Morona, Santiago — En una entrevista en un medio digital de Macas, la abogada Mónica Jaramillo, especialista en derecho electoral y defensa técnica de autoridades locales, informó a la ciudadanía sobre el proceso de remoción que enfrentan la vicealcaldesa y tres concejales del cantón Morona. El caso, activado a partir de denuncias ciudadanas y una acusación de supuesta arrogación de funciones en territorio perteneciente al cantón Sevilla Don Bosco, ha generado amplias reacciones en la provincia.
Según explicó la abogada Jaramillo, las denuncias que buscan la remoción de las autoridades municipales no fueron presentadas por el exconsejero destituido Juan Escobar Guarderas, como se ha difundido públicamente, sino por Jorge Paucar Heredia y por el GAD Municipal de Sevilla Don Bosco, en tres acciones distintas:
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Una contra los tres concejales.
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Otra contra la vicealcaldesa y los concejales.
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Y una tercera exclusivamente contra la vicealcaldesa.
El eje de las denuncias se basa en varias resoluciones adoptadas por el Concejo Municipal en noviembre de 2025, entre ellas, las resoluciones 9.16, 9.20 y 9.27— relacionadas con cupos y regulación de taxis en el cantón Morona.
Un proceso con tintes políticos y vicios de procedimiento
La defensa sostiene que el proceso presenta vicios sustanciales, especialmente en la convocatoria a la Comisión de Mesa, las excusas presentadas, la principalización de vocales, y elementos de procedimiento que son obligatorios conforme al artículo 336 del COTAD.
Jaramillo recordó que el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ha sido claro en varias absoluciones de consulta entre 2023 y 2025: la mayoría de procesos de remoción en el país no han prosperado por fallas procedimentales y por su evidente carácter político.
“Macas es la nueva víctima de una narrativa de conmoción”
La abogada cuestionó la presencia en el cantón del exconsejero Guarderas, a quien señaló por “vender humo” y generar una narrativa que confunde a la ciudadanía, sin tener legitimidad ni participación formal en las denuncias.
“Una persona que no pertenece al cantón ni eligió a las autoridades no puede venir a imponer una agenda política. La remoción debe basarse en hechos verificables, no en espectáculos mediáticos”, afirmó.
Requisitos para la remoción y votación necesaria
Jaramillo precisó que la remoción no es lo mismo que una destitución y que únicamente puede concretarse mediante:
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Una denuncia ciudadana debidamente fundamentada y reconocida ante notario.
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La tramitación del proceso por parte de la Secretaría del Concejo Municipal y la Comisión de Mesa.
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La votación del Concejo Municipal, que requiere las dos terceras partes, es decir, cuatro votos.
En caso de que el Concejo apruebe la remoción, la abogada informó que se recurrirá al Tribunal Contencioso Electoral para solicitar una absolución de consulta, mecanismo que ha revertido múltiples decisiones en el país por incumplir garantías y solemnidades legales.
Expectativa jurídica
“Honesta y jurídicamente esperamos que estas denuncias no pasen de la Comisión de Mesa y sean archivadas. Si llegaran al pleno, sustentaremos con pruebas que no existe incumplimiento de funciones”, declaró.
Llamado a la ciudadanía
Para finalizar, Jaramillo exhortó a la comunidad a informarse con rigor jurídico y a no permitir que intereses externos afecten la institucionalidad del cantón:
“La remoción es un mecanismo ciudadano que debe ejercerse con legitimidad, fundamentos técnicos y responsabilidad democrática. Cuando hay tintes políticos y no bases jurídicas, estos procesos no prosperan y solo generan inestabilidad en la gestión pública.”





