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Nacionales

94 niños y adolescentes fueron asesinados en 10 meses en Ecuador

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Fernando Medina (I)

Apenas tenía 5 años cuando el pequeño Dorian recibió un disparo en la cabeza. Sucedió hace 10 días, en la Cooperativa Voluntad de Dios de Guayaquil. Su familia hasta ahora no entiende cómo los dos sicarios dispararon sin contemplación al niño, que estaba en compañía de su tía y de una prima de 7 años. Ellas también recibieron disparos pero se recuperan de las heridas del atentado.

La Policía aún rastrea a los sospechosos que huyeron en una motocicleta. Lo único que se ha confirmado es que el ataque estaba direccionado a la tía del menor y que el móvil sería la venta de estupefacientes.

La disputa de bandas delictivas por los territorios este año se ha cobrado la vida de más de 600 personas en Guayas. A escala nacional ya suman más de 1 300 muertes violentas.

La violencia de las calles no solo involucra a personas ligadas a organizaciones criminales. Los reportes oficiales indican que, entre enero y octubre de este 2021, han perdido la vida 94 niñosadolescentes jóvenes en el país.

La cifra parcial está próxima a superar los 98 que se registraron en todo el año 2020 y en 2019 hubo otros 100. Esto sin tener en cuenta a los niños que han resultado víctimas colaterales de violencia en noviembre, cuando se produjo un repunte de casos en ciudades como Guayaquil.

A inicios de noviembre pasado, una adolescente de 15 años falleció tras recibir un disparo en el cuello. Su familia manifestó que la bala la alcanzó cuando caminaba por el bloque 10 de Bastión Popular, norte del Puerto Principal. La joven fue víctima de una balacera entre bandas delictivas.

En las estadísticas está también el caso de un pequeño de 2 años. Él falleció tras recibir un disparo en la cabeza. Dos sicarios, que iban en una moto, dispararon al padre del menor el pasado 7 de noviembre. Los informes policiales señalaron que los desconocidos descargaron cuatro disparos sobre el padre del pequeño, quien iba manejando un vehículo por Mucho Lote, en el norte de Guayaquil.

La noche del jueves 23 de diciembre, antes de la celebración de la Nochebuena, un ataque de sicarios en moto a un grupo de personas que se encontraban en un inmueble dejó como saldo a un niño asesinado y a tres menores heridas.

El hecho se produjo también en Bastión Popular, la víctima tenía 13 años. En la vivienda a la que iba dirigida el ataque los agentes decomisaron droga y la madre de las menores heridas registra antecedentes por tenencia de sustancias, informó la Policía.

Una de las muertes de menores que más conmocionó al país fue la ocurrida en octubre pasado. Sebastián Obando tenía 11 años cuando falleció dentro de una heladería del sur de Guayaquil. Él fue impactado por una bala cuando se producía un robo al local en el que estaba junto a su padre.

El crimen del pequeño provocó que el presidente Guillermo Lasso emitiera un estado excepción para reforzar los controles en las calles. Militares y policías se adentraron a zonas populares como Bastión Popular, Isla Trinitaria, Pascuales o Durán.

Los padres de familia han comenzado a prohibir la salida de sus hijos a parques o canchas, porque en lo que va del año se han registrado al menos 17 balaceras en estas zonas.

De hecho, la mayoría de víctimas inocentes tienen entre 10 y 19 años. Los datos de la Policía también confirman que el 61% de todos los niños, adolescentes y jóvenes fallecieron por heridas de armas de fuego. El 39% murió por armas blancas u otras.

Guayas es la provincia más afectada, con 33 casos; le siguen Esmeraldas y Los Ríos con nueve, Pichincha con ocho y El Oro con siete.

Los crímenes de menores niños han sido rechazados por organismos de derechos humanos. El Comité Permanente de Guayaquil ha hecho un llamado al Gobierno que frene las muertes violentas. Han advertido que cada vez los crímenes son más atroces y con alto grado de violencia.

Uno de estos casos fue el asesinato de una menor de 2 años golpeada y degollada junto a su familia, en marzo pasado, en el Guasmo Sur. La Policía detalló que el crimen fue ordenado por una banda criminal que se dedica a la venta de estupefacientes. (I) Fuente: El Comercio

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Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares

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La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de MachalaDarío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.

La audiencia de formulación de cargos se instaló la mañana de este martes 7 de julio, de forma telemática, ante un juez de la provincia de Pichincha.

Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.

Como medida cautelar de carácter real, la institución también solicitó la retención de los valores que ambos mantienen en entidades del sistema financiero.

Presuntos movimientos millonarios del alcalde

Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.

Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.

Asimismo, indicó que los investigadores detectaron movimientos financieros superiores a los USD 6 millones, además de cheques y retiros en efectivo por cerca de USD 750.000, que eran cobrados directamente en ventanilla.

Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.

La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo

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La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador

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En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.

María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.

“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.

En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.

La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.

En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.

“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.

Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.

Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.

La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.

Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.

El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.

La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.

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Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito

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La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo impuso la pérdida de los derechos políticos del exfuncionario, lo cual significa que no podrá postularse a cargos de elección popular, ejercer funciones públicas ni contratar con el Estado.

Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.

Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado

De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.

Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.

La Fiscalía expuso que, mientras ejercía el cargo, el exalcalde recibió depósitos que excedían los ingresos correspondientes a su remuneración, adquirió un vehículo y un inmueble, además de cancelar diversas obligaciones económicas.

Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.

Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.

Asimismo, incorporó 28 pruebas documentales, entre ellas el informe con indicios de responsabilidad penal elaborado por la Contraloría, pericias contables y financieras, reportes de la UAFE, roles de pago, declaraciones patrimoniales y certificaciones relacionadas con la propiedad de bienes muebles e inmuebles.
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