que solo regirá si es que el extranjero expulsado por el cometimiento de delitos no retorna al país dentro de los plazos legales, en general de 10 años.

Régimen semiabierto. En esta ocasión, la Asamblea agrega a la extensa lista de delitos que impiden el acceso al cumplimiento de la pena en régimen semiabierto controlado a quienes pertenezcan a grupos armados organizados del conflicto armado interno y sus delitos conexos. Pese a que esas figuras fueron creadas en la Ley de Solidaridad, vigente apenas hace tres semanas.

Régimen abierto. Al igual que en la reforma previa, se agrega a quienes pertenezcan a grupos armados organizados del conflicto armado interno o sus delitos conexos a la prohibición de acceder a un régimen abierto de rehabilitación social.
A estos cambios al Código Orgánico Integral Penal (COIP) se suman las reformas para sancionar a los niños y adolescentes infractores. La Asamblea aprobó varias modificaciones al Código de la Niñez y la Adolescencia para endurecer las sanciones: las penas de internamiento, por ejemplo, llegarán hasta los 15 años. Fuente: Primicias

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Guerra comercial | Ecuador acepta reunión con Colombia para tratar los aranceles

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El Gobierno de Ecuador está dispuesto a mantener una reunión con Colombia para tratar la imposición de aranceles, que desató una guerra comercial entre los dos países.

Colombia había realizado una propuesta a Ecuador para mantener una reunión bilateral el 25 de enero. La canciller Gabriela Sommerfeld, quien se encuentra en Bélgica junto al presidente Daniel Noboa, indicó que ese día no es posible el encuentro porque hay otras actividades previstas.

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«Ecuador ha hecho una contrapropuesta de fechas para la siguiente semana, para mantener diálogos», dijo la canciller a medios ecuatorianos, durante una actividad en el Parlamento Europeo, en Bruselas.

Pero Sommerfeld recalcó que en ese encuentro Ecuador insistirá en su postura sobre la seguridad fronteriza.

Ecuador y Colombia atraviesan una crisis comercial que inició cuando el presidente Daniel Noboa anaunció la imposición de una tasa de seguridad o arancel del 30% a las importaciones del país vecino.

Según el presidente Noboa, la medida se toma «ante la falta de reciprocidad y acciones firmes» de Colombia en la lucha contra el narcotráfico. Pero Colombia defiende que sí existe una cooperación entre los dos paíes y enlistó una serie de acciones que se han realizado en conjunto, incluyendo el operativo que permitió la captura de alias ‘Fede’, cabecilla de Los Águilas. Fuente: Vistazo

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Colombia suspende la venta de energía eléctrica a Ecuador tras el anuncio de aranceles del 30%

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En medio de la tensión por el arancel del 30% que impuso el Gobierno de Ecuador a Colombia, el país vecino anunció este 22 de enero de 2026 la suspensión indefinida de la venta de energía eléctrica.

 

El Ministerio de Minas y Energía de Colombia expidió una resolución para suspender las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE) con Ecuador «como una medida preventiva orientada a proteger la soberanía y la seguridad energética del país».

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La Cartera de Estado colombiana asegura que la medida se da «en un contexto marcado por la variabilidad climática y las alertas tempranas sobre una posible transición hacia un nuevo Fenómeno de El Niño».

“Cuando se restablezcan las condiciones de seguridad energética y se reconstruya un marco de confianza y buena fe entre ambos países, Colombia estará dispuesta a retomar los intercambios eléctricos», dijo el ministro de Energía de ese país, Edwin Palma.

Además, el funcionario reiteró su rechazo «a las medidas unilaterales impuestas por el gobierno del país vecino y confiamos en que las vías diplomáticas y el diálogo franco permitan superar rápidamente las diferencias entre dos pueblos hermanos».

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Este 22 de enero, Colombia también anunció la imposición de un gravamen o arancel del 30% a un grupo de productos ecuatorianos, como «respuesta a la alteración de las condiciones del comercio bilateral», según un comunicado del Ministerio de Comercio de ese país.

La Cancillería de Colombia rechazó la tasa de seguridad anunciada por el presidente Daniel Noboa. Además, hizo «un contundente llamado al Gobierno del Ecuador a desistir de la referida medida».

Además, expresó «su plena disposición para abordar esta situación a través de un diálogo bilateral y constructivo que dé lugar a una resolución amistosa». Fuente: Vistazo

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Colombia suspende venta de electricidad a Ecuador tras la imposición de aranceles de Daniel Noboa

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Colombia suspendió este jueves la venta de energía eléctrica a Ecuador para dar prioridad a su «soberanía energética», luego de que el presidente Daniel Noboa impusiera un arancel del 30 % a los productos colombianos por una supuesta falta de cooperación del Gobierno de Gustavo Petro en el combate contra el crimen organizado.

El Ministerio de Minas y Energía expidió una resolución «mediante la cual se suspenden las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE) entre Colombia y Ecuador, como una medida preventiva orientada a proteger la soberanía y la seguridad energética del país, en un contexto marcado por la variabilidad climática y las alertas tempranas sobre una posible transición hacia un nuevo fenómeno de El Niño».

«Seguimos creyendo en la integración energética y en el diálogo entre pueblos hermanos. Sin embargo, las condiciones actuales, tanto energéticas como comerciales, no permiten mantener las transacciones internacionales de electricidad sin poner en riesgo el abastecimiento nacional», manifestó en un comunicado el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma.

Según el Ministerio de Minas y Energía, la decisión de suspender la venta de electricidad a Ecuador «busca garantizar el abastecimiento interno ante la variabilidad climática y la proyección de disminución de energía firme en el Sistema Interconectado Nacional».

«El deber del Estado es garantizar, ante todo, que los hogares, la industria y los servicios esenciales de Colombia cuenten con energía segura y confiable. Esta es una decisión responsable, preventiva y soberana«, subrayó el ministro.

Aranceles de Daniel Noboa

Pese a que el comunicado no menciona directamente el sorpresivo anuncio hecho este miércoles por Noboa, la decisión de suspender las ventas de electricidad se produce un después de la imposición arancelaria.

El presidente Noboa dijo ayer que se aplicará «una tasa de seguridad del 30 % a las importaciones provenientes de Colombia» por «la falta de reciprocidad y acciones firmes» por parte de este país en la lucha contra el narcotráfico.

«Hemos hecho esfuerzos reales de cooperación con Colombia, incluso con un déficit comercial que supera los 1.000 millones de dólares anuales. Pero mientras hemos insistido en el diálogo, nuestros militares siguen enfrentando a grupos criminales atados al narcotráfico en la frontera sin cooperación alguna», señaló Noboa en su cuenta de la red social X.

El mandatario agregó que, «por eso, ante la falta de reciprocidad y acciones firmes, el Ecuador aplicará una tasa de seguridad del 30 % a las importaciones provenientes de Colombia desde el primero de febrero».

El ministro colombiano de Minas y Energía, al conocer ayer la decisión de Noboa, la tachó de «agresión económica«.

«Cuando se restablezcan las condiciones de seguridad energética y se reconstruya un marco de confianza y buena fe entre ambos países, Colombia estará dispuesta a retomar los intercambios eléctricos. La integración no puede construirse a costa de la soberanía ni del bienestar de nuestro pueblo», concluyó hoy el ministro colombiano.

Horas antes de ordenar la suspensión de las ventas de energía, la ministra colombiana de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, Diana Marcela Morales, anunció que, en reciprocidad a la decisión de Noboa, se aplicará un gravamen del 30 % a la importación de 20 productos provenientes de Ecuador. Fuente: Vistazo

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