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Prefecto participará de evento ambiental en Morona Santiago

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El Prefecto de Zamora Chinchipe, Cléver Jiménez, participará de la “Plataforma Amazónica para los bosques, el clima y el Bienestar Humano”, a desarrollarse este martes 28 de diciembre de 2021, en la ciudad de Macas. Se trata de una propuesta de los Prefectos de la Amazonía Centro-Sur, para fortalecer las estrategias provinciales de cambio climático, REDD+ y, de conservación de bosques y biodiversidad.

El evento regional permitirá articular esfuerzos conjuntos que garanticen la gestión de los territorios provinciales, en los espacios de conectividad de los ecosistemas naturales que han sido declarados o se encuentran en proceso de declaratoria, como áreas provinciales de conservación y uso sostenible.

Está prevista la participación de los Prefectos de Pastaza y Morona Santiago, además de organizaciones sociales, nacionalidades indígenas, Ministerios, ONG´S, y afines. Cabe señalar que previo a este evento, los equipos técnicos de las Prefecturas participantes, han trabajado la propuesta en territorio, para que cada provincia sea incluida dentro del proyecto fina

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Reclamo histórico atendido: BCE se instalará en Zamora tras insistencia del sector minero

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Las aspiraciones históricas de contar con una sede del Banco Central del Ecuador (BCE) en Zamora Chinchipe han comenzado a materializarse gracias a una articulación interinstitucional que involucra al sector minero, el Gobierno Autónomo Descentralizado de Zamora, el Ejército Ecuatoriano y las máximas autoridades del BCE.

Este avance se dio en el marco de una visita oficial en la que Paul Salazar, director de Planificación Estratégica del BCE, junto al alcalde de Zamora, Manuel González, y el presidente de la Cámara de Minería de Zamora (CAMIZ), Paul Pineda, inspeccionaron los terrenos destinados para la futura construcción de la oficina bancaria. Dichos terrenos serán entregados en comodato por el Ejército Ecuatoriano, con quien ya se ha avanzado en la fase de estudios técnicos y presupuestarios.

La iniciativa responde a una necesidad estratégica para Zamora Chinchipe, reconocida nacionalmente como la Capital Minera del Ecuador, que demanda infraestructura financiera especializada y servicios de alto nivel para acompañar el crecimiento de la actividad minera formal, el comercio, las exportaciones y la inversión privada.

Desde una perspectiva financiera y económica, la presencia del BCE en el territorio permitirá optimizar procesos de control monetario, fortalecimiento institucional, dinamización del sistema financiero local y respaldo técnico a las operaciones vinculadas con la actividad extractiva. Asimismo, impulsará la formalización económica y la trazabilidad de los ingresos provenientes del sector minero, fomentando la transparencia y la sostenibilidad fiscal.

El alcalde Manuel González destacó el compromiso político del gobierno local para facilitar las condiciones necesarias para esta instalación. A su vez, el presidente de CAMIZ, Paul Pineda, subrayó que esta es una de las más importantes conquistas de los gremios productivos en los últimos años, lograda mediante un diálogo técnico, propositivo y respetuoso entre los actores públicos y privados.

Si esto se hace realidad, Zamora Chinchipe se proyecta no solo como una provincia minera, sino como un nodo financiero de relevancia nacional, capaz de albergar instituciones claves para el desarrollo integral de la Amazonía sur del país.

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EMMSZACH E.P bajo la lupa: cambios sacuden a la interna de la empresa pública de movilidad de Zumbi

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En un memorando oficial con fecha 31 de julio de 2025, el ingeniero Leonardo Rogelio Mendoza Armijos, quien hasta la presente fecha se desempeñaba como Gerente General de la Empresa Mancomunada de Movilidad Sustentable de Zamora Chinchipe E.P. (EMMSZACH E.P.), comunicó formalmente su salida del cargo y dejó sin efecto todos los encargos administrativos realizados durante su gestión.

El documento, dirigido a varios funcionarios de la institución y con referencia al Oficio N.º 002-PRE-2025-EMMSZACH.E.P. suscrito por el alcalde del cantón Chinchipe y presidente del Directorio de la EMMSZACH E.P., Ing. Henry Alexander Ordóñez Jaramillo, establece que “a partir de hoy todos los encargos administrativos que se hayan dispuesto previamente dentro de la institución, sea de forma expresa o tácita”, quedan sin vigencia, en virtud del cumplimiento de los principios de legalidad, eficiencia y necesidad institucional.

La medida ha sido calificada por observadores institucionales como un acto administrativo que busca marcar un cierre definitivo de funciones y delimitar responsabilidades. Sin embargo, también genera interrogantes sobre la estabilidad operativa de la entidad, el estado de los procesos en curso y la forma en que serán asumidas las competencias y encargos vacantes, particularmente en áreas estratégicas.

El exgerente solicita en el memorando a la Dirección de Talento Humano que proceda de inmediato con las acciones administrativas correspondientes, entre ellas la actualización del distributivo institucional y la notificación formal a los servidores públicos involucrados. Estas acciones serán claves para evitar vacíos funcionales y asegurar la continuidad de los servicios públicos que presta la EMMSZACH E.P.

La ciudadanía y usuarios consideran que, más allá de la salida de un gerente, este acontecimiento abre un espacio de reflexión sobre el rol de los directivos municipales en el direccionamiento de empresas públicas mancomunadas, la necesidad de fortalecer su autonomía técnica, y los desafíos de gobernanza en el marco de la descentralización.

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Análisis jurídico sobre flagrancia y prisión preventiva en La Tertulia Jurídica de Diario El Amazónico

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En una nueva edición del programa «La Tertulia Jurídica», transmitido por Diario El Amazónico, se llevó a cabo un profundo análisis sobre el procedimiento penal en casos de flagrancia y la aplicación de la prisión preventiva. El espacio contó con la participación del Dr. Rafael Alberto Pérez, juez de flagrancia de la ciudad de Quito, quien compartió sus conocimientos con rigor académico y vocación pedagógica.

Durante el programa, el Dr. Pérez abordó los fundamentos del proceso penal en situaciones de flagrancia, detallando los requisitos que establece el artículo 527 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Enfatizó que para considerar una detención como flagrante, debe cumplirse al menos uno de los tres criterios definidos legalmente: la comisión del delito en presencia de una o más personas, la aprehensión inmediata con objetos o evidencias relacionadas al delito, o la persecución ininterrumpida de hasta 48 horas.

El jurista explicó que el proceso inicia con la aprehensión de una persona por parte de cualquier ciudadano o autoridad que presencie un delito o contravención. Posteriormente, el aprehendido debe ser entregado a la Policía Nacional, encargada de levantar el parte informativo, conservar las evidencias, garantizar la cadena de custodia y poner al detenido a disposición de la Fiscalía.

Uno de los aspectos centrales analizados fue la responsabilidad del agente policial en la recolección de evidencias y en la protección de los derechos del detenido. El Dr. Pérez recalcó que la detención debe estar acompañada de la lectura clara y sencilla de los derechos establecidos en la Constitución, incluyendo el derecho a conocer el motivo de la detención, a permanecer en silencio, a comunicarse con un familiar, y a contar con asistencia legal.

El juez también abordó los errores frecuentes que pueden conducir a la nulidad del proceso, como la manipulación indebida de evidencias o la violación de la cadena de custodia, destacando que estas irregularidades podrían derivar en impunidad. A modo de ejemplo, analizó casos vinculados al porte de armas y delitos de tráfico de drogas, donde subrayó la importancia de valorar adecuadamente los elementos de convicción y la jurisprudencia vigente, como la sentencia 717-CN-19 de la Corte Constitucional, que exige más que la mera tenencia de sustancias sujetas a fiscalización para configurar un delito.

Respecto a la prisión preventiva, el Dr. Pérez señaló que esta medida cautelar debe aplicarse con estricta sujeción a los principios de legalidad, proporcionalidad y necesidad. Sólo procede cuando se justifique su utilidad para garantizar la presencia del procesado, evitar la fuga o impedir la obstrucción de la investigación penal. Recalcó que la prisión preventiva no debe convertirse en una pena anticipada ni vulnerar la presunción de inocencia.

Finalmente, los abogados Jamil Avila y Franco Tamay reafirmaron su compromiso con la educación jurídica ciudadana, brindando información precisa y accesible para el ejercicio consciente de los derechos y deberes constitucionales. La participación del Dr. Pérez el debate público sobre garantías procesales, destacando la necesidad de fortalecer una cultura de respeto al debido proceso y a la dignidad humana en el sistema de justicia penal ecuatoriano.

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