Nacionales
En qué consiste la nueva evaluación que se aplicará a los servidores públicos y que podría terminar en destitución

El Reglamento a la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia este 23 de julio de 2025, estable cuáles serán los efectos de las evaluaciones periódicas que se aplicarán a los servidores de entidades públicas, y que determinarán su estabilidad laboral.
La normativa secundaria también establece cambios sobre los pagos por indemnización en caso de supresión de puestos y razones para modificar la modalidad de teletrabajo a presencial.
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Conozca algunos cambios establecidos en el Reglamento de Ley:
Evaluaciones a los servidores
El Ministerio del Trabajo deberá emitir la normativa en la que se definirán las pruebas de confianza que se aplicarán a los servidores durante el ejercicio de sus funciones. Las evaluaciones periódicas estarán reguladas por la normativa que se establezca para el Subsistema de Evaluación de Desempeño.
La Cartera de Trabajo también deberá emitir la norma sobre el procedimiento para la desvinculación de servidores por bajo desempeño en sus evaluaciones; así como para el inicio de procesos administrativos, civiles y penales que correspondan.
Por su parte, las Unidades de Talento Humano serán las responsables de las evaluaciones, bajo las directrices del Ministerio del Trabajo. Estos exámenes se aplicarán de manera semestral por el jefe inmediato.
Las evaluaciones de desempeño podrán aplicarse de oficio cuando exista una alerta de incumplimiento de la Losep y la norma técnica que emita la Cartera de Trabajo.
Dentro de la evaluación de desempeño se incluirán la calificación de la calidad, conducta institucional, eficacia en el uso del tiempo, responsabilidad, aportes al mejoramiento institucional, resultado del liderazgo de procesos internos, trabajo en equipo.
Si además el servidor tiene a su cargo procedimientos de contratación pública, también será evaluada su eficiencia en este aspecto.
Resultados de las evaluaciones
Las políticas de promoción, reconocimiento, ascenso y cesación se regirán por los resultados de la evaluación de desempeño, cumplimiento de procesos internos, programación institucional y objetivos del servidor público.
Estos serán los efectos de la evaluación de desempeño, de acuerdo con la calificación obtenida:
- El servidor público que obtenga la calificación de ‘excelente’ podrá acceder a: comisiones de servicio, políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento, concursos para ascensos y demás estímulos contemplados en la ley.
. - El servidor público que obtenga la calificación de ‘muy bueno’ será considerado para: políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento y concursos de ascensos; así como para otros estímulos.
- El servidor público que obtenga hasta dos veces consecutivas la calificación de satisfactorio podrá acceder a programas de capacitación.
- El servidor que obtenga la calificación de regular volverá a ser evaluado en el plazo de tres meses. De obtener la misma calificación o menor, será destituido de su puesto, previo el sumario administrativo que se efectuará de manera inmediata.
- El servidor que obtenga la calificación de insuficiente por deficiencia laboral grave será destituido de su puesto, previo el respectivo sumario administrativo que deberá iniciarse máximo en el término de cinco días de emitido el resultado de la evaluación de desempeño, informe técnico o auditoría institucional que lo evidencie.
Toda calificación, incluida la de insuficiente, podrá ser objeto de reconsideración y recalificación por parte del evaluado, la misma que se tramitará de conformidad con el artículo 78 de la Losep y las normas del Código Orgánico Administrativo
Estabilidad laboral
La estabilidad de los servidores públicos estará condicionada a las calificaciones obtenidas a través de los procesos de evaluación.
Los incentivos económicos dispuestos en el artículo 83 de la Losep se efectuarán siempre que los funcionarios cumplan sus actividades con eficiencia y oportunidad, de acuerdo con las necesidades del servicio público.
Nombramiento provisional
Para puestos cuyas partidas estén vacantes podrán nombrarse a personas que cumplan con los requisitos del puesto, sin que genere estabilidad o que sea un derecho exclusivo de esa persona ocupar ese nombramiento provisional.
La administración podrá disponer la terminación de dicho nombramiento provisional y notificar en cualquier momento, en razón de necesidades institucionales, cambios organizacionales o decisiones administrativas, sin que esto implique vulneración de derechos, al no existir un vínculo de estabilidad laboral.
El Reglamento anterior señalaba que se podía otorgar un nombramiento provisional para ocupar un puesto cuya partida estuviese vacante, hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición.
Pago de indemnización
En caso de supresión de puestos, se deberá comunicar previamente al servidor y posteriormente proceder al pago de la indemnización y la liquidación de haberes.
Los servidores cuyos puestos sean suprimidos tendrán derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio en la entidad de su nombramiento, contados a partir del quinto año, y hasta un monto máximo de 150 salarios básicos, a partir del año 2015, de conformidad con el salario básico unificado vigente al 1 de enero del 2015.
El monto de indemnización y liquidación podrá pagarse con bonos del Estado.
Pólizas de fidelidad
Las instituciones públicas que se rigen bajo la Ley Orgánica de Servicio Público podrán contratar pólizas de fidelidad para los servidores que desempeñen funciones de recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos y que tienen obligación de prestar caución a favor de las respectivas instituciones del Estado.
La caución es una garantía con la que se asegura el cumplimiento de una obligación, con la que se evitan consecuencias legales. La Contraloría definirá los tipo de pólizas de fidelidad que podrán contratarse.
Suspensión de la jornada
La entidad, o funcionario, autorizada para el nombramiento de un servidor podrá suspender de manera justificada la jornada laboral, de forma parcial, de previa notificación al Ministerio del Trabajo.
Normas para el teletrabajo
Las Unidades de Talento Humano de las entidades que tengan bajo su dependencia servidores bajo la modalidad de teletrabajo deberán elaborar la normativa interna sobre los procedimientos para la modificación de esta modalidad laboral.
La norma deberá considerar los casos en los que los servidores hayan obtenido en la última evaluación de desempeño una calificación menor a satisfactorio, para la modificación de la modalidad laboral de teletrabajo a presencial.
De igual manera, se podrá proceder a la modificación de la modalidad laboral cuando el jefe inmediato considere que la actividad que desempeña el servidor deba prestarse de manera presencial.
La modificación de la modalidad laboral no será considerada como sanción o vulneración de derechos laborales. Fuente: Primicias
Nacionales
Crisis institucional en la CCE: justicia ordena suspender comicios tras impugnación de candidatura

La Sede Nacional de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión informa sobre la suspensión de las elecciones a nivel nacional. Esta medida obedece a una acción de protección presentada por el ciudadano Walter Patricio Morales Puruncajas, luego de la ratificación de la descalificación de su candidatura a la Presidencia de la Sede Nacional, por incumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento de elecciones, resolución adoptada por la Junta Plenaria de la Casa de la Cultura Ecuatoriana “Benjamín Carrión”, mediante Resolución N.º CCE-JP-026-2025.
Los núcleos del país fueron informados oficialmente a través del Memorando N.º CCE-SG-2025-0214-M, de fecha 1 de agosto, firmado por José Alfonso Montalvo Yépez, secretario general, en el cual se pone en conocimiento de las Comisiones Electorales Provinciales que, mediante auto emitido el 31 de julio de 2025 a las 16h22, por el señor Juez de la Unidad Judicial Civil con sede en la parroquia Iñaquito, del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, se ha dispuesto una medida cautelar de suspensión inmediata del proceso electoral.
La disposición judicial establece expresamente:
“Se dispone la suspensión inmediata del Proceso Electoral convocado para la Elección de Presidente de la Sede Nacional, Director y Vocales de Núcleos de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión, incluyendo el proceso de inscripción de candidatos, campañas y votaciones, hasta que se resuelva la acción constitucional; por tanto, ofíciese a la Presidencia de la Sede Nacional y a la Comisión Nacional Electoral de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión, a fin de que se abstengan de ejecutar cualquier acto relacionado con este proceso electoral hasta que esta autoridad disponga lo contrario y se resuelva la presente acción de protección” (Auto judicial, 31 de julio de 2025).
En cumplimiento de esta disposición, y mientras no se resuelva de manera definitiva la referida acción constitucional, queda suspendido, en todo el territorio nacional, el desarrollo del proceso electoral en todas sus fases: inscripción de candidaturas, actividades de campaña y votaciones.
Desde la Sede Nacional, según el comunicado, se están ejecutando todas las acciones legales correspondientes para revocar dicha medida cautelar, con el fin de garantizar la continuidad del proceso democrático institucional, en estricto apego a la normativa vigente.
Nacionales
Revolución Ciudadana respalda a Aquiles Alvarez en el conflicto con Marcela Aguiñaga y el Gobierno

La Revolución Ciudadana (RC5) expresó su respaldo al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, debido al conflicto que hay con la prefecta del Guayas, Marcela Aguiñaga, y el Gobierno por la paralización de la construcción de un viaducto en el sector de Los Ceibos.
Según el movimiento político, el burgomaestre “nuevamente es blanco de una persecución política disfrazada de procedimiento administrativo”.
Y es que el Ministerio de Ambiente había dispuesto a la Prefectura del Guayas, liderada por Marcela Aguiñaga, que suspendiera el permiso para la obra en la avenida del Bombero porque había probables impactos ambientales negativos.
Revise: Lenín Moreno asegura que heredó ‘una emboscada’ y Rafael Correa lo llama ‘bazofia’

RC APOYA AL ALCALDE
Por su parte, la Revolución Ciudadana dice que “el informe emitido por el Ministerio del Ambiente carece de todo sustento jurídico, es un documento inmotivado, sin fundamento técnico, y en cada una de sus líneas se evidencia un claro interés político y revanchista”.
“No se trata de cuidar el medio ambiente, se trata de atacar a quien ha demostrado ser un gestor que no acepta presiones de ninguna naturaleza”, dicen los correístas, quienes agregaron que no van a dejar solo a su compañero.
Mientras tanto, el alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, agradeció a la RC5 por el “respaldo firme y claro”.
RC NO APOYA A AGUIÑAGA
Estas declaraciones ocurren en medio de un conflicto interno de la organización correísta, ya que cinco altas autoridades locales emitieron una carta para Rafael Correa pidiendo la renovación del movimiento.
Sin embargo, el expresidente solicitó no caer “en la contemporización y la tibieza” y aseguró que prefiere que el movimiento desaparezca antes de que se convierta en “un partido más”.
Luego, Marcela Aguiñaga contestó: “Si vamos a ser un partido como el de siempre, lo mejor es desaparecer”.
Ahora con este nuevo comunicado, la Revolución Ciudadana vuelve a desmarcarse de Aguiñaga y prefiere apoyar al alcalde de Guayaquil. Fuente: Vistazo
Nacionales
Donald Trump sube a 15% los aranceles a productos de Ecuador

El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, firmó un decreto este jueves por la noche que impone aranceles más altos a decenas de países con los que la nación norteamericana estima tener un déficit comercial.
Las nuevas tarifas aduaneras oscilan entre el 10% y el 41%, siendo la más alta para Siria, mientras que la Unión Europea (UE), Japón y Corea del Sur estarán sujetos al 15%.
Washington aumentó un 5%, hasta el 15%, los recargos para Costa Rica, Bolivia y Ecuador y mantiene intactos los previstos en abril para Venezuela (15%) y Nicaragua (18%).
Los nuevos recargos comenzarán a cobrarse el 7 de agosto, siete días después de la fecha anunciada inicialmente.
Trump no subirá tarifas aduaneras a México durante 90 días para dar margen a las negociaciones pero se ha mantenido firme con otros países como Brasil, la economía más grande de América Latina.
Castigo para Brasil
Las medidas de Trump contra Brasil son abiertamente políticas. Anunció aranceles del 50% sobre los productos brasileños en parte por el juicio contra el expresidente ultraderechista Jair Bolsonaro, acusado de intento de golpe de Estado.
El mandatario republicano lo considera una «caza de brujas» contra quien fue su aliado durante su primer mandato en la Casa Blanca de 2017 a 2021.
Washington retrasó su imposición del 1 al 6 de agosto y eximió a productos esenciales como el jugo de naranja, la energía, las aeronaves civiles y sus componentes, los fertilizantes, los metales preciosos, la pasta de celulosa o el arrabio, entre otros.
El gobierno de Trump también sancionó al juez de la Corte Suprema de Brasil, Alexandre de Moraes, uno de los magistrados a cargo del proceso contra Bolsonaro. Fuente: Vistazo
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