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Un inicio movido: lo que dejó el primer mes de la Asamblea entre leyes, expulsiones, deserciones y sanciones

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Por el vértigo de los acontecimientos, parecería que los actuales legisladores llevan ya mucho tiempo en sus cargos. Pero, lo cierto es que, este 14 de junio, la Asamblea Nacional cumple recién su primer mes de funcionamiento.

La tónica en este tiempo ha sido el dominio absoluto de la bancada oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y sus aliados, y que la bancada de la Revolución Ciudadana (RC) haya quedado relegada a un plano casi de espectador.

Este ha sido el principal motivo de roces, tensiones y reclamos sin éxito desde el lado del correísmo frente a un bloque de Gobierno que, con la fuerza de los votos, se ha impuesto en la designación de autoridades, aprobación de leyes y resoluciones polémicas.

Pese a los grandes bloques de ADN y el correísmo, otros 19 legisladores dirimirán las votaciones en la Asamblea
Estos son los siete momentos que han marcado a la Asamblea Nacional en los primeros 30 días de gestión:

1Surge la aplanadora
A la sesión inaugural de la Asamblea se llegó con la incertidumbre sobre cuál de las fuerzas política, ADN o RC, logró la mayoría de acuerdos para elegir las autoridades del legislativo. Las dos decían contar con más de 77 votos.

La duda se despejó pronto. En la práctica, fue el gobierno el que logró convencer a la mayoría de independientes y fraccionar a su favor a seis de los nueve legisladores de Pachakutik.

Con eso, más el apoyo parcial de los tres asambleístas del Partido Social Cristiano (PSC), ADN logró captar la presidencia y vicepresidencias de la Asamblea, todas las vocalías del Consejo de Administración Legislativa (CAL) y la mayoría de comisiones permanentes.

Asamblea: ADN y sus aliados logran presidencia y control total del CAL; el correísmo se queda fuera
En estos 30 días, prácticamente ninguna de las propuestas de ADN ha sufrido un revés en el Pleno de la Asamblea. Siempre ha contado con, al menos, 77 votos para su aprobación y en otras ocasiones ha llegado a los 84 votos.

2Leyes urgentes del Ejecutivo
Con el impulso de saber que son mayoría, el presidente Daniel Noboa envió el 17 de mayo el primer proyecto de ley urgente en materia económica para Desarticular la Economía Criminal Vinculada al Conflicto Armado Interno.

En la Comisión de Desarrollo Económico la propuesta pasó a llamarse Ley de Solidaridad Nacional y, entre el primer y segundo debate, la ley cambió desde los objetivos hasta el articulado original.

En esta se incluyeron reformas al Código Penal, a la Ley de Hidrocarburos y de Compañías. La oposición correísta en la Asamblea advirtió que en el proyecto habría algunas inconstitucionalidades.

Pero en la votación del 8 de junio, ADN contó con el respaldo de los independientes y Pachakutik y dos días después el presidente Noboa dispuso su publicación en el Registro Oficial sin hacer observaciones  a la normativa.

El 27 de mayo, el presidente Daniel Noboa remitió el segundo proyecto de ley urgente en materia económica de Innovación y Fortalecimiento de la Gestión Pública.

El informe para primer debate fue aprobado el 12 de junio por la Comisión de Desarrollo Económico, liderada por el oficialismo, y se prevé que el lunes 16 de junio sea conocido por el Pleno.

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3Reforma constitucional y ley polémicas
El 3 de junio el Pleno de la Asamblea se reunió para votar la reforma constitucional para eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano, planteada por Noboa.

La incógnita era cómo iban a votar los seis legisladores de Pachakutik, agrupación que históricamente se ha opuesto a este tipo de iniciativas, por considerar que es una violación a la soberanía nacional.

Pero no solo que esa facción ratificó su apoyo ‘incondicional’ a ADN, sino que además sumó un voto más: el de la asambleísta Dina Farinango, que hasta entonces se mantenía alejada de las tesis oficialistas.

En esa ocasión el gobierno tuvo 82 votos favorables, incluyendo los del PSC, partido político que históricamente ha defendido este tipo de iniciativas.

Pero quizás, uno de los momentos más críticos que ha tenido la Asamblea ha sido la aprobación de la Ley de Inteligencia promovida por la Comisión de Seguridad liderada por Inés Alarcón, de ADN.

En esta se propone, entre otras cosas, la interceptación de comunicaciones y el acceso a información privada, de cualquier ciudadano que los servicios de inteligencia consideren ‘sospechoso’, sin orden judicial alguna.

La normativa fue aprobada con 77 votos, el 10 de junio, nuevamente con el respaldo de la facción de Pachakutik leal a ADN. El 11 de junio, Noboa dispuso su publicación, al igual que con la primera ley urgente, sin hacer ninguna observación.

Varios actores políticos y sociales han advertido que la normativa podría contener algunas inconstitucionalidades, pero el oficialismo lo niega y dice que cumple los ordenamientos de la Constitución.

4Borrón a decisión de la anterior Asamblea
En la sesión del Pleno del jueves 5 de junio se produjo una triple polémica. Todo empezó cuando el excorreísta y ahora oficialista Henry Bosquez pidió un cambio del orden del día.

Su objetivo era revisar toda la terna que la Asamblea liderada por Viviana Veloz (RC) envió al Consejo de Participación Ciudadana para integrar el Consejo de la Judicatura.

En principio, la moción no pasó porque la segunda vicepresidenta, Carmen Tiupul, decidió abstenerse. Eso provocó que ADN vaya con todo hacia ella para convencerla y una vez logrado el objetivo, Bosquez pidió la rectificación de la votación.

El correísmo reclamó alegando que eso violaba el procedimiento parlamentario, porque no se puede aplicar ni la reconsideración ni la rectificación en cambios del orden del día. Pero la fuerza de los votos se impuso nuevamente.

Fernando Cedeño de RC, apeló la presidencia de Niels Olsen, pero nuevamente la mayoría funcionó y no fue aceptada.

Luego se propuso dejar sin efecto lo actuado por los anteriores legisladores y notificar al Consejo de Participación Ciudadana que dejaban inválida la terna, pero Bosquez no propuso una nueva con lo que siguen pendientes los listados del Ejecutivo y el Legislativo para la renovación del CJ.

6¿Desgrane del correísmo?
Con todo este panorama, varios legisladores de la Revolución Ciudadana han optado por alejarse de la línea del movimiento que otrora era conocido por ser orgánico, especialmente cuando eran mayoría.

La primera en irse, incluso antes de que se instale el nuevo periodo, fue la asambleísta por Los Ríos, Mónica Salazar, que luego apareció con el ministro de Gobierno, José De La Gasca y muchas veces opera por ADN para convencer a otros legisladores, cuando las votaciones se ponen difíciles.

También, se alejó de la línea correísta el legislador Sergio Peña que primero fue propuesto por ADN para integrar el CAL, luego el Comité de Ética y que votó a favor del primer y segundo informe de la Ley de Solidaridad Nacional. El correísmo decidió su expulsión.

Camino similar siguió el legislador electo por Galápagos, David Arias, que aunque también votó por el primer y segundo informe de la Ley de Solidaridad Nacional no fue sacado, en primera instancia. La gota que derramó el vaso y causó su expulsión fue su apoyo a la Ley de Inteligencia.

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7Primera sanción administrativa
A eso se suma que el viernes 13 de junio, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) impuso una sanción de 30 días de suspensión, sin remuneración, para el legislador Ronal González, de RC.

¿La causa? Una queja de la asambleísta de ADN, Diana Jácome, que lo acusó de haber cometido una infracción administrativa grave.

Esto, porque el 26 de mayo, el correísta llegó a la Asamblea con un megáfono y se ubicó en los exteriores del Pleno y emitió frases como «¿sí me escuchas, sinvergüenza?».

Esa fue la forma en la que González intentaba protestar contra Olsen al que acusa de haberles relegado y no darles la palabra en los debates del Pleno de la Asamblea.

Incluso, parte de la bancada correísta interpuso una acción de protección contra el presidente de la Asamblea con la que pretendían que un juez deje sin efecto la sesión en la que se integró el CAL, llame a una nueva sesión y exija que se permita hablar a RC.

El 12 de junio, el juez Santiago Altairano declaró improcedente el reclamo de la Revolución Ciudadana y ratificó lo actuado por el Pleno de la Asamblea en la sesión inaugural del 14 de mayo. Fuente: Primicias

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‘No queremos víctimas colaterales’: Reimberg pide a ciudadanos no salir durante el toque de queda

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El ministro del Interior de Ecuador, John Reimberg, exhortó a la ciudadanía a respetar el toque de queda que se aplicará del 15 al 30 de marzo en varias provincias del país y pidió a la población permanecer en sus hogares durante el horario establecido para evitar “víctimas colaterales” mientras las fuerzas de seguridad intensifican las operaciones contra grupos criminales.

Reimberg advirtió que la medida, dispuesta en las provincias de Guayas, Los Ríos, Santo Domingo de los Tsáchilas y El Oro, forma parte de una ofensiva más amplia contra las estructuras del crimen organizado y reiteró que el objetivo es reducir riesgos para la población civil mientras se ejecutan los operativos de seguridad.

“Requerimos que se queden en sus casas porque no queremos daños colaterales. No queremos víctimas colaterales”, afirmó el ministro, al explicar que el toque de queda busca permitir que la fuerza pública realice acciones contra grupos delictivos sin poner en riesgo a los ciudadanos.

Según indicó, estas operaciones se desarrollan en un marco de cooperación exterior, sin entrar en detalles. “Nosotros, como fuerza pública, aliada a Estados Unidos como ya conocen, haremos todos los ataques necesarios a estas estructuras criminales y a sus economías”, sostuvo.

La restricción de movilidad regirá diariamente entre las 23:00 y las 05:00 y forma parte de la estrategia gubernamental para enfrentar los altos niveles de violencia registrados en esas zonas.

Durante una ceremonia por los 88 años de profesionalización de la Policía Nacional del Ecuador, celebrada el pasado 2 de marzo, Noboa aseguró que el país “exige seguridad” y señaló que esta etapa corresponde a una “siguiente fase de combate” dentro de la estrategia oficial contra las bandas criminales, que el Gobierno cataloga como organizaciones terroristas.

A este régimen se suma un estado de excepción renovado a inicios de este mes, bajo el que se suspenden temporalmente derechos como la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia, lo que permite a las fuerzas de seguridad ejecutar allanamientos inmediatos y realizar acciones de inteligencia contra redes criminales.

Sanciones por incumplir la medida

El incumplimiento del toque de queda constituye el delito de desobediencia a órdenes legítimas de autoridad, tipificado en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La normativa establece penas privativas de libertad de entre uno y tres años para quienes infrinjan la restricción de circulación, ya sea a pie o en vehículo dentro del horario establecido. En caso de reincidencia, las sanciones pueden agravarse.

No obstante, existen excepciones para sectores estratégicos y actividades esenciales, como servicios de salud, seguridad, servicios básicos, medios de comunicación y logística de alimentos, siempre que los trabajadores puedan justificar su labor. Fuente: Vistazo

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‘La función judicial en Ecuador está bajo sospecha’, alerta la académica Lolo Miño, del Observatorio de Derechos

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El diagnóstico es demoledor. La justicia ecuatoriana atraviesa una crisis de legitimidad frente al país. “Mientras la clase política tenga como objetivo tomarse la justicia, porque tomarse la justicia implica impunidad para sí mismos y mecanismos de persecución para el enemigo político, no habrá modelo que funcione”. Quien hace esta reflexión es la académica María Dolores Miño.

¿Qué pasa en el Consejo de la Judicatura? Un presidente enjuiciado políticamente, otro encargado de la presidencia

Una designación en horas de la madrugada lanza focos rojos de preocupación. En una democracia los hechos institucionales relevantes se deben hacer a la luz del día. No hay norma que impida sesionar en la noche. Pero el espíritu democrático exige que cuando se van a tomar decisiones que afectan el liderazgo de una institución tan comprometida ante la opinión pública como el Consejo de la Judicatura tenga que hacerse con la debida transparencia.

Recordemos cuando fue el incidente del doctor Álvaro Román (quien asumió temporalmente la presidencia del CJ en enero de 2023), la Corte Constitucional dijo que quien debe ocupar la presidencia del CJ es alguien de la terna enviada por la Corte Nacional de Justicia. En esa terna estaban el doctor Godoy, eso fue objeto de controversia, y la doctora Alexandra Villacís. Jurídicamente, quien ocupe el cargo del presidente va a ser alguien de esa terna. Ella fue inhabilitada, extrañamente.

Si uno ve la línea del tiempo en que ocurren estos actos administrativos, parecería que son hechos coordinados para lograr una transición en la presidencia de la CJ. Quizás se tomó la decisión de que mantener al doctor Godoy ya no era políticamente adecuado, (como efectivamente ocurrió en el epílogo del juicio, ndlr.).

¿Debe ser el presidente del CJ un abogado?

Ahora bien, quien lo reemplaza transitoriamente no es abogado. El Código Orgánico de la Función Judicial no establece el requisito de que sea abogado quien presida el CJ. Sin embargo, esa presidencia está relacionada con la toma de decisiones jurídicas y un abogado debería conocerlas. Lejos de que el juicio político al doctor Godoy fuera la oportunidad para atraer la confianza hacia el sistema de justicia, todos los días y de manera estrepitosa, la confianza se pierde aún más. En medio de estos incidentes no se logra limpiar la imagen del CJ y aumentan las sospechas de un contubernio entre el CJ, el Ejecutivo y otros grupos. Los usuarios del sistema de justicia pueden tener sospechas de un sistema. Esto es gravísimo, decir que la función judicial está bajo sospecha hace que todo haya escalado a dimensiones preocupantes.

Desde que Wilman Terán presidió el CJ, ya no solo hay intereses políticos en la justicia, sino intereses del crimen organizado.

Desafortunadamente, el andamiaje jurídico que se construyó para la designación de estos cargos que inevitablemente van a tener un componente político falló. Quienes lo crearon se esforzaron tanto en exigir los méritos y oposición, que fallaron en ver que estos cargos sí tienen un componente político. Esto no significa que deban ser capturados por intereses políticos o de otro tipo. La decisión de llevar a ese cargo depende de ciertos políticos. El caso más evidente es el de los jueces de la Corte Suprema en Estados Unidos, nominarlos es una decisión política. Si el presidente de turno resulta ser republicano, probablemente enviará una terna de jueces más conservadores, más afines al partido. Y luego el senado, en un ejercicio de pesos y contrapesos, escogerá a quien mejor le parezca. Es una dinámica política que no compromete la independencia de esa corte.

¿En qué nos equivocamos?

El error es pensar que estos concursos de selección de altas autoridades del sistema de justicia tenían que estar totalmente desprovistos de política y lo reemplazamos por el mal llamado tema de méritos y oposición. Esto ha sido un engaño porque finalmente como son cargos cercanos a la política, la política va a querer captarlos. Por el mecanismo de que casi cualquier persona se puede presentar, el sistema puede ser poco transparente a la hora de calificar carpetas. Es susceptible de ser manipulado. Eso sin hablar del examen oral. El problema de diseño no solo afecta al Consejo de Judicatura sino también lo vemos en el proceso de designación del Fiscal general. Lo hemos visto con el proceso de la Corte Nacional que se ha suspendido dos veces y no hay visos de que se vaya a reanudar. Lo vimos en el proceso de selección de Corte Constitucional. El diseño fracasó, ante el primer momento donde los mecanismos de selección y reemplazo fallan.

¿Es solo un error de diseño?

Hay una erosión fuerte de la cultura democrática en las otras instituciones del Estado que están llamadas a ser pesos y contrapesos. Han abandonado su vocación democrática y están enfocados en cooptar la función judicial. El Consejo de la Judicatura es la llave que abre y cierra todo en la función judicial. Decide qué jueces entran, qué jueces son evaluados, qué jueces son sancionados, qué jueces son destituidos. Las direcciones provinciales se vuelven una suerte de microbotines políticos para satisfacer ciertos compadrazgos o acuerdos políticos, se mueven intereses. Quien controla el Consejo de la Judicatura controla la función judicial. Por eso es la joya de la corona.

¿Conviene desaparecerlo y encargar a la Corte Nacional sus atribuciones?

Soy escéptica del cambio de las fachadas porque la estructura va a terminar siendo la misma. Es más, hay un informe del relator especial de Naciones Unidas sobre independencia judicial, de 2018, en el cual decía que es una buena práctica establecer consejos de la magistratura y separar la cuestión administrativa del manejo de las cortes de la función jurisdiccional. Se puede instaurar el modelo, pero si los otros poderes no tienen interés en respetar la independencia judicial no cambia nada. El tema no es el modelo, es descorazonador, porque hay una erosión democrática fuerte que atraviesa las otras funciones del Estado. Y aparecen estos ejercicios de cooptación. Mientras la clase política tenga como objetivo tomarse la justicia, porque tomarse la justicia implica impunidad para sí mismos y mecanismos de persecución para el enemigo político, no habrá modelo que funcione.

¿Qué tenemos que hacer para que la cultura política cambie?

Hemos llegado a un momento de profundo miedo de la ciudadanía. Hoy estamos frente a una sociedad civil autocensurada por temor a las retaliaciones a través del sistema de justicia. El deterioro democrático no se da únicamente por el permanente acoso a la función judicial, sino especialmente se debe al cierre y la asfixia progresiva del espacio público.

Vemos el avance del juicio político contra el presidente de la Judicatura Mario Godoy; pero de inicio no debió llegar a ese cargo.

Hay que aclarar el concepto de imparcialidad del operador de justicia. Se refiere a cómo percibe el usuario al sistema de justicia. Cuando este usuario sospecha de la imparcialidad, es razón suficiente para que el titular dé un paso al costado. Que renuncie no implica que acepta los cargos que se le imputan, sino que se hace un lado para que la institución continúe funcionando.

Si uno de los problemas es el diseño de concursos, ¿Cuál debe ser un mecanismo de corrección, si acaso existe?

En Ecuador ensayamos todas las formas de elección de altas autoridades de justicia existentes. Si yo pudiera mejorar algo, mejoraría la edad para acceder a los concursos. Hablamos de diez años en la función judicial. Yo, que tengo casi 20 años de experiencia, no siento tener la madurez ni la trayectoria para ocupar uno de esos cargos. Con ese requisito, te expones a que abogados inexpertos y manipulables puedan postular. Sería más honesto que el Gobierno mocione a su candidato. Luego, simplificar los concursos. Un recoveco es quién hace los exámenes, esas personas quizás no tienen las credenciales y no rinden cuentas. Luego, quién califica. Hay distorsiones entre los candidatos y entre los que califican. Esto se ve en la comisión para elegir el Fiscal. Preside alguien que se graduó en derecho hace un año.

¿Todo está perdido?

Ninguna reforma legal, ninguna reforma constitucional va a ser la solución por sí misma para depurar el sistema de justicia. Esto tiene que ser un compromiso político que viene tanto de las autoridades como de la ciudadanía. Porque si ves un asalto a la justicia y ves actores silenciados, el mensaje que estamos enviando es que no pasa nada. En esa inacción de la ciudadanía ocurre la erosión democrática. El cambio estructural que deseamos no se lo podemos encargar a los políticos. Tiene que venir de nosotros como ciudadanos. Parte de la erosión democrática implica la captura progresiva de las instituciones que son los pilares del sistema democrático.

Esto es más complejo por el rol del crimen organizado

Como un virus entra a infectar el sistema. No solo son grupos de poder político, los grupos de delincuencia organizada intentan captar a la justicia para crear una suerte de puerta giratoria para entrar y salir y seguir delinquiendo. Esos ejercicios van acompañados de captura de otras instancias del Estado, jueces, abogados, órganos de regulación y control. Se instala en el imaginario que todos los jueces son corruptos. El desprestigio de la justicia también es un mecanismo para cooptarla. Si los ciudadanos están convencidos que todos los jueces son malos, mañana llega un presidente y pide permiso para meter las manos en la justicia. Eso ya sucedió.

En el Observatorio de Justicia ustedes denunciaron funcionarios desprotegidos

Hay jueces y directores provinciales que sí hacen bien su trabajo pero están estigmatizados. Y cuando detectan problemas se han encontrado con abandono. Identificamos este patrón en direcciones provinciales. Dos funcionarias hacían bien su trabajo y en respuesta fueron abandonadas a su suerte, como el juez Serrano.

Si Ecuador no estaba preparado para el embate del crimen organizado en el ámbito de la seguridad pública, tampoco está preparado para enfrentar la corrupción del sistemas de justicia. La desprotección tiene un efecto intimidante. Si un juez cumple la ley no tiene garantías que va a ser blindado y protegido. Fuente: Vistazo

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Análisis jurídico aborda el Recurso de Casación en Materia Penal y su importancia en el sistema de justicia ecuatoriano

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En el marco del espacio académico Tertulia Jurídica, se desarrolló un importante análisis sobre el Recurso de Casación en Materia Penal, con la participación del jurista Eduardo Alfredo Rodríguez Ramos, reconocido experto litigante ante la Corte Nacional de Justicia del Ecuador, quien compartió su experiencia y conocimientos sobre este mecanismo extraordinario de impugnación dentro del sistema procesal penal ecuatoriano.

Durante su intervención, Rodríguez Ramos destacó que el recurso de casación constituye uno de los instrumentos jurídicos más complejos y técnicos del derecho procesal penal, al ser el mecanismo que permite revisar la correcta interpretación y aplicación de la ley en las sentencias emitidas en segunda instancia. Según explicó, este recurso se presenta una vez agotadas las etapas ordinarias del proceso judicial.

El jurista señaló que el procedimiento penal se estructura en dos grandes escenarios: el trámite ordinario y el trámite extraordinario. En el primero se desarrollan las fases de primera instancia y apelación, donde se analizan los hechos, las pruebas y la responsabilidad penal del procesado. Una vez concluida la apelación, se da paso al escenario extraordinario, en el cual se puede interponer el recurso de casación.

Rodríguez Ramos explicó que la casación no permite volver a debatir los hechos ni los elementos probatorios del proceso, ya que estos fueron analizados en las instancias anteriores. Su finalidad es exclusivamente controlar la legalidad de la sentencia, verificando si los jueces incurrieron en errores al interpretar o aplicar la norma jurídica.

En este contexto, mencionó que el artículo 656 del Código Orgánico Integral Penal establece tres formas de vulneración de la ley que pueden fundamentar un recurso de casación:
• Contravención expresa al texto de la ley, cuando el juzgador omite aplicar una norma esencial para resolver el caso.
• Indebida aplicación de la ley, cuando se utiliza una norma incorrecta o impertinente para resolver la controversia.
• Errónea interpretación de la ley, cuando la norma aplicada es correcta, pero se le otorga un alcance o significado distinto al previsto por el legislador.

Asimismo, el especialista indicó que el recurso de casación persigue tres objetivos fundamentales dentro del sistema judicial: la unificación de la jurisprudencia, la protección de la ley (normofilaxis) y la corrección de los errores jurídicos presentes en una sentencia, lo que permite garantizar una adecuada administración de justicia.

En el ámbito práctico, Rodríguez Ramos explicó que la correcta estructuración de un recurso de casación requiere el cumplimiento de tres principios fundamentales: taxatividad, autonomía y trascendencia.

El principio de taxatividad exige que el recurrente identifique con precisión la causal de casación y la norma jurídica que considera vulnerada. El principio de autonomía implica confrontar directamente el razonamiento jurídico del tribunal de apelación con la norma que se considera incorrectamente aplicada o interpretada. Finalmente, el principio de trascendencia establece que el error jurídico debe tener una incidencia relevante en la decisión final del proceso.

Durante su exposición, el jurista también enfatizó que la Corte Nacional, como órgano de cierre del sistema judicial, cumple un rol fundamental al emitir sentencias de casación que establecen criterios interpretativos que posteriormente deben ser aplicados por los jueces de instancias inferiores.

Finalmente, Rodríguez Ramos resaltó que el recurso de casación requiere una alta técnica jurídica y rigurosidad argumentativa, ya que su correcta fundamentación demanda claridad conceptual, dominio de la dogmática penal y precisión en la argumentación jurídica.

El espacio Tertulia Jurídica se consolida así como un escenario de reflexión académica y debate especializado, orientado a fortalecer el conocimiento jurídico y promover el análisis técnico de los principales mecanismos del sistema de justicia ecuatoriano.

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