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Pugnas entre Conaie y Pachakutik invisibilizan al movimiento indígena

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La fragmentación del movimiento indígena es evidente, aunque sus varios dirigentes insistan en negarlo. Las pugnas internas hicieron que sus bases opten por otras opciones electorales. Y la Conaie y Pachakutik quedaron relegados del escenario político.

Los resultados de las elecciones extraordinarias para la lista 18 fueron demoledores, no solo por sus problemas para inscribir candidatos, que los dejaron fuera de la carrera presidencial, sino porque además consiguieron apenas cinco curules en la Asamblea Nacional.

Mientras Leonidas Iza, presidente de la Conaie, y Marlon Santi, coordinador de Pachakutik, mantienen un pulso por el control del partido, el movimiento indígena pasó de ser la segunda fuerza en el Legislativo a ser una minoría marginal.

Esto ha dejado en el aire el capital político de Pachakutik, que ha crecido desde 2019. En la primera vuelta, las zonas con mayor presencia del movimiento indígena se inclinaron por Daniel Noboa o Fernando Villavicencio.

Y. para la segunda vuelta, Luisa González y Andrés Arauz aprovechan la ausencia de ambas agrupaciones y apuntan a jalar esos votos hacia su lado. Afirman que tienen el mismo plan de gobierno que la Conaie, pese a la persecución al movimiento indígena durante el correísmo.

En este escenario, la Conaie se limitó a decir que no se pronunciará por ningún candidato y Pachakutik anunció que está esperando para hacerlo públicamente, en algún momento.

De fuerza política a minoría marginal

Pachakutik sufre su división más profunda entre las facciones que apoyan a Leonidas Iza y a Marlon Santi. Ambos grupos se disputan el control legal del partido y los roces escalaron hasta el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

Los problemas del movimiento indígena llegaron después de su primer gran triunfo electoral, en 2021. Pocos meses después, Iza acusó a Santi de desleal con el proyecto político.

E incluso la Conaie amenazó a ciertos legisladores y a la dirigencia de Pachakutik con llevarlos ante la justicia indígena, por sus acciones.

Así, la bancada, que fue la segunda fuerza política, terminó fraccionada en varios grupos, unos alineados con Santi, otros con Guadalupe Llori y “los rebeldes” con la Leonidas Iza. Sin embargo, todo terminó cuando el Legislativo fue disuelto por el presidente Guillermo Lasso en mayo.

Ahora, para cuando la nueva Asamblea se posesione, la lista 18 ni siquiera tendrá suficientes legisladores para poder fraccionarse entre quienes buscan el control del partido.

La pugna legal

Santi está prorrogado en funciones, ya que Pachakutik no tuvo unas elecciones internas a causa de la pandemia. Y el 29 de abril el proceso para buscar a su sucesor se dio en medio de denuncias de ambas facciones.

Santi, aún legalmente en el poder, suspendió la jornada de votación interna por motivos de seguridad ante las protestas de una parte de los asistentes. Pero la Conaie, que impulsaba a Guillermo Churuchumbi como su candidato, siguió adelante y llevó a cabo la elección.

Desde entonces, la pugna política pasó al terreno legal. La Conaie declaró vencedor a Churuchumbi, exalcalde de Cayambe, y Pachakutik quedó partido en dos. Sin embargo, pese a los recursos interpuestos desde mayo de 2023, el Tribunal no ha emitido una decisión al respecto.

Es por eso que en su último consejo ampliado, la Conaie exhortó al TCE a emitir una sentencia a favor de Churuchumbi. La organización además anunció trabajará en conjunto con el “electo comité ejecutivo” y sus cinco asambleístas en una agenda legislativa.

Mientras tanto, Pachakutik acusa a Churuchumbi de intromisión y arrogación de funciones, por tomarse el nombre de la agrupación, pese a que la pugna legal no se ha resuelto. Además, en su último comunicado, el partido reconoce que han sufrido la “infiltración de fuerzas externas”.

De todas formas, quien logre quedarse con el control de la lista 18 será el que organice las elecciones internas y dé el visto bueno de todas las candidaturas de cara a las elecciones legislativas y presidenciales de 2025, donde el movimiento indígena intentará recuperar el terreno perdido. Fuente: primicias

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Lucio Gutiérrez marca distancia del correísmo: “No auspiciamos candidatos delincuentes”

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A través de un video en su cuenta de X, Lucio Gutiérrez salió a poner distancia entre Sociedad Patriótica (PSP) y la Revolución Ciudadana (RC5).

El expresidente reaccionó a versiones que presentan a su organización como parte de los acuerdos electorales del correísmo y lanzó una frase con munición política: “No auspiciamos candidatos delincuentes”.

Contexto electoral

La reacción se produce luego de que RC5 presentara sus cartas para varias alcaldías de Guayas. Entre los nombres divulgados aparece Cristian Moreta para Naranjal, cuya candidatura fue reportada bajo una alianza entre Sociedad Patriótica y el Partido Socialista Ecuatoriano. 

Podría compararles con ‘buitres’ o ‘hienas’ que están esperando que su presa cometa el mínimo error para lanzarse y despedazarlo, pero no lo voy a hacer”, expresó.

Luego dirigió el reclamo hacia quienes difundieron esas versiones: “Solo voy a decirles que antes de publicar mentiras, consulten con la fuente”, enfatizó.

Alianzas «sin resultados»

El correísmo llega a estas elecciones con «limitaciones». La Revolución Ciudadana permanece suspendida por nueve meses, por lo que varias de sus figuras han tenido que buscar espacio electoral a través de otras organizaciones.

En Manabí, Luisa González intentó competir mediante una alianza con Pachakutik y Jaime Estrada buscó llegar a la papeleta por Sí Podemos, pero ninguna de las dos candidaturas fue aceptada.

Ese escenario ha obligado a RC a explorar respaldos externos y alianzas puntuales, lo que ha generado fricciones con otras fuerzas políticas.

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Tribunal ratifica condena de tres años de prisión a Aquiles por ‘Caso Grillete’

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La Sala Penal de la Corte Provincial del Guayas desechó de forma unánime el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez. Con esta decisión, los magistrados dejaron en firme la condena de tres años de pena privativa de libertad dictada en primera instancia el pasado 3 de agosto de 2026.

El tribunal ratificó que Alvarez es autor directo del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente. La Fiscalía General del Estado demostró que el funcionario violó la disposición judicial que lo obligaba a portar de manera permanente un dispositivo de vigilancia electrónica.

El origen de la infracción

El proceso penal independiente se desprendió de una diligencia ejecutada el 10 de febrero de 2026. Durante un allanamiento en su domicilio vinculado al caso ‘Goleada’, agentes policiales y fiscales descubrieron que el burgomaestre no tenía puesto el grillete electrónico, el cual le había sido impuesto previamente como medida cautelar dentro del caso ‘Triple A’. De acuerdo con las pruebas testimoniales presentadas por la Fiscalía, el dispositivo fue encontrado cargándose cerca de su cama, confirmando el retiro del mismo sin autorización de un juez.

Multa y reparación integral

Además del tiempo en prisión, la resolución ratificada obliga al sentenciado a cumplir con las siguientes disposiciones de primera instancia:

  • Sanción económica: Pago de una multa de 10 salarios básicos unificados, equivalente a USD 4.820.
  • Reparación simbólica: Obligación de ofrecer disculpas públicas.
  • Difusión del fallo: Publicación de la parte resolutiva de la sentencia en un diario de circulación nacional.

Complejo panorama jurídico

El abogado defensor de Alvarez, Julio César Cueva, cuestionó activamente la validez de la carga probatoria de la Fiscalía durante la audiencia virtual, argumentando que no se demostró una intención deliberada de incumplimiento. Sin embargo, la Sala validó los argumentos de la acusación pública.

Actualmente, Aquiles Alvarez permanece recluido en la cárcel del Encuentro, situada en la provincia de Santa Elena. Este dictamen complica significativamente el frente legal del funcionario, quien además acumula una condena en primera instancia de seis años y ocho meses de cárcel por comercialización ilegal de hidrocarburos en el caso ‘Triple A’, sumado al trámite vigente del caso ‘Goleada’ por presunto lavado de activos.

Tras este revés en la apelación, la defensa del alcalde tiene como última instancia legal la interposición de un recurso de casación ante la Corte Nacional de Justicia para intentar revertir el fallo. (I)

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CITACIÓN A LOS USUARIOS CONOCIDOS O NO QUE SE CREAN CON DERECHO A LAS AGUAS PROVENIENTES DE LA(S) FUENTE(S) CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA UBICADA EN CAP-VZ4, PARROQUIA NUEVO QUITO, CANTÓN PAQUISHA, PROVINCIA DE ZAMORA CHINCHIPE, EL AGUA SERÁ UTILIZADA PARA USO Y/O APROVECHAMIENTO MINERÍA.

ACTOR(ES): AURELIANMENOR S.A.

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA, DIRECCIÓN ZONAL 10.

Proceso Administrativo Nro DZ10-DZ10-2026-00031-AA. Fecha 15-07-2026 A las 10:20.

VISTOS: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentrado. Ministerio de Ambiente y Energía.

En lo principal: Agréguese al expediente los documentos referentes a la Solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua, presentada por AURELIANMENOR S.A. de 2026-07-15 10:20:05.198, en el mismo que solicita la Autorización de aprovechamiento de agua de MINERÍA, provenientes de la fuente, CAP-VZ4-QUEBRADA,CAP-G17-QUEBRADA,CAP-G16-QUEBRADA,CAP-G15-QUEBRADA,CAP-G13- QUEBRADA,CAP-G3-QUEBRADA,CAP-VZ3-QUEBRADA,CAP-VZ2-QUEBRADA,CAP-VZ1-QUEBRADA,CAP-G12-QUEBRADA,CAP-G11-QUEBRADA,CAP-G4- QUEBRADA,CAP-G2-QUEBRADA,CAP-G1-QUEBRADA ubicada en CAP-VZ4,

parroquia NUEVO QUITO, cantón PAQUISHA, provincia de ZAMORA CHINCHIPE. Con estos antecedentes en mi calidad de Autoridad Única del Agua a nivel desconcentradose DISPONE:

1.- Aceptar a trámite la solicitud de Autorización de aprovechamiento de agua MINERÍA, por haberse emitido el Certificado de Disponibilidad de Agua – CDA, en cumplimiento con Art. 23 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos Usos y Aprovechamiento del Agua y en concordancia con el Art. 107 del Reglamento General Aplicación a la ley, por lo expuesto se dispone el cumplimiento de las siguientes diligencias.

2.-Notifíquese a los señores MARIA AGUSTINA KITIAR TSASAM,JOSE DOMINGO GUALAN ABRIGO,PEDRO FRANCISCO CANGO,ENRIQUE GUALAN

GUALAN,GUILMER MEDARDO ESPINOSA GONZALEZ, en su domicilio señalado en la petición inicial; y a los usuarios desconocidos y presuntos mediante la fijación de carteles que contendrán un extracto de la solicitud y ésta providencia, los que permanecerán expuestos por diez días consecutivos en los parajes más concurridos CAP-VZ4 – NUEVO QUITO – PAQUISHA– ZAMORA CHINCHIPE, mediante comisión que le imparte al señor Teniente Político de la parroquia NUEVO QUITO, anunciar por la prensa tres publicaciones consecutivas.

3.- Finalizado el plazo de publicidad, se contarán diez días para que se puedan presentar

 

adhesiones, oposiciones o proyectos alternativos en sobre cerrado, cumpliendo los mismos requisitos fijados en el numeral 1 del Art. 107 (procedimiento general).

4.- En caso de que el administrado no cumpla con lo dispuesto, esta Administración actuará de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 212 del Código Orgánico Administrativo. 5.- Luego de cumplidas estas diligencias se designará un analista técnico/perito, quien realizará la inspección de rigor y emitirá su informe en atención a lo solicitado.

6.- Téngase en cuenta Casillero Judicial 0 , correo electrónico daniela.alvear@lundingold.com señalados para posteriores notificaciones y la autorización conferida a su abogado defensor de ser el caso AURELIANMENOR S.A. NOTIFIQUESE.-

DIRECTOR/A ZONAL DIRECCIÓN ZONAL 10

 BYRON STALIN MEDINA PACHECO

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