Nacionales
UNES y PSC votan a favor de reforma que permitiría a Correa y Glas recuperar pensión vitalicia

Los exmandatarios que estén sentenciados judicialmente no pueden cobrar su pensión vitalicia, dice la ley ecuatoriana actual, pero la Asamblea Nacional alista una reforma legislativa para cambiar eso.
La reforma, que tiene el apoyo de los correistas del movimiento UNES y del Partido Social Cristiano (PSC), permitiría que mandatarios que tienen sentencia judicial puedan recibir de todas maneras su pensión vitalicia.
Pierina Correa, asambleísta de Unes, defiende proyecto de ley para restituir pensión vitalicia a Rafael Correa. Aduce que los cargos en contra del expresidente por concusión se formularon después de que dejó el poder.
Mientras que Ana Belén Cordero, asambleísta de Creo, rechaza proyecto de reforma a pensiones vitalicias a expresidentes y exvicepresidentes de la República. «No se puede devolver estos pagos a prófugos de la justicia», señala
Reforma
Con esta reforma se beneficiaría a quienes perdieron ese beneficio como el expresidente Rafael Correa, prófugo de la justicia, y su exvicepresidente Jorge Glas, quien tienen tres sentencias en su contra por casos de corrupción y está en la cárcel.
Todo ha comenzado en la Comisión de Derecho al Trabajo de la Asamblea Nacional, donde se aprobó el informe para segundo debate sobre las pensiones vitalicias.
En esa comisión, con los votos de tres integrantes del correísmo (UNES), el del socialcristiano Luis Almeida y el de Eckenner Recalde, quien se desafilió de la Izquierda Democrática (tras las denuncias de diezmos en su contra), se aprobó el informe que beneficiaría a los exmandatarios sentenciados.
Análisis y rechazo
Varios analistas y asambleístas indicaron que la propuesta inicial era eliminar el beneficio de pensiones vitalicias para expresidentes y exvicepresidentes, pero en la Comisión de Derecho al Trabajo de la Asamblea los integrantes lo ampliaron y eliminaron un párrafo de la Ley que exceptúa de la pensión a los mandatarios que “hayan sido sentenciados por delitos de peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito…”
Además la reforma propuesta señala que en el caso de los herederos de los exmandatarios, deberán recibir una pensión aunque el mandatario haya cumplido más dos veces el cargo.
Salvador Quishpe, asambleísta de Pachakutik, no estuvo de acuerdo con esa decisión. “Se revive eso hoy con el propósito de beneficiar a los últimos expresidente y exvicepresidente”.
Correa y Glas perdieron la pensión vitalicia en 2020 cuando fueron sentenciados por el delito de cohecho en el ‘caso sobornos’.
La oficialista Rina Campain, presidenta de la Comisión de Derecho al Trabajo, dice que los correístas “quieren eliminar esta prohibición de la Ley para que ellos (Correa y Glas) tengan acceso nuevamente a estas pensiones vitalicias”.
Desde el correísmo responden: “nosotros no estamos legislando en función de una preferencia política… muchas veces los mandatarios salen de sus funciones perseguidos políticamente y no pueden acceder a otra actividad laboral”, aseguró Johanna Ortiz. Fuente: El Telégrafo
Nacionales
Municipios reclaman $566,9 millones al Gobierno y exigen reunión urgente

La Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) emitió este martes 2 de septiembre un enérgico comunicado en el que demandó al Gobierno Nacional una reunión inmediata con su Comité Ejecutivo, en medio de la crisis por la falta de transferencias económicas.
Patricio Maldonado, presidente de la AME, cuestionó que mientras el Ejecutivo convoca a encuentros con algunos alcaldes, la deuda con los municipios sigue creciendo. “Es momento de perder el miedo (…) No aceptaremos más evasivas ni silencios”, advirtió.
La organización, que agrupa a los 221 municipios del país, denunció que los retrasos en las asignaciones del Modelo de Equidad Territorial han alcanzado hasta tres meses, afectando el pago de sueldos, compromisos con proveedores y la ejecución de obras locales.
Según la AME, hasta julio de 2025 el Gobierno mantiene una deuda de 566,9 millones de dólares con los gobiernos municipales. Hasta el momento, ni el Ministerio de Finanzas ni el Ejecutivo se han pronunciado sobre el pedido.
Nacionales
UTPL reconocida en SCImago 2025: Segundo lugar nacional en Impacto Social

La Universidad Técnica Particular de Loja (UTPL) ha sido reconocida en la edición 2025 del SCImago Institutions Rankings (SIR), ocupando el segundo lugar a nivel nacional en la dimensión de Impacto Social y posicionándose dentro del top 10 de las mejores universidades del Ecuador.
El SIR es una de las clasificaciones internacionales más prestigiosas, que evalúa el desempeño integral de universidades e instituciones de investigación a partir de tres dimensiones principales:
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Investigación: analiza la producción científica, la calidad de publicaciones, el impacto y la colaboración internacional.
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Innovación: valora la transferencia de conocimiento, la generación de patentes y el vínculo con el sector productivo.
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Impacto Social: mide la visibilidad web, la influencia en políticas públicas, la producción científica alineada a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y la participación de mujeres investigadoras.
Compromiso con los ODS y la equidad de género
La UTPL reafirma su compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), especialmente en áreas como equidad de género, innovación social y sostenibilidad. Este reconocimiento refleja el trabajo conjunto de la comunidad académica y el liderazgo femenino en la investigación:
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55 % de los investigadores son mujeres.
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43 % de los grupos de investigación son liderados por mujeres.
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58 % de las publicaciones de impacto mundial (SCOPUS y WOS) son autoría femenina.
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57 % de las publicaciones de impacto regional (LATINDEX) provienen de investigadoras.
Investigación con impacto real
Un ejemplo destacado es el proyecto liderado por la docente Diana Jumbo, investigadora de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales, quien ha desarrollado bioladrillos ecológicos a partir de residuos de relaves mineros. Esta innovación no solo propone un material de construcción resistente y sostenible, sino que también contribuye a reducir la huella de carbono y la contaminación ambiental, ofreciendo soluciones prácticas para un futuro más sostenible.
Liderazgo con pertinencia social
La UTPL consolida un entorno académico donde investigadoras e investigadores lideran proyectos que aportan al desarrollo local y global, fortalecen la innovación y la transferencia de conocimiento, y demuestran que la universidad es un actor clave en la generación de impacto social con pertinencia y compromiso hacia la sociedad ecuatoriana y el mundo.
Nacionales
Tertulia Jurídica analizó el procedimiento penal en delitos sexuales en el Ecuador

En el marco del programa semanal Tertulia Jurídica, realizado el pasado miércoles 27 de agosto, se abordó un tema de gran trascendencia social: el procedimiento penal en los delitos sexuales. La sesión contó con la participación del doctor Damián Guanotuña, abogado por la Universidad Central del Ecuador, quien compartió un análisis jurídico y social sobre la materia.
El invitado subrayó la importancia de distinguir entre los delitos contra la libertad sexual y los delitos contra la integridad sexual. La primera categoría atenta contra la autonomía de las personas para decidir libremente sobre su sexualidad, mientras que la segunda afecta directamente su protección física y psicológica. En este contexto, el consentimiento se erige como elemento clave para diferenciar las figuras delictivas.
Al referirse a los tipos penales, Guanotuña explicó que, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), se incluyen conductas como el abuso sexual, la violación y el estupro, las cuales se configuran con frecuencia en la sociedad ecuatoriana. Además, precisó que tanto el abuso como la violación son delitos de acción penal pública, por lo que su investigación está a cargo de la Fiscalía General del Estado, iniciando en la fase de investigación previa.
Respecto a la violación, el jurista destacó el enfoque adoptado por la Convención de Estambul y la CEDAW, donde se establece que “sólo el sí es sí”, enfatizando que el consentimiento debe ser expreso y manifiesto, descartando la interpretación de un silencio pasivo como aceptación.
En cuanto al acoso sexual, se recordó que el artículo 166 del COIP lo tipifica cuando una persona solicita actos de carácter sexual prevaliéndose de una posición de autoridad laboral, docente, religiosa u otra que implique subordinación de la víctima. Este tipo penal, señaló el experto, requiere un sujeto activo calificado, lo que lo diferencia de otros delitos sexuales.
Finalmente, Guanotuña explicó las diferencias jurídicas entre el estupro y la violación. El primero ocurre cuando una persona mayor de 18 años recurre al engaño para mantener relaciones sexuales con una persona menor de edad, con penas de uno a tres años de privación de libertad. En contraste, la violación, definida como el acceso carnal sin consentimiento, sea por vía oral, anal o vaginal, contempla sanciones que van de 19 a 22 años, de acuerdo con las circunstancias y agravantes.
El programa concluyó resaltando que el tratamiento procesal de los delitos sexuales debe orientarse a la protección de la integridad sexual y reproductiva de las personas, garantizando justicia y acompañamiento integral a las víctimas.
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