Nacionales
Pedido de extradición de Correa ya está en Bélgica
El ministro de Relaciones Exteriores, Juan Carlos Holguín, informó que este 27 de junio de 2022 el Reino de Bélgica notificó que se ha entregado el proceso de extradición del expresidente Rafael Correa al Ministerio de Justicia de ese país.
En declaraciones a WQRadio reveló que a diario el Gobierno ecuatoriano remite a Bélgica un resumen de las intervenciones de Rafael Correa durante los últimos días. El exmandatario ha tenido activa participación política, mediante redes sociales, en el paro nacional; y sin reservas se ha declarado a favor de la destitución del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso.
En la Asamblea Nacional, el correísmo planteó la aplicación del artículo 130 para adelantar elecciones. Ante una eventual falta de votos en el Legislativo, Correa afirmó en la red social Twitter que se debe organizar la recolección de firmas para la revocatoria del mandato.
El ministro agregó: “(Cuestiono que) el expresidente del Ecuador y prófugo de la justicia, desde una condición que todavía desconocemos en Bélgica, es decir, si es refugiado o no, pueda darse el gusto de desestabilizar la democracia. Esto me parece que tiene que ser analizado por las autoridades del Ecuador”.
Respecto a los plazos para una respuesta de Bélgica, al pedido de extradición de Correa, se limitó a decir que el Gobierno ecuatoriano es respetuoso de los tiempos, pero dio fechas.
El pasado 8 de junio el estudio de abogados belga Ius Cogens, defensa del expresidente de Ecuador, aseguró que Bélgica rechazará la solicitud de extradición remitida por la Justicia ecuatoriana para que Correa cumpla una condena de ocho años de cárcel por cohecho.
El domingo 26 de junio Juan Carlos Holguín aseguró que puso una comunicación frontal ante el Gobierno de Bélgica, “porque no es posible que un prófugo de la justicia tenga patente de corso para desde un parque desestabilizar la democracia”. Insistió en que detrás del paro nacional que se inició el 13 de junio está el correísmo.
“El golpismo se llama art. 148 de la Constitución, ignorante asesino”, fue la respuesta del expresidente Rafael Correa al actual mandatario, Guillermo Lasso, cuando este lo acusó de golpista por recomendar su destitución. Luego del comentario de Correa, vía Twitter, el bloque correísta Unión por la Esperanza (UNES) pidió, de manera formal, al presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, armar la votación para la destitución de Lasso, pero aplicando el artículo 130 de la carta magna.
El canciller recordó que el presidente Lasso ha dejado claro que hay una preocupación muy grande respecto de este tipo de intervenciones que tienen un objetivo que incumple algunas normas democráticas en los países de la región. El Universo
Nacionales
Ministerio de Educación aclara que uso de celulares siguen restringuidos en escuelas
Según informó el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura con la normativa vigente, en niveles de Inicial y Educación General Básica la restricción es total, es decir, el 100% del uso de celulares no está permitido ni recomendado dentro de las aulas.
En el caso del bachillerato, la situación es distinta. Los estudiantes pueden utilizar estos dispositivos, pero únicamente con fines pedagógicos, bajo la autorización y supervisión directa de los docentes.
Además, las autoridades han sido enfáticas en que los celulares no pueden ser exigidos como parte de la lista de útiles escolares, lo que busca evitar desigualdades entre estudiantes.
Este enfoque se complementa con el nuevo Acuerdo de medidas socioeducativas y disciplinarias que prioriza la resolución de conflictos desde una perspectiva formativa, sin eliminar los mecanismos de control.
El objetivo, según lo planteado, es mejorar el ambiente escolar y promover una convivencia más saludable, en la que se equilibren la disciplina, el uso responsable de la tecnología y la protección integral de los estudiantes.
Nacionales
¡Alerta por El Niño! Altas temperaturas predominarán entre mayo y julio
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) levantó una alerta por el fenómeno de El Niño. La información se difundió este viernes, 24 de abril de 2026.
Qué se espera de El Niño
Entre los meses de mayo y julio de 2026 se espera que El Niño se presente en todo el mundo. Predominarán en casi todo el planeta las temperaturas superiores a la media normal, dijo Wilfran Moufouma Okia, jefe de predicción climática de la Organización Meteorológica Mundial (OMM).
«Tras un período de condiciones neutras a principios de año, ahora los modelos climáticos apuntan claramente en la misma dirección y pronostican, con un nivel de confianza alto, la instauración de un episodio de El Niño, que cobrará mayor fuerza en los meses siguientes», señaló.
Las autoridades de la OMM además explicaron que El Niño suele producirse cada dos a siete años y su duración oscila entre nueve y 12 meses. Uno de sus principales signos de su presencia es el aumento rápido de las temperaturas.
Expertos han señalado que El Niño podría convertirse en uno de los más fuertes de la historia. De hecho, han mencionado que se lo conocerá como el ‘Súper Niño’.
Lluvias intensas en Ecuador
El Instituto Oceanográfico y Antártico de la Armada del Ecuador (Inocar) informó en marzo que las fuertes lluvias registradas no corresponden al fenómeno de El Niño sino a precipitaciones locales.
Las fuertes lluvias ya han dejado un impacto en Ecuador. En el último informe de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos (SNGR), con fecha del 22 de abril de 2026, se detalla las afectaciones que se han registrado:
17 personas fallecidas
103.680 personas afectadas
18.839 personas damnificadas
30.973 viviendas afectadas
272 viviendas destruidas
58 puentes afectados
33 puentes destruidos
66,61 kilómetros de vías afectadas
Se han entregado kits humanitarios para las personas afectadas: 82.106 bienes de asistencia entregados.
Nacionales
Bienes jurídicos protegidos y principio de lesividad en el COIP
En el espacio de análisis de La Tertulia Jurídica, Luis Moriano Álvarez abordó un tema fundamental dentro del derecho penal: los bienes jurídicos protegidos y el principio de lesividad en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Al iniciar el programa, el jurista compartió parte de su formación académica, destacando que realizó sus estudios en la Universidad Católica, institución que considera su alma mater. Posteriormente, cursó un posgrado en la Universidad de Barcelona y en la Universidad Pompeu Fabra, donde profundizó en la dogmática penal. Actualmente, se encuentra cursando una segunda maestría en Derecho Constitucional y ejerce la profesión de manera libre.
Durante su intervención, explicó que los bienes jurídicos protegidos surgieron como concepto a finales del siglo XVIII, tras la caída de las monarquías y la separación entre la Iglesia y el Estado. A partir de ese momento, el derecho penal dejó de centrarse en la moral y comenzó a enfocarse en la protección de derechos y bienes esenciales.
En este contexto, señaló dos corrientes importantes: la postura de Jakobs, quien sostiene que el bien jurídico es la propia norma, y la de Roxin, que plantea que los bienes jurídicos derivan de derechos fundamentales y materiales, por lo que solo debe castigarse cuando existe una afectación real a estos.
El jurista explicó que existen bienes jurídicos individuales, como la vida o la integridad, y también bienes superindividuales, como la administración pública o la seguridad del Estado, los cuales protegen el funcionamiento de la sociedad en su conjunto.
En relación con el principio de lesividad, indicó que este establece que solo debe intervenir el derecho penal cuando exista un daño real y significativo al bien jurídico protegido. Este principio se vincula con la idea de que el derecho penal es de “última ratio”, es decir, el último recurso del Estado.
Asimismo, analizó varios casos dentro del contexto ecuatoriano. En el delito de drogas, mencionó que la Corte Constitucional ha determinado que la tenencia para consumo personal no vulnera el principio de lesividad, ya que no afecta directamente la salud pública. Sin embargo, el tráfico sí constituye una afectación al tratarse de un impacto social amplio.
Respecto al porte de armas, explicó que no puede criminalizarse automáticamente la mera tenencia, sino que debe evaluarse el riesgo real y concreto. Por ejemplo, no es lo mismo poseer un arma guardada en un lugar seguro que portarla en un espacio público.
En cuanto al delito de receptación, destacó que no se puede presumir la culpabilidad únicamente por la posesión de un bien ilícito, sino que el Estado debe probar que la persona conocía el origen ilegal del objeto.
También abordó el delito de lavado de activos, cuestionando la penalización de la mera tenencia de dinero ilícito sin que exista un proceso de ocultamiento o reinserción en la economía formal, lo cual, a su criterio, podría vulnerar el principio de lesividad.
El abogado advirtió sobre el riesgo del expansionismo penal en Ecuador, señalando que en los últimos años se ha incrementado el carácter punitivo del sistema sin que esto haya generado resultados efectivos en la reducción del delito. A su juicio, esto podría derivar en abusos de poder y en la criminalización de conductas sin una afectación real.
Asimismo, enfatizó la importancia de evitar el denominado “derecho penal de autor”, en el cual se sanciona a las personas por sus características y no por sus actos, lo que históricamente ha generado graves vulneraciones a los derechos humanos.
Finalmente, resaltó el valor del reconocimiento de los derechos de la naturaleza en Ecuador, considerando que permite proteger el entorno antes de que el daño sea irreversible, ampliando así la concepción tradicional de los bienes jurídicos.
En conclusión, el especialista sostuvo que el derecho penal debe aplicarse con criterios de proporcionalidad y respeto a los derechos fundamentales, evitando convertirse en una herramienta de castigo arbitrario. Subrayó que sin una verdadera afectación al bien jurídico protegido, no debería existir sanción penal en un Estado constitucional de derechos y justicia.
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