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Cómo gastan el dinero los municipios y las prefecturas y qué cambiaría con la reforma que plantea Noboa

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Una nueva reforma legal pone la lupa sobre lo que están haciendo los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) con los recursos que reciben del Presupuesto General del Estado.

Según el Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad) los municipios, prefecturas y juntas parroquiales deben recibir:

21% de los ingresos permanentes  del Presupuesto General del Estado, que son los generados por recaudación de impuestos y tasas.
Y un 10% de los ingresos no permanentes del Estado, es decir, aquellos por venta de petróleo o venta de bienes del Estado o concesiones.
Pero esto podría cambiar con el Proyecto de Ley Reformatoria al Cootad para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los GAD, presentado el 28 de enero de 2026, con carácter económico urgente.

El proyecto plantea que los GAD destinen el 70% de sus presupuestos anuales a inversión y obra pública. Y da plazo para conseguir este objetivo: hasta 2029 para los municipios y prefecturas y hasta 2030 para las juntas parroquiales rurales.

El proyecto advierte que, si no cumplen ese porcentaje de inversión, las asignaciones bajarían a los mínimos que dispone la Constitución:

15% por ingresos permanentes.
5% de asignaciones no permanentes.
Según el Gobierno, las actas de la Asamblea Constituyente muestran que las asignaciones a los GAD buscaban evitar el gasto en actividades vitrina y priorizar servicios públicos urgentes.

De ahí que el Ejecutivo cuestione que buena parte del dinero que manejan los gobiernos seccionales se destina al pago de sueldos y salarios. Y, aún peor, para eventos artísticos, culturales, recreativos o de entretenimiento.

«Estos gastos no promueven la dinamización de la economía en contextos donde persisten brechas significativas en la provisión de servicios básicos e infraestructura esencial». Proyecto de ley para reformar el Cootad.

¿En qué gastan los gobiernos seccionales en Ecuador?
Resulta complejo conocer a detalle en qué gastan todos los GAD, pues en el país hay 221 municipios, 24 prefecturas y 797 juntas parroquiales. La mayoría no publica el detalle de sus presupuestos y su ejecución de forma actualizada y transparente.

El Banco Central de Ecuador (BCE) consolida información financiera de todos los GAD. Según esos datos, de los USD 5.497 millones que manejaron en 2024, el 24% se destinó a inversión, que incluye formación bruta de capital fijo, obra pública y la adquisición de bienes de larga duración.  En 2025, el porcentaje para inversión fue similar, del 25%.

Por ejemplo, en GAD como el Municipio de Guayaquil, de un presupuesto total de USD 1.608 millones en 2025, USD 439 millones o el 27% fue para inversión y obra pública, según los rubros que el Gobierno central plantea que se pueden considerar como tal.

En Quito, de un presupuesto de USD 1.744 millones, unos USD 398 millones, o el 23%, se dirigieron a ese mismo fin. Mientras que en la Prefectura de Pichincha, el 47% de su presupuesto de USD 275 millones se destinó a inversión y obra pública.

¿Cuánto reciben los GAD del Estado?
En el proyecto de ley, el Gobierno de Noboa menciona que la reforma es necesaria por el problema de desequilibrio fiscal del país; es decir, porque los ingresos son insuficientes para cubrir los gastos del Estado y, como resultado, Ecuador tiene que endeudarse cada vez más.

Y añade que las asignaciones que hace el Estado para los GAD son muy rígidas; es decir, es muy difícil hacer ajustes cuando los ingresos no alcanzan.

Si bien los municipios, las alcaldías y las juntas parroquiales tienen ingresos propios de las tasas y de los impuestos que cobran, una buena parte de su presupuesto se cubre con las asignaciones del Estado.

Y este no es un gasto menor. Por ejemplo, en 2025, el Presupuesto del Estado alcanzó los USD 34.949  millones y, de ese valor, unos USD 3.455 millones fueron transferencias estatales para los GAD; esto es, casi el 10%.

Esto es 17 veces más que lo que se destinó a obra pública en el Presupuesto General del Estado.

Por la fuerte presión, año a año se acumulan millonarios atrasos en las asignaciones a los gobiernos seccionales, como en 2025 cuando sumaron USD 875 millones.

El economista Daniel Lemus, director del centro de políticas públicas de la ESPOL, explica que las asignaciones del Presupuesto del Estado representan entre el 48% y 54% de los ingresos que tienen los GAD, aunque hay algunos que dependen más del Gobierno central.

Por ejemplo, estas transferencias estatales representan menos del 50% de los presupuestos de algunos municipios, mientras que en las prefecturas son del 70%, añade Lemus.

Para Lemus, la reforma es positiva, pero hace falta aclarar detalles sobre cómo se hará el cómputo de ese 70%.

«¿Se computará sobre lo que el GAD haya planificado en el presupuesto o lo que realmente se haya ejecutado? Porque hay obras que se contratan en un año, pero la ejecución ocurre en el siguiente. Y con los anticipos de las obras, ¿qué pasará?», añade.

Para Lemus es importante hacer estas aclaraciones para evitar que solo se asienten cifras en el papel y al final del año, la ejecución real esté lejos de la meta.

¿Qué cambia el proyecto de ley?
Hoy, el Cootad ya pone un candado, pues su artículo 198 dice que las transferencias que se hagan a los GAD podrán financiar hasta el 30% de gastos permanentes (como sueldos de funcionarios), y un mínimo del 70% de gastos de inversión y obra pública.

Además, especifica que las transferencias provenientes principalmente de la venta del petróleo deberán financiar solo inversión y obra pública.

Sin embargo, ahora el Gobierno propone que el 70% de todo el presupuesto de los GAD  —  no solo de la asignación estatal—  sea para inversión y obra pública.

«La reforma es positiva, para mejorar la calidad de gasto y aumentar la inversión, pero tampoco debe servir para ahogar a algunos GAD con porcentajes imposibles de cumplir». Daniel Lemus, economista

Lemus destaca que el proyecto ya define qué rubros son los que se pueden considerar inversión y obra pública, para evitar diferentes interpretaciones. Fuente: Primicias

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Justicia restaurativa frente a la minería ilegal en Ecuador: El caso de Zamora Chinchipe

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Por: José Benavidez. Estudiante de derecho

La expansión incontrolada de la minería no autorizada en la provincia de Zamora Chinchipe constituye uno de los dilemas socioambientales y dogmáticos más críticos para el Estado ecuatoriano. Ante la evidente insuficiencia del modelo punitivo tradicional del Código Orgánico Integral Penal (COIP) cuyo enfoque retributivo no logra revertir el colapso ecológico ni tutelar de forma efectiva los derechos del ecosistema, la dogmática penal contemporánea exige una reorientación hacia paradigmas complementarios orientados a la reparación integral y la sostenibilidad.

Contexto socio ambiental en Zamora Chinchipe

Zamora Chinchipe alberga importantes cuencas hidrográficas como los ríos Zamora, Bombuscaro, Nangaritza y Yacuambi, y ecosistemas de alta biodiversidad. Sin embargo, la proliferación de minería no regularizada en sectores como Yantzaza, El Pangui y la cuenca del Nangaritza ha derivado en:

1.- Degradación sistémica del suelo: Destrucción de la capa vegetal, deforestación masiva y alteración del cauce de los ríos por el uso de maquinaria pesada

2.- Contaminación por metales pesados: Vertimiento irrestricto de mercurio y cianuro, afectando la calidad del agua y la fauna acuática.

3.- Impacto comunitario y social: Desplazamiento de economías tradicionales, conflictividad social e intromisión en territorios de comunidades indígenas y locales.

El modelo punitivo actual y sus limitaciones

El ordenamiento jurídico ecuatoriano tipifica los delitos contra los recursos naturales y la minería ilegal en el COIP. No obstante, la vía penal ordinaria presenta serias limitaciones operativas frente a los daños ambientales de Zamora Chinchipe:

1.- Insuficiencia de la pena privativa de libertad: La prisión del infractor de último eslabón no logra la remediación del ecosistema ni la compensación a las comunidades afectadas.

2.- Incapacidad de remediación técnica: Las sentencias penales tradicionales priorizan la sanción retributiva, dejando en segundo plano los planes de manejo ambiental y la restauración ecológica a largo plazo.

3.- Saturación del sistema de justicia: La persecución penal individualizada no desarticula las redes financieras detrás del extractivismo ilegal ni ofrece respuestas oportunas a las zonas impactadas.

  1. Marco conceptual de la justicia restaurativa ambiental

A diferencia de la justicia retributiva centrada en el castigo estatal al infractor, la justicia restaurativa en materia ambiental redefine el concepto de «víctima», incluyendo tanto a las comunidades locales como a la propia naturaleza o Pachamama, reconocida como sujeto de derechos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

En lugar de contraponer la sanción a la reparación mediante un esquema tabular, la tutela penal ambiental contemporánea exige integrar ambos enfoques: mientras la justicia retributiva tradicional focaliza su mecanismo en el juicio penal adversarial para sancionar al infractor con la privación de libertad y tutelar el cumplimiento abstracto de la norma estatal, la justicia restaurativa ambiental desplaza el centro de gravedad procesal hacia la Naturaleza y las comunidades afectadas como sujetos protegidos, priorizando acuerdos reparatorios y planes de remediación técnica cuyos resultados concretos trascienden el mero cumplimiento de una condena, garantizando la reforestación, la descontaminación y la efectiva restauración de los ecosistemas impactados.

Viabilidad de aplicación en Zamora Chinchipe

Para que la justicia restaurativa sea aplicable en casos de minería ilegal en Zamora Chinchipe, la doctrina y la praxis penal exigen diferenciar la tipología de los actores involucrados:

Minera artesanal / de pequeña escala no regularizada: Mecanismo: Acuerdos de mediación penal ambiental u homologación de planes de reparación.

Acciones: Obligación técnica de reforestación de riberas, descontaminación de pasivos ambientales, sustitución gradual de tecnologías, eliminación del mercurio y trabajo comunitario de restauración.

Minería a gran escala no autorizada:

Mecanismo: Vía penal estrictamente retributiva, con decomiso de bienes y activos para financiar fondos públicos de reparación ambiental en la provincia. Consideraciones finales y propuestas de reforma La aplicación rigurosa de la justicia restaurativa en Zamora Chinchipe no implica impunidad ante la minería ilegal ni una concesión de lenidad hacia el infractor; por el contrario, representa una reorientación estratégica y pragmática de la tutela judicial efectiva. El castigo punitivo tradicional y el encarcelamiento no sanan las cuencas hidrográficas contaminadas ni devuelven la cobertura vegetal destruida; por ello, el sistema procesal debe trascender la fijación dogmática con la pena y enfocarse en una retribución directa, tangible y obligatoria hacia la sociedad y la Naturaleza.

Para materializar este cambio de paradigma, se requiere una articulación técnica e interdisciplinaria entre el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE), la fiscalía general del Estado, la judicatura y las comunidades locales afectadas. Convertir la remediación ecológica, el trabajo comunitario especializado y la restitución del tejido social en la máxima prioridad del proceso penal es el único camino jurídicamente viable para frenar el colapso ambiental en la Amazonía sur.

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Abdalá Bucaram y su hijo Jacobo son sentenciados a 9 años y 4 meses de prisión por caso Pruebas COVID-19

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El expresidente Abdalá Bucaram Ortiz y su hijo Jacobo Bucaram Pulley fueron sentenciados este miércoles 9 de septiembre a 9 años y 4 meses de prisión como colaboradores del delito de delincuencia organizada, dentro del caso Pruebas COVID-19 Agentes AMT.

La decisión fue anunciada oralmente por el Tribunal luego de que, a las 17:47, se reinstalara la audiencia de juicio contra los Bucaram y otras dos personas procesadas dentro de esta causa.
La Fiscalía General del Estado informó que Leandro Berrones y Oren Sheinman también fueron declarados culpables, pero en calidad de autores directos del delito de delincuencia organizada. Para ambos, el Tribunal impuso una pena de 13 años y 4 meses de prisión.

El proceso investiga una estructura que habría operado durante la emergencia sanitaria de 2020 para lucrar de manera irregular con la comercialización de más de 21.000 pruebas rápidas de diagnóstico y otros insumos médicos, en momentos en que Ecuador atravesaba uno de los periodos más críticos de la pandemia de COVID-19.

Según la acusación, Bucaram habría mantenido almacenadas en su vivienda de Guayaquil miles de pruebas rápidas, mascarillas y lancetas relacionadas con la operación investigada.

Su hijo Jacobo, por su parte, fue señalado por presuntamente financiar la adquisición de la mercadería mediante un pago de USD 321.600 en efectivo.

Un proceso marcado por audiencias fallidas

El caso se ha extendido durante varios años y su avance estuvo marcado por reiteradas audiencias que no pudieron concretarse, entre ellas diligencias suspendidas por la ausencia del expresidente.

Una de las últimas audiencias fallidas ocurrió el 31 de agosto de 2026, Posteriormente, el Tribunal dispuso nuevas acciones para conseguir la comparecencia de Bucaram, quien permanecía hospitalizado, asegurando que sufría de afectaciones cardiacas.

Este miércoles, horas antes de su sentencia, Bucarám publicó una carta en la que dio a conocer que pidió el alta médica “a pesar de estar en peligro de muerte súbita”. Además, anticipó que sería sentenciado por el delito de delincuencia organizada.

A través de sus redes sociales, el exmandatario explicó que tomó esa decisión pese a tener “13K arritmias ventriculares». «Debemos entender que una sola puede originar mi muerte”, afirmó.

Dentro de la investigación también figuró Shy Dahan, ciudadano israelí señalado junto con Sheinman por la comercialización de los insumos médicos. Dahan fue asesinado en 2020 mientras permanecía recluido en la Penitenciaría del Litoral. Fuente: Vistazo
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Noboa dice que Dedalus trae a Ecuador el sistema de operación hospitalaria más avanzado del mundo

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El presidente Daniel Noboa anunció este miércoles 9 de septiembre que Ecuador incorporará el sistema de gestión hospitalaria Dedalus, una plataforma tecnológica con la que el Gobierno prevé interconectar 1.742 centros de salud y centralizar información sobre pacientes, citas, medicamentos, insumos y equipos médicos.

El mandatario dio a conocer la medida durante la tarde a través de sus redes sociales, donde señaló que la herramienta forma parte de las acciones destinadas a modernizar el funcionamiento del sistema público de salud.

La salud pública necesita soluciones. La gente lo pide, nosotros cumplimos”, manifestó Noboa al presentar la iniciativa.

Según el presidente, uno de los principales cambios será contar con un único historial clínico para los ecuatorianos, de manera que la información de un paciente pueda estar disponible dentro de la red de establecimientos conectados.

La plataforma también apunta a agilizar el agendamiento de citas médicas, mediante herramientas que automaticen la asignación de turnos y reduzcan la dependencia de intermediarios para acceder a una consulta.

Otro componente estará dirigido al inventario y control de medicamentos, insumos y equipos médicos disponibles en los establecimientos de salud.

Contrato de USD 240 millones

El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Corporación Nacional de Telecomunicaciones (CNT), anunció la incorporación de la plataforma, utilizada en países como Irlanda, Alemania, Francia y Reino Unido

Para implementar este sistema, el MSP contratará a CNT, que se encargará de poner en marcha el servicio en la red pública de salud junto con la empresa italiana Dedalus.

Según consta en el portal del Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop), la cartera de Estado resolvió adjudicar este martes el contrato a CNT por USD 240 millones, mediante un procedimiento de régimen especial.

Estamos hablando de transformar la gestión de 1.742 establecimientos de salud del país”, destacó el ministro de Salud, Juan Carlos Aveiga.

En ese contexto, el MSP inició un proceso de contratación por régimen especial con CNT, que funciona como ejecutor tecnológico del Estado y presentó una propuesta que comprende tres componentes: conectividad, infraestructura y una plataforma integrada de información en salud.

De su lado, el gerente de CNT, Ronald Spina, resaltó que se trabaja en una transformación tecnológica del sistema público de salud.

Aveiga y Spina explicaron, en un video publicado por la Secretaría de Comunicación, que el país tiene un “sistema de salud fragmentado”, con “información dispersa y procesos que no siempre están conectados” entre los hospitales y otros centros médicos públicos. Fuente: Vistazo
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