Nacionales
La ‘batalla’ por la comida de los presos desata una nueva masacre en la Penitenciaría del Litoral
El monopolio de la comida y la reventa extorsiva de alimentos sería la causa principal de la masacre que sacudió la Penitenciaría del Litoral, en el norte de Guayaquil, según testimonios de familiares y la confirmación de fuentes policiales en el sitio.
El pabellón 3, escenario de una nueva matanza, la madrugada de este 12 de noviembre de 2024, alberga a miembros de al menos cuatro bandas criminales, lo que la ha convertido en el epicentro de tensiones crecientes debido a la monopolización de alimentos.
Se trata de un pabellón tradicionalmente dominado por la banda Los Águilas -brazo armado de Los Choneros-, en la que ahora guardan prisión miembros de al menos cuatro grupos criminales.
Mafia-18, Los Duendes y una pandilla en la que identifican como cabecilla a un alias ‘Freddy’ están entre los ocupantes del pabellón 3.
Los violentos enfrentamientos a bala y cuchillo dejaron un saldo preliminar de 15 muertos y 14 heridos en la madrugada, según el Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI).
La falta de acceso equitativo a los alimentos había agravado la ya de por sí frágil convivencia entre los internos.
“Los privados de libertad de las alas de abajo del pabellón, al parecer, querían venderles la comida a los de arriba y por eso se originó el amotinamiento”, le explicó a PRIMICIAS una representante del Comité de Familiares por una Vida Digna en las Cárceles.
Otra mujer sostuvo que los reclusos de las alas 3 y 4 están entre los más afectados. Se trata de miembros de Los Duendes y Mafia-18. Algunos privados de libertad habían advertido 48 horas antes, a través de mensajes a sus familias, que se avecinaba una matanza, refirió.
Reclusos mezclados en crisis de alimentos
Desde la militarización de los centros penitenciarios en enero de 2024, las autoridades decidieron eliminar los pabellones exclusivos de un solo grupo delictivo, lo que dio paso a espacios compartidos por diversas facciones.
Todo en medio de una crisis de provisión de alimentos que inició el 1 de junio de 2024, cuando la empresa contratada suspendió el servicio por falta de pagos, lo que de forma progresiva agravó el estado de salud de los reclusos, explicaron organismos como la Defensoría del Pueblo.
Las familias apostadas este martes afuera de la Penitenciaría -a la espera de la identificación de los fallecidos- ponen en entredicho el nuevo servicio de provisión de alimentos y, sobre todo, la «pésima» calidad de un economato en el que depositan dinero para que los reclusos lo consuman en la cárcel.
La mezcla de internos de distintas agrupaciones criminales en un solo pabellón, incluyendo los pabellones 10, 8, 3 y 7, respondería, según las familias, a la necesidad de frenar la propagación de enfermedades como la tuberculosis y la sarna, y de ubicar a nuevos reclusos.
Tras la matanza se suspendieron las visitas en la Penitenciaría, la mañana de este martes.
Una abogada que debía visitar a un preso del pabellón 3 informó que en la vecina Cárcel Regional, donde están las cocinas y se preparan los alimentos para el complejo carcelario del norte de Guayaquil, se garantiza la distribución adecuada de la comida, lo que “no está ocurriendo en la Penitenciaría”, refirió.
El control militar en entredicho
Tras la militarización de las cárceles, el 9 de enero de 2024, las Fuerzas Armadas organizaron una visita para la prensa con el fin de mostrar la forma cómo se estaba garantizando la alimentación ordenada en los pabellones de la Penitenciaría del Litoral.
También señalaron que la extorsión entre privados de libertad se había acabado, lo que en su momento refrendaron los propios presos.
Pero tras 10 meses, esos dos factores surgen como presunta mecha de una violenta balacera que se extendió por dos horas, la madrugada de este martes (a partir de las 03:45) y dejó incluso dos cuerpos descuartizados.
La Armada del Ecuador tiene a cargo el control del complejo de cinco cárceles, con más de 700 efectivos por turno que acampan en el lugar.
Tras la primera masacre carcelaria de 2024, los uniformados del Bloque de Seguridad hallaron a reclusos hasta en los techos del pabellón, se incautaron incluso granadas y siete armas de fuego.
La Fiscalía informó a media mañana que formulará cargos contra nueve privados de libertad por su presunta participación en los asesinatos.
Media hora después del anuncio en X (antes Twitter), la Policía sacó en un bus a una docena de jóvenes que, desde la ventanilla del automotor, saludaron a familiares apostados en los exteriores de la cárcel, trasladados como presuntos testigos y responsables de la masacre. Fuente: Primicias
Nacionales
Derecho a la defensa en casos mediáticos: abogado Maxwell Camacho analiza los riesgos de la “condena pública”
El programa La Tertulia Jurídica contó con la participación del abogado Maxwell Andrés Camacho Balseca, quien abordó el tema “El derecho a la defensa del procesado en casos mediáticos”, durante su intervención, Camacho Balseca explicó que los procesos penales de alta exposición pública enfrentan un desafío adicional: la construcción de una percepción social de culpabilidad antes de que exista una decisión judicial definitiva. A su criterio, la expansión de las redes sociales y la difusión inmediata de información han provocado que una investigación penal pueda convertirse rápidamente en titulares, tendencias y debates públicos.
Una trayectoria vinculada al litigio penal
Maxwell Andrés Camacho señaló que es magíster en Derecho Penal y cuenta además con formación en Derecho Financiero y de Seguridad en España, así como estudios en la Universidad Andina Simón Bolívar.
En su trayectoria profesional mencionó su experiencia como abogado litigante y en libre ejercicio, además de su paso por la Fiscalía General del Estado, específicamente en FEDOTI 9. También indicó haber ejercido en unidades judiciales penales y de familia, así como durante más de 17 años en un estudio jurídico. Su experiencia incluye asesoría a instituciones públicas y privadas y participación en procesos relacionados con juzgamiento, seguridad, derecho bursátil, investigaciones previas y etapas preparatorias y de juzgamiento.
El proceso penal no debe convertirse en un espectáculo
Al referirse a la mediatización de los procesos judiciales, Camacho recordó una reflexión atribuida a Francesco Carnelutti, relacionada con la necesidad de no confundir un proceso penal con un espectáculo destinado a generar emociones.
El jurista sostuvo que esta reflexión mantiene vigencia en la actualidad, especialmente en un contexto marcado por las transmisiones en tiempo real, TikTok, Instagram, X y otras plataformas digitales. Según explicó, un proceso penal puede abandonar rápidamente el ámbito estrictamente judicial y transformarse en un fenómeno comunicacional incluso antes de que concluya la investigación o exista una sentencia.
Camacho enfatizó que esta situación puede generar una especie de “subproceso comunicacional”, en el que tanto la acusación como la defensa buscan posicionar sus respectivas versiones ante la opinión pública. Esto puede generar presión y afectar la percepción sobre la situación jurídica de una persona procesada.
Diferenciar investigación, acusación y condena
Uno de los puntos centrales de la exposición fue la necesidad de diferenciar conceptos que, según el abogado, suelen confundirse en el ámbito comunicacional: sospecha, aprehensión, procesamiento, acusación y condena.
Camacho recordó que la formulación de cargos constituye una imputación contra una persona, pero no equivale a una declaración de culpabilidad. Por ello, sostuvo que la cobertura periodística debe evitar presentar como hechos comprobados aquellas hipótesis que todavía se encuentran sometidas a investigación y valoración judicial.
En este contexto, señaló que el derecho a la defensa no implica desconocer los derechos de las víctimas ni impedir que los medios informen sobre asuntos de interés público. Por el contrario, implica exigir que la responsabilidad penal sea determinada mediante un proceso válido, con investigación objetiva, acusación sustentada, posibilidad efectiva de contradicción y una decisión judicial debidamente motivada.
“Un caso puede volverse mediático, pero sus garantías constitucionales no pueden volverse opcionales”, sostuvo durante la exposición. La “criminología mediática” y la construcción de una culpabilidad anticipada
Otro de los conceptos abordados fue el de criminología mediática, relacionado por el expositor con los planteamientos de Eugenio Raúl Zaffaroni.
Camacho explicó que la ciudadanía construye buena parte de su percepción sobre el delito y sus presuntos responsables a partir de las noticias, imágenes, palabras y explicaciones que recibe diariamente. El riesgo, señaló, aparece cuando la información deja de presentar un hecho que debe ser investigado y comienza a construir una identidad pública de culpabilidad mediante estereotipos, información incompleta o contenidos descontextualizados.
En este escenario, una persona puede llegar a ser percibida socialmente como culpable mucho antes de que un tribunal determine su responsabilidad, generándose una especie de “juicio de opinión” paralelo al proceso judicial.
Presunción de inocencia y límites al poder punitivo
El abogado también destacó la importancia de la presunción de inocencia como una garantía frente al poder punitivo del Estado. Según la exposición, esta garantía exige que una persona sea tratada como inocente mientras su responsabilidad no haya sido desvirtuada mediante prueba lícita y una sentencia.
En ese sentido, aclaró que la presunción de inocencia no significa que el Estado deba permanecer inactivo. La Fiscalía puede investigar, solicitar medidas y formular una acusación cuando existan fundamentos; sin embargo, no debería anticipar comunicacionalmente un resultado que todavía debe ser demostrado dentro del proceso penal.
La importancia de una defensa técnica de confianza
Durante la exposición también se abordó el derecho de una persona procesada a contar con una defensa técnica de su confianza. Camacho sostuvo que el vínculo entre abogado y defendido resulta fundamental para garantizar una adecuada estrategia de defensa.
Asimismo, señaló que una persona puede cambiar de abogado y que esta posibilidad debe ejercerse bajo parámetros de buena fe y lealtad procesal, sin que la defensa pueda ser descalificada simplemente por ejercer los derechos que corresponden al procesado. También destacó garantías como el derecho a guardar silencio y la prohibición de autoincriminación.
Información pública, libertad de expresión y derecho a la honra
El expositor también se refirió al papel de los medios de comunicación y a la necesidad de equilibrar el derecho ciudadano a conocer asuntos de interés público con la protección de derechos individuales.
En particular, mencionó la protección de la honra, imagen, intimidad y datos personales, señalando que existen circunstancias concretas en las que la publicidad de determinada información puede estar limitada por el ordenamiento jurídico.
Finalmente, Camacho insistió en que la publicidad de los procesos puede contribuir al control democrático y a la fiscalización del sistema de justicia, pero advirtió que el problema surge cuando informar se transforma en una atribución anticipada de culpabilidad, cuando hipótesis son presentadas como hechos comprobados o cuando fragmentos de un expediente son difundidos sin su debido contexto.
Un debate vigente para la justicia y el periodismo
La participación de Maxwell Andrés Camacho en La Tertulia Jurídica planteó así un debate de especial relevancia para el sistema de justicia y para los medios de comunicación: cómo garantizar el derecho de la ciudadanía a estar informada sin convertir la exposición mediática de un proceso penal en una sentencia anticipada.
El eje de su intervención fue la necesidad de preservar el debido proceso, la presunción de inocencia y el derecho a la defensa, aun cuando un caso alcance altos niveles de exposición pública. En su análisis, la responsabilidad penal debe determinarse dentro de los mecanismos establecidos por la justicia y con base en la prueba actuada en el proceso, no en la presión, percepción o narrativa construida en redes sociales y medios de comunicación.
Nacionales
Las ventas crecieron 16,7% en julio de este año
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que en julio pasado las ventas registradas mediante comprobantes electrónicos alcanzaron los USD 25.607,3 millones, lo que representa un crecimiento del 16,7% en comparación con el mismo período de 2025, cuando se reportaron USD 21.939,8 millones.
La entidad indicó que dichas cifras evidencian el dinamismo de la actividad productiva y el impacto de las políticas impulsadas por el Gobierno Nacional para fortalecer la inversión, fomentar la generación de empleo y consolidar un entorno de mayor estabilidad.
El SRI señaló que el crecimiento de julio también se vio reflejado en sectores estratégicos de la economía, como la construcción, que lideró el desempeño con un incremento del 38,1%, seguida por las actividades de salud, que crecieron 33,8%, y el sector de transporte y almacenamiento, con un aumento del 26,9%.
A escala territorial, el comportamiento de las ventas también fue positivo en varias provincias. Orellana registró el mayor crecimiento, con un 42%, seguida de Zamora Chinchipe, con 27%; Santa Elena, con 25,6%; y Chimborazo, con 24,6%, consolidándose como las jurisdicciones con mayor dinamismo económico durante el mes.
En términos de volumen de ventas, Pichincha y Guayas concentraron el 72% del total registrado en julio, al alcanzar USD 9.516,2 millones y USD 8.933,3 millones, respectivamente, lo que refleja el peso de ambas provincias en la actividad económica nacional.
Nacionales
Hasta dos minutos de sismo que se sintieron eternos: cuánto duró el terremoto en Colombia
El número de personas muertas por el devastador terremoto de magnitud 7,4 que sacudió el lunes a Colombia aumentó a 169, mientras que hay 668 heridos, según un balance parcial divulgado este martes por la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales).
“El balance preliminar asciende a 169 personas fallecidas en Colombia, 165 de ellas se registran en ciudades capitales, que concentran el 97,6 % de las víctimas mortales reportadas hasta el momento”, explicó la institución.
¿Cuánto duró?
El Servicio Geológico Colombiano, explicó en su cuenta de X, que no hay una sola respuesta. “Cuando hablamos de la duración de un sismo podemos estar hablando de tres cosas diferentes: cuánto tiempo lo sentimos las personas, cuánto tiempo lo registran nuestros instrumentos o cuánto dura el movimiento de la falla que lo origina”, indica.
La institución señala que, para monitorear la actividad sísmica, se usan sismómetros que son capaces de registrar movimientos del suelo que nosotros no alcanzamos a percibir.
“Por eso, mientras una persona puede sentir un sismo durante algunos segundos, las estaciones pueden registrar sus ondas durante varios minutos. De hecho, en Colombia todos los días ocurren sismos que nuestros instrumentos detectan, pero que nosotros no sentimos”, asegura.
En el caso del ́ , ́ de movimiento significativo. Sin embargo, algunos ciudadanos contaron que lo sintieron durante mucho tiempo y otros, por menos tiempo. “Esto es posible porque nuestra percepción del movimiento depende de todas las condiciones que mencionamos anteriormente”, apunta. (I) El Universo
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