Nacionales
Pedido de extradición de Correa ya está en Bélgica
El ministro de Relaciones Exteriores, Juan Carlos Holguín, informó que este 27 de junio de 2022 el Reino de Bélgica notificó que se ha entregado el proceso de extradición del expresidente Rafael Correa al Ministerio de Justicia de ese país.
En declaraciones a WQRadio reveló que a diario el Gobierno ecuatoriano remite a Bélgica un resumen de las intervenciones de Rafael Correa durante los últimos días. El exmandatario ha tenido activa participación política, mediante redes sociales, en el paro nacional; y sin reservas se ha declarado a favor de la destitución del presidente de Ecuador, Guillermo Lasso.
En la Asamblea Nacional, el correísmo planteó la aplicación del artículo 130 para adelantar elecciones. Ante una eventual falta de votos en el Legislativo, Correa afirmó en la red social Twitter que se debe organizar la recolección de firmas para la revocatoria del mandato.
El ministro agregó: “(Cuestiono que) el expresidente del Ecuador y prófugo de la justicia, desde una condición que todavía desconocemos en Bélgica, es decir, si es refugiado o no, pueda darse el gusto de desestabilizar la democracia. Esto me parece que tiene que ser analizado por las autoridades del Ecuador”.
Respecto a los plazos para una respuesta de Bélgica, al pedido de extradición de Correa, se limitó a decir que el Gobierno ecuatoriano es respetuoso de los tiempos, pero dio fechas.
El pasado 8 de junio el estudio de abogados belga Ius Cogens, defensa del expresidente de Ecuador, aseguró que Bélgica rechazará la solicitud de extradición remitida por la Justicia ecuatoriana para que Correa cumpla una condena de ocho años de cárcel por cohecho.
El domingo 26 de junio Juan Carlos Holguín aseguró que puso una comunicación frontal ante el Gobierno de Bélgica, “porque no es posible que un prófugo de la justicia tenga patente de corso para desde un parque desestabilizar la democracia”. Insistió en que detrás del paro nacional que se inició el 13 de junio está el correísmo.
“El golpismo se llama art. 148 de la Constitución, ignorante asesino”, fue la respuesta del expresidente Rafael Correa al actual mandatario, Guillermo Lasso, cuando este lo acusó de golpista por recomendar su destitución. Luego del comentario de Correa, vía Twitter, el bloque correísta Unión por la Esperanza (UNES) pidió, de manera formal, al presidente de la Asamblea, Virgilio Saquicela, armar la votación para la destitución de Lasso, pero aplicando el artículo 130 de la carta magna.
El canciller recordó que el presidente Lasso ha dejado claro que hay una preocupación muy grande respecto de este tipo de intervenciones que tienen un objetivo que incumple algunas normas democráticas en los países de la región. El Universo
Nacionales
Fiscalía pide prisión preventiva para el alcalde de Machala, Darío Macas, y otras medidas cautelares
La Fiscalía General del Estado pidió que se imponga prisión preventiva contra el alcalde de Machala, Darío Macas, y su esposa Carmen Ch. P., por su presunta implicación en el delito de enriquecimiento ilícito.
Con base en los elementos de convicción recabados durante la investigación, la Fiscalía pidió la prisión preventiva para el burgomaestre y su esposa, quienes fueron aprehendidos el lunes durante un operativo ejecutado en la provincia de El Oro.
Presuntos movimientos millonarios del alcalde
Las indagaciones apuntan a que el alcalde y su esposa habrían incrementado de manera injustificada su patrimonio en aproximadamente USD 6 millones entre 2019 y 2025.
Entre los hallazgos, el ministro del Interior, John Reimberg detalló que se detectaron empresas ‘fantasma‘ utilizadas para el movimiento de recursos y mencionó el caso de una compañía creada en 2025, en la que, según dijo, Darío Macas posee el 90 % de las acciones y que habría prestado servicios al Municipio de Machala.
Reimberg también afirmó que se identificaron depósitos de USD 400.000 y USD 500.000 en distintas cuentas bancarias.
La Fiscalía General del Estado informó que durante los allanamientos se levantaron diversos indicios, entre ellos teléfonos celulares, documentación, registros financieros y dinero en efectivo, para incorporar a la investigación. Fuente: Vistazo
Nacionales
La penalista María Ruiz alerta sobre riesgos de responsabilidad objetiva en Ecuador
En el marco de la segunda temporada del programa académico La Tertulia Jurídica, se desarrolló una destacada exposición de la jurista y abogada penalista María Ruiz, quien abordó el tema “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y la prohibición de la responsabilidad objetiva en Derecho Penal”, generando un amplio análisis comparativo entre las legislaciones de Ecuador y España.
María Ruiz, profesional que ejerce la abogacía penal tanto en España como en Francia y que actualmente desarrolla estudios doctorales (PhD) en Ecuador, explicó que la responsabilidad penal corporativa constituye uno de los debates más complejos y relevantes dentro del derecho penal contemporáneo, especialmente en países latinoamericanos donde la regulación aún se encuentra en proceso de consolidación.
Durante su intervención, la especialista sostuvo que el principio de culpabilidad representa uno de los pilares fundamentales del Derecho Penal moderno, destacando que dentro de este se incluyen subprincipios esenciales como la personalidad de las penas, la responsabilidad por el hecho, la imputación personal y la prohibición de la responsabilidad objetiva.
“La gran problemática jurídica radica en determinar si el principio de culpabilidad puede aplicarse plenamente a las personas jurídicas, considerando que estas carecen de voluntad propia y constituyen una ficción legal”, señaló la jurista.
En su exposición, Ruiz explicó que existen dos grandes corrientes doctrinarias respecto a este debate. Por una parte, sectores académicos consideran que el principio de culpabilidad no puede trasladarse íntegramente a las empresas, debido a la estrecha relación que este mantiene con la dignidad humana. Por otra, una corriente mayoritaria sostiene que, al imponerse sanciones penales a las personas jurídicas, necesariamente deben aplicarse también las garantías fundamentales del Derecho Penal.
La jurista analizó además la regulación vigente en España, particularmente el artículo 31 bis del Código Penal Español, así como el artículo 49 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ecuatoriano, enfatizando que ambos sistemas jurídicos buscan establecer mecanismos de atribución de responsabilidad penal para empresas y organizaciones.
En este contexto, María Ruiz advirtió sobre los riesgos de incurrir en modelos de responsabilidad objetiva, especialmente cuando no se exige de forma clara la demostración de dolo, culpa o incumplimiento de deberes de control dentro de las organizaciones empresariales.
“La responsabilidad penal de las personas jurídicas no puede sustentarse únicamente en la transferencia automática del delito cometido por una persona física hacia la empresa; debe existir siempre prueba del incumplimiento de deberes de supervisión, vigilancia y control”, explicó.
Uno de los puntos centrales de la conferencia fue el análisis del denominado “defecto de organización”, entendido como la ausencia de mecanismos adecuados de prevención y control dentro de las empresas, aspecto que —según la especialista— constituye el núcleo esencial para atribuir responsabilidad penal corporativa.
Asimismo, Ruiz abordó las diferencias existentes entre los sistemas de imputación penal en España y Ecuador, señalando que la normativa ecuatoriana aún presenta vacíos interpretativos que podrían generar riesgos de vulneración al principio de culpabilidad y a la prohibición de responsabilidad objetiva.
La académica también analizó figuras jurídicas como el enriquecimiento ilícito y el enriquecimiento privado no justificado contemplados en el COIP ecuatoriano, indicando que ciertas interpretaciones podrían trasladar indebidamente la carga de la prueba hacia el acusado, afectando garantías fundamentales del debido proceso.
Durante el programa, la jurista destacó la importancia de fortalecer los sistemas corporativos y de implementar adecuados modelos de supervisión interna dentro de las empresas, con el objetivo de prevenir conductas delictivas y garantizar el respeto a los principios constitucionales del Derecho Penal.
El espacio académico permitió además abrir el debate sobre la necesidad de desarrollar una doctrina más sólida en Ecuador respecto a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, tomando como referencia la experiencia europea y la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo Español.
La participación de María Ruiz en La Tertulia Jurídica fue valorada como un importante aporte académico para estudiantes, profesionales del Derecho, jueces y ciudadanía interesada en la evolución del Derecho Penal corporativo en Ecuador y Latinoamérica.
Nacionales
Condenan a siete años de prisión para exalcalde de Taisha por enriquecimiento ilícito
La Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado sentenció a siete años de prisión a Cergio Ayuy, exalcalde del cantón Taisha, provincia de Morona Santiago, al encontrarlo culpable del delito de enriquecimiento ilícito en calidad de autor directo. La decisión fue notificada la tarde de este viernes 3 de julio de 2026.
Asimismo, deberá pagar una multa equivalente a 20 salarios básicos unificados, fijada en USD 6.800, de acuerdo con el salario básico vigente en 2014.
Fiscalía sostuvo que existió un incremento patrimonial injustificado
De acuerdo con la acusación, el entonces alcalde presentó al inicio de su administración, el 14 de mayo de 2014, una declaración patrimonial juramentada en la que reportó bienes por USD 18.900.
Sin embargo, durante el ejercicio de sus funciones no presentó las declaraciones patrimoniales periódicas exigidas por la normativa, ni tampoco las correspondientes al cierre de sus administraciones en 2016 y 2019.
Tras el análisis financiero, el Ministerio Público concluyó que el incremento patrimonial sin justificación ascendió a USD 312.958.
Para sustentar la acusación, la Fiscalía presentó testimonios de auditores de la Contraloría General del Estado, funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI), personal de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) y peritos que participaron en la pericia contable y en el reconocimiento del lugar de los hechos.
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