Nacionales
En qué consiste la nueva evaluación que se aplicará a los servidores públicos y que podría terminar en destitución
El Reglamento a la Ley de Integridad Pública, que entró en vigencia este 23 de julio de 2025, estable cuáles serán los efectos de las evaluaciones periódicas que se aplicarán a los servidores de entidades públicas, y que determinarán su estabilidad laboral.
La normativa secundaria también establece cambios sobre los pagos por indemnización en caso de supresión de puestos y razones para modificar la modalidad de teletrabajo a presencial.
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Conozca algunos cambios establecidos en el Reglamento de Ley:
Evaluaciones a los servidores
El Ministerio del Trabajo deberá emitir la normativa en la que se definirán las pruebas de confianza que se aplicarán a los servidores durante el ejercicio de sus funciones. Las evaluaciones periódicas estarán reguladas por la normativa que se establezca para el Subsistema de Evaluación de Desempeño.
La Cartera de Trabajo también deberá emitir la norma sobre el procedimiento para la desvinculación de servidores por bajo desempeño en sus evaluaciones; así como para el inicio de procesos administrativos, civiles y penales que correspondan.
Por su parte, las Unidades de Talento Humano serán las responsables de las evaluaciones, bajo las directrices del Ministerio del Trabajo. Estos exámenes se aplicarán de manera semestral por el jefe inmediato.
Las evaluaciones de desempeño podrán aplicarse de oficio cuando exista una alerta de incumplimiento de la Losep y la norma técnica que emita la Cartera de Trabajo.
Dentro de la evaluación de desempeño se incluirán la calificación de la calidad, conducta institucional, eficacia en el uso del tiempo, responsabilidad, aportes al mejoramiento institucional, resultado del liderazgo de procesos internos, trabajo en equipo.
Si además el servidor tiene a su cargo procedimientos de contratación pública, también será evaluada su eficiencia en este aspecto.
Resultados de las evaluaciones
Las políticas de promoción, reconocimiento, ascenso y cesación se regirán por los resultados de la evaluación de desempeño, cumplimiento de procesos internos, programación institucional y objetivos del servidor público.
Estos serán los efectos de la evaluación de desempeño, de acuerdo con la calificación obtenida:
- El servidor público que obtenga la calificación de ‘excelente’ podrá acceder a: comisiones de servicio, políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento, concursos para ascensos y demás estímulos contemplados en la ley.
. - El servidor público que obtenga la calificación de ‘muy bueno’ será considerado para: políticas de promoción, programas de capacitación, reconocimiento y concursos de ascensos; así como para otros estímulos.
- El servidor público que obtenga hasta dos veces consecutivas la calificación de satisfactorio podrá acceder a programas de capacitación.
- El servidor que obtenga la calificación de regular volverá a ser evaluado en el plazo de tres meses. De obtener la misma calificación o menor, será destituido de su puesto, previo el sumario administrativo que se efectuará de manera inmediata.
- El servidor que obtenga la calificación de insuficiente por deficiencia laboral grave será destituido de su puesto, previo el respectivo sumario administrativo que deberá iniciarse máximo en el término de cinco días de emitido el resultado de la evaluación de desempeño, informe técnico o auditoría institucional que lo evidencie.
Toda calificación, incluida la de insuficiente, podrá ser objeto de reconsideración y recalificación por parte del evaluado, la misma que se tramitará de conformidad con el artículo 78 de la Losep y las normas del Código Orgánico Administrativo
Estabilidad laboral
La estabilidad de los servidores públicos estará condicionada a las calificaciones obtenidas a través de los procesos de evaluación.
Los incentivos económicos dispuestos en el artículo 83 de la Losep se efectuarán siempre que los funcionarios cumplan sus actividades con eficiencia y oportunidad, de acuerdo con las necesidades del servicio público.
Nombramiento provisional
Para puestos cuyas partidas estén vacantes podrán nombrarse a personas que cumplan con los requisitos del puesto, sin que genere estabilidad o que sea un derecho exclusivo de esa persona ocupar ese nombramiento provisional.
La administración podrá disponer la terminación de dicho nombramiento provisional y notificar en cualquier momento, en razón de necesidades institucionales, cambios organizacionales o decisiones administrativas, sin que esto implique vulneración de derechos, al no existir un vínculo de estabilidad laboral.
El Reglamento anterior señalaba que se podía otorgar un nombramiento provisional para ocupar un puesto cuya partida estuviese vacante, hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición.
Pago de indemnización
En caso de supresión de puestos, se deberá comunicar previamente al servidor y posteriormente proceder al pago de la indemnización y la liquidación de haberes.
Los servidores cuyos puestos sean suprimidos tendrán derecho a recibir por una sola vez cinco salarios básicos unificados por cada año de servicio en la entidad de su nombramiento, contados a partir del quinto año, y hasta un monto máximo de 150 salarios básicos, a partir del año 2015, de conformidad con el salario básico unificado vigente al 1 de enero del 2015.
El monto de indemnización y liquidación podrá pagarse con bonos del Estado.
Pólizas de fidelidad
Las instituciones públicas que se rigen bajo la Ley Orgánica de Servicio Público podrán contratar pólizas de fidelidad para los servidores que desempeñen funciones de recepción, inversión, control, administración y custodia de recursos públicos y que tienen obligación de prestar caución a favor de las respectivas instituciones del Estado.
La caución es una garantía con la que se asegura el cumplimiento de una obligación, con la que se evitan consecuencias legales. La Contraloría definirá los tipo de pólizas de fidelidad que podrán contratarse.
Suspensión de la jornada
La entidad, o funcionario, autorizada para el nombramiento de un servidor podrá suspender de manera justificada la jornada laboral, de forma parcial, de previa notificación al Ministerio del Trabajo.
Normas para el teletrabajo
Las Unidades de Talento Humano de las entidades que tengan bajo su dependencia servidores bajo la modalidad de teletrabajo deberán elaborar la normativa interna sobre los procedimientos para la modificación de esta modalidad laboral.
La norma deberá considerar los casos en los que los servidores hayan obtenido en la última evaluación de desempeño una calificación menor a satisfactorio, para la modificación de la modalidad laboral de teletrabajo a presencial.
De igual manera, se podrá proceder a la modificación de la modalidad laboral cuando el jefe inmediato considere que la actividad que desempeña el servidor deba prestarse de manera presencial.
La modificación de la modalidad laboral no será considerada como sanción o vulneración de derechos laborales. Fuente: Primicias
Nacionales
Audiencia Aquiles Alvarez: abogado alerta sobre posible traba con jueces para apelación del ‘Caso Goleada’
La audiencia de apelación a la prisión preventiva del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, fue convocada para este jueves 5 de marzo a las 14:00, en medio de nuevas alertas sobre posibles trabas en su instalación dentro del denominado ‘Caso Goleada‘.
El burgomaestre permanece detenido desde el pasado 11 de febrero, tras ser vinculado a una presunta trama de delincuencia organizada.
Posible viaje de jueces
La Sala Especializada Penal para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha reprogramó la diligencia, luego de que el lunes anterior no pudiera instalarse debido a la inasistencia del fiscal Dennis Villavicencio.
Sin embargo, la defensa del alcalde, encabezada por el abogado Ramiro García, advirtió sobre un nuevo obstáculo que podría impedir el desarrollo de la audiencia.
Según un escrito presentado por García, dos de los jueces del tribunal habrían sido delegados para asistir a un evento fuera del país los días 5 y 6 de marzo.
Se trata de los magistrados Silvana Lorena Velasco Velasco y Byron Leonardo Uzcategui Arregui, cuya ausencia —según la defensa— pondría en riesgo la realización de la diligencia clave para revisar la medida cautelar.
En el documento, el abogado califica esta situación como un “burdo intento” del Consejo de la Judicatura de evitar que se lleve a cabo la audiencia de apelación.
Piden audiencia telemática
En ese contexto, el abogado solicitó que los jueces se excusen de asistir al evento o, en su defecto, que la diligencia se realice de manera telemática.
La defensa insiste en que está en juego la libertad de los procesados y que debe primar el principio de celeridad, conforme a lo establecido en la Constitución del Ecuador.
Mientras tanto, la expectativa se mantiene sobre si la audiencia finalmente podrá instalarse en la fecha prevista. Fuente: Vistazo
Nacionales
Daniel Noboa rompe relaciones con Cuba: declara persona ‘non grata’ al embajador de la isla en Ecuador
El gobierno del presidente Daniel Noboa rompió relaciones diplomáticas con Cuba. Por un lado, dio por terminadas las funciones de su embajador en la isla, José María Borja López. Y, por otro, declaró persona ‘non grata’ a Basilio Antonio Gutiérrez García, representante cubano en Ecuador y le pidió que abandone el país en 48 horas.
El pasado martes tres de marzo, el mandatario emitió el Decreto Ejecutivo 317 en el que dispone que se acaben las funciones de José María Borja López como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Ecuador ante el Gobierno de la República de Cuba.
Así mismo, Borja López culmina sus funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Concurrente de la República del Ecuador ante el Gobierno de la Mancomunidad de Dominica, ante el Gobierno de Jamaica y ante San Vicente y las Granadinas, con sede en La Habana, Cuba.
El funcionario se desempeñaba como embajador desde octubre del 2021.

PIDE SALIDA AL EMBAJADOR DE CUBA EN ECUADOR
Por otro lado, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana emitió una resolución en la que declara “persona non grata” al Embajador de Cuba en el Ecuador, el señor Basilio Antonio Gutiérrez García y a todos los miembros del personal diplomático, consular y administrativo de esa misión.
Además, el Gobierno ecuatoriano concede el plazo de 48 horas para que el embajador y todo su personal salgan del país.
El plazo empieza a contar desde la notificación de la resolución, que fue emitida este miércoles cuatro de marzo.
Por el momento, se desconocen las causas de esta ruptura de relaciones diplomáticas.
Nacionales
Tertulia Jurídica anuncia la participación internacional de Eugenio Raúl Zaffaroni en su primer aniversario
En entrevista concedida, Franco Tamay Vega, director del programa Tertulia Jurídica, dio a conocer importantes novedades sobre el crecimiento y proyección académica de este espacio jurídico que se transmite a través de Diario El Amazónico. El director destacó que el programa, con aproximadamente ocho a nueve meses de emisión continua, ha experimentado un crecimiento sostenido y exponencial, consolidándose como un referente nacional en el análisis jurídico.
Como parte de la conmemoración de su primer año de creación, Tertulia Jurídica contará con la participación especial del reconocido jurista argentino Eugenio Raúl Zaffaroni, el próximo 1 de abril, a partir de las 19h00, en una transmisión gratuita dirigida a la comunidad jurídica, estudiantes de Derecho y ciudadanía en general, especialmente del sur del país y de la Amazonía ecuatoriana. La presencia del exjuez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos representa un hito histórico, al ser una de las primeras ocasiones en que un programa jurídico académico en Ecuador logra acercar a la ciudadanía de este nivel fuera del ámbito universitario tradicional.
Durante la entrevista, Tamay Vega subrayó que el objetivo central de Tertulia Jurídica es democratizar el conocimiento legal, acercando la normativa jurídica a la población de manera clara y comprensible. El programa promueve el diálogo entre juristas nacionales e internacionales con la ciudadanía, permitiendo que los oyentes comprendan mejor los procesos civiles, penales, laborales y constitucionales, y conozcan el rol técnico que desempeñan los abogados en cada caso. Asimismo, el espacio mantiene un compromiso social, ofreciendo orientación jurídica gratuita como parte de la función ética del ejercicio profesional del Derecho.
Finalmente, el director del programa destacó el respaldo de Diario El Amazónico como medio pionero en la creación y difusión de este espacio académico único en el país, que contribuye a la formación jurídica de estudiantes, profesionales y ciudadanos, en un contexto nacional marcado por desafíos estructurales en el sistema de justicia. Además, anunció que durante los meses de marzo y abril se contará con la participación de fiscales y abogados especializados en derecho penal, constitucional y laboral, así como docentes internacionales, cuyos horarios serán ajustados por la diferencia horaria con Europa, reafirmando así la proyección internacional de Tertulia Jurídica.
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