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Guillermo Lasso tiene tres escenarios para no ir a juicio político

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Guillermo Lasso se enfrenta a un nuevo reto para permanecer en Carondelet: la posibilidad de un juicio político dentro de pocas semanas.

Tras la aprobación del informe no vinculante en el Pleno de la Asamblea, tres expertos consultados por EL COMERCIO exponen los escenarios que el Primer Mandatario tendría para descartar su comparecencia ante los parlamentarios.

La Corte Constitucional determinará la validez del juicio político

En el informe no vinculante aprobado por la Asamblea este 4 de marzo de 2023 se menciona que el juicio político estaría amparado por el numeral 2 del artículo 129 de la Constitución del Ecuador. Este plantea que la Asamblea Nacional puede proceder al enjuiciamiento político “Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito”.

Para Byron Villarreal, especialista en Derecho Administrativo y abogado litigante, el primer escenario donde deberá trabajar Guillermo Lasso será la Corte Constitucional. Esta tendrá que calificar el informe presentado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional para verificar que efectivamente existan los elementos que están puestos en el informe.

“Lo que califica la Corte Constitucional es si los elementos que están determinados dentro del informe, contra la documentación que evidentemente van a tener que adjuntar, tienen un grado de similitud para encajarse en las causales de destitución del Presidente”, señala Villareal. Para él, en los siguientes días el debate va a ser sobre cómo se puede sustentar el informe que llegará a la Corte Constitucional.

Alexander Barahona, abogado constitucionalista y académico universitario, cree que sería aconsejable que ahí mismo intervenga el Presidente para oponerse a la acusación, “de tal manera que se busque que la Corte dictamine la inadmisibilidad del juicio, con lo cual el tema se quedaría ahí”.

Por su parte, el constitucionalista Ismael Quintana explica que “si la acusación constitucional se basara en el informe aprobado en la legislatura, difícilmente la Corte Constitucional podría dar un dictamen de admisibilidad porque no hay, en este caso al menos, los delitos contra la seguridad del Estado”.

Al mismo tiempo afirma que el Presidente está “pecando de exceso de confianza terrible al creer que esto es un mamotreto. Y sí, es un mamotreto el informe, pero confiarse del rival y creer que ese mamotreto no pudiese llegar a convertirse en una acusación constitucional es pecar de ingenuo en política”.

La negociacion en el CAL y la Comisión de Fiscalización son claves

Dentro de este nuevo proceso que se avecina, el CAL juega un papel importante. En un inicio, este recepta la solicitud de juicio político Guillermo Lasso para verificar la documentación y presentarla a la Corte Constitucional. Si este organismo da paso al proceso, el CAL nuevamente recibe la documentación y la remite a la Comisión de Fiscalización, donde el Presidente podría trabajar políticamente para desestimar la solicitud de juicio.

Para Barahona, “los juicios políticos dependen mucho de la situación coyuntural actual y son, sobre todo, muy volátiles, es decir, los 104 votos actuales a favor del informe podrían reducirse en unos días, una semana, incluso un mes”.

La muerte cruzada es otra opción

Para los tres expertos en Derecho, la muerte cruzada es una carta que tiene el presidente Guillermo Lasso y que podría usarla en cualquier instante.

Incluso, esta opción podría ser utilizada durante la comparecencia del Presidente o su representante legal ante el Pleno de la Asamblea.

Pero existen limitaciones para su aplicación, que no pueden ser evadidas por el Primer Mandatario.

Según el art.148 de la Constitución, el “Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo o por grave crisis política y conmoción interna”.

Si se la activara en este momento, Villareal dice que sería un error para la imagen de Lasso. Esto debido a que aparecería como una opción que podría interpretarse como un salvavidas de último minuto.

Barahona también apunta que sería una equivocación realizar la muerte cruzada en este instante. Es una opción válida, “pero realmente no tendría una legitimidad social porque causaría sorpresa que, cuando la Asamblea está realizando su ejercicio fiscalizador, él la disuelva a manera de salvarse de alguna forma”.

Quintana explica que el Presidente no puede disolver la Asamblea porque ha iniciado juicio político en su contra. “Eso sería interpretado como un mecanismo para esquivar la censura y destitución, lo cual es conocido como fraude a la Constitución”. Para disolver la Asamblea, Guillermo Lasso tiene que justificar una de las causales que se establecen en el artículo 148 de la Constitución.

¿Cómo sería el proceso para llegar a destituir a Guillermo Lasso por juicio político?

  1. Un asambleísta presenta al CAL la petición de juicio político con al menos 46 firmas.
  2. El CAL tiene cinco días para poder tramitarla y remitirla a la Corte Constitucional.
  3. El momento en que llega a la Corte Constitucional, la Corte en pleno (nueve jueces) sortea la causa. De allí tienen cinco días para pronunciarse y remitir su dictamen a favor o en contra.
  4. Si es en contra se archiva el juicio político. Si es a favor vuelve al CAL.
  5. El CAL revisa nuevamente la documentación enviada por la Corte y la envía a la Comisión de Fiscalización. De allí, en más o menos cinco días, el Presidente puede defenderse y presentar pruebas para desestimar el caso.
  6. Si la Comisión da paso al juicio se convoca a sesión y se abre el debate. El Presidente podrá nuevamente presentar pruebas de descargo ante el Pleno de la Asamblea y sin límite de tiempo.
  7. 72 horas después de cerrado el debate, hay una nueva sesión en la que debe mocionar si cabe la censura y destitución. En ese momento se realiza la votación para ver si hay los 92 votos para censurar y destituir al Presidente.
  8. De acuerdo con el artículo 130 de la Constitución, “la Asamblea Nacional podrá destituir al Presidente de la República en los siguientes casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; 2. Por grave crisis política y conmoción interna”.
  9. Si el Presidente es destituido, el Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República”. Fuente: El Comercio

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En Guayaquil, los votantes empiezan a ver otras opciones más allá del PSC y el correísmo

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La única constante en las elecciones para la Alcaldía de Guayaquil, desde los 90 ha sido la presencia del Partido Social Cristiano (PSC) como la tendencia a vencer. Inicialmente, la segunda fuerza política era el ya extinto roldosismo, que fue reemplazado desde 2009 por el correísmo.

Esa tradición se mantuvo durante más de tres décadas. Los candidatos de las dos organizaciones hegemónicas han concentrado la gran mayoría de votos, sin importar cuantos contendientes ha habido en la papeleta.

Y, al igual que sucedió en Quito, en 2019 hubo una explosión de candidaturas, con 17 listas terciando por llegar al sillón de Olmedo. Ese exceso coincidió con el fin de la década correísta y su primera participación en unas elecciones seccionales bajo una bandera prestada, la de Centro Democrático.

Ese predominio socialcristiano estuvo acompañado de votaciones superiores al 50% y 60%, lo que hizo que las administraciones de Jaime Nebot y Cynthia Viteri estuviesen además respaldadas por un fuerte apoyo ciudadano, que varias veces se demostró en las calles.

Sin embargo, esa hegemonía llegó a su fin en 2023. Los cuestionamientos sobre los problemas permanentes del Puerto Principal, el desgaste natural de la tendencia política concentrada en lo local y en la Función Legislativa, y el cambio generacional del electorado, minaron su capital político. Así, el PSC ahora se suma a la extensa lista de agrupaciones que luchan por sobrevivir y renovarse.

Y, al igual que ha sucedido en el resto del país, la crisis de representación política ha hecho que los partidos y movimientos tampoco cuenten con liderazgos locales fuertes y recurran a figuras coyunturales, con o sin experiencia en la administración pública.

Por ejemplo, en su intento de derrocar al PSC, el correísmo recurrió a distintos perfiles: su Ministra de Vivienda, en 2009; su asambleísta y posterior gobernadora de Guayas, en 2014; al antiguo candidato roldosista, exprefecto de Guayas y líder de Centro Democrático, en 2019; y finalmente apostaron por un candidato vinculado al fútbol, con el vicepresidente del Barcelona SC.

Sin embargo, el alcalde Aquiles Alvarez no tuvo el éxito rotundo de la lista 6, aunque sí consiguió el 40% de votos válidos. Pero el otro 60%, por primera vez en la historia electoral del Puerto Principal, se dividió entre el PSC (30%), SUMA (14%), Centro Democrático (10%). Y otros siete candidatos se repartieron los votos residuales.

En tres de las últimas cinco elecciones, el tercer aspirante ‘más’ votado se quedó con poco más del 1% de respaldos. Las excepciones fueron en 2004, cuando el extinto PRIAN alcanzó el 8% y en 2019, cuando Creo recibió el 3%.

A esto se suma el hecho de que los votantes guayaquileños prefieren votar por un candidato que por opciones como el nulo o el blanco, que suelen ser más altas en Quito. Por ejemplo, aunque el electorado sigue creciendo, el porcentaje de votos nulos ha bajado.

Y para las próximas elecciones seccionales, de febrero 2027, el escenario podría ser más volátil. El alcalde Alvarez puede quedar fuera de la papeleta, si la prisión preventiva por los casos Goleada y Triple A se mantiene más allá del periodo de elecciones primarias, que cerrará el 14 de agosto.

Esto obligará al correísmo a buscar otra figura que lo reemplace, sin contar que sus seguidores vinculados al movimiento RETO pueden apostar por una opción propia. Mientras que el socialcristianismo busca un perfil que, al menos, les ayude a mantener el 30% que obtuvieron en 2023.

Además, entrará en escena electoral el movimiento Acción Democrática Nacional (ADN). El mismo presidente Daniel Noboa anticipó que su carta para la Alcaldía de Guayaquil sería su madre, la también legisladora Annabella Azin. Y todo esto podría colaborar a que la fragmentación electoral en el Puerto Principal se dispare. Fuente: Vistazo

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Detienen a siete militares por muerte de civil en operativo en Milagro

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Siete militares fueron detenidos por su presunta participación en la muerte de un ciudadano durante un operativo en el cantón Milagro, en la provincia del Guayas.

Las aprehensiones se realizaron en el cantón La Troncal y los uniformados fueron trasladados a Guayaquil para quedar a órdenes de las autoridades judiciales correspondientes.

Según información preliminar, los detenidos podrían ser procesados en las próximas horas por el delito de extralimitación en la ejecución de un acto de servicio.

El caso es investigado por la Fiscalía General del Estado, que inició de oficio una indagación previa el pasado 17 de marzo, tras conocerse la muerte del ciudadano Bryan Ledesma Franco.

De acuerdo con la Fiscalía, el hecho ocurrió la tarde del 16 de marzo, cuando la víctima habría sido agredida físicamente y electrocutada por personal militar en un sector periférico de Milagro, en el contexto del estado de excepción y del toque de queda vigente en cuatro provincias, entre estas Guayas.

Ledesma había sido excarcelado el año anterior tras cumplir una pena por porte de armas.

Dos días después del hecho, el Ejército Ecuatoriano reconoció a través de un comunicado difundido en redes sociales posibles irregularidades en el operativo.

La institución informó que, tras una verificación interna, se determinó que personal militar habría actuado fuera de su jurisdicción y sin autorización del mando superior, situación que también es objeto de investigación.

Asimismo, el Ejército aseguró que colaborará con las autoridades para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades.

Pronunciamiento de Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos

El abogado Fernando Bastias Robayo, del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH), señaló que estarán vigilantes ante la posible formulación de cargos contra los militares.

“Exigimos a la Fiscalía que actúe con apego a la ley, garantice la protección de la víctima y asegure que los responsables rindan cuentas ante la justicia”, manifestó.

El hecho ocurre en medio de los operativos desplegados por el Gobierno del presidente Daniel Noboa en varias provincias del país, donde rige un toque de queda nocturno como parte de la estrategia para enfrentar la crisis de violencia.

Desde 2024, Ecuador se encuentra bajo una declaratoria de conflicto armado interno para combatir a organizaciones criminales vinculadas al narcotráfico y la minería ilegal.

El CDH ha tenido participación en mediáticos casos relacionados con presuntas extralimitaciones militares. Entre ellos, la defensa de los familiares de los niños Josué, Ismael, Steven y Nehemías, quienes desaparecieron el 8 de diciembre de 2024 tras ser detenidos por patrullas militares en Guayaquil.

Este hecho derivó en el caso conocido como “Las Malvinas”, en el que la Corte Constitucional responsabilizó al Estado por la desaparición forzada que llevó a la muerte, bajo circunstancias aún no esclarecidas, de los cuatro menores, cuyos cuerpos fueron hallados dos semanas después calcinados en la parroquia rural de Taura. Fuente: Vistazo

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Política criminal frente al femicidio y la violencia de género en Ecuador fue analizada en la Tertulia Jurídica

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En el programa Tertulia Jurídica, se contó con la destacada participación de la doctora Dayán Argüello Veintimilla, Coordinadora de la Corte Nacional de Justicia, quien abordó el tema “Política criminal frente al femicidio y la violencia de género en el Ecuador”.

Durante su intervención, la jurista presentó un análisis académico sobre la evolución, fundamentos y desafíos de la política criminal en materia de violencia de género, destacando su experiencia investigativa en derecho penal, particularmente en delitos relacionados con el femicidio, objeto de su investigación doctoral desarrollada durante siete años.

Enfoque conceptual y evolución normativa
La doctora Argüello explicó que la política criminal comprende el conjunto de decisiones orientadas a la prevención, sanción y erradicación del delito. En este contexto, enfatizó que la violencia contra la mujer, históricamente invisibilizada, especialmente en el ámbito privado, comenzó a ser reconocida como una problemática estructural a partir de las décadas de 1960 y 1970, impulsando la intervención estatal y el desarrollo de instrumentos internacionales.

En el ámbito regional, destacó que, desde finales del siglo XX, los Estados han incorporado progresivamente normativas para sancionar la violencia de género, evolucionando desde leyes de primera generación, centradas en el ámbito privado, hacia legislaciones más integrales que incluyen la violencia pública, simbólica, institucional y económica.

Asimismo, subrayó que a partir de 2008 varios países latinoamericanos comenzaron a tipificar el femicidio, ya sea como agravante o como delito autónomo, siendo esta última figura la más adecuada, al permitir visibilizar la violencia extrema contra la mujer y generar estadísticas específicas para el diseño de políticas públicas eficaces.

Fundamentos jurídicos del delito de femicidio
En relación con su investigación doctoral, Argüello sostuvo que el femicidio protege no solo el derecho a la vida, sino también la integridad, la libertad y el derecho a vivir sin discriminación. En este sentido, explicó que este delito se configura en contextos de desigualdad estructural, subordinación y discriminación de género, lo que lo diferencia de otras figuras penales como el homicidio o asesinato.

Retos en la prevención y aplicación de la normativa
La especialista enfatizó que la tipificación del femicidio, por sí sola, no constituye una medida preventiva eficaz, sino que debe complementarse con políticas públicas integrales. Entre las principales estrategias de prevención general, destacó:
• Fortalecimiento del sistema educativo con enfoque libre de estereotipos de género.
• Garantía de acceso equitativo al empleo y autonomía económica para las mujeres.
• Desarrollo de marcos normativos integrales (penales, civiles y administrativos).
• Implementación de sistemas confiables de estadísticas sobre violencia de género.

En cuanto a la prevención específica, resaltó la importancia de la “debida diligencia reforzada” en la investigación y judicialización de estos delitos, lo que implica procesos más rigurosos, capacitación constante a operadores de justicia y eliminación de prejuicios de género en el sistema judicial.

Problemáticas estructurales e institucionales
Durante el diálogo, se abordó también la ineficacia en la aplicación de medidas de protección. Argüello señaló que, si bien existen mecanismos legales como boletas de auxilio, estos no garantizan por sí solos la prevención del femicidio debido a la falta de seguimiento, monitoreo y acompañamiento integral a las víctimas.

Además, identificó barreras de acceso a la justicia, deficiencias en la atención institucional y factores socioeconómicos que perpetúan los ciclos de violencia, como la dependencia económica y la falta de redes de apoyo.

Retrocesos y desafíos en Ecuador
Finalmente, la experta advirtió que uno de los principales retrocesos en el país radica en la limitada asignación y ejecución presupuestaria para políticas públicas de prevención de la violencia de género. Según indicó, gran parte de los esfuerzos estatales se han centrado en reformas legales, sin el correspondiente desarrollo de políticas estructurales sostenibles.

En este sentido, concluyó que el abordaje de la violencia de género y el femicidio requiere un enfoque integral, articulado y sostenido, que combine normativa, prevención social, fortalecimiento institucional y compromiso estatal efectivo.

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