Connect with us

Nacionales

Minería ilegal en Ecuador opera en la impunidad: Hubo 1.654 denuncias desde 2021, pero solo 34 condenas

Publicado

on

La impunidad reina en los casos de denuncias de minería ilegal en Ecuador, según datos de la Fiscalía.

De 2021 a 2025, la Fiscalía reporta 1.654 denuncias por delitos de minería ilegal pero de ese total, unos 1.151 casos (el 69,5%) seguían en investigación previa y otras 275 denuncias fueron archivadas.

En cambio, solo en 34 casos hubo una sentencia condenatoria y en 32 casos la sentencia ratificó la inocencia de los acusados.

En otros 69 casos, los acusados fueron sobreseídos; es decir, el proceso finalizó porque no hubo pruebas suficientes.

Hasta 30 años de cárcel dicta el Código Penal
El Código Integral Penal establece una pena de 16 a 20 años de cárcel por la «actividad ilícita de recursos mineros».

El artículo 260 de ese Código menciona que incurre en este delito toda persona que sin autorización de la autoridad competente extraiga, explote, explore, aproveche, transforme, transporte, comercialice o almacene recursos mineros.  En el caso de minería artesanal ilegal, la pena es de 13 a 16 años.

Además, si se ocasionan daños al ambiente, la sanción sube a cárcel de 22 a 26 años; y si se comete como parte del accionar u operatividad de la delincuencia organizada la pena es cárcel entre 26 y 30 años, más una multa de 1.000 a 1.500 salarios básicos unificados.

Y el artículo 261 tipifica, además, otro delito: el financiamiento o suministro de maquinarias para la actividad de extracción ilícita de recursos mineros, con pena de cárcel de tres a cinco años.

Las denuncias han aumentado en 2025
Solo en 2025 la Fiscalía recibió 393 denuncias por los dos delitos: actividad ilícita de recursos mineros  y financiamiento o suministro de maquinarias para minería ilegal.

Se trata de un incremento importante frente a 2021, cuando se reportaron 249 denuncias.

De los dos delitos, el más denunciado es el de actividad ilícita de recursos. En 2025, de las 393 denuncias, 388 fueron por este delito.

La lentitud en el avance de los procesos se debe a que en la mayoría de los casos denunciados ante la Fiscalía el delito se reportó como «no flagrante».

Esto significa que cuando las autoridades llegaron al punto en donde se estaba realizando la actividad de minería ilegal, ya no había personas en el sitio o las máquinas ya estaban apagadas, dice el abogado especialista en minería, Stevie Gamboa.

«La razón para tan pocos resultados es la dificultad para seguir los procesos sin que haya personas detenidas. Los procesos que más o menos avanzan son los que están en flagrancia», añade Gamboa.

Gamboa explica que para entender mejor el problema de la impunidad en los casos de minería ilegal también se debe analizar cuántos amparos administrativos recibe la Agencia de Regulación y Control Minero (Arcom) por parte de las empresas con concesiones mineras formales.

Los amparos administrativos son los recursos que presentan las empresas mineras, además de las denuncias en Fiscalía, cuando identifican que en sus concesiones hay actividad de mineros ilegales.

Se trata de un proceso obligatorio que deben hacer las empresas, pues si no lo hacen, pueden perder las concesiones, dice Gamboa.

Y pese a que las empresas serias presentan estos amparos a la Arcom y pagan dos tasas para que la Agencia haga las inspecciones, Gamboa explica que la mayoría de trámites no prospera, pues quedan archivados.

El abogado dice que los funcionarios de la Agencia se demoran tanto tiempo en tramitar los amparos que en muchos casos los mineros ilegales ya se han ido explotando todo lo que pudieron.

Otro problema es que hasta hace poco, uno de los requisitos para presentar un amparo administrativo era informar «la relación circunstanciada de los hechos con la indicación de los nombres y apellidos de las personas causantes de la invasión, despojo u otra forma de perturbación».

Pero el 31 de diciembre de 2025 se eliminó ese requisito mediante un decreto ejecutivo.

En tres provincias hay más denuncias de minería ilegal
Tres provincias concentran el 62,5% de todas las denuncias presentadas por minería ilegal en 2025. Se trata de Zamora Chinchipe, Loja y Napo.

La  provincia amazónica de Zamora Chinchipe, de hecho, lidera la lista de denuncias por minería ilegal desde 2021.

Según la Arcom, en Zamora Chinchipe hay alrededor de 10 puntos rojos de minería ilegal identificados: Zumbi, Cumbaratza, Yanzatza, Nangaritza, Parque Podocarpus, Centinela del Cóndor, Paquisha, Panguintza Chinapintza, La Saquea, Yacuambi.

Este problema contrasta con la otra cara de la moneda en esta provincia, que también es el centro de la actividad minera industrial formal del país, pues desde 2019, ahí operan las dos únicas minas a gran escala que tiene el país:

La mina de cobre a cielo abierto, Mirador, a cargo de la empresa de capitales chinos Ecuacorriente.
Y la mina subterránea de oro, Fruta del Norte, a cargo de la empresa canadiense Lundin Gold.
Producto de esa actividad, la recaudación de impuestos en Zamora Chinchipe creció 39% en 2025 y es la cuarta provincia en donde se recauda más impuestos.

Las otras dos provincias con puntos críticos y más denuncias de minería ilegal son Loja y Napo.

La minería ilegal en Napo, al mando de Choneros y Lobos 
En Napo, organizaciones como Napo Ama la Vida denuncian desde 2020 el avance de la minería ilegal en zonas como Yutzupino (Puerto Napo), Tena, y en Carlos Julio Arosemena Tola, en donde ríos como el Jatunyacu y Anzu ya muestran signos de contaminación con mercurio.

José Moreno, miembro del colectivo Napo Ama la Vida, explica que tras el mega operativo de Manatí, en febrero de 2022, para desalojar la minería ilegal en Yutzupino, la actividad no desapareció, sino que se movió a otros puntos y se multiplicó incluso en territorios de comunidades indígenas.

«La mayoría de concesiones mineras entregadas en Napo son terrenos en donde viven familias y comunidades indígenas y muchas zonas ya están tomadas por mineros ilegales», dice Moreno.

Y añade: «ahora vemos comunidades en donde los niños tienen problemas en la piel, en donde no se puede pescar, nadar, ni usar para nada el agua de los ríos que antes eran cristalinos».

Moreno explica que la minería ilegal es un fenómeno que ha dividido a los pobladores de Napo pues, por una parte, hay familias que han permitido el ingreso de mineros ilegales a cambio de dinero o de que les permitan sacar también oro de las orillas de los ríos.

Pero también hay comunidades indígenas que se han organizado para oponerse y cerrar el paso a los mineros ilegales en sus territorios, añade.

Moreno explica que la problemática es más grave pues la minería ilegal está ahora al mando de grupos armados en Napo, como Los Lobos y Los Choneros. Fuente: Primicias

Nacionales

Justicia restaurativa frente a la minería ilegal en Ecuador: El caso de Zamora Chinchipe

Publicado

on

Por: José Benavidez. Estudiante de derecho

La expansión incontrolada de la minería no autorizada en la provincia de Zamora Chinchipe constituye uno de los dilemas socioambientales y dogmáticos más críticos para el Estado ecuatoriano. Ante la evidente insuficiencia del modelo punitivo tradicional del Código Orgánico Integral Penal (COIP) cuyo enfoque retributivo no logra revertir el colapso ecológico ni tutelar de forma efectiva los derechos del ecosistema, la dogmática penal contemporánea exige una reorientación hacia paradigmas complementarios orientados a la reparación integral y la sostenibilidad.

Contexto socio ambiental en Zamora Chinchipe

Zamora Chinchipe alberga importantes cuencas hidrográficas como los ríos Zamora, Bombuscaro, Nangaritza y Yacuambi, y ecosistemas de alta biodiversidad. Sin embargo, la proliferación de minería no regularizada en sectores como Yantzaza, El Pangui y la cuenca del Nangaritza ha derivado en:

1.- Degradación sistémica del suelo: Destrucción de la capa vegetal, deforestación masiva y alteración del cauce de los ríos por el uso de maquinaria pesada

2.- Contaminación por metales pesados: Vertimiento irrestricto de mercurio y cianuro, afectando la calidad del agua y la fauna acuática.

3.- Impacto comunitario y social: Desplazamiento de economías tradicionales, conflictividad social e intromisión en territorios de comunidades indígenas y locales.

El modelo punitivo actual y sus limitaciones

El ordenamiento jurídico ecuatoriano tipifica los delitos contra los recursos naturales y la minería ilegal en el COIP. No obstante, la vía penal ordinaria presenta serias limitaciones operativas frente a los daños ambientales de Zamora Chinchipe:

1.- Insuficiencia de la pena privativa de libertad: La prisión del infractor de último eslabón no logra la remediación del ecosistema ni la compensación a las comunidades afectadas.

2.- Incapacidad de remediación técnica: Las sentencias penales tradicionales priorizan la sanción retributiva, dejando en segundo plano los planes de manejo ambiental y la restauración ecológica a largo plazo.

3.- Saturación del sistema de justicia: La persecución penal individualizada no desarticula las redes financieras detrás del extractivismo ilegal ni ofrece respuestas oportunas a las zonas impactadas.

  1. Marco conceptual de la justicia restaurativa ambiental

A diferencia de la justicia retributiva centrada en el castigo estatal al infractor, la justicia restaurativa en materia ambiental redefine el concepto de «víctima», incluyendo tanto a las comunidades locales como a la propia naturaleza o Pachamama, reconocida como sujeto de derechos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

En lugar de contraponer la sanción a la reparación mediante un esquema tabular, la tutela penal ambiental contemporánea exige integrar ambos enfoques: mientras la justicia retributiva tradicional focaliza su mecanismo en el juicio penal adversarial para sancionar al infractor con la privación de libertad y tutelar el cumplimiento abstracto de la norma estatal, la justicia restaurativa ambiental desplaza el centro de gravedad procesal hacia la Naturaleza y las comunidades afectadas como sujetos protegidos, priorizando acuerdos reparatorios y planes de remediación técnica cuyos resultados concretos trascienden el mero cumplimiento de una condena, garantizando la reforestación, la descontaminación y la efectiva restauración de los ecosistemas impactados.

Viabilidad de aplicación en Zamora Chinchipe

Para que la justicia restaurativa sea aplicable en casos de minería ilegal en Zamora Chinchipe, la doctrina y la praxis penal exigen diferenciar la tipología de los actores involucrados:

Minera artesanal / de pequeña escala no regularizada: Mecanismo: Acuerdos de mediación penal ambiental u homologación de planes de reparación.

Acciones: Obligación técnica de reforestación de riberas, descontaminación de pasivos ambientales, sustitución gradual de tecnologías, eliminación del mercurio y trabajo comunitario de restauración.

Minería a gran escala no autorizada:

Mecanismo: Vía penal estrictamente retributiva, con decomiso de bienes y activos para financiar fondos públicos de reparación ambiental en la provincia. Consideraciones finales y propuestas de reforma La aplicación rigurosa de la justicia restaurativa en Zamora Chinchipe no implica impunidad ante la minería ilegal ni una concesión de lenidad hacia el infractor; por el contrario, representa una reorientación estratégica y pragmática de la tutela judicial efectiva. El castigo punitivo tradicional y el encarcelamiento no sanan las cuencas hidrográficas contaminadas ni devuelven la cobertura vegetal destruida; por ello, el sistema procesal debe trascender la fijación dogmática con la pena y enfocarse en una retribución directa, tangible y obligatoria hacia la sociedad y la Naturaleza.

Para materializar este cambio de paradigma, se requiere una articulación técnica e interdisciplinaria entre el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), la fiscalía general del Estado, la judicatura y las comunidades locales afectadas. Convertir la remediación ecológica, el trabajo comunitario especializado y la restitución del tejido social en la máxima prioridad del proceso penal es el único camino jurídicamente viable para frenar el colapso ambiental en la Amazonía sur.

Continuar Leyendo

Nacionales

Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo son sentenciados a 9 años y 4 meses de prisión por caso Pruebas COVID-19

Publicado

on

El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz y su hijo Jacobo Bucaram Pulley fueron sentenciados este miércoles 9 de septiembre a 9 años y 4 meses de prisión como colaboradores del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Pruebas COVID-19 Agentes AMT.

La decisión fue anunciada oralmente por el Tribunal luego de que, a las 17:47, se reinstalara la audiencia de juicio contra los Bucaram y otras dos personas procesadas dentro de esta causa.
La Fiscalía General del Estado informó que Leandro Berrones y Oren Sheinman también fueron declarados culpables, pero en calidad de autores directos del delito de delincuencia organizada. Para ambos, el Tribunal impuso una pena de 13 años y 4 meses de prisión.

El proceso investiga una estructura que habría operado durante la emergencia sanitaria de 2020 para lucrar de manera irregular con la comercialización de más de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico y otros insumos médicos, en momentos en que Ecuador atravesaba uno de los periodos más críticos de la pandemia de COVID-19.

Según la acusación, Bucaram habría mantenido almacenadas en su vivienda de Guayaquil miles de pruebas rápidas, mascarillas y lancetas relacionadas con la operación investigada.

Su hijo Jacobo, por su parte, fue señalado por presuntamente financiar la adquisición de la mercadería mediante un pago de USD 321.600 en efectivo.

Un proceso marcado por audiencias fallidas

El caso se ha extendido durante varios años y su avance estuvo marcado por reiteradas audiencias que no pudieron concretarse, entre ellas diligencias suspendidas por la ausencia del expresidente.

Una de las últimas audiencias fallidas ocurrió el 31 de agosto de 2026, Posteriormente, el Tribunal dispuso nuevas acciones para conseguir la comparecencia de Bucaram, quien permanecía hospitalizado, asegurando que sufría de afectaciones cardiacas.

Este miércoles, horas antes de su sentencia, Bucarám publicó una carta en la que dio a conocer que pidió el alta médica “a pesar de estar en peligro de muerte súbita”. Además, anticipó que sería sentenciado por el delito de delincuencia organizada.

A través de sus redes sociales, el exmandatario explicó que tomó esa decisión pese a tener “13K arritmias ventriculares». «Debemos entender que una sola puede originar mi muerte”, afirmó.

Dentro de la investigación también figuró Shy Dahan, ciudadano israelí señalado junto con Sheinman por la comercialización de los insumos médicos. Dahan fue asesinado en 2020 mientras permanecía recluido en la Penitenciaría del Litoral. Fuente: Vistazo
Continuar Leyendo

Nacionales

Noboa dice que Dedalus trae a Ecuador el sistema de operación hospitalaria más avanzado del mundo

Publicado

on

El presidente Daniel Noboa anunció este miércoles 9 de septiembre que Ecuador incorporará el sistema de gestión hospitalaria Dedalus, una plataforma tecnológica con la que el Gobierno prevé interconectar 1.742 centros de salud y centralizar información sobre pacientes, citas, medicamentos, insumos y equipos médicos.

El mandatario dio a conocer la medida durante la tarde a través de sus redes sociales, donde señaló que la herramienta forma parte de las acciones destinadas a modernizar el funcionamiento del sistema público de salud.

La salud pública necesita soluciones. La gente lo pide, nosotros cumplimos”, manifestó Noboa al presentar la iniciativa.

Según el presidente, uno de los principales cambios será contar con un único historial clínico para los ecuatorianos, de manera que la información de un paciente pueda estar disponible dentro de la red de establecimientos conectados.

La plataforma también apunta a agilizar el agendamiento de citas médicas, mediante herramientas que automaticen la asignación de turnos y reduzcan la dependencia de intermediarios para acceder a una consulta.

Otro componente estará dirigido al inventario y control de medicamentos, insumos y equipos médicos disponibles en los establecimientos de salud.

Contrato de USD 240 millones

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), anunció la incorporación de la plataforma, utilizada en países como Irlanda, Alemania, Francia y Reino Unido

Para implementar este sistema, el MSP contratará a CNT, que se encargará de poner en marcha el servicio en la red pública de salud junto con la empresa italiana Dedalus.

Según consta en el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), la cartera de Estado resolvió adjudicar este martes el contrato a CNT por USD 240 millones, mediante un procedimiento de régimen especial.

Estamos hablando de transformar la gestión de 1.742 establecimientos de salud del país”, destacó el ministro de Salud, Juan Carlos Aveiga.

En ese contexto, el MSP inició un proceso de contratación por régimen especial con CNT, que funciona como ejecutor tecnológico del Estado y presentó una propuesta que comprende tres componentes: conectividad, infraestructura y una plataforma integrada de información en salud.

De su lado, el gerente de CNT, Ronald Spina, resaltó que se trabaja en una transformación tecnológica del sistema público de salud.

Aveiga y Spina explicaron, en un video publicado por la Secretaría de Comunicación, que el país tiene un “sistema de salud fragmentado”, con “información dispersa y procesos que no siempre están conectados” entre los hospitales y otros centros médicos públicos. Fuente: Vistazo
Continuar Leyendo

Trending

Derechos reservados El Amazonico