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En qué consiste la nueva evaluación que se aplicará a los servidores públicos y que podría terminar en destitución

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El Reglamento a la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia este 23 de julio de 2025, estable cuáles serán los efectos de las evaluaciones periódicas que se aplicarán a los servidores de entidades públicas, y que determinarán su estabilidad laboral.

La normativa secundaria también establece cambios sobre los pagos por indemnización en caso de supresión de puestos y razones para modificar la modalidad de teletrabajo a presencial.

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Conozca algunos cambios establecidos en el Reglamento de Ley:

Evaluaciones a los servidores 
El Ministerio del Trabajo deberá emitir la normativa en la que se definirán las pruebas de confianza que se aplicarán a los servidores durante el ejercicio de sus funciones. Las evaluaciones periódicas estarán reguladas por la normativa que se establezca para el Subsistema de Evaluación de Desempeño.

La Cartera de Trabajo también deberá emitir la norma sobre el procedimiento para la desvinculación de servidores por bajo desempeño en sus evaluaciones; así como para el inicio de procesos administrativos, civiles y penales que correspondan.

Por su parte, las Unidades de Talento Humano serán las responsables de las evaluaciones, bajo las directrices del Ministerio del Trabajo. Estos exámenes se aplicarán de manera semestral por el jefe inmediato.

Las evaluaciones de desempeño podrán aplicarse de oficio cuando exista una alerta de incumplimiento de la Losep y la norma técnica que emita la Cartera de Trabajo.

​Dentro de la evaluación de desempeño se incluirán la calificación de la calidad, conducta institucional, eficacia en el uso del tiempo, responsabilidad, aportes al mejoramiento institucional, resultado del liderazgo de procesos internos, trabajo en equipo.

Si además el servidor tiene a su cargo procedimientos de contratación pública, también será evaluada su eficiencia en este aspecto.

Resultados de las evaluaciones 
Las políticas de promoción, reconocimiento, ascenso y cesación se regirán por los resultados de la evaluación de desempeño, cumplimiento de procesos internos, programación institucional y objetivos del servidor público.

Estos serán los efectos de la evaluación de desempeño, de acuerdo con la calificación obtenida:

  • El servidor público que obtenga la calificación de ‘excelente’ podrá acceder a: comisiones de servicio, políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento, concursos para ascensos y demás estímulos contemplados en la ley.
    .
  • El servidor público que obtenga la calificación de ‘muy bueno’ será considerado para: políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento y concursos de ascensos; así como para otros estímulos.
  • El servidor público que obtenga hasta dos veces consecutivas la calificación de satisfactorio podrá acceder a programas de capacitación.
  • El servidor que obtenga la calificación de regular volverá a ser evaluado en el plazo de tres meses. De obtener la misma calificación o menor, será destituido de su puesto, previo el sumario administrativo que se efectuará de manera inmediata.
  • El servidor que obtenga la calificación de insuficiente por deficiencia laboral grave será destituido de su puesto, previo el respectivo sumario administrativo que deberá iniciarse máximo en el término de cinco días de emitido el resultado de la evaluación de desempeño, informe técnico o auditoría institucional que lo evidencie.
    Toda calificación, incluida la de insuficiente, podrá ser objeto de reconsideración y recalificación por parte del evaluado, la misma que se tramitará de conformidad con el artículo 78 de la Losep y las normas del Código Orgánico Administrativo

Estabilidad laboral
La estabilidad de los servidores públicos estará condicionada a las calificaciones obtenidas a través de los procesos de evaluación.

Los incentivos económicos dispuestos en el artículo 83 de la Losep se efectuarán siempre que los funcionarios cumplan sus actividades con eficiencia y oportunidad, de acuerdo con las necesidades del servicio público.

Nombramiento provisional
Para puestos cuyas partidas estén vacantes podrán nombrarse a personas que cumplan con los requisitos del puesto, sin que genere estabilidad o que sea un derecho exclusivo de esa persona ocupar ese nombramiento provisional.

La administración podrá disponer la terminación de dicho nombramiento provisional y notificar en cualquier momento, en razón de necesidades institucionales, cambios organizacionales o decisiones administrativas, sin que esto implique vulneración de derechos, al no existir un vínculo de estabilidad laboral.

El Reglamento anterior señalaba que se podía otorgar un nombramiento provisional para ocupar un puesto cuya partida estuviese vacante, hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición.

Pago de indemnización
En caso de supresión de puestos, se deberá comunicar previamente al servidor y posteriormente proceder al pago de la indemnización y la liquidación de haberes.

Los servidores cuyos puestos sean suprimidos tendrán derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio en la entidad de su nombramiento, contados a partir del quinto año, y hasta un monto máximo de 150 salarios básicos, a partir del año 2015, de conformidad con el salario básico unificado vigente al 1 de enero del 2015.

​El monto de indemnización y liquidación podrá pagarse con bonos del Estado.

Pólizas de fidelidad
Las instituciones públicas que se rigen bajo la Ley Orgánica de Servicio Público podrán contratar pólizas de fidelidad para los servidores que desempeñen funciones de recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos y que tienen obligación de prestar caución a favor de las respectivas instituciones del Estado.

La caución es una garantía con la que se asegura el cumplimiento de una obligación, con la que se evitan consecuencias legales. La Contraloría definirá los tipo de pólizas de fidelidad que podrán contratarse.

Suspensión de la jornada
La entidad, o funcionario, autorizada para el nombramiento de un servidor podrá suspender de manera justificada la jornada laboral, de forma parcial, de previa notificación al Ministerio del Trabajo.

Normas para el teletrabajo
Las Unidades de Talento Humano de las entidades que tengan bajo su dependencia servidores bajo la modalidad de teletrabajo deberán elaborar la normativa interna sobre los procedimientos para la modificación de esta modalidad laboral.

La norma deberá considerar los casos en los que los servidores hayan obtenido en la última evaluación de desempeño una calificación menor a satisfactorio, para la modificación de la modalidad laboral de teletrabajo a presencial.

De igual manera, se podrá proceder a la modificación de la modalidad laboral cuando el jefe inmediato considere que la actividad que desempeña el servidor deba prestarse de manera presencial.

La modificación de la modalidad laboral no será considerada como sanción o vulneración de derechos laborales. Fuente: Primicias

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Colombia y Ecuador analizan los desafíos contra el crimen organizado

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El miércoles 16 de septiembre, el programa “La Tertulia Jurídica” desarrolló una jornada de análisis académico sobre “Crimen organizado y responsabilidad penal: desafíos probatorios en Colombia y Ecuador”, con la participación de la abogada penalista colombiana María Alejandra Jaramillo como ponente y el abogado Yamil Ávila como panelista.

El espacio fue transmitido por Diario El Amazónico, con el objetivo de acercar a la ciudadanía y comunidad jurídica al análisis de la criminalidad organizada y los retos que enfrenta la administración de justicia.

Jaramillo explicó que cuenta con trayectoria en derecho penal y procesal penal, habiéndose desempeñado como servidora pública, juez penal municipal con funciones de control de garantías y defensora pública en el área penal. También ha ejercido como docente de posgrados y capacitadora de profesionales en Colombia y Perú, además de participar en procesos de formación para concursos de mérito en instituciones como la Rama Judicial, Procuraduría, Contraloría y Fiscalía General de la Nación.

Durante su ponencia, señaló que uno de los principales retos consiste en identificar y demostrar la estructura criminal que existe detrás de determinados delitos, considerando que estas organizaciones pueden distribuir funciones de dirección, financiación, coordinación, transporte, ejecución y lavado de activos.

En el contexto colombiano, abordó el concierto para delinquir, contemplado en el artículo 340 del Código Penal, diferenciándolo de la coautoría y explicando su relación con estructuras criminales de carácter permanente.

La especialista destacó que las investigaciones requieren integrar diferentes elementos, entre ellos evidencia digital, información financiera, documentación societaria, registros migratorios y aduaneros, testimonios, seguimientos e interceptaciones obtenidas legalmente, debido a que una evidencia aislada puede no demostrar por sí sola la existencia de una organización criminal.

Asimismo, enfatizó que la responsabilidad penal debe ser individual, por lo que una relación comercial, familiar o social con una persona investigada no convierte automáticamente a alguien en integrante de una organización criminal.

Otro de los ejes de la tertulia fue la cooperación internacional, considerada fundamental frente a organizaciones que operan en varios países. En este ámbito se analizaron mecanismos de intercambio de información financiera y digital, movimientos migratorios, extradición y recuperación de activos, siempre dentro del respeto a las garantías procesales y la soberanía de cada Estado.

Finalmente, Jaramillo abordó el denominado “Escudo de las Américas”, presentado como una estrategia de cooperación multinacional frente al crimen organizado transnacional, con énfasis en la articulación entre Colombia, Ecuador y Perú, y la participación de Estados Unidos. La ponente explicó que este mecanismo no sustituye a las fiscalías, jueces ni instituciones nacionales, sino que busca fortalecer el intercambio de información, inteligencia y coordinación.

“La Tertulia Jurídica” consolidó así un espacio de análisis jurídico y académico para abordar los desafíos que plantea la criminalidad organizada y la necesidad de fortalecer las investigaciones penales y la cooperación internacional frente a delitos que trascienden las fronteras.

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CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA UBICADA EN CAP-VZ4, PARROQUIA NUEVO QUITO, CANTÓN PAQUISHA, PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO MINERÍA.

ACTOR(ES): AURELIANMENOR S.A.

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 10.

Proceso Administrativo Nro DZ10-DZ10-2026-00031-AA. Fecha 15-07-2026 A las 10:20.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.

En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua, presentada por AURELIANMENOR S.A. de 2026-07-15 10:20:05.198, en el mismo que solicita la Autorización de aprovechamiento de agua de MINERÍA, provenientes de la fuente, CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA ubicada en CAP-VZ4,

parroquia NUEVO QUITO, cantón PAQUISHA, provincia de ZAMORA CHINCHIPE. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentradose DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua MINERÍA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores MARIA AGUSTINA KITIAR TSASAM,JOSE DOMINGO GUALAN ABRIGO,PEDRO FRANCISCO CANGO,ENRIQUE GUALAN

GUALAN,GUILMER MEDARDO ESPINOSA GONZALEZ, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos CAP-VZ4 – NUEVO QUITO – PAQUISHA– ZAMORA CHINCHIPE, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia NUEVO QUITO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo. 5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.- Téngase en cuenta Casillero Judicial 0 , correo electrónico daniela.alvear@lundingold.com señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso AURELIANMENOR S.A. NOTIFIQUESE.-

DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 10

 BYRON STALIN MEDINA PACHECO

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Xavier Jordán sería deportado a Ecuador en unos 15 días, dice ministro del Interior John Reimberg

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El ministro del Interior, John Reimberg, se refirió a la detención de Xavier Jordán en Estados Unidos, uno de los procesados por el magnicidio de Fernando Villavicencio, un hecho ocurrido en 2023.

Sobre la deportación de Jordán al país, el ministro dijo: «Creemos que va a ser un proceso corto. Él debería terminar muy pronto en un avión hacia el Ecuador»,

Agregó que confía en la justicia de los Estados Unidos, «así que espero que el corto tiempo sea no mayor a 15 días y ya pueda ser enviado».

Reimberg aseguró, en una entrevista con Teleamazonas, que «como país, hemos cumplido en presentar para toda la documentación necesaria, donde están las justificaciones de Interpol, donde están los casos por los cuales debe presentarse ante la justicia. Y bueno, ya se encuentra detenido».

Finalmente, indicó que Jordán recibirá un trato similar al que reciben los migrantes que son deportados por Estados Unidos.

Jordán fue detenido por el ICE el 16 de septiembre de 2026 en Miami, específicamente en las calles de Doral, una ciudad del condado Miami-Dade, en Florida. El hecho quedó grabado en videos ciudadanos que fueron compartidos en redes sociales. También fue detenida una mujer.

PRIMICIAS verificó en el sistema del ICE que Jordán se encuentra en el centro de detención ‘Winn Correctional Center’, en Luisiana, ubicado a 1.383 kilómetros en línea recta desde el sitio de su aprehensión en Doral.

El nombre de Jordán se volvió mediático cuando se difundió la famosa foto de la piscina, tomada en su propia casa. En la imagen aparecen él y personajes como Ronny Aleaga, exasambleísta del correísmo, y Leonardo Cortázar, a quien la Fiscalía señala como uno de los presuntos operadores de la red de corrupción del caso Encuentro.

Jordán abandonó Ecuador el 2 de febrero de 2020, según los registros migratorios y se instaló en Estados Unidos.

En octubre del año pasado, agentes de la Oficina Federal de Investigación (FBI, en inglés) allanaron la casa de Jordán en Miami por una investigación que en ese momento se señaló como «reservada», pero finalmente no lo arrestaron.

En el país, la Fiscalía General del Estado señala a Jordán como uno de los supuestos autores intelectuales del asesinato de Villavicencio, acribillado a tiros en 2023 a la salida de un mitin en Quito previo a la primera vuelta de las elecciones extraordinarias, que ganó el actual presidente, Daniel Noboa. Fuente: primicias

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